Restricciones para ser ministro de defensa

Requisitos con los que un individuo debe cumplir para ser ministro de defensa. Particularmente en lo que se refiere a si se requiere que el ministro sea o, por el contrario, se le prohíba ser, miembro de las fuerzas armadas.

Bolivia 2009

II. Para desempeñar los cargos de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Jefe del Estado Mayor General, Comandantes y Jefes de Estado Mayor del Ejército, Fuerza Aérea, Armada Boliviana y de grandes unidades, será indispensable ser boliviana o boliviano por nacimiento y reunir los requisitos que señale la ley. Iguales condiciones serán necesarias para ser Viceministra o Viceministro del Ministerio de Defensa.


Brasil 1988

§3°. Los siguientes puestos se limitan a los brasileños nacidos en el país:

VII. el Ministro de Defensa.


Honduras 1982

Artículo 279

El secretario (a) de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, será el ciudadano(a) que reúna los requisitos que señala esta Constitución y demás Leyes; el Jefe de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, será un oficial general o superior, con el grado de coronel de las armas o su equivalente, en servicio activo, con méritos y liderazgo; hondureño por nacimiento y deberá reunir los requisitos que determine la Ley. No podrá ser Jefe del Estado Mayor Conjunto, ningún pariente del Presidente de la República o de sus sustitutos legales, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.


Ecuador 2008

No podrán ser ministras o ministros de Estado:

3. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.


Etiopía 1994

2. El Ministro de Defensa será civil.