Especifica si la legislatura debe llevar a cabo sus sesiones en público o privado. En los casos en que las sesiones legislativas sean públicas por regla general, algunas constituciones especificaran las condiciones (si las hay) en virtud de las cuales el legislador podrá celebrar sesiones privadas.
Las sesiones de la Sala están abiertas al público. No obstante, podrá celebrarse una reunión a puerta cerrada de conformidad con las normas establecidas en la Ley Riksdag.
El Riksdag podrá decidir que una reunión se celebre a puerta cerrada, en caso necesario, por lo que respecta a la seguridad del Reino, o de otro modo, en relación con las relaciones con otro Estado o con una organización internacional. Si el Gobierno ha de formular una declaración en una reunión, el Gobierno también podrá determinar, por los mismos motivos que el Riksdag, que la reunión se celebrará a puerta cerrada.
Un miembro o funcionario del Riksdag no puede revelar sin autoridad cualquier cosa que haya ocurrido en una reunión celebrada a puerta cerrada. No obstante, el Riksdag podrá renunciar al deber de confidencialidad, total o parcialmente, en un caso particular.
En la Sala se establecerán lugares especiales para el público en general. Un miembro del público que crea un disturbio puede ser expulsado inmediatamente. En caso de que se produzca un trastorno entre el público en general, el Presidente puede expulsar a todos los miembros del público.
El visitante de la galería pública entregará, previa solicitud, su ropa de exterior, sus maletas y cualquier objeto que pueda ser utilizado para provocar disturbios en la Sala. Se puede denegar la admisión a la tribuna pública a una persona que no cumpla esa solicitud. Los bienes personales así entregados serán almacenados en alojamientos especiales durante la visita.
Las normas relativas a los controles de seguridad se establecen en la Ley de controles de seguridad del Riksdag (SFS 1988:144).
1. Las sesiones del Bundestag son públicas. A petición de una décima parte de sus miembros o del Gobierno Federal podrá excluirse la presencia de público si así lo decide una mayoría de dos tercios. La votación de esa moción se hará en sesión no pública.
3. El Bundesrat adoptará sus resoluciones al menos por mayoría de sus votos. Dictará su reglamento interno. Sus sesiones son públicas. Podrá excluirse la presencia de público.
El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones:
4. Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto.
Las sesiones de las Cámaras y de sus Comisiones Permanentes serán públicas, con las limitaciones a que haya lugar conforme a su reglamento.
El Parlamento se reunirá en sesión publica y sus actuaciones serán publicadas en prensa excepto en los casos en que una mayoría decida lo contrario.
Todas las leyes son sometidas a una segunda votación, a menos que la Cámara, de acuerdo con el Consejo de Estado, reunida en sesión pública, decida otra cosa. Debe haber un intervalo de al menos tres meses entre las dos votaciones.
Las sesiones de la Cámara son públicas, salvo las excepciones a determinar por el Reglamento.
1. El Parlamento:
a. Hará su trabajo de manera abierta, y sus sesiones y las de sus comités estarán abiertas al público.
Las deliberaciones de ambas cámaras serán públicas. No obstante, podrán realizarse sesiones secretas cuando así lo decidan por lo menos los dos tercios de los miembros presentes.
1º. Las sesiones de las cámaras del Oireachtas [Parlamento] son públicas.
Las sesiones de la Asamblea son públicas, excepto si se decide lo contrario por alguna razón.
Se publican las actas de las sesiones por los medios que la Asamblea considere apropiadas.
Los debates de la Asamblea Consultiva Islámica deben ser públicos y el informe completo de los mismos deberá ser difundido por la radio y el boletín oficial para conocimiento de todos. En situaciones de emergencia si la seguridad del país lo exige, se celebrarán sesiones a puerta cerrada a petición del Presidente de la República, cualquier ministro o diez diputados. Las aprobaciones de tales sesiones entrarán en vigor si son ratificados por tres cuartas partes del total de los diputados en presencia del Consejo de Guardianes. El informe y las aprobaciones de estas sesiones deben publicarse para conocimiento de todos, una vez superada la situación de emergencia.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas. Sin embargo, estas pueden tener lugar a puerta cerrada a solicitud de cinco (5) miembros, en cuyo caso se decidirá inmediatamente por mayoría absoluta si la sesión debe continuarse o no abierta al público.
