a. Los miembros del Consejo de Estados serán elegidos por conducto de sus respectivas Asambleas de Estados; y
El número total de escaños en la segunda cámara de la legislatura.
Hasta que el Parlamento disponga otra cosa, habrá seis senadores por cada Estado original. El Parlamento puede promulgar leyes que aumenten o disminuyan el número de senadores para cada Estado, pero de manera que se mantenga la representación equitativa de los varios Estados originarios y que ningún Estado original tenga menos de seis senadores.
El Senado, con sujeción a lo dispuesto en esta Ley, estará integrado por ciento cinco miembros, que serán denominados senadores.
Si en algún momento, por recomendación del Gobernador General, la Reina considera conveniente ordenar que se añadan cuatro u ocho miembros al Senado, el Gobernador General podrá mediante citación a cuatro u ocho personas calificadas (según sea el caso), representando igualmente a las Cuatro Divisiones del Canadá, añadir al Senado en consecuencia.
En caso de que dicha adición se haga en cualquier momento, el Gobernador General no convocará a ninguna Persona al Senado, salvo en otra dirección similar de la Reina sobre la recomendación similar, para representar a una de las Cuatro Divisiones hasta que dicha División esté representada por veinticuatro senadores y no más.
El número de senadores no superará en ningún momento ciento trece.
El Senado se compondrá de tres senadores por cada provincia y tres por la ciudad de Buenos Aires, elegidos en forma directa y conjunta, correspondiendo dos bancas al partido político que obtenga el mayor número de votos, y la restante al partido político que le siga en número de votos. Cada senador tendrá un voto.
I. La Cámara de Senadores estará conformada por un total de 36 miembros.
Las curules así asignadas en el Senado de la República y en la Cámara de Representantes serán adicionales a las previstas en los artículos 171 y 176. Las demás curules no aumentarán el número de miembros de dichas corporaciones.
El Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en circunscripción nacional.
Habrá un número adicional de dos senadores elegidos en circunscripción nacional especial por comunidades indígenas.
1. El Consejo de Estados consistirá en:
a. doce miembros que serán designados por el Presidente de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 3); y
b. no más de doscientos treinta y ocho representantes de los Estados y de los territorios de la Unión.
La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.
Los treinta y dos senadores restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos.
La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.
§1°. Cada Estado y el Distrito Federal elegirán tres Senadores un término de ocho años.
1. El Senado está compuesto de las siguientes personas:
a. Cuarenta y siete miembros elegidos por los votantes registrados de los condados, cada uno de ellos elegido por los votantes registrados de un solo condado como circunscripción electoral mayor.
El número de los miembros de cada Cámara será fijado por la ley.
1. El Seanad Éireann [Senado] está compuesto por sesenta miembros, de los cuales once serán miembros designados y cuarenta y nueve serán miembros elegidos.
El número de senadores será de tres (3) por Departamento.
1. El Senado está integrado por setenta senadores que son elegidos por un mandato de cinco años mediante sufragio universal directo y secreto en elecciones generales que se celebran en un solo día y dentro de los sesenta días antes o después de la expiración de su mandato.
El Senado cuyo número de miembros, que no podrá exceder de trescientos cuarenta y ocho, será elegido por sufragio indirecto. Asumirá la representación de las entidades territoriales de la República.
Una ley orgánica fijará la duración de los poderes de cada Cámara, el número de sus miembros, su retribución, las condiciones de elegibilidad y los regímenes de inelegibilidad e incompatibilidad.
El Senado estará com puesto por veinticuatro senadores que serán elegidos por los votantes de las Filipinas que reúnan condiciones, tal como disponga la ley.
1. La Federación Rusa deberá estar compuesta de las siguientes entidades constituyentes de la Federación Rusa:
2. El Consejo de Federación incluirá: dos representantes de cada entidad constituyente de la Federación de Rusia - uno de los representantes legislativos (representativos) y uno del cuerpo ejecutivo del gobierno estatal; representantes de la Federación de Rusia, nombrados por el Presidente de la Federación de Rusia, el que no podrá ser superior al diez por ciento de la miembros del Consejo de la Federación – representantes de los órganos legislativos (representativos) y ejecutivos de la gobierno estatal de las entidades constituyentes de la Federación Rusa.
