Inmunidad del jefe de gobierno

Protección, ya sea absoluta o limitada, en contra de la persecución del jefe de gobierno. Esto puede implicar la protección contra el enjuiciamiento por ciertos tipos de delitos, o por un período determinado de tiempo.

Lituania 1992

Artículo 100

El Primer Ministro y los ministros no pueden ser procesados, arrestados o tener restringidas sus libertades salvo previo consentimiento del Parlamento, o si el Parlamento no está en periodo de sesiones, previo consentimiento del Presidente de la República.


Haití 1987

Artículo 189-2

Sin embargo, el condenado podrá ser llevado ante los tribunales ordinarios, conforme a la ley, si fuera necesario aplicar otras penas o decidir sobre el ejercicio de la acción civil.


España 1978

2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.


Dinamarca 1953

16. Los Ministros pueden ser acusados por el Rey o por el Folketing por inadecuado ejercicio de sus funciones. El Alto Tribunal de Justicia conocerá de las acusaciones formuladas contra los Ministros.


Bután 2008

21. Los miembros del Parlamento o de cualquier comité gozarán de inmunidad y no podrán ser interrogados, arrestados, detenidos o juzgados por las opiniones expresadas en el ejercicio de sus funciones o por los votos emitidos en el Parlamento. Ninguna persona será considerada responsable de los informes, documentos o procedimientos realizados o publicados conforme a la autoridad del Parlamento.

22. La inmunidad concedida aquí no incluirá los actos de corrupción cometidos por los miembros del Parlamento durante el ejercicio de sus deberes, ni incluirá otros actos de aceptación de dinero u otros bienes valiosos para hablar o votar en un sentido específico.

4. El candidato para el cargo de primer ministro o de ministro será nacional por nacimiento de Bután y miembro electo de la Asamblea Nacional.


Rumania 1991

Artículo 109. La responsabilidad de los miembros del Gobierno

1. El Gobierno responderá políticamente de toda su actividad solo ante el Parlamento. Cada miembro del Gobierno responderá desde el punto de vista político, solidariamente con los demás miembros, de la actividad del Gobierno y de los actos del mismo.

2. Solo corresponderá a la Cámara de los Diputados, al Senado y al Presidente de Rumania el derecho a solicitar el seguimiento judicial de los miembros del Gobierno por los hechos cometidos en el ejercicio de su cargo. Caso de haberse solicitado el seguimiento judicial, el Presidente de Rumania podrá disponer que fueran suspendidos de sus cargos. El procesamiento de un miembro del Gobierno supone la suspensión del mismo de su cargo. La competencia para juzgarle corresponde al Tribunal Supremo de Justicia.

3. Los casos de responsabilidad y las penas aplicables a los miembros del Gobierno se regularán por una ley relativa la responsabilidad ministerial.


Portugal 1976

Artículo 196. Efectividad de la responsabilidad criminal de los miembros del Gobierno

1. Ningún miembro del Gobierno puede ser detenido o encarcelado, sin autorización de la Asamblea de la República, salvo por delito doloso al que corresponda pena de prisión cuyo límite máximo sea superior a tres años o por flagrante delito.

2. Incoado procedimiento criminal contra algún miembro del Gobierno y acusado éste definitivamente, la Asamblea de la República decidirá si el miembro del Gobierno debe o no ser suspendido a los efectos de continuación del proceso, siendo obligatorio la decisión de suspensión cuando se trate de delitos del tipo referido en el apartado anterior.


Estonia 1992

Artículo 101

Solo se podrá presentar cargos penales contra un miembro del Gobierno de la República a propuesta del Canciller de Justicia y con el consenso de la mayoría de los diputados del Riigikogu.

El mandato de un miembro del Gobierno terminará al dictarse en su contra una sentencia condenatoria firme.

En los casos previstos en los artículos 76, 85, 101, 138 y 153 de la Constitución, el Canciller de Justicia podrá proponer al Riigikogu la presentación de cargos penales contra un diputado del Riigikogu, el Presidente de la República, un miembro del Gobierno de la República, el Interventor General, el Presidente del Tribunal Supremo o contra un magistrado del Tribunal Supremo.


Italia 1947

Art 96

El Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros, aún después de haber cesado en su cargo, se someterán, por los delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, a la jurisdicción ordinaria, previa autorización del Senado de la República o de la Cámara de Diputados, de acuerdo con las normas establecidas por ley de rango constitucional.


