EN EL SANTO NOMBRE DE DIOS, EL TODOPODEROSO, EL SIEMPRE AMOROSO
EN EL SANTO NOMBRE DE DIOS, EL TODOPODEROSO, EL SIEMPRE AMOROSO
CONSIDERANDO que la soberanía sobre el Universo pertenece solamente al Dios Omnipresente, y la autoridad que debe ejercer el pueblo de Samoa dentro de los límites prescritos por los mandamientos de Dios es una herencia sagrada;
CONSIDERANDO que los dirigentes de Samoa han declarado que Samoa debe ser un Estado independiente basado en los principios cristianos y en las costumbres y tradiciones samoanas;
Y CONSIDERANDO que la Convención Constitucional, que representa al pueblo de Samoa, ha decidido enmarcar una Constitución para el Estado Independiente de Samoa;
EN QUE el Estado debe ejercer sus facultades y autoridad por conducto de los representantes elegidos del pueblo;
EN EL CUAL deben garantizarse a todas las personas sus derechos fundamentales;
EN QUE debe mantenerse plenamente la administración imparcial de justicia;
Y EN EL QUE deben salvaguardarse la integridad de Samoa, su independencia y todos sus derechos;
POR LO TANTO, nosotros, el pueblo de Samoa, en nuestra Convención Constitucional, el 28 º día de octubre de 1960, aprobamos, promulgamos y nos entregamos esta Constitución.
En esta parte, a menos que el contexto exija otra cosa, «el Estado» incluye al Jefe de Estado, el Gabinete, el Parlamento y todas las autoridades locales y de otra índole establecidas en virtud de cualquier ley.
Nadie será sometido a torturas ni a tratos o penas inhumanos o degradantes.
Habrá un Jefe de Estado de Samoa que se denominará O le Ao o le Malo.
El artículo 17 dejó de estar en vigor al fallecimiento de Malietoa Tanumafili II, el undécimo día de mayo de 2007, de conformidad con la cláusula 5).
El Jefe del Estado no ejercerá ninguna otra función de lucro o cualquier otra posición que tenga derecho a una remuneración por la prestación de servicios, ni ejercerá ninguna profesión a cambio de recompensa fuera de las funciones de su cargo; pero nada de lo dispuesto en esta cláusula le impedirá ejercer el pule sobre cualquier tierras consuetudinarias, de poseer tierras de propiedad propia u otra propiedad privada, o de disponer de los productos de cualquier tierra consuetudinaria o de propiedad libre.
El sueldo del Jefe de Estado se determinará por ley y se cargará al Fondo del Tesoro, y ese salario no se reducirá durante el período de mandato del Jefe del Estado, a menos que como parte de una reducción general de sueldos aplicada proporcionalmente a todas las personas cuyos sueldos estén determinados por Acto.
Si bien Tupua Tamasese Meaole y Malietoa Tanumafili II ocupan conjuntamente el cargo de Jefe de Estado, se aplicarán las disposiciones siguientes:
Será deber del Primer Ministro
El Jefe de Estado y cada miembro del Consejo de Diputados, antes de asumir las funciones de su cargo, prestarán y suscribirán ante el Presidente del Tribunal Supremo un juramento en la forma establecida en el tercer anexo.
El Jefe de Estado conservará y utilizará el Sello Público de Samoa.
Habrá un Secretario del Jefe de Estado.
Todo Ministro, antes de asumir las funciones de su cargo, prestará y suscribirá ante el Jefe del Estado un juramento en la forma establecida en el tercer anexo.
El Gabinete será citado únicamente por el Primer Ministro o, en su ausencia, por el Ministro que el Primer Ministro designe en ese nombre.
Habrá un Parlamento de Samoa, integrado por el Jefe de Estado y la Asamblea Legislativa.
Con sujeción a lo dispuesto en esta Constitución, el Parlamento puede promulgar leyes para la totalidad o parte de Samoa y leyes que tengan efecto tanto fuera como dentro de Samoa.
Todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto al derecho de cualquier persona a ser miembro del Parlamento o a permanecer en el Parlamento serán remitidas al Tribunal Supremo y resueltas por ella.
Cuando quede vacante la sede de un diputado en virtud de lo dispuesto en la cláusula 2) del artículo 46, el Presidente, por escrito bajo su mano, comunicará dicha vacante al Jefe de Estado, y la vacante se cubrirá mediante elección en la forma prevista por la ley.
