Restricciones a partidos políticos

Establece los límites de actividad aceptable, o la estructura de organización, de los partidos políticos. Por ejemplo, los partidos pueden estar obligados a respetar algunos principios fundamentales del Estado.

Alemania 1949

1. Los partidos participan en la formación de la voluntad política del pueblo. Su fundación es libre. Su organización interna debe responder a los principios democráticos. Los partidos deben dar cuenta públicamente de la procedencia y uso de sus recursos, así como de su patrimonio.


Argentina 1853

Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas.


Bolivia 2009

I. La organización y funcionamiento de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las agrupaciones ciudadanas y los partidos políticos deberán ser democráticos.

II. La elección interna de las dirigentes y los dirigentes y de las candidatas y los candidatos de las agrupaciones ciudadanas y de los partidos políticos será regulada y fiscalizada por el Órgano Electoral Plurinacional, que garantizará la igual participación de hombres y mujeres.


Colombia 1991

Artículo 107

Se garantiza a todos los ciudadanos el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse.

En ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica.

Los Partidos y Movimientos Políticos se organizarán democráticamente y tendrán como principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos.

Para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos propios o por coalición, podrán celebrar consultas populares o internas o interpartidistas que coincidan o no con las elecciones a Corporaciones Públicas, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos y en la ley.

En el caso de las consultas populares se aplicarán las normas sobre financiación y publicidad de campañas y acceso a los medios de comunicación del Estado, que rigen para las elecciones ordinarias. Quien participe en las consultas de un partido o movimiento político o en consultas interpartidistas, no podrá inscribirse por otro en el mismo proceso electoral. El resultado de las consultas será obligatorio.

Los directivos de los Partidos y Movimientos Políticos deberán propiciar procesos de democratización interna y el fortalecimiento del régimen de bancadas.

Los Partidos y Movimientos Políticos deberán responder por toda violación o contravención a las normas que rigen su organización, funcionamiento o financiación, así como también por avalar candidatos elegidos en cargos o Corporaciones Públicas de elección popular, quienes hayan sido o fueren condenados durante el ejercicio del cargo al cual se avaló mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico o de delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad.

Los partidos o movimientos políticos también responderán por avalar a candidatos no elegidos para cargos o Corporaciones Públicas de Elección Popular, si estos hubieran sido o fueren condenados durante el período del cargo público al cual se candidatizó, mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico, cometidos con anterioridad a la expedición del aval correspondiente.

Las sanciones podrán consistir en multas, devolución de los recursos públicos percibidos mediante el sistema de reposición de votos, hasta la cancelación de la personería jurídica. Cuando se trate de estas condenas a quienes fueron electos para cargos uninominales, el partido o movimiento que avaló al condenado, no podrá presentar candidatos para las siguientes elecciones en esa Circunscripción. Si faltan menos de 18 meses para las siguientes elecciones, no podrán presentar terna, caso en el cual, el nominador podrá libremente designar el reemplazo.

Los directivos de los partidos a quienes se demuestre que no han procedido con el debido cuidado y diligencia en el ejercicio de los derechos y obligaciones que les confiere Personería Jurídica también estarán sujetos a las sanciones que determine la ley.

También se garantiza a las organizaciones sociales el derecho a manifestarse y a participar en eventos políticos.

Quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones.

Parágrafo transitorio 1

Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 134, dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente acto legislativo, autorízase, por una sola vez, a los miembros de los Cuerpos Colegiados de elección popular, o a quienes hubieren renunciado a su curul con anterioridad a la vigencia del presente acto legislativo, para inscribirse en un partido distinto al que los avaló, sin renunciar a la curul o incurrir en doble militancia.

Parágrafo transitorio 2

El Gobierno Nacional o los miembros del Congreso presentarán, antes del 1 de agosto de 2009, un Proyecto de Ley Estatutaria que desarrolle este artículo.

El Proyecto tendrá mensaje de urgencia y sesiones conjuntas y podrá ser objeto de mensaje de insistencia si fuere necesario. Se reducen a la mitad los términos para la revisión previa de exequibilidad del Proyecto de Ley Estatutaria, por parte de la Corte Constitucional.

Artículo 108

El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado. Las perderán si no consiguen ese porcentaje en las elecciones de las mismas Corporaciones Públicas. Se exceptúa el régimen excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minorías étnicas y políticas, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso.

También será causal de pérdida de la Personería Jurídica de los partidos y movimientos políticos si estos no celebran por lo menos durante cada dos (2) años convenciones que posibiliten a sus miembros influir en la toma de las decisiones más importantes de la organización política.

Los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica reconocida podrán inscribir candidatos a elecciones. Dicha inscripción deberá ser avalada para los mismos efectos por el respectivo representante legal del partido o movimiento o por quien él delegue.

Los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos también podrán inscribir candidatos.

Toda inscripción de candidato incurso en causal de inhabilidad, será revocada por el Consejo Nacional Electoral con respeto al debido proceso.

Los Estatutos de los Partidos y Movimientos Políticos regularán lo atinente a su Régimen Disciplinario Interno. Los miembros de las Corporaciones Públicas elegidos por un mismo Partido o Movimiento Político o grupo significativo de ciudadanos actuarán en ellas como bancada en los términos que señale la ley y de conformidad con las decisiones adoptadas democráticamente por estas.

Los Estatutos Internos de los Partidos y Movimientos Políticos determinarán los asuntos de conciencia respecto de los cuales no se aplicará este régimen y podrán establecer sanciones por la inobservancia de sus directrices por parte de los miembros de las bancadas, las cuales se fijarán gradualmente hasta la expulsión, y podrán incluir la pérdida del derecho de voto del Congresista, Diputado, Concejal o Edil por el resto del período para el cual fue elegido.

Parágrafo Transitorio

Para las elecciones al Congreso de la República a celebrarse en 2010, el porcentaje a que se refiere el inciso primero del presente artículo será del dos por ciento (2%), y no se requerirá del requisito de inscripción con un año de antelación del que habla el inciso 8.


México 1917

La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las siguientes bases:

I. Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden.

Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.

Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señalen esta Constitución y la ley.

Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones de las entidades federativas y municipales. El partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro.

II. La ley garantizará que los partidos políticos nacionales cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento de los propios partidos y sus campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.

III. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social. Los candidatos independientes tendrán derecho de acceso a prerrogativas para las campañas electorales en los términos que establezca la ley.

  1. Apartado A. El Instituto Nacional Electoral será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales, de acuerdo con lo siguiente y a lo que establezcan las leyes:
    1. a. A partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral quedarán a disposición del Instituto Nacional Electoral cuarenta y ocho minutos diarios, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión, en el horario referido en el inciso d) de este apartado. En el período comprendido entre el fin de las precampañas y el inicio de las campañas, el cincuenta por ciento de los tiempos en radio y televisión se destinará a los fines propios de las autoridades electorales, y el resto a la difusión de mensajes genéricos de los partidos políticos, conforme a lo que establezca la ley;
    2. b. Durante sus precampañas, los partidos políticos dispondrán en conjunto de un minuto por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión; el tiempo restante se utilizará conforme a lo que determine la ley;
    3. c. Durante las campañas electorales deberá destinarse para cubrir el derecho de los partidos políticos y los candidatos al menos el ochenta y cinco por ciento del tiempo total disponible a que se refiere el inciso a) de este apartado;
    4. d. Las transmisiones en cada estación de radio y canal de televisión se distribuirán dentro del horario de programación comprendido entre las seis y las veinticuatro horas;
    5. e. El tiempo establecido como derecho de los partidos políticos y, en su caso, de los candidatos independientes, se distribuirá entre los mismos conforme a lo siguiente: el setenta por ciento será distribuido entre los partidos políticos de acuerdo a los resultados de la elección para diputados federales inmediata anterior y el treinta por ciento restante será dividido en partes iguales, de las cuales, hasta una de ellas podrá ser asignada a los candidatos independientes en su conjunto;
    6. f. A cada partido político nacional sin representación en el Congreso de la Unión se le asignará para radio y televisión solamente la parte correspondiente al porcentaje igualitario establecido en el inciso anterior, y
    7. g. Con independencia de lo dispuesto en los apartados A y B de esta base y fuera de los períodos de precampañas y campañas electorales federales, al Instituto Nacional Electoral le será asignado hasta el doce por ciento del tiempo total de que el Estado disponga en radio y televisión, conforme a las leyes y bajo cualquier modalidad; del total asignado, el Instituto distribuirá entre los partidos políticos nacionales en forma igualitaria un cincuenta por ciento; el tiempo restante lo utilizará para fines propios o de otras autoridades electorales, tanto federales como de las entidades federativas. Cada partido político nacional utilizará el tiempo que por este concepto le corresponda en los formatos que establezca la ley. En todo caso, las transmisiones a que se refiere este inciso se harán en el horario que determine el Instituto conforme a lo señalado en el inciso d) del presente Apartado. En situaciones especiales, el Instituto podrá disponer de los tiempos correspondientes a mensajes partidistas a favor de un partido político, cuando así se justifique.
  2. Los partidos políticos y los candidatos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión.
  3. Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero.
  4. Las disposiciones contenidas en los dos párrafos anteriores deberán ser cumplidas en el ámbito de los estados y el Distrito Federal conforme a la legislación aplicable.
  5. Apartado B. Para fines electorales en las entidades federativas, el Instituto Nacional Electoral administrará los tiempos que correspondan al Estado en radio y televisión en las estaciones y canales de cobertura en la entidad de que se trate, conforme a lo siguiente y a lo que determine la ley:
    1. a. Para los casos de los procesos electorales locales con jornadas comiciales coincidentes con la federal, el tiempo asignado en cada entidad federativa estará comprendido dentro del total disponible conforme a los incisos a), b) y c) del apartado A de esta base;
    2. b. Para los demás procesos electorales, la asignación se hará en los términos de la ley, conforme a los criterios de esta base constitucional, y
    3. c. La distribución de los tiempos entre los partidos políticos, incluyendo a los de registro local, y los candidatos independientes se realizará de acuerdo con los criterios señalados en el apartado A de esta base y lo que determine la legislación aplicable.
  6. Cuando a juicio del Instituto Nacional Electoral el tiempo total en radio y televisión a que se refieren este apartado y el anterior fuese insuficiente para sus propios fines, los de otras autoridades electorales o para los candidatos independientes, determinará lo conducente para cubrir el tiempo faltante, conforme a las facultades que la ley le confiera.
  7. Apartado C. En la propaganda política o electoral que difundan los partidos y candidatos deberán abstenerse de expresiones que calumnien a las personas.
  8. Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
  9. Apartado D. El Instituto Nacional Electoral, mediante procedimientos expeditos en los términos de la ley, investigará las infracciones a lo dispuesto en esta base e integrará el expediente para someterlo al conocimiento y resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. En el procedimiento, el Instituto podrá imponer, entre otras medidas cautelares, la orden de suspender o cancelar de manera inmediata las transmisiones en radio y televisión, de conformidad con lo que disponga la ley.

Queda estrictamente prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa. No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político.


Brasil 1988

Art 17

La creación, fusión, incorporación y disolución de partidos políticos es libre, resguardando la soberanía nacional, el régimen democrático, la multiplicidad de partidos políticos y derechos humanos fundamentales y observando los siguientes preceptos:

I. el carácter nacional;

II. la prohibición de recibir asistencia financiera de entidades extranjeras o gobiernos subordinados a estos;

III. la rendición de cuentas a las cortes electorales;

IV. funcionamiento legislativo de acuerdo a ley.

§1°. Se garantiza autonomía a partidos políticos para definir sus estructura interna, organización y organización, y al adoptar el criterio para elegir su afiliación al régimen electoral, sin requerir vínculo entre candidatos en las esferas nacional, estatal, distrital o municipal. Los partidos deben establecer reglas para la disciplina y lealtad del partido.

