República Democrática Popular Lao 1991

Traducido por la Srta. Khamphaeng Phochanthilath como parte del proyecto de investigación «Pluralismo constitucional en el sudeste asiático» financiado por el Centro de Estudios Jurídicos Asiáticos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Singapur, con ediciones realizadas por el Proyecto de Constituciones Comparadas

Preámbulo

El pueblo multiétnico lao ha existido y desarrollado en esta querida tierra desde hace miles de años. A partir de mediados del siglo XIV, durante la época de Chao Fa Ngum, nuestros antepasados fundaron el país unificado Lane Xang y lo construyeron en una tierra próspera.

Desde el siglo XVIII, la tierra lao ha sido amenazada e invadida repetidamente por potencias externas. Nuestro pueblo reforzó las tradiciones heroicas e inquebrantables de sus antepasados y luchó continua y persistentemente para obtener la independencia y la libertad.

Desde el decenio de 1930, bajo la dirección correcta del antiguo Partido Comunista Indochino y del actual Partido Revolucionario Popular Lao, el pueblo multiétnico lao ha llevado a cabo difíciles y arduas luchas llenas de grandes sacrificios hasta que logró aplastar los yugos de dominación y opresión, derrumbar los regímenes coloniales y feudales, liberar completamente el país y establecer la República Democrática Popular Lao el 2 de diciembre de 1975, abriendo así una nueva era, una era de auténtica independencia para el país y verdadera libertad para el pueblo.

Durante los años transcurridos desde la liberación del país, bajo la dirección del Partido Revolucionario Lao, nuestro pueblo ha venido llevando a cabo conjuntamente las dos tareas estratégicas de defensa y construcción del país, especialmente la realización de reformas por todas las partes, guiadas por los principios de movilización de la los recursos dentro de la nación y la era para preservar el régimen democrático del pueblo, la riqueza, la prosperidad, la armonía social, la democracia, la justicia y la civilización del pueblo, creando condiciones para avanzar hacia el socialismo.

En esta nueva era, la vida social exige que el Estado se centre en la gestión del Estado, mediante reglamentos socioeconómicos, por lo que la primera Constitución de la República Democrática Popular Lao se estableció y promulgó el 15 de agosto de 1991. Con el fin de cumplir con los requisitos para la implementación de los nuevos cambios de política, la primera Constitución fue enmendada y promulgada en 2003; la Constitución enmendada en 2015 se centra en la mejora del poder del Estado para tener mayor eficiencia, crear un nuevo giro hacia la protección y construcción de la país e integrar la economía dentro de la región y el mundo en la nueva era.

La Constitución del régimen democrático popular de nuestro país ha reconocido el gran resultado que el pueblo ha logrado victoriosamente al emprender y liberar el país, proteger y construir el país, así como la realización de nuevos cambios. La Constitución define el régimen político, el sistema socioeconómico, los regímenes de seguridad nacional, defensa, relaciones exteriores, los derechos y obligaciones de los ciudadanos y el sistema de organización del aparato estatal en la nueva era.

Esta Constitución es fruto del proceso de discusión popular en todo el país. Refleja las aspiraciones de larga data y la firme determinación de la comunidad nacional de esforzarse conjuntamente por alcanzar el objetivo de construir Laos en un país de paz, independencia, democracia, unidad y prosperidad.

Capítulo I. El régimen político

Artículo 1

La República Democrática Popular Lao es un país independiente con soberanía e integridad territorial sobre sus aguas territoriales y su espacio aéreo. Es un país unificado que pertenece a todo su pueblo multiétnico y es indivisible.

Artículo 2

El Estado de la República Democrática Popular Lao es un Estado democrático popular. Todos los poderes pertenecen al pueblo, [y son ejercidos] por el pueblo y por los intereses del pueblo multiétnico de todos los estratos sociales, con los trabajadores, los agricultores y la intelectualidad como componentes clave.

Artículo 3

El derecho del pueblo multiétnico a ser el dueño del país se ejerce y garantiza mediante el funcionamiento del sistema político, con el Partido Revolucionario Popular Lao como núcleo principal.

Artículo 4 (modificado)

El pueblo debe elegir representantes, a saber, la Asamblea Nacional y las Asambleas PopuLARES Locales, para velar por que se tengan en cuenta sus derechos, facultades y beneficios.

La elección de los miembros de la Asamblea Nacional y de las Asambleas Locales del Pueblo se llevará a cabo con arreglo a los principios del sufragio universal igual directo y la votación secreta.

Los votantes tienen derecho a proponer la destitución de sus propios representantes si se les descubre que se comportan de una manera inadecuada a sus [posiciones honorables] y pierden la confianza del pueblo.

Artículo 5 (modificado)

La Asamblea Nacional, las Asambleas Locales del Pueblo y otras organizaciones estatales se establecen y funcionan de conformidad con el principio del centralismo democrático.

Artículo 6 (modificado)

El Estado protege la libertad y los derechos democráticos del pueblo, que no pueden ser violados por nadie. Todas las organizaciones estatales y los funcionarios gubernamentales deben difundir y sensibilizar a la población sobre todas las políticas, reglamentos y leyes y, junto con el pueblo, y organizar estrictamente su aplicación para garantizar los derechos e intereses legítimos del pueblo. Quedan prohibidos todos los actos de dominación y acoso que puedan perjudicar el honor, el bienestar físico, la vida, la conciencia y la propiedad del pueblo.

Artículo 7 (modificado)

El Frente Lao para la Construcción Nacional, la Federación de Veteranos Lao, la Federación de Sindicatos Lao, el Sindicato de Jóvenes Revolucionarios del Pueblo Lao, la Unión de Mujeres Lao y otras organizaciones sociales son las organizaciones encargadas de unir y movilizar a todos los estratos del pueblo multiétnico para que participen en las tareas de protección y construcción del país, desarrollar el derecho a la libre determinación del pueblo y proteger los derechos e intereses legítimos de los miembros de sus respectivas organizaciones. Tienen el derecho y el deber de supervisar las actividades de la Asamblea Nacional, las Asambleas Popular Locales y otros miembros de esas asambleas.

Artículo 8 (modificado)

El Estado aplica la política de promoción de la unidad y la igualdad entre todos los grupos étnicos. Todos los grupos étnicos tienen derecho a proteger, preservar y promover las finas costumbres y culturas de sus propias tribus y de la nación. Están prohibidos todos los actos que crean división y discriminación entre los grupos étnicos.

El Estado utiliza todas las medidas para desarrollar y mejorar gradualmente los niveles socioeconómicos de todos los grupos étnicos.

Artículo 9 (modificado)

El Estado respeta y protege todas las actividades lícitas de los budistas y de los seguidores de otras religiones, [y] moviliza y alienta a los monjes y novicios budistas, así como a los sacerdotes de otras religiones, a participar en actividades beneficiosas para el país y el pueblo. Quedan prohibidos todos los actos que crean división entre religiones y clases de personas.

Artículo 10 (modificado)

El Estado gestiona y protege a la sociedad mediante las disposiciones de la Constitución y las leyes.

Las organizaciones del Partido y del Estado, el Frente Lao para la Construcción Nacional, las organizaciones de masas, las organizaciones sociales y todos los ciudadanos deben funcionar dentro de los límites de la Constitución y las leyes.

