Protecciones contra la remoción del jefe de gobierno. Por ejemplo, un intento fallido de remover al jefe de gobierno puede impedir votaciones adicionales en la materia por un período de tiempo específico.
El Poder Legislativo no podrá efectuar más de un voto de censura por año contra el Primer Ministro.
Cuando el Primer Ministro haya obtenido un voto de confianza, solo podrá ser interpelado tras un plazo de seis meses desde la celebración del voto de confianza.
La derrota de una moción de censura sometida al voto de una de las dos Cámaras contra el Primer Ministro será equivalente a un voto de confianza.
La Asamblea Nacional juzgará la responsabilidad del Gobierno mediante la votación de una moción de censura, la cual sólo será admisible si va firmada al menos por una décima parte de los miembros de la Asamblea Nacional. La votación tendrá lugar cuarenta y ocho horas después de su presentación. Sólo se considerarán los votos favorables a la moción de censura, la cual sólo podrá ser aprobada por la mayoría de los miembros que componen la Asamblea Nacional. Salvo en lo dispuesto en el párrafo siguiente, ningún diputado podrá ser firmante de más de tres mociones de censura en el mismo período ordinario de sesiones ni de más de una en el mismo período extraordinario de sesiones.
4. Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.
En caso de que sea rechazada una moción de censura, los firmantes de la moción no podrán presentar otra moción parecida durante el mismo periodo de sesiones.
4. Caso de ser rechazada la moción de censura, los diputados y senadores firmantes no podrán iniciar, durante la misma sesión, una nueva moción de censura, salvo en el caso en que el Gobierno asumirá su responsabilidad de acuerdo al artículo 114.
3. Si una moción de censura no fuera aprobada, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo periodo de sesiones.
1. La Cámara de los Diputados aprobará una moción de censura por mayoría absoluta de votos. La moción debe ser presentada al menos por cuarenta y seis Diputados y ha de incluir un candidato a Primer Ministro. Si la moción es aprobada por la Cámara de los Diputados, el Presidente de la República aceptará la dimisión del Consejo de Ministros y designará al nuevo Primer Ministro elegido por la Cámara de los Diputados, y, a propuesta del mismo, a los otros miembros del Consejo de Ministros, y aceptará el juramento de sus cargos.
2. La votación de la moción de censura mencionada en el párrafo 1 se celebrará no antes de siete días desde su presentación. No podrán presentarse mociones posteriores hasta transcurridos tres meses desde el día en que se presentó la primera. Se exceptúan de esta previsión las mociones presentadas al menos por ciento quince Diputados.
El Riigikogu puede retirar su confianza al Gobierno de la República, el Primer Ministro o un ministro mediante una moción de censura con votos a favor de la mayoría de los diputados del Riigikogu.
Se podrá iniciar una moción de censura mediante la presentación de una moción por escrito por parte de un quinto de los diputados del Riigikogu en una sesión del mismo.
Las mociones de censura podrán decidirse, como pronto, a los dos días de su iniciación, a menos que el Gobierno requiera una decisión más rápida.
Si se produce una moción de censura al Gobierno o al Primer Ministro, el Presidente de la República podrá, a propuesta del Gobierno, convocar elecciones extraordinarias al Riigikogu en un plazo de tres días.
Si se produce una moción de censura a un ministro, el Presidente del Riigikogu lo comunicará al Presidente de la República, que separará a dicho ministro de su cargo.
Una moción de censura fundada en los mismos motivos que una anterior moción de censura no podrá iniciarse hasta que hayan pasado tres meses desde la misma.
5. No podrá proponerse moción de censura en los seis meses siguientes a la elección más reciente del Jefe de Gobierno.
6. Los signatarios de una moción de censura no podrán proponer otra hasta que haya transcurrido un año.
3. La falta de confianza en el Primer Ministro puede expresarse no antes de un año después de su nombramiento. Si no se aprueba el proyecto de decisión de la Asamblea Nacional sobre la falta de confianza en el Primer Ministro, dicho proyecto podrá presentarse en un plazo máximo de seis meses.