1. El Consejo Nacional estará formado por veinticinco miembros:
a. un miembro elegido por los votantes de cada uno de los veinte dzongkhags, y
b. cinco personas eminentes nombradas por el Druk Gyalpo.
La Cámara de Senadores se compondrá de treinta miembros, elegidos directamente por el pueblo, en una sola circunscripción electoral, conforme con las garantías y las normas que para el sufragio se establecen en la Sección lII y a lo que expresan los Artículos siguientes.
1. El Consejo Nacional de Provincias está compuesto de una sola delegación de cada provincia que se integra por diez delegados.
1. La República tiene las siguientes provincias:
a. Eastern Cape (Cabo del Este)
b. Free State (Estado Libre)
c. Gauteng
d. KwaZulu-Natal
e. Limpopo
f. Mpumalanga
g. Northern Cape (Cabo del Norte)
h. North West (Noroeste)
i. Western Cape (Cabo del Oeste)
El Senado está compuesto por veintiséis (26) senadores, nombrados de la siguiente manera:
1°. doce (12) senadores elegidos por colegios electorales específicos de conformidad con las entidades administrativas nacionales
2°. ocho (8) senadores elegidos por el Presidente de la República, teniendo en cuenta en particular los principios de la unidad nacional, la representación de los grupos marginados y cualquier otro interés nacional;
3°. cuatro (4) senadores designados por el Foro Nacional Consultivo de las Organizaciones Políticas;
4°. un (1) académico o investigador proveniente de universidades o instituciones públicas de enseñanza superior, que tenga al menos la categoría de profesor asociado, elegido por el personal académico y de investigación de esas mismas universidades e instituciones;
5°. un (1) académico o investigador proveniente de universidades privadas o instituciones privadas de enseñanza superior, que tenga al menos la categoría de profesor asociado, elegido por el personal académico y de investigación de esas mismas universidades e instituciones;
Además de los senadores a los que se refiere el primer párrafo de este artículo, los ex Jefes de Estado que hayan llevado a buen fin su periodo en el cargo o hayan renunciado voluntariamente a él, podrán ser miembros del Senado tras solicitárselo al Presidente del Senado y ser aprobado por la Secretaría del Senado en los siguientes treinta (30) días.
Las formas mediante las cuales el Tribunal Supremo aprueba la lista de candidatos al cargo de senador, sus requisitos y su elección serán establecidas por la ley orgánica que regule las elecciones.
La ley orgánica que regule las elecciones podrá también aumentar o reducir el número y las categorías a las que hace referencia el primer párrafo de este artículo.
Los senadores designados por el Presidente de la República no están sujetos a la aprobación del Tribunal Supremo y su nombramiento seguirá la elección y la designación de senadores de otros órganos.
Los órganos responsables de la nominación del senadores tendrán en cuenta la unidad nacional y el principio de igualdad de género.
Por lo menos el treinta por ciento (30%) de los senadores elegidos y nombrados serán mujeres.
Los conflictos que surjan de la aplicación de este artículo serán decididos por un tribunal competente.
1. El Senado estará compuesto por 100 senadores.
La Cámara de Senadores se compondrá de cuarenta y cinco miembros titulares como mínimo, y de treinta suplentes, elegidos directamente por el pueblo en una sola circunscripción nacional. La ley podrá acrecentar la cantidad de senadores, conforme con el aumento de los electores.
Para ser electo senador titular o suplente se requieren la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido treinta y cinco años.
3. La Primera Cámara se compone de setenta y cinco miembros.
1. Habrá treinta y seis estados en Nigeria: Abia, Adamawa, Akwa Ibom, Anambra, Bauchi, Bayelsa, Benue, Borno, Cross River, Delta, Ebonyi, Edo, Ekiti, Enugu, Gombe, Imo, Jigawa, Kaduna, Kano, Katsina, Kebbi, Kogi, Kwara, Lagos, Nasarawa, Nigeria, Ogun, Ondo, Osun, Oyo, Plateau, Rivers, Sokoto, Taraba, Yobe y Zamfara.
