Proyectos legislativos presupuestarios

Procesos legislativos especiales para aprobar proyectos de ley presupuestarios, los que pueden incluir restricciones a la propuesta, aprobación o enmienda. Por proyectos de ley presupuestarios nos referimos a la legislación que establece los ingresos y gastos durante un periodo de tiempo, generalmente en años.

Suecia 1974

Art 1

El Riksdag determina los impuestos y cargos adeudados al Estado, y aprueba el presupuesto nacional.

Art 2

El Gobierno presenta un proyecto de ley presupuestario al Riksdag.

Art. 3

El Riksdag aprueba un presupuesto nacional para el ejercicio presupuestario siguiente o, si razones especiales lo justifican, para algún otro ejercicio presupuestario. A este respecto, el Riksdag determina las previsiones de ingresos y créditos del Estado para fines específicos.

El Riksdag podrá decidir que se asigne un crédito concreto para un período distinto del ejercicio presupuestario. El Riksdag podrá decidir que los ingresos del Estado puedan utilizarse para fines específicos por medios distintos de una decisión relativa a un crédito.

Art 4

Durante el ejercicio presupuestario, el Riksdag podrá decidir revisar sus previsiones de ingresos estatales, modificar los créditos ya aprobados o aprobar nuevos créditos.

Art. 5

Si el presupuesto nacional no se aprueba antes del inicio del ejercicio presupuestario, el Riksdag consignará los créditos necesarios para cubrir el período hasta que se apruebe un presupuesto. El Riksdag podrá autorizar al Comité de Finanzas a tomar tal decisión en nombre del Riksdag.

Si, en virtud del apartado 1, el Riksdag no ha aprobado créditos para un fin específico, se aplicará el presupuesto nacional más reciente, con modificaciones coherentes con otras decisiones adoptadas por el Riksdag, hasta que se hayan aprobado dichos créditos.

Parte 2. El proyecto de ley de presupuesto

Art 2

El ejercicio presupuestario comienza el 1 de enero. Antes de esa fecha, el Gobierno presentará un proyecto de ley con propuestas de ingresos y gastos del Estado para el ejercicio presupuestario (el proyecto de presupuesto).

El proyecto de ley contendrá una declaración presupuestaria y una propuesta presupuestaria. Si el Riksdag ha aprobado la asignación de los gastos del Estado a las zonas de gasto con arreglo a las normas establecidas en el artículo 12 del capítulo 5, el proyecto de presupuesto incluirá una asignación de créditos en función de esas esferas de gasto.

Un proyecto de ley relativo a los ingresos o gastos del Estado para el próximo ejercicio presupuestario sólo podrá presentarse con posterioridad al proyecto de ley presupuestario si el Gobierno considera que existen motivos excepcionales de política económica para esa medida.

Un proyecto de ley que contenga propuestas para una consignación nueva o aumentada significativamente, o directrices previstas en el artículo 6 del Capítulo 9 del Instrumento de Gobierno para las actividades del Estado que abarque un período superior al que se refiera la consignación para la actividad, deberá contener una estimación de los costos futuros relacionados con con la actividad a la que se refiere la propuesta. Si una propuesta relativa a una consignación se basa en un plan que abarque un período superior al período para el que la consignación se ha calculado en el proyecto de ley, debe describirse el plan.

Disposición suplementaria 3.2.1

El proyecto de ley presupuestario se presentará a más tardar el 20 de septiembre en los años en que no haya elección para el Riksdag en septiembre. En los demás casos, el proyecto de ley presupuestario se presentará a más tardar una semana después de la apertura del período de sesiones del Riksdag. Si esto es imposible debido a un cambio de gobierno, el proyecto de ley presupuestario se presentará en un plazo de diez días a partir de la fecha en que asuma el cargo un nuevo gobierno, pero a más tardar el 15 de noviembre.

Disposición suplementaria 3.2.2

El Gobierno presentará un proyecto de ley a más tardar el 15 de abril de cada año en el que se expongan propuestas de directrices para la futura política económica y presupuestaria (el proyecto de ley de política fiscal de primavera).

Disposición complementaria 3.2.3

En la Ley del presupuesto nacional (SFS 1996:1059) se establecen otras normas relativas al proceso presupuestario.

El Comité de Finanzas preparará las cuestiones relativas a:

1. orientaciones generales para la política económica y la determinación del presupuesto nacional, y

El Comité examinará asimismo las previsiones de ingresos del Estado y coordinará el presupuesto nacional.

Las cuestiones relativas al presupuesto nacional para el siguiente ejercicio presupuestario se resolverán antes del comienzo del ejercicio presupuestario, si no puede aplazarse la liquidación sin perjuicio de la aprobación del presupuesto nacional.

Art 12

El Riksdag puede decidir, en un acto de ley, asignar los gastos del Estado a las esferas de gasto.

Si el Riksdag ha adoptado una decisión en virtud del apartado 1, fijará para el siguiente ejercicio presupuestario, mediante una sola decisión, un límite de gastos para cada zona de gasto, indicando la cifra más elevada a la que puede importarse la suma total de los gastos comprendidos en la zona de gastos, y un estimación de los ingresos del Estado con cargo al presupuesto nacional.

Las decisiones relativas a los créditos u otros gastos del ejercicio presupuestario nacional no podrán adoptarse antes de que se haya adoptado una decisión en virtud del apartado 2. Los créditos u otros gastos del presupuesto nacional se determinarán para cada zona de gasto mediante una única decisión.

Las decisiones relativas a los créditos del ejercicio presupuestario en curso que afecten a los límites de gastos no podrán adoptarse antes de que se haya adoptado una decisión por la que se apruebe el ajuste de los límites de gastos.

Disposición complementaria 5.12.1

Los gastos del Estado se referirán a las siguientes esferas de gasto: 1 Gobernanza; 2 Economía y administración financiera; 3 Impuestos, aduanas y ejecución; 4 Justicia; 5 Cooperación internacional; 6 Medidas de defensa y de contingencia; 7 Cooperación internacional para el desarrollo; 8 Migración; 9 Salud y medicina atención y servicios sociales 10; seguridad financiera para enfermos y discapacitados 11; seguridad financiera para las personas de edad 12; seguridad financiera para familias y niños 13; Integración e igualdad de género; 14 Mercado de trabajo y vida laboral; 15 Apoyo financiero a los estudiantes; 16 Educación e investigación académica; 17 Cultura, medios de comunicación, comunidades religiosas, esparcimiento 18; Planificación comunitaria, vivienda, construcción y política del consumidor; 19 Desarrollo regional; 20 Protección general del medio ambiente y conservación de la naturaleza; 21 Energía; 22 Transporte y comunicaciones; 23 Ciencias agrícolas, zonas rurales y alimentación; 24 Industria y comercio 25, subvenciones generales a las administraciones locales 26, intereses sobre la deuda de la administración central, etc., y 27 Contribución a la Unión Europea.

Las decisiones relativas a los propósitos y actividades que deben incluirse en una esfera de gastos se adoptan conjuntamente con las decisiones relativas al proyecto de ley de política fiscal de primavera.


Alemania 1949

3. Los presupuestos de la Federación y de los Länder deben ser equilibrados, en principio, sin ingresos provenientes de créditos. La Federación y los Länder pueden prever regulaciones para la toma en consideración, de forma simétrica en expansión y recesión, de los efectos de un desarrollo coyuntural divergente de la situación normal, así como una regulación de excepción para casos de catástrofes naturales o de situaciones extraordinarias de emergencia, que se sustraen al control del Estado y que graven considerablemente la situación financiera estatal. Para la regulación de excepción debe preverse una regulación correspondiente de amortización. El desarrollo se regula para el presupuesto de la federación en el Artículo 115 con la reserva que la frase 1 sólo se cumple si los ingresos provemientos de créditos no superan 0,35 por ciento en proporción al producto interior bruto nominal. El desarrollo para los presupuestos de los Länder regularán éstos en el marco de sus competencias jurídico constitucionales con la reserva que la frase 1 sólo se cumple si no se admiten ingresos provenientes de créditos.

1. Todos los ingresos y gastos de la Federación deberán figurar en el presupuesto; en el caso de las empresas federales y de los patrimonios especiales no necesitarán figurar más que las entradas o las entregas. El presupuesto federal deberá ser equilibrado en sus ingresos y gastos.

3. El proyecto de la ley de presupuesto mencionado en el apartado (2), primera frase, así como los proyectos de enmienda de la ley de presupuesto y del plan presupuestario serán presentados al Bundestag al mismo tiempo que sean enviados al Bundesrat. El Bundesrat podrá dictaminar sobre el proyecto en un plazo de seis semanas y en el caso de los proyectos de enmienda, en un plazo de tres semanas.

1. Cuando al término de un ejercicio el presupuesto para el siguiente año no hubiese sido fijado por ley, el Gobierno Federal estará facultado para efectuar hasta su entrada en vigor todos los gastos necesarios para:

a. mantener las instituciones legalmente existentes y ejecutar las medidas dispuestas por ley;

b. cumplir las obligaciones de la Federación jurídicamente fundadas;

c. continuar los trabajos de construcción, las adquisiciones y demás prestaciones o seguir concediendo subvenciones para estos fines siempre que por el plan presupuestario de un ejercicio anterior ya se hayan aprobado los fondos.

1. Requieren la aprobación del Gobierno Federal las leyes que aumenten los gastos presupuestarios propuestos por el Gobierno Federal o que impliquen nuevos gastos o los involucren para el futuro. Lo mismo regirá respecto a las leyes que impliquen disminuciones de los ingresos o que las involucren para el futuro. El Gobierno Federal podrá exigir que el Bundestag postergue su decisión sobre tales leyes. En este caso, el Gobierno Federal deberá hacer llegar al Bundestag un dictamen en el plazo de seis semanas.

2. Ingresos y gastos tienen que equilibrarse, en principio, sin ingresos provenientes de créditos. Se cumple este principio, si los ingresos provenientes de créditos no superan 0,35 por ciento en proporción al producto interior bruto nominal. Además deben tomarse en cuenta en caso de un desarrollo coyuntural divergente de la situación normal, en forma simétrica en expansión y recensión, los efectos sobre el presupuesto. La toma de créditos de hecho que diverge del máximo crédito permitido según las frases 1 a 3, será incluido en una cuenta de control; cargas que superan el umbral de 1,5 por ciento en proporción al producto interior bruto nominal tienen que ser reconducidos de acuerdo con la coyuntura. La regulación se hará por ley federal, especialmente el saneamiento de ingresos y gastos para las transacciones financieras y el procedimiento para el cálculo del límite máximo de la toma neta de crédito anual, tomando en cuenta el desarrollo coyuntural en base a un procedimiento de saneamiento coyuntural, así como el control y el equilibrio de tomas de crédito de hecho que divergen del límite regular. En caso de catástrofes naturales o de situaciones extraordinarias de emergencia, que se sustraen al control del Estado y que gravan considerablemente la situación financiera estatal, pueden superarse el límite máximo de crédito en base a una resolución de una mayoría de los miembros del Bundestag. La resolución debe vincularse con un plan de amortización. La reconducción de los créditos tomados según la frase 6 tiene que hacerse dentro de un plazo adecuado.

Artículo 143d. Preceptos transitorios en el marco de las ayudas de consolidación

1. Los Artículos 109 y 115 en la versión vigente hasta el 31 de julio de 2009 se aplican por última vez al año presupuestario de 2010. Los Artículos 109 y 115 en la versión vigente a partir del 1 de agosto de 2009 se aplican por primera vez al año presupuestario de 2011; las autorizaciones de crédito existentes al 31 de diciembre de 2010, para patrimonios especiales ya establecidos, permanecen intangibles. Los Länder están autorizados a divergir de los supuestos del Artículo 109, apartado (3), en conformidad con las regulaciones del Derecho vigente de los Länder, en el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019. Los presupuestos de los Länder deben constituirse de tal manera que se cumpla el supuesto del Artículo 109, apartado (3), frase 5, en el año presupuestario 2020. La Federación puede divergir del supuesto del Artículo 115, apartado (2), frase 2, en el período del 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2015. Debe comenzarse con la reducción del déficit existente en el año presupuestario de 2011. Los presupuestos anuales tienen que ser constituidos de tal manera que se cumpla el supuesto del Artículo 115, apartado (2), frase 2, en el año presupuestario de 2016; la regulación se hará por una ley federal.

2. A partir del 1 de enero de 2020 pueden otorgarse a los Länder Berlín, Bremen, Saarland, Sachsen-Anhalt y Schleswig-Holstein, para el periodo de 2011 hasta 2019, ayudas de consolidación del presupuesto de la Federación por un montante anual de en total 800 millones de euros, como ayuda para el cumplimiento de los supuestos del Artículo 109, apartado (3). De ello corresponden a Bremen 300 millones de euros, a Saarland 260 millones de euros y a Berlín, Sachsen-Anhalt y Schleswig-Holstein 80 millones de euros respectivamente. Las ayudas se prestarán en base a un acuerdo administrativo conforme a una ley federal con aprobación del Bundesrat. El otorgamiento de las ayudas presupone una reducción completa del déficit financiero hasta el final del año 2020. La regulación se hará a través de una ley federal con aprobación del Bundesrat y de un acuerdo administrativo, especialmente los pasos anuales de reducción de los déficits financieros, la supervisión de la reducción del déficit financiero por el Consejo de Estabilidad así como las consecuencias en caso del incumplimiento de los pasos de reducción. Se excluye el otorgamiento simultáneo de las ayudas de consolidación y ayudas de saneamiento a causa de una situación extrema de crisis presupuestaria.

3. La carga financiera resultante del otorgamiento de las ayudas de consolidación será asumida a medias por la Federación y los Länder, por estos últimos de su participación en el impuesto sobre el volumen de negocios. La regulación se hará por una ley federal con aprobación del Bundesrat.


Argentina 1853

Las leyes pueden tener principio en cualquiera de las Cámaras del Congreso, por proyectos presentados por sus miembros o por el Poder Ejecutivo, salvo las excepciones que establece esta Constitución.

Artículo 78

Aprobado un proyecto de ley por la Cámara de su origen, pasa para su discusión a la otra Cámara. Aprobado por ambas, pasa al Poder Ejecutivo de la Nación para su examen; y si también obtiene su aprobación, lo promulga como ley.

Al jefe de gabinete de ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, le corresponde:

6. Enviar al Congreso los proyectos de ley de Ministerios y de Presupuesto nacional, previo tratamiento en acuerdo de gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo.


Bolivia 2009

I. Son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, además de las que determina esta Constitución y la ley:

11. Aprobar el Presupuesto General del Estado presentado por el Órgano Ejecutivo. Recibido el proyecto de ley, éste deberá ser considerado en la Asamblea Legislativa Plurinacional dentro del término de sesenta días. En caso de no ser aprobado en este plazo, el proyecto se dará por aprobado.

Son atribuciones de la Presidenta o del Presidente del Estado, además de las que establece esta Constitución y la ley:

11. Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional, dentro de las treinta primeras sesiones, el proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado para la siguiente gestión fiscal y proponer, durante su vigencia, las modificaciones que estime necesarias. El informe de los gastos públicos conforme al presupuesto se presentará anualmente.

III. El Órgano Ejecutivo presentará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, al menos dos meses antes de la finalización de cada año fiscal, el proyecto de ley del Presupuesto General para la siguiente gestión anual, que incluirá a todas las entidades del sector público.


Colombia 1991

Corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso:

4. Enviar a la Cámara de Representantes el proyecto de presupuesto de rentas y gastos.

Artículo 346

El Gobierno formulará anualmente el presupuesto de rentas y ley de apropiaciones, que será presentado al Congreso dentro de los primeros diez días de cada legislatura.

El presupuesto de rentas y ley de apropiaciones deberá elaborarse, presentarse y aprobarse dentro de un marco de sostenibilidad fiscal y corresponder al Plan Nacional de Desarrollo.En la Ley de Apropiaciones no podrá incluirse partida alguna que no corresponda a un crédito judicialmente reconocido, o a un gasto decretado conforme a ley anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para atender debidamente el funcionamiento de las ramas del poder público, o al servicio de la deuda, o destinado a dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo.

Las comisiones de asuntos económicos de las dos cámaras deliberarán en forma conjunta para dar primer debate al proyecto de Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones.

Artículo 348

Si el Congreso no expidiere el presupuesto, regirá el presentado por el Gobierno dentro de los términos del artículo precedente: si el presupuesto no hubiere sido presentado dentro de dicho plazo, regirá el del año anterior, pero el Gobierno podrá reducir gastos, y, en consecuencia, suprimir o refundir empleos, cuando así lo aconsejen los cálculos de rentas del nuevo ejercicio.

Artículo 349

Durante los tres primeros meses de cada legislatura, y estrictamente de acuerdo con las reglas de la Ley Orgánica, el Congreso discutirá y expedirá el Presupuesto General de Rentas y Ley de Apropiaciones.

Los cómputos de las rentas, de los recursos del crédito y los provenientes del balance del Tesoro, no podrán aumentarse por el Congreso sino con el concepto previo y favorable suscrito por el ministro del ramo.

Artículo 351

El Congreso no podrá aumentar ninguna de las partidas del presupuesto de gastos propuestas por el Gobierno, ni incluir una nueva, sino con la aceptación escrita del ministro del ramo.

El Congreso podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Gobierno, con excepción de las que se necesitan para el servicio de la deuda pública, las demás obligaciones contractuales del Estado, la atención completa de los servicios ordinarios de la administración y las inversiones autorizadas en los planes y programas a que se refiere el artículo 341.

Si se elevare el cálculo de las rentas, o si se eliminaren o disminuyeren algunas de las partidas del proyecto respectivo, las sumas así disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos autorizados conforme a lo prescrito en el inciso final del artículo 349 de la Constitución.


India 1949

109. Procedimiento especial con respecto a las facturas de dinero

1. No se presentará un proyecto de ley monetario en el Consejo de Estados.

2. Después de que la Cámara del Pueblo haya aprobado un proyecto de ley monetario, éste será transmitido al Consejo de Estados para que formule sus recomendaciones y el Consejo de Estados, dentro de un plazo de catorce días contados a partir de la fecha de recepción del proyecto de ley, devolverá el proyecto de ley a la Cámara del Pueblo con sus recomendaciones y la Cámara del Pueblo podrá aceptar o rechazar todas o cualquiera de las recomendaciones del Consejo de Estados.

3. Si la Cámara del Pueblo acepta alguna de las recomendaciones del Consejo de Estados, se considerará que el proyecto de ley monetario ha sido aprobado por ambas Cámaras con las enmiendas recomendadas por el Consejo de Estados y aceptadas por la Cámara del Pueblo.

4. Si la Cámara del Pueblo no acepta ninguna de las recomendaciones del Consejo de Estados, se considerará que el proyecto de ley monetario ha sido aprobado por ambas Cámaras en la forma en que fue aprobado por la Cámara del Pueblo sin ninguna de las enmiendas recomendadas por el Consejo de Estados.

5. Si un proyecto de ley monetario aprobado por la Cámara del Pueblo y transmitido al Consejo de Estados para que formule sus recomendaciones no se devuelve a la Cámara del Pueblo en el plazo mencionado de catorce días, se considerará que ha sido aprobado por ambas Cámaras al expirar dicho plazo, en la forma en que se haya aprobado. fue pasado por la Casa del Pueblo.

112. Estado financiero anual

1. Con respecto a cada ejercicio económico, el Presidente hará que se presente ante las dos Cámaras del Parlamento una declaración de los ingresos y gastos estimados del Gobierno de la India para ese año, en la presente parte denominada «estado financiero anual».

2. Las estimaciones de gastos recogidas en el estado financiero anual deberán consignarse por separado:

a. las sumas necesarias para sufragar los gastos descritos en la presente Constitución como gastos imputados al Fondo Consolidado de la India, y

b. las sumas necesarias para sufragar otros gastos propuestos con cargo al Fondo Consolidado de la India,

y distinguirá los gastos en cuenta de ingresos de los demás gastos.

3. Los siguientes gastos serán los que se imputarán al Fondo Consolidado de la India-

a. los emolumentos y prestaciones del Presidente y otros gastos relacionados con su cargo;

b. los sueldos y prestaciones del Presidente y del Vicepresidente del Consejo de Estados y del Presidente y del Vicepresidente de la Cámara del Pueblo;

c. los gastos de deuda de los que es responsable el Gobierno de la India, incluidos los intereses, los gastos por fondos de hundimiento y los gastos de amortización, y otros gastos relacionados con la obtención de préstamos y el servicio y amortización de la deuda;

i. los sueldos, subsidios y pensiones pagaderos a los jueces de la Corte Suprema o respecto de ellos:

ii. las pensiones pagaderas a los jueces del Tribunal Federal o respecto de éstos;

iii. las pensiones pagaderas a los jueces de cualquier Tribunal Superior que ejerza jurisdicción en relación con cualquier zona incluida en el territorio de la India o que en cualquier momento antes de la entrada en vigor de la presente Constitución ejerciera jurisdicción en relación con cualquier zona incluida en una provincia del Gobernador de la Dominio de la India;

e. el sueldo, las prestaciones y las pensiones pagaderas al Contralor y Auditor General de la India o en relación con él;

f. las sumas necesarias para satisfacer cualquier fallo, decreto o laudo de cualquier tribunal judicial o arbitral;

g. cualquier otro gasto declarado por la presente Constitución o por el Parlamento por ley.


México 1917

Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

IV. Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo. Asimismo, podrá autorizar en dicho Presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determinen conforme a lo dispuesto en la ley reglamentaria; las erogaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes Presupuestos de Egresos.

El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, debiendo comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre.

Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, el Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre.

No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias, con ese carácter, en el mismo presupuesto; las que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del Presidente de la República.

Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven;


Brasil 1988

§1°. El Presidente de la República debe tener poder exclusivo para inicial las siguientes leyes:

II. leyes que lidien con:

  1. a. la creación de cargos, funciones o empleos públicos en la administración directa y autarquías, o en el aumento de su remuneración;
  2. b. la organización administrativa y judicial, en materia tributaria y presupuestaria, servicios públicos y el personal administrativo de los Territorios;
  3. c. los servidores públicos de la Unión y de los Territorios, su régimen legal, la disposición de cargos, estabilidad y jubilación;
  4. d. la organización del Ministerio Público y de la oficina de Defensa Pública de la Unión, así como sobre reglas generales para la organización del Ministerio Público y de la oficia de Defensa Pública de los Estados y del Distrito Federal, y de los Territorios;
  5. e. la creación y abolición de Ministerios y agencias de administración pública, observando las provisiones del artículo 84, VI;
  6. f. la milicia de las fuerzas armadas, su régimen legal, disposición de cargos, promociones, estabilidad, compensación, reforma y transferencia a reservas.

El Presidente de la República tiene poderes exclusivos para:

XXIII. enviar al Congreso Nacional el plan multi-anual, el proyecto de directrices presupuestarias y las propuestas de presupuesto provistas en esta Constitución;

Art 166

Los proyectos de ley relativos al plan multi-anual, las directrices presupuestarias, los presupuestos anuales y los créditos adicionales serán examinados por ambas cámaras del Congreso Nacional de conformidad con sus normas internas comunes.

§1°. Un Comité Mixto Permanente de Senadores y Diputados será responsable de:

I. examinar y emitir su dictamen sobre los proyectos de ley a que se refiere este artículo y sobre las cuentas anuales presentadas por el Presidente de la República;

II. examinar y emitir su dictamen sobre los planes y programas nacionales, regionales y sectoriales previstos en la presente Constitución, y vigilar y supervisar el presupuesto, sin perjuicio de la actividad de las demás comisiones del Congreso Nacional y de sus Cámaras, Conformidad con el art. 58.

§2°. Las enmiendas se someterán a la Comisión Mixta, que emitirá su dictamen sobre ellas y será examinada, de conformidad con las normas internas, por el Pleno de las dos Cámaras del Congreso Nacional.

§3°. Las enmiendas al proyecto de presupuesto anual oa las leyes que lo modifiquen sólo podrán aprobarse si:

I. son compatibles con el plan multi-anual y con la ley de las directivas presupuestarias;

II. especifiquen los fondos necesarios, los cuales sólo pueden deberse a la eliminación de los gastos, excluyendo los que se refieren a:

  1. A. los créditos para personal y sus costos indirectos;
  2. B. el servicio de la deuda;
  3. C. transferencias tributarias constitucionales a los Estados, Condados y Distrito Federal; o

III. están relacionados:

  1. A. a la corrección de errores u omisiones; o
  2. B. a las disposiciones del texto del proyecto de ley.

§4°. Las enmiendas al proyecto de ley sobre las directivas presupuestarias no podrán aprobarse si son incompatibles con el plan multi-anual.

§5°. El Presidente de la República podrá enviar un mensaje al Congreso Nacional en el que se proponga la modificación de los proyectos de ley a que se refiere este artículo, siempre que el Comité Mixto no haya comenzado a votar la parte por la que se proponga un cambio.

§6°. Los proyectos de ley sobre el plan multi-anual, las directrices presupuestarias y el presupuesto anual serán presentados por el Presidente de la República al Congreso Nacional de conformidad con la ley complementaria a que se refiere el art. 165, §9°.

§7°. En la medida en que no entren en conflicto con las disposiciones de esta sección, las demás normas sobre procedimiento legislativo se aplican a los proyectos de ley mencionados en este artículo.

§8°. Los fondos que, como consecuencia de un veto, modificación o rechazo de la propuesta presupuestaria anual, no tengan gastos correspondientes, podrán utilizarse, en su caso, mediante créditos especiales o suplementarios, con autorización legislativa previa y específica.

§9°. Enmiendas individuales al proyecto de ley de presupuesto será aprobado con un límite del 1,2% (uno y dos décimos por ciento) de los ingresos netos corrientes proyectados en el proyecto enviado por el Ejecutivo, pero la mitad de este límite porcentual será destinado a acciones y servicios de salud pública.

§10°. Ejecución de la cantidad destinada a acciones y servicios de salud pública provistos en el § 9o, incluidos los costos, se computarán para el cumplimiento del inciso I del §2° del art. 198, que prohíbe el uso para el pago de personal o cargos sociales.

§11°. Ejecución de la programación presupuestaria y financiera que se refiere el § 9o del presente artículo es obligatorio, correspondiente al 1,2% (uno y dos décimos por ciento) de la red de los ingresos corrientes recaudados en el período anterior, de con los criterios para la ejecución equitativa de la programación definida en la ley complementaria prevista en el §9 o del art. 165.

§12°. Ejecución de la programación presupuestaria prevista en el §9° del presente artículo no será obligatorio en los impedimentos de orden técnico.

§13°. Cuando la transferencia obligatoria de la Unión para su ejecución de la programación prevista en §11° de este artículo es destinada a los Estados, Distrito Federal y Condados, la transferencia será independiente del desempeño por parte de la entidad federativa y no formarán parte de la base para cálculo de los ingresos corrientes netos para la aplicación de los límites sobre los gastos de personal tratados en el párrafo inicial del art. 169.

§14°. En caso de impedimento técnico para la asignación de gastos que componen la programación, en la forma de §11 del artículo, se adoptarán las siguientes medidas:

I. dentro de 120 (ciento veinte días) después de la publicación De la Ley de Presupuesto, el Poder Ejecutivo, Legislativo, Poder Judicial, Ministerio Público y Defensoría Pública Remitirá a la Legislatura las justificaciones para la impedimento;

II. dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la terminación del período provisto en el inciso I, la Asamblea Legislativa indica al Poder Ejecutivo la reorganización de la programación cuyo impedimento no puede ser superado;

III. para el 30 de septiembre o dentro de los 30 (treinta) días, tras la terminación del período previsto en el párrafo III, el Ejecutivo enviará un borrador de una ley sobre el re-manejo de la programación cuyo impedimento no puede ser superado;

IV. si, para el 20 de noviembre o dentro de los 30 (treinta) días después del final del período previsto en el en el inciso III, el Congreso Nacional no considere el proyecto de ley, una nueva manipulación será implementada por la Ley Ejecutiva, de acuerdo con los términos provistos para la ley de presupuesto.

§15°. Después del período previsto en el inciso IV del §14°, la ejecución de la programación presupuestaria prevista en § 11° no son obligatorias en los casos de impedimentos justificados en la notificación prevista en el inciso I del §14°.

§16°. Lo que queda por pagar se considerará para efectos de la ejecución financiera provistos en §11, hasta un límite del 0,6% (seis décimas del uno por ciento) de los ingresos netos corrientes realizados en el ejercicio fiscal anterior.

§17°. Si se verifica que la reestimación de los ingresos y gastos puede dar lugar al incumplimiento de la meta fiscal establecida en el Derecho de las directivas presupuestarias, el importe previsto en el §11° de este artículo podrá reducirse hasta la misma la limitación del total de los gastos discrecionales.

§18°. La ejecución de la programación obligatoria se considerará equitativa si se trata de las enmiendas presentadas de manera igualitaria e impersonal, independientemente de la autoría.


Luxemburgo 1868

Puede ser modificada por ley al comienzo de cada reinado. La ley presupuestaria puede asignar cada año a la Casa Soberana las sumas necesarias para cubrir los gastos de representación.

Artículo 104

Cada año la Cámara decreta la ley de cuentas y votará el presupuesto. Todos los ingresos y gastos del Estado deben figurar en el presupuesto y en las cuentas.


Lituania 1992

El Parlamento podrá:

14. aprobar el presupuesto del Estado y supervisar su puesta en práctica;

El Gobierno de la República de Lituania:

4. elaborará el proyecto de presupuesto del Estado y lo someterá al Parlamento; ejecutará el presupuesto del Estado y remitirá un informe sobre la ejecución del presupuesto al Parlamento;

Artículo 130

El Gobierno de la República de Lituania elaborará el proyecto de presupuestos del Estado y lo someterá al Parlamento al menos setenta y cinco días antes del cierre del año presupuestario.

Artículo 131

El proyecto de presupuestos del Estado será tomado en consideración por el Parlamento y será confirmado mediante la aprobación de una ley con anterioridad al comienzo del año presupuestario.

Durante la deliberación del proyecto de presupuestos, el Parlamento puede aumentar el gasto siempre que especifique las fuentes financieras para dicho gasto. Los gastos establecidos por ley no pueden ser reducidos a menos que se haya modificado dicha ley.

Artículo 132

Si el presupuesto del Estado no se aprueba en la fecha prescrita, al principio del año presupuestario, los gastos presupuestados de cada mes no pueden exceder de una doceava parte de los gastos del presupuesto de Estado del año anterior.

Durante el año presupuestario, el Parlamento puede revisar el presupuesto. Será revisado según el mismo procedimiento por el que es elaborado, tomado en consideración y aprobado. Si fuera necesario, el Parlamento puede aprobar un presupuesto adicional.


Kenia 2010

1. Los presupuestos de los gobiernos nacional y condal contendrán:

a. estimaciones de los ingresos y los gastos, diferenciando entre gastos recurrentes y gastos para desarrollo;

b. propuestas para la financiación de cualquier déficit anticipado para el periodo en el que apliquen, y

c. propuestas relativas a préstamos y otras formas de endeudamiento público que aumenten la deuda pública en el año siguiente.

2. La legislación nacional regulará:

a. la estructura de los planes de desarrollo y presupuestos de los condados;

b. el momento en que los planes y los presupuestos de los países deberán ser incluidos en el orden del día de las asambleas condales, y

c. la forma en la que se celebrarán las consultas entre el gobierno nacional y los gobiernos condales para la preparación de los planes y presupuestos.

221. Proyecto de ley de estimaciones presupuestarias y asignaciones presupuestarias anuales

1. Por lo menos dos meses antes del final de cada año fiscal, el ministro responsable de las finanzas entregará a la Asamblea Nacional las estimaciones presupuestarias de ingresos y gastos del Gobierno nacional para el siguiente año fiscal, con el fin de que sean incluidos en el orden del día de la Asamblea Nacional.

2. Las estimaciones presupuestarias mencionadas en el apartado 1

a. deberán incluir estimaciones del gasto del Fondo de Compensación, y

b. presentarse en la forma y siguiendo el procedimiento establecidos en una ley del Parlamento

3. La Asamblea Nacional examinará las estimaciones presupuestarias del apartado 1, junto con las estimaciones presentadas por la Comisión de Servicios Parlamentarios y el secretario del Poder Judicial conforme a los artículos 127 y 173 respectivamente.

4. Antes de que la Asamblea Nacional examine las estimaciones de ingresos y gastos, un comité de la Asamblea discutirá y estudiará las estimaciones, y le presentará recomendaciones a la Asamblea.

5. En la discusión y la revisión de las estimaciones presupuestarias, la comisión solicitará propuestas del público y esas recomendaciones serán tenidas en cuenta cuando la comisión haga sus propias recomendaciones a la Asamblea Nacional.

6. Cuando las estimaciones del gasto del Gobierno nacional, y las estimaciones de gastos del Poder Judicial y del Parlamento, hayan sido aprobadas por la Asamblea Nacional, serán incluidas en el proyecto de ley de asignación de los ingresos, que será presentado a la Asamblea Nacional para que autorice los retiros del Fondo Consolidado necesarios para los gastos y la asignación presupuestal de fondos prevista en el proyecto de ley.

7. El proyecto de ley de asignación de los ingresos mencionado en el apartado 6 no incluirá los gastos cargados al Fondo Consolidado en virtud de esta Constitución o de una ley del Parlamento.

222. Gastos antes de la aprobación del presupuesto anual

1. Si no se ha aprobado el proyecto de ley de asignación de los ingresos, o no es probable que eso ocurra, antes del final del año fiscal, la Asamblea Nacional podrá autorizar retiros del Fondo Consolidado.

2. Los fondos retirados con arreglo al apartado 1

a. tendrán como fin cubrir los gastos necesarios para desempeñar los servicios del Gobierno nacional durante ese año, hasta que el proyecto de ley de asignación de los ingresos se apruebe;

b. no excederán en total la mitad de la cantidad de las estimaciones presupuestarias para ese año que hayan sido incluidas en el orden del día de la Asamblea Nacional, y

c. serán incluidas, con votos separados para los diversos servicios para los cuales se retiraron, en el proyecto de ley de asignación de los ingresos.

224. Proyectos de ley de asignación de los ingresos de los condados

A partir de lo dispuesto en la ley de reparto de los ingresos aprobada por el Parlamento de conformidad con el artículo 218, cada uno de los gobiernos condales preparará y adoptará sus propia ley sobre reparto y asignación anual de los ingresos con la forma, y siguiendo el procedimiento, establecidos en una ley del Parlamento.


Japón 1946

ARTÍCULO 60

El presupuesto debe ser sometido en primera instancia a la Cámara de Representantes.

Luego de considerado el presupuesto, si la Cámara de Consejeros toma una decisión diferente a la Cámara de Representantes y no se llega a un acuerdo aun mediante la reunión de un comité conjunto, según lo establece la ley, o si la Cámara de Consejeros no toma una resolución definitiva dentro de los treinta (30) días de haber recibido el presupuesto, salvo en el periodo de receso, se considerará que lo resuelto por la Cámara de Representantes será la decisión de la Dieta.

El Gabinete además de otras funciones administrativas generales, tendrá a su cargo las siguientes tareas:

Preparar el presupuesto y someterlo a la Dieta.

ARTÍCULO 86

El Gabinete preparará y someterá a la consideración y decisión de la Dieta el presupuesto de cada año fiscal.


Irlanda 1937

4º. El Gobierno preparará el presupuesto de ingresos y el presupuesto de gastos del Estado para cada año fiscal, y los presentará a la Dáil Éireann [Cámara de Representantes] para su consideración.


Irak 2005

Artículo 57

El mandato anual de la Asamblea consta de dos sesiones legislativas cuya duración es de ocho meses. Una ordenanza definirá las condiciones de su celebración. La sesión durante la cual se tratan los prosupuestos generales no terminará hasta éstas se aprueben.

Artículo 62

Primero

El consejo de ministros somete el proyecto de la ley de los presupuestos generales y la cuenta final a la Asamblea para su aprobación.

Segundo

Es competencia de la Asamblea realizar las transferencias entre las secciones y los capítulos de los presupuestos generales y reducir el total de sus sumas y en caso de necesidad proponer al consejo de ministros aumentar el total de las sumas de los gastos.


Irán 1979

Principio 52

El gobierno elaborará el presupuesto general del estado de acuerdo con lo que la ley establezca y lo entregará a la Asamblea Consultiva Islámica [Parlamento] para su estudio y aprobación. Cualquier modificación en las cifras del presupuesto deberá estar también de acuerdo con las normas establecidas por la ley.


Indonesia 1945

Artículo 23

1. El presupuesto estatal como base de la gestión de los fondos estatales será determinado anualmente por ley y deberá implementarse de forma abierta y responsable ante la ciudadanía con el fin de conseguir una mayor prosperidad para el pueblo.

2. El proyecto de ley de presupuestos del Estado será presentado por el presidente para su examen conjunto con el DPR, y en ese examen se tendrá en cuenta la opinión del DPD.

3. En caso de que el DPR no apruebe el proyecto de ley de presupuestos del Estado entregado por el presidente, el Gobierno implementará los presupuestos del Estado del año precedente.


Honduras 1982

Corresponden al Congreso Nacional las atribuciones siguientes:

32. Aprobar anualmente el Presupuesto General de Ingresos y Egresos tomando como base el proyecto que remite el Poder Ejecutivo,debidamente desglosado y resolver sobre su modificación;

Artículo 366

El presupuesto será votado por el Poder Legislativo con vista al Proyecto que presente el Poder Ejecutivo.

Artículo 367

El proyecto de Presupuesto será presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, dentro de los primeros (15) quince días del mes de septiembre de cada año.

Artículo 368

La Ley Orgánica del Presupuesto establecerá lo concerniente a la preparación, elaboración, ejecución y liquidación del Presupuesto. Cuando al cierre de un ejercicio fiscal no se hubiere votado el presupuesto para el nuevo ejercicio, continuará en vigencia el correspondiente al período anterior.


Haití 1987

Artículo 111-2

No obstante, la iniciativa de la ley presupuestaria, de las leyes relativas a la base tributaria, de las cuotas y la forma de recaudación de impuestos y contribuciones, de las leyes que tengan por objeto crear ingresos o aumentar los ingresos y los gastos del Estado, son competencia del Poder Ejecutivo. Los proyectos presentados para estos fines deben ser votados previamente por la Cámara de Diputados.

Artículo 111-3

En caso de desacuerdo entre las dos (2) Cámaras con respecto a las leyes mencionadas en el párrafo precedente, cada Cámara nombra por votación de listas y en igualdad de número una comisión parlamentaria que resuelva el desacuerdo en última instancia.

Artículo 228-1

Sin embargo, no será introducida ninguna proposición ni ninguna enmienda en el presupuesto cuando vaya a ser votado sin la provisión correspondiente de recursos.

Artículo 231

En caso de que las Cámaras legislativas, por cualquier razón, no aprueben a tiempo el presupuesto de uno o varios departamentos ministeriales antes del cierre del periodo de sesiones, el presupuesto o los presupuestos de los departamentos afectados son prorrogados hasta la aprobación del nuevo presupuesto.