Habrá un secretario de la Asamblea Legislativa.
La Asamblea Legislativa se reunirá en los momentos y lugares que el Jefe de Estado designe periódicamente en ese nombre mediante notificación publicada en la Gaceta de Samoa y registrada en Savali:
A condición de que la asamblea se reúna a más tardar cuarenta y cinco días después de la celebración de una elección general y por lo menos una vez al año a partir de entonces, de modo que no intervenga un período de doce meses entre la última sesión de la Asamblea en un período de sesiones y la primera sesión de la Asamblea en el siguiente período de sesiones.
Con sujeción a lo dispuesto en esta Constitución, la Asamblea Legislativa podrá dictar, modificar y derogar las órdenes permanentes que regulen su procedimiento.
El Presidente, o en su ausencia el Vicepresidente, presidirá las sesiones de la Asamblea Legislativa. En ausencia de una sesión del Presidente y del Vicepresidente, los diputados presentes elegirán a uno de sus miembros (que no sea ministro) para presidir dicha sesión.
La Asamblea Legislativa no será descalificada para la transacción de los asuntos debido a una vacante entre los miembros del Parlamento, incluida la vacante que no haya sido llenada en una elección general, y cualquier procedimiento en él será válido a pesar de que alguna persona que no estuviera facultada para hacerlo se sentó o votó en la Asamblea o participó de alguna otra manera en las deliberaciones.
No se procederá a ninguna sesión de la Asamblea Legislativa si cualquier diputado presente presente objeción a que el número de diputados presentes sea inferior a la mitad del número total de diputados (excepto las vacantes).
Con sujeción a lo dispuesto en esta Parte y en el Reglamento Permanente de la Asamblea Legislativa, cualquier diputado podrá presentar cualquier proyecto de ley o proponer cualquier moción de debate en la Asamblea o presentar cualquier petición a la Asamblea, y éste será examinado y resuelto en virtud de las disposiciones del Órdenes permanentes:
Siempre que, salvo recomendación del Jefe de Estado o con el consentimiento del Jefe de Estado, la Asamblea no procederá a ningún proyecto de ley que, a juicio del Presidente, el Vicepresidente u otro miembro del Parlamento que preside, enajenará o cargue al Fondo del Tesoro o a cualquier otro fondo o cuenta pública, o revocar o alterar cualquier disposición o gravación al respecto, o imponer, modificar o derogar cualquier impuesto, tipo o derecho.
Salvo con el fin de permitir el cumplimiento del presente artículo y para la elección de un Presidente, ningún diputado del Parlamento podrá sentarse ni votar en la Asamblea Legislativa hasta que haya prestado y suscrito ante la Asamblea un Juramento de Lealtad en la forma establecida en el Tercer Anexo.
Los privilegios, inmunidades y atribuciones de la Asamblea Legislativa, de sus comisiones y de los miembros del Parlamento podrán determinarse por ley:
Siempre que ese privilegio o poder no pueda extenderse a la imposición de una multa o al encarcelamiento por desacato o de otro modo, a menos que la ley disponga que el Tribunal Supremo enjuicie y castigue a la persona interesada.
La Asamblea Legislativa tendrá lugar una elección general en el plazo de tres meses después de cada disolución de la Asamblea que el Jefe de Estado designe mediante notificación en el Boletín Oficial de Samoa.
Cada magistrado del Tribunal Supremo o cualesquiera dos o más magistrados podrán ejercer, en cualquier parte de Samoa y en cualquier momento o lugar, todas las facultades del Tribunal Supremo.
Todo magistrado del Tribunal Supremo, antes de asumir las funciones de su cargo, prestará y suscribirá ante el Jefe del Estado un juramento en la forma establecida en el Anexo III.
Los sueldos de los magistrados del Tribunal Supremo a los que se aplique la cláusula 1) del artículo 68 se determinarán por ley y se imputarán al Fondo del Tesoro. Los sueldos de esos jueces no se reducirán durante su mandato, a menos que como parte de una reducción general de sueldos aplicada proporcionalmente a todas las personas cuyos sueldos estén determinados por ley.
Habrá los tribunales subordinados que posean la jurisdicción y las facultades previstas en la ley.
Un juez del Tribunal de Apelación no podrá asistir a la vista de un recurso de apelación contra cualquier decisión adoptada por él o por un tribunal en el que haya sido miembro.