§2°. Luego de haber adquirido capacidad legal, como provisto por ley civil, los partidos políticos deben registrar sus estatutos ante el Tribunal Superior Electoral.

§3°. Los partidos políticos tienen derecho a recursos del fondo de partidos y acceso gratuito a la radio y a la televisión, como provisto por ley.

§4°. Los partidos políticos quedan prohibidos de utilizar organizaciones paramilitares.


Lituania 1992

La fundación y el funcionamiento de los partidos políticos y de cualquier otra organización política y pública, serán regulados por ley.


Kenia 2010

91. Requisitos básicos para los partidos políticos

1. Todos los partidos políticos:

a. Tendrán carácter nacional, con arreglo a lo dispuesto en una ley del Parlamento.

b. Tendrán un órgano de gobierno democráticamente elegido.

c. Promoverán y defenderán la unidad nacional.

d. Respetarán los principios democráticos del bueno gobierno, y promoverán y practicarán la democracia mediante elecciones periódicas, justas y libres dentro del partido.

e. Respetarán el derecho de todas las personas a participar en el proceso político, incluido el de las minorías y los grupos marginados.

f. Respetarán y promoverán los derechos humanos y las libertades fundamentales, y la igualdad y equidad de género.

g. Promoverán los objetivos y los principios de esta Constitución y del Estado de derecho.

h. Aceptarán y observarán el código de conducta para partidos políticos.

2. Un partido político:

a. No estará fundado a partir de criterios religiosos, lingüísticos, raciales, étnicos, de género o regionales, ni buscará promover la defensa del odio por cualquiera de esas razones.

b. No realizará actos violentos ni los alentará a través de sus miembros, simpatizantes, oponentes o cualquier otra persona, ni los intimidará para que los cometan.

c. No establecerá ni mantendrá fuerzas paramilitares, milicias u organizaciones parecidas.

d. No dará sobornos ni recurrirá a otras formas de corrupción.

e. Salvo por lo dispuesto en este capítulo o en una ley del Parlamento, aceptará o usará recursos públicos para promover sus intereses o sus candidatos en las elecciones.


Irak 2005

Artículo 7

Primero

Se prohíbe cualquier entidad o programa que adopte el racismo, el terrorismo, la apostasía, la limpieza étnica o los incite, facilite, glorifique, hacer apología de ellos o los justifique, sobretodo el partido Baaz de Saddam en Irak y sus símbolos, bajo cualquier denominación. No se permitirá que se haga esto dentro del pluralismo político en Irak que se determinará por ley.

Segundo

El estado se encarga de combatir todas las formas del terrorismo y trabajará para proteger sus territorios para que no se conviertan en sede, paso o campo de sus actividades.


Irán 1979

Principio 26

Los partidos, agrupaciones, asociaciones políticas y sindicales y las asociaciones islámicas o las de las minorías religiosas reconocidas gozan de libertad con la condición de que no vulneren los principios de la independencia, de la libertad, de la unidad nacional y los preceptos islámicos, así como los fundamentos de la República Islámica. A nadie se puede impedir ser miembro de alguna, del mismo modo que tampoco se puede obligar a nadie que se afilie o se asocie a cualquiera de ellas.


Honduras 1982

Artículo 48

Se prohíbe a los partidos políticos atentar contra el sistema republicano, democrático y representativo de gobierno.

Artículo 50

Los partidos políticos no podrán recibir subvenciones o subsidios de gobiernos, organizaciones o instituciones extranjeras.


Haití 1987

Artículo 31-1

Los partidos y agrupaciones políticas concurren a la expresión del sufragio. Se forman y ejercen su actividad libremente. Deben respetar los principios de la soberanía nacional y la democracia. La ley determinará las condiciones de reconocimiento y de funcionamiento, así como las ventajas y los privilegios que les sean otorgados.

Toda ley relativa a los partidos políticos contemplará con respecto a sus estructuras y a sus mecanismos de funcionamiento una regulación respetuosa del principio de una cuota de al menos el 30 por ciento de mujeres establecido en el Artículo 17-1


Guinea Ecuatorial 1991

2. Los partidos políticos de Guinea Ecuatorial no podrán tener idéntica denominación como aquellos que preexistieron al 12 de Octubre de 1968, y deberán tener carácter y ámbito nacional, por lo que no podrán tener por base la tribu, etnia, región, distrito, municipio, provincia, sexo, religión, condición social ni profesional u oficio. Una ley regulará su creación y funcionamiento.


Francia 1958

ARTÍCULO 4

Los partidos y las agrupaciones políticas serán consistentes a la expresión del sufragio. Constituirán y ejercerán su actividad libremente dentro del respeto a los principios de la soberanía nacional y de la democracia.

Estas entidades contribuirán a la aplicación del principio enunciado en el segundo párrafo del artículo 1, de acuerdo con lo dispuesto por la ley.

La ley garantizará las expresiones pluralistas y la participación equitativa de los partidos y agrupaciones políticas a la vida democrática de la Nación.


Filipinas 1987

5. Registrar, después de publicación suficiente, a los partidos políticos, organizaciones y coaliciones, los cuales, además de otros requisitos, deben presentar su plataforma o programa de gobierno; y acreditar las armas de los ciudadanos en la Comisión de Elecciones. No se registrarán las confesiones religiosas y sectas. Igualmente se negará el registro a quienes intenten alcanzar sus objetivos por medio de la violencia o medios ilícitos, o se nieguen a sostener y respetar esta Constitución, o que estén apoyados por cualquier gobierno extranjero.

Las contribuciones financieras de gobiernos extranjeros y sus organismos a partidos políticos, organizaciones, coaliciones o candidatos relacionados con las elecciones constituirán interferencia en los asuntos internos del país y, cuando sean aceptadas, representarán una razón adicional para la anulación de su registro en la Comisión, además de otras sanciones que pueda establecer la ley.


España 1978

Artículo 6

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.


El Salvador 1983

Artículo 82

Los ministros de cualquier culto religioso, los miembros en servicio activo de la Fuerza Armada y los miembros de la Policía Nacional Civil no podrán pertenecer a partidos políticos ni optar a cargos de elección popular.

Tampoco podrán realizar propaganda política en ninguna forma.

El ejercicio del voto lo ejercerán los ciudadanos en los lugares que determine la ley y no podrá realizarse en los recintos de las instalaciones militares o de seguridad pública.

El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno. Las normas, organización y funcionamiento se sujetarán a los principios de la democracia representativa.


Egipto 2014

Los ciudadanos tienen el derecho a formar partidos políticos previa notificación regulada por la ley. Está prohibido formar partidos políticos o ejercer actividades políticas basadas en la religión o en la discriminación por criterios de sexo, origen, o en bases sectarias o de ubicación geográfica. No puede ser practicada ninguna actividad que sea hostil a los principios democráticos, así sea de forma silenciosa, o que tenga una naturaleza militar o cuasi militar.


Bután 2008

1. Los partidos políticos garantizaran que los intereses nacionales prevalecen sobre otros intereses y, a ese fin, escogerán opciones basadas en los valores y las aspiraciones del pueblo, pensadas para el gobierno responsable y bueno.

3. Los candidatos y los partidos políticos no recurrirán al regionalismo, la etnicidad y la religión para incitar a los votantes con fines electorales.

4. Los partidos políticos serán registrados por la Comisión Electoral cuando satisfagan las cualificaciones y los requisitos establecidos a continuación:

a. Sus miembros deben ser butaneses y no estar inhabilitados según esta Constitución.

b. La pertenencia al partido no puede estar basada en la región, el sexo, el lenguaje, la religión o el origen social.

c. Deben estar asentados en la mayor parte del territorio nacional, su militancia abierta a cualquier ciudadano de la nación, y estar comprometidos con la cohesión y la estabilidad nacionales.

d. No podrán aceptar más dinero o ayuda que la proveniente de las contribuciones de sus miembros registrados y la cantidad o el valor de la contribución será establecido por la Comisión Electoral.

e. No recibirán dinero ni asistencia de fuentes exteriores, sean estas gubernamentales, no gubernamentales, organizaciones privadas o particulares.

f. Sus miembros serán leales y fieles a esta Constitución y defenderán la soberanía, la integridad territorial y la unidad del Reino.

g. Son creados para promover la democracia y el crecimiento social, económico y político de Bután.

h. No habrán sido disueltos en un momento anterior conforme a las disposiciones del apartado 11 de este artículo.

16. El Parlamento, mediante ley, regulará la formación, las funciones, los estándares éticos y la organización interna de los partidos políticos y garantizará la transparencia de la financiación de los partidos mediante auditorias regulares de sus cuentas.


Túnez 2014

Los partidos políticos, sindicatos y asociaciones deberán respetar en sus estatutos y actividades las disposiciones de la Constitución, la ley, la transparencia financiera y el rechazo a la violencia.


Ruanda 2003

Artículo 56. Obligaciones de las organizaciones políticas

Las organizaciones políticas deberán reflejar siempre la unidad de los ruandeses y también la igualdad y la complementariedad entre hombres y mujeres en la admisión de sus miembros, en la formación de sus órganos de dirección y en su funcionamiento y actividades.

Las organizaciones políticas deben respetar la Constitución y otras leyes. Deben respetar los principios democráticos y no comprometer la unidad nacional, la integridad territorial y la seguridad nacional.

Artículo 60. Personas cuyos servicios son incompatibles con la pertenencia a organizaciones políticas

Los jueces, los fiscales, los soldados, los policías y los miembros de los Servicios de Seguridad e Inteligencia Nacionales tienen prohibido ser miembros de organizaciones políticas.

Una ley podrá establecer otras personas cuyos servicios sean incompatibles con la pertenencia a organizaciones políticas.


Rumania 1991

2. Los partidos políticos se constituyen y ejercen su actividad en las condiciones que fije la ley. Contribuyen a definir y expresar la voluntad política de los ciudadanos, dentro del respeto a la soberanía nacional, la integridad territorial, el orden jurídico y los principios de la democracia.


República Dominicana 2015

Artículo 216. Partidos políticos

La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución. Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia, de conformidad con la ley. Sus fines esenciales son:

1. Garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia;

2. Contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular;

3. Servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad dominicana.


Portugal 1976

3. Los partidos políticos no podrán, sin perjuicio de la filosofía o ideología que inspire su programa, utilizar denominación que contenga expresiones directamente relacionadas con religión o iglesia alguna, así como emblemas confundibles con símbolos nacionales o religiosos.

4. Ningún partido será constituido con nombre o programa que tenga naturaleza o alcance regional.

5. Los partidos políticos se regirán por los principios de transparencia, organización y gestión democrática, y participación de todos sus miembros.


Paraguay 1992

Artículo 126. De las prohibiciones a los partidos y a los movimientos políticos

Los partidos y los movimientos políticos, en su funcionamiento, no podrán:

1. recibir auxilio económico, directivas o instrucciones de organizaciones o Estados extranjeros;

2. establecer estructuras que, directa o indirectamente, impliquen la utilización o la apelación a la violencia como metodología del quehacer político, y

3. constituirse con fines de sustituir por la fuerza el régimen de libertad y de democracia, o de poner en peligro la existencia de la República.


