El poder ejecutivo corresponde al Consejo de Ministros y es el poder al que están sometidas las Fuerzas Armadas. De las funciones que realiza, son:
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1.
Elaborar la política pública para el Estado en todos los ámbitos, los proyectos de ley y decretos organizativos, y la adopción de las decisiones necesarias para su aplicación.
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2.
Asegurar el cumplimiento de las leyes y órdenes, supervisar las funciones de todos los aparatos del Estado, incluidas las administraciones y las organizaciones civiles, militares y de seguridad, sin excepción.
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3.
Nombrar empleados del Estado, destituirlos y aceptar su renuncia, de conformidad con la ley.
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4.
Disolución de la Cámara de Diputados por petición del Presidente de la República, si ésta se abstuviere, por razones distintas de las imperiosas, de convocar durante un período ordinario de sesiones, o durante dos sesiones extraordinarias sucesivas, no menos de un mes cada una, o en caso de rechazo del presupuesto en su conjunto con el fin de paralizar la mano del Gobierno para actuar. Este derecho no puede ejercerse en otra ocasión por las mismas razones que condujeron a la disolución de la Sala por primera vez.
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5.
El Consejo de Ministros se reúne periódicamente en una sede especial y está presidido por el Presidente de la República cada vez que asiste a sus períodos de sesiones. El quórum jurídico para su convocatoria es una mayoría de dos tercios de sus miembros. Sus decisiones se toman por consentimiento, pero si esto es imposible, entonces por votación, y sus decisiones son tomadas por la mayoría de los presentes.
Las cuestiones básicas requieren el consentimiento de dos tercios de los miembros del Gobierno, como se especifica en el decreto de su formación. Las siguientes cuestiones son fundamentales: Reformar la Constitución, declarar y cancelar el estado de emergencia, guerra y paz, movilización pública, acuerdos y tratados internacionales, presupuesto estatal, planes generales de desarrollo, y a largo plazo, designación de empleados del primer cuadro y su equivalente, reconsideración de la redistritación, disolución de la Cámara de Diputados, ley electoral, ley de nacionalidad, leyes de asuntos personales, destitución de los ministros.