Guinea Ecuatorial 1991

Fuera de los casos expresamente definidos en esta Ley Fundamental y los que son determinados por la demás leyes, el Consejo de Ministros tiene las siguientes atribuciones:

c. Elaborar e Proyecto de Presupuesto General del Estado y una vez aprobado por la Cámara de los Diputados y el Senado y sancionado por el Presidente de la República, velar por su ejecución.

Artículo 70

1. Los Presupuestos Generales del Estado presentados por el Gobierno en el curso de la segunda sesión son votados por la Cámara de los Diputados y el Senado. En caso de que no fueran aprobados antes de la expiración del ejercicio financiero en curso, el Presidente de la República puede prorrogar la Ley Presupuestaria del año precedente hasta la adopción de la nueva.

2. A petición del Gobierno, la Cámara de los Diputados y el Senado son convocados diez días para reunirse en sesión extraordinaria para una nueva deliberación.

3. En caso de que los Presupuestos no hayan sido adoptados al final de la sesión extraordinaria, la Ley Presupuestaria queda definitivamente establecida por el Presidente de la República.

Las funciones comunes de la Cámara de los Diputados y del Senado son las siguientes:

c. Aprobar la Ley de Presupuestos de Ingresos, Gastos e Inversiones del Estado.


Guatemala 1985

Corresponde también al Congreso:

b. Aprobar, modificar o improbar, a más tardar treinta días antes de entrar en vigencia, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado. El ejecutivo deberá enviar el proyecto de presupuesto al Congreso con ciento veinte días de anticipación a la fecha en que principiará el ejercicio fiscal. Si al momento de iniciarse el año fiscal, el presupuesto no hubiere sido aprobado por el Congreso, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio anterior, el cual podrá ser modificado o ajustado por el Congreso;

Son funciones del Presidente de la República:

j. Someter anualmente al Congreso, para su aprobación con no menos de ciento veinte días de anticipación a la fecha en que principiará el ejercicio fiscal, por medio del ministerio respectivo, el proyecto de presupuesto que contenga en forma programática, el detalle los ingresos y egresos del Estado. Si el Congreso no estuviere reunido deberá celebrar sesiones extraordinarias para conocer el proyecto.


Grecia 1975

1. Un proyecto de ley presentado por los Ministros y que grave el presupuesto no será sometido a debate si no está acompañado de un dictamen de la dirección general de contabilidad pública fijando el gasto; toda proposición de ley de este tipo, presentada por los diputados, será comunicada, con anterioridad al debate, a la Dirección general de contabilidad pública, que deberá emitir un dictamen en el plazo de quince días. Si este plazo pasa sin efecto, la proposición de ley se debatirá incluso a falta de dictamen.

2. Lo mismo se aplica a las enmiendas, cuando los Ministros competentes lo demanden. En este caso, la dirección general de la contabilidad pública está obligada a someter a la Cámara de los Diputados su dictamen en el plazo de tres días. Solamente cuando termine sin efecto este plazo se iniciará el debate, incluso a falta de este dictamen.

1. La Cámara de los Diputados aprueba, en el curso de su sección ordinaria anual, la ley de presupuestos que determinará los recursos y cargas del Estado para el año siguiente.

Durante el debate de la proposición prevista en el párrafo 3, el parlamentario puede introducir enmiendas al presupuesto, siempre que no afecten al total de gastos e ingresos del Estado. El reglamento establecerá procedimientos específicos para controlar la ejecución del presupuesto estatal por el Parlamento.

3. El proyecto de presupuestos será remitido a la comisión parlamentaria competente por el Ministro de Hacienda el primer lunes de octubre y se debatirá conforme al Reglamento. El Ministro, tomando en cuenta las sugerencias de la comisión, presentará el presupuesto en el parlamento al menos 40 días antes del inicio del año fiscal. El presupuesto se debate y vota en pleno, según el procedimiento establecido por el Reglamento, que asegurará el derecho de todas las opciones políticas a expresar sus puntos de vista.

5. Si a causa del final de la legislatura no es posible aprobar la ley de presupuestos o la ley especial prevista en el apartado anterior, la vigencia de la ley de presupuestos del año presupuestario finalizado, o que esté llegando a su término, se prolongará por cuatro meses, mediante decreto dictado a propuesta del Consejo de Ministros.


Francia 1958

Los proyectos de ley serán deliberados en Consejo de Ministros previo dictamen del Consejo de Estado y presentados ante la Mesa de una de las dos Cámaras. Los proyectos de leyes de Presupuestos y de las leyes de financiación de la seguridad social serán sometidas a la Asamblea Nacional. Sin perjuicio del párrafo 1 del artículo 44, los proyectos de ley cuya finalidad principal sea la organización de las entidades territoriales serán previamente sometidos al Senado.

ARTÍCULO 47

El Parlamento votará los proyectos de leyes de Presupuestos en las condiciones establecidas por una ley orgánica.

Si la Asamblea Nacional no se pronunciase en primera lectura en el plazo de 40 días después de haber recibido un proyecto, el Gobierno lo someterá al Senado, el cual deberá pronunciarse en el plazo de 15 días. A continuación, conforme a lo dispuesto en el artículo 45, se procederá:

Si el Parlamento no se pronunciase en el plazo de setenta días, las disposiciones del proyecto podrán entrar en vigor por ordenanza.

Si la ley de presupuestos que fije los ingresos y los gastos de un ejercicio no se haya presentado con tiempo suficiente para ser promulgada antes del comienzo de tal ejercicio, el Gobierno pedirá con carácter de urgencia al Parlamento la autorización para percibir los impuestos, y consignará por decreto los créditos necesarios para los servicios votados.

Los plazos establecidos en el presente artículo quedarán en suspenso cuando el Parlamento no esté reunido.


Rusia 1993

3. Los proyectos de leyes para introducir o anular impuestos, eximir del pago de estos, emitir empréstitos nacionales, modificar las obligaciones financieras del Estado y otros que contemplen gastos del presupuesto federal se presentarán previas conclusiones del Gobierno Federal.

Se someterán a examen del Consejo de la Federación las leyes federales aprobadas por la Duma (Cámara Baja) referentes:

A. Al presupuesto federal;

1. El gobierno de la Federación Rusa:

A. Elaborará y presentará a la Duma Estatal el presupuesto federal y velará por su implementación; deberá presentar a la Duma Estatal un informe sobre la ejecución del presupuesto federal; presentará al Estado Duma los informes anuales sobre los resultados de su actividad, incluidos los puntos planteados por la Duma Estatal.


España 1978

3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.

Artículo 134

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.

Artículo 135

1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.

Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

a. La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

b. La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

c. La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.


El Salvador 1983

Corresponde a la Asamblea Legislativa:

8. Decretar el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Administración Pública, así como sus reformas;

Corresponde al Consejo de Ministros:

3. Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos y presentarlo a la Asamblea Legislativa, por lo menos tres meses antes de que se inicie el nuevo ejercicio fiscal.

También conocerá de las reformas a dicho presupuesto cuando se trate de transferencias entre partidas de distintos Ramos de la Administración Pública;

Artículo 227

El Presupuesto General del Estado contendrá, para cada ejercicio fiscal, la estimación de todos los ingresos que se espera percibir de conformidad con las leyes vigentes a la fecha en que sea votado, así como la autorización de todas las erogaciones que se juzgue convenientes para realizar los fines del Estado.

El Órgano Legislativo podrá disminuir o rechazar los créditos solicitados, pero nunca aumentarlos.

En el Presupuesto se autorizará la deuda flotante en que el Gobierno podrá incurrir, durante cada año, para remediar deficiencias temporales de ingresos.

Las instituciones y empresas estatales de carácter autónomo y las entidades que se costeen con fondos del Erario o que tengan subvención de éste, excepto las instituciones de crédito, se regirán por presupuestos especiales y sistemas de salarios aprobados por el Órgano Legislativo.

Una ley especial establecerá lo concerniente a la preparación, votación, ejecución y rendición de cuentas de los presupuestos, y regulará el procedimiento que deba seguirse cuando al cierre de un ejercicio fiscal no esté aún en vigor el Presupuesto del nuevo ejercicio.


Egipto 2014

Artículo 101

La Cámara de Representantes ejerce la potestad legislativa, aprueba la política general del Estado, el plan general de desarrollo económico y social y el presupuesto general. La Cámara de Representantes ejerce control sobre las acciones del poder ejecutivo. Estas funciones serán ejercidas de la manera establecida en la Constitución.

El período de sesiones ordinarias se mantendrá por lo menos nueve meses. El Presidente de la República cerrará la sesión anual tras la aprobación del Congreso. El cierre de la sesión no puede tener lugar antes de la aprobación del presupuesto general del Estado.

Artículo 124

El Presupuesto del Estado incluirá todos los ingresos y gastos sin excepción. La propuesta de presupuesto será remitida a la Cámara de Representantes al menos 90 días antes del comienzo del año fiscal. No se considerará en vigor a menos que sea aprobado por la Cámara, luego de ser votado capítulo por capítulo.

La Cámara de Representantes podrá modificar los gastos en la propuesta de ley de presupuesto, con la excepción de aquellos gastos propuestos para honrar alguna deuda específica del Estado.

Si la modificación provoca un incremento en el gasto total, la Cámara de Representantes deberá alcanzar un acuerdo con el gobierno respecto de los medios para asegurar fuentes de financiación que permitan restaurar el balance entre ingresos y los gastos. El presupuesto será adoptado mediante una ley que puede incluir la modificación de cualquier ley existente, en la medida en que ello sea necesario para conseguir dicho equilibrio.

En todos los casos, la ley del presupuesto no puede incluir ninguna cláusula que añada nuevas cargas al ciudadano.

Los detalles específicos del año fiscal, el método de preparación del presupuesto, las disposiciones de los presupuestos de las instituciones y organismos públicos, y sus cuentas, se definirán por ley.

La Cámara de Representantes debe aprobar la transferencia de cualquier fondo de un capítulo a otro capítulo dentro del borrador del presupuesto, así como cualquier gasto no incluido en el mismo o cualquier gasto adicional. Esta aprobación se promulgará por ley.

El gobierno ejecuta las siguientes funciones en concreto:

7. Preparar el borrador anual de la ley del presupuesto del Estado.


Dinamarca 1953

1. Las cuentas del Estado deben presentarse al Folketing seis meses, como máximo, después de la expiración del año fiscal.

2. El Folketing elegirá un determinado número de auditores. Éstos auditores examinarán las cuentas anuales del Estado, velando porque se inscriban en ellas todos los ingresos del Estado y porque no se haya realizado gasto alguno que no hubiere sido autorizado por el presupuesto o por otra ley de habilitación de créditos. Los auditores podrán recabar toda la información que sea necesaria, y tendrán derecho de acceder a todos los documentos. Las normas de detalle sobre el número y responsabilidades de estos auditores serán fijadas por ley.

3. Las cuentas anuales del Estado, junto al informe de los auditores, serán sometidas a deliberación en el Folketing.


Cuba 2019

Corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular:

k. discutir y aprobar el presupuesto del Estado y controlar su cumplimiento;

Corresponde al Consejo de Ministros:

f. elaborar el proyecto de Presupuesto del Estado y, una vez aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, velar por su ejecución;


Bután 2008

2. Los proyectos de ley relativos a la hacienda y las finanzas se originan en la Asamblea Nacional, mientras que los proyectos de ley de cualquier otro carácter podrán tener su origen en cualquiera de las dos cámaras.

5. Cuando se haya presentado y aprobado un proyecto de ley en una de las cámaras, se presentará a la otra cámara en los treinta días siguientes a su aprobación y el proyecto podrá aprobarse durante la siguiente sesión del Parlamento. Cuando se trate de proyectos de ley presupuestal o de leyes urgentes, se aprobarán en la misma sesión del Parlamento.

8. El Ministro de Hacienda presentará a la Asamblea Nacional el presupuesto anual, junto con un informe sobre el presupuesto del año fiscal anterior.

9. Cuando el presupuesto no haya sido aprobado por la Asamblea Nacional antes del inicio del año fiscal, el presupuesto anterior para gastos corrientes será prorrogado hasta que el nuevo sea sancionado. Se recaudarán los ingresos y se harán los gastos conforme a la ley vigente al final del año precedente. Sin embargo, de haberse aprobado una o más partes del nuevo presupuesto, esas partes entrarán en vigor.

10. Todo gasto no incluido en el presupuesto o que exceda la asignación presupuestal, así como las transferencias de fondos de una partida presupuestal a otra, se harán de conformidad con lo dispuesto en la ley.


Venezuela 1999

Artículo 313

La administración económica y financiera del Estado se regirá por un presupuesto aprobado anualmente por ley. El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, en la oportunidad que señale la ley orgánica, el proyecto de Ley de Presupuesto. Si el Poder Ejecutivo, por cualquier causa, no hubiese presentado a la Asamblea Nacional el proyecto de ley de presupuesto dentro del plazo establecido legalmente, o el mismo fuera rechazado por éste, seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal en curso.

La Asamblea Nacional podrá alterar las partidas presupuestarias, pero no autorizará medidas que conduzcan a la disminución de los ingresos públicos ni gastos que excedan el monto de las estimaciones de ingresos del proyecto de Ley de Presupuesto.

Con la presentación del marco plurianual del presupuesto, la ley especial de endeudamiento y el presupuesto anual, el Ejecutivo Nacional hará explícitos los objetivos de largo plazo para la política fiscal, y explicar cómo dichos objetivos serán logrados, de acuerdo con los principios de responsabilidad y equilibrio fiscal.


Uruguay 1966

Al Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos, o con el Consejo de Ministros, corresponde:

19. Preparar y presentar a la Asamblea General los presupuestos, de acuerdo a lo establecido en la Sección XIV, y dar cuenta instruida de la inversión hecha de los anteriores.

Artículo 214

El Poder Ejecutivo proyectará con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Presupuesto Nacional que regirá para su período de Gobierno y lo presentará al Poder Legislativo dentro de los seis primeros meses del ejercicio de su mandato.

El Presupuesto Nacional se proyectará y aprobará con una estructura que contendrá:

A. Los gastos corrientes e inversiones del Estado distribuidos en cada inciso por programa.

B. Los escalafones y sueldos funcionales distribuidos en cada inciso por programa.

C. Los recursos y la estimación de su producido, así como el porcentaje que, sobre el monto total de recursos, corresponderá a los Gobiernos Departamentales. A este efecto, la Comisión Sectorial referida en el Artículo 230, asesorará sobre el porcentaje a fijarse con treinta días de anticipación al vencimiento del plazo establecido en el inciso primero. Si la Oficina de Planeamiento y Presupuesto no compartiere su opinión, igualmente la elevará al Poder Ejecutivo, y éste la comunicará al Poder Legislativo.

Los Gobiernos Departamentales remitirán al Poder Legislativo, dentro de los seis meses de vencido el ejercicio anual, una rendición de cuentas de los recursos recibidos por aplicación de este literal, con indicación precisa de los montos y de los destinos aplicados.

D. Las normas para la ejecución e interpretación del presupuesto.

Los apartados precedentes podrán ser objeto de leyes separadas en razón de la materia que comprendan.

El Poder Ejecutivo dentro de los seis meses de vencido el ejercicio anual, que coincidirá con el año civil, presentará al Poder Legislativo la Rendición de Cuentas y el Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente a dicho ejercicio, pudiendo proponer las modificaciones que estime indispensables al monto global de gastos, inversiones y sueldos o recursos y efectuar creaciones, supresiones y modificaciones de programas por razones debidamente justificadas.

Artículo 215

El Poder Legislativo se pronunciará exclusivamente sobre montos globales por inciso, programas, objetivos de los mismos, escalafones y número de funcionarios y recursos; no pudiendo efectuar modificaciones que signifiquen mayores gastos que los propuestos.


Túnez 2014

La presentación de proyectos de ley para la aprobación de los convenios y proyectos de leyes financieras corresponde al Presidente del Gobierno.

Adquirirán rango de leyes orgánicas los textos referidos a las materias siguientes:

La ley Orgánica Presupuestaria.

Artículo 66

La ley autorizará los ingresos y gastos del Estado en las condiciones previstas por la Ley Orgánica Presupuestaria.

La Asamblea de Representantes del Pueblo aprobará los proyectos de leyes financieras y el cierre de los Presupuestos según las condiciones establecidas en la Ley Orgánica Presupuestaria.

El proyecto de Ley de Presupuestos será presentado a la Asamblea como máximo el 15 de octubre, y será aprobado, como máximo, el 10 de diciembre.

El Presidente de la República podrá devolver el proyecto a la Asamblea para una segunda lectura dentro de los dos días siguientes a su aprobación por la Cámara. Si el proyecto es devuelto, la Asamblea se reunirá para un segundo debate dentro de los tres días siguientes al ejercicio del derecho de devolución.

Dentro del plazo de los tres días siguientes a la aprobación de la Ley por la Asamblea en segunda lectura tras su devolución o tras la expiración de los plazos previstos para ejercer el derecho de devolución, sin que este se haya presentado, los sujetos citados en el primer párrafo del artículo 120 podrán interponer un recurso de inconstitucionalidad de las disposiciones de la Ley de Presupuestos ante el Tribunal Constitucional, que decidirá en un plazo máximo de cinco días a contar a partir de la interposición.

Si el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad, remitirá su decisión al Presidente de la República, que la remitirá a su vez al Presidente de la Asamblea de Representantes del Pueblo en el plazo máximo de dos días desde la decisión del Tribunal.

La Asamblea aprobará el proyecto dentro de los tres días siguientes a la decisión del Tribunal Constitucional.

Si el Tribunal falla a favor de la constitucionalidad del proyecto, o si se aprueba por segunda vez tras su devolución, o una vez expirados los plazos de devolución e interposición de recurso de inconstitucionalidad sin haber tenido lugar ninguno de los dos, el Presidente de la República promulgará la Ley de Presupuestos en un plazo de dos días.

En todos los casos, la promulgación debe producirse como muy tarde el 31 de diciembre.

En caso de que el proyecto de Ley de Presupuestos no se apruebe el 31 de diciembre, podrá ejecutarse el proyecto en lo relativo a los gastos por períodos trimestrales renovables en virtud de un Decreto Presidencial, y los ingresos se recaudarán con arreglo a las leyes vigentes.


Sudáfrica 1996

1. Los presupuestos nacionales, provinciales y municipales y los procesos presupuestarios deben promover la transparencia, responsabilidad, y la gestión financiera efectiva de la economía, deuda y sector público.

2. La legislación nacional debe prescribir:

a. la forma de los presupuestos nacionales, provinciales y municipales;

b. cuando deben ser presentados los presupuestos nacionales y provinciales; y

c. esos presupuestos en cada esfera de gobierno deben mostrar la fuentes de ingresos y la forma en que el gasto propuesto cumplirá con la legislación nacional.

3. Los presupuestos en cada esfera de gobierno deben contener:

a. las previsiones de ingresos y gastos, diferenciando entre capital y gasto corriente;

b. las propuestas para financiar cualquier déficit anticipado en el período a que se apliquen; y

c. una indicación de las intenciones respecto del empréstito y otras formas de responsabilidad pública que incrementará la deuda pública durante el año subsiguiente.


Ruanda 2003

Artículo 162. Ley de Presupuestos del Estado

Cada año fiscal, la Cámara de Diputados estudiará la relevancia de la ley de presupuestos del Estado y la aprobará en su caso.

La ley de presupuestos del Estado determinará los gastos y los ingresos del Estado de conformidad con las condiciones previstas en una ley orgánica. Esa ley orgánica determina también la fecha de presentación del presupuesto anual ante ambas Cámaras del Parlamento.

Antes de la adopción definitiva del presupuesto del Estado, el Senado dará a la Cámara de Diputados su opinión sobre la ley de presupuestos del Estado.

Artículo 163. Ejecución del presupuesto antes de la publicación de la ley anual de presupuesto

En el caso de que el año fiscal comience antes de la publicación de la ley de presupuestos del Estado de ese año, el Primer Ministro autorizará, mediante un decreto, el gasto mensual, de manera provisional, de una cantidad igual a un doceavo del presupuesto del año precedente.


Rumania 1991

2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones conjuntas, basadas en las regulaciones aprobadas por la mayoría de votos de los diputados y de los senadores, en orden a:

b. aprobar el presupuesto de Estado y el presupuesto de seguros sociales de Estado;

Artículo 137. El sistema financiero

1. La creación, la administración, el uso y el control de los recursos financieros del Estado, de las unidades administrativas territoriales y de las instituciones públicas se regulan por la ley.

2. La moneda nacional es el “leu”, y su división, el “ban”. En virtud de las circunstancias de la adhesión de Rumania a la Unión Europea, la circulación y el reemplazo de la divisa nacional por la de la Unión Europea podrán ser reconocidos, por medio de una ley orgánica.

Artículo 138. El presupuesto público nacional

1. El presupuesto público nacional comprenderá el presupuesto del Estado, el presupuesto de los seguros sociales del Estado y los presupuestos locales de los municipios rurales, ciudades y departamentos.

2. El Gobierno elaborará anualmente el proyecto del presupuesto del Estado y el de los seguros sociales del Estado, que someterá, separadamente a la aprobación del Parlamento.

3. De no haber sido adoptadas la ley del presupuesto del Estado y la ley del presupuesto de los seguros sociales del Estado al menos tres días antes de expirar el ejercicio presupuestario, seguirán aplicándose el presupuesto del Estado y el presupuesto de los seguros sociales del Estado del año anterior, hasta que se adopten los nuevos presupuestos.

4. Los presupuestos locales se elaborarán, se aprobarán y se ejecutarán en las condiciones de la ley.

5. Ningún gasto presupuestario podrá aprobarse sin haberse establecido la fuente de su financiación.


República Dominicana 2015

El Congreso Nacional legisla y fiscaliza en representación del pueblo, le corresponden en consecuencia:

1. Atribuciones generales en materia legislativa:

  1. a. Establecer los impuestos, tributos o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión;
  2. b. Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes;
  3. c. Disponer todo lo concerniente a la conservación de monumentos y al patrimonio histórico, cultural y artístico;
  4. d. Crear, modificar o suprimir regiones, provincias, municipios, distritos municipales, secciones y parajes y determinar todo lo concerniente a sus límites y organización, por el procedimiento regulado en esta Constitución y previo estudio que demuestre la conveniencia política, social y económica justificativa de la modificación;
  5. e. Autorizar al Presidente de la República a declarar los estados de excepción a que se refiere esta Constitución;
  6. f. En caso de que la soberanía nacional se encuentre expuesta a un peligro grave e inminente, el Congreso podrá declarar que existe un estado de defensa nacional, suspendiendo el ejercicio de los derechos individuales, con excepción de los derechos establecidos en el artículo 263. Si no estuviera reunido el Congreso, el Presidente de la República podrá dictar la misma disposición, lo que conllevará una convocatoria inmediata del mismo para ser informado de los acontecimientos y de las disposiciones tomadas;
  7. g. Establecer las normas relativas a la migración y el régimen de extranjería;
  8. h. Aumentar o reducir el número de las cortes de apelación y crear o suprimir tribunales y disponer todo lo relativo a su organización y competencia, previa consulta a la Suprema Corte de Justicia;
  9. i. Votar anualmente la Ley de Presupuesto General del Estado, así como aprobar o rechazar los gastos extraordinarios para los cuales solicite un crédito el Poder Ejecutivo;
  10. j. Legislar cuanto concierne a la deuda pública y aprobar o desaprobar los créditos y préstamos firmados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con esta Constitución y las leyes;
  11. k. Aprobar o desaprobar los contratos que le someta el Presidente de la República, de conformidad con lo que dispone el artículo 128, numeral 2), literal d), así como las enmiendas o modificaciones posteriores que alteren las condiciones originalmente establecidas en dichos contratos al momento de su sanción legislativa;
  12. l. Aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que suscriba el Poder Ejecutivo;
  13. m. Declarar por ley la necesidad de la Reforma Constitucional;
  14. n. Conceder honores a ciudadanas y ciudadanos distinguidos que hayan prestado reconocidos servicios a la patria o a la humanidad;
  15. ñ. Conceder autorización al Presidente de la República para salir al extranjero cuando sea por más de quince días;
  16. o. Decidir el traslado de la sede de las cámaras legislativas por causa de fuerza mayor o por otras circunstancias debidamente motivadas;
  17. p. Conceder amnistía por causas políticas;
  18. q. Legislar acerca de toda materia que no sea de la competencia de otro poder del Estado y que no sea contraria a la Constitución;
  19. r. Pronunciarse a través de resoluciones acerca de los problemas o las situaciones de orden nacional o internacional que sean de interés para la República.

La o el Presidente de la República dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar, y es la autoridad suprema de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los demás cuerpos de seguridad del Estado.

2. En su condición de Jefe de Gobierno tiene la facultad de:

  1. a. Nombrar los ministros y viceministros y demás funcionarios públicos que ocupen cargos de libre nombramiento o cuya designación no se atribuya a ningún otro organismo del Estado reconocido por esta Constitución o por las leyes, así como aceptarles su renuncia y removerlos;
  2. b. Designar los y las titulares de los órganos y organismos autónomos y descentralizados del Estado, así como aceptarles su renuncia y removerlos, de conformidad con la ley;
  3. c. Cambiar el lugar de su residencia oficial cuando lo juzgue necesario;
  4. d. Celebrar contratos, sometiéndolos a la aprobación del Congreso Nacional cuando contengan disposiciones relativas a la afectación de las rentas nacionales, a la enajenación de bienes del Estado, al levantamiento de empréstitos o cuando estipulen exenciones de impuestos en general, de acuerdo con la Constitución. El monto máximo para que dichos contratos y exenciones puedan ser suscritos por el Presidente de la República sin aprobación congresual, será de doscientos salarios mínimos del sector público;
  5. e. Velar por la buena recaudación y fiel inversión de las rentas nacionales;
  6. f. Depositar ante el Congreso Nacional, al iniciarse la primera legislatura ordinaria el 27 de febrero de cada año, las memorias de los ministerios y rendir cuenta de su administración del año anterior;
  7. g. Someter al Congreso Nacional, a más tardar el primero de octubre de cada año, el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado para el año siguiente.

Corresponde al Poder Ejecutivo la elaboración del proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado, el cual contempla los ingresos probables, los gastos propuestos y el financiamiento requerido, realizado en un marco de sostenibilidad fiscal, asegurando que el endeudamiento público sea compatible con la capacidad de pago del Estado.

Artículo 234. Modificación del presupuesto

El Congreso podrá incluir nuevas partidas y modificar las que figuren en el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado o en los proyectos de ley que eroguen fondos sometidos por el Poder Ejecutivo, con el voto de las dos terceras partes de los presentes de cada cámara legislativa.

Párrafo

Una vez votada la Ley de Presupuesto General del Estado, no podrán trasladarse recursos presupuestarios de una institución a otra sino en virtud de una ley que, cuando no sea iniciada por el Poder Ejecutivo, deberá tener el voto de las dos terceras partes de los presentes en cada cámara legislativa.

Artículo 235. Mayoría de excepción

El Congreso Nacional podrá modificar el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado, cuando sea sometido con posterioridad a la fecha a que se refiere el artículo 128, numeral 2), literal g), con la mayoría absoluta de los miembros de la matrícula de cada cámara.

Artículo 239. Vigencia Ley de Presupuesto

Cuando el Congreso no haya aprobado el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado a más tardar al 31 de diciembre, regirá la Ley de Presupuesto General del Estado del año anterior, con los ajustes previstos en la Ley Orgánica de Presupuesto, hasta tanto se produzca su aprobación.


Portugal 1976

Artículo 105. Presupuesto

1. El Presupuesto General del Estado contiene:

a. Una distinción entre gastos e ingresos del Estado, incluyendo los fondos y servicios autónomos;

b. Los presupuestos de la Seguridad Social.

2. El Presupuesto será elaborado de acuerdo con las grandes opciones en materia de planificación y teniendo en cuenta las obligaciones derivadas de la ley o de los contratos.

3. El Presupuesto será unitario y especificará los gastos según la correspondiente clasificación orgánica y funcional, de modo que se evite la existencia de dotaciones y fondos secretos, pudiendo ser también estructurado por programas.

4. El Presupuesto prevé los ingresos necesarios para cubrir los gastos, por ley se definirá las reglas de su ejecución, las condiciones a que debe obedecer el recurso al crédito público, y los criterios que deben presidir las modificaciones que, durante su ejecución presupuestaria pudieran ser introducidas por el Gobierno, en las partidas de clasificación orgánica, en el ámbito de cada programa presupuestario aprobado por la Asamblea de la República, teniendo en cuenta su plena aplicación.

Artículo 106. Elaboración del Presupuesto

1. La ley de presupuesto se elabora, organiza, vota y ejecuta, anualmente, de acuerdo con la respectiva ley marco, que incluirá el régimen atinente a la elaboración y ejecución de los presupuestos de los fondos y servicios autónomos.

2. El proyecto de presupuesto se presenta y vota en lo plazos fijados por la ley, la cual establece los procedimientos a adoptar cuando aquellos no pudieran ser cumplidos.

3. La propuesta de presupuesto se acompaña de informes sobre:

a. La previsión de evolución de los principales indicadores macroeconómicos con influencia en el Presupuesto, así como la evolución de la masa monetaria y sus contrapartidas;

b. La justificación de las variaciones en las previsiones de ingresos y gastos comparadas con el Presupuesto anterior;

c. La deuda pública, operaciones de tesorería y las cuentas del tesoro;

d. La situación de los fondos y servicios autónomos;

e. Las transferencias de sumas para las Regiones autónomas y las corporaciones locales;

f. Las transferencias financieras entre Portugal y el Exterior con incidencia en el proyecto de Presupuesto;

g. Los beneficios fiscales y la estimación de reducción de ingresos.

Compete a la Asamblea de la República:

g. Aprobar las leyes de las grandes opciones de los planes nacionales y el Presupuesto del Estado a propuesta del Gobierno


Polonia 1997

4. Corresponde al Consejo de Ministros, en la extensión y de conformidad con los principios establecidos en la Constitución y las leyes, en particular:

5. Aprobar el proyecto del Presupuesto del Estado;

Artículo 219

1. La Cámara de los Diputados aprobará el Presupuesto del Estado para un ejercicio económico por medio de una ley de presupuestos [ustawa budzetowa].

2. El procedimiento para la elaboración del proyecto de Presupuesto del Estado, el nivel de su concreción y sus requisitos, así como los principios y el procedimiento para su ejecución, se establecerán por ley.

3. En casos excepcionales, los ingresos y gastos del Estado para un período inferior a un año se pueden especificar en un presupuesto provisional. Las previsiones relativas al proyecto de presupuesto del Estado serán de aplicación, según convenga, al proyecto de presupuesto provisional.

4. Si el presupuesto estatal o un presupuesto provisional no han entrado en vigor el día del comienzo del ejercicio económico, el Consejo de Ministros gestionará las finanzas del Estado de conformidad con el proyecto de Presupuesto.

Artículo 220

1. El aumento en los gastos o la reducción en los ingresos con respecto a los previstos por el Consejo de Ministros no pueden conducir a la adopción por la Cámara de los Diputados de un déficit presupuestario que exceda lo previsto en el proyecto de presupuesto.

2. El Presupuesto no podrá cubrir el déficit presupuestario mediante obligaciones crediticias del Banco Central del Estado.

Artículo 221

La iniciativa legislativa en materia presupuestaria, en lo referente al Presupuesto, al Presupuesto provisional, a las enmiendas al Presupuesto, a las leyes para la emisión de deuda pública, así como a las que concedan garantías financieras por parte del Estado, corresponderá exclusivamente al Consejo de Ministros.

Artículo 222

El Consejo de Ministros remitirá a la Cámara de los Diputados el proyecto de Presupuesto para el año siguiente con anterioridad al comienzo del trimestre anterior a la expiración del ejercicio económico. En casos excepcionales, el proyecto se puede enviar más tarde.

Artículo 223

El Senado, en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción del Presupuesto, podrá aprobar enmiendas.

Artículo 224

1. El Presidente de la República firmará el Presupuesto o el Presupuesto provisional que le ha sido remitido por el Presidente de la Cámara de los Diputados en el plazo de siete días desde su recepción, y ordenará su publicación en el Diario de las Leyes de la República de Polonia . Las previsiones del artículo 122, párrafo 5 no serán de aplicación al Presupuesto o al Presupuesto provisional.

2. Si el Presidente de la República ha enviado el Presupuesto o el Presupuesto provisional al Tribunal Constitucional para el juicio de su constitucionalidad, el Tribunal ha de resolver antes de que transcurran dos meses desde el día de su recepción.


Paraguay 1992

Artículo 216. Del presupuesto general de la nación

El proyecto de Ley del Presupuesto General de la Nación será presentado anualmente por el Poder Ejecutivo, a más tardar el primero de septiembre, y su consideración por el Congreso tendrá prioridad absoluta.

Se integrará una comisión bicameral la cual, recibido el proyecto, lo estudiará y presentará dictamen a sus respectivas Cámaras en un plazo no mayor de sesenta días corridos. Recibidos los dictámenes, la Cámara de Diputados se abocará al estudio del proyecto en sesiones plenarias, y deberá despacharlo en un plazo no mayor de quince días corridos. La Cámara de Senadores dispondrá de igual plazo para el estudio del proyecto, con las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, y si las aprobase, el mismo quedará sancionado. En caso contrario, el proyecto volverá con las objeciones a la otra Cámara, la cual se expedirá dentro del plazo de diez días corridos, exclusivamente sobre los puntos discrepantes del Senado, procediéndose en la forma prevista en el Art. 208, inciso 1., 2. y 3., siempre dentro del plazo de diez días corridos.

Todos los plazos establecidos en este Artículo son perentorios, y la falta de despacho de cualquiera de los proyectos se entenderá como aprobación. Las Cámaras podrán rechazar totalmente el proyecto presentado a su estudio por el Poder Ejecutivo, solo por mayoría absoluta de dos tercios en cada una de ellas.

Artículo 217. De la vigencia del presupuesto

Si el Poder Ejecutivo, por cualquier razón, no hubiese presentado al Poder Legislativo el proyecto de Presupuesto General de la Nación dentro de los plazos establecidos, o el mismo fuera rechazado conforme con el Artículo anterior, seguirá vigente el Presupuesto del ejercicio fiscal en curso.


Panamá 1972

Artículo 267

Corresponde al Organo Ejecutivo la elaboración del proyecto de Presupuesto General del Estado y al Organo Legislativo su examen, modificación, rechazo o aprobación.

Artículo 268

El Presupuesto tendrá carácter anual y contendrá la totalidad de las inversiones, ingresos y egresos del sector público, que incluye a las entidades autónomas, semiautónomas y empresas estatales.

Artículo 269

El Organo Ejecutivo celebrará consultas presupuestarias con las diferentes dependencias y entidades del Estado.La Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional participará en dichas consultas.

Artículo 270

En el Presupuesto elaborado por el Órgano Ejecutivo los egresos estarán equilibrados con los ingresos.

Artículo 271

La Asamblea Nacional podrá eliminar o reducir las partidas de los egresos previstos en el proyecto de Presupuesto, salvo las destinadas al servicio de la deuda pública, al cumplimiento de las demás obligaciones contractuales del Estado y al financiamiento de las inversiones públicas previamente autorizadas por la Ley.

La Asamblea Nacional no podrá aumentar ninguna de las erogaciones previstas en el proyecto de Presupuesto o incluir una nueva erogación, sin la aprobación del Consejo de Gabinete, ni aumentar el cálculo de los ingresos sin el concepto favorable del Contralor General de la República.

Si conforme a lo previsto en este artículo, se eleva el cálculo de los ingresos o si se elimina o disminuye alguna de las partidas de egresos, la Asamblea Nacional podrá aplicar las cantidades así disponibles a otros gastos o inversiones, siempre que obtenga la aprobación del Consejo de Gabinete.

Artículo 272

Si el proyecto de Presupuesto General del Estado no fuere votado a más tardar el primer día del año fiscal correspondiente, entrará en vigencia el proyecto propuesto por el Organo Ejecutivo, el cual lo adoptará mediante decisión del Consejo de Gabinete.

Artículo 273

Si la Asamblea Nacional rechaza el proyecto de Presupuesto General del Estado, se considerará automáticamente prorrogado el Presupuesto del ejercicio anterior hasta que se apruebe el nuevo Presupuesto y también automáticamente aprobadas las partidas previstas en el proyecto de Presupuesto rechazado respecto al servicio de la deuda pública, el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales del Estado y el financiamiento de las inversiones públicas previamente autorizadas por la Ley.

Artículo 274

Cualquier crédito suplementario o extraordinario referente al Presupuesto vigente, será solicitado por el Organo Ejecutivo y aprobado por la Asamblea Nacional en la forma que señale la Ley.

Artículo 277

No podrá hacerse ningún gasto público que no haya sido autorizado de acuerdo con la Constitución o la Ley. Tampoco podrá transferirse ningún crédito a un objeto no previsto en el respectivo Presupuesto.


Reino de los Países Bajos 1814

2. Anualmente se presentarán por el Rey o en su nombre proyectos de leyes de presupuestos generales en la fecha a que se refiere el artículo 65.

3. Se rendirá cuenta de los ingresos y gastos del Estado a los Estados Generales de conformidad con lo dispuesto por la ley. La cuenta aprobada por la Sala General de Cuentas será sometida a los Estados Generales.


Nigeria 1999

1. El Presidente hará las gestiones para preparar y presentar ante cada una de las cámaras de la Asamblea Nacional en cualquier momento del año fiscal estimaciones de los ingresos y de los gastos de la Federación para el siguiente año fiscal.

2. Las partidas del gasto contenidas en las estimaciones (distintas a los gastos que deban cargarse al Fondo de Ingresos Públicos Consolidados conforme a esta Constitución) serán incluidas en un proyecto de ley, conocido como Proyecto de Ley de Presupuestos, que contemplará los pagos que deban cargarse al Fondo de Ingresos Públicos Consolidados y que sean necesarios para satisfacer los gastos y la asignación de esos montos a los propósitos especificados en él.

3. Las cantidades asignadas para el pago de

  1. a. la Comisión Nacional Electoral Independiente,
  2. b. la Asamblea Nacional, y
  3. c. los jueces

en el Fondo de Ingresos Públicos Consolidados de la Federación deberán pagarse directamente a los órganos respectivos; en el caso de los jueces, esas cantidades se pagarán al Consejo Judicial Nacional para su traslado a los presidentes de los tribunales establecidos para la Federación y los estados conforme a la sección 6 de esta Constitución.

4. Si con respecto a un año fiscal cualquiera se determina

  1. a. que la cantidad asignada por la Ley Federal de Presupuesto para un fin es insuficiente, o
  2. b. que ha surgido una necesidad de gasto para un propósito al que no se le había asignado fondos en la ley,

se presentará una estimación complementaria que muestre las cantidades necesarias en cada una de las cámaras de la Asamblea Nacional y las partidas de cada uno de esos gastos deberá incluirse en un Proyecto de Ley Federal de Presupuesto Complementario.


Nicaragua 1987

Artículo 112

La Ley de Presupuesto General de la República tiene vigencia anual y su objeto es regular los ingresos y egresos ordinarios y extraordinarios de la administración pública. La ley determinara los límites de gastos de los órganos del Estado y deberá mostrar las distintas fuentes y destinos de todos los ingresos y egresos, los que serán concordantes entre si.