Nigeria 1999

222. Ninguna asociación, sea cual sea la forma de denominarla, funcionará como un partido, salvo que

a. los nombres y las direcciones de sus directivos nacionales estén registrados en la Comisión Electoral Nacional Independiente;

b. la pertenencia a la asociación sea abierta a cualquier ciudadano de Nigeria, con independencia de su lugar de origen, circunstancia de nacimiento, sexo, religión o pertenencia étnica;

c. una copia de sus estatutos esté registrada en la oficina principal de la Comisión Electoral Nacional Independiente, en la forma prescrita por la Comisión Electoral Nacional Independiente;

d. toda modificación de sus estatutos registrados esté también registrada en la oficina principal de la Comisión Electoral Nacional Independiente en los siguientes treinta días a esa modificación;

e. el nombre de la asociación, su símbolo o su logo no contenga ninguna connotación étnica o religiosa, o de la apariencia de que las actividades de la asociación están limitadas a solo una parte del área geográfica de Nigeria, y

f. la sede de la asociación esté situada en el Territorio Capital Federal, Abuya.

1. Los estatutos y el reglamento de un partido político

  1. a. contemplarán elecciones periódicas sobre fundamentos democráticos para los principales directivos y miembros del comité ejecutivo u otro órgano directivo del partido político, y
  2. b. garantizarán que los miembros del comité ejecutivo o de otro órgano de gobierno del partido político reflejen el carácter federal de Nigeria.

2. A los efectos de esta sección:

  1. a. la elección de los directivos o miembros del comité ejecutivo de un partido político serán consideradas periódicas solo si hacen a intervalos regulares que no superen los cuatro años, y
  2. b. los miembros del comité ejecutivo o de otro órgano de gobierno [son reflejo] del carácter político de Nigeria solo si los miembros del mismo pertenecen a diferentes estados que representan no menos de dos tercios de todos los estados de la Federación y el Territorio Capital Federal, Abuya.

224. El programa y también los fines y objetivos de un partido político cumplirán las normas del Capítulo II de esta Constitución.

1. Todo partido político entregará a la Comisión Electoral Nacional Independiente una declaración de sus activos y pasivos en el momento y de la forma que la Comisión exija, y lo publicará.

2. Todo partido político entregará, en el momento y de la forma que exija la Comisión Electoral Nacional Independiente, una declaración anual detallada y un análisis de sus fondos y otros activos, junto con una declaración similar de sus gastos, en la forma que la Comisión le requiera.

3. Ningún partido político

  1. a. será titular o poseerá fondos o cualquier otro activo fuera de Nigeria, o
  2. b. tendrá derecho a conservar cualquier fondo o activos que le sean remitidos o enviados desde fuera de Nigeria.

4. Todos los fondos u otros activos remitidos o entregados a un partido político desde fuera de Nigeria serán pagados o transferidos a la Comisión en los siguiente veintiún días a su recibo con la información que la Comisión pudiera requerir.

5. La Comisión tendrá poder para darles instrucciones a los partidos políticos con respecto a los libros o registros de las transacciones financieras que mantengan, y a examinar esos libros o registros

6. Los poderes conferidos a la Comisión conforme a la subsección 4) de esta sección podrán ejercerse a través de cualquier miembro de su personal o de cualquier persona que sea auditora de profesión, que no sea miembro de un partido político.

227. Ninguna asociación mantendrá, organizará, formará o equipará a ninguna persona o grupo de personas con el fin de permitirles ser utilizados para emplear o mostrar fuerza física o coerción a la hora de promover cualquier interés u objetivo político, o de forma tal que despierten una aprensión razonable de que están organizados y entrenados o equipados para ese fin.


Nicaragua 1987

El Consejo Supremo Electoral tiene las siguientes atribuciones:

11. Otorgar la personalidad jurídica como partidos políticos, a las agrupaciones que cumplan los requisitos establecidos en la ley.

12. Cancelar la personalidad jurídica de los Partidos Políticos que no obtengan al menos un cuatro por ciento del total de votos válidos en las elecciones de autoridades generales, y cancelar o suspender la misma en los otros casos que regula la ley de la materia.


Costa Rica 1949

El Estado contribuirá a sufragar los gastos de los partidos políticos, de acuerdo con las siguientes disposiciones:

2. Tendrán derecho a la contribución estatal, los partidos políticos que participaren en los procesos electorales señalados en este artículo y alcanzaren al menos un cuatro por ciento (4%) de los sufragios válidamente emitidos a escala nacional o los inscritos a escala provincial, que obtuvieren como mínimo ese porcentaje en la provincia o eligieren, por lo menos, un Diputado.

4. Para recibir el aporte del Estado, los partidos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones.

ARTÍCULO 98

Los ciudadanos tendrán el derecho de agruparse en partidos para intervenir en la política nacional, siempre que los partidos se comprometan en sus programas a respetar el orden constitucional de la República.

Los partidos políticos expresarán el pluralismo político, concurrirán a la formación y manifestación de la voluntad popular y serán instrumentos fundamentales para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad serán libres dentro del respeto a la Constitución y la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.


Nueva Zelanda 1852

2. Una solicitud de inscripción de un partido político elegible...

c. debe...

  1. i. indicará el nombre de la parte, y
  2. ii. si la parte desea poder utilizar a los efectos de la presente Ley una abreviatura de su nombre, indicará el nombre de dicha abreviatura; y
  3. iii. indicará el nombre y la dirección del solicitante y la calidad en que presenta la solicitud, y
  4. iv. si el solicitante no es el secretario de la parte, indicará el nombre y la dirección del secretario de la parte, y
  5. v. establecer el nombre y la dirección de la persona elegible en virtud del artículo 206K que ha de ser nombrada auditor de la parte, y ir acompañada del consentimiento firmado de esa persona para el nombramiento; y
  6. vi. ir acompañados de pruebas, en una forma aprobada por la Comisión Electoral, de que el partido tiene al menos 500 miembros financieros actuales que son elegibles para inscribirse como electores; y
  7. vii. ir acompañada de una declaración hecha por el secretario del partido en la forma prevista en el artículo 9 de la Ley de Juramentos y Declaraciones de 1957 de que el partido tiene al menos 500 miembros financieros actuales que pueden inscribirse como electores; y
  8. viii. [Derogado]

65. Partes con determinados nombres que no deben registrarse

La Comisión Electoral rechazará la solicitud de inscripción de un partido político si, a su juicio, el nombre del partido o cualquier abreviatura propuesta:

a. sea indecente u ofensivo; o

b. sea excesivamente largo, o

c. es probable que cause confusión o induzca a error a los electores; o

d. contiene cualquier referencia a un título, honor o forma similar de identificación.

66. Otros motivos por los que puede denegarse la inscripción

1. La Comisión Electoral denegará la solicitud de inscripción de un partido político si:

a. que la solicitud no cumpla lo dispuesto en el artículo 63, o

b. si está convencido de que el partido no tiene 500 miembros financieros actuales que reúnan los requisitos para inscribirse como electores.

2. A menos que se aplique el artículo 65 o el párrafo 1), la Comisión Electoral, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 64, inscribirá al partido político que sea objeto de la solicitud.

3. [Derogado]

71. Requisito para que los partidos inscritos sigan procedimientos democráticos en la selección de candidatos

Todo partido político que esté inscrito por el momento en virtud de la presente parte velará por que se prevea la participación en la selección de los candidatos que representen al partido para su elección como miembros del Parlamento,

a. los actuales miembros financieros del partido que tengan o tengan derecho a votar por esos candidatos en cualquier elección; o

b. delegados que hayan sido elegidos o seleccionados (directa o indirectamente) a su vez por los actuales miembros financieros del partido; o

c. una combinación de las personas o clases de personas a que se refieren las letras a) y b).

71A. Obligación de presentar una declaración anual relativa a las partes

El secretario de cualquier partido político inscrito en virtud de esta ley debe velar por que la Comisión Electoral reciba a más tardar el 30 de abril de cada año una declaración hecha por el secretario en la forma prevista en el artículo 9 de la Ley de Juramentos y Declaraciones de 1957, que debe declarar:

a. declaran que el partido tiene la intención, en las elecciones generales, —

  1. i. presentar una lista de candidatos con arreglo al artículo 127; o
  2. ii. que uno o más candidatos electorales se presenten para el partido o para un partido político relacionado; o
  3. iii. ambos; y

b. indicar si el partido tiene por lo menos 500 miembros financieros actuales que son elegibles para inscribirse como electores.

71 B. Obligación de proporcionar copia de las reglas de afiliación al partido y de las reglas de selección

1. El secretario de cualquier partido político inscrito en virtud de esta ley deberá proporcionar a la Comisión Electoral lo siguiente:

a. una copia de las normas que rigen la pertenencia al partido:

b. una copia de las normas que rigen la selección de las personas que representarán a ese partido como candidatos a las elecciones como miembros del Parlamento:

c. una copia de cualquier modificación de las normas a que se hace referencia en la letra a) o en la letra b).

2. Las copias exigidas en el párrafo 1) a) y b) deberán entregarse en el plazo de un mes a partir de la notificación de la inscripción de la parte en la Gaceta de conformidad con el artículo 67 1) c).

3. Las copias exigidas por el apartado 1) c) deberán entregarse en el plazo de un mes a partir de la fecha en que la parte haya adoptado las modificaciones de las normas.

4. Los ciudadanos tienen derecho a inspeccionar los documentos suministrados a la Comisión Electoral en virtud de esta sección. Pueden inspeccionarlas, sin pago, en cualquier momento entre las 9.00 y las 17.00 horas del día en que esté abierta la oficina de la Comisión Electoral.

1. La Comisión Electoral debe rechazar una solicitud para registrar el logotipo de un partido político si...

d. la Comisión Electoral opina que el logotipo...

  1. i. es indecente; o
  2. ii. sea ofensivo; o
  3. iii. es probable que cause confusión o induzca a error a los electores; o
  4. iv. contiene cualquier referencia a un título o un honor o una forma similar de identificación.


Perú 1993

Artículo 35°

Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley. Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica.

Mediante ley se establecen disposiciones orientadas a asegurar el funcionamiento democrático de las organizaciones políticas y la transparencia sobre el origen de sus recursos económicos, así como su verificación, fiscalización, control y sanción.

El financiamiento de las organizaciones políticas puede ser público y privado. Se rige por ley conforme a criterios de transparencia y rendición de cuentas. El financiamiento público promueve la participación y fortalecimiento de las organizaciones políticas bajo criterios de igualdad y proporcionalidad. El financiamiento privado se realiza a través del sistema financiero con las excepciones, topes y restricciones correspondientes. El financiamiento ilegal genera la sanción administrativa, civil y penal respectiva.

Solo se autoriza la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación radiales y televisivos mediante financiamiento público indirecto.


Ecuador 2008

Artículo 65

El Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de nominación o designación de la función pública, en sus instancias de dirección y decisión, y en los partidos y movimientos políticos.

En las candidaturas a las elecciones pluripersonales se respetará su participación alternada y secuencial.

El Estado adoptará medidas de acción afirmativa para garantizar la participación de los sectores discriminados.

SECCIÓN 5. Organizaciones políticas

Artículo 108

Los partidos y movimientos políticos son organizaciones públicas no estatales, que constituyen expresiones de la pluralidad política del pueblo y sustentarán concepciones filosóficas, políticas, ideológicas, incluyentes y no discriminatorias.

Su organización, estructura y funcionamiento será democráticos y garantizarán la alternabilidad, rendición de cuentas y conformación paritaria entre mujeres y hombres en sus directivas. Seleccionarán a sus directivas y candidaturas mediante procesos electorales internos o elecciones primarias.

Artículo 109

Los partidos políticos serán de carácter nacional, se regirán por sus principios y estatutos, propondrán un programa de gobierno y mantendrán el registro de sus afiliados. Los movimientos políticos podrán corresponder a cualquier nivel de gobierno o a la circunscripción del exterior. La ley establecerá los requisitos y condiciones de organización, permanencia y accionar democrático de los movimientos políticos, así como los incentivos para que conformen alianzas.