Artículo 11 (modificado)

El Estado aplica en todos los aspectos la política de defensa nacional y seguridad para todas las personas, mejorando la defensa nacional fuerte, implementa un plan moderno, y es leal al país y al pueblo; tiene la capacidad de cumplir el deber de proteger los logros de la revolución, las vidas, las propiedades y la fuerza el trabajo de la población y contribuye a las tareas del desarrollo nacional a fin de avanzar hacia el enriquecimiento y la fortaleza.

Artículo 12

La República Democrática Popular Lao aplica una política exterior de paz, independencia, amistad y cooperación, y promueve las relaciones y la cooperación con todos los países sobre la base de los [siguientes] principios: la coexistencia pacífica; el respeto de la independencia, soberanía e integridad territorial de los demás , la no injerencia en los asuntos internos de los demás y la igualdad y el beneficio mutuo.

La República Democrática Popular Lao apoya la lucha de los pueblos del mundo por la paz, la independencia nacional, la democracia y el progreso social.

Capítulo II. El régimen socioeconómico

Artículo 13 (modificado)

La economía nacional de la República Democrática Popular Lao es la economía orientada al mercado que sigue el camino socialista, que consiste en formas económicas divergentes y diversas formas de espíritu empresarial, con sostenibilidad, igualdad, competitividad y colaboración en virtud de la ley; promueve la sabiduría local, promueve la integración económica regional e internacional para asegurar un crecimiento económico sostenible, sólido y continuo, asegurando al mismo tiempo la sostenibilidad del desarrollo social y el medio ambiente, a fin de garantizar el bienestar mental, físico y económico del pueblo lao.

Artículo 14

El Estado promueve la inversión de todos los sectores económicos nacionales en la producción, el comercio y los servicios, para contribuir a la transformación industrial y modernización de la economía nacional, así como a desarrollar y fortalecer la economía nacional.

Artículo 15 (modificado)

El Estado promueve la inversión extranjera en la República Democrática Popular Lao, [y] crea condiciones favorables para la inyección de capital, el uso de tecnología y la introducción de tipos modernos de gestión en la producción, las empresas y los servicios.

El Estado no confiscará, incautará ni nacionalizará los activos y el capital legítimos de los inversionistas en la República Democrática Popular Lao.

Artículo 16

El Estado protege y promueve todas las formas de derechos de propiedad: inversiones estatales, colectivas, privadas nacionales y extranjeras en la República Democrática Popular Lao.

Artículo 17 (modificado)

El Estado protege los derechos de propiedad (como los derechos de posesión, uso, explotación y disposición) y los derechos de sucesión de las personas físicas, jurídicas y organizaciones de conformidad con las leyes.

La tierra, los minerales, el agua, el aire, los bosques y los productos forestales, la vida acuática, la vida silvestre y otros recursos naturales pertenecen a la comunidad de la nación, con el gobierno lao como representante centralizado y unificado para gestionar esos recursos en virtud de las leyes de la República Democrática Popular Lao.

Artículo 18 (modificado)

El Estado gestiona la economía de acuerdo con el mecanismo de la economía de mercado regida por las leyes, aumentando el papel de gestión de los sectores centrales, para aplicar el principio de combinar la gestión centralizada a través del consenso de las autoridades centrales con la delegación de responsabilidades a los locales autoridades de conformidad con las leyes y reglamentos.

Artículo 19 (modificado)

El Estado promueve la protección y restauración del medio ambiente destruido y degradado para desarrollarlo a fin de que pueda ser abundante y sostenible.

Todas las organizaciones y ciudadanos deben proteger y preservar la biodiversidad y utilizar los recursos naturales de acuerdo con la dirección de garantizar la sostenibilidad

Artículo 20 (modificado)

La República Democrática Popular Lao aplica políticas abiertas de cooperación económica con países extranjeros de diferentes maneras, en forma multilateral y de diferentes formas, sobre la base de los [siguientes] principios [:] el respeto de la independencia, la soberanía, la igualdad y el beneficio mutuo de los demás.

Artículo 21 (modificado)

El Estado concede gran importancia al desarrollo de la economía en conjunción con el desarrollo cultural y el medio ambiente sostenible, dando prioridad al desarrollo de los recursos humanos.

Artículo 22 (modificado)

El Estado se centra en la aplicación de la política de educación nacional a fin de construir buenos ciudadanos con competencias, conocimientos, capacidades y aptitudes técnicas.

El Estado y la sociedad se dedican al desarrollo de una educación nacional de alta calidad, a fin de crear oportunidades y condiciones [favorables] en la educación para todas las personas de todo el país, especialmente las personas que viven en zonas remotas, los grupos étnicos, las mujeres, los niños, las personas desfavorecidas y las personas con discapacidad.

El Estado promueve la inversión del sector privado en el desarrollo de la educación nacional de conformidad con las leyes.

Artículo 23

El Estado promueve la preservación de la cultura nacional, representativa de la fina tradición del país y de su pueblo étnico, al tiempo que acepta determinadas culturas progresistas de todo el mundo.

El Estado promueve las actividades culturales, las bellas artes y la invención, gestiona y protege el patrimonio cultural, histórico y natural y mantiene antigüedades y lugares históricos.

El Estado procura mejorar y ampliar las actividades de los medios de comunicación con el fin de construir y proteger a nivel nacional.

Están prohibidas todas las actividades culturales y de los medios de comunicación que sean perjudiciales para los intereses nacionales o para la cultura tradicional y la dignidad del pueblo lao.

Artículo 24 (modificado)

El Estado se centra en promover el conocimiento y la invención en la investigación científica, académica y tecnológica y el desarrollo, la innovación, [y] la protección de la propiedad intelectual, al tiempo que se construye una comunidad de científicos para promover la industrialización y la modernización.

Artículo 25 (modificado)

El Estado se centra en mejorar y ampliar los servicios de salud pública para cuidar y promover la salud de la población.

El Estado y la sociedad se centran en la construcción, la mejora de los sistemas de prevención de enfermedades, la prestación de servicios de salud de calidad a todas las personas y la creación de condiciones para garantizar que todas las personas tengan acceso a la atención de la salud, especialmente las mujeres y los niños, los pobres y las personas que viven en zonas remotas, para garantizar la buena salud de la población.

El Estado promueve la inversión del sector privado en los servicios públicos de salud para promoverlos y modernizarlos.

Todos los servicios de salud tienen prohibido violar las leyes y reglamentos.

Artículo 26

El Estado y la sociedad se dedican a alentar, apoyar e invertir en actividades deportivas públicas, incluidos los deportes tradicionales e internacionales, [a fin de] mejorar las capacidades deportivas y fortalecer la salud de las personas.

Artículo 27

El Estado y la sociedad se ocupan del desarrollo de la mano de obra calificada, la mejora de la disciplina laboral, la promoción de las aptitudes y ocupaciones profesionales y la protección de los derechos y beneficios legítimos de los trabajadores.

Artículo 28

El Estado y la sociedad se ocupan de aplicar políticas de seguridad social, especialmente hacia los héroes nacionales, soldados, funcionarios jubilados, discapacitados y familias de quienes han sacrificado sus vidas por la revolución y que han contribuido ampliamente a la nación.

Artículo 29

El Estado, la sociedad y las familias se ocupan de aplicar políticas de desarrollo y apoyar el progreso de la mujer y proteger los derechos y beneficios legítimos de las mujeres y los niños.

Artículo 30 (modificado)

El Estado y la sociedad promueven la apertura del país y el desarrollo del turismo cultural e histórico y el ecoturismo para crear una industria turística con características únicas como importante sector económico de la nación.