Los debates de las Sesiones Plenarias de la Cámara de los Diputados y del Senado son públicos.
1. La Cámara de los Diputados se reúne en sesión pública en su palacio, sin embargo puede deliberar a puerta cerrada a petición del Gobierno o de quince diputados, si así se acuerda en sesión secreta y por mayoría. A continuación se decidirá si el debate sobre el mismo asunto debe ser repetido en sesión pública.
2. Los Ministros y los secretarios del Estado tienen acceso libre a las sesiones de la Cámara de los Diputados, y son oídos cuantas veces pidan la palabra.
3. La Cámara de los Diputados y las comisiones parlamentarias pueden requerir la presencia del Ministro o del secretario de Estado competente en las materias sobre las que deliberen. Las comisiones parlamentarias tienen el derecho de convocar, a través del Ministro competente, a los titulares de la función pública que consideren útiles para su trabajo. Las comisiones parlamentarias se reúnen públicamente; sin embargo, pueden reunirse a puerta cerrada a petición del Gobierno o de un quinto de los parlamentarios, si la mayoría así lo aprobase. La comisión parlamentaria decide si el debate ha de reproducirse de forma pública.
Las sesiones de las dos Cámaras serán públicas. El acta integral de los debates se publicará en el Journal Officiel (Boletín Oficial).
Cada Cámara podrá reunirse en sesión secreta a petición del Primer Ministro o de una décima parte de sus miembros.
2. Las reuniones del Consejo de la Federación y la Duma de Estado son abiertas. En casos, estipulados por el Reglamento de la Cámara, puede celebrar reuniones a puerta cerrada.
Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.
Las sesiones del Congreso se llevarán a cabo en público.
La Cámara puede celebrar sesiones cerradas basadas en la petición del presidente de la República, el Presidente de la Cámara, o por lo menos 20 de sus miembros. La Cámara decidirá por mayoría entonces si el debate en cuestión se llevará a cabo en sesiones públicas o privadas.
49. Las sesiones del Folketing son públicas, excepto que el Presidente, o un número de miembros fijado por las reglas de procedimiento o un Ministro, soliciten que las personas no autorizadas abandonen la sala de sesiones, después de lo cual, se decidirá, sin debate, si la cuestión que se estaba debatiendo tendrá lugar en público o a puerta cerrada.
La Asamblea Nacional del Poder Popular en su funcionamiento se rige por los principios siguientes:
d. sus sesiones son públicas, excepto cuando la propia Asamblea acuerde celebrarlas a puertas cerradas por razón de interés de Estado.
15. Los procedimientos del Parlamento serán públicos. Sin embargo, el presidente de la Asamblea Nacional y el presidente del Consejo Nacional podrán excluir a la prensa o al público de la totalidad o de parte de los procedimientos cuando haya una necesidad imperante de hacerlo en interés del orden público, la seguridad nacional o cualquier otra situación, en la que la publicidad perjudicaría gravemente el interés público.
1. La Asamblea Nacional debe:
b. conducir sus negocios de manera abierta, y celebrar sus sesiones, y las de sus comités, en público, pero se pueden tomar medidas razonables
2. La Asamblea Nacional no puede excluir al público, incluidos los medios de comunicación, de una sesión de un comité a menos que sea razonable y justificable hacerlo en una sociedad abierta y democrática.
1. El Consejo Nacional de Provincias debe:
b. conducir sus asuntos de una manera abierta, y realizar sus sesiones, y las de sus comités, en público, pero deben ser tomadas medidas razonables:
2. El Consejo Nacional de Provincia, puede excluir al público, incluyendo a los medios de comunicación, salvo que fuese razonable hacerlo en una sociedad abierta y democrática.
Las sesiones de las Cámaras del Parlamento son públicas.
Sin embargo, cada una de las Cámaras del Parlamento podrá decidir, por mayoría absoluta de los votos de los miembros presentes, celebrar la sesión a puerta cerrada por requerimiento del Presidente de la República, el Presidente del Senado, el Presidente de la Cámara de Diputados, un cuarto (1/4) de los miembros de la Cámara correspondiente o el Primer Ministro.
1. Las reuniones de las dos Cámaras serán públicas.
2. Las Cámaras podrán decidir que ciertas reuniones sean secretas.
1. Las reuniones de las asambleas que funcionan como órganos de soberanía, de las Regiones autónomas o del poder local serán públicas, excepto en los casos previstos por la ley.