Los partidos políticos deberán presentar su declaración de principios ideológicos, programa de gobierno que establezca las acciones básicas que se proponen realizar, estatuto, símbolos, siglas, emblemas, distintivos, nómina de la directiva. Los partidos deberán contar con una organización nacional, que comprenderá al menos al cincuenta por ciento de las provincias del país, dos de las cuales deberán corresponder a las tres de mayor población. El registro de afiliados no podrá ser menor al uno punto cinco por ciento del registro electoral utilizado en el último proceso electoral.

Los movimientos políticos deberán presentar una declaración de principios, programa de gobierno, símbolos, siglas, emblemas, distintivos y registro de adherentes o simpatizantes, en número no inferior al uno punto cinco por ciento del registro electoral utilizado en el último proceso electoral.

Artículo 110

Los partidos y movimientos políticos se financiarán con los aportes de sus afiliadas, afiliados y simpatizantes, y en la medida en que cumplan con los requisitos que establezca la ley, los partidos políticos recibirán asignaciones del Estado sujetas a control.

El movimiento político que en dos elecciones pluripersonales sucesivas obtenga al menos el cinco por ciento de votos válidos a nivel nacional, adquirirá iguales derechos y deberá cumplir las mismas obligaciones que los partidos políticos.

Artículo 111

Se reconoce el derecho de los partidos y movimientos políticos registrados en el Consejo Nacional Electoral a la oposición política en todos los niveles de gobierno.


Islandia

Artículo 51. Contribuciones a los candidatos y a sus asociaciones

Las actividades de las asociaciones políticas y las finanzas de los candidatos se regularán por ley para mantener los gastos a niveles razonables, garantizar la transparencia y restringir la publicidad en las campañas electorales.

La información sobre las contribuciones que superen una cantidad mínima determinada se hará pública a medida que vayan devengándose de conformidad con otras disposiciones legales


Angola 2010

2. La constitución y el funcionamiento de los partidos políticos deben respetar, de conformidad con la ley, los siguientes principios fundamentales:

a. - Carácter y alcance nacionales;

b. Constitución libre;

c. - La consecución pública de los objetivos;

d. - Libertad de afiliación y afiliación única;

e. La utilización de medios pacíficos únicamente para perseguir objetivos y la prohibición de crear o utilizar organizaciones militares, paramilitares o militarizadas;

f. Organización y funcionamiento democráticos;

g. Representación mínima, según lo establecido por la ley;

h. La prohibición de recibir contribuciones monetarias y económicas de gobiernos e instituciones gubernamentales extranjeras;

i. La rendición de cuentas para el uso de fondos públicos.

3. A través de sus objetivos, programas y actividades, los partidos políticos deben contribuir a:

a. La consolidación de la nación angoleña y la independencia nacional;

b. La salvaguardia de la integridad territorial;

c. Reforzar la unidad nacional;

d. La defensa de la soberanía nacional y la democracia;

e. La protección de las libertades fundamentales y los derechos humanos;

f. La defensa de la naturaleza republicana del gobierno y la secular del Estado.


Armenia 1995

Artículo 8. El pluralismo ideológico y el sistema multipartidista

4. La estructura y las actividades de los partidos no pueden contravenir los principios democráticos.

Artículo 46. El derecho a crear un partido y a convertirse en miembro de un partido

2. Los jueces, fiscales e investigadores no pueden ser miembros de un partido. La ley puede prescribir restricciones al derecho de los militares de las fuerzas armadas, de la seguridad nacional, de la policía y de otros órganos militarizados a crear un partido y afiliarse a él.

3. Las Partes publicarán informes anuales sobre las fuentes de sus medios financieros y gastos, así como sobre sus bienes.


Argelia 2020

ART. 57

Se reconocerá y garantizará el derecho a establecer partidos políticos.

Los partidos políticos no pueden fundarse sobre una base religiosa, lingüística, étnica, de género, corporatista o regional.

Este derecho no puede invocarse para socavar las libertades fundamentales, los componentes esenciales de la identidad nacional, la unidad nacional, la seguridad y la integridad del territorio nacional, la independencia del país, la soberanía del pueblo o el carácter democrático y republicano del Estado.

Los partidos políticos no podrán recurrir a la propaganda partidista basada en los elementos mencionados en el párrafo anterior.

El Estado garantizará un trato equitativo a todos los partidos políticos.

Se prohibirá a todos los partidos políticos tener cualquier forma de afiliación a intereses o entidades extranjeras.

Ningún partido político podrá recurrir a la violencia o al odio de ningún tipo o forma.

Una ley orgánica determinará los medios para establecer partidos políticos y no podrá incluir disposiciones que atenten contra la libertad de crearlos.

La administración se abstendrá de toda práctica que, por su naturaleza, impida el ejercicio de este derecho.


Albania 1998

Artículo 9

1. Los partidos políticos se crean libremente. Su organización se ajustará a los principios democráticos.

2. Los partidos políticos y otras organizaciones cuyos programas y actividades se basan en métodos totalitarios, que inciten y apoyan el odio racial, religioso, regional o étnico, que utilizan la violencia para tomar el poder o influir en las políticas estatales, así como aquellas de carácter secreto, están prohibidos por la ley.

3. Las fuentes financieras de las partes, así como sus gastos, siempre se hacen públicos.


Afganistán 2004

Artículo 35

Para alcanzar objetivos morales y materiales, los ciudadanos del Afganistán tendrán derecho a formar asociaciones de conformidad con las disposiciones de la ley. El pueblo del Afganistán tendrá derecho, de conformidad con las disposiciones de la ley, a formar partidos políticos, siempre que:

1. Su manifiesto y su carta no serán contrarios a la sagrada religión del Islam ni a los principios y valores consagrados en esta Constitución;

2. Sus organizaciones y recursos financieros serán transparentes;

3. No tendrán fines y organizaciones militares o cuasi militares; y

4. No estarán afiliados a partidos políticos extranjeros ni a otras fuentes.

No se permitirá la formación y el funcionamiento de un partido sobre la base del tribalismo, el parroquialismo, el idioma ni el sectarismo religioso. Las partes o asociaciones constituidas de conformidad con las disposiciones de la ley no podrán ser disueltas sin causas legales y por orden de un tribunal autorizado.


Zambia 1991

2. Un partido político...

a. promover los valores y principios especificados en esta Constitución;

b. tener un carácter nacional;

c. promover y defender la unidad nacional;

d. promover y practicar la democracia mediante elecciones regulares, libres e imparciales en el seno del partido;

e. respetar el derecho de sus miembros a participar en los asuntos del partido político;

f. respetar el derecho de sus miembros a pedir reparación a un tribunal o tribunal cuando sean agraviados por una decisión del partido político; y

g. suscribir y observar el código de conducta de los partidos políticos, según lo prescrito.

3. Un partido político no...

a. se funden sobre una base religiosa, lingüística, racial, étnica, tribal, de género, sectorial o provincial, o realizar propaganda basada en cualquiera de estos factores;

b. participar en actos de violencia o alentar o intimidar a sus miembros, partidarios, opositores u otras personas;

c. participar en prácticas corruptas; y

d. salvo lo prescrito, utilizar recursos públicos para promover sus intereses o los de sus miembros.

4. Con respecto a los partidos políticos, se prescribirá lo siguiente:

a. la creación y gestión de un Fondo de Partidos Políticos para prestar apoyo financiero a los partidos políticos con escaños en la Asamblea Nacional;

b. las cuentas de los partidos políticos financiadas con cargo al Fondo de Partidos Políticos y la presentación de cuentas auditadas por los partidos políticos;

c. las fuentes de fondos para los partidos políticos;

d. la cantidad máxima de dinero que se utilizará para campañas durante las elecciones, y

e. asuntos relacionados con las cuestiones especificadas en esta cláusula.


Zimbabue 2013

1. Una ley del Parlamento debe prever la celebración de elecciones y referendos a los que se aplica la presente Constitución y, en particular, para las siguientes cuestiones:

c. un código de conducta para los partidos políticos, candidatos y otras personas que participen en elecciones o referendos;


Yemen 1991

Artículo 5

El sistema político de la República del Yemen se basa en el pluralismo político y partidista para lograr una transformación pacífica del poder. La ley establece las normas y procedimientos necesarios para la formación de organizaciones y partidos políticos y el ejercicio de la actividad política. No se permite el uso indebido de puestos gubernamentales y fondos públicos para el interés especial de un partido u organización política determinado.

Artículo 36

El Estado es la autoridad para establecer las fuerzas armadas, la policía, las fuerzas de seguridad y cualquiera de esos cuerpos. Esas fuerzas pertenecen a todo el pueblo y su función es proteger a la república y salvaguardar sus territorios y su seguridad. Ninguna organización, individuo, grupo, partido político u organización podrá establecer fuerzas o grupos paramilitares con cualquier fin o bajo ningún nombre. La ley establece las condiciones para el servicio militar, los ascensos y los procedimientos disciplinarios en las fuerzas militares, policiales y de seguridad.


Vietnam 1992

Artículo 4

1. El Partido Comunista de Vietnam, la vanguardia de la clase obrera vietnamita, al mismo tiempo la vanguardia del pueblo trabajador y de la nación vietnamita, el fiel representante de los intereses de la clase obrera, del pueblo trabajador y de toda la nación, actuando sobre la base de la doctrina marxista-leninista y El pensamiento de Ho Chi Minh, es la fuerza principal del Estado y de la sociedad.

2. El Partido Comunista de Vietnam mantiene un contacto íntimo con el pueblo, sirve al pueblo, se somete a la supervisión del pueblo y rinde cuentas ante el pueblo en sus decisiones.

3. Todas las organizaciones del Partido y los miembros del Partido Comunista de Vietnam operan en el marco de la Constitución y las leyes.


Vanuatu 1980

3. Los partidos políticos pueden formarse libremente y participar en elecciones. Respetarán la Constitución y los principios de la democracia.

3. A los efectos de proteger la soberanía nacional de Vanuatu, el titular de la doble nacionalidad no debe:

d. afiliarse o formar partidos políticos en Vanuatu;


Uzbekistán 1992

La injerencia de los órganos y funcionarios estatales en la actividad de las asociaciones públicas, así como la injerencia de las asociaciones públicas en la actividad de los órganos y funcionarios del Estado, será inadmisible.

Artículo 60

Los partidos políticos expresarán la voluntad política de los diversos sectores y grupos de la población y, por conducto de sus representantes democráticamente elegidos, participarán en la formación de la autoridad del Estado. Los partidos políticos presentarán informes públicos sobre sus fuentes financieras al Oliy Majlis o a su órgano plenipotenciario de la manera prescrita.


Ucrania 1996

Los partidos políticos de Ucrania promueven la formación y expresión de la voluntad política de los ciudadanos y participan en las elecciones. Sólo los ciudadanos de Ucrania pueden ser miembros de partidos políticos. Las restricciones a la afiliación a los partidos políticos se establecen exclusivamente en la Constitución y en las leyes de Ucrania.

Artículo 37

El establecimiento y la actividad de partidos políticos y asociaciones públicas están prohibidos si sus objetivos o acciones programáticas tienen por objeto la liquidación de la independencia de Ucrania, el cambio del orden constitucional por medios violentos, la violación de la soberanía y la indivisibilidad territorial de los el Estado, el menoscabo de su seguridad, la toma ilícita del poder estatal, la propaganda de la guerra y de la violencia, la incitación a la enemistad interétnica, racial o religiosa, y las atentados contra los derechos humanos y las libertades y la salud de la población.

Los partidos políticos y las asociaciones públicas no tendrán formaciones paramilitares.