48. El Senado estará formado de tres senadores por cada estado más uno del Territorio de la Capital Federal, Abuya.
El número de los senadores electivos es de doscientos, cuatro de los cuales se elegirán en la circunscripción del Extranjero. Ninguna Región o provincia autónoma podrá tener un número de senadores inferior a tres; Molise tendrá dos y Valle de Aosta uno.
1. El Senado estará integrado por diecisiete personas que, habiendo sido calificadas para ser nombradas senadores de conformidad con las disposiciones de la presente Constitución, hayan sido nombradas de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo y los miembros temporales (si los hubiere) que puedan ser nombrados de conformidad con las disposiciones del artículo 32 de esta Constitución.
1. El Senado está formado por ochenta senadores, de los cuales...
a. seis son elegidos de cada una de las provincias en las que se divide Zimbabwe, mediante un sistema de representación proporcional conforme a lo dispuesto en el párrafo 2);
b. dieciséis son jefes, de los cuales dos son elegidos por la asamblea provincial de jefes de cada una de las provincias, distintas de las provincias metropolitanas, en las que está dividido Zimbabwe;
c. el Presidente y el Vicepresidente del Consejo Nacional de Jefes; y
d. dos son elegidos en la forma prescrita en la Ley electoral para representar a las personas con discapacidad.
Los miembros del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán serán elegidos por igual cantidad, por seis personas, de la República de Karakalpakstán, las regiones y la ciudad de Tashkent por votación secreta en las sesiones conjuntas pertinentes de los diputados de Zhokarghy Kenes de la República de Karakalpakstán. órganos representativos de la autoridad estatal de las regiones, distritos, ciudades y pueblos de entre estos diputados. El Presidente de la República de Uzbekistán nombrará a 16 miembros del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán entre los ciudadanos más autorizados con amplia experiencia práctica y méritos especiales en las esferas de la ciencia, el arte, la literatura, la fabricación y otras esferas de la estatal y pública.
Que será lícito que Su Majestad, sus herederos y sucesores, crear pares de Irlanda, y hacer ascensos en la misma, después de la unión; siempre que no se produzca ninguna nueva creación de tales pares después de la unión, hasta que tres de los pares de Irlanda hayan existido en el tiempo de la unión se habrá extinguido; y tras la extinción de tres pares que sea lícito para Su Majestad, sus herederos y sucesores, crear un par de Irlanda; y de la misma manera tan a menudo como tres pares de Irlanda se extinguen, será lícito para Su Majestad, sus herederos. y sucesores, para crear otro par de la parte mencionada del Reino Unido; y si llegara a ocurrir que los pares de Irlanda, por extinción de pares o de otro modo, se reducirán al número de cien excluidos de todos los pares de Irlanda que mantengan a cualquier homólogos de Gran Bretaña que subsistan en el momento de la unión, o del Reino Unido creado desde la unión, por el cual dichos pares tendrán derecho a un escaño hereditario en la Cámara de los Lores del Reino Unido entonces y, en ese caso, será lícito que Su Majestad, sus herederos y sucesores cree un par de Irlanda, con la frecuencia que cualquiera de esos cien pares fracasará por extinción, o tan a menudo como cualquier homólogos de Irlanda tendrá derecho, por ascendencia o creación, a un escaño hereditario en la Cámara de los Lores del Reino Unido; siendo la verdadera intención y significado del presente artículo, que en todo momento después de la unión podrá ser lícito para Su Majestad, sus herederos y sucesores mantener la calidad de Irlanda en un número de cien, además del número de dichos pares que tendrán derecho, por ascendencia o creación, a un escaño hereditario en la Cámara de los Lores del Reino Unido:
1. El Senado estará integrado por treinta y un miembros (en la presente Constitución denominados «senadores») que serán nombrados por el Presidente de conformidad con este artículo.
El Senado está formado por doscientos miembros instalados a partir de una selección por y entre personas con conocimientos, conocimientos, experiencia, profesión, características o intereses comunes o que trabajan o han trabajado en diversas áreas de la sociedad.