Las sesiones de la Cámara de los Diputados estarán abiertas al público. La Cámara de los Diputados puede resolver, por mayoría absoluta de votos sobre un quórum de la mitad del número de diputados, mantener un debate en secreto.
Las previsiones del artículo 110, del artículo 112, del artículo 113 y del artículo 120 serán de aplicación al Senado.
1. Las sesiones de los Estados Generales serán públicas.
La Asamblea no podrá efectuar sus sesiones sin la concurrencia de dos tercios del total de sus miembros.
Si en el día señalado fuere imposible iniciar las sesiones o si abiertas no pudieren continuarse por falta de quórum, los miembros presentes conminarán a los ausentes, bajo las sanciones que establezca el Reglamento, para que concurran, y la Asamblea abrirá o continuará las sesiones cuando se reúna el número requerido.
Las sesiones serán públicas salvo que por razones muy calificadas y de conveniencia general se acuerde que sean secretas por votación no menor de las dos terceras partes de los Diputados presentes.
La Asamblea Nacional se instalará en Quito, sin necesidad de convocatoria, el catorce de mayo del año de su elección. El pleno sesionará de forma ordinaria y permanente, con dos recesos al año de quince días cada uno. Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas, salvo las excepciones establecidas en la ley.
Durante el tiempo de receso, la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional, por sí, a petición de la mayoría de los miembros de la Asamblea o de la Presidenta o Presidente de la República, convocará a períodos extraordinarios de sesiones para conocer exclusivamente los asuntos específicos señalados en la convocatoria.
Las sesiones del Riigikogu serán públicas, salvo cuando el Riigikogu decida lo contrario por mayoría de dos tercios.
Las reuniones del Parlamento son públicas.
Una comisión parlamentaria puede decidir abrir su reunión al público.
Las sesiones serán públicas; sin embargo, cada una de las dos Cámaras y el Parlamento en sesión conjunta podrán acordar reunirse en sesión secreta.
1. El Consejo General se reúne en períodos de sesiones ordinarios y extraordinarios tradicionales, convocados en la forma prescrita en el Reglamento. Habrá dos períodos ordinarios de sesiones a lo largo del año, según lo prescrito en el Reglamento. Las sesiones del Consell General son públicas, salvo que la mayoría absoluta de sus miembros decida otra cosa.
1. Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas.
2. A propuesta de al menos una quinta parte del número total de parlamentarios o del Gobierno, la Asamblea Nacional podrá decidir, por mayoría de votos del número total de parlamentarios, celebrar una sesión a puerta cerrada. Queda prohibido votar en una sesión a puerta cerrada.
Las sesiones del Parlamento serán públicas.
Las actuaciones se inscribirán en un libro y se publicarán de acuerdo con las condiciones definidas por una ley orgánica.
La Asamblea Nacional Popular y el Consejo de la Nación pueden sentarse a puerta cerrada a petición de sus presidentes, por la mayoría de sus miembros presentes o por el Jefe de Gobierno.
1. Las sesiones de la Asamblea son abiertas.
2. A petición del Presidente de la República, del Primer Ministro o de una quinta parte de los diputados, las sesiones de la Asamblea podrán ser privadas, cuando la mayoría de sus miembros haya votado a favor de ella.
Los períodos de sesiones de la Asamblea Nacional serán abiertos a menos que el Presidente de la Asamblea o al menos diez miembros de la Asamblea Nacional soliciten su secreto y la Asamblea lo conceda. Nadie entrará por la fuerza en el edificio de la Asamblea Nacional.
2. La Asamblea Nacional o una comisión parlamentaria no excluirán al público o a los medios de comunicación de sus sesiones, a menos que existan razones justificadas para la exclusión y el Presidente informe al público o a los medios de comunicación de las razones.
El Parlamento debe...
a. facilitar la participación pública en sus procesos legislativos y de otro tipo y en los procesos de sus comités;
b. garantizar que se consulte a las partes interesadas acerca de los proyectos de ley que están siendo examinados por el Parlamento, a menos que dicha consulta sea inapropiada o impracticable; y
c. llevar a cabo sus actividades de manera transparente y celebrar sus sesiones, así como las de sus comités, en público, aunque puedan adoptarse medidas,
pero esas medidas deben ser justas, razonables y justificables en una sociedad democrática basada en la apertura, la justicia, la dignidad humana, la igualdad y la libertad.
