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Traducido por Gisbert H. Flanz
Preámbulo
La independencia de Timor Oriental, proclamada por el Frente Revolucionária de Timor Oriental Independiente (FRETILIN) el 28 de noviembre de 1975, es reconocida internacionalmente el 20 de mayo de 2002, tras la liberación del pueblo timorense de la colonización y ocupación de la Patria Maubere por potencias extranjeras.
La elaboración y aprobación de la Constitución de la República Democrática de Timor Oriental es la culminación de la resistencia laica del pueblo timorense intensificada tras la invasión del 7 de diciembre de 1975.
La lucha contra el enemigo, inicialmente bajo la dirección del FRETILIN, dio paso a formas más amplias de participación política, en particular tras el establecimiento del Consejo Nacional de la Resistencia Maubere (CNRT) en 1987 y el Consejo Nacional de Resistencia Timorense (CNRT) en 1998.
La Resistencia se dividió en tres frentes.
El frente armado fue llevado a cabo por las gloriosas Forças Armadas de Libertação Nacional de Timor-Leste (FALINTIL), cuya histórica empresa es digna de elogio.
La acción del frente clandestino, astutamente desencadenado en territorio hostil, implicó el sacrificio de miles de vidas de mujeres y hombres, especialmente los jóvenes, que lucharon con abnegación por la libertad y la independencia.
El frente diplomático, realizado armoniosamente en todo el mundo, permitió abrir el camino para la liberación definitiva.
Desde su perspectiva cultural y humana, la Iglesia católica de Timor Oriental siempre ha podido asumir el sufrimiento de todo el pueblo con dignidad, poniéndose de su lado en la defensa de sus derechos más elementales.
En última instancia, la Constitución actual representa un sincero homenaje a todos los mártires de la Patria.
Así, los miembros de la Asamblea Constituyente, como representantes legítimos del Pueblo, fueron elegidos el 30 de agosto de 2001.
Sobre la base de los resultados del referéndum del 30 de agosto de 1999, organizado bajo los auspicios de las Naciones Unidas, que confirmó la voluntad autodeterminada de independencia;
Plenamente consciente de la necesidad de construir una cultura democrática e institucional apropiada para un Estado basado en el imperio de la ley, en la que el respeto de la Constitución, las leyes y las instituciones democráticamente elegidas constituyan su fundamento indiscutible;
Interpretar el profundo sentimiento, las aspiraciones y la fe en Dios del pueblo de Timor Oriental;
Reafirman solemnemente su determinación de luchar contra todas las formas de tiranía, opresión, dominación social, cultural o religiosa y segregación, defender la independencia nacional, respetar y garantizar los derechos humanos y los derechos fundamentales de los ciudadanos, garantizar el principio de separación de poderes en la organización del Estado y establecer las normas esenciales de la democracia multipartidista, con miras a construir una nación justa y próspera y desarrollar una sociedad solidaria y fraternidad.
La Asamblea Constituyente, reunida en sesión plenaria el 22 de marzo de 2002, aprueba y decreta la siguiente Constitución de la República Democrática de Timor Oriental.