La Asamblea Nacional podrá modificar el Proyecto de Presupuesto enviado por el Presidente de la República pero no se puede crear ningún gasto extraordinario sino por ley y mediante creación y fijación al mismo tiempo, de los recursos para financiarlos. La Ley de Régimen Presupuestario regulara esta materia.

Toda modificación al Presupuesto General de la República que suponga aumento o disminución de los créditos, disminución de los ingresos o transferencias entre distintas instituciones requerirá de la aprobación de la Asamblea Nacional. La Ley Anual de Presupuesto no puede crear tributos.

Artículo 113

Corresponde al Presidente de la República, la formulación del Proyecto de Ley Anual del Presupuesto, el que deberá someter para su discusión y aprobación a la Asamblea Nacional de acuerdo con la ley de la materia.

El Proyecto de Ley Anual de Presupuesto deberá contener, para información de la Asamblea Nacional, los Presupuestos de los entes autónomos y gubernamentales, y de las empresas del Estado.

Son atribuciones de la Asamblea Nacional:

6. Conocer, discutir y aprobar el Proyecto de Ley Anual de Presupuesto General de la República y ser informada periódicamente de su ejercicio conforme al procedimiento establecido en la Constitución y en la Ley.

Son atribuciones del Presidente de la República, las siguientes:

5. Elaborar el Proyecto de Ley del Presupuesto General de la República y presentarlo a consideración de la Asamblea Nacional para su aprobación y sancionarlo y publicarlo una vez aprobado.


Costa Rica 1949

Además de las otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa:

11. Dictar los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República;

ARTÍCULO 125

Si el Poder Ejecutivo no aprobare el proyecto de ley votado por la Asamblea, lo vetará y lo devolverá con las objeciones pertinentes. No procede el veto en cuanto al proyecto que aprueba el Presupuesto Ordinario de la República.

Son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno:

15. Enviar a la Asamblea Legislativa el Proyecto de Presupuesto Nacional en la oportunidad y con los requisitos determinados en esta Constitución;

Capítulo I. El Presupuesto de la República

ARTÍCULO 176

La gestión pública se conducirá de fonna sostenible, transparente y responsable, la cual se basard en un marco de presupuestación plurianual, en procura de la continuidad de los servicios que presta

El presupuesto ordinario de la República comprende todos los ingresos probables y todos los gastos autorizados de la administración pública, durante todo el año económico. En ningún caso el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables.

La Administración Pública, en sentido amplio, observard las reglas anteriores para dictar sus presupuestos

El presupuesto de la República se emitirá para el término de un año, del primero de enero al treinta y uno de diciembre.

ARTÍCULO 177

La preparación del proyecto ordinario corresponde al Poder Ejecutivo por medio de un Departamento especializado en la materia, cuyo jefe será de nombramiento del Presidente de la República, para un período de seis años. Este Departamento tendrá autoridad para reducir o suprimir cualquiera de las partidas que figuren en los anteproyectos formulados por los Ministerios de Gobierno, Asamblea Legislativa, Corte Suprema de Justicia y Tribunal Supremo de Elecciones. En caso de conflicto, decidirá definitivamente el Presidente de la República. Los gastos presupuestados por el Tribunal Supremo de Elecciones para dar efectividad al sufragio, no podrán ser objetados por el Departamento a que se refiere este artículo.

En el proyecto se le asignará al Poder Judicial una suma no menor del seis por ciento de los ingresos ordinarios calculados para el año económico, Sin embargo, cuando esta suma resultare superior a la requerida para cubrir las necesidades fundamentales presupuestas por ese Poder, el Departamento mencionado incluirá la diferencia como exceso, con un plan de inversión adicional, para que la Asamblea Legislativa determine lo que corresponda.

Para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la Institución. Si se produjere un déficit por insuficiencia de esas rentas, el Estado lo asumirá, para lo cual el Poder Ejecutivo deberá incluir en su próximo proyecto de Presupuesto la partida respectiva que le determine como necesaria la citada Institución para cubrir la totalidad de las cuotas del Estado.

El Poder Ejecutivo preparará, para el año económico respectivo, los proyectos de presupuestos extraordinarios, a fin de invertir los ingresos provenientes del uso del crédito público o de cualquier otra fuente extraordinaria.

ARTÍCULO 178

El proyecto de presupuesto ordinario será sometido a conocimiento de la Asamblea Legislativa por el Poder Ejecutivo, a más tardar el primero de setiembre de cada año, y la Ley de Presupuesto deberá estar definitivamente aprobada antes del treinta de noviembre del mismo año.

ARTÍCULO 179

La Asamblea no podrá aumentar los gastos presupuestos por el Poder Ejecutivo, si no es señalando los nuevos ingresos que hubieren de cubrirlos, previo informe de la Contraloría General de la República sobre la efectividad fiscal de los mismos.

ARTÍCULO 180

El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo.

Todo proyecto de modificación que implique aumento o creación de gastos deberá sujetarse a lo dispuesto en el artículo anterior.

Sin embargo, cuando la Asamblea esté en receso, el Poder Ejecutivo podrá variar el destino de una partida autorizada o abrir créditos adicionales, pero únicamente para satisfacer necesidades urgentes o imprevistas en casos de guerra, conmoción interna o calamidad pública. En tales casos, la Contraloría no podrá negar su aprobación a los gastos ordenados y el decreto respectivo implicará convocatoria de la Asamblea Legislativa a sesiones extraordinarias para su conocimiento.

ARTÍCULO 181

El Poder Ejecutivo enviará a la Contraloría la liquidación del presupuesto ordinario y de los extraordinarios que se hubieran acordado, a más tardar el primero de marzo siguiente al vencimiento del año correspondiente; la Contraloría deberá remitirla a la Asamblea, junto con su dictamen, a más tardar el primero de mayo siguiente. La aprobación o improbación definitiva de las cuentas corresponde a la Asamblea Legislativa.

ARTÍCULO 182

Los contratos para la ejecución de obras públicas que celebren los Poderes del Estado, las Municipalidades y las instituciones autónomas, las compras que se hagan con fondos de esas entidades y las ventas o arrendamientos de bienes pertenecientes a las mismas, se harán mediante licitación, de acuerdo con la ley en cuanto al monto respectivo.


Perú 1993

Artículo 78°

El Presidente de la República envía al Congreso el proyecto de Ley de Presupuesto dentro de un plazo que vence el 30 de agosto de cada año.

En la misma fecha, envía también los proyectos de ley de endeudamiento y de equilibrio financiero.

El proyecto presupuestal debe estar efectivamente equilibrado.

Los préstamos procedentes del Banco Central de Reserva o del Banco de la Nación no se contabilizan como ingreso fiscal.

No pueden cubrirse con empréstitos los gastos de carácter permanente.

No puede aprobarse el presupuesto sin partida destinada al servicio de la deuda pública.

Artículo 80°

El Ministro de Economía y Finanzas sustenta, ante el Pleno del Congreso de la República, el pliego de ingresos. Cada ministro sustenta los pliegos de egresos de su sector; previamente sustentan los resultados y metas de la ejecución del presupuesto del año anterior y los avances en la ejecución del presupuesto del año fiscal correspondiente.

El Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación y el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones sustentan los pliegos correspondientes a cada institución.

Si la autógrafa de la Ley de Presupuesto no es remitida al Poder Ejecutivo hasta el treinta de noviembre, entra en vigencia el proyecto de este, que es promulgado por decreto legislativo.

Los créditos suplementarios, habilitaciones y transferencias de partidas se tramitan ante el Congreso de la República tal como la Ley de Presupuesto. Durante el receso parlamentario, se tramitan ante la Comisión Permanente. Para aprobarlos, se requiere los votos de los tres quintos del número legal de sus miembros.


Ecuador 2008

La Asamblea Nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes, además de las que determine la ley:

12. Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el que constará el límite del endeudamiento público, y vigilar su ejecución.

Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley:

8. Enviar la proforma del Presupuesto General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación.

SECCIÓN 4. Presupuesto General del Estado

Artículo 292

El Presupuesto General del Estado es el instrumento para la determinación y gestión de los ingresos y egresos del Estado, e incluye todos los ingresos y egresos del sector público, con excepción de los pertenecientes a la seguridad social, la banca pública, las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados.

Artículo 293

La formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se sujetarán al Plan Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los gobiernos autónomos descentralizados y los de otras entidades públicas se ajustarán a los planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales, respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y su autonomía.

Los gobiernos autónomos descentralizados se someterán a reglas fiscales y de endeudamiento interno, análogas a las del Presupuesto General del Estado, de acuerdo con la ley.

Artículo 294

La Función Ejecutiva elaborará cada año la proforma presupuestaria anual y la programación presupuestaria cuatrianual. La Asamblea Nacional controlará que la proforma anual y la programación cuatrianual se adecuen a la Constitución, a la ley y al Plan Nacional de Desarrollo y, en consecuencia, las aprobará u observará.

Artículo 295

La Función Ejecutiva presentará a la Asamblea Nacional la proforma presupuestaria anual y la programación presupuestaria cuatrianual durante los primeros noventa días de su gestión y, en los años siguientes, sesenta días antes del inicio del año fiscal respectivo. La Asamblea Nacional aprobará u observará, en los treinta días siguientes y en un solo debate, la proforma anual y la programación cuatrianual. Si transcurrido este plazo la Asamblea Nacional no se pronuncia, entrarán en vigencia la proforma y la programación elaboradas por la Función Ejecutiva. Las observaciones de la Asamblea Nacional serán solo por sectores de ingresos y gastos, sin alterar el monto global de la proforma.

En caso de observación a la proforma o programación por parte de la Asamblea Nacional, la Función Ejecutiva, en el plazo de diez días, podrá aceptar dicha observación y enviar una nueva propuesta a la Asamblea Nacional, o ratificarse en su propuesta original.

La Asamblea Nacional, en los diez días siguientes, podrá ratificar sus observaciones, en un solo debate, con el voto de dos tercios de sus integrantes. De lo contrario, entrarán en vigencia la programación o proforma enviadas en segunda instancia por la Función Ejecutiva.

Hasta que se apruebe el presupuesto del año en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República, regirá el presupuesto anterior. Cualquier aumento de gastos durante la ejecución presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite establecido por la ley.

Toda la información sobre el proceso de formulación, aprobación y ejecución del presupuesto será pública y se difundirá permanentemente a la población por los medios más adecuados.

Artículo 296

La Función Ejecutiva presentará cada semestre a la Asamblea Nacional el informe sobre la ejecución presupuestaria. De igual manera los gobiernos autónomos descentralizados presentarán cada semestre informes a sus correspondientes órganos de fiscalización sobre la ejecución de los presupuestos. La ley establecerá las sanciones en caso de incumplimiento.

Artículo 297

Todo programa financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.

Las Instituciones y entidades que reciban o transfieran bienes o recursos públicos se someterán a las normas que las regulan y a los principios y procedimientos de transparencia, rendición de cuentas y control público.

Artículo 298

Se establecen preasignaciones presupuestarias destinadas a los gobiernos autónomos descentralizados, al sector salud, al sector educación, a la educación superior; y a la investigación, ciencia, tecnología e innovación en los términos previstos en la ley. Las transferencias correspondientes a preasignaciones serán predecibles y automáticas. Se prohíbe crear otras preasignaciones presupuestarias.

Artículo 299

El Presupuesto General del Estado se gestionará a través de una Cuenta Única del Tesoro Nacional abierta en el Banco Central, con las subcuentas correspondientes.

En el Banco Central se crearán cuentas especiales para el manejo de los depósitos de las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados, y las demás cuentas que correspondan.

Los recursos públicos se manejarán en la banca pública, de acuerdo con la ley. La ley establecerá los mecanismos de acreditación y pagos, así como de inversión de recursos financieros. Se prohíbe a las entidades del sector público invertir sus recursos en el exterior sin autorización legal.


Estonia 1992

El Riigikogu:

6. aprueba el presupuesto del Estado y el informe de ejecución del mismo;

El Gobierno de la República:

5. prepara el proyecto de presupuesto del Estado y lo presenta al Riigikogu, coordina la ejecución del presupuesto del Estado y presenta el informe sobre dicha ejecución al Riigikogu;

Artículo 115

Cada año, el Riigikogu aprobará el presupuesto de todos los ingresos y gastos del Estado.

El Gobierno de la República presentará un borrador del presupuesto estatal al Riigikogu en un plazo de tres meses desde el comienzo del ejercicio presupuestario.

Durante el ejercicio presupuestario, el Riigikogu podrá aprobar un presupuesto suplementario a propuesta del Gobierno.

Artículo 116

Una propuesta para modificar el presupuesto estatal o el borrador del mismo que conlleve una reducción de los ingresos, un aumento de los gastos o una redistribución de gastos deberá ir acompañada de los cálculos financieros que indiquen las fuentes de ingresos necesarias para cubrir los gastos.

El Riigikogu no podrá eliminar ni reducir los gastos incluidos en el presupuesto estatal o un borrador del mismo que sean requeridos por otras leyes.

Artículo 117

Los procedimientos para la elaboración y aprobación del presupuesto estatal estarán previstos en la ley.

Artículo 118

El presupuesto del Estado aprobado por el Riigikogu entrará en vigor al comienzo del ejercicio presupuestario. Si el Riigikogu no aprueba el presupuesto estatal al comienzo del ejercicio presupuestario, cada mes se podrá gastar hasta una doceava parte del gasto del ejercicio anterior.

Artículo 119

Si el Riigikogu no aprobara el presupuesto estatal en los dos primeros meses del ejercicio presupuestario, el Presidente de la República convocará elecciones extraordinarias al Riigikogu.


Italia 1947

Se adoptará siempre el procedimiento normal de examen y aprobación directa por la Cámara para las propuestas de ley en materia constitucional y electoral y para las de delegación legislativa, de autorización para la ratificación de tratados internacionales, de aprobación de los presupuestos y de los balances del Estado.

No se admitirá el referéndum para las leyes tributarias y presupuestarias, de amnistía y de indulto, ni de autorización para la ratificación de tratados internacionales.

Art 81

El Estado garantizará el equilibrio entre ingresos y gastos en su balance, teniendo en cuenta las fases favorables y desfavorables del ciclo económico.

El endeudamiento público estará permitido únicamente con el fin de considerar los efectos del ciclo económico y, previa autorización de las Cámaras concedida por mayoría absoluta de sus miembros respectivos, en presencia de acontecimientos excepcionales.

Toda ley que suponga nuevas y mayores cargas deberá proveer los medios para sufragar las mismas.

Las Cámaras aprobarán cada año por ley el presupuesto y el balance presentados por el Gobierno.

No se podrá autorizar el ejercicio provisional de los presupuestos sino por ley y por períodos no superiores a los cuatro meses en total.

El contenido de la Ley de Presupuestos, las normas fundamentales y los criterios dirigidos a garantizar el equilibrio entre ingresos y gastos en los balances y la sostenibilidad de la deuda del conjunto de las administraciones públicas, se fijarán por ley aprobada por la mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara, según los principios definidos por una ley de rango constitucional.


Andorra 1993

1. La iniciativa del Proyecto de Presupuesto General corresponde exclusivamente al Gobierno, que tiene que someterla a aprobación parlamentaria por lo menos dos meses antes de la expiración del presupuesto anterior.

3. Si el proyecto de ley del presupuesto general aún no ha sido aprobado el primer día del ejercicio fiscal correspondiente, el Presupuesto del ejercicio anterior se prorrogará automáticamente hasta que se apruebe el nuevo.


Angola 2010

Artículo 104. (Presupuesto del Estado)

1. El Presupuesto del Estado constituirá el plan financiero consolidado anual o plurianual del Estado y deberá reflejar los objetivos, metas y medidas contenidos en los instrumentos nacionales de planificación.

2. El Presupuesto del Estado será un presupuesto único, estimará el nivel de ingresos que se obtendrá y fijará límites para los gastos autorizados en cada ejercicio presupuestario para todos los servicios, instituciones públicas, fondos autónomos y seguridad social, además de los de las autoridades locales, con el fin de garantizar que todos los se financia los gastos estimados.

3. El Estado definirá las normas para la elaboración, presentación, aprobación, ejecución, supervisión y control del presupuesto estatal.

4. La ejecución del Presupuesto del Estado respetará los principios de transparencia y buen gobierno y será supervisado por la Asamblea Nacional y el Tribunal de Cuentas, en los términos definidos por la ley.

El Presidente de la República, en su calidad de Poder Ejecutivo, será responsable de:

c. Presentar el proyecto de presupuesto estatal a la Asamblea Nacional;

3. No podrán aprobarse decretos legislativos presidenciales provisionales sobre lo siguiente:

b. El presupuesto del Estado;

En el ámbito político y legislativo, la Asamblea Nacional será responsable de:

e. Aprobar el presupuesto del Estado;


Antigua y Barbuda 1981

2. Salvo a propuesta de un Ministro autorizado para hacerlo por el Gabinete, ninguna Cámara de Representantes

a. tramitar cualquier proyecto de ley (incluida cualquier enmienda a un proyecto de ley) que, a juicio de la persona que preside, prevea cualquiera de los siguientes fines:

  1. i. para la imposición de impuestos o la alteración de la tributación que no sea por reducción;
  2. ii. para la imposición de cualquier cargo al Fondo Consolidado o a cualquier otro fondo público de Antigua y Barbuda o la modificación de cualquiera de esos cargos, salvo mediante reducción:
  3. iii. para el pago, emisión o retirada del Fondo Consolidado o de cualquier otro fondo público de Antigua y Barbuda de cualesquiera fondos no imputados al mismo o de cualquier aumento en la cuantía de dicho pago, emisión o retirada; o
  4. iv. para la composición o condonación de cualquier deuda adeudada a la Corona; o

b. proceder a cualquier moción (incluida toda enmienda a una moción) cuyo efecto, a juicio de la persona que presida, sería prever cualquiera de esos fines.

54. Restricciones a los poderes del Senado en cuanto a proyectos de ley

1. Si un proyecto de ley monetario, que ha sido aprobado por la Cámara y enviado al Senado por lo menos un mes antes del final de la sesión, no es aprobado por el Senado sin enmienda en el plazo de un mes después de su envío al Senado, el proyecto de ley, a menos que la Cámara resuelva otra cosa, se presentará al Gobernador General para a pesar de que el Senado no ha dado su consentimiento al proyecto de ley.

2. En cada proyecto de ley monetaria se refrendará cuando se envíe al Senado el certificado del Presidente firmado por él de que se trata de un proyecto de ley monetaria; y en cualquier proyecto de ley de dinero que se presente al Gobernador General para su asentimiento en cumplimiento del párrafo 1) de este artículo, el certificado del El orador firmó por él que se trata de una factura monetaria y que se han cumplido las disposiciones de esa subsección.


Armenia 1995

Artículo 110. Aprobación del presupuesto del Estado

1. La Asamblea Nacional aprobará el presupuesto del Estado previa presentación del Gobierno. El presupuesto estatal incluirá todos los ingresos y gastos del Estado en la forma estipulada por la ley.

2. El Gobierno presentará el proyecto de presupuesto del Estado a la Asamblea Nacional por lo menos 90 días antes del comienzo del ejercicio económico.

3. El presupuesto del Estado se aprobará antes del inicio del ejercicio fiscal. Si el presupuesto del Estado no se aprueba durante ese período, los gastos se efectuarán, hasta la aprobación del presupuesto, en proporciones al presupuesto del año anterior.


Argelia 2020

ART 149

Con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 137 supra, toda propuesta o proyecto de ley que se apruebe será debatida sucesivamente por la Asamblea Nacional Popular y el Consejo de la Nación.

El examen de los proyectos de ley por la Asamblea Nacional Popular se referirá al texto que le presente el Jefe de Gobierno o el texto aprobado por el Consejo de la Nación en los asuntos estipulados en el artículo 137 supra.

El Gobierno presentará a una de las dos Salas el texto votado por la otra Cámara.

Cada Sala debatirá el texto votado por la otra Cámara y lo aprobará.

En todos los casos, el Consejo de la Nación adoptará el texto votado por la Asamblea Nacional Popular, por mayoría de sus miembros presentes en los proyectos de ley ordinaria, o por mayoría absoluta para los proyectos de ley orgánica.

En caso de desacuerdo entre las dos Salas, el Jefe de Gobierno pedirá a la reunión, en un plazo máximo de quince (15) días, de un comité mixto, integrado por igual por miembros de ambas Salas, que proponga un texto relativo a las disposiciones controvertidas. El comité mixto concluirá sus deliberaciones en un plazo máximo de quince (15) días.

Este texto será presentado por el Gobierno para su aprobación a las dos Salas. Ninguna enmienda es admisible, salvo con el consentimiento del Gobierno.

Si persiste el desacuerdo entre las dos Cámaras, el Gobierno podrá pedir a la Asamblea Nacional Popular que adopte una decisión definitiva. En este caso, la Asamblea Nacional Popular reanudará el texto redactado por el comité mixto o, en caso contrario, el último texto que haya votado.

Si el Gobierno no notifica a la Asamblea Nacional Popular de conformidad con el párrafo anterior, se retirará el texto.

ART 150

El Parlamento adoptará la ley financiera en un plazo máximo de setenta y cinco (75) días a partir de la fecha de su presentación, de conformidad con los párrafos precedentes.

En caso de que no se apruebe dentro del plazo indicado, el Presidente de la República promulgará el proyecto de ley del Gobierno mediante ordenanza.

Los demás procedimientos serán definidos por la ley orgánica a que se refiere el artículo 132 de la Constitución.


Albania 1998

Artículo 158

1. El Primer Ministro, en nombre del Consejo de Ministros, presenta a la Asamblea el proyecto de ley sobre el presupuesto durante el período de sesiones de otoño, que no puede cerrarse sin aprobarlo.

2. Si el proyecto de ley no se aprueba hasta el comienzo del siguiente ejercicio, el Consejo de Ministros ejecuta cada mes una doceava parte del presupuesto del año anterior, hasta que se apruebe el nuevo presupuesto.

3. La Asamblea aprueba el nuevo presupuesto dentro de los tres meses siguientes al último día del ejercicio anterior, salvo cuando se hayan decidido medidas extraordinarias.

4. El Consejo de Ministros tiene la obligación de presentar a la Asamblea un informe sobre la ejecución del presupuesto y sobre la deuda del Estado del año anterior.

5. La Asamblea toma una decisión final después de haber escuchado también el informe de la Alta Auditoría Estatal.

Artículo 160

1. Durante el ejercicio económico, la Asamblea podrá introducir cambios en el presupuesto.

2. Los cambios en el presupuesto se realizan sobre la base de procedimientos definidos para su redacción y aprobación.

3. Los gastos previstos en otras leyes no pueden reducirse mientras estas leyes estén en vigor.


Afganistán 2004

Artículo 96

Si la propuesta de redacción de una ley incluye la imposición de nuevos impuestos o la reducción de los ingresos del Estado, se incluirá en la agenda de trabajo de la Asamblea Nacional a condición de que también se prevean las fuentes de compensación en el texto de la propuesta.

Artículo 97

Las propuestas de redacción de leyes serán presentadas en primer lugar a la Cámara del Pueblo por el gobierno. La Cámara del Pueblo examinará los proyectos de ley, incluidos los asuntos presupuestarios y financieros, así como la propuesta de obtención o concesión de préstamos, y, tras un debate, aprobará o rechazará en su conjunto. La Cámara del Pueblo no retrasará más de un mes el proyecto de propuesta. La Casa del Pueblo, después de aprobar el proyecto propuesto, lo enviará a la Cámara de los Ancianos. La Cámara de los Ancianos decidirá al respecto en un plazo de 15 días. Al decidir sobre las leyes propuestas, la Asamblea Nacional dará prioridad a los tratados y programas de desarrollo del Estado que, según la propuesta del gobierno, requieran una consideración urgente. Si la propuesta de redacción de una ley es presentada por diez miembros de una de las dos cámaras, se incluirá en el programa de trabajo de dicha Cámara, previa aprobación de una quinta parte de la Cámara en la que se haya iniciado.

Artículo 98

El presupuesto estatal y el programa de desarrollo del Gobierno se presentarán, por conducto de la Cámara de los Ancianos, a la Cámara del Pueblo junto con sus opiniones consultivas.

La decisión de la Cámara del Pueblo se aplicará sin presentarla a la Cámara de los Ancianos, previa aprobación del Presidente. Si por alguna razón el presupuesto no se aprueba antes del comienzo del nuevo ejercicio fiscal, el presupuesto del ejercicio anterior se aplicará a la espera de la aprobación del nuevo presupuesto. El Gobierno presentará a la Asamblea Nacional, durante el cuarto trimestre del ejercicio económico, el presupuesto para el año siguiente, con la breve reseña del presupuesto del ejercicio en curso. La cuenta precisa del presupuesto del ejercicio anterior se presentará a la Asamblea Nacional durante los seis meses siguientes, de conformidad con las disposiciones de la ley. La Cámara del Pueblo no retrasará la aprobación del presupuesto durante más de un mes después de haberlo recibido y autorizará la obtención o concesión de préstamos no incluidos en el presupuesto, durante más de 15 días.

Si la Cámara del Pueblo durante este período no decide obtener o conceder préstamos, la propuesta se considerará aprobada.

Artículo 100

Si una Cámara rechaza las decisiones de la otra, se formará una comisión mixta integrada por un número igual de miembros de cada Cámara para resolver la diferencia. La decisión de la comisión, previa aprobación del Presidente, se ejecutará. Si la comisión mixta no resuelve la diferencia, la decisión se considerará rechazada. En tal situación, la Cámara del Pueblo la aprobará por mayoría de dos tercios en su próximo período de sesiones. Esta decisión, sin someterse a la Cámara de los Ancianos, se promulgará una vez que el Presidente lo apruebe.


Zambia 1991

1. Las funciones del Gabinete son las siguientes:

c. aprobar y hacer que el presupuesto nacional se presente a la Asamblea Nacional;

3. El Secretario del Tesoro...

d. hacer que se preparen estimaciones anuales de ingresos y gastos, estimaciones suplementarias de gastos y presupuesto, y

Artículo 202. Previsiones financieras anuales de ingresos y gastos

1. El Ministro encargado de las finanzas preparará y presentará ante la Asamblea Nacional en cada ejercicio económico, a más tardar noventa días antes del comienzo del ejercicio siguiente, las previsiones de ingresos y gastos de la República.

2. Al presentar las previsiones de ingresos y gastos, de conformidad con el párrafo 1), el Ministro encargado de las finanzas especificará los límites máximos que el Gobierno se propone tomar en préstamo o prestar en ese ejercicio económico.

3. En el año en que se celebren elecciones generales, el Ministro encargado de las finanzas hará que se prepare y presente ante la Asamblea Nacional, dentro de los noventa días siguientes a la toma de posesión del Presidente, las previsiones de ingresos y gastos de la República para el ejercicio siguiente.

4. La Asamblea Nacional podrá modificar las previsiones de ingresos y gastos, pero no modificará el importe total de las previsiones de ingresos y gastos.

5. La Asamblea Nacional aprobará, mediante resolución de los parlamentarios, las previsiones financieras de ingresos y gastos para el ejercicio siguiente.


Zimbabue 2013

305. Créditos del Fondo de Ingresos Consolidados

1. Cada año, el Ministro encargado de las finanzas debe presentar a la Asamblea Nacional una declaración de los ingresos y gastos estimados del Gobierno en el próximo ejercicio económico.

2. Las previsiones de ingresos y gastos deben presentarse a la Asamblea Nacional con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 1) el día en que la Asamblea se asiente antes o no más tarde de treinta días después del comienzo de cada ejercicio económico, pero si el Parlamento se disuelve y es imposible presentar estimaciones ante la Asamblea para ese momento, deberán presentarse ante la Asamblea dentro de los treinta días siguientes a la primera reunión de la Asamblea después de la disolución.

3. Deberán establecerse previsiones separadas de ingresos y gastos para cada uno de los siguientes:

a. cada una de las comisiones establecidas por esta Constitución;

b. la Oficina del Auditor General;

c. la Fiscalía Nacional;

d. el Consejo de Jefes, y

e. cualquier otra institución prescrita en una ley del Parlamento.

4. Cuando la Asamblea Nacional haya aprobado las estimaciones de gastos para un ejercicio económico, distintos de los gastos que se imputan específicamente al Fondo Consolidado de Ingresos por esta Constitución o una ley del Parlamento, el Ministro encargado de las finanzas debe hacer que un proyecto de ley se conozca como proyecto de ley de consignación para ser presentado en la Asamblea Nacional, y ese proyecto de ley debe...

a. prever la emisión de dinero del Fondo de Ingresos Consolidados para sufragar los gastos aprobados; y

b. adecuar el dinero a los fines especificados en las estimaciones, en votaciones separadas para los distintos jefes de gastos que se hayan aprobado.

5. Si el dinero asignado a un fin en virtud de una Ley de Asignación es insuficiente o si se necesita un gasto para un fin para el que no se ha consignado dinero, el Ministro encargado de las finanzas debe presentar una estimación adicional o suplementaria a la Asamblea Nacional, y si el La Asamblea Nacional aprueba la estimación de que el Ministro debe presentar en la Asamblea un proyecto de ley de consignación adicional o suplementaria en el que se prevea la emisión del dinero necesario con cargo al Fondo Consolidado de Ingresos.

2. Si la Ley de Asignaciones para un ejercicio financiero no ha entrado en vigor a principios de ese ejercicio, una ley del Parlamento podrá autorizar al Presidente la retirada de fondos del Fondo Consolidado de Ingresos para sufragar los gastos necesarios para prestar los servicios del Gobierno para la los primeros cuatro meses del ejercicio, pero...

a. la Ley no debe permitir la retirada de dinero que exceda de un tercio de los importes incluidos en las previsiones de gastos del ejercicio anterior;

b. todo dinero retirado en virtud de la Ley debe incluirse en una Ley de Asignaciones para el ejercicio económico de que se trate, mediante votación separada para los distintos jefes de gastos.


Yemen 1991

Artículo 88

a. El proyecto de presupuesto general se presentará a la Cámara de Representantes al menos dos meses antes del comienzo del ejercicio fiscal. Se procederá a votación sobre cada parte del presupuesto. Será promulgado por ley. La Cámara no puede cambiar el presupuesto propuesto sin la aprobación del gobierno. No se podrá autorizar ninguna asignación de ingresos para un propósito específico salvo por ley. Si la ley presupuestaria no se promulga antes del comienzo del ejercicio fiscal, se seguirá el presupuesto del ejercicio anterior hasta que se apruebe el nuevo presupuesto.

b. La ley especificará la forma de preparar y clasificar el presupuesto general, así como el ejercicio fiscal.

El Consejo de Ministros es responsable de la ejecución de las políticas estatales generales en los ámbitos político, económico, social, cultural y de defensa, de acuerdo con las leyes y resoluciones del gabinete. En particular, ejercerá lo siguiente:

b. Preparar proyectos del plan económico nacional y del presupuesto anual, organizarlos y ejecutarlos y preparar la cuenta anual final del gobierno.


Vanuatu 1980

1. Cada año el Gobierno presentará un proyecto de ley de presupuesto al Parlamento para su aprobación.


Uzbekistán 1992

La dirección conjunta de la Cámara Legislativa y el Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán comprenderá:

8. aprobación del presupuesto estatal de la República de Uzbekistán presentado por el Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán y control de su ejecución;


Reino Unido 1215

1. Poderes de la Cámara de los Lores en cuanto a las facturas de dinero

1. Si un proyecto de ley monetario, que ha sido aprobado por la Cámara de los Comunes y enviado a la Cámara de los Lores por lo menos un mes antes del final del período de sesiones, no es aprobado por la Cámara de los Lores sin enmiendas en el plazo de un mes después de su envío a esa Cámara, el proyecto de ley, a menos que la Cámara de los Comunes se dirija a la por el contrario, se presenten a Su Majestad y se conviertan en una ley del Parlamento sobre la aprobación real, a pesar de que la Cámara de los Lores no haya dado su consentimiento al proyecto de ley.

2. Un proyecto de ley monetario significa un proyecto de ley público que, a juicio del Presidente de la Cámara de los Comunes, contiene únicamente disposiciones relativas a todos o cualquiera de los siguientes temas, a saber, la imposición, derogación, remisión, alteración o regulación de la tributación; la imposición para el pago de deudas u otros recursos financieros los fines de las cargas sobre el Fondo Consolidado, el Fondo Nacional de Préstamos o el dinero aportado por el Parlamento, o la modificación o derogación de dichos cargos; el suministro; la apropiación, recepción, custodia, emisión o auditoría de cuentas de dinero público; la obtención o garantía de cualquier préstamo o su reembolso; o asuntos subordinados incidentales a esos sujetos o a cualquiera de ellos. En esta subsección, las expresiones «tributación», «dinero público» y «préstamo», respectivamente, no incluyen ningún impuesto, dinero o préstamo recaudado por las autoridades u organismos locales con fines locales.

3. Cada proyecto de ley monetario será aprobado cuando se envíe a la Cámara de los Lores y cuando se presente a Su Majestad para su aprobación el certificado del Presidente de la Cámara de los Comunes firmado por él de que se trata de un proyecto de ley monetario. Antes de expedir su certificado, el Presidente consultará, si es posible, a dos miembros que serán nombrados entre el Grupo de Presidentes al comienzo de cada período de sesiones por el Comité de Selección.


Emiratos Árabes Unidos 1971

El Consejo Supremo Federal tiene las siguientes atribuciones:

2. Sancionar las leyes federales antes de su promulgación, incluida la Ley del presupuesto general anual y la Ley de cuentas de cierre.

El Consejo de Ministros, en particular, ejerce las siguientes competencias:

3. Establecer el presupuesto general anual federal y la cuenta de cierre.

Artículo 89

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 110, los proyectos de ley federales, incluidos los financieros, se presentan a la FNC y luego se envían al Presidente de los Emiratos Árabes Unidos, quien los remite para su aprobación al Consejo Supremo. La FNC discute los proyectos de ley que se le han presentado y puede aprobarlos, enmendarlos o rechazarlos.

Artículo 129

El proyecto de presupuesto anual de los Emiratos Árabes Unidos, que comprende las previsiones de ingresos y gastos, se remitirá al Consejo Nacional Federal al menos dos meses antes del comienzo del ejercicio financiero, para su examen y presentación de observaciones al respecto, antes de que el proyecto de presupuesto sea presentado al Supremo Federal del Consejo, junto con esas observaciones, para su dictamen conforme.

Artículo 130

El presupuesto general anual será emitido por ley. En todos los casos, cuando la ley presupuestaria no se haya promulgado antes del comienzo del ejercicio, los fondos mensuales temporales se pueden hacer por decreto federal sobre la base de una doceava parte de los fondos del ejercicio anterior. Los ingresos se recaudarán y se desembolsarán los gastos de conformidad con la legislación vigente al final del ejercicio anterior.


Ucrania 1996

La autoridad de la Rada Suprema de Ucrania incluye:

4. aprobar el presupuesto estatal de Ucrania e introducir enmiendas al mismo, ejercer control sobre la ejecución del presupuesto estatal de Ucrania y adoptar una decisión respecto del informe sobre su aplicación;

Artículo 96

El presupuesto estatal de Ucrania es aprobado anualmente por la Rada Suprema de Ucrania para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, y en circunstancias especiales para un período diferente.

El Consejo de Ministros de Ucrania presenta el proyecto de ley sobre el presupuesto estatal de Ucrania para el año siguiente a la Rada Suprema de Ucrania a más tardar el 15 de septiembre de cada año. El informe sobre el curso de la ejecución del presupuesto estatal de Ucrania en el año en curso se presenta junto con el proyecto de ley.

El Consejo de Ministros de Ucrania:

6. elabora el proyecto de ley sobre el presupuesto estatal de Ucrania y vela por la ejecución del presupuesto estatal de Ucrania aprobado por la Rada Suprema de Ucrania, y presenta un informe sobre su aplicación a la Rada Suprema de Ucrania;


Uganda 1995

155. Estimaciones del ejercicio económico

1. El Presidente hará que se prepare y se presente ante el Parlamento en cada ejercicio presupuestario, pero en cualquier caso a más tardar el decimoquinto día antes del comienzo del ejercicio presupuestario, las previsiones de ingresos y gastos del Gobierno para el ejercicio siguiente.

2. El jefe de cualquier departamento, comisión u organización de contabilidad autónoma creado en virtud de la presente Constitución hará que se presente al Presidente al menos dos meses antes del final de cada ejercicio presupuestario, las estimaciones de los gastos administrativos y de desarrollo y las previsiones de ingresos de los respectivos departamento, comisión u organización para el año siguiente.

3. Las estimaciones preparadas en virtud del párrafo 2) del presente artículo serán presentadas al Parlamento por el Presidente en virtud del párrafo 1) del presente artículo sin revisión, pero con las recomendaciones que el Gobierno pueda formular al respecto.

4. En cualquier momento antes de que el Parlamento examine las previsiones de ingresos y gastos que le haya presentado el Presidente o bajo su autoridad, una comisión competente del Parlamento podrá debatir y revisar las previsiones y formular recomendaciones apropiadas al Parlamento.

5. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1 del presente artículo, el Presidente podrá hacer que se prepare y se someta al Parlamento,

a. fiscales y monetarios y planes de desarrollo económico y social que abarcan períodos superiores a un año;

b. previsiones de ingresos y gastos correspondientes a períodos superiores a un año.

6. El Parlamento puede promulgar leyes para dar efecto a las disposiciones de este artículo.


Turkmenistán 2008

El Presidente de Turkmenistán:

9. presentar para su examen y aprobación al Mejlis de Turkmenistán el presupuesto del Estado de Turkmenistán e informe sobre la ejecución del presupuesto;

El Mejlis:

3. Examinar las cuestiones relacionadas con la aprobación del presupuesto estatal de Turkmenistán e informar sobre su ejecución;


Turquía 1982

ARTÍCULO 161

Los gastos del Estado y de las empresas públicas, distintas de las empresas económicas estatales, se determinarán mediante presupuestos anuales.

La ley definirá el comienzo del ejercicio fiscal y la preparación, ejecución y control del presupuesto del gobierno central y de los períodos y procedimientos especiales para las inversiones, o para las empresas y servicios que se espera que tengan una duración superior a un año. En la Ley de presupuesto no se incluirán otras disposiciones que no sean las relativas al presupuesto.

El Presidente presentará el proyecto de ley del presupuesto del Gobierno central a la Gran Asamblea Nacional de Turquía por lo menos setenta y cinco días antes del comienzo del ejercicio económico. El proyecto de presupuesto será examinado por la Comisión de Presupuestos. El proyecto de presupuesto aprobado por la Comisión de Presupuestos en un plazo de 55 días será debatido y concluido por el Plenario antes del comienzo del ejercicio económico.

En caso de que la ley presupuestaria no pueda entrar en vigor a tiempo, se adoptará un presupuesto provisional. Cuando no pueda aprobarse un presupuesto provisional, se aplicará el presupuesto del año anterior incrementado por el tipo de revalorización.

Los miembros de la Gran Asamblea Nacional de Turquía expresarán en el Pleno sus opiniones sobre los presupuestos de las administraciones públicas durante los debates de cada presupuesto; no formularán propuestas que supongan un aumento del gasto o una disminución de los ingresos.