Las reuniones de la Cámara de Representantes estarán abiertas al público, pero la Cámara podrá celebrar sesiones privadas a petición del Presidente, del Presidente, del Gobierno o a petición de al menos veinte miembros de la Cámara. A continuación, la Cámara decidirá si el debate sobre el tema debe celebrarse abiertamente o en sesiones privadas.
1. El período de sesiones de la Asamblea Nacional es público. En caso de necesidad, de acuerdo con las sugerencias del Presidente del Estado, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional, el Primer Ministro o por lo menos dos tercios de sus miembros, la Asamblea Nacional puede decidir sobre un cónclave.
Salvo disposición en contrario, las actuaciones del Parlamento se celebrarán en público.
Las sesiones de la FNC se celebran en público. Podrán celebrarse sesiones secretas a petición de un representante del Gobierno, del Presidente de la FNC o de un tercio de los miembros de la FNC.
Las reuniones de la Rada Suprema de Ucrania se llevan a cabo abiertamente. Se lleva a cabo una reunión privada sobre la decisión de la mayoría de la composición constitucional de la Rada Suprema de Ucrania.
Los debates celebrados en el Pleno de la Gran Asamblea Nacional de Turquía serán públicos y se publicarán literalmente en el Diario de Actas.
La Gran Asamblea Nacional de Turquía podrá celebrar sesiones privadas de conformidad con las disposiciones del Reglamento interno; la publicación de los debates de dichas sesiones estará sujeta a la decisión de la Gran Asamblea Nacional de Turquía.
Los debates públicos en la Asamblea podrán publicarse libremente por todos los medios, a menos que la Asamblea adopte una decisión en contrario a propuesta de la Mesa.
Las reuniones de la Asamblea Nacional y del Senado son públicas. El acta completa de los debates se publica en el Diario Oficial [Gaceta Oficial].
La Asamblea Nacional puede reunirse en sesión cerrada a petición del Primer Ministro o a petición de un quinto (1/5) de los diputados.
Las sesiones de la Cámara de Representantes y del Senado y una sesión conjunta de la Asamblea Nacional serán públicas según lo prescrito en el reglamento de cada Cámara. No obstante, el Consejo de Ministros o miembros que constituya no menos de una cuarta parte del número total de miembros existentes de cada Cámara o de ambas cámaras, según el caso, podrán solicitar una reunión a puerta cerrada.
Las sesiones del Majlisi Milli y el Majlisi Namoyandagon están facultadas cuando no menos de dos tercios de todos sus miembros o diputados están presentes. Las sesiones del Majlisi Milli y el Majlisi Namoyandagon son públicas. En los casos previstos por la ley y las Reglas de Procedimiento del Majlisi Milli y el Majlisi Namoyandagon, también podrán celebrarse sesiones privadas.
Las reuniones de los Consejos se celebran en público. La ley puede prever excepciones.
Todas las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas, salvo en casos especiales cuando decida reunirse a puerta cerrada.
Las sesiones de la Asamblea Legislativa Nacional o de cualquiera de sus dos Cámaras estarán abiertas al público; sus actas serán publicadas y también podrán ser transmitidas. Sin embargo, la Legislatura Nacional o cualquiera de las cámaras pueden decidir, de acuerdo con su Reglamento de Conducta de Negocios, que ciertas deliberaciones se lleven a cabo a puerta cerrada.
5. La Cámara del Pueblo del Parlamento Federal y sus comités se reunirán en público, de conformidad con el principio general de transparencia en el gobierno. El reglamento determinará cuándo es necesario que la Cámara del Pueblo celebre una sesión a puerta cerrada.
5. La Cámara Alta del Parlamento Federal y sus comisiones serán públicas, de conformidad con el principio general de transparencia en el gobierno.
Las actuaciones del Parlamento serán públicas, salvo en la medida en que su reglamento interno disponga otra cosa.
3. Las reuniones del Consejo Nacional de la República Eslovaca son públicas.
4. Las reuniones no públicas sólo pueden celebrarse en los casos previstos por la ley o sobre la base de una decisión de las tres quintas partes de todos los miembros del Parlamento del Consejo Nacional de la República Eslovaca.