2. Un voto de censura en el Primer Ministro-
4. Una vez que los testigos hayan sido oídos, la persona acusada se retirará y la Asamblea examinará su decisión y, una vez que se adopte una decisión, comparecerá ante la Asamblea y se le anunciará la decisión. Si se le declara culpable, será lícito destituirlo de su cargo, pero si es absuelto, no será lícito volver a acusarlo por los mismos cargos previstos en la duodécima cláusula.
La Asamblea Nacional puede impugnar la responsabilidad del Gobierno mediante la votación de una moción de censura.
Esa moción, para ser admisible, debe estar firmada por un tercio (1/3) al menos de los diputados que componen la Asamblea Nacional. La votación sólo podrá intervenir cinco (05) días después del depósito de la moción.
La Asamblea Nacional sólo puede pronunciar la censura del Gobierno con la mayoría de dos tercios (2/3) de sus miembros.
Si se aprueba la moción de censura, el Primer Ministro remite la renuncia de su Gobierno.
El Presidente de la República nombra a un nuevo Primer Ministro.
Si se rechaza la moción de censura, sus signatarios no podrán proponer una nueva moción durante el mismo período de sesiones.
2. Cuando no se apruebe un voto de censura, sus signatarios no moverán otro voto de censura (censura) durante la misma sesión legislativa.
2. Con sujeción a las demás disposiciones del presente artículo, toda moción de censura en el Primer Ministro no será presentada a la Asamblea Nacional si:
c. no han transcurrido nueve meses desde que la Asamblea Nacional presentó y rechazó una moción similar.
El Yuan Ejecutivo será responsable ante el Yuan Legislativo de conformidad con las siguientes disposiciones; las disposiciones del artículo 57 de la Constitución dejarán de aplicarse:
3. Con las firmas de más de un tercio del número total de miembros del Yuan Legislativo, el Yuan Legislativo puede proponer un voto de censura contra el presidente del Yuan Ejecutivo. Setenta y dos horas después de que se haya presentado la moción de censura, se procederá a votación abierta en un plazo de 48 horas. En caso de que más de la mitad del número total de miembros del Yuan Legislativo apruebe la moción, el presidente del Yuan Ejecutivo presentará su renuncia en un plazo de diez días, y al mismo tiempo podrá solicitar que el presidente disuelva el Yuan Legislativo. Si la moción de censura fracasa, el Yuan Legislativo no puede iniciar otra moción de censura contra el mismo presidente del Yuan Ejecutivo en el plazo de un año.
Un voto de censura en el Gobierno o en el miembro particular del Gobierno podrá ser solicitado por al menos 60 diputados.
La propuesta de voto de censura en el Gobierno o en el miembro particular del Gobierno será examinada por la Asamblea Nacional en el primer período de sesiones siguiente, a más tardar cinco días después de la presentación de la propuesta.
Una vez concluido el debate, procederán a votación sobre la propuesta.
La propuesta de voto de censura en el Gobierno o en el miembro del Gobierno será aceptada por la Asamblea Nacional, si más de la mitad del número total de diputados votan a favor de ella. Si la Asamblea Nacional aprueba un voto de censura en el Gobierno, el Presidente de la República estará obligado a iniciar los procedimientos para la elección del nuevo Gobierno. Si la Asamblea Nacional no elige al nuevo Gobierno dentro de los 30 días siguientes a la aprobación del voto de censura, el Presidente de la República estará obligado a disolver la Asamblea Nacional y a programar elecciones.
Si la Asamblea Nacional aprueba un voto de censura en el miembro del Gobierno, el Presidente de la República estará obligado a iniciar un procedimiento para la elección de un nuevo miembro del Gobierno, de conformidad con la ley.
Si la Asamblea Nacional no aprueba un voto de censura en el Gobierno o en el miembro del Gobierno, los signatarios de la propuesta no podrán presentar una nueva propuesta de voto de censura antes de que expire el plazo de 180 días.
La propuesta de voto de confianza en el Gobierno o en el miembro del Gobierno será aceptada por la Asamblea Nacional, si más de la mitad del número total de diputados votan a favor de ella.
6. El Gobernador General destituirá al Primer Ministro si la Cámara aprueba una resolución de desconfianza en el Gobierno y el Primer Ministro no dimitirá de su cargo en un plazo de tres días ni aconseja al Gobernador General que disolva el Parlamento.