Queda prohibido el turismo que sea perjudicial para la buena cultura de la nación o que viole las leyes.

Capítulo III. Defensa y Seguridad Nacional

Artículo 31 (modificado)

La defensa y la seguridad nacionales son obligaciones y deberes de todas las organizaciones y de los ciudadanos lao, y las fuerzas de defensa y seguridad nacionales son las principales fuerzas para proteger la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la nación; proteger las vidas y los bienes de las personas, [y] garantizar una la democracia sostenible de los pueblos.

La defensa y la seguridad nacionales se llevan a cabo paralelamente al desarrollo socioeconómico y la protección del medio ambiente.

Artículo 32 (modificado)

Las fuerzas nacionales de defensa y seguridad deben mejorarse y fortalecerse, aumentar su lealtad a la nación, servir como fuerza militar popular con un verdadero espíritu revolucionario, [observar] normas estrictas y planes modernos de alta competencia militar, y ser las fuerzas principales para garantizar la estabilidad nacional, la paz, el orden social y la atención para prevenir, combatir y resolver los desastres naturales.

El Estado se centra en desarrollar los fundamentos de la defensa y la seguridad, suministrar materiales, técnicas, tecnología, transporte, equipo y mejorar los conocimientos, la capacidad, las aptitudes profesionales, la estrategia y las tácticas de las fuerzas nacionales de defensa y seguridad.

Artículo 33

El Estado y la sociedad se encargan de aplicar políticas que garanticen el buen mantenimiento de la condición física y mental de las fuerzas nacionales de defensa y seguridad, así como para incentivar los niveles de las fuerzas nacionales de defensa y seguridad a fin de aumentar la capacidad de proteger a la nación y mantener paz en la sociedad.

Las fuerzas nacionales de defensa y seguridad deben esforzarse por llegar a ser autosuficientes y fortalecerse a fin de garantizar la ejecución de las tareas y atender el desarrollo nacional.

Capítulo IV. Derechos y obligaciones fundamentales de los ciudadanos

Artículo 34 (modificado)

Los ciudadanos lao son personas que poseen la nacionalidad lao conforme a lo dispuesto en la legislación.

El Estado reconoce, respeta, protege y garantiza los derechos humanos y los derechos fundamentales de los ciudadanos de conformidad con las leyes.

Artículo 35

Todos los ciudadanos lao son iguales ante la ley, independientemente de su género, condición social, educación, creencias y grupo étnico.

Artículo 36 (modificado)

Los ciudadanos lao mayores de 18 años tienen derecho a votar y los mayores de 20 años tienen derecho a ser elegidos, excepto los dementes, las personas con trastornos mentales y las personas cuyos derechos a votar y a ser elegidos hayan sido revocados por un tribunal.

Artículo 37

Los ciudadanos de ambos sexos gozan de igualdad de derechos en las esferas política, económica, cultural y social y en los asuntos de la familia.

Artículo 38 (modificado)

Los ciudadanos lao tienen derecho a la investigación, la educación y el aprendizaje para desarrollarse hacia un nivel avanzado.

Artículo 39

Los ciudadanos lao tienen derecho a trabajar ya realizar ocupaciones que no sean contrarias a las leyes.

Los trabajadores tienen derecho al descanso, a recibir tratamiento médico en tiempos de enfermedad, [y] a recibir asistencia en caso de incapacidad o discapacidad, en la vejez y en otros casos previstos por la ley.

Artículo 40

Los ciudadanos lao gozan de libertad de asentamiento y circulación conforme a lo dispuesto en las leyes.

Artículo 41 (modificado)

Los ciudadanos lao tienen derecho a proponer, presentar denuncias y peticiones a las organizaciones estatales pertinentes en relación con cuestiones relacionadas con el interés público o con sus propios derechos e intereses.

Las propuestas, quejas y peticiones de los ciudadanos deben examinarse y resolverse conforme a lo dispuesto en las leyes.

Artículo 42 (modificado)

Los ciudadanos lao tienen derecho a impedir que se cometan violaciones a su vida, cuerpo, integridad y propiedades.

Los ciudadanos lao no serán arrestados, encarcelados ni registrados sin la orden del Fiscal General o de los tribunales populares, salvo que las leyes dispongan otra cosa.

Artículo 43 (modificado)

Los ciudadanos lao tienen el derecho y la libertad de creer o no creer en religiones que no sean contrarias a las leyes.

Artículo 44

Los ciudadanos lao tienen derecho y libertad de expresión, prensa y reunión, y tienen derecho a crear asociaciones y a organizar manifestaciones que no sean contrarias a las leyes.

Artículo 45 (modificado)

Los ciudadanos lao tienen derecho y libertad para realizar investigaciones y aplicar tecnologías científicas e innovaciones, crear obras artísticas y literarias [;] y realizar actividades culturales que no sean contrarias a las leyes.

Artículo 46

El Estado protege los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos lao que residen en el extranjero.

Artículo 47 (modificado)

Los ciudadanos lao tienen la obligación de respetar y aplicar la Constitución y las leyes, observar estrictamente la disciplina laboral [y cumplir] las normas relativas a la vida social y el orden público.

Artículo 48

Los ciudadanos lao tienen la obligación de pagar derechos e impuestos de conformidad con las leyes.

Artículo 49

Los ciudadanos lao tienen la obligación de defender el país, mantener la seguridad y cumplir las obligaciones del servicio militar previstas en las leyes.

Artículo 50 (modificado)

Los derechos y libertades de los extranjeros y de las personas sin nacionalidad están protegidos por las leyes de la República Democrática Popular Lao. Tienen derecho a presentar propuestas, reclamaciones ante los tribunales y [presentar peticiones ante] otras organizaciones interesadas, tienen la obligación de respetar la Constitución y las leyes de la República Democrática Popular Lao.

Los extranjeros que han aportado buenas acciones al país y tienen una posición importante y contribuciones a las protecciones y construcciones de la nación tienen derecho a obtener la ciudadanía en honor de la República Democrática Popular Lao.

Artículo 51

La República Democrática Popular Lao concede asilo a los extranjeros perseguidos por su lucha por la libertad, la justicia, la paz y las causas científicas.

Capítulo V. Asamblea Nacional

Artículo 52 (modificado)

La Asamblea Nacional es el órgano representativo de los derechos e intereses del pueblo multiétnico; es la organización de más alto poder del Estado. La Asamblea Nacional también es el poder legislativo encargado de adoptar la Constitución y las leyes, tomar decisiones sobre cuestiones fundamentales del país y supervisar la aplicación de la Constitución y las leyes por las organizaciones estatales.