En el Pleno, los presupuestos de las administraciones públicas y las propuestas de enmienda se leerán y votarán sin debate.

El crédito concedido por el presupuesto de la administración central indicará el límite de gastos permitidos. No se incluirá en el presupuesto ninguna disposición para que el límite de gastos pueda ser superado por decreto presidencial.

En las propuestas de enmienda que supongan un aumento de los créditos del presupuesto del ejercicio fiscal en curso y, en las facturas que supongan una carga financiera en los presupuestos del ejercicio en curso o siguiente, se indicarán los recursos financieros necesarios para sufragar los gastos declarados.

Las cuentas definitivas del Gobierno central serán presentadas por el Presidente de la República a la Gran Asamblea Nacional de Turquía en un plazo máximo de seis meses a partir del final del ejercicio fiscal correspondiente. El Tribunal de Cuentas presentará su declaración de conformidad general a la Asamblea en un plazo de setenta y cinco días a partir de la presentación del proyecto de ley final de cuentas con el que se relaciona.

La presentación de las facturas contables definitivas y la declaración de conformidad general a la Gran Asamblea Nacional de Turquía no impedirán la auditoría y el juicio de las cuentas correspondientes al ejercicio fiscal pertinente que no hayan sido concluidas por el Tribunal de Cuentas, y no significará que una decisión definitiva han sido tomadas sobre estas cuentas.

Las cuentas definitivas se debatirán y decidirán conjuntamente con la factura presupuestaria del nuevo ejercicio fiscal.


Trinidad y Tobago 1976

113. Autorización de gastos del Fondo Consolidado

1. El Ministro encargado de las finanzas hará que se prepare y se presente ante la Cámara de Representantes antes o a más tardar treinta días después del comienzo de cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos de Trinidad y Tabago correspondientes a ese año.

2. Los jefes de gastos contenidos en las estimaciones, distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o cualquier ley, se incluirán en un proyecto de ley, que se denominará proyecto de ley de consignaciones que prevea la emisión por parte del Fondo Consolidado de las sumas necesarias para sufragar esos gastos, y la consignación de esas sumas para los fines especificados en él.

3. Si con respecto a cualquier ejercicio financiero se encuentra...

a. que el importe asignado por la Ley de Asignaciones para cualquier fin es insuficiente o que se ha planteado una necesidad de gastos para un fin para el cual no se ha consignado ningún importe por la ley; o

b. que cualquier dinero se haya gastado para cualquier fin que exceda de la suma consignada a tal efecto por la Ley de Asignaciones o para un fin para el que la Ley no ha consignado ninguna cantidad,

se presentará a la Cámara de Representantes una estimación complementaria en la que se indiquen las sumas necesarias o gastadas y los jefes de esos gastos se incluirán en un proyecto de ley de consignación suplementaria.

114. Autorización de gastos por anticipado a la consignación

El Parlamento podrá establecer disposiciones en virtud de las cuales, en caso de que la Ley de créditos para un ejercicio presupuestario no haya entrado en vigor a principios de dicho ejercicio, el Ministro encargado de las finanzas podrá autorizar la retirada de fondos del Fondo consolidado para sufragar los gastos necesarios para prestar los servicios del Gobierno hasta la expiración de los treinta días contados a partir del comienzo de ese ejercicio económico o de la entrada en vigor de la ley, si esta fecha es anterior.


Tonga 1875

78. Asamblea para evaluar los impuestos

La Asamblea Legislativa evaluará el importe de los impuestos que debe pagar el pueblo y los derechos de aduana y tasas por las licencias comerciales y aprobará las estimaciones de gastos de la administración pública de conformidad con la cláusula decimonovena. Y tras el informe del Ministro de Finanzas sobre los gastos e ingresos recibidos durante el año siguiente a la última reunión de la Asamblea, la Asamblea Legislativa determinará las estimaciones de los gastos del Gobierno hasta la siguiente reunión de la Asamblea Legislativa. Y los ministros se guiarán por las estimaciones del gasto público así autorizadas por la Asamblea Legislativa.


Togo 1992

Artículo 91

La Asamblea Nacional vota los proyectos de ley de finanzas en las condiciones previstas por una ley orgánica.

Las disposiciones del proyecto de ley pueden entrar en vigor mediante ordenanza si la Asamblea no decide dentro de un plazo de cuarenta y cinco (45) días a partir del depósito del proyecto de ley y si el ejercicio presupuestario está llegando a su expiración. En este caso, el Gobierno exige la convocación de una sesión extraordinaria para la ratificación.

Si el proyecto de ley de finanzas no se ha depositado en forma oportuna para ser votado y promulgado antes del debut del ejercicio económico, el Primer Ministro exige de urgencia, de la Asamblea, la autorización para continuar el presupuesto del año anterior por doceavos doceavos provisionales.

Artículo 132

El Consejo Económico y Social tiene la responsabilidad de emitir su opinión sobre todas las cuestiones planteadas a su consideración por el Presidente de la República, el Gobierno, la Asamblea Nacional, el Senado o cualquier otra institución pública.

Se consulta al Consejo Económico y Social, para su opinión, sobre cualquier proyecto de plan o de programa económico y social, así como sobre cualquier proyecto de ley de [un] texto de carácter fiscal, económico y social.

También puede proceder a analizar cualquier problema de desarrollo económico y social. Presenta sus conclusiones al Presidente de la República, al Gobierno, a la Asamblea Nacional y al Senado.

Supervisa la ejecución de las decisiones del Gobierno relativas a la organización económica y social.


Timor Oriental 2002

2. Incumbe exclusivamente al Parlamento Nacional promulgar leyes sobre:

q. el sistema presupuestario.

3. También corresponde (al Parlamento Nacional):

d. deliberar sobre el Plan y Presupuesto del Estado y su informe de ejecución;

e. supervisar la ejecución del presupuesto del Estado;

2. No puede haber presentación de proyectos de ley, proyectos de ley o enmiendas que impliquen, en un ejercicio fiscal determinado, un aumento de los gastos del Estado ni la reducción de los ingresos estatales previstos en el Presupuesto o los Presupuestos Rectificativos.

Artículo 145. Presupuesto del Estado

1. El presupuesto del Estado es preparado por el Gobierno y aprobado por el Parlamento Nacional.

2. La Ley de Presupuestos establecerá, sobre la base de la eficiencia y la eficacia, un desglose de los ingresos y gastos del Estado, y excluirá la existencia de créditos y fondos secretos.

3. La ejecución del presupuesto es supervisada por el Alto Tribunal Administrativo, Fiscal y de Auditoría y por el Parlamento Nacional.


Tailandia 2017

Las estimaciones de gastos del Estado se harán en forma de ley. Si la Ley de Asignaciones Anuales para el ejercicio fiscal siguiente no se promulga a tiempo, se aplicará por el momento la ley de créditos anuales para el ejercicio fiscal anterior.

Artículo 142

La introducción de un proyecto de ley anual de créditos debe indicar las fuentes de ingresos y los ingresos estimados, el resultado esperado o la producción de los pagos, y la conformidad con la Estrategia Nacional y los planes de desarrollo, de conformidad con las normas prescritas en la Ley de disciplina financiera y fiscal del Estado.

Artículo 143

La Cámara de Representantes debe completar el examen de un proyecto de ley anual de asignaciones, un proyecto de ley de créditos suplementarios y un proyecto de ley de transferencia de asignaciones en un plazo de ciento cinco días a partir de la fecha en que el proyecto de ley llegue a la Cámara de Representantes.

Si la Cámara de Representantes no concluye el examen del proyecto de ley dentro del plazo indicado en el párrafo 1, se considerará que el proyecto de ley ha sido aprobado por la Cámara de Representantes y se someterá al Senado para su examen.

En la consideración del Senado, el Senado debe aprobarlo o desaprobarlo sin ninguna enmienda en un plazo de veinte días a partir de la fecha en que el proyecto de ley llegue al Senado. Una vez transcurrido ese plazo, se considerará que el proyecto de ley ha sido aprobado por el Senado; en tal caso y en el caso en que el Senado lo apruebe, se iniciarán nuevas actuaciones con arreglo al artículo 81.

Si el Senado desaprueba el proyecto de ley, se aplicarán mutatis mutandis las disposiciones del párrafo 2 del artículo 138. A este respecto, la Cámara de Representantes reconsiderará inmediatamente el proyecto de ley.

El plazo a que se hace referencia en los párrafos 1 y 3 no incluirá el plazo para su examen por el Tribunal Constitucional con arreglo al párrafo 3 del artículo 144.

Artículo 144

En el examen de un proyecto de ley anual de asignaciones, un proyecto de ley de créditos suplementarios y un proyecto de ley de transferencia de asignaciones, un Miembro de la Cámara de Representantes no presentará una moción por la que se modifique o añada ninguna partida o cantidad de una partida al proyecto de ley, pero podrá presentar una moción por la que se reduzca o se abrevie el gastos que no son gastos con arreglo a ninguna de las obligaciones siguientes:

1. dinero para el pago del principal de un préstamo;

2. intereses de un préstamo;

3. dinero a pagar de acuerdo con la ley.

En consideración por la Cámara de Representantes, el Senado o una comisión, ninguna propuesta, presentación de una moción o comisión de cualquier acto que dé lugar a la participación directa o indirecta de los miembros de la Cámara de Representantes, Senadores o miembros de una comisión en el uso de los créditos, no será permitido.

En caso de que los miembros de la Cámara de Representantes o Senadores constituidos por no menos de una décima parte del número total de miembros existentes de cada Cámara consideren que se ha producido una violación de lo dispuesto en el párrafo 2, remitirán el dictamen al Tribunal Constitucional para que éste adopte una decisión. y el Tribunal Constitucional completará la decisión en un plazo de quince días contados a partir de la fecha de recepción de dicho dictamen. En caso de que el Tribunal Constitucional decida que se ha producido una violación de las disposiciones del párrafo 2, dicha propuesta, presentación de moción o comisión del acto será ineficaz. Si la persona que comete tal violación es miembro de la Cámara de Representantes o Senador, su afiliación quedará terminada a partir de la fecha en que el Tribunal Constitucional dicte la decisión. También se revocará el derecho de esa persona a presentarse a las elecciones. En el caso de que el Consejo de Ministros cometa o apruebe la comisión de tal acción, o tenga conocimiento de la acción pero no ordene su cesación, el Consejo de Ministros desocupará su cargo masivamente a partir de la fecha en que el Tribunal Constitucional dicte la decisión, y el derecho a presentarse a la elección del los ministros cuyos cargos estén desalojados también serán revocados a menos que pueda demostrar que no estaba presente en la reunión en el momento de aprobar la resolución. La persona que cometa la violación será responsable de la restitución con intereses.

Con respecto a todo funcionario del Estado que gestione un proyecto o autorice o asigne presupuesto a sabiendas de que se ha cometido una violación de lo dispuesto en los párrafos uno o dos, si ha registrado su objeción por escrito o ha informado a la Comisión Nacional Anticorrupción en por escrito, quedará exento de toda responsabilidad.

Las reclamaciones de restitución con arreglo a los párrafos 3 y 4 podrán presentarse en un plazo de veinte años a partir de la fecha en que se asigne el presupuesto.

En caso de que la Comisión Nacional Anticorrupción sea informada de conformidad con el párrafo 4, llevará a cabo inmediatamente una investigación secreta. Si considera que existe un caso prima facie, se presentará un dictamen al Tribunal Constitucional para que continúe el procedimiento previsto en el párrafo 3. En cualquier caso, la Comisión Nacional Anticorrupción, el Tribunal Constitucional o cualquier otra persona no divulgará información sobre el informante.


Tanzania 1977

2. El Presidente no podrá disolver el Parlamento en ningún momento salvo...

b. si la Asamblea Nacional se niega a aprobar un presupuesto propuesto por el Gobierno;

1. El Presidente dará instrucciones a las personas interesadas para que preparen y presenten a la Asamblea Nacional, en cada ejercicio económico del Gobierno, estimaciones de los ingresos y gastos del Gobierno de la República Unida para el ejercicio económico siguiente.


Tayikistán 1994

El Gobierno de la República de Tayikistán presenta al Majlisi Namoyandagon proyectos de ley presupuestarios y proyectos de ley por los que se establecen y suprimen impuestos.

Artículo 60

Las leyes son adoptadas por el Majlisi Namoyandagon. La ley se aprueba por mayoría de votos de todos los diputados, a menos que la Constitución disponga un procedimiento diferente.

Las leyes aprobadas por el Majlisi Namoyandagon, excepto las leyes sobre el presupuesto del Estado y la amnistía, se presentan al Majlisi Milli.

Una ley es considerada aprobada por el Majlisi Milli si la mayoría de sus miembros votó a favor de ella. En caso de rechazo de una ley por parte del Majlisi Milli, la ley está sujeta a reconsideración por el Majlisi Namoyandagon.

En caso de desacuerdo del Majlisi Namoyandagon con la decisión del Majlisi Milli, una ley se considera adoptada si no menos de dos tercios de todos los diputados del Majlisi Namoyandagon votaron por segunda vez.

Las leyes sobre el presupuesto del Estado y la amnistía sólo son aprobadas por el Majlisi Namoyandagon. El Majlisi Namoyandagon ejerce control sobre la ejecución del presupuesto del Estado.

Artículo 75

El Gobierno presenta para su consideración los programas socioeconómicos del Majlisi Namoyandagon, cuestiones relativas al desembolso y la recepción de créditos estatales, la prestación de asistencia económica a otros Estados, la propuesta del presupuesto del Estado y la posible cuantía del déficit presupuestario del Estado [y] las fuentes de su financiación.


República de China 1947

2. Se establecerán proyectos de ley o presupuestarios o proyectos de ley marcial, amnistía, declaración de guerra, concertación de la paz, tratados internacionales y otras cuestiones importantes que deban someterse al Yuan Legislativo, así como asuntos de interés común para todos los ministerios y comisiones ante el Consejo del Yuan Ejecutivo por el Presidente del Yuan Ejecutivo y por los diversos Ministros y Presidentes de Comisiones para su examen y decisión.

Artículo 59

El Yuan Ejecutivo, tres meses antes del comienzo de cada ejercicio fiscal, presentará al Yuan Legislativo un proyecto de ley presupuestario para el siguiente ejercicio fiscal.

Artículo 63

El Yuan Legislativo tendrá la facultad de decidir por resolución sobre proyectos de ley y presupuesto, amnistía, declaración de guerra, concertación de paz, tratados internacionales y otras cuestiones importantes de Estado.

Artículo 70

El Yuan Legislativo no propondrá ningún aumento de los gastos en el proyecto de presupuesto presentado por el Yuan Ejecutivo.

Artículo 164

Los gastos en programas educativos, estudios científicos y servicios culturales no representarán menos del 15% del gasto total del presupuesto del Gobierno Central, no menos del veinticinco por ciento del gasto total del presupuesto provincial; y en relación con los gastos municipales o gobierno del condado, por no menos del treinta y cinco por ciento del gasto total en el presupuesto municipal o del condado. Se protegerán las fundaciones educativas y culturales establecidas de conformidad con la ley y sus bienes.

El Yuan Ejecutivo será responsable ante el Yuan Legislativo de conformidad con las siguientes disposiciones; las disposiciones del artículo 57 de la Constitución dejarán de aplicarse:

2. En caso de que el Yuan Ejecutivo considere difícil ejecutar un proyecto de ley estatutario, presupuestario o de tratado aprobado por el Yuan Legislativo, el Yuan Ejecutivo, con la aprobación del presidente de la República y dentro de los diez días siguientes a la presentación del proyecto de ley al Yuan Ejecutivo, solicitar al Yuan Legislativo que reconsidere la proyecto de ley. El Yuan Legislativo llegará a una resolución sobre el proyecto de ley devuelto dentro de los 15 días siguientes a su recepción. Si el Yuan Legislativo se encuentra en receso, se reunirá por iniciativa propia en un plazo de siete días y llegará a una resolución dentro de los 15 días siguientes a la iniciación del período de sesiones. Si el Yuan Legislativo no llega a una resolución dentro de dicho plazo, el proyecto de ley original quedará inválido. Si más de la mitad del número total de miembros del Yuan Legislativo respalda el proyecto de ley original, el presidente del Yuan Ejecutivo aceptará inmediatamente dicho proyecto de ley.

El proyecto de presupuesto presentado anualmente por el Yuan Judicial no puede ser eliminado o reducido por el Yuan Ejecutivo; sin embargo, el Yuan Ejecutivo puede indicar sus opiniones sobre el presupuesto e incluirlo en el proyecto de ley presupuestario propuesto por el gobierno central para su presentación al Yuan Legislativo para su deliberación.


Suiza 1999

Artículo 126. Gestión financiera

1. La Confederación mantendrá sus ingresos y gastos en equilibrio a lo largo del tiempo.

2. El límite máximo del gasto total que se aprobará en el presupuesto se basa en los ingresos previstos, después de tener en cuenta la situación económica.

3. Las necesidades financieras excepcionales podrán justificar un aumento adecuado del límite máximo con arreglo al apartado 2. La Asamblea Federal decidirá sobre cualquier aumento de conformidad con el artículo 159 párrafo 3 letra c.

4. Si el gasto total en las cuentas federales supera el límite máximo establecido en los apartados 2 o 3, la compensación por este gasto adicional deberá efectuarse en los años siguientes.

5. Los detalles están regulados por la ley.

3. La ley dispondrá que, en caso de desacuerdo entre los Consejos, se adopten decisiones sobre:

d. el presupuesto o cualquier enmienda al mismo.

3. Sin embargo, se requiere el consentimiento de una mayoría absoluta de los miembros de cada uno de los dos Consejos para:

c. un aumento del gasto global en caso de necesidades financieras extraordinarias de conformidad con el apartado 3 del artículo 126.

Artículo 167. Financiar

La Asamblea Federal determina los gastos de la Confederación, adopta el presupuesto y aprueba las cuentas federales.

1. El Consejo Federal elabora el plan financiero y el proyecto de presupuesto y prepara las cuentas federales.


Surinam 1987

1. La forma en que se prepara, elabora y ejecuta el presupuesto anual y el período para el que es válido están regulados por la ley.


Sudán del Sur 2011

87. Facturas relativas a la asignación de recursos e ingresos

1. El Presidente hará que se presente a la Asamblea Legislativa Nacional, antes del comienzo del ejercicio económico, un proyecto de ley para la asignación de recursos e ingresos de conformidad con las disposiciones de la presente Constitución. La Asamblea Legislativa Nacional se reunirá para aprobar, modificar o rechazar dicho proyecto de ley.

88. Propuesta de Presupuesto General, Estimaciones y Facturas Rel

1. El Presidente hará que se presente a la Asamblea Legislativa Nacional, antes del inicio del ejercicio, un proyecto de ley sobre el presupuesto general, que incluya:

  1. a. una evaluación general de los resultados y la situación económicos y financieros;
  2. b. estimaciones detalladas de los ingresos y gastos propuestos para el año siguiente en comparación con las del ejercicio anterior;
  3. c. un estado del presupuesto general, cualesquiera fondos de reserva, transferencias o asignaciones de los mismos, y
  4. d. explicaciones de cualesquiera presupuestos especiales o estimaciones financieras, políticas o medidas que deba adoptar el Gobierno Nacional en los asuntos financieros y económicos en el marco del presupuesto general.

2. El Presidente hará que se presenten a la Asamblea Legislativa Nacional propuestas de gastos totales consignados en el presupuesto como proyecto de ley de consignación y propuestas de impuestos, tasas y otros gravámenes, así como préstamos, inversiones o bonos de ahorro como facturas financieras.

3. La Asamblea Legislativa Nacional discutirá, y podrá enmendar, rechazar o aprobar el proyecto de presupuesto general capítulo por capítulo incluyendo las listas, y posteriormente aprobará el proyecto de ley de consignaciones en su totalidad.

4. Cuando se apruebe el proyecto de ley, las estimaciones detalladas especificadas en el presupuesto general no serán excedidas salvo en virtud de una ley complementaria.

5. Los fondos excedentes respecto de las previsiones de ingresos y los fondos procedentes de la reserva legal no se gastarán salvo en virtud de una ley suplementaria de créditos.

6. Tras la aprobación del presupuesto, no se transferirán fondos de un capítulo a otro, ni se gastará dinero alguno en una partida que no esté prevista en el presupuesto sin la aprobación de la Asamblea Legislativa Nacional.

7. En caso de que la Asamblea Legislativa Nacional no apruebe el proyecto de presupuesto en un plazo de cuarenta y cinco días, el Presidente emitirá un decreto presidencial sobre el presupuesto para ese año, que se considerará aprobado por la Asamblea Legislativa Nacional de conformidad con el disposiciones de esta Constitución.

3. No se considerará que un proyecto de ley o una enmienda tenga tal objeto o efecto porque incluya disposiciones para la imposición de multas u otras sanciones pecuniarias o el pago de tasas por servicios prestados.

90. Medidas financieras provisionales y suplementarias

3. Cuando el procedimiento de aprobación del presupuesto general y de la factura de créditos se retrase más allá del comienzo del ejercicio, los gastos continuarán, a la espera de la aprobación del presupuesto general, de acuerdo con las previsiones aprobadas para el ejercicio anterior, como si el mismo hubiera sido consignado por ley para el año nuevo.

4. Cuando se produzcan nuevas circunstancias o se demuestre que el presupuesto general no ha abordado satisfactoriamente un asunto de interés público, el Presidente podrá, durante el ejercicio económico, presentar a la Asamblea Legislativa Nacional un proyecto de ley, una consignación suplementaria o una asignación del fondos de reserva, a los que se aplicarán las mismas disposiciones establecidas en relación con el proyecto de presupuesto general.


Somalia 2012

1. La Cámara del Pueblo del Parlamento Federal tiene obligaciones legislativas, entre ellas las siguientes:

b. Elaborar leyes, excepto las relativas al presupuesto anual, que serán formuladas por el Consejo de Ministros.

1. Los proyectos de ley a nivel nacional podrán ser iniciados por:

b. Por lo menos diez miembros de la Cámara del Pueblo del Parlamento Federal, salvo los proyectos de ley relativos al presupuesto anual, que serán iniciados únicamente por el Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros está facultado para:

d. Elaborar el presupuesto anual y finalizar las cuentas;


Islas Salomón 1978

102. Autorización de gastos

1. El Ministro de Hacienda hará que se prepare y se presente ante el Parlamento antes del comienzo de cada ejercicio presupuestario estimaciones de los ingresos y gastos del Gobierno correspondientes a ese año, siempre que en circunstancias excepcionales que se explicarán al Parlamento, el Ministro podrá hacer que las estimaciones que se presentarán al Parlamento a más tardar noventa días después del comienzo del ejercicio.

2. Los jefes de gastos contenidos en las estimaciones (distintos de los gastos estatutarios) se incluirán en un proyecto de ley que se denominará proyecto de ley de consignación, que se presentará al Parlamento para prever la emisión por parte del Fondo Consolidado de las sumas necesarias para abastecer dichos capitales y la consignación de las sumas para los fines especificados en él.

3. Si, respecto de un ejercicio financiero, se constata que la suma consignada por la Ley de Asignaciones para cualquier fin es insuficiente o que se ha producido una necesidad de gastos para un fin para el que no se ha consignado ninguna suma por dicha ley, se incluirá una estimación complementaria en la que se indiquen las sumas requeridas se incluirá en un Proyecto de ley suplementario de consignación para la consignación.

4. Si, al cierre de la cuenta de un ejercicio financiero, se compruebe que se ha gastado en una cabecera algún dinero superior a la suma asignada para esa partida por una Ley de Asignación o para un fin para el que no se ha consignado dinero, el excedente o la suma gastada pero no se ha consignado según el caso se incluirán en una declaración de jefes en exceso que, junto con el informe de la Comisión de Cuentas Públicas al respecto, se presentará al Parlamento.

5. Los gastos estatutarios no serán votados por el Parlamento, sino que, sin más autoridad del Parlamento, se abonarán con cargo al Fondo Consolidado mediante mandamiento dictado por el Ministro de Hacienda.


Eslovenia 1991

Artículo 148. Presupuestos

Todos los ingresos y gastos para el financiamiento del gasto público deben incluirse en los presupuestos del Estado.

Los ingresos y gastos de los presupuestos del estado deben equilibrarse a mediano plazo sin endeudarse, o los ingresos deben exceder los gastos. La desviación temporal de este principio sólo se permite cuando circunstancias excepcionales afectan al Estado.

La forma y el calendario de aplicación del principio mencionado en el párrafo anterior, los criterios para determinar las circunstancias excepcionales y el curso de acción en que se produzcan, se determinarán por ley aprobada por la Asamblea Nacional por mayoría de dos tercios de todos los diputados .

Si un presupuesto no se ha aprobado antes del primer día de ejecución, los beneficiarios financiados por el presupuesto se financian temporalmente de conformidad con el presupuesto anterior.


Eslovaquia 1992

Las facultades del Consejo Nacional de la República Eslovaca comprenden, sobre todo, las siguientes:

g. aprobar el presupuesto estatal, comprobar su cumplimiento y aprobar la cuenta de cierre estatal,

El Gobierno, como órgano, decide

e. borradores del presupuesto del Estado y la cuenta de cierre del Estado,


Singapur 1963

147. Estimaciones anuales y estados financieros

1. Antes del final de cada ejercicio presupuestario, el Ministro encargado de las finanzas preparará estimaciones anuales de ingresos y gastos de Singapur durante el ejercicio siguiente que, una vez aprobadas por el Gabinete, se presentarán al Parlamento.

2. Las estimaciones de gastos indicarán por separado:

  1. a. las sumas totales necesarias para sufragar los gastos imputados al Fondo Consolidado;
  2. b. las sumas necesarias, respectivamente, para sufragar los gastos de otros gastos de los servicios públicos que se propone sufragar con cargo al Fondo Consolidado, con excepción de las cantidades siguientes:
    1. i. los importes que representen el producto de cualquier préstamo recaudado por el Gobierno para fines específicos y consignados a esos efectos por la ley que autoriza la obtención del préstamo;
    2. ii. las sumas que representen cualquier dinero o interés sobre el dinero recibido por el Gobierno sujeto a un fideicomiso y que se apliquen de conformidad con las condiciones del fideicomiso; y
    3. iii. las sumas que representen cualquier dinero en poder del Gobierno que haya sido recibido o consignado para los fines de cualquier fondo fiduciario establecido en virtud de una ley escrita o de conformidad con ella; y
  3. c. las sumas necesarias, respectivamente, para sufragar los jefes de gastos que se propone sufragar con cargo al Fondo de Desarrollo.

3. Las previsiones de ingresos que deberán consignarse en las previsiones no incluirán las sumas recibidas por concepto de ingresos zakat, fitrah y baitulmal o similares musulmanes.

4. El Ministro encargado de las finanzas presentará también al Parlamento, junto con las previsiones de ingresos y gastos,

  1. a. una declaración de si es probable que las estimaciones anuales de ingresos y gastos se basen en las reservas que no fueron acumuladas por el Gobierno durante su mandato actual, y
  2. b. un estado comprobado que indique, en la medida de lo posible, el activo y el pasivo de Singapur al final del último ejercicio económico terminado.

5. El Ministro encargado de las finanzas preparará, tan pronto como sea posible después del final de cada ejercicio financiero, para ese ejercicio:

  1. a. en relación con las cuentas mantenidas respecto del Fondo Consolidado, una cuenta completa y particular en la que se indiquen los importes efectivamente recibidos y gastados en ese año, y un estado completo y particular en el que se indiquen los ingresos y los gastos de cualquier préstamo;
  2. b. un estado de ingresos y gastos de dinero contabilizados en la Cuenta del Fondo para el Desarrollo;
  3. c. un estado de ingresos y gastos de dinero contabilizados en cualquier fondo gubernamental creado por una ley;
  4. d. en la medida de lo posible, un estado del activo y el pasivo de Singapur al final del ejercicio económico;
  5. e. en la medida de lo posible, un estado de garantías pendientes y otros pasivos financieros de Singapur al final del ejercicio; y
  6. f. las demás declaraciones que el Ministro considere conveniente,

y, una vez comprobadas las cuentas y estados financieros mencionados en esta cláusula, presentar al Presidente esas cuentas y estados de cuentas comprobados junto con otro estado en el que se indique si las cuentas y estados auditados a que se hace referencia en la presente cláusula muestran algún uso o probabilidad de recurrir a la reservas del Gobierno que no fueron acumuladas por el Gobierno durante su mandato actual.


Sierra Leona 1991

112. Autorización de gastos del Fondo Consolidado

1. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 107 de la presente Constitución, el Ministro responsable de las finanzas hará que se prepare y presente al Parlamento en cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos de Sierra Leona para el ejercicio económico siguiente.

2. El jefe de los gastos...

  1. a. de las estimaciones se incluirán en un proyecto de ley que se denominará proyecto de ley de consignaciones, que se presentará al Parlamento para prever la emisión con cargo al Fondo Consolidado de las sumas de dinero necesarias para sufragar esos gastos y la consignación de esas sumas para los fines especificados en él; y
  2. b. de los pagos del Fondo Consolidado se presentarán al Parlamento para información de sus miembros.

3. Cuando, respecto de un ejercicio financiero, se compruebe que el importe de las sumas consignadas por la Ley de Asignaciones para cualquier fin es insuficiente o que ha surgido una necesidad de gastos para un fin para el que no se haya consignado ningún importe de dinero en virtud de dicha Ley, se efectuará una estimación complementaria que indique la suma de el dinero necesario se depositará ante el Parlamento.

4. Cuando, respecto de un ejercicio financiero, el Parlamento haya aprobado una estimación complementaria de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3), se presentará al Parlamento un proyecto de ley de consignaciones suplementarias en el ejercicio siguiente al ejercicio económico al que se refieran las estimaciones, en la que se preveía la consignación de la suma aprobada para los fines especificados en esa estimación.

5. No obstante lo dispuesto en el párrafo 4), por el momento el Ministro responsable de las finanzas puede hacer que se prepare y presente al Parlamento estimaciones de ingresos y gastos de Sierra Leona para períodos superiores a un año.

6. El Parlamento prescribirá el procedimiento para la presentación de proyectos de ley de consignación.


Seychelles 1993

1. El Ministro, a más tardar el trigésimo día después del comienzo de cada ejercicio económico, presentará a la Asamblea Nacional las previsiones de ingresos y gastos del Gobierno para el ejercicio económico.

2. El Ministro, antes de presentar las estimaciones previstas en el párrafo 1), obtendrá la aprobación del Gabinete respecto de las estimaciones.

3. Las estimaciones a que se refiere la cláusula 1 incluirán:

  1. a. un estado de la deuda pública al comienzo del ejercicio
    1. i. a las deudas bilaterales, multilaterales, institucionales y comerciales;
    2. ii. si la deuda en cada caso mencionado en el inciso i) es extranjera o nacional;
    3. iii. en el caso de una deuda interna, el tipo y el importe agregado del instrumento de deuda emitido;
  2. b. un estado de la deuda prevista al final del ejercicio;
  3. c. un perfil de las necesidades de reembolso y servicio de la deuda para los próximos diez ejercicios financieros siguientes;
  4. d. una declaración de las garantías pendientes dadas por el Gobierno y el Banco Central de Seychelles;
  5. e. un estado de reservas oficiales en el que se identifiquen claramente las reservas mantenidas al comienzo del ejercicio por el Banco Central, el Gobierno y la sección bancaria en conjunto, las tenencias previstas del Banco Central, el Gobierno y el sector bancario al final del ejercicio y la medida en que se espera que las reservas oficiales se reduzcan o aumenten durante el ejercicio;
  6. f. un estado de los resultados y efectos fiscales en el que figura un resumen completo del Fondo Consolidado correspondiente al ejercicio económico inmediatamente anterior.


Serbia 2006

Artículo 92. Presupuesto

La República de Serbia, las provincias autónomas y las dependencias de gobierno autónomo local dispondrán de presupuestos, que deberán esbozar todos los ingresos y gastos con que estén financiando sus competencias.

La ley establecerá los plazos dentro de los cuales debe aprobarse el presupuesto, así como el método de financiación temporal.

La realización de todos los presupuestos será auditada por la Entidad Estatal de Auditoría.

La Asamblea Nacional examinará la propuesta de estado financiero del presupuesto una vez recibida la evaluación de la Entidad Estatal de Auditoría.

Artículo 93. Deuda pública

La República de Serbia, las provincias autónomas y las unidades de gobierno autónomo local pueden estar en deuda.

Los términos y procedimientos para contraer deudas se estipularán en la Ley.

La Asamblea Nacional:

11. aprobar el presupuesto y el estado financiero de la República de Serbia, a propuesta del Gobierno,

Por mayoría de votos de todos los diputados, la Asamblea Nacional:

8. aprobar el presupuesto y el estado financiero,


Senegal 2001

Artículo 68

La Asamblea Nacional vota los proyectos de ley de financiación en las condiciones previstas por una ley orgánica.

El proyecto de ley de finanzas del año, que incluye especialmente el presupuesto, se deposita en la Mesa de la Asamblea Nacional, a más tardar el día de la apertura del único período ordinario de sesiones.

La Asamblea Nacional tiene a su disposición sesenta días como máximo para votar los proyectos de ley de finanzas.

Si, por causa de fuerza mayor, el Presidente de la República no ha depositado oportunamente el proyecto de ley de finanzas del año para que la Asamblea Nacional pueda disponer al respecto, antes de que finalice el período de sesiones establecido, [en] el plazo previsto en el párrafo anterior, el período de sesiones se prolonga inmediatamente y de pleno derecho hasta la aprobación de la ley de finanzas.

Si el proyecto de ley de finanzas no ha sido votado definitivamente a la expiración del plazo de sesenta días previsto anteriormente, entrará en vigor por decreto, teniendo en cuenta las enmiendas votadas por la Asamblea Nacional y aceptadas por el Presidente de la República.

Si [,] teniendo en cuenta el procedimiento previsto anteriormente, la ley de finanzas del año no ha entrado en vigor antes del comienzo del ejercicio fiscal [année financière], el Presidente de la República está autorizado a renovar [reconduire] por decreto, los servicios votados.

El Tribunal de Cuentas asiste al Presidente de la República, al Gobierno y a la Asamblea Nacional a controlar la aplicación de las leyes financieras.

Artículo 82

El Presidente de la República, el Primer Ministro y los diputados tienen derecho a enmendar. Las enmiendas del Presidente de la República son presentadas por el Primer Ministro y los demás miembros del Gobierno.

Las propuestas y enmiendas formuladas por los Diputados no son admisibles cuando su adopción tendría como consecuencia una disminución de los recursos públicos, o la creación o agravación de un gasto público, a menos que dichas propuestas o enmiendas hayan sido acompañadas de propuestas de ingresos compensatorios.

Sin embargo, la Asamblea Nacional no podrá proponer ningún artículo o enmienda adicional a un proyecto de ley de finanzas, a menos que ésta tiende a suprimir o reparar efectivamente un gasto, a crear o aumentar [accroître] un recibo.

Si el Gobierno lo exige, la Asamblea Nacional se refiere a [la cuestión] se pronuncia por votación exclusiva sobre la totalidad o parte del texto objeto de debate, conservando en él únicamente las enmiendas propuestas o aceptadas por el Gobierno.

El Primer Ministro, tras deliberar por el Consejo de Ministros, puede asumir la responsabilidad del Gobierno ante la Asamblea Nacional respecto de la votación de un proyecto de ley de finanzas. En este caso, el proyecto de ley se considera aprobado, a menos que se vote una moción de censura depositada dentro de las veinticuatro horas siguientes, en las condiciones del párrafo anterior. El Primer Ministro también puede recurrir a este procedimiento para otro proyecto de ley o propuesta de ley por período de sesiones.


Arabia Saudita 1992

Artículo 73

No se obligará a pagar fondos del Tesoro del Estado salvo de conformidad con lo dispuesto en el presupuesto. En caso de que las disposiciones presupuestarias no sean suficientes para el pago de dichos fondos, se emitirá un Real Decreto para su pago.

Artículo 76

La ley determinará el ejercicio fiscal del Estado. El presupuesto se emitirá mediante un Real Decreto en el que se detallarán las previsiones de ingresos y gastos del ejercicio. El presupuesto se emitirá al menos un mes antes del comienzo del ejercicio fiscal. Si, por razones abrumadoras, el presupuesto no se emite a tiempo y el nuevo ejercicio fiscal aún no ha comenzado, la validez del antiguo presupuesto se prorrogará hasta que se haya emitido un nuevo presupuesto.


Santo Tomé y Príncipe 1975

La Asamblea Nacional está encargada de:

g. Aprobar el presupuesto del Estado;

1. La Asamblea Nacional se reúne en dos períodos ordinarios de sesiones anuales, uno de los cuales se dedica específicamente a evaluar el informe de las actividades del Gobierno y a debatir y votar el presupuesto del Estado para el ejercicio económico siguiente.

Las atribuciones del Gobierno son las siguientes:

b. Preparar los planes de desarrollo y el presupuesto general del Estado y asegurar su correcta ejecución;


Samoa 1962

94. Consignación de gastos

1. Con respecto a cada ejercicio financiero, el Ministro encargado de las finanzas hará que se presente ante la Asamblea Legislativa una declaración de los ingresos y gastos estimados para ese ejercicio y, a menos que el Parlamento disponga otra cosa respecto de un año, dicha declaración se presentará así ante el comienzo de ese año.

2. Las propuestas relativas a todos los gastos contenidos en las estimaciones (excepto los gastos estatutarios) se someterán a votación de la Asamblea Legislativa mediante un proyecto de ley de consignación.

3. Si, con respecto a cualquier ejercicio financiero, se encuentra

  1. a. que cualquier gasto se incurra o pueda incurrir en cualquier servicio que exceda de la suma prevista para dicho servicio por la Ley de Asignaciones correspondiente a ese año, o
  2. b. que cualquier gasto (distinto de los gastos estatutarios) se efectúe o pueda incurrir en cualquier servicio no previsto en la Ley de Asignaciones correspondiente a ese año;

el Ministro encargado de las finanzas hará que se presenten ante la Asamblea Legislativa estimaciones complementarias respecto de esos gastos, y las propuestas de gastos que en él figuran serán sometidas a votación de la Asamblea mediante un proyecto de ley de consignación suplementaria.

4. Los gastos estatutarios, que no se someterán a votación de la Asamblea Legislativa con arreglo a lo dispuesto en el presente artículo,

  1. a. los gastos imputados al Fondo del Tesoro con arreglo a lo dispuesto en los artículos 22, 25, 69 y 98, y
  2. b. los demás gastos que la ley pueda imputarse al Fondo del Tesoro o a cualquier otro fondo o cuenta pública, y en dicha ley se consignen expresamente como gastos estatutarios.

5. La Asamblea Legislativa podrá aprobar o rechazar su aprobación a cualquier propuesta de gasto contenida en un proyecto de ley de consignaciones o consignaciones suplementarias, pero no podrá aumentar la cuantía ni alterar el destino de los gastos propuestos.


San Vicente y las Granadinas 1979

1. Por el momento, el Ministro responsable de las finanzas hará que se prepare y se presente ante la Cámara antes, o a más tardar treinta días después, del comienzo de cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos de San Vicente para ese ejercicio económico.