1. El Consejo de Estados está integrado por 46 representantes de los cantones.
El Consejo de Estados estará integrado por:
a. Los miembros del Consejo de Estados serán elegidos por conducto de sus respectivas Asambleas de Estados; y
b. La Ley de elecciones nacionales determinará el número de miembros del Consejo de Estados.
Los miembros de la Cámara Alta del Parlamento Federal serán elegidos por votación directa, secreta y gratuita por los ciudadanos de los Estados miembros federales, y su número no será superior a 54 miembros, en función de las dieciocho (18) regiones que existían en Somalia antes de 1991, y en los siguientes casos:
a. El número de Estados Miembros Federales de la República Federal de Somalia;
b. Que todos los Estados miembros federales tengan un número igual de representantes en la Cámara Alta del Parlamento Federal;
c. Que los miembros de la Cámara Alta del Parlamento Federal sean representativos de todas las comunidades de la República Federal de Somalia.
El Consejo Nacional es el órgano representativo de los intereses sociales, económicos, profesionales y locales. El Consejo Nacional cuenta con cuarenta miembros. Se compone de:
cuatro representantes de los empleadores;
cuatro representantes de los empleados;
cuatro representantes de agricultores, artesanías y oficios y profesiones independientes;
seis representantes de sectores no comerciales;
veintidós representantes de intereses locales.
La organización del Consejo Nacional está regulada por la ley.
1. La Cámara consistirá en...
b. seis senadores nombrados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de esta Constitución.
24. 1. El Senado estará integrado por once senadores y otros senadores que puedan ser nombrados temporalmente de conformidad con el artículo 28 de la presente Constitución.
1. El Senado estará integrado por noventa y seis miembros, de los cuales,
2. La Asamblea Nacional contará con cincuenta y nueve miembros, de la siguiente manera:
a. Cincuenta y seis miembros elegidos de un Colegio Electoral integrado por miembros de la Asamblea Provincial y presidentes y vicepresidentes de consejos de aldea y alcaldes y alcaldes adjuntos de los consejos municipales, con diferentes ponderaciones de votos por cada uno, con ocho miembros de cada provincia, incluidos al menos tres mujeres, un dalit, una persona con discapacidad o minoría;
b. Tres miembros, entre ellos al menos una mujer, que serán propuestos por el Presidente por recomendación del Gobierno de Nepal.
1. El Consejo Nacional estará compuesto por tres (3) miembros de cada región a que se refiere el artículo 102 del presente documento, que serán elegidos entre sus miembros por el Consejo Regional de dicha región.
141. La Amyotha Hluttaw se formará con un máximo de 224 representantes de Hluttaw, según se indica a continuación:
a. 168 representantes de Amyotha Hluttaw elegidos en un número igual de 12 representantes de cada región o Estado, incluidos los territorios pertinentes de la Unión y un representante de cada división autoadministrada o zona autoadministrada;
b. 56 representantes de Amyotha Hluttaw, miembros del personal de los Servicios de Defensa designados por el Comandante en Jefe de los Servicios de Defensa de conformidad con la ley, cuatro representantes de cada región o Estado, incluidos los territorios pertinentes de la Unión;
c. al formar el Amyotha Hluttaw, tal como se menciona en las subsecciones a) y b), se entenderá por Territorio de la Unión correspondiente los Territorios de la Unión, prescritos por la Constitución o prescritos por la ley del Pyidaungsu Hluttaw, que son inclusivos en el Estado o División, Región o Estado a los efectos de elegir al Amyotha Representante de Hluttaw.
La Cámara de Consejeros está compuesta por un mínimo de 90 miembros y un máximo de 120, elegidos por sufragio universal indirecto durante seis años, según la siguiente división:
tres quintas partes de los miembros representan a las colectividades locales. Este componente [efectivo] se divide entre las regiones del Reino, en proporción a sus respectivas poblaciones y en observancia de la equidad entre las regiones. El tercio reservado a la región es elegido a nivel de cada región por el Consejo Regional [Conseil regional] entre sus miembros. Los dos tercios restantes son elegidos por un colegio electoral de la región por los miembros de los consejos comunales, prefecturales y provinciales;
las dos quintas partes de los miembros elegidos en cada región por los colegios electorales integrados por los elegidos para las Cámaras Profesionales [Chambers professionnelles] y por las organizaciones profesionales de empleadores más representativas, y por los miembros electos del escalón nacional por un colegio electoral integrado de los representantes de los [trabajadores] asalariados.