Artículo 53 (modificado)

La Asamblea Nacional tiene los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. Considerar [y] aprobar la Constitución y las leyes;
  2. 2. Examinar y aprobar los planes estratégicos, el plan de desarrollo socioeconómico, el plan presupuestario del Estado y el plan presupuestario estatal enmendado;
  3. 3. Considerar [y] aprobar la política fundamental de finanzas, dinero, porcentaje de déficit presupuestario del Estado, porcentaje de deuda pública y porcentaje de deuda pública;
  4. 4. Considerar [y] aprobar la determinación, modificación, cancelación o exención de impuestos y derechos;
  5. 5. - Supervisar la observancia y aplicación de la Constitución y las leyes de las organizaciones estatales;
  6. 6. Elegir o destituir al Presidente, al Vicepresidente ya los miembros del Comité Permanente de la Asamblea Nacional;
  7. 7. Elegir o destituir al Presidente y al Vicepresidente del Estado sobre la base de la recomendación del Comité Permanente de la Asamblea Nacional;
  8. 8. Elegir o destituir al Primer Ministro sobre la base de la recomendación del Presidente del Estado;
  9. 9. Elegir o destituir al Fiscal Supremo, al Presidente del Tribunal Supremo Popular y al Presidente de la Auditoría del Estado por recomendación del Presidente del Estado;
  10. 10. Examinar y aprobar la propuesta de nombramiento o destitución del Presidente, el Vicepresidente del Comité y el Secretario General de la Asamblea Nacional sobre la base de la recomendación del Comité Permanente de la Asamblea Nacional;
  11. 11. Examinar y aprobar la propuesta de nombramiento o destitución de miembros del Gobierno sobre la base de la recomendación del Primer Ministro;
  12. 12. Examinar y aprobar la propuesta de nombramiento o destitución de jueces del Tribunal Supremo Popular sobre la base de la recomendación del Presidente del Tribunal Supremo Popular;
  13. 13. Examinar y aprobar la estructura orgánica de la Asamblea Nacional, incluida la creación, fusión y separación de comités, y la junta de secretaría de la Asamblea Nacional;
  14. 14. Examinar y aprobar la estructura orgánica del Gobierno, incluida la creación, disolución, fusión y división de ministerios y órganos equivalentes, provincias y municipios, sobre la base de la recomendación del Primer Ministro;
  15. 15. Examinar y determinar los límites de las provincias [y] la capital sobre la base de la recomendación del Primer Ministro;
  16. 16. Considerar la posibilidad de disolver la Asamblea Popular de las provincias en caso de que la Asamblea Popular haya causado daños considerables a los intereses del pueblo y del país;
  17. 17. Examinar y aprobar la concesión de amnistías sobre la base de la recomendación del Comité Permanente de la Asamblea Nacional;
  18. 18. Considerar y aprobar la ratificación de tratados y acuerdos en los que se haya hecho parte la República Democrática Popular Lao o retirarse de ellos y los acuerdos internacionales basados en la recomendación del Primer Ministro;
  19. 19. Examinar y aprobar cuestiones de guerra o paz sobre la base de la recomendación del Presidente del Estado;
  20. 20. Anular la legislación de otros sectores que contradigan la Constitución y las leyes, salvo la decisión sobre el procedimiento judicial del Fiscal General y el Tribunal Popular;
  21. 21. Asignar al Comité Permanente de la Asamblea Nacional el derecho de decidir sobre las cuestiones necesarias y urgentes, con sujeción a la presentación de informes ulteriores a la reunión de la Asamblea Nacional.

Artículo 54 (modificado)

El mandato de cada legislatura de la Asamblea Nacional es de cinco años.

Los miembros de la Asamblea Nacional son elegidos por los ciudadanos lao de conformidad con las leyes.

La elección de una nueva legislatura de la Asamblea Nacional debe completarse dentro de los sesenta días previos a la expiración del mandato de la Asamblea Nacional en ejercicio.

En caso de guerra o de cualquier otra circunstancia que obstruya la elección, una Asamblea Nacional [en ejercicio] [legislatura] podrá prorrogar su mandato, pero deberá proceder a la elección de la nueva Asamblea Nacional a más tardar seis meses después de que la situación vuelva a la normalidad.

Si se considera necesario mediante el voto de al menos dos tercios de todos los miembros de la Asamblea Nacional que asistan al período de sesiones, esa [legislatura] [titular] de la Asamblea Nacional podrá elegir a [nuevos] miembros antes de la expiración de su mandato.

Artículo 55 (modificado)

El Comité Permanente de la Asamblea Nacional es el órgano permanente de la Asamblea Nacional y debe desempeñar sus funciones en nombre de la Asamblea Nacional durante el receso de la Asamblea Nacional.

El Comité Permanente de la Asamblea Nacional está integrado por el Presidente, el Vicepresidente y varios miembros.

El Presidente y el Vicepresidente de la Asamblea Nacional son también el Presidente y el Vicepresidente del Comité Permanente de la Asamblea Nacional.

Artículo 56 (modificado)

El Comité Permanente de la Asamblea Nacional tiene los siguientes derechos y deberes:

1. Preparar y convocar a la Asamblea Nacional a su período de sesiones;

2. Interpretar y explicar las disposiciones de la Constitución y las leyes y proponer la promulgación de una nueva ley;

3. Proponer el proyecto de decreto al Presidente del Estado;

4. - Nombrar, transferir o destituir a los jueces del Tribunal Supremo Popular, el Presidente, el Vicepresidente y los jueces del Tribunal Popular sobre la base de la recomendación del Presidente del Tribunal Supremo Popular;

5. - Nombrar el Comité Electoral Nacional;

6. Decidir sobre la concesión de amnistías en virtud de tratados en los que la República Democrática Popular Lao ha pasado a ser parte y los acuerdos internacionales sobre la base de la recomendación del Primer Ministro;

7. Recibir y considerar solicitudes de justicia del pueblo.

Artículo 57 (modificado)

La Asamblea Nacional convoca su período ordinario de sesiones dos veces al año; el Comité Permanente de la Asamblea Nacional puede convocar un período extraordinario de sesiones de la Asamblea Nacional si lo considera necesario.

Las sesiones de la Asamblea Nacional sólo se convocarán con la presencia de más de la mitad del número total de miembros de la Asamblea Nacional.

Artículo 58 (Nuevo)

Las resoluciones de la Asamblea Nacional sólo serán válidas cuando hayan sido votadas por más de la mitad del número de miembros de la Asamblea Nacional presentes en el período de sesiones, salvo disposición en contrario en los artículos 54, 66, 68 y 118 de la presente Constitución.

Artículo 59 (modificado)

Las organizaciones y personas que tienen derecho a proponer proyectos de ley son los siguientes:

1. El Presidente del Estado;

2. El Comité Permanente de la Asamblea Nacional;

3. El Gobierno;

4. - La Fiscalía Suprema;

5. El Tribunal Supremo Popular;

6. La Autoridad Estatal de Auditoría; [y]

7. El Frente Lao para la Construcción Nacional y las organizaciones de masas a nivel central.

Artículo 60 (modificado)

Las leyes ya aprobadas por la Asamblea Nacional deben ser promulgadas por el Presidente del Estado a más tardar treinta días después de su aprobación. Durante ese período, el Presidente del Estado tiene derecho a solicitar a la Asamblea Nacional que reconsidere [esas leyes]. Si la Asamblea Nacional reafirma su decisión anterior tras reconsiderar esas leyes, el Presidente del Estado debe promulgarlas en un plazo de quince días.

Las leyes promulgadas por el Presidente entrarán en vigor una vez que se publiquen en el Boletín Oficial en un plazo de 15 días, salvo lo dispuesto en la ley específica.

Artículo 61 (modificado)

Las cuestiones relativas al destino del país y los intereses vitales del pueblo deben ser examinadas y examinadas por la Asamblea Nacional o el Comité Permanente de la Asamblea Nacional.

Artículo 62 (modificado)

La Asamblea Nacional establece sus propios comités para examinar los proyectos de ley y los proyectos de edictos presidenciales, que luego se presentan al Comité Permanente de la Asamblea Nacional, y ayuda a la Asamblea Nacional y al Comité Permanente de la Asamblea Nacional en el ejercicio de la supervisión de las actividades de todo el Estado organizaciones.