1. A los efectos de los artículos 142 (Primer Ministro) y 144 (otros ministros), una moción de censura es una moción,
a. que se expresa como una moción de desconfianza en el Primer Ministro, el Ministerio o un Ministro, según sea el caso; y
b. de los cuales, con un mínimo de un mes de antelación, firmada por varios miembros del Parlamento, no inferior a la quinta parte del número total de escaños del Parlamento, se ha dado de conformidad con las órdenes permanentes del Parlamento.
2. Una moción de censura en el Primer Ministro o en el Ministerio-
a. que se trasladen durante los cuatro primeros años de vida del Parlamento no podrán ser admitidos a menos que designe al próximo Primer Ministro; y
b. trasladado dentro de los 12 meses anteriores al quinto aniversario de la fecha fijada para la devolución de los cargos en las elecciones generales anteriores, no se permitirá si nombra al próximo Primer Ministro.
3. Una moción de desconfianza en el Primer Ministro o el Ministerio presentada de conformidad con el apartado a) del párrafo 2) no podrá modificarse con respecto al nombre de la persona designada como Primer Ministro siguiente, salvo sustituyendo el nombre de otra persona.
4. No se podrá presentar una moción de desconfianza en el Primer Ministro o en el Ministerio durante el período de dieciocho meses contados a partir de la fecha del nombramiento del Primer Ministro.
El Gobierno y cada uno de sus miembros rinden cuentas ante la Asamblea.
La Asamblea podrá emitir un voto de censura en el Gobierno.
El voto de censura en el Gobierno puede ser iniciado por un mínimo de 20 representantes. El voto de censura en el Gobierno se realiza después de que hayan transcurrido tres días desde el día de su propuesta. No podrá proponerse otro voto de censura en el Gobierno antes de que hayan transcurrido 90 días desde la última votación, a menos que sea propuesto por la mayoría de todos los Representantes. El voto de censura en el Gobierno se aprueba por mayoría de votos de todos los Representantes. Si se aprueba un voto de censura en el Gobierno, el Gobierno está obligado a presentar su dimisión.
Siempre que no se presente una moción de censura hasta los dos primeros años de nombramiento del Primer Ministro y si fracasa una moción de censura, no podrá presentarse otra moción en el plazo de un año a partir de su fracaso.
Si el Gobierno adquiere confianza, los signatarios de la propuesta no presentarán una nueva propuesta de voto de censura antes de que expire el plazo de 90 días.
El voto de censura o la aprobación de una moción de censura da lugar a la renuncia inmediata del Gobierno. Estos [tal voto o moción] sólo pueden obtenerse [con] la mayoría de los diputados que componen la Asamblea Nacional, [y] sólo se contabilizan los votos de censura o los votos favorables a la moción de censura.
El Gobierno dimitido sigue gestionando los asuntos actuales hasta que el Presidente de la República designe un nuevo Primer Ministro y un nuevo Gobierno por parte del Presidente de la República.
Si se rechaza una moción de censura, sus signatarios no podrán proponer una nueva durante el mismo período de sesiones, salvo en el caso especificado en el párrafo siguiente.
El Primer Ministro, tras deliberar por el Consejo de Ministros, asume la responsabilidad del Gobierno ante la Asamblea Nacional en la votación de un texto. En este caso, se considerará aprobado este texto, salvo si se vota una moción de censura, depositada en las veinticuatro horas siguientes, en las condiciones especificadas en el párrafo primero del presente artículo.
El Primer Ministro tiene la facultad de exigir al Senado la aprobación de una declaración de política general.
Si, en un intervalo de menos de treinta y seis (36) meses, han intervenido dos cambios de gobierno tras un voto de censura o de censura, el Presidente de la República, previa opinión del Presidente de la Asamblea Nacional, podrá pronunciar su disolución.
En este caso, se procederá a nuevas elecciones en un período de tiempo de cuarenta (40) días como máximo. La nueva Asamblea Nacional se reúne de simple derecha tres (3) semanas después de su elección.