Albania 1998

Artículo 73

1. El diputado no se responsabiliza de las opiniones expresadas en la Asamblea y de los votos emitidos por él en el ejercicio de la función. Esta disposición no es aplicable en caso de difamación.

2. Un diputado no puede ser detenido ni privado de libertad en ninguna forma ni podrá ejercerse un registro personal o un registro de la residencia en su contra sin la autorización de la Asamblea.

3. Un diputado puede ser detenido o encarcelado sin autorización cuando es capturado durante o inmediatamente después de la comisión de un delito. El Fiscal General o el Fiscal Especial Jefe notifican inmediatamente a la Asamblea que, cuando comprueba que no hay margen para el procedimiento, ordena el levantamiento de la medida.

4. En los casos previstos en los párrafos 2 y 3 del presente artículo, la Asamblea podrá celebrar debates a puerta cerrada por motivos de protección de datos. La decisión se toma por votación abierta.

3. Los miembros del Consejo de Ministros gozan de la inmunidad de un diputado.


Yemen 1991

1. El Presidente de la República y la Cámara de Representantes tienen derecho a que el Primer Ministro, sus adjuntos o ministros sean investigados y juzgados por los delitos cometidos por ellos en el desempeño de sus funciones o como consecuencia de ello. La decisión de la Cámara de Representantes de adoptar tal medida se basará en una propuesta presentada por al menos una quinta parte de sus miembros. La acusación no podrá emitirse sin el apoyo de dos tercios de la Cámara.


Timor Oriental 2002

Artículo 114. Inmunidades de los miembros del Gobierno

Ningún miembro del Gobierno podrá ser detenido o encarcelado sin la autorización del Parlamento Nacional, salvo por un delito grave punible con una pena máxima de prisión de más de dos años y en flagrante delito.


Tailandia 2017

Artículo 124

En una sesión de la Cámara de Representantes o del Senado o en una sesión conjunta de la Asamblea Nacional, las palabras expresadas al dar declaraciones de hecho u opiniones o al emitir los votos de cualquier miembro son absolutamente privilegiadas. No se imputarán cargos ni acciones de ninguna manera contra dicho miembro.

El privilegio previsto en el párrafo 1 no se extiende a un miembro que exprese palabras en una sesión que se emite por radio o televisión o por cualquier otro medio si tales palabras aparecen fuera del recinto de la Asamblea Nacional y la expresión de tales palabras constituye un delito penal o un hecho ilícito contra cualquier otra persona que no sea ministro o miembro de esa Cámara.

En el caso del párrafo 2, si las palabras expresadas por el miembro causan daños a otra persona que no sea ministro o miembro de esa Cámara, el Presidente de esa Cámara hará que las explicaciones se publiquen según lo solicitado por esa persona, de conformidad con los procedimientos y dentro del plazo prescrito en el reglamento de esa Cámara, sin perjuicio del derecho de esa persona a someter el caso a la Corte.

El privilegio previsto en esta sección se extiende a los impresores y editores de las actas de las sesiones de conformidad con el reglamento de la Cámara de Representantes, el Senado o la Asamblea Nacional, según el caso, y a las personas autorizadas por el presidente para hacer declaraciones de hecho o opiniones en dicha sesión, así como a las personas que transmiten la sesión por radio o televisión o por cualquier otro medio con la autorización del Presidente de dicha Cámara mutatis mutandis.

Sección 163

Un ministro tiene derecho a asistir a una sesión de la Cámara de Representantes y formular declaraciones de hecho u opiniones, pero no tiene derecho a voto, salvo en el caso de votar en la Cámara de Representantes, en la que dicho Ministro sea también miembro de la Cámara de Representantes. Los privilegios previstos en el artículo 124 se aplicarán mutatis mutandis.


Serbia 2006

Artículo 103. Inmunidad de los diputados

Los diputados gozarán de inmunidad.

Los diputados no pueden aceptar responsabilidad penal o de otra índole por la opinión expresada o el voto emitido en el desempeño de la función del diputado.

El diputado que haga uso de su inmunidad no podrá ser detenido ni intervenir en procedimientos penales o de otra índole en los que pueda dictarse una pena de prisión, sin la aprobación previa de la Asamblea Nacional.

El diputado encontrado en el acto de cometer un delito para el que no se prevé la pena de prisión de más de cinco años, puede ser detenido sin la aprobación previa de la Asamblea Nacional.