Artículo 63 (modificado)

Los miembros de la Asamblea Nacional tienen derecho a interrogar al Primer Ministro, a los miembros del Gobierno, al Presidente del Tribunal Supremo Popular, al Fiscal Supremo y al Presidente de la Autoridad de Auditoría del Estado.

Las personas interrogadas deben dar respuestas verbales o escritas en el período de sesiones de la Asamblea Nacional.

Artículo 64 (modificado)

Los miembros de la Asamblea Nacional no serán procesados en causas penales ni arrestados, detenidos y encarcelados sin la aprobación de la Asamblea Nacional o del Comité Permanente de la Asamblea Nacional durante el receso de la Asamblea Nacional.

En los casos de delitos manifiestos o urgentes, la organización pertinente que haya detenido al miembro de la Asamblea Nacional deberá informar inmediatamente a la Asamblea Nacional o al Comité Permanente de la Asamblea Nacional para su examen.

Las investigaciones no [se llevarán a cabo de manera que] impidan que un miembro procesado asista a los períodos de sesiones de la Asamblea Nacional.

Capítulo VI. El Presidente del Estado

Artículo 65 (modificado)

El Presidente del Estado es el Jefe de Estado de la República Democrática Popular Lao y el representante del pueblo multiétnico lao, tanto en el país como en el extranjero, es el Presidente del Consejo de Defensa y Seguridad Nacional y el jefe de las fuerzas armadas populares que garantizan la independencia, soberanía, integridad territorial, estabilidad y sostenibilidad de la nación.

Artículo 66 (modificado)

El Presidente del Estado es elegido por la Asamblea Nacional con más de dos tercios de los votos de todos los miembros de la Asamblea Nacional que asisten al período de sesiones.

El mandato del Presidente del Estado es el mismo que el de la Asamblea Nacional.

El Presidente no puede ocupar el cargo por más de dos mandatos consecutivos.

El Presidente tiene una oficina presidencial.

Artículo 67 (modificado)

El Presidente del Estado tiene los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. - Promulgar la Constitución y las leyes;
  2. 2. Emitir edictos y decretos presidenciales;
  3. 3. Convocar y presidir las reuniones especiales del Gobierno, asistir a la reunión permanente del Comité de la Asamblea Nacional si lo considera necesario;
  4. 4. Nombrar, transferir o destituir al Viceprimer Ministro ya los miembros del Gobierno previa aprobación de la Asamblea Nacional;
  5. 5. Nombrar o destituir al Vicepresidente del Tribunal Supremo Popular, al Fiscal Supremo Adjunto, al Jefe Adjunto de la Organización de Auditoría del Estado por recomendación del Presidente o del jefe de dicha organización;
  6. 6. Decidir sobre ascensos o degradaciones en el rango de general en las fuerzas de defensa y seguridad nacionales sobre la base de la recomendación del Primer Ministro;
  7. 7. Nombrar, transferir o destituir al Jefe de la Oficina Presidencial que tenga el cargo equivalente a ministro;
  8. 8. Nombrar embajadores y representantes plenipotenciarios de la República Democrática Popular Lao o retirarlos de países extranjeros sobre la base de la recomendación del Primer Ministro, y aceptar a los representantes plenipotenciarios de países extranjeros acreditados ante la República Democrática Popular Lao;
  9. 9. Anunciar el nombramiento del Comité Electoral Nacional, la fecha de las elecciones, el número de candidatos, el número de miembros de la Asamblea Nacional y los miembros de las Asambleas Popular Provinciales en cada circunscripción, sobre la base de la recomendación del Comité Permanente de la Asamblea Nacional;
  10. 10. Declarar los asuntos de guerra o de paz sobre la base de la recomendación de la Asamblea Nacional, decidir sobre el reclutamiento militar general o parcial y declarar los estados de excepción en todo el país o en cualquier localidad determinada;
  11. 11. Entregar o decidir la concesión de medallas nacionales de oro, órdenes de mérito, medallas de victoria y los títulos más altos honoríficos del Estado, y otras formas de elogio basadas en la recomendación del Primer Ministro;
  12. 12. Decidir sobre la concesión de una amnistía sobre la base de la recomendación del Gobierno y anunciar amnistías previa aprobación por la Asamblea Nacional;
  13. 13. Decidir sobre la concesión del estatuto de refugiado político a los extranjeros; [y]
  14. 14. Negociar o firmar tratados [y] acuerdos internacionales en nombre del Estado; [y] dictar la ratificación o la retirada de tratados y acuerdos firmados con países extranjeros.

Artículo 68 (modificado)

El Presidente del Estado podrá tener un Vicepresidente elegido por la Asamblea Nacional con los votos de más de dos tercios del número de miembros de la Asamblea Nacional que asistan al período de sesiones.

El Vicepresidente del Estado desempeña todas las tareas asignadas por el Presidente y actúa en nombre del Presidente si éste se ocupa de otros asuntos.

En caso de que el Presidente no pueda cumplir sus funciones, el Vicepresidente desempeñará su función hasta que la Asamblea Nacional elija un nuevo Presidente.

Capítulo VII. Gobierno

Artículo 69 (modificado)

El gobierno es el poder ejecutivo, que tiene la función de administrar el Estado de manera uniforme en todo el país.

El gobierno es responsable de la Asamblea Nacional y del Presidente.

Artículo 70 (modificado)

El Gobierno tiene los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. Aplicar la Constitución, las leyes y resoluciones de la reunión de la Asamblea Nacional, las resoluciones del Comité Permanente de la Asamblea Nacional y los edictos y decretos presidenciales;
  2. 2. Presentar proyectos de ley a la Asamblea Nacional, presentar proyectos de edictos presidenciales al Comité Permanente de la Asamblea Nacional y presentar proyectos de decretos presidenciales al Presidente del Estado;
  3. 3. Emitir decretos y resoluciones sobre la administración del Estado, la gestión socioeconómica y la gestión en las esferas de la ciencia-tecnología, los recursos nacionales, el medio ambiente, la defensa y la seguridad nacionales y las relaciones exteriores;
  4. 4. Determinar planes estratégicos de desarrollo socioeconómico y presupuestos anuales del Estado y presentarlos a la Asamblea Nacional para su examen y aprobación;
  5. 5. Proponer a la Asamblea Nacional para su aprobación el establecimiento, fusión, separación o eliminación de ministerios y órganos equivalentes, provincias y municipios, y determinar los límites de las provincias y ciudades;
  6. 6. Decidir la creación o eliminación de subministerios, departamentos u organizaciones equivalentes;
  7. 7. Decidir el establecimiento o la eliminación de distritos, municipios y ciudades y determinar los límites de los distritos, municipios y ciudades previa aprobación por la Asamblea Popular Provincial;
  8. 8. Establecer o eliminar una zona económica especial y específica;
  9. 9. Organizar, supervisar y supervisar las actividades de las organizaciones sectoriales, las administraciones locales y las fuerzas nacionales de defensa y seguridad;
  10. 10. Decidir sobre la concesión, la retirada, la renuncia y la readquisición de la nacionalidad lao;
  11. 11. Decidir sobre la concesión de honores a los extranjeros;
  12. 12. Confirmar, concertar, interpretar y aplicar los tratados y acuerdos internacionales en los que se ha convertido en parte la República Democrática Popular Lao;
  13. 13. Suspender la aplicación o anulación de las decisiones o instrucciones de los ministerios y organizaciones equivalentes, las organizaciones bajo la dirección del gobierno y las administraciones locales si contravienen las leyes y otras leyes, salvo la decisión sobre el procedimiento judicial del Fiscal General y el Tribunal Popular; [y]
  14. 14. Informar sobre su actuación a la Asamblea Nacional, al Comité Permanente de la Asamblea Nacional y al Presidente del Estado.