97. Con sujeción a las órdenes permanentes, las reuniones de la Asamblea Nacional estarán abiertas al público y podrán ser transmitidas.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas. Cerrada [sesión] se pronuncia sólo excepcionalmente y por una duración limitada.
Las sesiones del Consejo Consultivo serán públicas y podrán celebrarse a puerta cerrada a petición de un tercio de los miembros del Consejo o a petición del Consejo de Ministros.
Las sesiones de Majlis Al Dawla y Majlis Al Shura serán públicas. Podrán celebrarse sesiones privadas en las circunstancias que así lo exijan el acuerdo entre el Consejo de Ministros y cualquiera de los dos Majlis.
Las sesiones de la Asamblea están abiertas al público.
La Asamblea podrá decidir trabajar sin la presencia del público por mayoría de dos tercios del número total de representantes.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas.
En el Diario Oficial se publica un acta completa de los debates.
A petición del Primer Ministro o de un tercio (1/3) de los diputados, la Asamblea Nacional puede reunirse en sesión privada.
1. Salvo lo dispuesto en el apartado 2 del presente artículo, todas las reuniones de la Asamblea Nacional serán públicas y los miembros del público tendrán acceso a dichas reuniones.
2. Podrá denegarse el acceso del público en virtud del apartado 1) del presente artículo si la Asamblea Nacional adopta una moción apoyada por dos tercios de todos sus miembros, excluyendo dicho acceso a los miembros del público durante períodos determinados o respecto de determinados asuntos. Esa moción sólo se examinará si cuenta con el apoyo de por lo menos una décima parte de todos los miembros de la Asamblea Nacional y el debate sobre dicha moción no estará abierto a la participación del público.
Las sesiones de las Cámaras del Parlamento son públicas. El acta completa de los debates se publica en el Boletín Oficial del Parlamento.
Cada Cámara puede formar parte de un comité secreto, a petición del Jefe de Gobierno o de un tercio de sus miembros.
Las reuniones de las Comisiones del Parlamento son secretas. El reglamento interno de ambas Cámaras del Parlamento establece los casos y las normas que permiten la celebración de sesiones públicas de las Comisiones.
El Parlamento celebra sesiones conjuntas [comunas] de ambas Cámaras, en particular en los casos siguientes:
la apertura por el Rey de la sesión parlamentaria, el segundo viernes del mes de octubre y el discurso de los Mensajes Reales destinados al Parlamento;
la aprobación de la revisión de la Constitución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174;
las declaraciones del Jefe de Gobierno;
la presentación del proyecto de ley de finanzas del año;
los discursos [discursos] de los Jefes de Estado y de Gobierno extranjeros.
El Jefe de Gobierno también puede exigir [,] al Presidente de la Cámara de Representantes y al Presidente de la Cámara de Consejeros [,] que celebren reuniones conjuntas de ambas Salas para la presentación de información relativa a cuestiones de carácter nacional importante.
Las reuniones conjuntas se celebran bajo la presidencia del Presidente de la Cámara de Representantes. El reglamento interno de ambas Salas determina las modalidades del reglamento para la celebración de esas reuniones.
Aparte de las sesiones comunes, las Comisiones Permanentes del Parlamento podrán celebrar reuniones conjuntas para conocer información relativa a los asuntos que tengan un carácter nacional importante y esto, de conformidad con las normas establecidas por los reglamentos internos de ambas Salas.
Las reuniones del Consejo Nacional son públicas.
1. Las sesiones del Parlamento serán públicas.
2. El Parlamento podrá decidir que determinadas sesiones se celebren a puerta cerrada.
El Congreso se reunirá en sesión pública ordinaria, según lo prescrito por la ley. Se podrá convocar un período extraordinario de sesiones a convocatoria del Presidente de los Estados Federados de Micronesia, o por el Presidente, previa solicitud escrita de 2/3 de los miembros.
Todos los mandatos imperativos son nulos.
El derecho de voto de los miembros del Parlamento es personal.
La ley orgánica puede autorizar excepcionalmente la delegación de [el] voto. En este caso, nadie podrá recibir a la delegación por más de un mandato.
Cualquier deliberación fuera del momento de las sesiones o fuera del lugar de la sesión es nula. El Presidente de la República puede exigir al Consejo Constitucional que declare esta nulidad.