La creación y la actividad de estructuras organizativas de los partidos políticos no estarán permitidas en los órganos del poder ejecutivo y judicial ni en los órganos ejecutivos de los gobiernos autónomos locales, en las formaciones militares, ni en las empresas estatales, centros educativos y otras instituciones estatales. organizaciones.

La prohibición de la actividad de las asociaciones de ciudadanos sólo se ejerce mediante procedimientos judiciales.


Uganda 1995

71. Sistema político multipartidista

1. Un partido político del sistema político multipartidista se ajustará a los principios siguientes:

a. todo partido político tendrá carácter nacional;

b. la pertenencia a un partido político no se basará en el sexo, el origen étnico, la religión u otra división seccional;

c. la organización interna de un partido político se ajustará a los principios democráticos consagrados en la presente Constitución;

d. los miembros de los órganos nacionales de un partido político serán elegidos regularmente entre ciudadanos de Uganda de conformidad con lo dispuesto en los párrafos a yb del presente artículo y teniendo debidamente en cuenta el género;

e. los partidos políticos estarán obligados por ley a rendir cuentas de las fuentes y el uso de sus fondos y activos;

f. ninguna persona será obligada a afiliarse a una determinada parte por pertenecer a una organización o grupo de intereses.

2. El Parlamento prescribirá por ley un código de conducta para las organizaciones políticas y los partidos políticos y dispondrá el establecimiento de un foro consultivo nacional para los partidos políticos y las organizaciones con las funciones que el Parlamento pueda prescribir.

2. Una organización no actuará como partido u organización política a menos que se ajuste a los principios establecidos en la presente Constitución y esté registrada.

73. Reglamentos de las organizaciones políticas

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en esta Constitución, pero sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado e) del párrafo 1 del artículo 29 y del artículo 43 de la presente Constitución, durante el período en que se haya adoptado cualquiera de los sistemas políticos previstos en la presente Constitución, las organizaciones que suscriban otros pueden existir sistemas sujetos a las normas que el Parlamento prescriba por ley.

2. Los reglamentos prescritos en este artículo no excederán de lo necesario para permitir el funcionamiento del sistema político adoptado.


Turquía 1982

ARTÍCULO 68

Los ciudadanos tienen derecho a formar partidos políticos ya adherirse a ellos y retirarse de ellos. Uno debe tener más de dieciocho años de edad para ser miembro de un partido.

Los partidos políticos son elementos indispensables de la vida política democrática.

Los partidos políticos se formarán sin autorización previa y proseguirán sus actividades de conformidad con las disposiciones de la Constitución y las leyes.

Los estatutos y programas, así como las actividades de los partidos políticos, no serán contrarios a la independencia del Estado, a su integridad indivisible con su territorio y nación, a los derechos humanos, a los principios de igualdad y estado de derecho, soberanía de la nación, a los principios de la democracia y del derecho. república laica; no tendrán por objeto promover o establecer dictadura de clase o grupo o dictadura de ningún tipo, ni incitar a los ciudadanos a la delincuencia.

Jueces y fiscales, miembros de órganos judiciales superiores, incluidos los del Tribunal de Cuentas, funcionarios públicos de instituciones y organizaciones públicas, otros funcionarios públicos que no se consideren trabajadores en virtud de los servicios que prestan, miembros de las fuerzas armadas y estudiantes que aún no lo hayan hecho en la enseñanza superior, no pasarán a ser miembros de partidos políticos.

La composición del personal docente de la enseñanza superior a los partidos políticos está regulada por la ley. Esta ley no permitirá que esos miembros asuman responsabilidades fuera de los órganos centrales de los partidos políticos y también establece las normas que el personal docente de las instituciones de enseñanza superior deberá observar como miembros de los partidos políticos en las instituciones de enseñanza superior.

Los principios relativos a la afiliación de los estudiantes de enseñanza superior a los partidos políticos están regulados por la ley.

El Estado proporcionará a los partidos políticos medios financieros adecuados de manera equitativa. Los principios relativos a la ayuda a los partidos políticos, así como a la recaudación de cuotas y donaciones están regulados por la ley.

ARTÍCULO 69

Las actividades, los reglamentos internos y el funcionamiento de los partidos políticos se ajustarán a los principios democráticos. La aplicación de estos principios está regulada por la ley.

Los partidos políticos no ejercerán actividades comerciales.

Los ingresos y gastos de los partidos políticos serán coherentes con sus objetivos. La aplicación de esta norma está regulada por la ley. La auditoría de las adquisiciones, ingresos y gastos de los partidos políticos por el Tribunal Constitucional en términos de conformidad con la ley, así como de los métodos de auditoría y las sanciones aplicables en caso de inconformidad con la ley se indicará en la ley. El Tribunal Constitucional estará asistido por el Tribunal de Cuentas en el desempeño de sus funciones de auditoría. Las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional a raíz de la auditoría serán definitivas.

La disolución de los partidos políticos será decidida finalmente por el Tribunal Constitucional tras la presentación de una demanda ante la Fiscalía General del Tribunal de Casación.

La disolución permanente de un partido político se decidirá cuando se establezca que el estatuto y el programa del partido político violan las disposiciones del párrafo cuarto del artículo 68.

La decisión de disolver permanentemente un partido político debido a actividades que violen las disposiciones del párrafo cuarto del artículo 68 sólo podrá dictarse cuando el Tribunal Constitucional determine que el partido en cuestión se ha convertido en un centro de ejecución de tales actividades. Se considerará que un partido político se convierte en el centro de tales acciones sólo cuando tales acciones sean llevadas a cabo intensamente por los miembros de ese partido o cuando la situación sea compartida implícita o explícitamente por el gran congreso, la presidencia general o los órganos centrales de decisión o administrativos de dicho partido. o por la junta general o la junta ejecutiva del grupo en la Gran Asamblea Nacional de Turquía o cuando esas actividades se lleven a cabo directamente por decisión de los órganos mencionados anteriormente.

En lugar de disolverla permanentemente de conformidad con los párrafos mencionados, el Tribunal Constitucional podrá dictaminar que la parte interesada sea privada total o parcialmente de la ayuda estatal por lo que respecta a la intensidad de los recursos interpuestos ante el tribunal.

Una parte que se haya disuelto permanentemente no podrá fundarse con otro nombre.

Los miembros, incluidos los fundadores de un partido político cuyos actos o declaraciones hayan hecho que el partido se disuelva permanentemente, no serán fundadores, miembros, directores o supervisores de ningún otro partido durante un período de cinco años a partir de la fecha de publicación de la decisión definitiva del Tribunal Constitucional su justificación para disolver permanentemente el partido en el Boletín Oficial.

Los partidos políticos que acepten la ayuda de Estados extranjeros, instituciones internacionales y personas y entidades jurídicas de nacionalidad no turca serán disueltos permanentemente.

La fundación y las actividades de los partidos políticos, su supervisión y disolución, o su privación total o parcial de la ayuda estatal, así como los gastos y procedimientos electorales de los partidos políticos y candidatos, están regulados por ley de conformidad con los principios antes mencionados.


Togo 1992

Artículo 6

Los partidos políticos y grupos de partidos políticos coinciden en la formación y la expresión de la voluntad política del pueblo.

Se forman libremente y ejercen sus actividades respetando las leyes y reglamentos.

Artículo 7

Los partidos políticos y grupos de partidos políticos deben respetar la Constitución.

Es posible que no se identifiquen con una región, por etnia o religión.

Artículo 8

Los partidos políticos y los grupos de partidos políticos tienen el deber de contribuir a la educación política y cívica de los ciudadanos, a la consolidación de la democracia y a la construcción de la unidad nacional.

Artículo 9

La ley determina las modalidades de creación y funcionamiento de los partidos políticos.


Tailandia 2017

Artículo 45

Toda persona gozará de la libertad de unirse y formar un partido político bajo el régimen democrático de gobierno, con el Rey como Jefe de Estado, conforme a lo dispuesto en la ley.

La ley prevista en el párrafo 1 contendrá al menos disposiciones relativas a la administración de un partido político que deben ser transparentes y responsables, ofrecer a los miembros de los partidos oportunidades de participar ampliamente en la definición de políticas y proponer candidatos para las elecciones, y prescribir medidas para garantizar que la administración se lleve a cabo de forma independiente y libre de manipulación o inducción de ninguna persona que no sea miembro de ese partido, así como medidas de supervisión para impedir que los miembros de un partido político cometan actos que violen o contravengan las leyes relativas a las elecciones.

Durante el mandato de la Cámara de Representantes, no se producirá ninguna fusión de partidos políticos que tengan miembros como miembros de la Cámara de Representantes.


Tanzania 1977

2. No obstante lo dispuesto en los apartados 1) y 4), no será lícito registrar a ninguna entidad política que, de conformidad con su constitución o política,

a. tiene por objeto promover o promover los intereses de:

  1. i. cualquier confesión o grupo religioso;
  2. ii. cualquier grupo tribal, lugar de origen, raza o género;
  3. iii. sólo una zona determinada dentro de cualquier parte de la República Unida;

b. aboga por la desintegración de la República Unida;

c. acepte o defienda el uso de la fuerza o el enfrentamiento violento como medio para alcanzar sus objetivos políticos;

d. preconiza o tiene la intención de llevar a cabo sus actividades políticas en una sola parte de la República Unida;

e. no permite la elección periódica y democrática de sus dirigentes.

4. Será ilegal que se obligue a una persona a afiliarse a una asociación u organización, o que se deniegue la inscripción a cualquier asociación o partido político por motivos exclusivamente ideológicos o filosóficos de ese partido político.


Tayikistán 1994

Queda prohibida la actividad de los partidos políticos de otros países, la creación de partidos nacionales y religiosos, incluida la financiación de partidos políticos por países y organizaciones extranjeros, personas jurídicas extranjeras y ciudadanos.

Los partidos políticos contribuyen a la formación y expresión de la voluntad popular sobre la base del pluralismo político, y [ellos] participan en la vida política. Su estructura y actividad deben corresponder a las normas democráticas.


Sudán del Sur 2011

25. Libertad de reunión y asociación

3. Ninguna asociación funcionará como partido político a nivel nacional o estatal a menos que:

  1. a. su composición está abierta a todos los sudaneses del Sur, independientemente de su religión, sexo, origen étnico o lugar de nacimiento;
  2. b. un programa que no contradice las disposiciones de esta Constitución;
  3. c. una dirección e instituciones elegidas democráticamente; y
  4. d. reveladas y transparentes de financiación.


Sudán 2019

3. Ninguna organización tiene derecho a trabajar como partido político, a menos que:

a. - Afiliación abierta para todos los sudaneses, independientemente de su religión, origen étnico o lugar de nacimiento;

b. Dirigentes e instituciones elegidas democráticamente;

c. Fuentes de financiación transparentes y declaradas.


Somalia 2012

Artículo 47. Sistema electoral y partidos políticos

Las normas relativas a los partidos políticos, su inscripción, las elecciones a nivel del Gobierno Federal y la Comisión Electoral Nacional Independiente se definirán en leyes especiales promulgadas por la Cámara del Pueblo del Parlamento Federal.


Eslovaquia 1992

3. El ejercicio de los derechos contemplados en los apartados 1 y 2 sólo podrá restringirse en los casos previstos por la ley, si es necesario en una sociedad democrática por razones de seguridad del Estado, proteger el orden público, prevenir actos delictivos o proteger los derechos y libertades de los demás.


Sierra Leona 1991

35. Inscripción y conducta de los partidos políticos

2. La organización interna de un partido político se ajustará a los principios democráticos y sus propósitos, objetivos, propósitos y programas no serán contrarios a ninguna disposición de la presente Constitución ni serán incompatibles con ellas.