Artículo 71 (modificado)

El gobierno está integrado por el Primer Ministro, el Viceprimer Ministro [s], ministros y presidentes de las organizaciones equivalentes al ministerio.

El mandato del Gobierno es el mismo que el de la Asamblea Nacional; los miembros del gobierno no pueden ocupar el cargo por más de dos mandatos consecutivos.

Artículo 72 (Nuevo)

El Primer Ministro es el jefe del Gobierno y representa al Gobierno; dirige y administra la labor del Gobierno y la administración local; nombra, transfiere o destituye a Viceministros, Vicepresidentes de organizaciones equivalentes al ministerio, jefes de subministerios, jefes adjuntos del subministerio, [y] designa o destituye a los gobernadores [y] alcaldes de las ciudades previa aprobación de la Asamblea Popular Provincial; propone ascender o degradar a oficiales generales; promociona y degradará a los coroneles de las fuerzas nacionales de defensa y seguridad.

Artículo 73 (Nuevo)

Los Viceprimeros Ministros son los asistentes del Primer Ministro para dirigir las cuestiones del gobierno y las organizaciones administrativas locales, ejecutar las tareas que les asigna el Primer Ministro.

Todo Viceprimer Ministro desempeñará su labor en su nombre en caso de que esté ocupado en otros asuntos.

Artículo 74 (Nuevo)

Los ministros y presidentes de organizaciones equivalentes a ministerios tienen la función de elaborar y aplicar las resoluciones de la reunión de la Asamblea Nacional, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional y el Gobierno; dirigir, gestionar e inspeccionar la aplicación del sector bajo su responsabilidad; [y] estar conectado con los países extranjeros, cooperar y firmar los acuerdos y subacuerdos con países extranjeros según lo acordado por el gobierno.

Artículo 75 (modificado)

La Asamblea Nacional podrá emitir un voto de censura en cualquier miembro o en todos los miembros del gobierno si el Comité Permanente de la Asamblea Nacional o una cuarta parte del número total de miembros de la Asamblea Nacional plantean la cuestión.

En caso de que la Asamblea Nacional no confíe en ningún miembro o en todos los miembros del gobierno, el Presidente tiene derecho a solicitar a la Asamblea Nacional que se reconsidere o decida rescindir al miembro del gobierno.

Capítulo VIII. Asambleas populares locales

Artículo 76 (Nuevo)

Las asambleas populares locales son los representantes de los derechos e intereses del pueblo multiétnico; son los poderes supremos del gobierno local, desempeñan la función de examinar [y] adoptar la legislación importante, tomar decisiones sobre cuestiones fundamentales a nivel local y supervisar la actividad de los todas las organizaciones estatales bajo su jurisdicción.

Las asambleas populares locales se establecerán de acuerdo con su nivel administrativo, que consisten en la Asamblea Popular a nivel provincial, de distrito y de aldea. La Asamblea Nacional puede decidir establecer asambleas populares a nivel de distrito y aldea.

Las Asambleas Provinciales del Pueblo tienen el mismo mandato que la Asamblea Nacional.

Artículo 77 (Nuevo)

Las Asambleas Provinciales del Pueblo tienen los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. Examinar y aprobar planes de desarrollo socioeconómico y presupuesto del Estado a nivel provincial, sobre la base de la recomendación de los gobernadores provinciales y municipales;
  2. 2. Examinar y aprobar leyes importantes a nivel provincial;
  3. 3. Supervisar la aplicación de la Constitución y las leyes dentro de su organización;
  4. 4. Elegir o destituir al Presidente, Vicepresidente y Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial;
  5. 5. Considerar [y] adoptar la estructura orgánica de la administración local a nivel provincial;
  6. 6. Nombrar o destituir a los gobernadores [y] gobernadores de las ciudades sobre la base de la recomendación del Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial;
  7. 7. Considerar [y] adoptar la estructura y organización de la administración local a nivel provincial; nombrar, transferir o destituir a los vicegobernadores, vicegobernadores de ciudades, jefes de departamento [y] organizaciones equivalentes a nivel provincial sobre la base de la recomendación de los gobernadores provinciales [ y] gobernadores de ciudades;
  8. 8. Considerar [y] aprobar el establecimiento, eliminación, separación y fusión de departamentos y organizaciones equivalentes a nivel provincial sobre la base de la recomendación de los gobernadores provinciales [y] los gobernadores de las ciudades;
  9. 9. Considerar y aprobar el nombramiento o la destitución del Jefe del Ministerio Público [y] del Presidente del Tribunal Popular Local, sobre la base de la recomendación del Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial;
  10. 10. Considerar [y] aprobar el establecimiento o eliminación de distritos, municipios y ciudades, y determinar los límites de los distritos, municipios y ciudades sobre la base de la recomendación de los gobernadores provinciales y municipales;
  11. 11. Abolir o anular la decisión, instrucción, directriz o legislación de otros sectores que contravengan las leyes, salvo la decisión sobre el procedimiento judicial del Fiscal General y el Tribunal Popular; [y]
  12. 12. Asignar los derechos al Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial para que decida sobre los asuntos necesarios y urgentes, y luego informe a la Asamblea Popular Provincial.

Artículo 78 (Nuevo)

El Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial es el órgano permanente de la Asamblea Popular Provincial y desempeñará sus funciones en nombre de la Asamblea Popular Provincial durante su receso.

El Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial está integrado por el Presidente, el Vicepresidente y varios miembros.

El Presidente y el Vicepresidente de la Asamblea Popular Provincial también son el Presidente y el Vicepresidente de los Comités Permanentes de la Asamblea Popular Provincial.

Artículo 79 (Nuevo)

El Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial tiene los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. Preparar y convocar a la Asamblea Popular Provincial para su reunión;
  2. 2. Nombrar, transferir o destituir al Vicegobernador de la provincia y al Vicegobernador de las ciudades;
  3. 3. Considerar y nombrar, transferir o destituir al Vicepresidente y al juez del Tribunal Popular sobre la base de la recomendación del Presidente del Tribunal Popular Provincial y del Tribunal Popular de la ciudad;
  4. 4. Recibir y considerar la aplicación de justicia de las personas bajo su responsabilidad.

Artículo 80 (Nuevo)

La Asamblea Popular Provincial convoca su período ordinario de sesiones dos veces al año en convocatoria del Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial. El Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial podrá convocar un período extraordinario de sesiones de la Asamblea Popular Provincial si lo considera necesario.

Las sesiones de la Asamblea Popular Provincial sólo se convocarán con la presencia de más de la mitad del número total de miembros de la Asamblea Popular Provincial.

Artículo 81 (Nuevo)

Las resoluciones de la Asamblea Popular Provincial sólo serán válidas cuando hayan sido votadas por más de la mitad del número de miembros de la Asamblea Popular Provincial presentes en el período de sesiones.

Artículo 82 (Nuevo)

Los miembros de la Asamblea Popular Provincial establecen su comité que será el jefe de la Asamblea Popular Provincial y el Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial, para que desempeñen la labor de conformidad con sus derechos y deberes.