2. Cuando la Asamblea apruebe las estimaciones de gastos (distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o por cualquier ley promulgada por el Parlamento), se presentará en la Cámara un proyecto de ley, conocido como proyecto de ley de consignación, en el que se prevé la emisión del Fondo Consolidado de las sumas necesarias para sufragar dichos gastos y la consignación de dichas sumas, mediante votación separada para los diversos servicios requeridos, para los fines especificados en ellos.


San Cristóbal y Nieves 1983

71. Autorización de gastos con cargo al Fondo Consolidado por la Ley de Asignaciones

1. Por el momento, el Ministro encargado de las finanzas hará que se prepare y se presente ante la Asamblea Nacional antes o a más tardar sesenta días después del comienzo de cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos del Gobierno correspondientes a ese ejercicio económico.

2. Cuando la Asamblea Nacional apruebe las estimaciones de gastos (distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o por cualquier ley promulgada por el Parlamento), se presentará en la Asamblea Nacional un proyecto de ley conocido como proyecto de consignación, que prevé la emisión del Fondo consolidado de las sumas, en votación separada para los diversos servicios requeridos, a los fines especificados en el mismo.

3. Si, con respecto a un ejercicio presupuestario,

a. que el importe asignado por la ley de créditos para cualquier fin sea insuficiente o que haya surgido una necesidad de gastos para un fin al que no se haya asignado ningún importe por dicha ley, o

b. que se han gastado para cualquier fin un dinero que exceda de la suma asignada a tal fin por la ley de apropiaciones o para un fin al que no haya sido consignado por dicha ley, se presentará a la Asamblea Nacional una estimación complementaria en la que se indiquen las sumas requeridas o gastadas y, cuando la consignación suplementaria se introducirá en la Asamblea en la que se prevea la emisión de esas sumas con cargo al Fondo Consolidado y las consignará para los fines especificados en él.


Qatar 2003

Artículo 107

El proyecto de presupuesto público debe presentarse al Consejo Asesor al menos dos meses antes del inicio del ejercicio fiscal y no entrará en vigor a menos que sea aprobado por el Consejo. El Consejo Consultivo podrá modificar el proyecto de presupuesto previa aprobación del Gobierno.

Si el nuevo presupuesto no se aprueba antes del inicio del ejercicio fiscal, el presupuesto anterior permanecerá en vigor hasta que se apruebe el nuevo presupuesto. La ley define la forma de preparar el presupuesto, así como el ejercicio fiscal.

Artículo 121

Como institución ejecutiva suprema, se asigna al Consejo de Ministros el desempeño de todos los asuntos internos y exteriores dentro de su jurisdicción de conformidad con esta Constitución y las disposiciones de la ley.

El Consejo de Ministros desempeña, en particular, las siguientes funciones:

1. Proponer proyectos de ley y decretos. Los proyectos de ley se presentan al Consejo Asesor para que los deba debatir. En caso de aprobarlos, se someten al Príncipe para su ratificación y promulgación, de conformidad con las disposiciones de esta Constitución.

2. Aprobar las normas y decisiones adoptadas por los ministerios y otros organismos gubernamentales, dentro de la jurisdicción de cada uno, para la aplicación de las leyes conforme a sus disposiciones.

3. Supervisar la aplicación de las leyes, decretos, reglamentos y decisiones.

4. Proponer el establecimiento y la organización de gobiernos, organismos, instituciones y organizaciones públicas de conformidad con la ley.

5. Control superior del funcionamiento del sistema fiscal y administrativo gubernamental.

6. Nombrar y despedir a los empleados si el nombramiento y el despido no son de la jurisdicción del Príncipe o de la jurisdicción de los ministros con arreglo a la ley.

7. Establecer normas generales capaces de mantener la seguridad interna y garantizar el orden dentro del Estado, de conformidad con la ley.

8. Gestionar fiscalmente el Estado y preparar la propuesta de presupuesto público, de acuerdo con esta Constitución y las disposiciones de la ley.

9. Aprobar los proyectos económicos y los medios para ejecutarlos.

10. Supervisar los medios de salvaguardia de los intereses del Estado en el extranjero y los métodos para mantener sus relaciones internacionales y sus relaciones exteriores.

11. Preparación de un informe al comienzo de cada ejercicio económico, que incluya una presentación detallada de las principales tareas realizadas dentro y fuera de ella, junto con un plan en el que se esbocen los mejores medios para lograr el desarrollo general del Estado y asegurar los factores de su progreso y prosperidad, y mantener su seguridad y estabilidad, de conformidad con los principios fundamentales que rigen la política del Estado estipulados en esta Constitución, y el presente informe se somete al Príncipe para su aprobación.

12. Cualquier otra función autorizada por la presente Constitución o por la ley.


Papúa Nueva Guinea 1975

209. RESPONSABILIDAD PARLAMENTARIA

1. No obstante lo dispuesto en esta Constitución, la recaudación y el gasto de fondos por parte del Gobierno nacional, incluida la imposición de impuestos y la obtención de préstamos, están sujetos a autorización y control del Parlamento, y estarán regulados por una ley del Parlamento.

2. Para cada ejercicio fiscal, habrá un Presupuesto Nacional que incluirá:

a. las estimaciones de financiación que se propone recaudar y las estimaciones de los gastos propuestos por el Gobierno Nacional para el ejercicio económico; y

b. créditos separados para el servicio de ese año en relación con

  1. i. los servicios del Parlamento, y
  2. ii. servicios públicos generales; y
  3. iii. los servicios del Poder Judicial;

c. los demás presupuestos y créditos suplementarios que sean necesarios.

2A. A los efectos de la presente Subdivisión,

a. «los servicios del Parlamento» comprenden los sueldos y subsidios (financieros y de otra índole) de los miembros del Parlamento, el mantenimiento de los recintos del Parlamento y el servicio parlamentario establecido en virtud de la Ley de servicios parlamentarios (cap. 26); y

b. «los servicios del Poder Judicial» incluyen:

  1. i. los sueldos y subsidios (financieros y de otra índole) de los jueces de los Tribunales Supremos y Nacionales; y
  2. ii. el mantenimiento de los Tribunales Supremos y Nacionales; y
  3. iii. el Servicio Nacional de Personal Judicial establecido en virtud de la Ley del Servicio Nacional del Personal Judicial de 1987; y
  4. iv. los sueldos y subsidios (financieros y de otra índole) de todas las personas nombradas en virtud de la Ley del Tribunal Supremo (cap. 37), la Ley de tribunales nacionales (cap. 38) y la Ley del sheriff (cap. 55).

2B. A los efectos de la subsección 2) b) i) y iii), el Presidente del Parlamento y el Presidente del Tribunal Supremo, respectivamente, presentarán al Primer Ministro, antes del 30 de septiembre de cada año, estimaciones de los gastos correspondientes a los servicios del Parlamento y de los servicios del poder judicial, respectivamente, en los siguientes presupuestos fiscales año.

3. Antes de que se prepare un presupuesto o consignación para su presentación al Parlamento, el Consejo Ejecutivo Nacional consultará a cualquier comisión parlamentaria permanente competente, pero esta subsección no confiere ningún derecho ni impone ningún deber de consulta después de las etapas iniciales de la preparación del Presupuesto o consignación.


Palestina 2003

Artículo 60

La ley regulará las normas específicas que rigen la preparación y aprobación del presupuesto general y el desembolso de los fondos consignados en él, así como cualesquiera presupuestos adjuntos, presupuestos de desarrollo, presupuestos para instituciones y servicios públicos, y presupuestos para cualquier proyecto en el que la inversión comprende al menos el 50% de su capital.

Artículo 61

Teniendo en cuenta las disposiciones del artículo 90 de esta Ley Fundamental:

1. El Gobierno presentará el proyecto de presupuesto al Consejo Legislativo al menos dos meses antes del inicio del ejercicio fiscal.

2. El Consejo Legislativo convocará una sesión extraordinaria para debatir el proyecto de presupuesto anual. O bien lo ratificará con las modificaciones necesarias antes del inicio del nuevo ejercicio fiscal o lo devolverá al Gobierno, en un plazo no superior a un mes a partir de la fecha de recepción. El proyecto de presupuesto devuelto incluirá las observaciones del Consejo para que puedan cumplirse sus requisitos y el proyecto de presupuesto volverá a presentarse al Consejo Legislativo para su aprobación.

3. La votación del Consejo sobre el presupuesto general será título por título.

4. No se permite la transferencia de fondos entre los distintos títulos presupuestarios a menos que se acuerde entre el Consejo Legislativo y el Poder Ejecutivo.

El Consejo de Ministros ejercerá las siguientes competencias:

3. Preparar el presupuesto general para su presentación al Consejo Legislativo.

Artículo 90

La ley especificará el comienzo y el final del ejercicio fiscal, y regulará el presupuesto público. Si el presupuesto público no se aprueba al comienzo del nuevo ejercicio fiscal, los gastos continuarán sobre la base de una asignación mensual de una duodécima parte (1/12) del presupuesto del ejercicio fiscal anterior, para cada mes.


Palaos 1981

Sección 3

a. El Presidente presentará un presupuesto nacional unificado anual al Olbiil Era Kelulau para su examen y aprobación. El Olbiil Era Kelulau podrá modificar o modificar el presupuesto anual presentado por el Presidente. Salvo los proyectos de consignación recomendados por el Presidente para su aprobación inmediata o para sufragar los gastos operacionales del Olbiil Era Kelulau, el Olbiil Era Kelulau no podrá promulgar ninguna ley de consignación hasta que se haya promulgado un proyecto de ley que consigne dinero para el presupuesto.

b. El jefe ejecutivo de cada Estado presentará, con la asistencia del gobierno nacional, un presupuesto anual al poder legislativo estatal para su examen y aprobación. El poder legislativo estatal podrá modificar o modificar el presupuesto anual presentado por el jefe ejecutivo del Estado. Salvo los proyectos de apropiación recomendados por el jefe ejecutivo del estado para su aprobación inmediata o para cubrir los gastos operativos de la legislatura estatal, ninguna ley de apropiación podrá ser promulgada por una legislatura estatal hasta que se haya promulgado un proyecto de ley que consigne dinero para el presupuesto.


Pakistán 1973

73. Procedimiento con respecto a las facturas de dinero

1. No obstante lo dispuesto en el artículo 70, el proyecto de ley monetario tendrá su origen en la Asamblea Nacional:

Siempre que simultáneamente se presente a la Asamblea Nacional un proyecto de ley monetario, incluido el proyecto de ley de finanzas que contiene la declaración presupuestaria anual, se transmitirá una copia del mismo al Senado, que podrá, en un plazo de catorce días, formular recomendaciones al respecto a la Asamblea Nacional.

1A. La Asamblea Nacional tendrá en cuenta las recomendaciones del Senado y, una vez aprobado el proyecto de ley por la Asamblea con o sin incorporar las recomendaciones del Senado, lo presentará al Presidente para su aprobación.

2. A los efectos del presente capítulo, un proyecto de ley o enmienda se considerará un proyecto de ley monetario si contiene disposiciones relativas a todas o cualquiera de las siguientes cuestiones, a saber:

  1. a. la imposición, supresión, condonación, alteración o regulación de cualquier impuesto;
  2. b. el préstamo de dinero o la concesión de cualquier garantía por parte del Gobierno Federal, o la modificación de la ley relativa a las obligaciones financieras de ese Gobierno;
  3. c. la custodia del Fondo Federal Consolidado, el pago de fondos a ese Fondo o la emisión de fondos procedentes de ese Fondo;
  4. d. la imposición de un gravamen al Fondo Federal Consolidado, o la supresión o alteración de cualquiera de esos cargos;
  5. e. la recepción de fondos por cuenta de la Cuenta Pública de la Federación, la custodia o expedición de dichos fondos;
  6. f. la auditoría de las cuentas del Gobierno Federal o de un Gobierno Provincial; y
  7. g. cualquier asunto relacionado con cualquiera de los asuntos especificados en los párrafos anteriores.

3. No se considerará que un proyecto de ley es una factura monetaria por la única razón de que provee:

  1. a. para la imposición o alteración de una multa u otra sanción pecuniaria, o por la exigencia o el pago de una tasa de licencia o de una tasa o tasa por cualquier servicio prestado, o
  2. b. para la imposición, supresión, condonación, alteración o regulación de cualquier impuesto por cualquier autoridad u organismo local con fines locales.

4. Si se plantea la cuestión de si un proyecto de ley es o no un proyecto de ley monetario, la decisión del Presidente de la Asamblea Nacional al respecto será definitiva.

5. Todo proyecto de ley monetario presentado al Presidente para su aprobación llevará un certificado bajo la mano del Presidente de la Asamblea Nacional de que se trata de un proyecto de ley monetaria, que será concluyente a todos los efectos y no será cuestionado.

74. Requiere el consentimiento del Gobierno Federal para la adopción de medidas financieras

Un proyecto de ley monetario, o un proyecto de ley o enmienda que, de ser promulgado y puesto en funcionamiento, implicaría gastos del Fondo Federal Consolidado o retiro de la Cuenta Pública de la Federación o afectaría a la moneda o moneda del Pakistán o a la constitución o las funciones del Banco Estatal del Pakistán no se introducirán ni trasladarán al Majlis-e-Shoora (Parlamento) salvo por el Gobierno Federal o con su consentimiento.

80. Declaración presupuestaria anual

1. Con respecto a cada ejercicio económico, el Gobierno Federal hará que se presente ante la Asamblea Nacional una declaración de la recepción y los gastos estimados del Gobierno Federal para ese ejercicio, en la presente parte, denominada Estado del Presupuesto Anual.

2. En la Declaración Presupuestaria Anual se indicará por separado:

  1. a. las sumas necesarias para sufragar los gastos descritos por la Constitución como gastos imputados al Fondo Federal Consolidado; y
  2. b. las sumas necesarias para sufragar otros gastos propuestos con cargo al Fondo Federal Consolidado;

y distinguirá los gastos en cuenta de ingresos de los demás gastos.

82. Procedimiento relativo a la declaración presupuestaria anual

1. Gran parte de la Declaración Presupuestaria Anual en lo que se refiere a los gastos imputados al Fondo Federal Consolidado puede ser discutido en la Asamblea Nacional, pero no será sometida a votación de la Asamblea Nacional.

2. La mayor parte de la Declaración Presupuestaria Anual que guarde relación con otros gastos se presentará a la Asamblea Nacional en forma de solicitudes de subvenciones, y la Asamblea estará facultada para dar su consentimiento o negarse a dar su aprobación a cualquier demanda sujeta a una reducción de la cantidad especificada en él:

A condición de que, por un período de diez años a partir del día de inicio o de la celebración de la segunda elección general a la Asamblea Nacional, lo que ocurra posteriormente, se considerará que una demanda ha sido aprobada sin reducción alguna de la cantidad especificada en ella, a menos que, por mayoría de votos del total miembros de la Asamblea, se le niega o se le da su consentimiento con sujeción a una reducción de la cantidad especificada en ella.

3. No se solicitará una subvención salvo por recomendación del Gobierno Federal.

83. Autenticación del calendario de gastos autorizados

1. El Primer Ministro autenticará mediante su firma un calendario en el que se especifique:

  1. a. las subvenciones concedidas o consideradas por la Asamblea Nacional en virtud del artículo 82, y
  2. b. las diversas sumas necesarias para sufragar los gastos imputados al Fondo Federal Consolidado, sin exceder, en el caso de una suma alguna, la suma indicada en la declaración previamente presentada ante la Asamblea Nacional.

2. El calendario así autenticado se presentará a la Asamblea Nacional, pero no podrá ser discutida ni votada al respecto.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución, ningún gasto del Fondo Federal Consolidado se considerará debidamente autorizado a menos que se especifique en la lista así autenticada y dicha lista se somete a la Asamblea Nacional como exige el párrafo 2).

84. Subvenciones suplementarias y excedentes

Si, con respecto a un ejercicio presupuestario,

a. que la cantidad autorizada para gastar en un servicio determinado para el ejercicio en curso es insuficiente, o que ha surgido la necesidad de gastos de algún nuevo servicio no incluido en el estado presupuestario anual de ese ejercicio, o

b. que se haya gastado cualquier dinero en cualquier servicio durante un ejercicio presupuestario superior al importe concedido para ese servicio durante ese ejercicio;

el Gobierno Federal estará facultado para autorizar gastos con cargo al Fondo Federal Consolidado, independientemente de que los gastos sean imputados por la Constitución a ese Fondo o no, y hará que se depositen ante el Estado de Presupuesto Suplementario de la Asamblea Nacional o, en su caso, un exceso de presupuesto La declaración que establezca el importe de dichos gastos y las disposiciones de los artículos 80 a 83 se aplicarán a dichos estados tal como se aplican a la Declaración Presupuestaria Anual.

85. Votos en cuenta

No obstante lo dispuesto en las disposiciones anteriores en materia financiera, la Asamblea Nacional estará facultada para otorgar por anticipado cualquier subvención con respecto a los gastos estimados para una parte de un ejercicio, no superior a cuatro meses, hasta que concluya el procedimiento previsto en el Artículo 82 para la votación de dicha subvención y la autenticación de la lista de gastos autorizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 en relación con los gastos.

86. Poder para autorizar gastos cuando la Asamblea se disuelve

No obstante lo dispuesto en las disposiciones anteriores en materia financiera, en cualquier momento de disolución de la Asamblea Nacional, el Gobierno Federal podrá autorizar gastos con cargo al Fondo Federal Consolidado para los gastos estimados por un período no superior a cuatro meses en cualquier ejercicio presupuestario, a la espera de que se complete el procedimiento previsto en el artículo 82 para la votación de las subvenciones y la autenticación de la lista de gastos autorizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 en relación con los gastos.


Omán 1996

Artículo 58 bis 40

Los proyectos de planes de desarrollo y el presupuesto anual del Estado serán remitidos por el Consejo de Ministros al Majlis Al Shura para que los examine y formule recomendaciones al respecto en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de remisión y, a continuación, los mismos serán remitidos a Majlis Al Dawla para su examen y recomendaciones en un plazo máximo de quince días a partir de la fecha de remisión. El Presidente del Majlis Al Dawla devolverá al Consejo de Ministros el mismo, junto con las recomendaciones de los dos Majlis. El Consejo de Ministros informará a los dos Majlis de las recomendaciones que no hayan sido aprobadas a este respecto, junto con las razones por las que se derivan.


Macedonia del Norte 1991

Artículo 68

La Asamblea de la República de Macedonia

adopta y modifica la Constitución;

adopta leyes y da la interpretación auténtica de las leyes;

determina los impuestos y tasas públicas;

adopta el presupuesto y la balanza de pagos de la República;

adopta el plan espacial de la República;

ratifica los acuerdos internacionales;

decide sobre la guerra y la paz;

adopta decisiones relativas a cualquier cambio en las fronteras de la República;

adopta decisiones sobre la asociación y la desvinculación de cualquier forma de unión o comunidad con otros Estados;

emite notificación de un referéndum;

adopta decisiones relativas a las reservas de la República;

crea consejos;

elige al Gobierno de la República de Macedonia;

elige a los jueces del Tribunal Constitucional de la República de Macedonia;

lleva a cabo elecciones y destituya a los jueces;

selecciona, nombra y destituya a otros titulares de cargos públicos u otros cargos determinados por la Constitución y la ley;

supervisa y supervisa políticas al Gobierno ya otros titulares de cargos públicos responsables ante la Asamblea;

proclama amnistías; y

realiza otras actividades determinadas por la Constitución. En el desempeño de las funciones de su ámbito de competencia, la Asamblea adopta decisiones, declaraciones, resoluciones, recomendaciones y conclusiones.

Artículo 91

El Gobierno de la República de Macedonia

determina la política de aplicación de las leyes y otros reglamentos de la Asamblea y es responsable de su ejecución;

propone leyes, presupuesto de la República y otros reglamentos aprobados por la Asamblea;

propone un plan espacial de la República;

propone decisiones relativas a las reservas de la República y se ocupa de su ejecución;

adopta estatutos y otras leyes para la ejecución de las leyes;

establece principios sobre la organización interna y el trabajo de los ministerios y otros órganos administrativos, dirigiendo y supervisando su labor;

evalúa los proyectos de ley y otros actos presentados a la Asamblea por otros órganos autorizados;

decide sobre el reconocimiento de los Estados y gobiernos;

establece relaciones diplomáticas y consulares con otros Estados;

adopta decisiones sobre la apertura de oficinas diplomáticas y consulares en el extranjero;

propone el nombramiento de embajadores y representantes de la República de Macedonia en el extranjero y designa jefes de oficinas consulares;

propone al Fiscal General;

nombra y destituya a los titulares de cargos públicos u otros cargos determinados por la Constitución y las leyes; y

desempeña otras funciones determinadas por la Constitución y la ley.


Níger 2010

Artículo 101

La ley de finanzas del año especifica y autoriza, para cada año civil, todos los recursos y cargas del Estado.

Las leyes financieras denominadas [rectificativas] [leyes] correctivas podrán, en el transcurso del año, modificar las disposiciones de la ley financiera del año.

La ley reglamentaria declara los resultados financieros de cada ejercicio civil y aprueba las diferencias entre los resultados y las proyecciones de la ley de finanzas del año.

Las leyes programáticas establecen los objetivos de la acción económica y social del Estado.

Artículo 113

La Asamblea Nacional vota el proyecto de ley de finanzas en las condiciones que determine la ley.

Artículo 114

Se remite a la Asamblea Nacional [el asunto] del proyecto de ley de finanzas desde la apertura de la sesión presupuestaria; el proyecto de ley de finanzas debe especificar los recibos necesarios para la cobertura completa de los gastos.

La Asamblea Nacional vota el presupuesto en equilibrio.

Si la Asamblea Nacional no se ha pronunciado dentro de los sesenta (60) días siguientes a la presentación del proyecto de ley, las disposiciones de este proyecto de ley pueden ponerse en vigor mediante ordenanza.

El gobierno remite [el asunto], para su ratificación, a la Asamblea Nacional convocada en sesión extraordinaria, en un plazo de quince (15) días.

Si la Asamblea Nacional no ha votado el presupuesto al final de este período extraordinario de sesiones, el presupuesto se establece definitivamente por ordenanza.

Si el proyecto de ley de finanzas no podía presentarse en forma oportuna para ser promulgado antes del comienzo del ejercicio fiscal [ejercicio], el Primer Ministro exige de urgencia de la Asamblea Nacional la autorización para seguir recibiendo los impuestos y continuar con los gastos, el presupuesto de la el año anterior por 12 partes provisionales.


Nepal 2015

119. Estimaciones de ingresos y gastos

1. El Ministro de Finanzas del Gobierno de Nepal presentará, con respecto a cada ejercicio económico, ante la reunión conjunta de ambas cámaras del Parlamento Federal las estimaciones anuales, incluidas las siguientes cuestiones:

a. una estimación de los ingresos,

b. el dinero necesario para cubrir los cargos sobre el Fondo Federal Consolidado, y

c. el dinero necesario para sufragar los gastos previstos en una Ley de Asignaciones.

2. Las estimaciones anuales que se presenten de conformidad con la cláusula (1) irán acompañadas de una declaración de los gastos asignados a cada Ministerio en el ejercicio anterior, así como de una indicación de si se han alcanzado los objetivos de los gastos.

3. El Ministro de Finanzas del Gobierno de Nepal presentará las estimaciones de ingresos y gastos de acuerdo con la cláusula (1) el 15 del mes de Jestha (principios de junio) en el Calendario Lunar cada año.


Nauru 1968

4. El Gabinete hará que se prepare y se presente ante el Parlamento antes de la fecha de inicio de cada ejercicio financiero (o si, con respecto a un ejercicio financiero determinado, el Parlamento, mediante resolución, determina una fecha posterior, antes de esa fecha posterior), estimaciones de los ingresos y gastos de Nauru correspondientes a ese año.


Namibia 1990

2. De conformidad con la responsabilidad del poder ejecutivo del Gobierno ante el poder legislativo, el Presidente y el Gabinete asistirán anualmente al Parlamento durante el examen del presupuesto oficial. Durante ese período de sesiones, el Presidente se dirigirá al Parlamento sobre el estado de la nación y sobre las políticas futuras del Gobierno, informará sobre las políticas del año anterior y estará disponible para responder a las preguntas.

Los miembros del Gabinete tendrán las siguientes funciones:

c. formular, explicar y evaluar para la Asamblea Nacional el presupuesto del Estado y sus planes de desarrollo económico e informar al respecto a la Asamblea Nacional;

2. La Asamblea Nacional tendrá además el poder y la función, con sujeción a la presente Constitución:

a. aprobar presupuestos para el gobierno y la administración eficaces del país;

Artículo 126. Créditos

1. El Ministro encargado de las finanzas presentará, al menos una vez al año y posteriormente en las etapas provisionales que sean necesarias, para su examen por la Asamblea Nacional las previsiones de ingresos, gastos e ingresos para el ejercicio futuro.

2. La Asamblea Nacional examinará las estimaciones y aprobará de conformidad con ellas las leyes de apropiación que, a su juicio, sean necesarias para satisfacer periódicamente las necesidades financieras del Estado.


Birmania 2008

a. El Presidente o la persona asignada por él, en nombre del Gobierno de la Unión, presentará el proyecto de ley sobre el presupuesto de la Unión al Pyidaungsu Hluttaw.

b. Las siguientes cuestiones incluidas en el proyecto de ley sobre el presupuesto de la Unión se examinarán en el Pyidaungsu Hluttaw, pero no se denegarán ni limitarán:

  1. i. sueldo y prestaciones de los jefes y miembros de las organizaciones a nivel de la Unión constituidas en virtud de la Constitución y gastos de esas organizaciones;
  2. ii. las deudas de las que sea responsable la Unión y los gastos relacionados con las deudas, así como otros gastos relacionados con los préstamos concedidos por la Unión;
  3. iii. los gastos necesarios para cumplir sentencia, orden o decreto de cualquier tribunal o tribunal;
  4. iv. otros gastos que han de imputarse en virtud de cualquier ley vigente o de cualquier tratado internacional.

c. La aprobación, denegación y limitación de otros gastos, excepto los gastos especificados en la subsección b), se aprobarán con el consentimiento mayoritario del Pyidaungsu Hluttaw.

d. El Gobierno de la Unión actuará según sea necesario de conformidad con la Ley presupuestaria de la Unión promulgada por el Pyidaungsu Hluttaw.

e. Si, con respecto al ejercicio financiero pertinente, ha surgido la necesidad de autorizar los ingresos estimados y los gastos autorizados en la Ley de Presupuestos de la Unión promulgada por Pyidaungsu Hluttaw y además de los ingresos estimados y autorizar gastos, la ley de consignaciones suplementarias se promulgará en el por encima de la manera.

f. El Gobierno de la Unión actuará según sea necesario de conformidad con la Ley de apropiación suplementaria promulgada por el Pyidaungsu Hluttaw.

221. El Gobierno de la Unión redactará el proyecto de ley sobre el presupuesto de la Unión basado en el presupuesto anual de la Unión, previa coordinación con la Comisión Financiera, y lo someterá a la aprobación del Pyidaungsu Hluttaw, de conformidad con las disposiciones de la Constitución.

222. Si el Pyidaungsu Hluttaw no puede promulgar el proyecto de ley sobre el presupuesto de la Unión antes de que finalice el ejercicio presupuestario, el Gobierno de la Unión gastará en el marco de los gastos generales incluidos en la última Ley presupuestaria promulgada de la Pyidaungsu Hluttaw.

a. Los presupuestos de los ministerios de la Unión y de las organizaciones a nivel de la Unión serán examinados por un Vicepresidente asignado por el Presidente, y los presupuestos estimados de las organizaciones a nivel de la Unión, incluidos los Ministerios de la Unión, se presentarán a la Comisión Financiera.

b. Los presupuestos de la Región o Estado deben ser examinados por el otro Vicepresidente asignado por el Presidente, y los presupuestos estimados de la Región o Estado deben ser presentados a la Comisión Financiera.

c. La Comisión Financiera:

  1. i. presentar a la Pyidaungsu Hluttaw con una recomendación para el presupuesto de la Unión que incluya los gastos del territorio de la Unión, una financiación complementaria adecuada para las regiones o Estados con cargo al Fondo de la Unión, otorgando subvenciones como materia especial y permitiendo préstamos;
  2. ii. asesorar sobre las cuestiones financieras que deban emprenderse;
  3. iii. llevar a cabo las funciones asignadas por el Pyidaungsu Hluttaw mediante la promulgación de leyes para el surgimiento de un sistema financiero sustancial.

d. La Comisión Financiera presentará, con recomendación al Presidente, el proyecto de presupuesto de la Unión, que incluye el presupuesto de la Unión, la distribución de los fondos adecuados de las cuentas del Fondo de la Unión a regiones o Estados, las provisiones o fondos como caso especial y el desembolso de los préstamos necesarios para presentarlos a el Pyidaungsu Hluttaw.

e. La Comisión Financiera podrá, en caso necesario, solicitar el asesoramiento de expertos financieros.


Mozambique 2004

Artículo 130. Presupuesto del Estado

1. El presupuesto será unitario, especificará ingresos y gastos y respetará en todo momento las normas sobre publicación anual y publicidad, de conformidad con la ley.

2. El presupuesto podrá incluir programas o proyectos plurianuales, en cuyo caso el presupuesto presentará los gastos correspondientes al ejercicio concreto al que se refiera.

3. El proyecto de presupuesto del Estado será redactado por el Gobierno y presentado a la Asamblea de la República, y contendrá información para fundamentar las previsiones de ingresos, límites de gastos, financiación del déficit, así como toda la información necesaria para fundamentar la política presupuestaria.

4. La ley determinará las normas de ejecución del presupuesto y establecerá los criterios según los cuales el presupuesto puede modificarse, el período de ejecución y los procedimientos que deben seguirse cuando no se puedan cumplir los plazos para la presentación del presupuesto o la votación sobre el mismo.

2. La Asamblea de la República tendrá competencia exclusiva para:

m. aprobar el presupuesto del Estado;


Marruecos 2011

Artículo 49

El Consejo de Ministros delibera sobre las siguientes cuestiones y textos:

las orientaciones estratégicas de la política del Estado;

los proyectos de ley de revisión de la Constitución;

los proyectos de ley orgánica;

las orientaciones generales del proyecto de ley de finanzas;

los proyectos de ley marco previstos en el párrafo 2 del artículo 71 de esta Constitución;

el proyecto de ley de amnistía;

los proyectos de ley relativos al ámbito militar;

la declaración del estado de sitio;

la declaración de guerra;

el proyecto de decreto previsto en el artículo 104 de esta Constitución;

el nombramiento, a propuesta del Jefe de Gobierno y por iniciativa del ministro interesado, en los siguientes cargos civiles [emplois]: wali del Banco AI-maghrib, embajadores, walis y gobernadores, y [personas] responsables de las administraciones encargadas de la seguridad interior, así como la [personas] responsables de los establecimientos públicos estratégicos y empresas. Una ley orgánica especifica [precisa] la lista de estos establecimientos y empresas estratégicos.

Artículo 68

Las sesiones de las Cámaras del Parlamento son públicas. El acta completa de los debates se publica en el Boletín Oficial del Parlamento.

Cada Cámara puede formar parte de un comité secreto, a petición del Jefe de Gobierno o de un tercio de sus miembros.

Las reuniones de las Comisiones del Parlamento son secretas. El reglamento interno de ambas Cámaras del Parlamento establece los casos y las normas que permiten la celebración de sesiones públicas de las Comisiones.

El Parlamento celebra sesiones conjuntas [comunas] de ambas Cámaras, en particular en los casos siguientes:

la apertura por el Rey de la sesión parlamentaria, el segundo viernes del mes de octubre y el discurso de los Mensajes Reales destinados al Parlamento;

la aprobación de la revisión de la Constitución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174;

las declaraciones del Jefe de Gobierno;

la presentación del proyecto de ley de finanzas del año;

los discursos [discursos] de los Jefes de Estado y de Gobierno extranjeros.

El Jefe de Gobierno también puede exigir [,] al Presidente de la Cámara de Representantes y al Presidente de la Cámara de Consejeros [,] que celebren reuniones conjuntas de ambas Salas para la presentación de información relativa a cuestiones de carácter nacional importante.

Las reuniones conjuntas se celebran bajo la presidencia del Presidente de la Cámara de Representantes. El reglamento interno de ambas Salas determina las modalidades del reglamento para la celebración de esas reuniones.

Aparte de las sesiones comunes, las Comisiones Permanentes del Parlamento podrán celebrar reuniones conjuntas para conocer información relativa a los asuntos que tengan un carácter nacional importante y esto, de conformidad con las normas establecidas por los reglamentos internos de ambas Salas.

Artículo 75

El Parlamento vota la ley de finanzas, depositada por prioridad ante la Cámara de Representantes, en las condiciones previstas por una ley orgánica. Esto determina la naturaleza de la información, documentos y datos [donnees] necesarios para enriquecer los debates parlamentarios sobre el proyecto de ley de finanzas.

El Parlamento vota una sola vez [sobre] los gastos de inversión necesarios, dentro del ámbito del desarrollo, para la realización de los planes de desarrollo estratégico y de programas plurianuales, establecidos por el gobierno [,] que informa al Parlamento de ello. Los gastos así aprobados se aplican automáticamente [reconduites] durante la duración [pendiente de la duree] de esos planes y programas. Sólo el gobierno está habilitado para depositar las facturas de ley destinadas a modificar los gastos aprobados en el marco antes mencionado.

Si, al final del ejercicio presupuestario, la ley de finanzas no es votada o no se promulga debido a su sometimiento al Tribunal Constitucional en aplicación del artículo 132 de la presente Constitución, el Gobierno abre, por decreto, los créditos necesarios para la prestación de los servicios públicos y para la el ejercicio de su misión, en función de las propuestas presupuestarias presentadas para su aprobación.

En este caso, los recibos siguen recaudándose de conformidad con las disposiciones legislativas y reglamentarias vigentes que les conciernen, con excepción, sin embargo, de los recibos cuya supresión se propone en el proyecto de ley de finanzas. En cuanto a aquellos para los que dicho proyecto de ley especifica una disminución del impuesto, recaudarán el nuevo impuesto propuesto.

Artículo 77

El Parlamento y el Gobierno se esfuerza por preservar el equilibrio de las finanzas del Estado.

El gobierno podrá oponerse, de manera fundamentada, a la admisibilidad [irrecevabilite] de cualquier propuesta o enmienda formulada por los miembros del Parlamento cuando su adopción pudiera tener como consecuencia, en relación con la ley de finanzas, una disminución de los recursos públicos, o la creación o agravamiento de un gasto público [gravamen].


Montenegro 2007

El Parlamento:

5. Adoptar el presupuesto y la declaración final del presupuesto;

El Gobierno:

6. Proponer el presupuesto y la declaración final del presupuesto;

Artículo 110. Cesación del mandato

El mandato del Gobierno cesará: al expirar el mandato del Parlamento, por renuncia, cuando pierda la confianza y no proponga el presupuesto antes del 31 de marzo del ejercicio presupuestario.

El Gobierno cuyo mandato haya cesado continuará su labor hasta la elección de la nueva composición del Gobierno.

El Gobierno cuyo mandato haya cesado no disolverá el Parlamento.


Mongolia 1992

1. El Gran Hural del Estado (Parlamento) podrá examinar por propia iniciativa cualquier cuestión relativa a la política interna y exterior del Estado, y las siguientes cuestiones, dentro de su prerrogativa exclusiva, se confieren en él y se decidirán sobre las siguientes cuestiones:

7. Determinar las políticas financieras y crediticias, tributarias oficiales y monetarias del Estado, así como las principales directrices para el desarrollo económico y social nacional, y aprobar el Programa de Acción del Gobierno, el presupuesto del Estado y sus informes de ejecución;

2. El Gobierno (Gabinete) hará cumplir las leyes del Estado y, de conformidad con sus funciones comunes de gestión del sistema económico, social y cultural, ejercerá las siguientes facultades:

2. Elaborar la política integrada de ciencia y tecnología, las directrices para el desarrollo económico y social nacional, el presupuesto del Estado, los planes crediticios y fiscales y presentarlos al Gran Hural del Estado (Parlamento), y hacer cumplir las decisiones adoptadas al respecto;


Mónaco 1962

Art. 37

El presupuesto nacional comprende todos los ingresos públicos y el gasto público del Principado.

Art. 38

El presupuesto nacional expresa la política económica y financiera del Principado.

Art. 39

El presupuesto está sujeto a una factura presupuestaria. Se vota y promulga en forma de ley.

El Consejo Nacional vota sobre el presupuesto.

Art. 71

Los proyectos de presupuesto se presentan al Consejo Nacional antes del 30 de septiembre.

Los proyectos de presupuesto se votan durante la sesión de octubre del Consejo Nacional.

Art 72

Presupuesto se vota capítulo por capítulo. Las transferencias de un capítulo a otro están prohibidas a menos que la ley lo autorice.

El presupuesto comprende, entre otras cosas, dentro de las partidas de gastos, las sumas facilitadas al Consejo Comunal para el ejercicio presupuestario venidero, conforme a lo dispuesto en el artículo 87.

En caso de que la consignación de los fondos solicitados por el Gobierno conforme a lo dispuesto en el artículo 71 no haya tenido lugar antes del 31 de diciembre, los fondos correspondientes a los servicios votados podrán abrirse mediante ordenanza soberana con el acuerdo del Consejo Nacional.


Moldavia 1994

Artículo 131. Presupuesto público nacional

1. El presupuesto público nacional consagrará el presupuesto del Estado, el presupuesto de la seguridad social del Estado, así como los presupuestos de distritos, ciudades y aldeas.

2. El Gobierno elaborará un proyecto anual del presupuesto del Estado y el presupuesto de la seguridad social del Estado, que se presentará por separado al Parlamento para su aprobación. En caso de constitución del fondo fuera del presupuesto, se someterá también al Parlamento para su aprobación.

3. Si el presupuesto estatal y el presupuesto del seguro social del Estado no han sido aprobados legalmente con al menos 3 días antes de la expiración del ejercicio presupuestario actual, se aplicarán los presupuestos estatales y estatales de la seguridad social del año anterior, hasta la aprobación de los nuevos presupuestos.

4. Toda iniciativa o enmienda legislativa que entrañe el aumento o la disminución de los ingresos o préstamos presupuestarios, así como el aumento o la reducción de los gastos presupuestarios, se adoptará tras la aprobación del Gobierno.

5. Los presupuestos de distrito, ciudad y aldea se redactarán, aprobarán y ejecutarán de conformidad con la ley.

6. Ningún gasto presupuestario podrá aprobarse sin especificar previamente la fuente de financiación.


Estados Federados de Micronesia 1978

Sección 2

a. El Presidente presentará un presupuesto anual al Congreso en el plazo prescrito por ley. El presupuesto contendrá un plan completo de gastos propuestos, ingresos anticipados y otros fondos disponibles para el gobierno nacional para el próximo ejercicio fiscal, junto con la información adicional que el Congreso pueda requerir. El Congreso podrá modificar el presupuesto en cualquier aspecto.

b. Ningún proyecto de ley de apropiación, excepto aquellos recomendados por el Presidente para su aprobación inmediata, o para cubrir los gastos de funcionamiento del Congreso, podrá ser aprobado en última lectura hasta que se haya promulgado el proyecto de ley que consigna dinero para el presupuesto.

c. El Presidente podrá vetar una consignación en cualquier proyecto de ley aprobado por el Congreso, y el procedimiento en tal caso será el mismo que para la desaprobación de un proyecto de ley completo por parte del Presidente.