El número de miembros de la Cámara de Consejeros y su régimen electoral, el número de ellos elegidos por cada uno de los colegios electorales, la división de escaños por región, las condiciones de elegibilidad y el caso de incompatibilidades, las reglas de limitación de la acumulación de mandatos y la organización de disputas electorales, se establecen por una ley orgánica.
El Presidente de la Cámara de Consejeros y los miembros de su Mesa, así como los presidentes de las Comisiones Permanentes y sus Mesas, son elegidos al comienzo de la legislatura, [y] nuevamente en el momento de la mitad de la legislatura.
La elección de los miembros de la Mesa tiene lugar con la representación proporcional de los grupos.
1. Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula (4), el Senado estará compuesto por miembros elegidos y nombrados de la siguiente manera:
a. se elegirán dos miembros por cada Estado de conformidad con el Séptimo Anexo; y
aa. dos miembros del Territorio Federal de Kuala Lumpur, un miembro del Territorio Federal de Labuan y un miembro del Territorio Federal de Putrajaya serán nombrados por el Yang di-Pertuan Agong; y
b. cuarenta miembros serán nombrados por el Yang di-Pertuan Agong.
4. El Parlamento puede, por ley,
a. aumentar a tres el número de miembros que han de elegirse para cada Estado;
b. disponen que los miembros que han de elegirse para cada Estado serán elegidos por voto directo de los electores de ese Estado;
c. reducir el número de miembros designados o suprimir los miembros designados.
El Senado estará compuesto por setenta y dos miembros elegidos por votación general, libre, confidencial y directa mediante elección individual, cuando ningún votante tenga menos de dieciocho años de edad. La representación en el Senado será similar a la elección de un órgano constituyente, teniendo en cuenta el equilibrio geográfico en la distribución de escaños dentro de cada distrito electoral.
El Senado estará integrado por los veintidós Jefes Principales y otros once senadores designados en ese nombre por el Rey actuando de conformidad con el consejo del Consejo de Estado:
Siempre que...
a. el Jefe Principal podrá, mediante notificación escrita dirigida al Presidente del Senado, designar a cualquier otra persona para que desempeñe su cargo en su lugar, ya sea en general o para cualquier sesión o sesión del Senado especificada en la notificación y podrá, mediante notificación de la misma manera, modificar o revocar dicha designación; y
b. el Consejo de Estado no se reunirá para asesorar al Rey para la designación de senadores tras una elección general de los miembros de la Asamblea Nacional hasta después de la primera sesión de la Asamblea Nacional después de esa elección general.
2. El Senado estará integrado por diputados representados en una orden, establecida por la ley constitucional, sobre dos personas de cada provincia, ciudad principal y capital de la República de Kazajstán. Quince diputados del Senado serán nombrados por el Presidente de la República teniendo en cuenta la necesidad de mantener la representación en el Senado de los intereses nacionalculturales y otros intereses significativos de una sociedad.
El Senado, incluido el Presidente, constará de un número no superior a la mitad del número de la Cámara de Representantes.
1. El Senado estará integrado por veintiún personas calificadas para ser nombradas senadoras de conformidad con la presente Constitución, así lo han sido nombradas de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo.
1. El Senado estará integrado por trece miembros (en la presente Constitución denominados «senadores») que serán nombrados por el Gobernador General de conformidad con este artículo.
1. El Senado estará compuesto por no más de treinta y un miembros (en la presente Constitución denominados «senadores») que serán elegidos o nombrados de conformidad con este artículo.
2. En el Senado habrá ochenta y un senadores elegidos para un mandato de seis años. Cada dos años se celebrarán elecciones para un tercio de los senadores.