Artículo 83 (Nuevo)

Los miembros de la Asamblea Popular Provincial tienen derecho a interrogar al gobernador, gobernador de [Vientiane] Capital, director del departamento u organizaciones equivalentes de nivel provincial, alcalde, jefe del municipio, jefe de ciudad, jefe del ministerio público, presidente del tribunal popular local y el representante pertinente de la autoridad estatal de auditoría de la región.

Las personas interrogadas deben dar respuestas verbales o escritas en el período de sesiones de la Asamblea Popular Provincial.

Artículo 84 (Nuevo)

Los miembros de la Asamblea Popular Provincial no serán procesados en causas penales ni arrestados, detenidos y encarcelados sin la aprobación de la Asamblea Popular Provincial o del Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial durante el receso de la Asamblea Popular Provincial.

En los casos de delitos manifiestos o urgentes, la organización competente que haya detenido al miembro de la Asamblea Popular Provincial deberá informar inmediatamente a la Asamblea Popular Provincial o al Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial para su examen.

Las investigaciones no [se llevarán a cabo de manera que] impidan que un miembro procesado asista a las sesiones de la Asamblea Popular Provincial.

Capítulo IX. La Autoridad Administrativa Local

Artículo 85

La República Democrática Popular Lao está dividida en tres niveles de administración local, a saber, provincias, distritos y aldeas.

Si lo considera necesario, la Asamblea Nacional podrá decidir la creación de una zona especial.

Artículo 86 (Nuevo)

La Administración Local tiene la función de administrar el Estado de manera uniforme dentro de su jurisdicción.

La Administración Local es responsable ante el Gobierno y la Asamblea Popular Local.

Las provincias están [gobernadas por] gobernadores, las ciudades [gobiernan] los gobernadores de las ciudades, los distritos son [gobernados por] alcaldes, los municipios [gobiernan] los jefes de municipios y las aldeas son [administrados por] jefes de aldea.

Los gobernadores, el gobernador de [Vientiane] Capital, los alcaldes, los jefes de municipios y los jefes de aldea tienen diputados.

Los gobernadores, gobernadores de [Vientiane] Capital, alcaldes, [y] jefes de municipios no pueden ocupar el cargo por más de dos mandatos consecutivos.

Artículo 87 (modificado)

Los gobernadores de provincias y [Vientiane] Capital tienen los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. Aplicar la Constitución, las leyes, las resoluciones de la reunión de la Asamblea Popular Provincial, las resoluciones de las reuniones de la Asamblea Popular Provincial y las resoluciones de los comités de la Asamblea Popular Provincial y los reglamentos aplicables aprobados por las autoridades superiores;
  2. 2. Recabar la autorización y el acuerdo de la Asamblea Popular Provincial para la adopción de estrategias, planes de desarrollo socioeconómico y planes financieros de las provincias;
  3. 3. Dirigir, gestionar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones o la labor de todas las divisiones provinciales y autoridades competentes bajo su supervisión;
  4. 4. Designar, degradar o destituir al alcalde de los distritos y jefes de municipalidades, previa aprobación o acuerdo de los comités de la Asamblea Popular Provincial;
  5. 5. Establecer, degradar o destituir a los vicealcaldes de los distritos y jefes de municipalidades sobre la base de la recomendación de los gobernadores de los distritos y municipios;
  6. 6. Establecer, fusionar, dividir o cerrar aldeas, o demarcar la zona o frontera de las aldeas sobre la base de la recomendación de los alcaldes de los distritos, municipios y ciudades;
  7. 7. Establecer, degradar o destituir de sus cargos a los jefes de las divisiones provinciales y autoridades equivalentes sobre la base de la recomendación del jefe de las divisiones provinciales y autoridades equivalentes;
  8. 8. Rescinder o anular las decisiones, órdenes, directrices o leyes de otros sectores bajo su supervisión o por debajo de su nivel que contravengan las leyes, excepto la decisión sobre el procedimiento judicial del Fiscal General Local y el Tribunal Popular Local;
  9. 9. Participar en la administración y gestión de cualquier esfera relativa a cuestiones políticas, económicas, [o] socioculturales, recursos naturales, medio ambiente, orden y seguridad, [y] cooperación internacional;
  10. 10. Gestionar a los ciudadanos y considerar y resolver las propuestas del pueblo;
  11. 11. Informar a la Asamblea Popular Provincial, al Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial y al Primer Ministro acerca del progreso de sus actividades.

Artículo 88 (Nuevo)

Los alcaldes de los distritos, los jefes de municipios y ciudades tienen los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. Aplicar la Constitución, las leyes, las resoluciones de la Asamblea Popular Provincial, las resoluciones de las reuniones de la Asamblea Popular Provincial y los reglamentos aplicables aprobados por las autoridades superiores;
  2. 2. Elaborar un proyecto de plan estratégico, plan de desarrollo socioeconómico y plan presupuestario de los distritos, municipios y ciudades, que se propondrá a los gobernadores de provincias y ciudades;
  3. 3. Dirigir, gestionar, supervisar y evaluar la ejecución del trabajo u obligaciones de todas las oficinas y autoridades competentes bajo su supervisión;
  4. 4. Designar, degradar o destituir el jefe de la oficina y otros cargos administrativos del distrito, los municipios [y] las ciudades;
  5. 5. Participar en la administración y gestión de cualquier esfera relativa a cuestiones políticas, económicas, [o] socioculturales, recursos naturales, medio ambiente, orden y seguridad bajo la supervisión de distritos, municipios [y] ciudades;
  6. 6. Gestionar a los ciudadanos y considerar y resolver las propuestas del pueblo;
  7. 7. Rescinder o anular las decisiones u otras órdenes de todas las oficinas y organizaciones equivalentes bajo la supervisión de distritos, municipios [y] ciudades o por debajo de su nivel que contravengan las leyes, excepto la decisión sobre el procedimiento judicial del Fiscal General Local y el Tribunal Popular Local;
  8. 8. Informe a los gobernadores de provincias y capital [Vientiane] y al Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial sobre el progreso de sus actividades.

Artículo 89 (modificado)

Los jefes de las aldeas tienen la responsabilidad de organizar la aplicación de las leyes y reglamentos y tomar la iniciativa en el desarrollo socioeconómico, la protección de los recursos naturales y el medio ambiente, y mantener la seguridad y el orden público, educar a la población local con miras a mantener la armonía y hacerlas los agentes clave para tomar la iniciativa en el desarrollo de sus aldeas.

Capítulo X. Tribunales populares y fiscal

Artículo 90 (modificado)

Los tribunales populares son órganos judiciales; sólo los tribunales están facultados para juzgar causas en la República Democrática Popular Lao.

Los tribunales populares adoptan decisiones sobre primera instancia, apelación y anulación.

Artículo 91 (modificado)

Los tribunales populares de la República Democrática Popular Lao están integrados por el Tribunal Supremo Popular, los tribunales populares locales y los tribunales militares, conforme a lo dispuesto en las leyes.

En caso de que se considere necesario, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional podrá decidir establecer un tribunal especial.

Artículo 92 (modificado)

El Tribunal Supremo Popular es el órgano judicial supremo de la República Democrática Popular Lao.

El Tribunal Supremo Popular examina las decisiones de los tribunales populares y de los tribunales militares.

Artículo 93 (modificado)

El Vicepresidente del Tribunal Supremo Popular es nombrado o destituido por el Presidente del Estado.

El Comité Permanente de la Asamblea Nacional nombra, transfiere y destituye a los jueces del Tribunal Supremo Popular, el presidente, el vicepresidente y los jueces de los tribunales populares.