Mauricio 1968

1. El Ministro encargado de las finanzas hará que se prepare y presente ante la Asamblea, antes o a más tardar 30 días después del comienzo de cada ejercicio económico, estimaciones de los ingresos y gastos de Mauricio correspondientes a ese año.


Mauritania 1991

Artículo 61

La iniciativa de las leyes pertenece simultáneamente al Gobierno y a los miembros del Parlamento.

Los proyectos de ley se examinan en el Consejo de Ministros y se depositan en la Mesa de una de las dos Asambleas. Los proyectos de ley de finanzas se presentan por primera vez a la Asamblea Nacional.

Artículo 66

Cualquier proyecto de ley o propuesta es examinado sucesivamente por las dos Asambleas con miras a la aprobación de un texto idéntico.

En caso de desacuerdo y cuando el Gobierno haya declarado su urgencia, el proyecto de ley puede ser presentado tras una sola lectura por cada una de las dos Asambleas a una comisión mixta [comisión paritaria] encargada de proponer un texto relativo a las disposiciones pendientes de debate.

Este texto puede ser presentado de la misma manera a las dos Asambleas para su adopción. En este caso, no hay modificaciones adicionales [más] créditos por cobrar.

Si la comisión mixta no puede proponer un texto común o si este texto no es aprobado por las dos Asambleas, el Gobierno, tras una nueva lectura de las dos cámaras, puede exigir que la Asamblea Nacional decida definitivamente.

Artículo 68

El Parlamento vota el proyecto de ley de finanzas.

Se remite al Parlamento [el asunto] del proyecto de ley de finanzas a más tardar el primer lunes del mes de noviembre.

Si la Asamblea Nacional no se ha pronunciado en primera lectura en un plazo de cuarenta y cinco (45) días después del depósito del proyecto de ley, el Gobierno remite [el asunto] al Senado, que debe decidir en un plazo de quince (15) días. Posteriormente procede en las condiciones especificadas en el artículo 66 de esta Constitución.

Si el Parlamento no ha votado sobre el presupuesto en un plazo de sesenta días (60) días, o si no lo ha votado en forma equilibrada, el Gobierno devuelve [revoie] el proyecto de ley de finanzas en un plazo de quince (15) días a la Asamblea Nacional.

La Asamblea Nacional debe decidir en un plazo de ocho (8) días. Si el presupuesto no se aprueba al expirar este plazo, el Presidente de la República lo establecerá [,] mediante ordenanza [,] sobre la base de los ingresos del año anterior.

El Parlamento controla la ejecución del presupuesto del Estado y de los presupuestos anexos. Al final de cada seis meses [semestre] de los seis meses anteriores se presentará al Parlamento una declaración de gastos. Las cuentas definitivas de un ejercicio fiscal [ejercicio] se depositan durante la sesión presupuestaria del año siguiente y son aprobadas por ley.

El Tribunal de Cuentas [Cour des Comptes] es la institución superior, independiente [y] responsable del control de las finanzas públicas.

Su organización y funcionamiento, así como la condición de sus miembros, se establecerán mediante una ley orgánica.


Islas Marshall 1979

6. Todo documento, incluido cualquier certificado, firmado por el Presidente en el desempeño de sus funciones será refrendado por el Secretario de la Nitijela, y cuando, de conformidad con la presente Sección, dicho documento o certificado esté firmado por el Vicepresidente o por un miembro de la Nitijela que desempeñe las funciones de el Presidente, así se indicará en el documento o en dicho certificado.

Sección 1. Control Legislativo de Ingresos y Gastos Públicos

1. No se impondrán impuestos ni se recaudarán otros ingresos y no se ampliará el dinero público a menos que lo autorice la ley.

2. Todos los ingresos percibidos por el Gobierno de la República de las Islas Marshall se abonarán en un fondo o cuenta pública apropiado establecido en virtud de la presente Constitución o por ley.

Sección 2. El Gabinete asumiría la responsabilidad de asuntos presupuestarios

1. Corresponde al Gabinete presentar propuestas a la Nitijela sobre todas las cuestiones relativas al presupuesto.

2. Salvo con la recomendación o el consentimiento de un miembro del Gabinete, la Nitijela no procederá más allá de la primera lectura de cualquier proyecto de ley o enmienda al mismo presentado por un miembro de la Nitijela que no sea miembro del Gabinete, si, a juicio del Presidente, ese proyecto de ley se enajenara o imputara cualquiera de los ingresos públicos de la República de las Islas Marshall, o revocar o alterar (salvo en forma de reducción) cualquier disposición o gravación de los mismos, o imponer, alterar o abolir cualquier impuesto, tasa, adeudado, tasa o multa.

Sección 8. Facturas de consignaciones suplementarias

1. Si, tras la aprobación de la Ley de Asignación de Asignaciones para un ejercicio económico, el Gabinete considera necesario o conveniente proponer cualquier gasto por encima de lo autorizado por dicha Ley de Asignaciones, el Ministro de Finanzas podrá presentar ante la Nitijela una o más estimaciones complementarias de la propuesta los gastos y los ingresos no consignados que estén o estén disponibles para sufragar esos gastos; y en cada caso se aplicarán todas las necesidades relativas a las previsiones presupuestarias.

2. Las áreas programáticas clasificadas en cualquiera de esas estimaciones complementarias se incluirán en un proyecto de ley de consignaciones suplementarias, que se introducirá en la Nitijela para prever la emisión por parte del Fondo General de las sumas necesarias para sufragar los gastos suplementarios incurridos en esas áreas programáticas y el la consignación de esas sumas para los fines especificados en ese proyecto de ley de consignaciones suplementarias.


Malta 1964

1. El Ministro encargado de las finanzas hará que se prepare y se presente ante la Cámara de Representantes antes, o a más tardar treinta días después, del comienzo de cada ejercicio presupuestario estimaciones de los ingresos y gastos de Malta correspondientes a ese año.


Malí 1992

La Ley de Finanzas determinará los recursos y deberes del Estado.

Artículo 77

La Asamblea Nacional examinará el proyecto de ley de consignaciones en la apertura de la sesión ordinaria anterior al ejercicio económico. El proyecto de ley de créditos debe anticipar los ingresos necesarios para cubrir completamente todos los gastos.

Si la Asamblea Nacional no ha tomado medidas al respecto antes del comienzo del ejercicio económico o si no ha aprobado el presupuesto, el Gobierno volverá a presentar el proyecto de presupuesto en un plazo de quince días a la Asamblea Nacional convocada en período extraordinario de sesiones con tal fin.

La Asamblea Nacional actuará en un plazo de ocho días. Si esta deliberación no ha dado lugar a una votación presupuestaria, será establecida automáticamente por el Gobierno sobre la base de los ingresos del ejercicio económico anterior y previa consulta con el Tribunal Supremo.


Maldivas 2008

b. Los poderes legislativos del Majlis Popular, de conformidad con el artículo a), incluyen las siguientes facultades:

4. la aprobación del presupuesto anual y de cualquier presupuesto suplementario;

96. Presupuesto anual

a. Antes del comienzo de cada ejercicio económico, el Ministro de Finanzas presentará al Majlis Popular para su aprobación un presupuesto con los ingresos y gastos previstos para el ejercicio y un estado de los ingresos y gastos efectivos correspondientes al año anterior.

b. El Majlis Popular puede aprobar o modificar el presupuesto presentado por el Ministro de Finanzas según lo estime conveniente.

c. No se añadirán gastos suplementarios a un presupuesto aprobado sin la aprobación ulterior del Majlis Popular. Los gastos incluidos en el presupuesto se aplicarán únicamente para los fines especificados.


Malasia 1957

99. Estado financiero anual

1. Con respecto a cada ejercicio financiero, el Yang di-Pertuan Agong hará que se presente ante la Cámara de Representantes una declaración de los ingresos y gastos estimados de la Federación para ese ejercicio y, a menos que el Parlamento disponga otra cosa respecto de un año, dicha declaración se presentará antes de el comienzo de ese año:

Siempre que pueda haber estados separados de los ingresos estimados y de los gastos estimados, y en ese caso no será necesario que el estado de ingresos se presente antes del comienzo del año al que se refiera.

2. Las previsiones de gastos indicarán:

a. las sumas totales necesarias para sufragar los gastos imputados al Fondo Consolidado, y

b. con sujeción a lo dispuesto en la cláusula (3), las sumas necesarias para sufragar los gastos para otros fines que se propone sufragar con cargo al Fondo Consolidado.

3. Las sumas que deben indicarse en el párrafo b) de la cláusula 2) no incluyen:

a. las sumas que representen el producto de cualquier préstamo recaudado por la Federación para fines específicos y consignados a esos efectos por la Ley que autoriza la obtención del préstamo;

b. sumas que representen cualquier dinero o interés sobre el dinero recibido por la Federación sujeto a un fideicomiso y que se aplicarán de conformidad con las condiciones del fideicomiso;

c. sumas que representen cualquier dinero en poder de la Federación que haya sido recibido o consignado para los fines de cualquier fondo fiduciario establecido por la ley federal o de conformidad con ella.

4. En dicho estado financiero se indicarán asimismo, en la medida de lo posible, los activos y pasivos de la Federación al final del último ejercicio financiero completado, la forma en que se invierten o mantienen dichos activos y los fines generales por los que están pendientes dichos pasivos.


Malaui 1994

1. Los miembros del Gabinete desempeñarán las siguientes funciones:

d. preparar, explicar y formular para el Parlamento el presupuesto del Estado y sus programas económicos;

175. Estimaciones anuales

1. El Ministro encargado de Hacienda presentará ante la Asamblea Nacional un estado de los ingresos estimados y de los gastos del Gobierno correspondientes a ese ejercicio económico, con excepción de los importes especificados en el párrafo 3).

2. El estado de previsiones se presentará a la Asamblea Nacional con respecto a cada ejercicio económico y se hará antes de que comience ese ejercicio.

3. Cuando la Asamblea Nacional no proponga debatir las estimaciones hasta después del comienzo del ejercicio económico al que se refieren, las estimaciones de los ingresos podrán presentarse a la Asamblea Nacional en cualquier momento antes del comienzo de dicho debate.

4. Las estimaciones de gastos indicarán por separado:

a. las sumas totales necesarias para sufragar los gastos imputados al Fondo Consolidado, y

b. las sumas necesarias, respectivamente, para sufragar los jefes de otros gastos que se propone sufragar con cargo al Fondo Consolidado.

5. Las sumas que deberán consignarse en las estimaciones de ingresos y gastos no incluirán:

a. las sumas que representen el producto de cualquier préstamo recaudado por el Gobierno para un fin específico y que se hayan consignado a tal efecto en virtud de la Ley que autoriza la obtención del préstamo;

b. sumas que representen cualquier dinero o interés sobre el dinero recibido por el Gobierno sujeto a un fideicomiso y que se mantengan o se apliquen de conformidad con las condiciones de dicho fideicomiso;

c. las sumas que representen fondos autorizados a anticipar con cargo al Fondo Consolidado en virtud de una ley del Parlamento y sus reembolsos; y

d. sumas que representen fondos recibidos o que deban aplicarse de cualquier fondo especial establecido y regulado por la presente Constitución o por una ley del Parlamento que disponga que los apartados 1) y 4) no se aplicarán a ese fondo.


Madagascar 2010

Artículo 75

La Asamblea Nacional se reúne de pleno derecho en dos períodos ordinarios de sesiones al año. La duración de cada período de sesiones se establece en sesenta días.

La primera sesión comienza el primer martes de mayo y la segunda, consagrada principalmente a la adopción de la ley de finanzas, el tercer martes de octubre.

Artículo 84

El Senado se reúne de derecho simple en dos sesiones ordinarias por año. La duración de cada período de sesiones se establece en sesenta días.

La primera sesión comienza el primer martes de mayo y la segunda, consagrada principalmente a la adopción de la ley de finanzas, el tercer martes de octubre.

También podrá reunirse en período extraordinario de sesiones por convocación del Gobierno. Su orden del día se establece entonces de manera limitada por el decreto de convocatoria adoptado en el Consejo de Ministros.

Cuando la Asamblea Nacional no esté presente, el Senado sólo puede examinar las cuestiones que le remita el Gobierno para su opinión, con exclusión de todos los proyectos de ley.

Las propuestas de ley y las enmiendas presentadas por los parlamentarios se ponen en conocimiento del Gobierno, que está provisto de, para formular sus observaciones, un plazo de treinta días para las propuestas y quince días para las enmiendas.

Artículo 87

Las leyes orgánicas, las leyes financieras y las leyes ordinarias son votadas por el Parlamento en las condiciones establecidas por esta Constitución.

Además de las cuestiones que le plantean otros artículos de la Constitución, de una ley orgánica se desprenden las siguientes cuestiones:

11°. las disposiciones generales relativas a las leyes financieras;

Artículo 90

En el marco de la ley orgánica aplicable en la materia, la ley de finanzas:

1°. determina los recursos y cargas del Estado en las condiciones y reservas especificadas por una ley orgánica.

2°. determina, para un ejercicio económico, la naturaleza, la cuantía y la asignación de los recursos y de las cargas del Estado, así como el equilibrio financiero y presupuestario resultante de éste, teniendo en cuenta las limitaciones del orden macroeconómico;

3°. determina la proporción de los ingresos públicos que deben revertir al Estado o a las Colectividades Territoriales Descentralizadas, así como la naturaleza y la tasa máxima de los impuestos y cuotas recaudados directamente en favor del presupuesto de esas Colectividades, determinados en el Consejo de Ministros.

La ley orgánica determina las modalidades de aplicación de las disposiciones de este artículo, así como las disposiciones de ajuste destinadas a favorecer la igualdad entre las Colectividades Territoriales Descentralizadas.

La ley especifica las condiciones para los préstamos y decide la eventual creación de fondos.

La ley determina:

las modalidades de utilización de los fondos de préstamos externos y del control parlamentario y jurisdiccional;

El régimen de responsabilidad personal y pecuniaria de las autoridades financieras que son autores de la desviación de los fondos de los préstamos, así como el de la separación de la responsabilidad del Estado.

Artículo 92

El Parlamento examina el proyecto de ley de finanzas durante el segundo período ordinario de sesiones.

Bajo la autoridad del Primer Ministro y Jefe de Gobierno, los Ministros encargados de Finanzas y del Presupuesto preparan el proyecto de ley de finanzas.

El Parlamento dispone de un plazo máximo de sesenta días para examinarlo.

La Asamblea Nacional dispone de un plazo máximo de treinta días contados a partir de la presentación del proyecto de ley para examinarlo en primera lectura. Sin pronunciarse en este plazo, se considera que lo ha aprobado y el proyecto de ley se transmite al Senado.

En las mismas condiciones, se prevé para la primera lectura con un plazo de quince días contados a partir de la transmisión del proyecto de ley, y cada Asamblea tiene un plazo de cinco días para cada una de las lecturas posteriores.

Sin haberse pronunciado dentro del plazo fijado, se considera que una Asamblea ha votado favorablemente sobre el texto al que se ha remitido.

Si el Parlamento no ha aprobado el proyecto de ley de finanzas antes de la clausura del segundo período de sesiones, las disposiciones del proyecto de ley podrán entrar en vigor mediante ordenanza, incluidas una o varias de las enmiendas aprobadas por las dos Asambleas.

Toda modificación del proyecto de presupuesto que provoque un aumento de los gastos o una disminución de los recursos públicos debe ir acompañada de una propuesta de aumento de los ingresos o de economías equivalentes.

Si el proyecto de ley de finanzas de un año fiscal no se presentó de manera oportuna para ser aprobado antes del comienzo de ese año fiscal, el Primer Ministro está autorizado a recibir los impuestos y abre por decreto los créditos relacionados con los servicios votados.

Una ley orgánica especifica las condiciones para la aprobación del proyecto de ley de finanzas.

Artículo 93

El Tribunal de Cuentas ayuda al Parlamento en el control de la acción del Gobierno. Ayuda al Parlamento y al Gobierno en el control de la ejecución de las leyes de finanzas, así como en la evaluación de las políticas públicas. Con sus informes públicos, contribuye a la información de los ciudadanos.

Las cuentas de las Administraciones Públicas deben ser regulares y sinceros, y dar una imagen fiel del resultado de su administración, de su patrimonio y de su situación financiera.

Artículo 105

El Consejo Económico, Social y Cultural, mencionado por el Gobierno, emite su opinión sobre los proyectos de ley, ordenanza o decreto, así como sobre las propuestas de leyes que se le presentan.

Es competente para examinar los proyectos de ley y las propuestas de ley de carácter económico, social y cultural, con exclusión de las leyes financieras.

Podrá realizar, por propia iniciativa, todos los estudios o investigaciones relacionados con cuestiones económicas, sociales y culturales. Sus informes se transmiten al Presidente de la República.

Una ley orgánica establece la composición, las atribuciones y el funcionamiento del Consejo Económico, Social y Cultural.

El Tribunal de Cuentas:

2°. controla la ejecución de las leyes financieras y de los presupuestos de los órganos públicos;


Liechtenstein 1921

1. En lo que respecta a la administración del Estado, el Gobierno presentará al Parlamento, para su examen y aprobación, estimaciones preliminares de todos los gastos e ingresos para el próximo ejercicio administrativo, acompañadas de propuestas sobre la tributación que ha de cobrarse.


Libia

El Senado revisará la legislación presentada por la Cámara de Representantes para su ratificación o enmienda en los siguientes ámbitos:

2. Ley de Presupuestos Públicos.

Artículo 93. El Comité Mixto

Si los dos consejos difieren con respecto a una ley establecida en el artículo 52, se constituirá un comité mixto de igual número de las dos cámaras para resolver la controversia y proponer un texto comprometido que se someterá a las dos cámaras para su ratificación y remisión al Presidente de la República para su promulgación . Si la comisión mixta no puede llegar a un compromiso en un plazo no superior a treinta días a partir de la fecha en que se presentó el proyecto, se remitirá al Senado para su ratificación por mayoría de dos tercios y luego a la Cámara de Representantes para su presentación al Presidente de la República para su promulgación. En caso de que esto fuera imposible de cumplir, la ley se aplazará hasta la siguiente sesión parlamentaria. Los dos Consejos permanecerán en sesión hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos.

El Consejo de Ministros tendrá autoridad en los siguientes asuntos:

4. Elaboración de la ley general del presupuesto.

Artículo 177. Presupuesto Público

El Gobierno presentará anualmente el proyecto de presupuesto a la Cámara de Representantes antes de finales de septiembre, a más tardar, para que el presupuesto pueda ser revisado y aprobado a más tardar a finales de diciembre. El gobierno no puede aplazar el plazo especificado para presentar el presupuesto a la Cámara de Representantes sin el permiso de la Cámara de Representantes en situaciones urgentes y de emergencia. El presupuesto público será emitido por ley.

Artículo 178. Apertura de suministros mensuales provisionales

En caso de que el presupuesto no se ratifique antes del comienzo del ejercicio fiscal, el Primer Ministro puede gastar 1/12 del presupuesto del año anterior mediante decreto presidencial para salarios, gastos generales y lo que se ajuste a las disposiciones de la legislación financiera del Estado.


Lesoto 1993

112. Autorización de gastos del Fondo Consolidado por créditos

1. Por el momento, el Ministro responsable de las finanzas hará que se prepare y presente ante ambas Cámaras del Parlamento en cada ejercicio presupuestario estimaciones de los ingresos y gastos de Lesotho para el ejercicio siguiente.

2. Cuando las estimaciones de gastos (distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o por cualquier ley del Parlamento) hayan sido aprobadas por la Asamblea Nacional, se presentará a la Asamblea Nacional un proyecto de ley, que se denominará proyecto de Ley de Asignación, en el que se prevé la emisión del Fondo consolidado de las sumas necesarias para sufragar dichos gastos y la consignación de dichas sumas, en votación separada para los distintos jefes de gastos aprobados, para los fines especificados en él.

3. Si con respecto a cualquier ejercicio financiero se encuentra...

a. que el importe asignado por la Ley de Asignaciones para cualquier fin sea insuficiente o que haya surgido una necesidad de gastos para un fin al que no se ha asignado ningún importe por dicha Ley; o

b. que se han gastado fondos para cualquier fin que excedan de la suma asignada a ese fin por la Ley de Asignaciones o para un fin al que no se ha consignado ninguna cantidad en virtud de dicha Ley,

se presentará ante ambas Cámaras del Parlamento una estimación complementaria o, en su caso, una declaración de excedentes en la que se indiquen las sumas necesarias o gastadas y, cuando la estimación suplementaria o la declaración de excedentes haya sido aprobada por la Asamblea Nacional, se presentará un proyecto de ley suplementario de consignación en la la Asamblea, previendo la emisión de esas sumas con cargo al Fondo Consolidado y consignándolas para los fines especificados en él.

113. Autorización de gastos por anticipado a la consignación

El Parlamento podrá disponer que, si el Ministro encargado de la financiación considera que la Ley de Asignaciones para cualquier ejercicio no entrará en vigor a principios de dicho ejercicio, podrá autorizar la retirada del Fondo Consolidado de los fondos destinados al finalidad de sufragar los gastos necesarios para que el Gobierno de Lesotho continúe durante el período que comienza con el comienzo de ese ejercicio financiero y finalizará cuatro meses después o al entrar en vigor la ley, si esta fecha es anterior:

Siempre que...

a. las sumas autorizadas para retirarse antes de la Ley de Asignaciones para cualquier ejercicio presupuestario no excederán en total de un tercio de las sumas incluidas en las previsiones de gastos para el ejercicio en curso que se hayan presentado a la Asamblea;

b. no se autorizará la retirada de sumas para sufragar los gastos de ninguna partida de gasto en ese ejercicio si no se hubieran votado sumas para sufragar los gastos correspondientes a dicha partida de gastos correspondientes al ejercicio anterior, y

c. los fondos así retirados se incluirán en la Ley de Asignaciones, mediante votación separada para los distintos jefes de gastos respecto de los cuales fueron retirados.


Líbano 1926

Artículo 32

La Sala celebra dos períodos ordinarios de sesiones cada año. La primera sesión comienza el martes siguiente al 15 de marzo, y sus reuniones continúan hasta finales de mayo. La segunda sesión comienza el martes siguiente al 15 de octubre. Sus reuniones están dedicadas a la discusión del presupuesto y a la votación sobre él, antes que nada. La sesión dura hasta fin de año.

El poder ejecutivo corresponde al Consejo de Ministros y es el poder al que están sometidas las Fuerzas Armadas. De las funciones que realiza, son:

4. Disolución de la Cámara de Diputados por petición del Presidente de la República, si ésta se abstuviere, por razones distintas de las imperiosas, de convocar durante un período ordinario de sesiones, o durante dos sesiones extraordinarias sucesivas, no menos de un mes cada una, o en caso de rechazo del presupuesto en su conjunto con el fin de paralizar la mano del Gobierno para actuar. Este derecho no puede ejercerse en otra ocasión por las mismas razones que condujeron a la disolución de la Sala por primera vez.

5. El Consejo de Ministros se reúne periódicamente en una sede especial y está presidido por el Presidente de la República cada vez que asiste a sus períodos de sesiones. El quórum jurídico para su convocatoria es una mayoría de dos tercios de sus miembros. Sus decisiones se toman por consentimiento, pero si esto es imposible, entonces por votación, y sus decisiones son tomadas por la mayoría de los presentes.

Las cuestiones básicas requieren el consentimiento de dos tercios de los miembros del Gobierno, como se especifica en el decreto de su formación. Las siguientes cuestiones son fundamentales: Reformar la Constitución, declarar y cancelar el estado de emergencia, guerra y paz, movilización pública, acuerdos y tratados internacionales, presupuesto estatal, planes generales de desarrollo, y a largo plazo, designación de empleados del primer cuadro y su equivalente, reconsideración de la redistritación, disolución de la Cámara de Diputados, ley electoral, ley de nacionalidad, leyes de asuntos personales, destitución de los ministros.

Artículo 83

Cada año, al comienzo del período de sesiones de octubre, el Gobierno presenta a la Cámara de Diputados un presupuesto que incluye los gastos del Estado y sus ingresos para el próximo año. El presupuesto se vota partida por partida.

Artículo 84

Durante el debate sobre el presupuesto y las propuestas de créditos adicionales y extraordinarios, la Sala no podrá aumentar los créditos propuestos en el proyecto de presupuesto ni en el resto de las propuestas mencionadas, ya sea en forma de enmienda introducida o por iniciativa. Sin embargo, al final del debate, puede decidir por iniciativa, leyes que creen nuevos gastos.

Artículo 85

No se podrá abrir una consignación extraordinaria, salvo en virtud de una ley especial. Sin embargo, si circunstancias imprevistas generan gastos urgentes, el Presidente de la República emite un decreto, sobre la base de una decisión adoptada por el Consejo de Ministros, para abrir créditos extraordinarios o adicionales, y mediante la transferencia de créditos presupuestarios, sin sobrepasar el límite máximo establecido en la ley presupuestaria. Estas medidas deberán someterse a la Sala para su aprobación en su primer período de sesiones subsiguiente.

Artículo 86

Si la Cámara de Diputados no decide definitivamente sobre la propuesta presupuestaria antes de la expiración del período de sesiones dedicado a su examen, el Presidente de la República, con el acuerdo del Jefe de Gobierno, convoca inmediatamente a la Cámara a una sesión extraordinaria que durará el finales de enero para continuar el examen del presupuesto. Si este período extraordinario de sesiones termina sin pronunciarse definitivamente sobre la propuesta presupuestaria, el Consejo de Ministros podrá adoptar una decisión basada en la cual el Presidente de la República emite un decreto por el que se adapte y ponga en vigor la propuesta en la forma en que fue presentada a la Cámara. El Consejo de Ministros no podrá hacer uso de este derecho, a menos que la propuesta presupuestaria se haya presentado a la Cámara al menos quince días antes de su período de sesiones.

Sin embargo, durante ese período extraordinario de sesiones, los impuestos, los costos, los derechos, los impuestos y otros ingresos se recaudan como antes. Se utiliza como base el presupuesto del ejercicio anterior, añadiendo a él los créditos permanentes adicionales recientemente abiertos y excluyendo de él los créditos permanentes eliminados. El Gobierno recibe los gastos de enero del año nuevo sobre la base del duodécimo período provisional.


Letonia 1922

Artículo 66

Anualmente, antes del comienzo de cada ejercicio económico, el Saeima determinará el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Estado, cuyo proyecto será presentado al Saeima por el Gabinete.

Si el Saeima toma una decisión que implica gastos no incluidos en el presupuesto, entonces esta decisión también debe asignar fondos para cubrir dichos gastos.

Después del final del ejercicio presupuestario, el Gabinete presentará una contabilidad de los gastos presupuestarios para la aprobación del Saeima.


Laos 1991

La Asamblea Nacional tiene los siguientes derechos y deberes:

2. Examinar y aprobar los planes estratégicos, el plan de desarrollo socioeconómico, el plan presupuestario del Estado y el plan presupuestario estatal enmendado;

El Gobierno tiene los siguientes derechos y deberes:

4. Determinar planes estratégicos de desarrollo socioeconómico y presupuestos anuales del Estado y presentarlos a la Asamblea Nacional para su examen y aprobación;


Kirguistán 2010

2. La ley determinará el procedimiento de formulación, adopción y ejecución de los presupuestos republicanos y locales, así como de la auditoría de su ejecución. El presupuesto republicano será aprobado por ley; los presupuestos locales se adoptan por decisión de los órganos de representación pertinentes.

2. El Jogorku Kenesh:

5. aprobará el presupuesto republicano y el informe sobre su ejecución;

2. El Presidente, a más tardar un mes después de la recepción de la ley, la firmará o la devolverá con sus objeciones al Jogorku Kenesh para que vuelva a examinarla. Las leyes sobre el presupuesto y los impuestos republicanos estarán sujetas a la firma obligatoria, excepto en el caso de las solicitudes del Primer Ministro de devolver dichas leyes sin firmarlas.

1. El Gobierno:

6. redactará y presentará al Jogorku Kenesh el presupuesto republicano, así como adoptará medidas para su ejecución; presentará al Jogorku Kenesh el informe sobre la ejecución del presupuesto republicano;


Kuwait 1962

Artículo 140

El Estado preparará el plan presupuestario general anual de los ingresos y gastos del Estado y lo presentará a la Asamblea Nacional por lo menos dos meses antes del cierre del ejercicio económico para su examen y ratificación.

Artículo 141

El presupuesto será debatido en la Asamblea Nacional, Jefe por Jefe. Ninguna asignación de ninguno de los ingresos públicos puede ser asignada a ningún elemento de gasto específico salvo por ley.

Artículo 145

Cuando la Ley presupuestaria no se promulgue antes del comienzo del ejercicio económico, se respetará la base del antiguo presupuesto hasta su emisión. Se recaudarán los ingresos y los gastos se efectuarán de conformidad con la legislación aplicable al cierre de dicho año.

Cuando la Asamblea Nacional haya aprobado determinados jefes del nuevo presupuesto, se adoptarán medidas con arreglo a dichos jefes.


Corea del Sur 1948

Artículo 54

1. La Asamblea Nacional deliberará y decidirá sobre el proyecto de presupuesto nacional.

2. El poder ejecutivo formulará el proyecto de presupuesto para cada ejercicio fiscal y lo presentará a la Asamblea Nacional dentro de los noventa días previos al inicio del ejercicio fiscal. La Asamblea Nacional tomará una decisión al respecto dentro de los treinta días previos al comienzo del ejercicio económico.

3. Si el proyecto de presupuesto no se aprueba al comienzo del ejercicio fiscal, el Ejecutivo podrá, de conformidad con el presupuesto del ejercicio anterior, desembolsar fondos para los siguientes fines hasta que la Asamblea Nacional apruebe el proyecto de ley presupuestario:

1. El mantenimiento y funcionamiento de los organismos e instalaciones establecidos por la Constitución o la ley;

2. La ejecución de los gastos obligatorios prescritos por la ley; y

3. Continuación de los proyectos aprobados previamente en el presupuesto.

Artículo 56

Cuando sea necesario modificar el presupuesto, el poder ejecutivo podrá formular un proyecto de ley suplementario revisado del presupuesto y presentarlo a la Asamblea Nacional.

Artículo 57

La Asamblea Nacional, sin el consentimiento del Ejecutivo, no aumentará la suma de ninguna partida de gastos ni creará nuevas partidas de gastos en el presupuesto presentado por el Ejecutivo.


Corea del Norte 1972

La Asamblea Popular Suprema tiene la autoridad de:

15. deliberar y aprobar el presupuesto del Estado y el informe sobre su ejecución;

El Presidium de la Asamblea Popular Suprema tiene los siguientes deberes y facultades para:

3. deliberar y aprobar el plan estatal para el desarrollo de la economía nacional, el presupuesto del Estado y los planes para su ajuste planteados por razones inevitables en los intervalos entre los períodos de sesiones de la Asamblea Popular Suprema;

El Gabinete tiene los siguientes deberes y facultades para:

6. compilar el presupuesto del Estado y adoptar medidas para aplicarlo;


Kiribati 1979

1. El Ministro de Hacienda hará que se prepare y se presente ante la Maneaba ni Maungatabu antes o no más tarde de sesenta días después del comienzo de cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos del Gobierno para ese año.


Kazajistán 1995

6. Los proyectos de ley que prevén la reducción de los ingresos del Estado o el aumento de los gastos estatales sólo podrán presentarse cuando se les proporciona la resolución positiva del Gobierno de la República. Para los proyectos de las leyes presentadas en el Majlis del Parlamento como iniciativa legislativa del Presidente de la República, no será necesaria la presencia de tal conclusión.

El Gobierno:

2. presentar al Parlamento el presupuesto republicano e informar sobre su rendimiento, garantizar la ejecución del presupuesto;


Jordania 1952

Artículo 112

1. El proyecto de ley de Presupuesto General y el proyecto de ley de Presupuestos de las Unidades Gubernamentales se presentarán al Parlamento al menos un mes antes del comienzo del ejercicio fiscal para su examen de conformidad con las disposiciones de la Constitución. Se les aplicarán las mismas disposiciones relativas al presupuesto que figuran en la presente Constitución. El Gobierno presentará las cuentas definitivas a más tardar seis meses a partir del final del ejercicio fiscal anterior.

2. La votación sobre el presupuesto general se llevará a cabo capítulo por capítulo.

3. Ninguna suma en la Sección de Gastos del Presupuesto General podrá transferirse de un capítulo a otro salvo por ley.

4. El Parlamento, al debatir el proyecto de ley del presupuesto general o las leyes provisionales correspondientes, podrá reducir los gastos de los capítulos de acuerdo con lo que considere compatibles con el interés público; no podrá aumentar esos gastos ni por enmienda ni por la propuesta presentada por separado. Sin embargo, después de la clausura del debate, podrá proponer leyes para la creación de nuevos gastos.

5. Durante el debate del Presupuesto General, no se aceptará ninguna propuesta que se presente para la derogación de un impuesto existente o la imposición de un nuevo impuesto o la modificación, por aumento o disminución, de impuestos establecidos que afecten a lo prescrito por la legislación financiera vigente; y ninguna propuesta será aceptadas para rectificar gastos o ingresos fijados por contratos.

6. Los ingresos y gastos del Estado estimados para cada ejercicio fiscal serán aprobados por la Ley General de Presupuestos; sin embargo, dicha Ley podrá prever la asignación de sumas especificadas por más de un año.

Artículo 113

Si no fuera posible promulgar la Ley General de Presupuestos antes del inicio del nuevo ejercicio fiscal, los gastos continuarán por consignaciones mensuales a razón de 1/12 para cada mes del presupuesto del ejercicio anterior.


Jamaica 1962

115. Estimaciones

1. Antes del final de cada ejercicio presupuestario, el Ministro responsable de Hacienda hará que se preparen estimaciones anuales de ingresos y gastos de servicios públicos durante el ejercicio siguiente, que se presentarán a la Cámara de Representantes.

2. Las estimaciones de gastos indicarán por separado las sumas necesarias para sufragar los gastos estatutarios (según se define en el párrafo 4) del artículo 116 de la presente Constitución) y las sumas necesarias para sufragar otros gastos que se propongan pagar con cargo al Fondo Consolidado.


Israel 1958

36A. Dispersión por falta de aprobación del presupuesto (enmienda 30)

a. La no aprobación de la Ley de Presupuestos dentro de los tres meses siguientes al comienzo del ejercicio económico se considerará una decisión del Knesset sobre su dispersión, antes de que termine su mandato, el día siguiente al final de ese período (en adelante: la fecha de determinación), y las elecciones anticipadas se celebrarán el último martes antes del final de los 90 días siguientes a la fecha de determinación, a menos que el Knesset decida por mayoría de sus miembros, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de determinación, que debido a la proximidad de la fecha de las elecciones a un día festivo, día de fiesta o día conmemorativo, aplazar las elecciones a un a más tardar 100 días a partir de la fecha de determinación.

b. No obstante lo dispuesto en el apartado a), si el Presidente del Estado iniciara procedimientos para formar un nuevo Gobierno con arreglo al artículo 30 de la Ley Fundamental: El Gobierno, o si se aprobara una ley para dispersar el Knesset, o si se celebraran elecciones para el Knesset, después de la fecha de presentación del Proyecto de presupuesto de conformidad con el artículo 3 de la Ley Fundamental: Economía del Estado y antes de transcurrir tres meses desde el comienzo del ejercicio económico, el día determinante previsto en el apartado a) será de tres meses a partir del comienzo del ejercicio económico o 45 días contados a partir de la constitución del Gobierno, si esta fecha es más tarde.

3. El Presupuesto del Estado (Enmiendas 1, 2 y 7)

1. El presupuesto del Estado estará prescrito por ley.

2. El presupuesto tendrá una duración de un año y establecerá los gastos previstos y previstos del Gobierno.

1. El Gobierno pondrá el proyecto de ley sobre el presupuesto sobre la mesa del Knesset en el momento prescrito por el Comité de Finanzas del Knesset, pero a más tardar sesenta días antes del comienzo del ejercicio económico

2. Se detallará el proyecto de ley presupuestario.

3. El proyecto de presupuesto detallado del Ministerio de Defensa no se presentará sobre la mesa del Knesset, sino sobre la mesa de un comité conjunto del Comité de Finanzas y el Comité de Relaciones Exteriores y Seguridad del Knesset.

4. El proyecto de ley presupuestario irá acompañado de una estimación de las fuentes de financiación del presupuesto.

c. En caso de necesidad, el Gobierno puede presentar un proyecto de ley presupuestario adicional durante el ejercicio económico.

d. Cuando el Gobierno considera que la Ley de presupuesto no se aprobará antes del comienzo del ejercicio económico, puede presentar un proyecto de ley presupuestario provisional.

e. El Ministro de Finanzas presentará al Knesset todos los años un informe sobre la ejecución del presupuesto del Estado. Los datos se prescribirán por ley.

3A. Presupuesto plurianual (enmienda 4)

a. Para cada ejercicio económico, el Gobierno preparará un plan presupuestario plurianual que incluirá el proyecto de ley presupuestario para el año siguiente, así como un plan presupuestario para los dos años consecutivos siguientes.

b. El Gobierno presentará al Knesset el plan presupuestario plurianual junto con el proyecto de ley presupuestario.

c. Todo proyecto de presupuesto presentado por el Gobierno al Knesset se basará en el plan presupuestario plurianual preparado y presentado con arreglo a esta sección el año anterior.

3B. Falta de aprobación del presupuesto (enmienda 5)

a. En caso de no aprobación de la Ley de presupuesto antes del comienzo del ejercicio económico, el Gobierno tiene derecho a gastar cada mes una suma equivalente a la duodécima parte del presupuesto anual anterior, con un aumento vinculado al índice de precios al consumidor publicado por la Oficina Central de Estadística.

b. Los fondos previstos en el apartado a) se designarán en primer lugar para cumplir las obligaciones del Estado en virtud de la ley, los contratos y los tratados. El resto será utilizado por el Gobierno únicamente para el funcionamiento de servicios y actividades vitales incluidos en la anterior Ley de Presupuestos.

c. Esta sección no podrá ser modificada, salvo por la mayoría de los miembros del Knesset.