No se fijarán plazos para el procedimiento penal o de otro tipo en que se establezca la inmunidad.

El incumplimiento de la inmunidad no excluirá el derecho de la Asamblea Nacional a establecer la inmunidad.

Artículo 134. Inmunidad del Presidente y miembro del Gobierno

El Primer Ministro y el miembro del Gobierno no tendrán que rendir cuentas de las opiniones expresadas en las sesiones del Gobierno y los períodos de sesiones de la Asamblea Nacional, ni por el voto emitido en las sesiones del Gobierno.

El Primer Ministro y el miembro del Gobierno gozarán de inmunidad como diputados. El Gobierno decidirá sobre la inmunidad del Primer Ministro y del miembro del Gobierno.


San Vicente y las Granadinas 1979

46. Libertad de expresión

Sin perjuicio de las disposiciones del Parlamento relativas a las atribuciones, privilegios e inmunidades de la Cámara y de sus comisiones, o a los privilegios e inmunidades de los miembros y funcionarios de la Cámara y de otras personas interesadas en los asuntos de la Cámara o de sus comisiones, no se aplicará ningún derecho civil o penal podrá iniciarse un procedimiento contra cualquier miembro de la Cámara por las palabras pronunciadas antes o escritas en un informe a la Cámara o a una comisión de la misma, o en razón de cualquier asunto o cosa que presente en ella mediante petición, proyecto de ley, resolución, moción o de otra manera.


Santa Lucía 1978

42. Sin perjuicio de cualquier disposición del Parlamento relativa a las atribuciones, privilegios e inmunidades del Senado o de la Cámara de Representantes y de sus comités, o a los privilegios e inmunidades de los miembros y funcionarios del Senado o de la Cámara y de otras personas interesadas en los asuntos del Senado o de la Cámara de Representantes o sus comités, no podrá iniciarse ningún procedimiento civil o penal contra ningún miembro del Senado o de la Cámara de Representantes por las palabras pronunciadas antes o escritas en un informe al Senado o a la Cámara o a un comité del mismo, o por cualquier asunto o cosa planteada por él mediante petición, proyecto de ley, resolución, moción o de otro tipo.

2. Cuando el Gobernador General tenga ocasión de nombrar a un Primer Ministro, nombrará a un miembro de la Cámara que, a su parecer, contará con el apoyo de la mayoría de los miembros de la Cámara.


Pakistán 1973

248. Protección al Presidente, Gobernador, Ministro, etc.

1. El Presidente, el Gobernador, el Primer Ministro, el Ministro Federal, el Ministro de Estado, el Ministro Principal y el Ministro Provincial no podrán rendir cuentas ante ningún tribunal por el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones de sus respectivos cargos o de cualquier acto realizado o supuestamente realizado en el ejercicio de esas facultades y el desempeño de esas funciones:

A condición de que nada de lo dispuesto en esta cláusula se interpretará en el sentido de que restringe el derecho de cualquier persona a entablar un procedimiento apropiado contra la Federación o una Provincia.


Macedonia del Norte 1991

Artículo 89

El Gobierno está integrado por un Primer Ministro y Ministros. El Primer Ministro y los Ministros no pueden ser representantes en la Asamblea. El Primer Ministro y los Ministros gozan de inmunidad. El Gobierno decide sobre su inmunidad. El Primer Ministro, los Viceprimeros Ministros y los Ministros no pueden ser llamados a desempeñar funciones en las Fuerzas Armadas.

El cargo de Primer Ministro o Ministro es incompatible con cualquier otro cargo público o profesión. La organización y el modo de trabajo del Gobierno están regulados por la ley.

ENMIENDA XXIII

1. Al Primer Ministro se le concede inmunidad. La Asamblea decide sobre su inmunidad.

2. Esta enmienda sustituye al párrafo 3 del artículo 89 de la Constitución de la República de Macedonia.


Mozambique 2004

Artículo 211. Inmunidades

1. Ningún miembro del Gobierno podrá ser detenido o encarcelado sin la autorización del Presidente de la República, a menos que sea detenido en el acto de cometer un delito grave que conlleve una pena de prisión prolongada.

2. En caso de que se incoe un proceso penal contra un miembro del Gobierno y éste haya sido acusado definitivamente, el Presidente de la República decidirá si el miembro debe ser suspendido a los efectos del procedimiento, y la decisión de suspender será obligatoria cuando se comete el delito en cuestión es del tipo mencionado en el párrafo anterior.