3. Se presentará anualmente a la Comisión de Registro de Partidos Políticos un estado de las fuentes de ingresos y las cuentas auditadas de un partido político, junto con un estado de sus activos y pasivos, pero ningún miembro del partido político cuya cuenta sea presentado.

4. Ningún partido político tendrá como dirigente a una persona que no esté calificada para ser elegida diputada.

5. Ninguna asociación, cualquiera que sea el nombre que se llame, será registrada o se le permitirá operar o funcionar como partido político si la Comisión de Registro de Partidos Políticos está convencida de que:

  1. a. la pertenencia o dirección del partido se limita a los miembros de un grupo tribal o étnico o de una religión religiosa en particular; o
  2. b. el nombre, símbolo, color o lema del partido tenga un significado o connotación exclusiva o particular para los miembros de cualquier grupo tribal o étnico o de una religión religiosa determinada, o
  3. c. que el partido esté constituido con el único propósito de garantizar o promover los intereses y el bienestar de un determinado grupo tribal o étnico, comunidad, zona geográfica o religión determinada; o
  4. d. el partido no tiene domicilio social en cada una de las ciudades de la sede provincial ni en la zona occidental.

6. Con sujeción a lo dispuesto en la presente Constitución, y en cumplimiento de lo dispuesto en esta sección, el Parlamento puede promulgar leyes que regulen el registro, las funciones y el funcionamiento de los partidos políticos.


Seychelles 1993

2. El derecho previsto en el párrafo 1 puede estar sujeto a las restricciones prescritas por una ley y necesarias en una sociedad democrática,

  1. a. en interés de la defensa, la seguridad pública, el orden público, la moral pública o la salud pública;
  2. b. con respecto al registro de asociaciones o partidos políticos;
  3. c. para la protección de los derechos y libertades de otras personas,
  4. d. para la imposición de restricciones-
    1. i. a las personas que no sean ciudadanos de Seychelles; o
    2. ii. a funcionarios públicos o miembros de las fuerzas disciplinarias.

118. La ley establecerá el registro de los partidos políticos, los requisitos para el derecho a ser inscritos como partido político, la atribución de la condición de sociedad a los partidos políticos, el mantenimiento de un registro de partidos políticos por la Comisión Electoral, la presentación de cuentas y otros datos e información a la Comisión por parte de un partido político registrado, la prestación de apoyo financiero con cargo a fondos públicos a los partidos políticos, el control de las contribuciones financieras y de otra índole a los partidos políticos, la enajenación de los activos de los partidos políticos en caso de disolución y la presentación a la Asamblea Nacional por parte de la Comisión Electoral de un informe anual sobre las funciones de la Comisión en virtud de la Ley.


Serbia 2006

Los partidos políticos no pueden ejercer el poder directamente ni someterlo a su control.


Senegal 2001

Artículo 4

Los partidos políticos y coaliciones de partidos políticos participan [concourrent] en la expresión del sufragio en las condiciones establecidas por la Constitución y por la ley. Trabajan por la formación de los ciudadanos, la promoción de su participación en la vida nacional y la gestión de los asuntos públicos.

La Constitución garantiza a los candidatos independientes la participación de todos los tipos de elecciones en las condiciones definidas por la ley.

Los partidos políticos y coaliciones de partidos políticos, así como los candidatos independientes, deben respetar la Constitución, así como los principios de soberanía nacional y de democracia. Se les prohíbe identificarse a una raza, a una etnia, a un sexo, a una religión, a una secta, a un idioma o a una parte del territorio.

Los partidos políticos también tienen la obligación de respetar estrictamente las normas de buen gobierno asociativo bajo pena de sanciones susceptibles de conducir a la suspensión y a la disolución.

La Constitución garantiza la igualdad de derechos a los partidos políticos, incluidos los que se oponen a la política del Gobierno vigente.

Las normas constitucionales, de suspensión y disolución de los partidos políticos, las condiciones en que éstos ejercen sus actividades y se benefician de la financiación pública están determinadas por la ley.


Santo Tomé y Príncipe 1975

2. Una ley especial regulará la formación de partidos políticos.


Papúa Nueva Guinea 1975

1. Una ley orgánica establecerá

a. exigir a cualquier partido u organización política que tenga objetivos políticos y desee designar a un candidato para las elecciones parlamentarias, o apoyar públicamente a dicho candidato como representante de sus opiniones, que inscriba en un órgano apropiado establecido por una ley orgánica los datos razonables que sean prescrito por la Ley Orgánica; y

b. exigiendo a cualquier parte u organización que revele a la Comisión del Defensor del Pueblo oa alguna otra autoridad prescrita por la ley de la manera que, en los momentos y con los detalles prescritos en la ley o en virtud de ella,

  1. i. sus activos e ingresos y sus fuentes, y
  2. ii. sus gastos relacionados con una elección o el apoyo de un candidato, o relacionados con ellas; y

c. prohibir a los no ciudadanos afiliarse a cualquiera de esas partes u organizaciones y contribuir a sus fondos; y

d. la definición de las sociedades y organizaciones que han de considerarse no ciudadanos a los efectos de una disposición prevista a los efectos del apartado c); y

e. limitar la cuantía de las contribuciones que dicha parte u organización pueda recibir de cualquier fuente o fuente; y

f. exigiendo a las personas que hayan hecho o puedan haber hecho contribuciones a cualquiera de esas partes u organizaciones que faciliten a la Comisión del Defensor del Pueblo oa alguna otra autoridad los detalles de dicha contribución.

g. autorizar la financiación de los partidos políticos inscritos con cargo al Presupuesto Nacional y establecer un órgano encargado de gestionar y distribuir los fondos de conformidad con los procedimientos establecidos; y

h. autorizando el pago en determinadas circunstancias de un porcentaje de los gastos electorales efectuados por una candidata en una elección.


Pakistán 1973

17. Libertad de asociación

3. Cada partido político contabilizará la fuente de sus fondos de conformidad con la ley.


Macedonia del Norte 1991

Artículo 20

Se garantiza a los ciudadanos la libertad de asociación para ejercer y proteger sus derechos y convicciones políticos, económicos, sociales, culturales y de otra índole.

Los ciudadanos pueden establecer libremente asociaciones de ciudadanos y partidos políticos, afiliarse a ellas o renunciar a ellas.

Los programas y actividades de los partidos políticos y otras asociaciones de ciudadanos no pueden estar dirigidos a la destrucción violenta del orden constitucional de la República, ni al estímulo o la incitación a la agresión militar o al odio o la intolerancia étnicos, raciales o religiosos.

Están prohibidas las asociaciones militares o paramilitares que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas de la República de Macedonia.


Nepal 2015

Siempre que,

3. Nada de lo dispuesto en el apartado c) se considerará que impida la promulgación de una ley que imponga restricciones razonables a cualquier acto que pueda socavar la nacionalidad, la soberanía, la indivisibilidad de Nepal, o un acto de espionaje contra la nación, o revelar secretos nacionales, o ayudar a un Estado u organización extranjera que puede poner en peligro la seguridad de Nepal, un acto de traición, o un acto que socava las relaciones armoniosas que subsisten entre las unidades federales, instigue la animosidad comunitaria, o ponga en peligro las relaciones armoniosas que subsisten entre las diferentes castas, etnias, grupos religiosos y comunidades, o un acto de la adquisición o privación de la afiliación a un partido político únicamente por motivos de casta, idioma, religión, comunidad o género, o la formación de un partido político que crea discriminación contra los ciudadanos, o un acto que incite a la violencia o sea contrario a un comportamiento público decente.

2. Los partidos políticos constituidos en virtud de la cláusula 1) estarán obligados a inscribir sus nombres en la Comisión Electoral de conformidad con el procedimiento establecido por la ley.

4. Al solicitar el registro de los partidos de conformidad con el párrafo 2 supra, los partidos políticos deberán cumplir las siguientes condiciones:

a. La constitución y las normas del partido político deben ser democráticas,

b. En la constitución del partido político debería preverse la elección de los titulares de cargos a nivel federal y provincial, al menos una vez cada cinco años.

A condición de que, en caso de que la elección de los titulares de cargos no pueda celebrarse en un plazo de cinco años debido a circunstancias especiales, no habrá impedimento alguno para prever en el estatuto de un partido político la celebración de esas elecciones en un plazo de seis meses.

c. Debería haber una participación proporcional para reflejar la diversidad de Nepal, en los comités ejecutivos de los distintos niveles del partido.


Birmania 2008

404. Un partido político deberá:

a. fijará el objetivo de la no desintegración de la Unión, la no desintegración de la solidaridad nacional y la perpetuación de la soberanía;

b. ser leal al Estado.

405. Un partido político deberá:

a. aceptar y practicar un sistema democrático multipartidista genuino y disciplinario;

b. acatar y respetar esta Constitución y las leyes vigentes;

c. formar y registrarse como partido político de conformidad con la ley.

407. Si un partido político infringe alguna de las siguientes estipulaciones, no tendrá derecho a seguir existiendo:

a. haber sido declarada asociación ilícita con arreglo a la legislación vigente;

b. el contacto directo o indirecto con el grupo insurgente que lanza la rebelión armada contra la Unión o contra las asociaciones y personas que la Unión haya determinado que han cometido actos terroristas o contra la asociación declarada ilícita;

c. recibir y gastar directa o indirectamente asistencia financiera, material y de otra índole de un gobierno extranjero, una asociación religiosa, otra asociación o una persona de un país extranjero;

d. abusar de la religión con fines políticos.


Mozambique 2004

Artículo 74. Partidos políticos y pluralismo

1. Los partidos serán la expresión del pluralismo político, contribuirán a la formación y manifestación de la voluntad del pueblo y serán instrumentos fundamentales de participación democrática de los ciudadanos en el gobierno del país.

2. La estructura interna y el funcionamiento de los partidos políticos serán democráticos.

Artículo 75. Formación de partidos políticos

1. En el profundo respeto de la unidad nacional y los valores democráticos, los partidos políticos estarán obligados por los principios consagrados en la Constitución y en la ley.

2. En su formación y en la realización de sus objetivos, los partidos políticos, en particular:

a. ser de alcance nacional;

b. defender los intereses nacionales;

c. contribuir a la formación de la opinión pública, en particular sobre las principales cuestiones nacionales;

d. fortalecer el espíritu patriótico de los ciudadanos y la consolidación de la nación mozambiqueña.

3. Las Partes contribuirán a la paz y la estabilidad en el país mediante la educación política y cívica de los ciudadanos.

4. La formación, la estructura y el funcionamiento de los partidos estarán regulados por la ley.


Marruecos 2011

El régimen de [una] parte única es ilegal.


Montenegro 2007

Artículo 54. Prohibición de organizar

Queda prohibida la organización política en los órganos públicos.

Un juez del Tribunal Constitucional, un juez, un fiscal del Estado y su adjunto, un Defensor del Pueblo, un miembro del Consejo del Banco Central, un miembro del Senado de la Entidad de Auditoría del Estado, un miembro profesional del Ejército, la Policía y otros servicios de seguridad no serán miembros de ninguna política política organización.

Queda prohibida la organización política y las acciones de los extranjeros y de las organizaciones políticas con sede fuera de Montenegro.


Mongolia 1992

Se garantizará a los ciudadanos de Mongolia el ejercicio de los siguientes derechos y libertades:

10. El derecho a la libertad de asociación en partidos políticos u otras organizaciones públicas sobre la base de intereses sociales y personales y convicciones. Los partidos políticos y otras organizaciones de masas defenderán el orden público y la seguridad del Estado y respetarán y harán cumplir la ley. Queda prohibida la discriminación y la persecución de una persona por afiliarse a un partido político u otras asociaciones o por pertenecer a ella. La pertenencia al partido de algunas categorías de empleados estatales puede ser suspendida.