3C. Legislación que requiere un presupuesto (Enmienda 6, Anuncios 1 y 2)

a. El Knesset no aprobará un proyecto de ley presupuestario, salvo con el voto de al menos 50 miembros del Knesset. La mayoría antes mencionada se requiere en la primera, segunda y tercera lecturas. Sin embargo, si un proyecto de ley se convierte en un proyecto de ley presupuestario después de la primera lectura, se requiere la mayoría antes mencionada en las lecturas segunda y tercera.

b. La Knesset no aprobará una reserva presupuestaria, salvo con los votos de al menos 50 miembros del Knesset. Cuando se apruebe una reserva presupuestaria a un proyecto de ley, el proyecto de ley no aprobará la tercera lectura salvo con los votos de al menos 50 miembros del Knesset.

c. La determinación del costo presupuestario, a los efectos del presente artículo, de un proyecto de ley o reserva será la del Comité del Knesset que delibere sobre ese proyecto de ley o reserva (en adelante, el Comité). El Comité determinará el costo presupuestario mediante la evaluación del Ministro de Finanzas, o de alguien autorizado por él a tal efecto, a menos que se haya demostrado a su satisfacción, mediante otra evaluación que se le haya presentado, que el costo presupuestario es diferente del evaluado por el Ministro de Finanzas. Las evaluaciones con arreglo a la presente sección se presentarán junto con datos y estimaciones.

d. En esta sección -

Por «proyecto de ley presupuestario» se entiende un proyecto de ley que cumple todos los requisitos siguientes:

  1. 1. No fue presentado por el Gobierno;
  2. 2. Su ejecución supone un costo presupuestario de 5.991.899 nuevos shekels israelíes o más, en cualquier ejercicio presupuestario;
  3. 3. El Gobierno no ha dado su consentimiento al costo presupuestario;

Por «reserva presupuestaria» se entiende una reserva a un proyecto de ley que cumpla todas las condiciones siguientes:

  1. 1. Su ejecución supone un costo presupuestario de 5.991.899 nuevos shekels israelíes o más, en cualquier ejercicio presupuestario;
  2. 2. El Gobierno no ha dado su consentimiento al costo presupuestario;

«Coste presupuestario»: un gasto o un compromiso de gastos con cargo al presupuesto del Estado, o una disminución de los ingresos estatales, incluso si dicho gasto o disminución vaya acompañado de una reducción del gasto o de un compromiso de gastos con cargo al presupuesto estatal, o de un aumento de los ingresos estatales;

«Gastos con cargo al presupuesto del Estado», «disminución de los ingresos del Estado», incluidos los gastos del presupuesto de un organismo presupuestado, o una disminución de los ingresos de un organismo presupuestado;

«Órgano presupuestado», tal como se define en el artículo 21 de la Ley de fundamentos del presupuesto, 5745-1985.

e. Las sumas especificadas en las definiciones de «factura presupuestaria» y «reserva presupuestaria» en la subsección d) se actualizarán el 1 de enero de cada año, de acuerdo con la tasa de cambio en el índice de precios al consumo publicado por la Oficina Central de Estadística.

f. Las disposiciones de este artículo no se aplicarán a un proyecto de ley relativo a la disolución del Knesset y la celebración de elecciones.


Hungría 2011

2. La Asamblea Nacional:

c. adoptará el presupuesto central y aprobará su ejecución;

Artículo 36

1. La Asamblea Nacional aprobará una ley sobre el presupuesto central y sobre la ejecución del presupuesto central para cada año. El Gobierno presentará la propuesta legislativa sobre el presupuesto central y la ejecución del presupuesto central a la Asamblea Nacional dentro del plazo establecido en una ley.

2. La propuesta legislativa sobre el presupuesto central y la propuesta legislativa sobre su ejecución contendrán los gastos e ingresos estatales en la misma estructura, de manera transparente y con un detalle razonable.

3. La aprobación de la Ley del presupuesto central por la Asamblea Nacional constituirá una autorización para que el Gobierno recaude los ingresos y desembolse los gastos determinados en dicha ley.

4. La Asamblea Nacional no puede aprobar una ley sobre el presupuesto central como consecuencia de la cual la deuda estatal supere la mitad del Producto Interno Bruto.

5. Mientras la deuda estatal supere la mitad del Producto Interno Bruto, la Asamblea Nacional sólo podrá aprobar una ley sobre el presupuesto central que prevea la reducción de la deuda estatal en proporción al Producto Interno Bruto.

6. Toda excepción a lo dispuesto en los apartados 4 y 5 sólo se admitirá durante un ordenamiento jurídico especial y en la medida necesaria para mitigar las consecuencias de las circunstancias que desencadenan el ordenamiento jurídico especial o, en caso de recesión económica nacional duradera e importante, en la medida en que necesario para restablecer el equilibrio de la economía nacional.

7. Si la Asamblea Nacional no aprueba la Ley del presupuesto central antes del comienzo del año civil, el Gobierno estará autorizado a recaudar los ingresos establecidos en la normativa legal y, en el marco de las consignaciones fijadas en la Ley del presupuesto central para el año anterior, desembolsar los gastos prorrateados.

Artículo 44

1. Como órgano de apoyo a la actividad legislativa de la Asamblea Nacional, el Consejo de Presupuesto examinará la viabilidad del presupuesto central.

2. El Consejo Presupuestario participará en la preparación de la Ley sobre el presupuesto central, tal como se prevé en una ley.

3. A fin de cumplir los requisitos establecidos en los apartados 4 y 5 del artículo 36, se requerirá el consentimiento previo del Consejo Presupuestario para la adopción de la Ley sobre el presupuesto central.

4. Los miembros del Consejo Presupuestario serán el Presidente del Consejo Presupuestario, el Gobernador del Banco Nacional de Hungría y el Presidente de la Oficina Estatal de Auditoría. El Presidente del Consejo Presupuestario será nombrado por un período de seis años por el Presidente de la República.

5. Las normas de funcionamiento del Consejo Presupuestario se establecerán en un acto cardinal.


Guyana 1980

218. Autorización de gastos del Fondo Consolidado por créditos

1. El Ministro responsable de Finanzas o cualquier otro ministro designado por el Presidente hará que se prepare y se presente ante la Asamblea Nacional antes o dentro de los noventa días siguientes al comienzo de cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos de Guyana correspondientes a ese año.

2. Cuando las estimaciones de gastos (distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o cualquier ley del Parlamento) hayan sido aprobadas por la Asamblea, se presentará a la Asamblea un proyecto de ley, que se conocerá como proyecto de ley de consignación, en el que se prevé la emisión con cargo al Fondo Consolidado de las sumas necesarias para sufragar esos gastos y la consignación de dichas sumas para los fines especificados en él.

3. Si, con respecto a un ejercicio presupuestario,

a. que el importe asignado por la Ley de Asignaciones para cualquier fin es insuficiente o que se ha planteado una necesidad de gastos para un fin para el cual no se ha consignado ningún importe por dicha ley, o

b. que cualquier dinero se haya gastado para cualquier fin que exceda de la suma consignada a tal efecto por la Ley de Asignaciones o para un fin para el cual no se ha consignado ninguna cantidad en virtud de dicha Ley,

el Ministro encargado de las finanzas o cualquier otro ministro designado por el Presidente presentará a la Asamblea una estimación suplementaria o, en su caso, una declaración de excedentes en la que se indiquen las sumas necesarias o gastadas.


Guinea-Bisáu 1984

1. En el desempeño de sus funciones, el Gobierno es competente para:

c. Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo y el Presupuesto General del Estado, y ejecutarlo;


Guinea 2010

Artículo 75

La Asamblea Nacional vota el presupuesto en equilibrio. El Gobierno se remite [a la cuestión] del proyecto de ley de finanzas a más tardar el 15 de octubre.

La Ley de Finanzas se vota a más tardar el 31 de diciembre.

Si en la fecha del 31 de diciembre no se vota el presupuesto, las disposiciones del proyecto de ley de finanzas podrán entrar en vigor mediante ordenanza.

El Gobierno remite [el asunto] para su ratificación a la Asamblea Nacional convocada en sesión extraordinaria en un plazo de quince días.

Si la Asamblea Nacional no ha votado el presupuesto al final del período extraordinario de sesiones, el presupuesto se establece definitivamente por Ordenanza.

Artículo 76

La Asamblea Nacional tiene a su disposición sesenta días como máximo para votar la Ley de Finanzas.

Si, por razones de fuerza mayor, el Presidente de la República no pudiera presentar oportunamente el proyecto de ley de finanzas, el período ordinario de sesiones será seguido inmediatamente y de pleno derecho, por una sesión extraordinaria cuya duración sea como mucho igual al tiempo necesario para cubrir el plazo desde el día de la presentación del proyecto de ley hasta el sexagésimo día siguiente.

Si, al expirar ese plazo, el proyecto de ley de finanzas no se ha aprobado, puede entrar en vigor mediante decreto, teniendo en cuenta las enmiendas votadas por la Asamblea Nacional y aceptadas por el Presidente de la República.

Si, teniendo en cuenta el procedimiento indicado anteriormente, la ley de finanzas del año no puede entrar en vigor antes del comienzo del ejercicio fiscal [ejercicio], el Presidente de la República exige urgentemente a la Asamblea Nacional la autorización para recaudar impuestos.

Decide dentro de dos días. El Presidente de la República está autorizado a renovar por decreto el presupuesto de funcionamiento del año anterior.


Granada 1973

77. Autorización de gastos del Fondo Consolidado por ley de créditos

1. En cada ejercicio económico, el Ministro encargado de las finanzas hará que se prepare y presente ante la Cámara de Representantes estimaciones de los ingresos y gastos de Granada para el ejercicio siguiente.

2. Cuando la Cámara de Representantes apruebe las estimaciones de gastos (distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o por cualquier ley promulgada por el Parlamento), se presentará en la Cámara de Representantes un proyecto de ley, conocido como proyecto de Ley de Asignación, que prevé la emisión del Fondo consolidado de las sumas necesarias para sufragar esos gastos y la consignación de dichas sumas, en votación separada para los diversos requeridos, para los fines especificados en él.

3. Si, con respecto a un ejercicio presupuestario,

a. que el importe asignado por la Ley de Asignaciones para cualquier fin sea insuficiente o que haya surgido una necesidad de gastos para un fin al que no se haya asignado ningún importe por dicha ley, o

b. que cualquier dinero se haya gastado para cualquier fin que exceda de la cantidad asignada a tal fin por la Ley de Asignaciones o para un fin al que no se ha consignado ninguna cantidad por dicha ley;

se presentará a la Cámara de Representantes una estimación complementaria en la que se indiquen las sumas necesarias o gastadas y, cuando la Asamblea haya aprobado la estimación complementaria, se presentará en la Cámara un proyecto de ley suplementario de consignaciones que prevé la emisión de dichas sumas con cargo al Fondo Consolidado y apropiándolos para los fines especificados en él.

78. Autorización de gastos por anticipado a la consignación

El Parlamento podrá establecer disposiciones en virtud de las cuales, en caso de que la ley de créditos para un ejercicio presupuestario no haya entrado en vigor a principios de dicho ejercicio, el Ministro responsable de las finanzas podrá autorizar por el momento la retirada de fondos del Fondo Consolidado con el fin de sufragar los gastos necesarios para prestar los servicios del Gobierno de Granada hasta la expiración del plazo de cuatro meses a partir del comienzo de ese ejercicio económico o de la entrada en vigor de la ley, si esta fecha es anterior.


Ghana 1992

179. AUTORIZACIÓN DE GASTOS

1. El Presidente hará que se prepare y se presente ante el Parlamento al menos un mes antes del final del ejercicio presupuestario, estimaciones de los ingresos y gastos del Gobierno de Ghana para el ejercicio siguiente.

2. Las estimaciones de los gastos de todos los cargos públicos y corporaciones públicas, distintos de los constituidos como empresas comerciales-

a. se clasificarán en programas o actividades que se incluirán en un proyecto de ley que se denominará Proyecto de Ley de Asignación y que se presentará al Parlamento para prever la emisión, con cargo al Fondo Consolidado o a cualquier otro fondo apropiado, de las sumas de dinero necesarias para sufragar esos gastos y la consignación de dichas sumas para los fines especificados en dicho proyecto de ley; y

b. en relación con los pagos imputados al Fondo Consolidado, se presentarán ante el Parlamento para información de los miembros del Parlamento.

3. El Presidente del Tribunal Supremo, en consulta con el Consejo Judicial, hará que se presente al Presidente por lo menos dos meses antes del final de cada ejercicio financiero y, posteriormente, cuando sea necesario,

a. las estimaciones de los gastos administrativos del Poder Judicial imputados al Fondo Consolidado en virtud del artículo 127 de esta Constitución; y

b. estimaciones de los gastos de desarrollo del Poder Judicial.

4. El Presidente, en el momento especificado en el párrafo 1) del presente artículo, o posteriormente, cuando se le presente en virtud del párrafo 3) del presente artículo, hará que las estimaciones mencionadas en el párrafo 3) del presente artículo sean sometidas al Parlamento.

5. Las estimaciones serán presentadas al Parlamento en virtud del párrafo 4) por el Presidente sin revisión, pero con las recomendaciones que el Gobierno pueda formular al respecto.

6. Los gastos de desarrollo del poder judicial, si son aprobados por el Parlamento, se imputarán al Fondo Consolidado.

7. El Parlamento prescribirá el procedimiento para la presentación de proyectos de ley de consignación.

8. Cuando, para un ejercicio financiero, se constata que el importe de los fondos consignados por la Ley de Asignaciones para cualquier fin es insuficiente o que se ha planteado una necesidad de gastos para un fin para el que no se ha consignado ninguna suma de dinero por dicha Ley, una estimación complementaria que indique la suma de dinero requeridos, deberá presentar ante el Parlamento para su aprobación.

9. Cuando, en el caso de un ejercicio económico, el Parlamento haya aprobado una estimación suplementaria de conformidad con la cláusula 8) del presente artículo, se presentará al Parlamento un proyecto de ley suplementario de consignaciones en el ejercicio siguiente al ejercicio económico al que se refiera la estimación, siempre que para la consignación de la suma así aprobada para los fines especificados en esa estimación.

10. No obstante lo dispuesto en las cláusulas anteriores del presente artículo, el Presidente podrá hacer que se prepare y se presente ante el Parlamento estimaciones de ingresos y gastos de Ghana por períodos superiores a un año.

11. Cuando en las estimaciones preparadas de conformidad con las cláusulas 1) y 8) del presente artículo se prevea una partida o voto distinto del Fondo para imprevistos, que no se refiera a una partida concreta de gastos, todo dinero votado por el Parlamento respecto de esa partida o votación estará bajo control y supervisión de un Comité integrado por el Presidente, el Presidente y el Presidente del Consejo de Estado

180. GASTOS POR ANTICIPADO A LA CONSIGNACIÓN

Cuando el Presidente estime que el crédito correspondiente a un ejercicio no entrará en funcionamiento a principios de dicho ejercicio, podrá autorizar, previa aprobación del Parlamento mediante resolución, la retirada de fondos del Fondo Consolidado con el fin de los gastos necesarios para prestar los servicios del Gobierno durante el período que expira tres meses a partir del comienzo del ejercicio económico o a la entrada en vigor de la ley, si esta fecha es anterior.

181. PRÉSTAMOS

1. El Parlamento podrá, mediante una solución apoyada por los votos de la mayoría de todos los miembros del Parlamento, autorizar al Gobierno a concertar un acuerdo para la concesión de un préstamo con cargo a cualquier fondo público o cuenta pública.

2. El acuerdo concertado en virtud del párrafo 1 del presente artículo será presentado al Parlamento y no entrará en vigor a menos que sea aprobado por resolución del Parlamento.

3. El Gobierno no concederá ningún préstamo en nombre propio o de cualquier otra institución o autoridad pública que no sea por ley del Parlamento o bajo la autoridad de ésta.

4. Una ley del Parlamento promulgada de conformidad con el párrafo 3 del presente artículo establecerá:

a. que las condiciones de un préstamo se presentarán ante el Parlamento y no entrarán en vigor a menos que hayan sido aprobadas por resolución del Parlamento, y

b. que los fondos recibidos con respecto a ese préstamo se abonarán al Fondo Consolidado y formarán parte de dicho Fondo o en algún otro fondo público de Ghana ya sea existente o creado a efectos del préstamo.

5. El presente artículo se aplicará, con las modificaciones necesarias por el Parlamento, a las transacciones comerciales o económicas internacionales en las que el Gobierno sea parte en lo que se refiere a un préstamo.

6. A los efectos del presente artículo, se entenderá por «préstamo» todo dinero prestado o dado al Gobierno o por éste a condición de devolución o reembolso, así como cualquier otra forma de préstamo o préstamo respecto de los cuales,

a. los fondos procedentes del Fondo Consolidado o de cualquier otro fondo público podrán utilizarse para el pago o reembolso; o

b. los fondos procedentes de cualquier fondo, cualquiera que sea su nombre, establecido a efectos de pago o reembolso directa o indirectamente, podrán utilizarse para el pago o reembolso.

7. El Ministro encargado de las finanzas presentará al Parlamento, en los momentos que el Parlamento determine, toda información relativa a las discrepancias relativas a

a. la concesión de préstamos, su reembolso y servicio;

b. el pago al Fondo Consolidado u otro fondo público de fondos procedentes de préstamos concedidos a instituciones fuera de Ghana.


Georgia 1995

Artículo 66. Presupuesto del Estado

1. El Parlamento de Georgia aprobará anualmente la Ley del presupuesto del Estado por mayoría del número total de sus miembros.

2. Sólo el Gobierno de Georgia tendrá derecho a presentar un proyecto de presupuesto estatal al Parlamento una vez examinados los datos básicos y las directrices en los comités del Parlamento. El Gobierno presentará al Parlamento un proyecto de presupuesto del Estado para el año siguiente a más tardar tres meses antes del final del ejercicio presupuestario. Junto con un proyecto de presupuesto del Estado, el Gobierno presentará un informe sobre la marcha de la ejecución del presupuesto del Estado para el año en curso. El Gobierno presentará un informe sobre la ejecución del presupuesto del Estado del año anterior al Parlamento para su aprobación a más tardar cinco meses después del final del ejercicio presupuestario.

3. La enmienda de un proyecto de ley sobre el presupuesto del Estado será inadmisible sin el consentimiento del Gobierno. El Gobierno puede solicitar que el Parlamento cubra los gastos adicionales del Estado si indica las fuentes utilizadas para sufragar esos gastos.

4. El Parlamento sólo puede aprobar una ley sobre el aumento de los gastos o la reducción de los ingresos de un presupuesto del Estado, o sobre la introducción de nuevas obligaciones financieras para el Estado para el ejercicio presupuestario en curso, sólo con el consentimiento del Gobierno. Las leyes relacionadas con el ejercicio presupuestario siguiente podrán aprobarse con el consentimiento del Gobierno o en el marco del documento sobre los datos básicos y las orientaciones del país presentado por el Gobierno al Parlamento.

5. Si el Parlamento no aprueba un presupuesto estatal al comienzo de un nuevo ejercicio presupuestario, los gastos se sufragarán con arreglo a los procedimientos establecidos por la ley, sobre la base del presupuesto del Estado del año anterior.

6. La reducción de los fondos asignados al Parlamento en el presupuesto del Estado, en comparación con la cantidad presupuestada para el año anterior, sólo será posible con el consentimiento previo del Parlamento. El Parlamento decidirá independientemente cómo distribuir los fondos asignados al Parlamento en el presupuesto del Estado.

7. La Ley sobre el presupuesto del Estado será firmada y promulgada por el Presidente de Georgia de conformidad con el artículo 46 de la Constitución. Las observaciones del Presidente sobre la Ley del presupuesto estatal sólo pueden ser aceptadas por el Parlamento con el consentimiento del Gobierno.

8. Los procedimientos para redactar y aprobar un presupuesto del Estado se determinarán por ley.


Gambia

1. El Gabinete será responsable de...

f. preparar, explicar y formular para la Asamblea Nacional el presupuesto del Estado y sus programas económicos;

PARTE V. PRESUPUESTO

250. Estimaciones anuales y proyecto de ley de consignación

1. El Presidente hará que el Ministro encargado de las finanzas prepare y presente ante la Asamblea Nacional por lo menos sesenta días antes del final del ejercicio económico, estimaciones de los ingresos y gastos de Gambia para el ejercicio económico siguiente.

2. Las estimaciones incluirán todas las estimaciones que, en virtud de la presente Constitución, deban presentarse directamente a la

a. Presidente por cualquier persona o autoridad para su presentación por el Presidente a la Asamblea Nacional; y

b. Asamblea Nacional por cualquier persona o autoridad para su examen y aprobación por la Asamblea Nacional.

3. Toda persona o autoridad que tenga derecho a elaborar sus propias estimaciones para su presentación...

a. por el Presidente a la Asamblea Nacional, facilitará al Presidente esas estimaciones al menos noventa días antes del final del ejercicio económico; o

b. directamente a la Asamblea Nacional, presentará esas estimaciones a la Asamblea Nacional por lo menos noventa días antes del final del ejercicio económico.

4. Antes de que la Asamblea Nacional examine las estimaciones de ingresos y gastos, un comité de la Asamblea examinará y examinará las estimaciones y formulará recomendaciones a la Asamblea.

5. Al examinar y examinar las estimaciones, el comité recabará las declaraciones del público y las recomendaciones se tendrán en cuenta cuando éste formule sus recomendaciones a la Asamblea Nacional.

6. Cuando las estimaciones de gastos hayan sido aprobadas por la Asamblea Nacional, se presentará a la Asamblea un proyecto de ley de consignación para autorizar la retirada del Fondo Consolidado de Ingresos del dinero necesario para el gasto, y para la consignación de dicho dinero para los fines mencionados en el el proyecto de ley.

7. El proyecto de ley de consignaciones mencionado en el párrafo 6) no incluirá los gastos imputados al Fondo Consolidado de Ingresos por la presente Constitución o una ley de la Asamblea Nacional.

8. Además de presentar las estimaciones para el ejercicio económico siguiente, el Presidente puede hacer que se prepare y presente a la Asamblea Nacional,

a. los programas y planes fiscales y monetarios de desarrollo económico y social que abarcan períodos superiores a un año, y

b. previsiones de ingresos y gastos correspondientes a esos programas y planes.

251. Gastos antes de que se supere el presupuesto anual

1. Si el proyecto de ley de consignaciones respecto de un ejercicio económico no se ha promulgado a principios de ese ejercicio, el Presidente podrá autorizar la retirada de fondos del Fondo Consolidado de Ingresos a fin de sufragar los gastos necesarios para prestar los servicios del Gobierno para una período que no exceda de cuatro meses a partir del comienzo del ejercicio.

2. La retirada de fondos de conformidad con el párrafo 1) no excederá de un tercio de las cantidades autorizadas para los servicios pertinentes por la Ley de Asignaciones para el ejercicio inmediatamente anterior.

252. Consignación suplementaria

1. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 243, si en relación con un ejercicio económico se compruebe que la cantidad consignada en virtud de la Ley de Asignaciones es insuficiente o que se ha planteado una necesidad para un fin para el cual no se ha consignado ninguna cantidad en virtud de dicha ley, se hará una estimación complementaria en la que se indiquen las sumas requeridas antes de la Asamblea Nacional antes de que se efectúen los gastos.

2. Cuando la Asamblea Nacional haya aprobado una estimación suplementaria, se presentará a la Asamblea Nacional un proyecto de ley de consignación suplementaria para la consignación de las sumas aprobadas.


Gabón 1991

Además de los casos expresamente previstos por la Constitución, la ley fija las normas relativas a:

Las leyes financieras que determinan los recursos y gastos del Estado en las condiciones previstas por una ley orgánica;

Artículo 48

Todos los recursos y gastos del Estado deben evaluarse y consignarse en el presupuesto anual, que el Gobierno debe presentar a la Asamblea Nacional dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la apertura del segundo período ordinario de sesiones del Parlamento.

Si la Asamblea Nacional no se ha pronunciado sobre el presupuesto anual después de la primera lectura en un plazo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la presentación del presupuesto, el Gobierno pedirá al Senado que adopte una decisión en un plazo de veinte (20) días. El Senado procederá a examinar la ley en las condiciones previstas en el artículo 58a.

Si, durante el período de sesiones presupuestario, el Parlamento levanta la sesión sin votar en un presupuesto equilibrado, el Gobierno está autorizado a reutilizar, mediante ordenanza, el presupuesto anterior. No obstante, esta ordenanza puede prever, en caso de necesidad, cualquier reducción de gastos o aumento de ingresos. A petición del Primer Ministro, el Parlamento se reunirá en un plazo de quince (15) días en una sesión excepcional para una nueva deliberación. Si el Parlamento no vota un presupuesto equilibrado antes del final de su período extraordinario de sesiones, el presupuesto se establecerá definitivamente mediante ordenanza adoptada por el Consejo de Ministros y firmado por el Presidente de la República.

Los nuevos ingresos que puede adquirir el Estado, si proceden de impuestos directos, contribuciones u otros impuestos comparables, se cobrarán a partir del 1 de enero.

El Tribunal de Responsabilidad del Gobierno ayuda al Parlamento y al Gobierno en la aplicación de la ley de finanzas. El proyecto de ley de pagos establecido por el Gobierno, acompañado de la declaración general de cumplimiento y el informe general del Tribunal de Responsabilidad del Gobierno deben presentarse al Parlamento, a más tardar, durante el primer período ordinario de sesiones del segundo año siguiente a la ejecución del presupuesto preocupados.

Artículo 58 bis

Todos los proyectos de ley o propuestos se examinan sucesivamente en las dos Cámaras del Parlamento con vistas a la futura adopción de un texto idéntico.

Si un proyecto de ley no se aprueba y aprueba en las dos Cámaras tras una sola lectura, el Primer Ministro podrá invocar una comisión de miembros de ambas Cámaras, a quienes se encargará de proponer un texto revisado después de deliberar.

Si la comisión no llega a un acuerdo sobre un texto convenido, el Gobierno pedirá a la Asamblea Nacional que adopte una decisión definitiva.

Si la comisión adopta un texto común, el proyecto de ley revisado debe ser aprobado por cada Cámara por separado para convertirse en ley.

El procedimiento relativo a la aprobación de un presupuesto es idéntico al de derecho común, dentro de las condiciones particulares expuestas en el artículo 48 supra.


Finlandia 1999

Artículo 83. Presupuesto del Estado

El Parlamento decide sobre el presupuesto del Estado para un ejercicio presupuestario cada vez. Se publica en el Libro de Estatuto de Finlandia.

La propuesta gubernamental relativa al presupuesto del Estado y las demás propuestas correspondientes se presentarán al Parlamento con suficiente antelación al ejercicio presupuestario siguiente. Las disposiciones de la sección 71 se aplican a la suplementación y retirada del proyecto de presupuesto.

Un representante podrá, sobre la base de la propuesta presupuestaria, iniciar, mediante una moción presupuestaria, una propuesta de consignación u otra decisión que se incluya en el presupuesto del Estado.

Una vez publicado el informe pertinente de la Comisión de Finanzas del Parlamento, el presupuesto se aprueba en una sola lectura en sesión plenaria del Parlamento. En el Reglamento del Parlamento se establecen disposiciones más detalladas sobre el examen de la propuesta presupuestaria en el Parlamento.

Si la publicación del presupuesto del Estado se retrasa más allá del nuevo ejercicio presupuestario, la propuesta presupuestaria del Gobierno se aplicará como presupuesto provisional de la manera que decida el Parlamento.

Artículo 84. Contenido del presupuesto

En el presupuesto del Estado se incluirán estimaciones de los ingresos anuales y créditos para los gastos anuales del Estado, las razones de los créditos y otras justificaciones presupuestarias. Una ley puede establecerse que, en el caso de ciertos ingresos y gastos vinculados inmediatamente entre sí, se incluya en el presupuesto una previsión de ingresos o una consignación correspondiente a su diferencia.

Las previsiones de ingresos del presupuesto cubrirán los créditos incluidos en él. Al cubrir los créditos, podrá tenerse en cuenta el superávit o déficit de las cuentas definitivas del Estado, tal como establece una ley.

Las previsiones de ingresos o las consignaciones correspondientes a ingresos y gastos vinculados pueden incluirse en el presupuesto para varios ejercicios presupuestarios, conforme a lo dispuesto en una ley.

Los principios generales sobre las funciones y finanzas de las empresas estatales se establecen en una ley. Por lo que se refiere a las empresas estatales, las previsiones de ingresos o los créditos se incluyen en el presupuesto únicamente en la medida en que estén previstas en una ley. Al examinar el presupuesto, el Parlamento aprueba los objetivos de servicios más importantes y otros objetivos de las empresas estatales.

Artículo 85. Créditos presupuestarios

Los créditos se consignan en el presupuesto como créditos fijos, créditos estimados o transferibles. Se podrá sobrepasar una consignación estimada y transferir una consignación transferible para ser utilizada en ejercicios presupuestarios posteriores, conforme a lo dispuesto en una ley. Un crédito fijo y un crédito transferible no se rebasará ni se transferirá un crédito fijo, salvo que así lo permita una ley.

Las consignaciones no se trasladarán de una partida presupuestaria a otra, a menos que así se haya permitido en el presupuesto. Sin embargo, la transferencia de una consignación a una partida presupuestaria con la que su utilización esté estrechamente vinculada puede ser autorizada por una ley.

En el presupuesto podrá concederse una autorización, limitada en su importe y finalidad, para la ejecución de gastos cuyos créditos deban tomarse de los presupuestos de los ejercicios presupuestarios siguientes.

Sección 86. Presupuesto suplementario

La propuesta del Gobierno relativa a un presupuesto suplementario se presentará al Parlamento si existe una razón justificada para rectificar el presupuesto.

Un representante podrá presentar propuestas presupuestarias de modificación presupuestaria inmediatamente vinculadas al presupuesto suplementario.


Fiyi 2013

144. Presupuesto anual

1. Con respecto a cada año que finalice el 31 de diciembre o el otro día que el Parlamento prescriba, el Ministro responsable de Hacienda deberá presentar ante el Parlamento un presupuesto anual que refleje las previsiones de ingresos y de capital y gastos corrientes correspondientes al ejercicio, en relación con los servicios ordinarios de el Gobierno y los servicios del Parlamento.

2. Una ley escrita puede prescribir la forma en que deben prepararse las estimaciones anuales.


Etiopía 1994

3. Elaborará el presupuesto federal anual y, cuando sea aprobado por la Cámara de Representantes de los Pueblos, lo ejecutará.


Eritrea 1997

3. La Asamblea Nacional aprobará el presupuesto nacional y promulgará leyes fiscales.

15. presentar a la Asamblea Nacional las propuestas legislativas y el presupuesto nacional;

3. El Gabinete asistirá al Presidente en lo siguiente:

b. la realización de estudios y la preparación del presupuesto nacional;


Dominica 1978

78. Autorización de gastos del Fondo Consolidado por ley de créditos

1. Por el momento, el Ministro responsable de las finanzas hará que se prepare y se presente ante la Cámara antes, o a más tardar cuarenta y cinco días después, del comienzo de cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos de Dominica para ese ejercicio económico.

2. Cuando la Asamblea apruebe las estimaciones de gastos (distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o por cualquier ley promulgada por el Parlamento), se presentará en la Cámara un proyecto de ley, conocido como proyecto de ley de consignación, en el que se prevé la emisión del Fondo Consolidado de las sumas necesarias para sufragar dichos gastos y la consignación de dichas sumas, mediante votación separada para los diversos servicios requeridos, para los fines especificados en ellos.

3. Si con respecto a cualquier ejercicio financiero se encuentra...

a. que el importe asignado por la ley de créditos para cualquier fin sea insuficiente o que haya surgido una necesidad de gastos para un fin al que no se haya asignado ningún importe por dicha ley, o

b. que cualquier dinero se haya gastado para cualquier fin que exceda de la suma asignada a ese fin por la ley de apropiaciones o para un fin al que no se ha consignado ninguna cantidad por esa ley,

se presentará ante la Cámara una estimación suplementaria en la que se indiquen las sumas necesarias o gastadas y, cuando la estimación suplementaria haya sido aprobada por la Cámara, se presentará en la Cámara un proyecto de ley suplementario de consignaciones que prevea la emisión de dichas sumas con cargo al Fondo Consolidado y su apropiación a los fines especificados en él.


Yibuti 1992

Artículo 69

La Ley de Finanzas determina los recursos y las obligaciones del Estado.

Se remite a la Asamblea Nacional la cuestión del proyecto de ley de finanzas del año (Presupuesto del Estado) desde la apertura del período ordinario de sesiones anterior al ejercicio presupuestario y, en todo caso, antes del 15 de noviembre. La Ley de Finanzas debe prever los recibos necesarios para la cobertura completa de los gastos.

El proyecto de ley de finanzas se vota a más tardar en primera lectura dentro del plazo de treinta y cinco días después de su depósito. En caso de rechazo o enmienda, puede exigirse una segunda lectura.

Si el presupuesto no se vota antes del 1º de enero, se autoriza al Presidente de la República a volver a ejecutar el presupuesto del año anterior antes de las doceavas partes provisionales.

El presupuesto sólo podrá aprobarse en sesión plenaria.


República Checa 1993

Artículo 42

1. Los proyectos de ley sobre el presupuesto estatal y la contabilidad final del Estado serán presentados por el gobierno.

2. Estos proyectos de ley serán debatidos en sesión pública y sólo la Asamblea de Diputados podrá adoptar resoluciones al respecto.


Chipre 1960

2. Tras la aprobación del presupuesto por la Cámara de Representantes, el Presidente y el Vicepresidente de la República, por separado o conjuntamente, podrán ejercer su derecho a devolverlo a la Cámara de Representantes, alegando que a su juicio existe una discriminación.

Artículo 81

1. El presupuesto se presenta a la Cámara de Representantes al menos tres meses antes de la fecha fijada por la ley para el comienzo del ejercicio y es votado por ella a más tardar el día fijado.

2. En un plazo de tres meses a partir del final del ejercicio, las cuentas definitivas se presentarán a la Cámara de Representantes para su aprobación.

Artículo 167

1. El Ministro de Hacienda, previa recepción de las estimaciones de cada Ministerio y de cada Oficina Independiente de la República, preparará para cada ejercicio económico un presupuesto global de la República para ese ejercicio que, cuando sea aprobado por el Consejo de Ministros, será presentado ante el Cámara de Representantes.

2. Las previsiones de gastos en el presupuesto se indicarán por separado.

a. las sumas totales necesarias para sufragar los gastos imputados al Fondo Consolidado, y

b. las sumas necesarias para sufragar otros gastos, respectivamente.

3. Dicho Presupuesto también indicará, en la medida de lo posible, los activos y pasivos de la República al final del último ejercicio financiero completado, la forma en que se invierten o mantienen dichos activos y los datos relativos a los pasivos pendientes.

4. Los gastos que deban sufragarse con cargo al Fondo consolidado pero no imputados al mismo se someterán a la adopción de la Cámara de Representantes y, si se adoptan, se incluirán en el presupuesto correspondiente a dicho ejercicio.

5. Si, para un ejercicio presupuestario, se compruebe que el importe adoptado por la Cámara de Representantes para cualquier fin es insuficiente o que se ha producido una necesidad de gastos para un fin para el que no se haya adoptado ningún importe, se presentará ante la Cámara de Representantes un presupuesto suplementario que indique las cantidades requeridas Los representantes para su adopción y, en caso de ser aprobados por la Cámara de Representantes, se incluirán en el presupuesto para dicho ejercicio presupuestario.

6. La Cámara de Representantes podrá aprobar o denegar su aprobación a cualquier gasto incluido en un presupuesto suplementario, pero no podrá votar un importe incrementado ni una modificación de su destino.

Artículo 168

1. Ningún gasto se sufragará con cargo al Fondo Consolidado ni a otros Fondos Públicos salvo previa autorización de un mandamiento dictado por el Ministro de Finanzas:

Siempre que el Ministro de Finanzas no se negará a firmar ninguna orden de este tipo para los gastos previstos en el presupuesto.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del presente artículo, no se emitirá tal orden a menos que dichos gastos hayan sido aprobados en el presupuesto para el ejercicio al que se refiera la orden presupuestaria.

3. Si el presupuesto no ha sido aprobado por la Cámara de Representantes antes del primer día del ejercicio al que se refiere, la Cámara de Representantes podrá autorizar mediante resolución, a reserva de lo dispuesto en la presente Constitución, la ejecución de los gastos necesarios, por un período no superior a un mes en cualquier momento, pero en todo caso no superior a dos meses en conjunto, con cargo al Fondo Consolidado u otros Fondos Públicos que consideren esenciales para la continuidad de los servicios públicos indicados en el Presupuesto hasta la expiración de dicho plazo:

Siempre que los gastos así autorizados para cualquier servicio no excedan de la proporción correspondiente a dicho período del importe votado para dicho servicio en el presupuesto del ejercicio anterior.


Croacia 1991

El Parlamento croata:

Adoptar el presupuesto del Estado;

Artículo 91

Los ingresos y gastos del Estado serán determinados por el presupuesto del Estado.

El Parlamento croata promulgará el presupuesto central por mayoría de votos de todos los diputados.

Una ley cuya aplicación requiera fondos financieros especificará las fuentes de dichos fondos.

El Gobierno de la República de Croacia:

Proponer el presupuesto del Estado y las cuentas anuales;


Costa de Marfil 2016

El proyecto de ley de presupuesto se presenta primero a la Asamblea Nacional.

Artículo 111

El Parlamento vota el proyecto de ley de apropiación en las condiciones establecidas por la ley orgánica.

Artículo 112

El Parlamento se ocupa del proyecto de ley de apropiación antes de que concluya el período ordinario de sesiones. El proyecto de ley de consignación debe proporcionar los ingresos necesarios para la cobertura completa de los gastos.

El Parlamento vota sobre el presupuesto equilibrado.

Si la Asamblea Nacional no llega a una decisión en primera lectura dentro de los cuarenta días siguientes a la presentación del proyecto de ley, el Presidente de la República remite el asunto al Senado, que adopta una decisión en un plazo de quince días. Posteriormente, se efectuará en las condiciones prescritas en el artículo 110.

Si el Parlamento no llega a una decisión en un plazo de setenta días, el proyecto de ley puede entrar en vigor por orden.

El Presidente de la República, para su ratificación, se refiere al Parlamento convocado en sesión extraordinaria, en un plazo de quince días.

Si el Parlamento no ha votado sobre el presupuesto al final de esta sesión extraordinaria, el presupuesto se establece definitivamente por orden.

Si el proyecto de ley de consignaciones no puede presentarse a tiempo para ser promulgado antes del comienzo del ejercicio económico, el Presidente de la República solicita autorización del Parlamento para reanudar urgentemente el presupuesto del año anterior antes del 12º período provisional.


República del Congo 2015

Artículo 152

Se remite al Parlamento [la cuestión] del proyecto de ley de finanzas a más tardar ocho (8) días antes de la apertura del período de sesiones de octubre.

Se remite a la Asamblea Nacional [el asunto] en primera instancia [en primer lugar] del proyecto de ley de finanzas del año, de los proyectos de ley de finanzas rectificativos [rectificativos] y de los proyectos de ley de reglamentación.

Artículo 153

Si el Parlamento no ha votado el presupuesto al final de la sesión de octubre, el Primer Ministro exige una sesión extraordinaria cuya duración no puede exceder de quince (15) días.

Pasando este tiempo, el presupuesto se establece, definitivamente, por ordenanza, según la opinión del Tribunal Constitucional.

Si no se ha remitido al Parlamento [la cuestión] del proyecto de ley de finanzas dentro de los plazos especificados en el artículo 152 y el presupuesto no se ha votado en el transcurso de esta primera sesión extraordinaria, se convocaría una segunda sesión extraordinaria a petición del Primer Ministro.