El Primer Ministro, tras las deliberaciones del Consejo de Ministros, prometerá ante la Asamblea la responsabilidad del Gobierno con respecto a su programa o, en última instancia, con respecto a una declaración de política general.
La Asamblea Nacional cuestionará la responsabilidad del Gobierno mediante la votación de una moción de censura. Dicha moción sólo será admisible si está firmada por los miembros de la Asamblea Nacional. La votación sólo podrá tener lugar cuarenta y ocho horas después de su presentación. Los únicos votos escrutados serán los favorables a la moción de censura que sólo podrá ser aprobada por mayoría de dos tercios de los miembros que componen la Asamblea. Si se rechaza la moción de censura, los signatarios no podrán proponer otra durante el mismo período de sesiones.
Tras deliberar por el Consejo de Ministros, el Primer Ministro podrá comprometer la responsabilidad del Gobierno ante la Asamblea Nacional sobre la votación de un texto. En este caso, el texto se considerará aprobado, a menos que se apruebe una moción de censura presentada en las veinticuatro horas siguientes.
4. Si el Parlamento no aprueba un voto de censura en el Gobierno, será inadmisible que los mismos diputados propongan un voto de censura en los próximos seis meses.
La Asamblea Nacional puede poner en tela de juicio la dirección del Gobierno mediante votación a favor de una moción de censura. Esa moción será inadmisible si no recibe firmas de al menos una cuarta parte de los miembros de la Asamblea Nacional.
La votación de una moción de censura no podrá tener lugar antes de tres (3) días después de su presentación. La moción de censura no puede ser votada sin una mayoría absoluta de votos de los miembros de la Asamblea Nacional.
Si se rechaza la moción de censura, sus signatarios no podrán proponer otra moción en el mismo período de sesiones, salvo en la hipótesis prevista en el artículo 65 infra.
Cuando la Asamblea Nacional apruebe una moción de censura o rechace su confianza ante el Primer Ministro, el Primer Ministro debe presentar inmediatamente su dimisión al Presidente de la República.
La renuncia del Primer Ministro implica también la renuncia colectiva del Gobierno.
Se nombrará a un nuevo Primer Ministro de conformidad con las condiciones previstas en el artículo 15.
5. Si una moción de censura falla contra el Primer Ministro en ejercicio, no hay meses.
7. A los efectos de la presente sección -
a. el voto de censura en el Gabinete, el Primer Ministro o el Ministro no se moverá más de una vez en una sesión;
Si el Parlamento croata rechaza la propuesta de voto de censura, los representantes que la hayan presentado no podrán volver a presentar la misma propuesta antes de que expire el plazo de seis meses.
Si se rechaza la moción de censura, sus signatarios no podrán presentar otra en el curso del mismo período de sesiones.
En caso de rechazo de la moción de censura, los firmantes no podrán depositar una nueva antes del plazo de un año, salvo en el caso especificado en el apartado 3 supra.
4. Si no se aprueba la moción, sus signatarios no podrán presentar otra moción para las próximas cuatro sesiones legislativas.
3. La Asamblea Nacional puede cuestionar la responsabilidad del Gobierno mediante una moción de censura. Esa moción sólo podrá ser admisible cuando esté firmada por al menos un tercio de los miembros de la Asamblea Nacional. La votación tendrá lugar al menos 48 (cuarenta y ocho) horas después de la presentación de la moción. La moción de censura será aprobada por mayoría de dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional. Sólo se contarán los votos a favor de una moción de censura.
Cuando se rechace una moción de censura, sus signatarios no podrán proponer una nueva moción antes de un período de un año, salvo en los casos previstos en el párrafo 4) infra.
La Asamblea Nacional puede presentar una moción de censura con respecto al Gobierno.
La moción de censura está firmada por al menos un tercio de los diputados. Para ser aprobada, debe ser votada por mayoría absoluta de los miembros que componen la Asamblea.
En caso de rechazo de la moción de censura, sus signatarios no podrán presentar otra antes del plazo de un año.
3. En caso de que la Asamblea Nacional rechace un voto de censura en el Consejo de Ministros, la siguiente moción de censura por los mismos motivos no se formulará en el plazo de seis meses.