Artículo 94

Los tribunales populares toman decisiones en paneles.

En su fallo, los jueces deben ser independientes y cumplir estrictamente las leyes.

Artículo 95

Los casos se tramitarán en procedimientos abiertos, salvo que las leyes dispongan otra cosa.

Artículo 96 (Nuevo)

Los litigantes tendrán derecho a argumentar y debatir en la sala de audiencias para participar en todas las etapas del procedimiento del caso.

El acusado tendrá derecho a defender la causa que se le impute, ya sea por sí mismos o por sus tutores o abogados.

Los abogados tienen derecho a prestar asistencia letrada a los litigantes y acusados.

Artículo 97

Los representantes de las organizaciones sociales tienen derecho a participar en los procedimientos judiciales, conforme a lo dispuesto en las leyes.

Artículo 98 (modificado)

Las decisiones adoptadas por los tribunales populares, cuando sean definitivas, deben ser respetadas por las organizaciones del Partido, las organizaciones estatales, el Frente Lao para la Construcción Nacional, las organizaciones de masas, las organizaciones sociales, las organizaciones internacionales y todos los ciudadanos.

Las personas y organizaciones interesadas deben aplicar estrictamente las decisiones.

Artículo 99 (modificado)

Las fiscalías tienen el deber de supervisar, inspeccionar, respetar y aplicar las leyes en todo el país, proteger los derechos de los intereses del Estado, la sociedad [y] las personas, y presentar una demanda ante los tribunales conforme a lo dispuesto en las leyes.

Artículo 100 (modificado)

La Fiscalía General de la República Democrática Popular Lao está integrada por la Fiscalía Suprema, la Fiscalía Local y la Fiscalía Militar, según lo dispuesto en las leyes.

Artículo 101 (Nuevo)

El Jefe del Ministerio Público Supremo supervisa las actividades de las fiscalías a todos los niveles.

Artículo 102 (modificado)

El Jefe Adjunto del Fiscal Supremo es nombrado o destituido por el Presidente del Estado.

Los jefes de los fiscales públicos, los fiscales adjuntos [y] los fiscales públicos son nombrados, transferidos o destituidos por el Jefe del Fiscal General Supremo.

Artículo 103

Al llevar a cabo procedimientos [legales], los fiscales sólo están sujetos a las leyes y las instrucciones del Jefe del Fiscal Supremo.

Capítulo XI. La Auditoría Estatal

Artículo 104 (Nuevo)

La Auditoría del Estado es la auditoría de la gestión y el uso del presupuesto, las finanzas y los bienes del Estado.

Artículo 105 (Nuevo)

La auditoría estatal está a cargo de la Autoridad Estatal de Auditoría, integrada por la Autoridad de Auditoría del nivel central y las Autoridades de Auditoría de nivel regional.

[Los detalles de] la Autoridad de Auditoría del nivel central y las Autoridades de Auditoría del nivel regional se establecen en leyes específicas.

Artículo 106 (Nuevo)

El Presidente de la Autoridad Estatal de Auditoría es directamente responsable ante la Asamblea Nacional e informa sobre las cuestiones de auditoría del Estado al Presidente del Estado, al Primer Ministro y al Comité Permanente de la Asamblea Nacional.

El Presidente de la Organización Estatal de Auditoría propone al Presidente el nombramiento, traslado o destitución del Vicepresidente de la Organización Estatal de Auditoría.

Artículo 107 (Nuevo)

La Autoridad Estatal de Auditoría tiene los siguientes derechos y deberes:

  1. 1. Llevar a cabo la auditoría de manera independiente, de conformidad con las leyes, a fin de certificar la exactitud de los informes financieros, el cumplimiento de las leyes y los resultados de la aplicación;
  2. 2. Informar sobre sus actividades y publicar el informe final sobre los resultados de la auditoría de la ejecución del plan presupuestario del Estado a los períodos de sesiones de la Asamblea Nacional;
  3. 3. Formular recomendaciones a las organizaciones de gestión financiera pertinentes a fin de aplicar medidas contra las dependencias que hayan infringido las leyes en materia de gestión y utilización del presupuesto, las finanzas y los activos del Estado, según se revelan en las conclusiones de la auditoría.

Capítulo XII. Comité Electoral

Artículo 108 (Nuevo)

El Comité Electoral está integrado por el Comité Electoral Nacional y los Comités Electorales de nivel local.

El Comité Electoral Nacional es una organización creada por el Comité Permanente de la Asamblea Nacional y posteriormente presentada al Presidente del Estado para que haga una declaración oficial mediante la emisión de un decreto presidencial. Tiene la función de dirigir y dirigir la elección de los miembros de la Asamblea Nacional, las Asambleas Popular Locales y los Comités Electorales de los niveles locales.

Los comités electorales de nivel local están previstos por la ley.

Artículo 109 (Nuevo)

El Comité Electoral Nacional está integrado por el presidente, los vicepresidentes y un cierto número de miembros.

El mandato del Comité Electoral Nacional finaliza tras la conclusión de la primera sesión plenaria de la nueva Asamblea Nacional.

Capítulo XIII. Idioma, Escritura, Emblema Nacional, Bandera Nacional, Himno Nacional, Día Nacional, Moneda y Ciudad Capital

Artículo 110

El idioma lao y el alfabeto lao son el idioma y el alfabeto oficialmente utilizados.

Artículo 111

El emblema nacional de la República Democrática Popular Lao es un círculo que representa en la parte inferior la mitad de una rueda de engranaje y una cinta roja con una inscripción [de las palabras] «República Democrática Popular Lao», y [flanqueados por] tallos en forma de media luna de arroz totalmente madurado en ambos lados y cintas rojas que llevan el inscripción «Paz, independencia, democracia, unidad, prosperidad». Una imagen de That Luang Pagoda se encuentra entre las puntas de los tallos de arroz. En medio del círculo se representan una carretera, un arrozal, un bosque y una presa hidroeléctrica.

Artículo 112

La Bandera Nacional de la República Democrática Popular Lao es azul oscuro con bordes rojos y una luna blanca en medio de la bandera. La altura de la bandera es de dos tercios de su ancho. La altura de cada borde rojo es la mitad de la altura del área azul oscuro. El [diámetro de la] luna blanca es cuatro quintas partes de [la altura de] el área azul oscuro.

Artículo 113

El himno nacional de la República Democrática Popular Lao es la canción «Xat Lao».

Artículo 114 (modificado)

El día nacional de la República Democrática Popular Lao es el 2 de diciembre de 1975, día de la proclamación de la República Democrática Popular Lao.

Artículo 115

La moneda de la República Democrática Popular Lao es el Kip.

Artículo 116

La capital de la República Democrática Popular Lao es la capital de Vientiane.

Capítulo XIV. Disposiciones finales

Artículo 117 (modificado)

La Constitución de la República Democrática Popular Lao es una ley fundamental de la nación.

Todas las leyes deben ajustarse a la Constitución.

Artículo 118 (modificado)

Sólo la Asamblea Nacional tiene derecho a enmendar la Constitución de la República Democrática Popular Lao.

La Constitución puede adoptarse cuando tenga los votos afirmativos de más de dos tercios del número total de miembros de la Asamblea Nacional.

Artículo 119 (modificado)

Esta Constitución entrará en vigor en la fecha del decreto promulgador emitido por el Presidente del Estado.

Esta Constitución sustituye a la Constitución Nº 25/NA de la República Democrática Popular Lao, de 6 de mayo de 2003.