Las sesiones de la Asamblea Nacional y del Senado son públicas. El informe de los debates se publica en el Diario Oficial [Boletín Oficial].
Cada una de las Asambleas puede reunirse a puerta cerrada a petición del Gobierno o de una cuarta parte (1/4) de sus miembros presentes.
Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas. Sin embargo, pueden reunirse en sesión privada por iniciativa propia o a petición del Primer Ministro. Su procedimiento interno establecerá la metodología en sesión privada. La relación de los debates internos de las sesiones públicas se publicará en el Diario Oficial.
b. La mayoría de los presentes y votantes de los miembros del Majlis Popular o de un comité pueden decidir excluir al público y a la prensa de la totalidad o parte de las actuaciones, si existe una necesidad imperiosa de hacerlo en interés del orden público o de la seguridad nacional.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas. Se lleva un registro y su publicación está asegurada en las condiciones especificadas por la ley.
La Asamblea Nacional se sienta a puerta cerrada a petición de una cuarta parte de sus miembros o del Gobierno. Se escribe un registro de las decisiones ordenadas.
Las audiencias de ambos consejos serán públicas. Las deliberaciones se documentarán en las actas prescritas por los estatutos de cada cámara y se publicarán de acuerdo con lo que determine la ley. Uno o ambos consejos pueden convocar una sesión secreta con la aprobación de la mayoría de los presentes a petición de doce miembros o a petición de la autoridad ejecutiva.
La Cámara se reúne públicamente. Sin embargo, podrá convocar a puerta cerrada, si así lo solicitan el Gobierno o cinco de sus miembros. Puede decidir volver a discutir el mismo tema en una reunión pública.
Las sesiones del Saeima serán públicas. El Saeima podrá decidir por mayoría de votos no menos de dos tercios de los miembros presentes asistir a sesión privada, si así lo solicitan diez miembros del Saeima, o por el Presidente, el Primer Ministro o un Ministro.
2. Las sesiones del Jogorku Kenesh serán públicas a menos que la naturaleza de las cuestiones en examen requiera sesiones cerradas.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas. Podrán celebrarse a puerta cerrada a petición del Gobierno o del Presidente de la Asamblea o de diez miembros. El debate sobre la solicitud tendrá lugar en una sesión secreta.
1. Las sesiones de la Asamblea Nacional estarán abiertas al público: salvo que, cuando así lo decida la mayoría de los miembros presentes, o cuando el Presidente lo considere necesario en aras de la seguridad nacional, podrán ser cerradas al público.
6. Los períodos de sesiones conjuntos y separados de las Salas serán abiertos. En los casos previstos en las providencias de procedimiento, las sesiones podrán ser clausuradas. El Presidente de la República, el Primer Ministro y los miembros del Gobierno, el Presidente del Banco Nacional, el Fiscal General y el Presidente del Comité de Seguridad Nacional tendrán derecho a estar presentes en cualquier sesión y a ser oídos.
Las sesiones de cada una de las dos Cámaras estarán abiertas. Sin embargo, se podrán convocar reuniones secretas a petición del Gobierno oa petición de cinco de los miembros. A continuación, la Cámara decidirá aceptar o rechazar dicha solicitud.
El Knesset se reunirá en público.
1. Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas. A petición del Gobierno o de cualquier miembro de la Asamblea Nacional, y con el voto de dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional, la Asamblea Nacional podrá decidir celebrar una sesión a puerta cerrada.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas. No obstante, podrá decidir, por voto de la mayoría de los miembros que la componen, celebrar sesiones a puerta cerrada.
4. Las sesiones del Parlamento serán públicas. Por decisión de la mayoría de los asistentes, pero con no menos de un tercio del número total de diputados al Parlamento, el Parlamento podrá declarar clausurada una sesión o parte de una sesión cuando se trate de determinadas cuestiones. La decisión de cerrar una sesión total o parcialmente se debatirá y se tomará a puerta cerrada. Las actas de las sesiones públicas del Parlamento serán públicas.
3. Las sesiones de la Asamblea Nacional estarán abiertas al público, a menos que la Asamblea disponga otra cosa por causa justificada.
Las sesiones del Parlamento son públicas. En el Diario de Debates se publica un informe exhaustivo de los debates del Parlamento.
Cada una de las dos Salas podrá, bajo el control de sus respectivas oficinas, difundir a través de los medios de comunicación públicos una transmisión de sus debates sobre el pluralismo, de conformidad con las disposiciones de sus reglamentos.