Una ley orgánica determina el número de miembros de cada casa, las condiciones de elegibilidad y nombramiento, el sistema de inelegibilidad e incompatibilidades, los métodos de votación y las condiciones en que deben organizarse nuevas elecciones o se deben tratar nuevos nombramientos en caso de una vacante para diputado o senador.
La ley determina:
el número de escaños y su división por circunscripción administrativa;
Una ley determina el número de diputados y senadores, el régimen electoral de la Asamblea Nacional y del Senado, así como el régimen de las inmunidades, de las inelegibilidades, de las incompatibilidades, de las pensiones, de las indemnizaciones, de las condiciones de su sustitución en caso de vacante de escaño y de los privilegios de los miembros del Parlamento.
El Senado está integrado por miembros cuyo número no excederá de la mitad del número de miembros de la Asamblea Nacional.
El Senado está compuesto por:
1. Dos delegados de cada provincia, elegidos por un colegio electoral integrado por miembros de los consejos comunales de la provincia considerada, de diferentes comunidades étnicas y elegidos por votación separada;
1. Con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 2), el Senado estará integrado por doce miembros (en la presente Constitución denominados «senadores») que serán nombrados por el Gobernador General de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo.
2. Si una persona que no sea senador es elegida para ser Presidente del Senado, en virtud de ocupar el cargo de Presidente, será senador además de los doce senadores mencionados en el párrafo 1).
§ 1. El Senado está compuesto por sesenta senadores, de los cuales:
1°. veintinueve senadores nombrados por el Parlamento flamenco entre sus miembros o entre los miembros del grupo lingüístico neerlandés del Parlamento de la Región de Bruselas-Capital;
2°. diez senadores nombrados entre sus miembros por el Parlamento de la Comunidad Francesa;
3°. ocho senadores nombrados entre sus miembros por el Parlamento de la Región Valona;
4°. dos senadores nombrados entre sus miembros por el grupo lingüístico francés del Parlamento de la Región de Bruselas-Capital;
5°. un senador nombrado entre sus miembros por el Parlamento de la Comunidad de Habla Alemana;
6°. seis senadores designados por los senadores mencionados en el 1°;
7°. cuatro senadores designados por los senadores mencionados en los puntos 2° y 4°.
El Consejo Consultivo está formado por cuarenta miembros designados por Real Decreto, de acuerdo con los procedimientos, condiciones y el método definido por el Real Decreto.
36. 1. El Senado estará integrado por 21 personas que, habiendo sido calificadas para ser nombradas senadoras de conformidad con las disposiciones de la presente Constitución, hayan sido nombradas de conformidad con lo dispuesto en este artículo.
El Consejo de la República será una cámara de representación territorial. El Consejo de la República estará compuesto por ocho diputados de cada región (oblast) y la ciudad de Minsk, elegidos en las reuniones de diputados de los consejos locales de diputados de nivel base de cada región (oblast) y la ciudad de Minsk de sus filas. Ocho miembros del Consejo de la República serán nombrados por el Presidente de la República de Belarús.
1. El Senado estará integrado por dieciséis miembros (en la presente Constitución denominados «senadores») que serán nombrados por el Gobernador General por instrumento bajo el Sello Público de conformidad con lo dispuesto en este artículo.
2. El Land con el mayor número de ciudadanos delega doce miembros, cada uno de los otros Land tanto como la relación entre sus nacionales y los del primer Land mencionado, con los restos que superan la mitad del coeficiente contando como completo. Sin embargo, cada Estado federado tiene derecho a una representación de al menos tres miembros. Se nombrará un sustituto para cada miembro.
3. El número de miembros que será delegado por cada Estado federado se fijará después de cada censo general realizado por el Presidente Federal.
El Senado se compone de miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país, cada una de las cuales constituirá, a lo menos, una circunscripción. La ley orgánica constitucional respectiva determinará el número de Senadores, las circunscripciones senatoriales y la forma de su elección.
Descripción:
Fuente: Unión Interparlamentaria / Datos Globales acerca de Parlamentos Nacionales, https://data.ipu.org/
Descripción:
Fuente: Unión Interparlamentaria / Datos Globales acerca de Parlamentos Nacionales, https://data.ipu.org/