República Democrática del Congo 2005

Artículo 124

Las leyes a las que la Constitución confiere el carácter de ley orgánica, son aprobadas y modificadas por la mayoría absoluta de los miembros que componen cada Cámara en las siguientes condiciones:

1. la propuesta legislativa de ley sólo podrá someterse a la deliberación y al voto de la Sala Primera a que se refiera [la cuestión] después de la expiración de un plazo de quince días después de su depósito en poder del Gobierno;

2. es aplicable el procedimiento previsto en el artículo 132. Sin embargo, en defecto de acuerdo entre las dos Cámaras, el texto sólo podrá ser aprobado por la Asamblea Nacional en la lectura final con la mayoría absoluta de sus miembros;

3. las leyes orgánicas sólo podrán promulgarse tras la declaración, por el Tribunal Constitucional obligatoriamente referido [a la cuestión] por el Presidente de la República, de su conformidad con la Constitución en un plazo de quince días.

Artículo 126

[Modificada por la Ley Nº 11/002, de 20 de enero de 2011.]

La Ley de Finanzas determina los recursos y los gastos del Estado.

La Asamblea Nacional y el Senado aprueban los proyectos de ley de finanzas en las condiciones especificadas por la ley orgánica prevista en el artículo 124 de la Constitución.

El proyecto de ley anual de finanzas, que incluye especialmente el presupuesto, es depositado por el Gobierno ante la Mesa de la Asamblea Nacional, a más tardar, el 15 de septiembre de cada año.

Las creaciones y transformaciones del empleo público no pueden funcionar al margen de las disposiciones de la Ley de Finanzas.

Si el proyecto de ley de finanzas, depositado en el plazo constitucional, no se aprueba antes de la apertura del nuevo ejercicio fiscal, es puesto en vigor por el Presidente de la República, a propuesta del Gobierno deliberando en el Consejo de Ministros, teniendo en cuenta las enmiendas aprobadas por cada una de las dos Salas.

Si el proyecto de ley de finanzas no se ha depositado oportunamente para ser promulgado antes del inicio del ejercicio fiscal, el Gobierno exige a la Asamblea Nacional y al Senado la apertura de créditos provisionales.

Si, quince días antes del final del período de sesiones presupuestario, el Gobierno no ha depositado su proyecto de ley del presupuesto, se considerará que ha dimitido.

En caso de que la Asamblea Nacional y el Senado no decidan en un plazo de quince días la apertura de créditos provisionales, el Presidente de la República pone en vigor las disposiciones del proyecto de ley que prevé esos créditos a propuesta del Gobierno que delibere en el Consejo de Ministros.

Si, teniendo en cuenta el procedimiento previsto anteriormente, la Ley anual de finanzas no puede entrar en vigor el primer día del mes de febrero del ejercicio presupuestario, el Presidente de la República, a propuesta del Gobierno que deliberó en el Consejo de Ministros, ordena que se ejecute el proyecto de ley de finanzas, teniendo en cuenta las enmiendas votadas por cada una de las dos Cámaras.

Si el proyecto de ley de finanzas aprobado oportunamente por el Parlamento y transmitido para su promulgación antes de la apertura del nuevo ejercicio presupuestario es objeto de una prisión preventiva al Parlamento por el Presidente de la República, el Gobierno exige a la Asamblea Nacional y al Senado la apertura de créditos provisionales.


Comoras 2018

Artículo 88

La Asamblea de la Unión vota sobre las leyes financieras por mayoría de dos tercios.

Si no se ha decidido en un plazo de sesenta días a partir de la apertura del segundo período ordinario de sesiones, las disposiciones del proyecto de ley podrán entrar en vigor mediante ordenanza.


China 1982

El Congreso Nacional del Pueblo ejerce las siguientes funciones y atribuciones:

11. Examinar y aprobar el presupuesto del Estado y el informe sobre su ejecución;

El Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo ejerce las siguientes funciones y atribuciones:

5. Examinar y aprobar, cuando el Congreso Nacional del Pueblo no esté reunido, ajustes parciales al plan de desarrollo económico y social nacional y al presupuesto estatal que resulten necesarios en el curso de su ejecución;

El Consejo de Estado ejerce las siguientes funciones y facultades:

5. Elaborar y ejecutar el plan nacional de desarrollo económico y social y el presupuesto del Estado;


Chad 2018

Artículo 136

Las leyes financieras determinan los recursos y obligaciones del Estado dentro de las condiciones y reservas previstas por una ley orgánica y de conformidad con las normas de transparencia y de buen gobierno.

La Asamblea Nacional vota los proyectos de ley de financiación dentro de las condiciones previstas por una ley orgánica.

El proyecto de ley de finanzas se presenta a la Mesa de la Asamblea Nacional a más tardar en vísperas del comienzo del segundo período ordinario de sesiones.

La Asamblea Nacional tiene cien (100) días como máximo para votar sobre el proyecto de ley de finanzas.

Si, por causa de un caso de fuerza mayor, el Gobierno no pudiera presentar oportunamente el proyecto de ley de finanzas anual para que la Asamblea Nacional lo examinara antes de que finalizara el período ordinario de sesiones y dentro del plazo especificado en el párrafo anterior, dicho período de sesiones será, inmediatamente y de pleno derecho, seguido de un período extraordinario de sesiones cuya duración sea, como máximo, igual al tiempo necesario para completar el período antes mencionado.

Si el proyecto de ley de finanzas no se vota definitivamente al vencimiento del plazo de cien (100) días especificado anteriormente, puede entrar en vigor mediante ordenanza.

Esta ordenanza debe tener en cuenta las enmiendas votadas por la Asamblea Nacional y aceptadas por el Gobierno.

Si, teniendo en cuenta el procedimiento mencionado, la ley no puede entrar en vigor antes del comienzo del ejercicio presupuestario, el Gobierno está autorizado a seguir recaudando los recibos y a ejecutar, con carácter provisional, mes a mes, los gastos sobre la base de los créditos abiertos por el último proyecto de ley de finanzas relacionado con el ejercicio anterior.

El Tribunal Supremo presta asistencia al Gobierno y a la Asamblea Nacional en la aplicación de las leyes financieras.

La Asamblea Nacional regula las cuentas de la Nación a raíz de los cambios previstos por la ley orgánica relativa a la ley de finanzas.

A tal efecto, es asistido por la Corte Suprema, a la que se encarga de cualquier investigación y estudio relativo a la ejecución de los ingresos y gastos públicos o la gestión del Tesoro Nacional, de las Colectividades Autónomas, de las administraciones o instituciones pertinentes al Estado o presentadas al control de la misma.

El proyecto de ley de reglamentación debe depositarse en la Asamblea Nacional un (1) año a más tardar antes de la ejecución del presupuesto.


República Centroafricana 2016

Artículo 82

Las leyes financieras determinan la naturaleza, el importe y la asignación [afectación] de los recursos y de los gastos del Estado para un ejercicio fiscal específico [ejercitar] teniendo en cuenta el equilibrio económico y financiero que definen.

Las leyes de finanzas se votan obligatoriamente antes de que finalice el año fiscal en curso. Si la ley de finanzas por la que se establecen los recursos y los gastos de un ejercicio económico no ha sido aprobada oportunamente por el Gobierno, puede exigir urgentemente al Parlamento la aprobación de una ley que prolongue por las doceavas partes provisionales [portantes] de la ley de finanzas del ejercicio económico anterior.

Depositado por el Gobierno en la apertura del segundo período ordinario de sesiones y a más tardar el 15 de septiembre, el presupuesto está ordenado por una ley identificada como de finanzas, antes del comienzo del nuevo ejercicio fiscal. Esta ley sólo puede incluir disposiciones de orden financiero.

Toda disposición de enmienda al proyecto de ley de finanzas debe estar fundamentada y acompañada de la evolución de los medios que lo justifiquen.

Las enmiendas depositadas por los parlamentarios son iradmisibles cuando tienen el efecto de conducir a una disminución de los recursos no compensada por economías [,] o a un aumento de los gastos [cargas] del Estado que no estarían cubiertos por un aumento equivalente de los recursos.

El Presidente de la Asamblea Nacional y el Presidente del Senado, previa consulta con las Mesas de las dos Cámaras, determinan esta iradmisibilidad.

Si el Gobierno lo exige, el Parlamento decide sobre la totalidad o parte del proyecto de ley de finanzas conservando en él sólo las enmiendas aceptadas por el Gobierno.

El Gobierno debe depositar en las Mesas del Parlamento en el primer período ordinario de sesiones el proyecto de ley de reglamentación del año fiscal anterior.


Cabo Verde 1980

Artículo 97. Presupuesto

1. El presupuesto del Estado será unitario; especificará los ingresos y gastos, asignados de acuerdo con las respectivas clasificaciones orgánicas y funcionales; debe ser anual; debe ser público; debe estar redactado de tal manera que todos los gastos aportados estén cubiertos por los ingresos.

2. El Presupuesto puede contener programas y proyectos que cubran varios años; en ese caso, el Presupuesto debe incluir los costos que se cargarán al año aplicable.

3. El ejercicio fiscal coincidirá con el año civil.

4. La ley definirá las normas para la ejecución del presupuesto y los criterios para modificarlo dentro del período de su ejecución.

Artículo 98. Presentación del presupuesto

1. El proyecto de presupuesto será presentado por el Gobierno y votado por la Asamblea Nacional dentro de los plazos establecidos por la ley.

2. La ley establecerá el procedimiento a seguir siempre que no sea posible cumplir los plazos de presentación y votación del presupuesto.

3. El proyecto de presupuesto irá acompañado de informes que justifiquen los ingresos y gastos, así como los cambios, así como otros elementos que puedan ser necesarios.

5. Los diputados y los grupos parlamentarios no pueden introducir:

a. Facturas privadas que supongan, directa o indirectamente, un aumento de los gastos o una disminución de los ingresos previstos por el Presupuesto del Estado o que modifiquen de alguna manera el ejercicio económico en curso;

La Asamblea Nacional estará facultada para:

a. Aprobar el presupuesto del Estado y las amplias opciones de planificación;

El Gobierno, en el Consejo de Ministros, será responsable del ejercicio de las siguientes funciones políticas:

h. Aprobar el presupuesto del Estado;


Camerún 1972

b. La Asamblea Nacional aprobará, durante uno de sus períodos de sesiones, el presupuesto del Estado. Cuando dicho presupuesto no se apruebe antes de que finalice el ejercicio en curso, el Presidente de la República estará facultado para prorrogar un doceavo presupuesto anterior hasta que se apruebe uno nuevo.


Camboya 1993

El proceso de envío del proyecto de ley o proyecto de ley entre el Senado y la Asamblea Nacional se completará en el plazo de un mes. Este plazo se reducirá a diez días en el caso de las leyes presupuestarias y financieras nacionales, y a dos días en el caso de una ley urgente.

Si la Asamblea Nacional no devuelve el proyecto de ley al Senado dentro del plazo indicado o prorroga el plazo especificado para su examen, el plazo para su examen por la Asamblea Nacional y el Senado se prorrogará por igual.

Si el Senado rechaza el proyecto de ley o el proyecto de ley, la Asamblea Nacional no podrá examinar este proyecto o proyecto de ley por segunda vez en el plazo de un mes. Este plazo se reducirá a quince días en caso de examen para la aprobación del presupuesto y las finanzas nacionales, y a cuatro días si es urgente.


Burundi 2018

Artículo 167

La ley de finanzas determina, para cada año, los recursos y gastos del Estado.

Artículo 181

La Asamblea Nacional se remite a las cuestiones relativas a los proyectos de ley de finanzas desde el comienzo del período de sesiones de abril.

Artículo 182

La Asamblea Nacional vota el presupuesto general del Estado.

El ejercicio presupuestario comienza el 1 de julio y finaliza el 30 de junio del año siguiente.

Si la Asamblea Nacional no ha llegado a una decisión antes del 30 de junio, el presupuesto del año anterior se reanuda por las doceavas partes provisionales.

A petición del Presidente de la República, el Parlamento se reúne en congreso en un plazo de 15 días para reexaminar los proyectos de ley de financiación.

Si el Parlamento no vota en el presupuesto al final de este período de sesiones, el presupuesto se establece definitivamente por decreto legislativo del Consejo de Ministros.


Burkina Faso 1991

Artículo 102

La ley de finanzas determina, para cada año, los recursos y las obligaciones del Estado. El proyecto de ley de finanzas debe especificar los recibos necesarios para la cobertura integral de los gastos.

Artículo 103

La Asamblea Nacional vota los proyectos de ley de finanzas y los proyectos de ley de reglamentación de conformidad con las condiciones previstas por la ley.

Se remite a la Asamblea Nacional [la cuestión] del proyecto de ley de finanzas en la apertura del segundo período ordinario de sesiones.

Las disposiciones del proyecto de ley pueden ponerse en vigor mediante ordenanza si la Asamblea Nacional no ha decidido a más tardar la fecha de celebración del período de sesiones y sólo si el ejercicio presupuestario está a punto de expirar. En este caso, el Gobierno convoca una sesión extraordinaria para exigir la ratificación. Si el presupuesto no se vota al final del período extraordinario de sesiones, se establece definitivamente por ordenanza.

Si el proyecto de ley de finanzas no se ha tramitado oportunamente [temps utile] para ser votado y promulgado antes del comienzo del ejercicio fiscal [ejercicio], el Primer Ministro exige urgentemente a la Asamblea Nacional la autorización para restablecer el presupuesto del año anterior mediante doceavos.

Artículo 112

El Gobierno deposita los proyectos de ley ante la Asamblea Nacional en las condiciones previstas por la ley.

Presenta y defiende ante sí la política gubernamental, el presupuesto del Estado y los planes de desarrollo económico y social de la Nación.

De conformidad con la ley, el Gobierno participa en los debates sobre la orientación, la legitimidad, el mérito [bien-fondie] y la eficacia de la política del Gobierno.


Bulgaria 1991

La Asamblea Nacional:

2. Pasar el presupuesto estatal y el informe presupuestario;

2. El proyecto de ley sobre el presupuesto del Estado será redactado y presentado por el Consejo de Ministros.


Bosnia y Herzegovina 1995

1. La Asamblea Parlamentaria aprobará cada año, a propuesta de la Presidencia, un presupuesto que abarque los gastos necesarios para cumplir las responsabilidades de las instituciones de Bosnia y Herzegovina y las obligaciones internacionales de Bosnia y Herzegovina.

2. Si no se aprueba dicho presupuesto a su debido tiempo, el presupuesto del año anterior se utilizará con carácter provisional.


Botsuana 1966

119. Autorización de gastos

1. Por el momento, el Ministro encargado de las finanzas hará que se prepare y se presente ante la Asamblea Nacional, antes o a más tardar 30 días después del comienzo de cada ejercicio económico, estimaciones de los ingresos y gastos de Botswana correspondientes a ese año.

2. Las organizaciones de gastos incluidas en las estimaciones para un ejercicio económico (que no sean los gastos imputados al Fondo Consolidado por la presente Constitución o cualquier otra ley) se incluirán en un proyecto de ley que se denominará proyecto de ley de consignaciones que se presentará a la Asamblea para prever la cuestión del Fondo Consolidado de las sumas necesarias para sufragar esos gastos y la consignación de dichas sumas para los fines especificados en dicho proyecto de ley.

3. Si en algún ejercicio económico se encuentra...

a. que el importe asignado por la Ley de Asignaciones para los fines incluidos en cualquier organización de gastos es insuficiente o que ha surgido una necesidad de gastos para un fin para el que la Ley de Asignaciones no ha consignado ningún importe, o

b. que se ha gastado cualquier dinero en una organización de gastos superior al importe asignado para los fines incluidos en dicha organización por la Ley de Asignaciones o para un fin para el que la Ley de Asignaciones no haya consignado ningún importe,

se presentará a la Asamblea Nacional una estimación suplementaria en la que se indiquen las sumas necesarias o gastadas, y las organizaciones de gastos se incluirán en un proyecto de ley suplementario de consignaciones, o en una moción o moción que apruebe dichos gastos, que se introducirá o trasladará a la Asamblea.

4. Cuando los gastos suplementarios hayan sido aprobados en un ejercicio económico por resolución de la Asamblea Nacional de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del presente artículo, se presentará a la Asamblea Nacional un proyecto de ley suplementario de consignaciones, a más tardar al final del ejercicio siguiente a continuación, previendo la consignación de las sumas así aprobadas.


Brunéi 1959

60. Estimaciones anuales de ingresos y gastos

1. Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan harán que, con respecto a cada ejercicio económico, se presente al Consejo Legislativo una declaración de los ingresos y gastos estimados del Gobierno para ese año y, a menos que el Consejo Legislativo disponga otra cosa, esa declaración se hará antes del comienzo de ese año.

2. Las estimaciones de gastos indicarán por separado:

a. las sumas totales necesarias para sufragar los gastos imputados al Fondo Consolidado, y

b. con sujeción a lo dispuesto en la cláusula (3), las sumas necesarias, respectivamente, para sufragar los jefes de otros gastos que se propone sufragar con cargo al Fondo Consolidado.

3. Las sumas que deberán indicarse en el apartado b) de la cláusula (2) no incluirán:

a. las sumas que representen el producto de cualquier préstamo recaudado por el Gobierno para cualquier fin específico y que se hayan consignado para tal fin en virtud de la ley escrita o la ley que autorice la obtención de dicho préstamo, y

b. sumas que representen cualquier dinero, o intereses sobre dinero, recibidos por el Gobierno sujetos a un fideicomiso y que se aplicarán de conformidad con las condiciones de dicho fideicomiso.

4. En el estado financiero se indicarán también, en la medida de lo posible, los activos y pasivos del Gobierno, distintos del activo y pasivo del Organismo de Inversiones de Brunei, al final del último ejercicio financiero terminado, la forma en que se invierten o mantienen esos activos y los jefes generales con respecto a que esos pasivos están pendientes.


Benín 1990

ARTÍCULO 110

La Asamblea Nacional votará un presupuesto equilibrado. Si la Asamblea Nacional no ha tomado una decisión antes del 31 de diciembre, las disposiciones del proyecto de ley de asignaciones pueden ser aplicadas por edicto.

El Gobierno someterá el asunto para su ratificación a la Asamblea Nacional convocada en sesión extraordinaria en un plazo de quince días.

Si la Asamblea Nacional no vota el presupuesto al término de este período extraordinario de sesiones, el presupuesto se establecerá permanentemente por edicto.

ARTÍCULO 111

Si el proyecto de ley de créditos no puede ser promulgado antes del comienzo del ejercicio presupuestario, el Presidente de la República exigirá inmediatamente a la Asamblea Nacional la autorización para gestionar temporalmente los ingresos y gastos del Estado mediante «douziemes provisoires».


Belice 1981

115. Autorización de gastos del Fondo Consolidado de Ingresos

1. El Ministro encargado de las finanzas preparará y presentará ante la Cámara de Representantes en cada ejercicio económico estimaciones de los ingresos y gastos de Belice para el siguiente ejercicio económico.

2. Los jefes de gastos contenidos en las estimaciones (distintos de los gastos imputados al Fondo Consolidado de Ingresos por la presente Constitución o cualquier otra ley) se incluirán en un proyecto de ley, que se denominará proyecto de ley de consignación, en el que se prevea la emisión por parte del Fondo de Ingresos Consolidados de las sumas necesarias para cubrir los gastos esos gastos y la consignación de dichas sumas para los fines que en él se especifican.

3. Si, con respecto a un ejercicio presupuestario,

a. que el importe consignado por la ley de créditos para cualquier fin sea insuficiente o que haya surgido una necesidad de gastos para un fin para el que dicha ley no haya consignado ningún importe, o

b. que cualquier dinero se haya gastado para cualquier fin que exceda de la suma consignada a tal efecto por la ley de apropiaciones o para un fin para el cual no se ha consignado ninguna cantidad por esa ley,

se presentará a la Cámara de Representantes una estimación complementaria en la que se indiquen las sumas necesarias o gastadas y los jefes de esos gastos se incluirán en un proyecto de ley de consignación suplementaria.

116. Autorización de gastos por anticipado a la consignación

Toda ley promulgada por la Asamblea Nacional podrá disponer que, si la ley de apropiaciones respecto de un ejercicio económico no ha entrado en vigor al comienzo de ese ejercicio financiero, el Ministro encargado de las finanzas podrá autorizar la retirada de fondos del Fondo Consolidado de Ingresos para la finalidad de sufragar los gastos necesarios para la prestación de los servicios del Gobierno hasta la expiración de cuatro meses a partir del comienzo de ese ejercicio económico o de la entrada en vigor de la ley de apropiaciones, si esta fecha es anterior.


Baréin 2002

Artículo 87

Todo proyecto de ley que regule las cuestiones económicas o financieras, y el Gobierno solicite su examen urgente, será presentado en primer lugar a la Cámara de Diputados para que ésta tome una decisión al respecto en un plazo de quince días. Cuando transcurre ese plazo, el proyecto de ley se presenta al Consejo Consultivo con la opinión de la Cámara de Diputados si existe tal opinión, de modo que el Consejo Consultivo decida al respecto en un plazo adicional de quince días. Si las dos Cámaras no estuvieran de acuerdo sobre el proyecto de ley en cuestión, el asunto se remitiría a la Asamblea Nacional para que lo someta a votación en un plazo de quince días. Si la Asamblea Nacional no adopta una decisión al respecto dentro de ese plazo, el Rey puede emitir el proyecto de ley como decreto que tenga fuerza de ley.

Artículo 109

a. El ejercicio estará prescrito por ley.

b. El Gobierno prepara el proyecto de presupuesto, incluidos los ingresos y gastos del Estado, y lo presenta a la Cámara de Diputados y al Consejo Consultivo al menos dos meses antes del final del ejercicio fiscal. Tras la presentación del proyecto de presupuesto, los comités financieros de cualquiera de las cámaras se reunirán en sesión conjunta para debatir el proyecto de presupuesto con el Gobierno, tras lo cual cada comité presentará un informe separado a su Cámara. El proyecto de presupuesto se presenta a la Cámara de Diputados para su debate y luego se somete al Consejo Consultivo para su examen de conformidad con la Constitución, y las enmiendas al proyecto de presupuesto son posibles de acuerdo con el Gobierno.

c. El examen del proyecto de presupuesto se basa en el desglose en él. Un presupuesto puede prepararse para un máximo de dos años, y ninguno de los ingresos públicos puede asignarse a un gasto sin ley.

d. El presupuesto general del Estado se promulgará por ley.

e. Si la Ley de Presupuestos no se promulga antes del comienzo del ejercicio económico, se respetará el presupuesto anterior hasta su promulgación, y se recaudarán los ingresos y se desembolsarán los gastos de conformidad con las leyes vigentes al final de ese año.

f. En ningún caso podrán superarse las estimaciones máximas de gastos establecidas en la Ley de presupuesto ni en las leyes que la modifican.

Artículo 112

La Ley de Presupuestos no puede contener ninguna redacción que establezca un nuevo impuesto, aumente el impuesto existente o modifique una ley vigente, o evite la promulgación de una ley sobre una cuestión para la que la Constitución dispone que será reglamentada por ley.


Bangladés 1972

87. Estado financiero anual

1. Se presentará al Parlamento, para cada ejercicio presupuestario, un estado de los ingresos y gastos estimados del Gobierno para ese ejercicio, en la presente parte denominada estado financiero anual.

2. El estado financiero anual deberá mostrar por separado:

  1. a. las sumas necesarias para sufragar los gastos imputados por la presente Constitución o en virtud de la presente Constitución al Fondo Consolidado; y
  2. b. las sumas necesarias para sufragar otros gastos propuestos con cargo al Fondo Consolidado;

y distinguirá los gastos en cuenta de ingresos de los demás gastos.

89. Procedimiento relativo al estado financiero anual

1. La mayor parte del estado financiero anual que se relaciona con los gastos imputados al Fondo Consolidado podrá debatirse en el Parlamento, pero no se someterá a votación del Parlamento.

2. La mayor parte del estado financiero anual que se refiera a otros gastos se presentará al Parlamento en forma de solicitudes de subvenciones, y el Parlamento estará facultado para aprobar o denegar su dictamen conforme a cualquier solicitud, o para emitirle conforme, con sujeción a una reducción del importe especificado en el mismo.

3. No se solicitará una subvención salvo por recomendación del Presidente.


Barbados 1966

108. Antes del final de cada ejercicio presupuestario, el Ministro responsable de Hacienda hará que se elabora una previsión anual de ingresos y gastos de los servicios públicos durante el ejercicio siguiente, que se presentará a la Asamblea.

2. Las estimaciones de gastos indicarán por separado las cantidades necesarias para sufragar los gastos estatutarios (tal como se definen en el apartado 7 de la sección 109) y las cantidades necesarias para sufragar otros gastos que se proponga imputar al Fondo Consolidado.


Bielorrusia 1994

La Cámara de Representantes:

2. examinar proyectos de ley, incluidas las directrices de la política interna y exterior de la República de Belarús; la doctrina militar; la ratificación y denuncia de tratados internacionales; el concepto y principios fundamentales de la realización de los derechos, libertades y deberes de sus ciudadanos; cuestiones de ciudadanía, la condición jurídica de los extranjeros y las personas sin ciudadanía, los derechos de las minorías étnicas: la aprobación del presupuesto de la República y la cuenta para su ejecución, la introducción de impuestos y cuotas nacionales, los principios de propiedad, los fundamentos de la seguridad social, los principios que regulan el trabajo y la el empleo, el matrimonio, la familia, la infancia, la maternidad, la paternidad, la educación, la crianza, la cultura y la salud pública; la protección del medio ambiente y la utilización racional de los recursos naturales; determinación del procedimiento para resolver las cuestiones relativas a la estructura administrativo-territorial del Estado; gobierno autónomo local; administración de justicia y estatuto de los jueces; cuestiones de responsabilidad penal y amnistía; declaración de guerra y concertación de la paz; ley marcial y estado de excepción; institución de laudos estatales; interpretación de las leyes;

El Gobierno de la República de Belarús:

elaborar y presentar al Presidente para su ulterior examen parlamentario el proyecto de presupuesto nacional y una relación de su ejecución;

Artículo 133

El sistema presupuestario de la República de Belarús incluirá el presupuesto nacional y los presupuestos locales.

Los ingresos presupuestarios se recaudarán de los impuestos especificados en la ley, otros pagos obligatorios, así como de otros ingresos.

Los gastos nacionales se sufragarán con cargo al presupuesto nacional por su parte de gastos.

De conformidad con la ley, se pueden crear fondos no presupuestarios en la República de Belarús.

Artículo 134

El procedimiento de elaboración, aprobación y ejecución de presupuestos y fondos públicos no presupuestarios estará determinado por la ley.


Bahamas 1973

1. Con respecto a cada ejercicio económico, el Ministro de Finanzas presentará en la Asamblea General, lo antes posible antes del comienzo de ese ejercicio económico, un proyecto de ley de consignación que contenga, bajo los jefes apropiados para los diversos servicios requeridos, las sumas agregadas estimadas que se propone que se gasten (con excepción de los gastos estatutarios) durante ese ejercicio financiero.

4. El Ministro de Hacienda podrá, en caso necesario, preparar periódicamente estimaciones suplementarias de gastos que serán presentadas ante la Asamblea Legislativa y votadas por ella.


Azerbaiyán 1995

I. El Milli Majlis de la República de Azerbaiyán es competente para determinar los siguientes asuntos:

5. la ratificación del presupuesto fiscal del Estado a propuesta del Presidente de la República de Azerbaiyán y el control de su utilización;

El Presidente de la República de Azerbaiyán:

2. presenta el presupuesto del Estado de la República de Azerbaiyán al Milli Majlis para su ratificación;

El Consejo de Ministros de la República de Azerbaiyán:

prepara un proyecto de presupuesto del Estado de la República de Azerbaiyán y lo presenta al Presidente de la República de Azerbaiyán;


Austria 1920

2. La Federación, los Laender y los municipios deben aspirar a asegurar un equilibrio global y presupuestos equilibrados sostenibles en la conducción de sus asuntos económicos. Tienen que coordinar su presupuestación con respecto a estos objetivos.

Art. 51

1. El Consejo Nacional vota la Ley Marco Federal de Finanzas y dentro de sus límites la Ley Federal de Finanzas. El proyecto del Gobierno federal respectivo constituirá la base de los debates.

2. El Gobierno Federal tiene que presentar al Consejo Nacional todos los años lo último en un plazo fijado en una ley federal, el proyecto de ley marco de finanzas o el proyecto de ley federal por el que se modifica la Ley Marco Federal de Finanzas. La ley marco federal de finanzas debe contener límites máximos para los medios financieros que el Consejo Nacional apruebe en la respectiva ley marco financiero que se apruebe sobre la base de las categorías, así como los fundamentos de la planificación personal; exento de esto está el uso de medios para el reembolso de las deudas financieras y los compromisos monetarios para el fortalecimiento temporal de los fondos en efectivo y la utilización de medios como resultado del intercambio de capital en caso de acuerdos de cambio de divisas. Para otras subcategorías, deberán establecerse límites máximos para el ejercicio siguiente y los tres ejercicios siguientes siguientes.

3. El Gobierno Federal debe presentar al Consejo Nacional el borrador de una Ley Federal de Finanzas para el ejercicio fiscal siguiente para el cual se ha de resolver una Ley Federal de Finanzas a más tardar diez semanas antes del comienzo del ejercicio fiscal. Excepcionalmente, el Gobierno Federal puede presentar al Consejo Nacional el borrador de una Ley Federal de Finanzas también para el ejercicio financiero siguiente y el siguiente, separado según los años.

4. En caso de que se apruebe una Ley Federal de Finanzas para el siguiente y el siguiente año financiero, en la segunda mitad del año financiero siguiente, el proyecto de ley federal, que modifica la Ley Federal de Finanzas, debe ser presentado por el Gobierno Federal las últimas diez semanas antes del comienzo de la próxima ejercicio financiero posterior, al Consejo Nacional. Las modificaciones de la Ley Federal de Finanzas contenidas en ella tienen en todo caso hacer referencia al siguiente ejercicio financiero. El proyecto será negociado por el Consejo Nacional hasta el final del ejercicio financiero siguiente. El párrafo 1 y el párrafo 2 del artículo 51 se aplicarán en consecuencia.

5. La Ley Federal de Finanzas incluirá como anexos las estimaciones presupuestarias federales y la planificación personal, así como otros elementos materiales para la gestión del hogar.

6. Para la gestión de la familia de la Federación se aplican.

1. Los límites superiores de las categorías de la Ley Marco Federal de Finanzas no pueden ser excedidos ni pueden exceder de lo autorizado.

2. Los límites superiores de las subcategorías, que se determinarán en virtud de la Ley Federal de conformidad con el párrafo 7 de la Ley Federal del Marco Financiero para el ejercicio siguiente, no deben excederse ni autorizarse tal excedencia, a menos que una Ley Federal de conformidad con el párrafo 9 disponga que dichos límites superiores pueden ser superados con la aprobación del Ministro Federal de Finanzas.

Si excepcionalmente se aprueba una Ley Federal de Finanzas para el ejercicio financiero siguiente y el siguiente, el reglamento del párrafo 2 se aplicará con la salvedad de que los límites máximos mencionados en la última frase del párrafo 2 se aplicarán al año siguiente y al siguiente.

7. Los límites superiores de los apartados 1 y 2 del párrafo 6 podrán superarse en los siguientes casos:

1. En caso de peligro inminente, sobre la base de una ordenanza del Gobierno Federal, con el consentimiento del Comité del Consejo Nacional encargado de la consulta preliminar de las leyes financieras federales, medios adicionales imprevisibles e inobjetables hasta un máximo de 2/1000 de los medios permitidos por la Ley Federal de Finanzas puede ser proporcionada, si se salvaguarda la cobertura. Si el Comité del Consejo Nacional encargado de la consulta preliminar no adopta una decisión en el plazo de dos semanas, el consentimiento lo considere oportuno.

2. En caso de defensa, a los efectos de la defensa militar general (art. 9 a) medios adicionales inobjetables dentro del ejercicio económico hasta el monto de un total de 10/100 de los medios previstos por la Ley Financiera Federal para el gasto se pueden proporcionar sobre la base de una ordenanza de la Gobierno de acuerdo con el Comité del Consejo Nacional encargado de la consulta preliminar de las leyes federales de finanzas. En la medida en que la asignación de esos medios adicionales no pueda salvaguardarse mediante la economización de los medios o los medios adicionales, la ordenanza del Gobierno Federal tiene que autorizar al Ministro de Finanzas a ocuparse de la asignación necesaria de los medios mediante el pago o la conversión de deudas financieras.

8. En la gestión de los presupuestos federales deben respetarse los principios de la lucha por la eficiencia, principalmente en relación con el objetivo de igualdad de trato entre mujeres y hombres, transparencia, eficiencia y una imagen real de la situación financiera de la Federación en la medida de lo posible.

9. Las disposiciones más detalladas relativas a la preparación de la Ley Marco Federal de Finanzas, la Ley Federal de Finanzas y la otra administración del hogar federal se resolverán de conformidad con principios uniformes de conformidad con las disposiciones del párrafo 8 de la ley federal. Este último prescribirá, en particular:

1. las medidas para una administración que se esfuercen por la eficiencia, especialmente en relación con el objetivo de la igualdad de trato entre mujeres y hombres;

2. las medidas para salvaguardar la transparencia, incluida la obligación de presentar informes al Comité del Consejo Nacional encargado de la consulta preliminar sobre las leyes federales de finanzas;

3. la elaboración, estructuración y efecto vinculante de la Ley Marco Federal de Finanzas;

4. la estructuración del presupuesto federal;

5. el efecto vinculante de la Ley Financiera Federal, principalmente en lo que respecta a los aspectos de tiempo y cantidad;

6. los argumentos a favor de las deudas por adelantado, incluidas las condiciones previas que, si se cumplen, las deudas por adelantado requieren una ordenanza del Ministro Federal de Finanzas, con el consentimiento del Comité del Consejo Nacional encargado de la consulta preliminar de las leyes federales de finanzas o la autorización legal;

7. la creación de reservas presupuestarias positivas y negativas;

8. la enajenación de bienes federales, incluidas las condiciones previas que, en caso de cumplirse, requieren una ordenanza del Ministro Federal de Finanzas con el consentimiento del Comité del Consejo Nacional encargado de la consulta preliminar de las leyes federales de finanzas o autorización legal;

9. la asunción de responsabilidades por la Federación;

10. la realización o conversión de pasivos mediante la adquisición de medios financieros que no sean rescatados en el mismo ejercicio económico o mediante financiación a largo plazo (deudas financieras);

11. los mecanismos de incentivo- y sanción;

12. controlar;

13. participación del Tribunal de Cuentas para la exactitud de la contabilidad.

Art 51a

1. En caso de que el Gobierno Federal no haya presentado oportunamente al Consejo Nacional (art. 51, párrs. 2 y 3) el proyecto de ley marco federal de finanzas o de una ley federal de finanzas, los miembros del Consejo Nacional también podrán presentar un borrador de una Ley del marco financiero federal o de una ley federal de finanzas.

2. En caso de que el Gobierno Federal presente el proyecto de ley marco de finanzas federales o de una ley federal de finanzas después de que se haya presentado dicha propuesta, el Consejo Nacional podrá decidir examinar uno de los dos proyectos en sus deliberaciones.

3. En caso de que el Consejo Nacional no haya aprobado una Ley Marco Federal de Finanzas en un ejercicio financiero, siguen aplicándose los límites máximos del ejercicio financiero más reciente, para el que se habían determinado límites máximos.

4. Si el Consejo Nacional no aprueba una Ley Federal de Finanzas durante un ejercicio económico y tampoco establece disposiciones temporales por medio de una ley federal, el hogar federal debe gestionarse de acuerdo con las disposiciones de la última Ley Federal de Finanzas. Las deudas monetarias sólo pueden contraerse hasta la mitad de los importes máximos previstos respectivamente, así como compromisos a corto plazo para el refuerzo temporal de las tenencias de efectivo.


Siria 2012

Artículo 79

1. Por cada año fiscal habrá un presupuesto, y el comienzo del año fiscal será determinado por ley;

2. La ley establece el método de preparación de los presupuestos generales del Estado;

3. El proyecto de los presupuestos debe ser presentado a la Asamblea del Pueblo al menos dos meses antes del comienzo del año fiscal.

Artículo 80

1. La Asamblea vota sobre los presupuestos título a título; y el presupuesto no entrará en vigor sin la aprobación de la Asamblea;

2. Si la Asamblea no completó el proceso de aprobación de presupuestos hasta el comienzo del nuevo año fiscal, los presupuestos de los años anteriores se emplearán hasta que el presupuesto para el nuevo año sea aprobado y los ingresos se recaudarán de acuerdo con las leyes y regulaciones vigentes;

3. Las asignaciones no pueden transferirse de un título a otro, excepto de acuerdo con las disposiciones de la ley;

4. La Asamblea podría no aumentar las estimaciones de los ingresos totales o los gastos, mientras se examina el presupuesto.

Artículo 81

La Asamblea del Pueblo podría, después de haber aprobado el presupuesto, aprobar leyes que podrían crear nuevos gastos y nuevos ingresos para cubrirlos.

El mandato del Consejo de Ministros es el siguiente:

3. Redacta el proyecto de los presupuestos del Estado;


Chile 1980

Corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación con la alteración de la división política o administrativa del país, o con la administración financiera o presupuestaria del Estado, incluyendo las modificaciones de la Ley de Presupuestos, y con las materias señaladas en los números 10 y 13 del artículo 63.

Artículo 67

El proyecto de Ley de Presupuestos deberá ser presentado por el Presidente de la República al Congreso Nacional, a lo menos con tres meses de anterioridad a la fecha en que debe empezar a regir; y si el Congreso no lo despachare dentro de los sesenta días contados desde su presentación, regirá el proyecto presentado por el Presidente de la República.

El Congreso Nacional no podrá aumentar ni disminuir la estimación de los ingresos; sólo podrá reducir los gastos contenidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, salvo los que estén establecidos por ley permanente.

La estimación del rendimiento de los recursos que consulta la Ley de Presupuestos y de los nuevos que establezca cualquiera otra iniciativa de ley, corresponderá exclusivamente al Presidente, previo informe de los organismos técnicos respectivos.

No podrá el Congreso aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación sin que se indiquen, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender dicho gasto.

Si la fuente de recursos otorgada por el Congreso fuere insuficiente para financiar cualquier nuevo gasto que se apruebe, el Presidente de la República, al promulgar la ley, previo informe favorable del servicio o institución a través del cual se recaude el nuevo ingreso, refrendado por la Contraloría General de la República, deberá reducir proporcionalmente todos los gastos, cualquiera que sea su naturaleza.


Responsibility for preparing the proposal for the parliamentary budget 

Descripción: Responsibility for preparing the proposal for the parliamentary budget 

Fuente: Inter-Parliamentary Union, Global data on National Parliaments, https://data.ipu.org/


Decision-making about the maximum amount of the parliamentary budget

Descripción:  (quien decide, ejecutivo o parlamento)

Fuente: Inter-Parliamentary Union, Global data on National Parliaments, https://data.ipu.org/


Parliament has a specialized unit to conduct budgetary analysis 

Descripción: [primera camara y unicameral]

Fuente: Inter-Parliamentary Union, Global data on National Parliaments, https://data.ipu.org/


Parliament has a specialized unit to conduct budgetary analysis

Descripción: [segunda camara]

Fuente: Inter-Parliamentary Union, Global data on National Parliaments, https://data.ipu.org/