Montenegro 2007

El Presidente de Montenegro, el Primer Ministro y los miembros del Gobierno, el Presidente del Tribunal Supremo, el Presidente y los magistrados del Tribunal Constitucional y el Fiscal Supremo del Estado gozarán de la misma inmunidad que el miembro del Parlamento.


Mongolia 1992

1. La ley protege la inviolabilidad del Primer Ministro y de los miembros del Gobierno (ministros del Gabinete).


Madagascar 2010

Artículo 133

Los Presidentes de las Asambleas Parlamentarias, el Primer Ministro, los demás miembros del Gobierno y el Presidente del Tribunal Constitucional Superior son penalmente responsables ante el Tribunal Superior de Justicia de los actos realizados y relacionados con el ejercicio de sus funciones, de los actos calificados de crímenes o faltas en el momento en que se cometieron.

Pueden ser destituidos por la Asamblea Nacional que decida en votación pública por mayoría absoluta de sus miembros.

La iniciativa de la fiscalía emana del Procurador General de la Corte Suprema.

Artículo 134

Los Presidentes de las Asambleas Parlamentarias, el Primer Ministro, los demás miembros del Gobierno y el Presidente del Tribunal Constitucional Superior son juzgados por las jurisdicciones del common law por las infracciones cometidas fuera del ejercicio de sus funciones.

La iniciativa del enjuiciamiento emana del Procurador General ante el Tribunal de Casación.

En este caso, cuando se cometen delitos menores, la jurisdicción correccional competente estará presidida por el Presidente del tribunal o por un Vicepresidente si se le impide.

Las disposiciones de los tres párrafos anteriores son igualmente aplicables a los diputados, a los senadores y a los miembros del Tribunal Constitucional Superior.


Libia

Artículo 129. Responsabilidad del Primer Ministro y de los Ministros

La ley definirá los procedimientos de procesamiento para el Primer Ministro y los Ministros por delitos que se cometan entre ellos durante el desempeño de sus funciones.


Líbano 1926

Artículo 70

La Cámara de Diputados puede imputar al Primer Ministro ya los Ministros de alta traición o de violación de las funciones que se les asignen. La decisión de destitución no puede dictarse salvo por mayoría de dos tercios de todos los miembros de la Cámara de Diputados. Una ley especial determina las condiciones de responsabilidad jurídica del Primer Ministro y de los Ministros.


Israel 1958

a. No se iniciarán actuaciones penales contra el Primer Ministro salvo con el acuerdo del Fiscal General.

b. No se iniciará un procedimiento penal contra una persona que haya actuado como Primer Ministro bajo sospecha de un delito cometido durante el ejercicio del cargo o dentro de un año después de haber desempeñado el cargo, salvo con el consentimiento del Fiscal General.


Suazilandia 2005

130. Inmunidades y privilegios parlamentarios

1. El Presidente, el Presidente, los miembros del Parlamento y cualquier otra persona que participe o preste asistencia o actúe en relación con las actuaciones del Parlamento o de cualquiera de sus comisiones, o que actúe en relación con las actuaciones del Parlamento o de cualquiera de sus comisiones, tendrán derecho a las inmunidades y privilegios que el Parlamento prescriba por ley.

2. La libertad de expresión, las inmunidades y los privilegios a que se hace referencia en el párrafo 1) no serán impugnadas ni cuestionadas en ningún tribunal o lugar ajeno al Parlamento.

3. Todo proceso dictado por un tribunal en el ejercicio de su jurisdicción civil o penal no se cumplirá ni ejecutará en los recintos del Parlamento mientras esté presente el Parlamento, o por conducto del Presidente o el Presidente, el Secretario o cualquier otro funcionario del Parlamento.


Yibuti 1992

El Presidente de la República no es responsable de los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, salvo en el caso de alta traición a la patria. Los miembros del Gobierno son penalmente responsables de los actos realizados en el ejercicio de sus funciones y calificados como delitos o faltas en el momento de su comisión.


Botsuana 1966

41. Protección del Presidente en materia de procedimientos judiciales

1. Mientras una persona ejerza o ejerza las funciones del cargo de Presidente, no se iniciará ni proseguirá ningún procedimiento penal contra ella en relación con cualquier cosa que haya hecho u omitido realizar, ya sea a título oficial o a título privado, y ningún procedimiento civil se incoará o continuará respecto de la cual se reclame medidas cautelares contra él respecto de cualquier cosa que se haya hecho u omitido hacer a título privado.