Cada una de las dos (2) Cámaras podrá acoger al Presidente de la República, a un Jefe de Estado o a un miembro de un gobierno extranjero.
Cada Cámara del Parlamento podrá celebrar sesiones a puerta cerrada a petición del Presidente de la República, del Primer Ministro o de una quinta parte de los miembros de la Cámara.
Las sesiones plenarias del Parlamento están abiertas al público, a menos que el Parlamento, por una razón muy importante, decida otra cosa para un asunto determinado. El Parlamento publica sus documentos, tal como se indica con más detalle en el Reglamento del Parlamento.
1. El Parlamento debe...
a. llevar a cabo sus actividades de manera abierta y celebrar sus sesiones y las de sus comités en público; y
b. facilitar la participación pública en los procesos legislativos y de otro tipo del Parlamento y sus comisiones.
2. El Parlamento y sus comisiones no podrán excluir de ninguna sesión al público, incluidos los medios de comunicación, a menos que, en circunstancias excepcionales, el Presidente haya ordenado la exclusión del público por motivos razonables y justificables.
5. Las reuniones de la Cámara serán públicas. No obstante, la Cámara podrá celebrar una sesión privada a petición del Ejecutivo o de los miembros de la Cámara si dicha solicitud está respaldada por una decisión de más de la mitad de los miembros de la Cámara.
La Asamblea Nacional se reúne de plena derecha en dos sesiones ordinarias al año. El primer ordinario comienza el 1 de marzo y el segundo comienza el 1 de octubre.
La duración de cada período ordinario de sesiones es de cuatro meses. No obstante, la Mesa de la Asamblea Nacional podrá decidir prorrogar su plazo no superior a quince días para poder examinar propuestas de ley de origen parlamentario que no hayan podido ser examinadas durante el período ordinario de sesiones.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas.
El acta completa de los debates en las sesiones públicas se publica en el Diario Oficial.
Sin embargo, la Asamblea Nacional puede reunirse en sesiones cerradas de acuerdo con las modalidades previstas en el Reglamento Interno.
La Ley de Finanzas del año se examina en el curso del segundo período ordinario de sesiones, denominado Sesión Presupuestaria.
Las sesiones de las Salas estarán abiertas al público. El público sólo podrá ser excluido en las condiciones previstas en una ley.
1. Las sesiones de la Cámara de Representantes estarán abiertas al público y se publicarán las actas de sus debates.
1. Las sesiones de las Salas Comunales estarán abiertas al público y se publicarán las actas de sus debates.
2. Toda Cámara Comunal podrá, si lo considera necesario, celebrar sesiones secretas sobre una resolución aprobada por mayoría de dos tercios del número total de sus miembros.
Las sesiones del Parlamento croata serán públicas.
Las sesiones de ambas cámaras del Parlamento son públicas.
No obstante, cada Cámara podrá participar en reuniones privadas a petición del Presidente de la República o de al menos un tercio de sus miembros.
El relato completo de los debates de cada cámara se publica en el Boletín Oficial de la República de Côte d'Ivoire.
Las sesiones de las dos Cámaras del Parlamento son públicas.
El registro completo [compte rendu intégral] de los debates se publica en la revista de debates. Sin embargo, la Asamblea Nacional o el Senado pueden reunirse a puerta cerrada, a petición del Presidente de la República, del Presidente de cada Cámara o de un tercio de sus miembros.
Las sesiones de la Asamblea Nacional y del Senado son públicas, a menos que se anuncie una [sesión] a puerta cerrada.
Las sesiones de la Asamblea de la Unión son, en principio, públicas, salvo en los casos previstos en el reglamento interno de la Asamblea.
Las sesiones de la Asamblea Nacional sólo son válidas si se celebran en el lugar ordinario de sus períodos de sesiones, salvo en caso de fuerza mayor.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas.
Sin embargo, la Asamblea podrá reunirse en sesión privada a petición del Presidente de la República o de un tercio (1/3) de sus miembros.
El acta completa de los debates de la Asamblea Nacional se publica en el Diario Oficial de la República.
1. Las reuniones de la Asamblea Nacional, las Asambleas Municipales y otros órganos políticos que actúan en asamblea serán públicas y podrán ser transmitidas directamente por radio y televisión, salvo en los casos expresamente previstos por la ley.
1. Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas. Excepcionalmente, la Asamblea Nacional podrá celebrar sesiones a puerta cerrada a petición del Presidente de la República o de la mayoría absoluta de sus miembros.
1. Las sesiones del Senado serán públicas. Excepcionalmente, el Senado podrá celebrar sesiones a puerta cerrada a petición del Presidente de la República o de la mayoría absoluta de sus miembros.
Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas.
Las sesiones del Senado serán públicas.
Las sesiones de la Asamblea Nacional y del Senado son públicas. Sin embargo, la Asamblea Nacional y el Senado pueden reunirse en audiencia privada en caso de necesidad.
Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas.
Sin embargo, en caso de necesidad y a petición del Primer Ministro o de un tercio de los diputados, la Asamblea Nacional podrá celebrarse a puerta cerrada.
Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas. La Asamblea Nacional puede, por excepción, decidir celebrar algunas sesiones a puerta cerrada.
i. Ambas salas publicarán un acta completa de sus deliberaciones y, salvo en circunstancias excepcionales y de conformidad con su reglamento, deliberarán públicamente.
Las sesiones de las Casas son públicas.
Sin embargo, cada Cámara puede reunirse a puerta cerrada a petición de su presidente o de diez miembros.
A continuación decide, por mayoría absoluta, si la sesión debe proseguir públicamente sobre el mismo tema.
Las sesiones del Consejo Consultivo y de la Cámara de Diputados estarán abiertas al público. Podrán mantenerse en secreto a petición del Gobierno, del Presidente de la Cámara o de diez miembros, y la solicitud se debatirá en sesión secreta.
Las sesiones de las cámaras estarán abiertas. Las salas, en caso de interés de Estado, podrán tomar la decisión de celebrar una sesión privada por mayoría de la composición completa de la sala correspondiente. El Presidente, sus representantes, el Primer Ministro y los miembros del Gobierno intervendrán en las sesiones fuera de turno tantas veces como lo estimen necesario.
Se reservará una sesión mensual para el turno de preguntas al Gobierno para los diputados de las Cámaras de Representantes y los miembros del Consejo de la República.
El diputado de la Cámara de Representantes o miembro del Consejo de la República tendrá derecho a investigar al Primer Ministro o a los miembros del Gobierno y a los jefes de los órganos de Estado constituidos o elegidos por el Parlamento. La investigación se incluirá en el orden del día de la sala. La respuesta a la investigación se dará en el plazo de veinte días a partir de la actual sesión en la orden que determine la Cámara del Parlamento.
La sesión de la Cámara se considerará calificada si están presentes no menos de dos tercios del número de diputados elegidos de las Cámaras de Representantes o miembros del Consejo de la República.
El voto en la Cámara de Representantes y el Consejo de la República será abierto y ejercido por el diputado de la Cámara o miembro del Consejo de la República en persona por voto «sí» o «no». Sólo se procederá a votación secreta cuando se aborden cuestiones de personal.
IV. Las asambleas de los períodos de sesiones del Milli Majlis de la República de Azerbaiyán estarán abiertas al público. Una asamblea de la reunión del Milli Majlis podrá ser clausurada al público a petición de 83 miembros del Parlamento o a propuesta del Presidente de la República de Azerbaiyán.
1. Las sesiones del Consejo Nacional son públicas.
2. El público quedará excluido si así lo exige el Presidente o el número de miembros establecido en la ley federal sobre las órdenes permanentes del Consejo Nacional y el Consejo Nacional lo vota después de la retirada de la audiencia.
3. Las reuniones del Consejo Federal son públicas. No obstante, el público puede, de conformidad con lo dispuesto en las órdenes permanentes, ser excluido por resolución. Las disposiciones del artículo 33 se aplican también a las reuniones públicas del Consejo Federal y sus comités.
3. Las disposiciones del artículo 33 también son buenas para los períodos de sesiones de la Asamblea Federal.
Los miembros de la Asamblea del Pueblo no podrán ser cuestionados de forma civil o penal a causa de acontecimientos u opiniones que expresen, o durante una votación en reuniones públicas o privadas, y durante el trabajo de los comités.
Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, soló una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.
Descripción:
Fuente: Unión Interparlamentaria / Datos Globales acerca de Parlamentos Nacionales, https://data.ipu.org/