Mauricio 1968

2. Registro de las partes

1. Todo partido político de Mauricio, al ser una asociación legítima, podrá inscribirse como partido a los efectos de esa elección general, dentro de los 14 días anteriores al día designado para la presentación de candidaturas a las elecciones generales de miembros de la Asamblea, y el párrafo 5 7) por el Comisión de Supervisión previa presentación de la solicitud de la manera que se prescriba:

Siempre que dos o más partidos políticos puedan ser registrados como alianza de partidos para esos fines, en cuyo caso serán considerados como un partido único para esos fines; y el presente Anexo se interpretará en consecuencia.

2. Todo candidato a la elección en cualquier elección general podrá declarar, en la forma que se prescriba, que pertenece a un partido inscrito como tal a los efectos de esa elección general y, si lo hace, será considerado miembro de ese partido a esos efectos, mientras que si no lo haga, no será considerado miembro de ningún partido a esos efectos; y cuando un candidato sea considerado miembro de un partido a esos efectos, el nombre de ese partido se indicará en cualquier cédula de votación preparada para los fines en que aparezca su nombre.

3. Cuando un partido esté inscrito en virtud del presente apartado, la Comisión de Supervisión Electoral estará dotada periódicamente de la manera que se prescriba con los nombres de al menos dos personas, cualquiera de las cuales estará autorizada a desempeñar las funciones de dirigente de dicho partido a los efectos de la salvedad. al párrafo 5 7).

4. Se establecerá la disposición que se prescriba que obligue a las personas que presenten solicitudes o declaraciones a los efectos del presente apartado a presentar pruebas con respecto a las cuestiones indicadas en dichas solicitudes o declaraciones y a su autoridad para hacer tales solicitudes o declaraciones.

5. Se establecerá la disposición que se prescriba para la determinación por un juez del Tribunal Supremo antes del día designado para la designación de candidatos en una elección general, de cualquier cuestión relacionada con cualquier solicitud o declaración de ese tipo que se haga en relación con esa elección general, y la la decisión del juez no podrá ser objeto de apelación.


Mauritania 1991

Artículo 11

Los partidos y grupos políticos coinciden en la formación y la expresión de la voluntad política. Se forman y ejercen libremente sus actividades bajo la condición de respetar los principios democráticos y de no infringir, por su objeto o por su acción, la soberanía nacional, la integridad territorial y la unidad de la nación y de la República.

La ley establece las condiciones de creación, funcionamiento y disolución de los partidos políticos.


Liberia 1986

b. Todas las elecciones se efectuarán por votación secreta que determine la Comisión Electoral, y todo ciudadano liberiano de no menos de 18 años de edad tendrá derecho a ser inscrito como elector y a votar en elecciones públicas y referendos con arreglo a la presente Constitución. La Asamblea Legislativa promulgará leyes que indiquen la categoría de liberianos que no formarán partidos políticos ni se convertirán en miembros de ellos.

Ninguna asociación, cualquiera que sea su nombre, funcionará como partido político, ni ningún ciudadano podrá ser candidato independiente para la elección de cargos públicos, a menos que:

a. la asociación o el candidato independiente y su organización cumplen los requisitos mínimos de inscripción establecidos por la Comisión Electoral y están inscritos en ella. Los requisitos de inscripción incluirán la presentación ante la Comisión Electoral de una copia de la constitución de la asociación y de las directrices del candidato independiente y de su organización, una declaración detallada de los nombres y direcciones de la asociación y sus funcionarios o del candidato independiente y el los funcionarios de su organización y el cumplimiento de lo dispuesto en los apartados b, c, d ye del presente documento. La inscripción por la Comisión Electoral de cualquier asociación o candidato independiente y su organización confiere a la entidad o candidato y a su organización una personalidad jurídica registrada, con capacidad para poseer bienes, bienes inmuebles, personales o mixtos, para demandar y ser demandados y mantener cuentas. La denegación de la inscripción o el hecho de que la Comisión Electoral no haya inscrito a un solicitante puede ser impugnado por el solicitante ante el Tribunal Supremo;

b. Ningún partido político u organización puede poseer o poseer fondos u otros activos fuera de Liberia; ni ellos ni candidatos independientes podrán retener fondos o activos remitidos o enviados a ellos desde fuera de Liberia, a menos que sean remitidos o enviados por ciudadanos liberianos residentes en el extranjero. Los fondos u otros activos recibidos directa o indirectamente en contravención de esta restricción serán pagados o transferidos a la Comisión Electoral en un plazo de veintiún días a partir de su recepción. La información sobre todos los fondos recibidos del extranjero se presentará sin demora a la Comisión Electoral.


Kirguistán 2010

4. En la República Kirguisa quedarán prohibidas las siguientes disposiciones:

1. fusión de instituciones estatales, municipales y partidarias; establecimiento y actividad de organizaciones partidarias en instituciones y organizaciones estatales y municipales; realización de actividades partidistas por funcionarios públicos y municipales, excepto en los casos en que dicha actividad se realiza fuera de sus funciones oficiales;

2. la pertenencia a los miembros del ejército, los organismos encargados de hacer cumplir la ley, así como los jueces de los partidos políticos, así como sus declaraciones en apoyo de cualquier partido político;

5. las actividades de los partidos políticos, las organizaciones públicas y religiosas, sus representaciones y ramas en caso de que esas estructuras persigan objetivos políticos encaminados a modificar forzosamente la estructura constitucional, socavar la seguridad nacional, incitar a la discriminación social, racial, internacional, interétnica y religiosa odio.


Corea del Sur 1948

2. Los partidos políticos serán democráticos en sus objetivos, organización y actividades, y dispondrán de las disposiciones organizativas necesarias para que el pueblo participe en la formación de la voluntad política.


Kazajistán 1995

4. No se permitirán en la República las actividades de los partidos políticos y sindicatos de otros Estados y partidos religiosos, así como la financiación de partidos políticos y sindicatos por personas jurídicas y ciudadanos extranjeros, Estados extranjeros y organizaciones internacionales.


Jordania 1952

2. Los jordanos tendrán derecho a establecer sociedades, sindicatos y partidos políticos siempre que su objetivo sea lícito, sus métodos pacíficos y sus estatutos no violen las disposiciones de la Constitución.


Hungría 2011

3. Los partidos políticos pueden constituirse y actuar libremente sobre la base del derecho de asociación. Los partidos políticos participarán en la formación y expresión de la voluntad del pueblo. Los partidos políticos no ejercerán directamente el poder público.


Guyana 1980

10. Partidos políticos

Se garantiza el derecho a fundar partidos políticos y su libertad de acción. Los partidos políticos deben respetar los principios de la soberanía nacional y de la democracia.

160 A. Prohibición de la división étnica a los partidos políticos

1. Se prohíbe a todas las personas, instituciones y partidos políticos adoptar cualquier medida o promover, difundir o comunicar cualquier idea que pueda dar lugar a una división racial o étnica entre el pueblo.

2. A los efectos del párrafo 1), el Parlamento establecerá por ley los delitos y penas, incluidas las penas que impidan o impiden a una persona o partido político impugnar cualquier elección para ser miembro o miembro, según el caso, de los órganos democráticos locales o del Montaje.

161 B. Papel de los partidos políticos en la celebración de elecciones por conducto de la Comisión Electoral

Se declara que el papel de los partidos políticos y sus candidatos en la celebración de las elecciones por la Comisión Electoral se limitará a su participación en la determinación de la política, el seguimiento del proceso electoral y la celebración de las elecciones, pero no incluye la gestión activa de la proceso electoral.

Las funciones de la Comisión de Relaciones Étnicas son las siguientes:

c. desalentar y prohibir que personas, instituciones, partidos políticos y asociaciones complacan, defiendan o promuevan la discriminación o las prácticas discriminatorias por motivos de origen étnico;


Guinea-Bisáu 1984

3. Los partidos deben respetar la independencia y la unidad nacionales, la integridad del territorio nacional y la democracia pluralista, y deben seguir las reglas democráticas tanto en su organización como en su funcionamiento.

5. El nombre del partido no puede identificarse con ninguna parte del territorio nacional, ni mostrar el nombre de una persona, iglesia, religión, confesión o doctrina religiosa.


Guinea 2010

Deben implantarse en todo el territorio nacional. No deben identificarse con una raza, una etnia, una religión o una región.

Deben respetar igualmente los principios de la soberanía nacional y de la democracia, la integridad del territorio y el orden público.


Ghana 1992

4. Todo partido político tendrá carácter nacional y su pertenencia no se basará en divisiones étnicas, religiosas, regionales u otras divisiones seccionales.

5. La organización interna de un partido político se ajustará a los principios democráticos y sus acciones y propósitos no contravienen ni serán incompatibles con la presente Constitución o cualquier otra ley.

6. Una organización no actuará como partido político a menos que esté registrada como tal en virtud de la ley por el momento y esté en vigor a tal efecto.

7. A los efectos de la inscripción, los futuros partidos políticos facilitarán a la Comisión Electoral una copia de su Constitución y de los nombres y direcciones de sus funcionarios nacionales, y garantizará a la Comisión que:

a. haya habitualmente residente o registrado como elector en cada distrito de Ghana, al menos un miembro fundador del partido;

b. el partido tiene sucursales en todas las regiones de Ghana y, además, está organizado en no menos de dos tercios de los distritos de cada región; y

c. el nombre, el emblema, el color, el lema o cualquier otro símbolo del partido no tiene connotación étnica, regional, religiosa o seccional ni da la impresión de que sus actividades se limitan únicamente a una parte de Ghana.

8. Un partido político no tendrá como miembro fundador, dirigente o miembro de su poder ejecutivo, una persona que no esté calificada para ser elegido miembro del Parlamento ni para ocupar ningún otro cargo público.

14. Los partidos políticos serán requeridos por ley,

a. declarar al público sus ingresos y activos y las fuentes de esos ingresos y activos, y

b. publicar anualmente al público sus cuentas auditadas.


Georgia 1995

4. Los partidos políticos participarán en la formación y el ejercicio de la voluntad política del pueblo. Las actividades de los partidos políticos se basarán en los principios de libertad, igualdad, transparencia y democracia intrapartidista.

2. Se cesará la afiliación a partidos políticos de las personas alistadas en las Fuerzas de Defensa u órganos encargados de la seguridad pública y del Estado, así como de los nombrados jueces.


Gambia

84. Partidos políticos

1. Ninguna asociación, que no sea un partido político inscrito en virtud de una ley de la Asamblea Nacional, patrocinará a los candidatos a las elecciones públicas.

2. Todos los partidos políticos...

a. tienen un carácter nacional según lo prescrito por una ley de la Asamblea Nacional;

b. tener un órgano rector elegido democráticamente;

c. promover y defender la unidad nacional;

d. respetar los principios democráticos de gobierno y promover y practicar la democracia mediante elecciones regulares, justas y libres en el seno del partido;

e. respetar el derecho de todas las personas a participar en el proceso político, incluidas las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad;

f. promover la equidad de género en la selección de candidatos a las elecciones, teniendo debidamente en cuenta el párrafo 7);

g. velar por que al menos el 10% de los candidatos a las elecciones a la Asamblea Nacional sean jóvenes;

h. respetar y promover los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como la igualdad y la equidad entre los géneros;

i. promover los objetivos y principios de esta Constitución y el estado de derecho;

j. declarar al público sus ingresos y activos, así como las fuentes de esos ingresos y activos;

k. publicar anualmente al público sus cuentas auditadas dentro de los seis meses siguientes al final del ejercicio financiero, en caso contrario la Comisión Independiente de Fronteras y Elecciones podrá anular el registro del partido; y

Yo. suscribir y observar el código de conducta prescrito para los partidos políticos por la Comisión Independiente de Fronteras y Electorales de conformidad con el apartado g) del párrafo 1 del artículo 82.