2. Cuando la ley disponga que limite el plazo en que puede entablarse un procedimiento de cualquier descripción contra una persona, no se tendrá en cuenta el mandato de una persona en el cargo de Presidente al calcular el plazo prescrito por esa ley para determinar si existe un procedimiento de ese tipo como se menciona en el párrafo 1 del presente artículo, podrá ser interpuesto contra esa persona.


Bélgica 1831

Artículo 101

Los ministros rinden cuentas ante la Cámara de Representantes.

Ningún ministro puede ser procesado ni ser objeto de investigación alguna en relación con las opiniones expresadas por él en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 103

Los ministros son juzgados exclusivamente por el tribunal de apelación por los delitos que presuntamente han cometido en el ejercicio de sus funciones. La misma norma se aplica en el caso de los delitos presuntamente cometidos por ministros fuera del ejercicio de sus funciones y por los que sean juzgados durante el ejercicio de sus funciones. En su caso, los artículos 59 y 120 no son aplicables.

La ley determina la forma de proceder contra ellos, tanto cuando son procesados como cuando son juzgados.

La ley designa al tribunal de apelación competente, que se encuentra en banc, y especifica su composición. Las sentencias del Tribunal de Apelación pueden recurrirse ante las salas unidas del Tribunal Supremo, que no se pronuncian sobre el fondo de la causa.

Sólo el fiscal ante el tribunal de apelación competente puede incoar y dirigir actuaciones penales contra un ministro.

Se requiere autorización de la Cámara de Representantes para cualquier solicitud del fiscal de remitir al ministro de que se trate a un tribunal determinado o que lo haga cargo, para su citación directa ante el tribunal de apelación y, salvo en caso de delito flagrante, para su detención.

La ley determina el procedimiento que debe seguirse cuando sean aplicables los artículos 103 y 125.

El indulto sólo podrá concederse a un ministro condenado de conformidad con el párrafo primero a petición de la Cámara de Representantes.

La ley determina en qué casos y de acuerdo con qué normas las partes perjudicadas pueden iniciar una acción civil.

Disposición transitoria

El presente artículo no se aplica a los actos que hayan sido objeto de una investigación judicial preliminar ni a los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la ley de aplicación del artículo.

En tal caso, se aplica la siguiente norma: la Cámara de Representantes tiene derecho a inculpar a los ministros y a llevarlos ante el Tribunal Supremo. Sólo las salas unificadas de este tribunal tienen competencia para juzgar a los ministros en los casos previstos en las leyes penales y mediante la aplicación de las penas prescritas por dichas leyes. La Ley de 17 de diciembre de 1996 relativa a la aplicación temporal y parcial del artículo 103 de la Constitución sigue siendo aplicable en esos casos.


Bahamas 1973

1. Con sujeción a las disposiciones de esta Constitución, el Parlamento puede promulgar leyes para la paz, el orden y el buen gobierno de las Bahamas.

1. Con sujeción a lo dispuesto en este artículo, el Parlamento, mediante una ley del Parlamento aprobada por ambas Cámaras, puede modificar cualquiera de las disposiciones de la presente Constitución o (en la medida en que forme parte de la legislación de las Bahamas) cualquiera de las disposiciones de la Ley de independencia de las Bahamas de 1973.


Azerbaiyán 1995

Artículo 123. Inmunidad del Primer Ministro de la República de Azerbaiyán

I. Durante el mandato, el Primer Ministro goza de inmunidad personal.

II. El Primer Ministro no puede ser llevado ante los tribunales, detenido, salvo en los casos en que se le descubran flagrantes delitos, no se le pueden aplicar medidas judiciales, sanción administrativa, detención u otras medidas de represión, no puede ser registrado o inspeccionado.

III. El Primer Ministro de la República de Azerbaiyán puede ser detenido si es descubierto flagrante delito. En tal caso, el órgano que lo haya detenido informará inmediatamente al Fiscal General de la República de Azerbaiyán.

IV. La inmunidad del Primer Ministro de la República de Azerbaiyán sólo puede ser interrumpida por el Presidente sobre la base de la presentación del Procurador General de la República de Azerbaiyán.