Toda persona designada con arreglo a lo dispuesto en la letra b) de la cláusula 2) del artículo 75 para ser magistrado del Tribunal de Apelación, en el primer nombramiento, prestará y suscribirá ante el Jefe del Estado un juramento en la forma establecida en el tercer anexo.
Con sujeción a lo dispuesto en la presente Constitución, el Tribunal de Apelación será competente para conocer y resolver los recursos (incluidos los procedimientos removidos por orden del Tribunal Supremo ante el Tribunal de Apelación) que disponga la ley.
El Tribunal de Apelación recurrirá contra cualquier decisión del Tribunal Supremo en cualquier procedimiento previsto en el artículo 4.
En los artículos 77, 80, 81 y 119, la «decisión» incluye la sentencia, el decreto, la orden, el mandamiento, la declaración, la condena, la sentencia, la opinión u otra determinación.
Las funciones del Defensor del Pueblo son las siguientes:
Por «administración pública» se entiende el servicio de Samoa, pero no incluye los servicios remunerados únicamente mediante honorarios o comisiones, el servicio honorario o el servicio en cualquiera de las siguientes funciones, a saber:
Los sueldos de los miembros de la Comisión de Administración Pública serán determinados por el Jefe de Estado, atendiendo al asesoramiento del Primer Ministro.
Habrá un Fondo del Tesoro y cualesquiera otros fondos o cuentas públicas que disponga la Ley.
No se impondrá ningún impuesto salvo por el Parlamento.
Todos los impuestos y demás ingresos y dinero recaudados o recibidos por Samoa se abonarán al Fondo del Tesoro, a menos que la ley exija o permita que se pague a cualquier otro fondo o cuenta pública.
No se emitirá dinero del Fondo del Tesoro ni de cualquier otro fondo o cuenta pública, salvo en cumplimiento de una orden dictada por el Jefe del Estado.
Si un proyecto de ley de consignaciones no se ha convertido en ley antes del primer día del ejercicio económico al que se refiere, el Ministro encargado de las finanzas podrá, previa aprobación del Gabinete, autorizar los gastos (que no lo autoricen de otra manera por ley) que considere esenciales para la continuidad de los servicios, hasta que un proyecto de ley de apropiación se convierte en ley:
SIEMPRE QUE los gastos así autorizados no excedan de un importe igual a una cuarta parte del voto pertinente aprobado en la Ley de Asignaciones para el año anterior.
En las estimaciones anuales presentadas ante la Asamblea Legislativa se incluirá una votación por gastos imprevistos que no excedan del 3% del total del proyecto de ley de asignación. Cuando, durante el período comprendido entre la aprobación de la Ley de apropiaciones de cualquier ejercicio económico y el final del año, sea conveniente que el dinero se gaste en exceso o sin la consignación de la Asamblea Legislativa, el Gabinete o, en la medida en que el Gabinete así lo autorice, del Ministro encargado de La financiación podrá autorizar la transferencia de fondos a uno o varios votos propuestos de la votación de gastos imprevistos:
SIEMPRE QUE el importe esté disponible para ser transferido de la votación de gastos imprevistos Y el importe total de todas las sumas emitidas y pagadas en virtud de las disposiciones del presente artículo no excederá del tres por ciento del importe total de todas las sumas consignadas por la Ley de Asignaciones para ese año.
Salvo lo dispuesto en la Ley o autorizado por resolución de la Asamblea Legislativa, el Contralor y Auditor General no podrán:
El Contralor y el Auditor General podrán dimitir de su cargo entregando al Jefe de Estado una carta de renuncia firmada.
Un título matai se mantendrá de conformidad con la costumbre y el uso samoano y con la ley relativa a la costumbre y el uso samoano.
No será lícito ni competente que ninguna persona pueda enajenar o enajenar tierras consuetudinarias o de cualquier interés en tierras consuetudinarias, ya sea por medio de venta, hipoteca o de cualquier otra forma, ni podrán ser tomadas en ejecución ni ser bienes para el el pago de las deudas de cualquier persona en caso de fallecimiento o insolvencia:
Siempre que una ley del Parlamento pueda autorizar
Habrá un tribunal de tierras y títulos de propiedad con la composición y la jurisdicción en relación con los títulos matai y las tierras consuetudinarias que disponGA la Ley.
Los textos en samoano e inglés de esta Constitución son igualmente autorizados, pero, en caso de diferencia, prevalecerá el texto inglés.