3. Un partido político no...

a. estar fundada sobre una base religiosa, lingüística, racial, étnica, de género o regional, o tratar de apología del odio sobre cualquier base de esa índole;

b. participar en actos de violencia o intimidación por parte de sus miembros, simpatizantes, opositores o cualquier otra persona;

c. establecer o mantener una fuerza paramilitar, milicia u organización similar;

d. participar en sobornos u otras formas de corrupción; o

e. salvo lo dispuesto en este capítulo o en una ley de la Asamblea Nacional, acepten o utilicen recursos públicos para promover sus intereses o sus candidatos en las elecciones.

4. Un partido político que no cumple con...

a. la subsección 2) podrá ser anulada por la Comisión Independiente de Fronteras y Elecciones; y

b. la subsección 3) será anulada por la Comisión Independiente de Fronteras y Elecciones.

5. Ningún partido político recibirá una contribución o donación de ninguna persona que no sea ciudadano de Gambia o de ningún organismo corporativo o no constituido.

6. Un miembro de una organización o grupo de interés no estará obligado a afiliarse a un determinado partido político en virtud de su pertenencia a la organización o grupo.

7. Nada de lo dispuesto en el Anexo 3 se interpretará en el sentido de que excluye a una mujer o a una persona con discapacidad de presentar una elección para una circunscripción de un solo miembro, ya sea como candidata independiente o miembro de un partido político registrado.


Gabón 1991

Artículo 6

Los partidos y los grupos políticos compiten por medio de la expresión del sufragio. Pueden formar y ejercer libremente sus actividades, dentro de las directrices establecidas por la ley, de conformidad con los principios de un sistema multipartidista.

Deben respetar la Constitución y las leyes de la República.


Fiyi 2013

4. Una ley podrá limitar o autorizar la limitación de los derechos mencionados en esta sección-

b. a fin de regular el registro de los partidos políticos y prescribir a las personas que no gozan de los derechos prescritos en el párrafo 1) y en los apartados c) y d) del párrafo 3;


Etiopía 1994

15. A fin de dar efecto práctico a los derechos políticos previstos en la presente Constitución, promulgará todas las leyes necesarias que rijan los partidos políticos y las elecciones.


Yibuti 1992

Las formalidades relativas a la declaración administrativa de los partidos y/o grupos políticos y al ejercicio y a la cesación de sus actividades están determinadas por la ley.


República Checa 1993

Artículo 5

El sistema político se basa en la formación libre y voluntaria y la libre competencia entre los partidos políticos que respetan los principios democráticos fundamentales y renuncian a la fuerza como medio de promover sus intereses.

4. Los partidos políticos y movimientos políticos, así como otras asociaciones, están separados del Estado.


Chipre 1960

12. Todo partido político que esté representado al menos por el doce por ciento del número total de representantes en la Cámara de Representantes puede formar y tendrá derecho a ser reconocido como grupo de partidos políticos.


Croacia 1991

Artículo 6

La formación de partidos políticos es libre.

La organización interna de los partidos políticos se ajustará a los principios democráticos constitucionales fundamentales.

Las Partes publicarán las cuentas sobre las fuentes de sus activos y bienes.

Los partidos políticos que con sus programas o actividades violentas pretenden demoler el orden democrático libre ponen en peligro la existencia de la República de Croacia son inconstitucionales. La decisión sobre la inconstitucionalidad será adoptada por el Tribunal Constitucional de la República de Croacia.

El estatuto y la financiación de los partidos políticos estarán regulados por la ley.


Costa de Marfil 2016

Los partidos y grupos políticos forman y ejercen libremente sus actividades a condición de que respeten las leyes de la República, los principios de soberanía nacional y democracia. Son iguales en derechos y están sujetos a las mismas obligaciones.


República del Congo 2015

Artículo 60

Queda prohibido a los partidos políticos recibir cualquier forma de participación que atente contra la independencia y la soberanía nacionales.

Artículo 61

Para ser reconocidos, los partidos políticos deben ajustarse a los siguientes principios:

el respeto, la salvaguardia y la consolidación de la unidad nacional;

la protección y promoción de los derechos fundamentales de la persona humana;

la búsqueda de la satisfacción del interés general del pueblo congoleño;

la promoción de un Estado de derecho basado en el respeto y la defensa de la democracia, de las libertades individuales y colectivas;

la defensa de la integridad del territorio y de la soberanía nacional;

la prohibición de la intolerancia, el etnicismo, el sectarismo y el recurso a la violencia en todas sus formas;

el respeto del carácter republicano, laico e indivisible del Estado.

Artículo 62

Las demás condiciones de existencia de los partidos políticos, así como las modalidades de su financiación, están determinadas por una ley orgánica.


República Democrática del Congo 2005

Artículo 6

En la República Democrática del Congo se reconoce el pluralismo político.

Todos los congoleños que gocen de sus derechos civiles y políticos tienen derecho a crear un partido político oa afiliarse a un partido político de su elección.

Los partidos políticos participan en la expresión del sufragio, en el fortalecimiento de la conciencia nacional y de la educación cívica. Forman y ejercen libremente sus actividades respetando la ley, el orden público y la moral.

Los partidos políticos están consagrados al respeto de los principios de la democracia pluralista, de la unidad nacional y de la soberanía nacional.

Los partidos políticos pueden recibir del Estado fondos públicos designados para financiar sus campañas electorales o sus actividades, en las condiciones definidas por la ley.


Comoras 2018

Deben respetar la unidad nacional, la soberanía y la inviolabilidad de las fronteras, tal como son reconocidas internacionalmente, así como los principios de la democracia.


Chad 2018

Artículo 4

Los partidos y grupos políticos contribuyen al ejercicio del sufragio. Se forman y ejercen libremente sus actividades en las condiciones previstas por la ley y respetando los principios de soberanía nacional, integridad territorial, unidad nacional y democracia pluralista.

Artículo 31

La disolución de asociaciones, partidos políticos y sindicatos sólo puede producirse en las condiciones previstas por sus estatutos o por medios judiciales, y también en caso de amenaza a la unidad nacional.


República Centroafricana 2016

Artículo 31

Los partidos o grupos políticos coinciden en la expresión del sufragio [y] con la animación de la vida política, económica y social.

Forman y ejercen libremente sus actividades. Deben promover y respetar los principios de democracia, unidad y soberanía nacional, de los derechos del hombre, de la laicidad y de la forma republicana del Estado, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.

Se les prohíbe identificarse con una raza, una etnia, un género, una religión, una secta, un idioma, una región o un grupo armado.

Los partidos políticos deben respetar los principios de representación del género y de las regiones especificados por la ley.

Una ley determina las condiciones de su formación, de su funcionamiento, de su financiación de su control y de su disolución.


Cabo Verde 1980

2. Los partidos políticos no podrán adoptar nombres que, directa o indirectamente, estén identificados con cualquier parte del territorio nacional, con una iglesia, religión o doctrina religiosa, o que puedan evocar el nombre de una persona o institución; no podrán adoptar emblemas que sean iguales o puedan confundirse con o símbolos regionales.


Camerún 1972

Artículo 3

Los partidos y grupos políticos ayudarán al electorado en la toma de decisiones electorales. Estarán obligados a respetar los principios de democracia, soberanía nacional y unidad. Se constituirán y ejercerán sus actividades de conformidad con la ley.


Camboya 1993

Artículo 42

Los ciudadanos jemeres tienen derecho a establecer asociaciones y partidos políticos. Estos derechos serán determinados por la ley.

Los ciudadanos jemeres pueden participar en organizaciones de masas para colaborar en la protección de los logros nacionales y el orden social.


Burundi 2018

Artículo 78

Los partidos políticos, en su organización y sus operaciones, deben responder a los principios democráticos. Deben estar abiertos a todos los burundianos y su carácter nacional debe reflejarse igualmente en el nivel de sus dirigentes. No pueden abogar por la violencia, la exclusión y el odio de ninguna forma, especialmente por motivos étnicos, regionales, religiosos y de género.

Artículo 79

Los partidos políticos y las coaliciones de partidos políticos deben promover la libre expresión del sufragio y deben participar en la vida política de manera pacifista.

Artículo 83

Queda prohibida la financiación exterior de los partidos políticos, salvo la exención excepcional establecida por la ley.

Queda prohibida toda financiación que perjudique la independencia y la soberanía nacional.

La ley determina y organiza las fuentes de financiación de los partidos políticos.

Artículo 85

Las condiciones en que los partidos políticos forman, operan y cesan sus actividades están determinadas por la ley.


Bulgaria 1991

3. Todas las partes facilitarán la formación y la expresión de la voluntad política de los ciudadanos. El procedimiento aplicable a la formación y disolución de partidos políticos y las condiciones de su actividad se establecerán por ley.

Artículo 44

1. Todos los ciudadanos serán libres de asociarse.

2. La organización o la actividad no será contraria a la soberanía e integridad nacional del país, ni a la unidad de la nación, ni incitará a la enemistad racial, nacional, étnica o religiosa o a la violación de los derechos y libertades de los ciudadanos; ninguna organización establecerá clandestinas o paramilitares estructuras o procurará alcanzar sus objetivos mediante la violencia.

3. La ley establecerá qué organizaciones estarán sujetas a inscripción, el procedimiento para su terminación y sus relaciones con el Estado.


Siria 2012

Artículo 8

1. El sistema político del Estado se basará en el principio del pluralismo político, y en ejercer el poder democráticamente a través del voto;

2. Los partidos políticos y los distritos electorales autorizados contribuirán a la vida política del país, y deberán respetar los principios de soberanía nacional y democracia;

3. La ley regulará las disposiciones y procedimientos relativos a la formación de partidos políticos;

4. La realización de cualquier actividad política o la formación de cualquier partido o agrupación política, basándose en alguna religión, secta, tribu, región, clase, profesión, o en discriminación basada en género, origen, raza o color, no estará permitida;

5. Las oficinas públicas o el dinero público no pueden ser explotados para intereses políticos, electorales o de partidos.


Chile 1980

La Constitución asegura a todas las personas:

Los partidos políticos no podrán intervenir en actividades ajenas a las que les son propias ni tener privilegio alguno o monopolio de la participación ciudadana; la nómina de sus militantes se registrará en el servicio electoral del Estado, el que guardará reserva de la misma, la cual será accesible a los militantes del respectivo partido; su contabilidad deberá ser pública; las fuentes de su financiamiento no podrán provenir de dineros, bienes, donaciones, aportes ni créditos de origen extranjero; sus estatutos deberán contemplar las normas que aseguren una efectiva democracia interna. Una ley orgánica constitucional establecerá un sistema de elecciones primarias que podrá ser utilizado por dichos partidos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular, cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades, salvo las excepciones que establezca dicha ley. Aquellos que no resulten elegidos en las elecciones primarias no podrán ser candidatos, en esa elección, al respectivo cargo. Una ley orgánica constitucional regulará las demás materias que les conciernan y las sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de sus preceptos, dentro de las cuales podrá considerar su disolución. Las asociaciones, movimientos, organizaciones o grupos de personas que persigan o realicen actividades propias de los partidos políticos sin ajustarse a las normas anteriores son ilícitos y serán sancionados de acuerdo a la referida ley orgánica constitucional.


Barreras a los partidos

Descripción:

Fuente: Banco Mundial / GovData360, govdata360.worldbank.org