La presente Constitución entrará en vigor el día aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas como fecha de terminación del Acuerdo de Administración Fiduciaria para el Territorio de Samoa, aprobado por la Asamblea General el 13 de diciembre de 1946.
Con sujeción a lo dispuesto en la presente Constitución
115. Funciones del Consejo de Estado - Cuando la legislación vigente confiera alguna función al Consejo de Estado de Samoa constituido en virtud de las disposiciones de la Ley de enmienda de Samoa de 1959, esa función será desempeñada por el Jefe del Estado, y cuando esa función sea desempeñada por el Consejo de Estado, actuando por y con el asesoramiento del Consejo Ejecutivo, esa función será desempeñada por el Jefe de Estado, actuando por y con el asesoramiento del Gabinete.
Toda persona que desempeñe el cargo de Primer Ministro o de Ministro inmediatamente antes del Día de la Independencia se considerará debidamente designada para ello con arreglo a lo dispuesto en la parte IV.
Con sujeción a lo dispuesto en la presente Constitución, toda persona que ejerza funciones como magistrado del Tribunal Superior inmediatamente antes del Día de la Independencia ejercerá el cargo de magistrado del Tribunal Supremo en las mismas condiciones que se le aplicaban inmediatamente antes del Día de la Independencia .
Con sujeción a lo dispuesto en la presente Constitución
Cuando la Asamblea Legislativa del Territorio en Fideicomiso haya promulgado o promulgado una ordenanza y se suspenda la entrada en vigor de esa ordenanza, dicha ordenanza podrá entrar en vigor en la fecha especificada en ella o en la medida en que especifique cualquier autoridad facultada para ponerla en vigor fuerza y, en tal caso, la Ordenanza entrará en vigor en esa fecha y después de esa fecha como ley del Parlamento.
Cuando en la legislación vigente se haga referencia a Su Majestad la Reina en derecho del Territorio en Fideicomiso de Samoa, a la Corona en derecho del Territorio en Fideicomiso de Samoa, al Territorio en Fideicomiso de Samoa, a Samoa o a Samoa, esa referencia, a menos que el contexto exija otra cosa, se interpretará como una referencia a Samoa.
No se introducirá ninguna enmienda a las disposiciones de la presente Constitución antes de que el Parlamento esté constituido en virtud de lo dispuesto en la parte V, salvo que la Asamblea Legislativa del Territorio en Fideicomiso pueda hacer mediante ordenanza para eliminar cualquier dificultad en la transición de las disposiciones constitucionales en vigor inmediatamente antes del Día de la Independencia a las previstas en la presente Constitución; y toda ordenanza dictada en virtud de las disposiciones del presente artículo dejará de estar en vigor, a menos que se derogue antes, al expirar un plazo de nueve meses a partir del día en que se reúna por primera vez la Asamblea Legislativa.
[Derogada por la Ley 19 de 2015].
[Derogada por la Ley 19 de 2015].
Juro por Dios Todopoderoso que defenderé la dignidad del cargo de Jefe de Estado y que cumpliré con justicia y fidelidad mis deberes en la administración del Estado Independiente de Samoa, de conformidad con la Constitución y la ley. Así que Dios me ayude.
Juro por Dios Todopoderoso que serviré bien y verdaderamente al Estado Independiente de Samoa, y que cumpliré con justicia y fidelidad mis deberes como miembro del Consejo de Diputados de conformidad con la Constitución y la ley. Así que Dios me ayude.
Yo,..., siendo elegido y aceptado como Primer Ministro [un Ministro] y miembro del Gabinete juro por Dios Todopoderoso que, a mi juicio, en todo momento cuando sea necesario, daré libremente mi consejo y consejo al Jefe de Estado, para la buena gestión de los asuntos del Estado Independiente de Samoa, y que no revelaré directa o indirectamente los asuntos que se debatirán en el Gabinete y en el Comité y en el Consejo Ejecutivo y comprometidos con mi secreto, sino que seré en todo un verdadero y fiel Primer Ministro [Ministro]. Así que Dios me ayude.
Juro por Dios Todopoderoso que seré fiel y seré fiel al Estado Independiente de Samoa, y que cumpliré con justicia y fidelidad mis deberes como miembro del Parlamento de Samoa. Así que Dios me ayude.
Juro por Dios Todopoderoso que serviré bien y verdaderamente al Estado Independiente de Samoa de conformidad con la Constitución y la ley, y haré lo correcto con toda clase de personas, sin temor ni favores, afecto o mala voluntad. Así que Dios me ayude.