Kirguistán 2010

Preámbulo

Nosotros, el pueblo de Kirguistán,

  • Rindiendo homenaje a la memoria de los héroes que dieron vida por la libertad del pueblo;
  • Confirmando la adhesión al objetivo de construir un Estado libre, independiente y democrático cuyos valores más elevados sean la persona, su vida, su salud, sus derechos y libertades;
  • Expresando su firme convicción en el futuro del país y la firme voluntad de desarrollar y mejorar la condición de Estado kirguís, proteger la soberanía estatal y la unidad del pueblo, desarrollar su idioma y cultura;
  • Aspirar a arraigar el estado de derecho y asegurar la justicia social, el bienestar económico y el desarrollo espiritual de la población;

Actuando a instancias de nuestros antepasados de vivir en paz y concordia, en armonía con la naturaleza, adopta la presente Constitución.

SECCIÓN I. FUNDAMENTOS DEL ORDEN CONSTITUCIONAL

Artículo 1

1. La República Kirguisa (Kirguistán) es un Estado soberano, democrático, laico, unitario y social regido por el estado de derecho.

2. La República Kirguisa goza de la plenitud del poder estatal en su territorio y aplica su política interna y exterior de forma independiente.

Artículo 2

1. El pueblo de Kirguistán es el portador de la soberanía y la única fuente del poder estatal en la República Kirguisa.

2. El pueblo de Kirguistán ejercerá su poder directamente en las elecciones y los referendos, así como a través del sistema de autoridades estatales y órganos locales de autogobierno, sobre la base de la Constitución y las leyes vigentes.

3. Las leyes y otras cuestiones importantes de importancia estatal pueden ser sometidas a referéndum (votación nacional). Los procedimientos para celebrar un referéndum y la lista de preguntas formuladas al referéndum se definirán en la ley constitucional.

4. Las elecciones serán libres.

Las elecciones de los diputados del Jogorku Kenesh, el Presidente y los diputados de los órganos representativos de gobierno autónomo local se celebrarán sobre la base del sufragio universal, igual y directo, por votación secreta.

El derecho de voto se concederá a los ciudadanos de la República Kirguisa que hayan cumplido los 18 años de edad.

5. El Estado garantizará las condiciones para la representación de los diversos grupos sociales definidos por la ley en las autoridades estatales y los órganos locales de autogobierno, incluso a nivel de adopción de decisiones.

Artículo 3

El poder estatal en la República Kirguisa se basará en los siguientes principios:

  1. 1. La supremacía del poder popular, representada y garantizada por el Jogorku Kenesh y el Presidente elegido en todo el país;
  2. 2. Separación del poder estatal;
  3. 3. La apertura y la responsabilidad de las autoridades estatales, los órganos de autogobierno local hacia el pueblo y el ejercicio de sus poderes en interés del pueblo;
  4. 4. Separación de funciones y poderes de las autoridades estatales y los órganos locales de autogobierno.

Artículo 4

1. La diversidad política y el sistema multipartidista se reconocerán en la República Kirguisa.

2. Los ciudadanos tendrán derecho a crear partidos políticos, sindicatos profesionales y otras asociaciones públicas sobre la base del libre albedrío y la unidad de intereses para la realización y protección de sus derechos y libertades, así como a satisfacer las necesidades políticas, económicas, sociales, laborales, culturales y de otra índole intereses.

3. Los partidos políticos contribuirán a la expresión de la voluntad política de los ciudadanos, así como participarán en las elecciones de los diputados del Jogorku Kenesh, el Presidente y los órganos locales de autogobierno.

4. En la República Kirguisa quedarán prohibidas las siguientes disposiciones:

  1. 1. fusión de instituciones estatales, municipales y partidarias; establecimiento y actividad de organizaciones partidarias en instituciones y organizaciones estatales y municipales; realización de actividades partidistas por funcionarios públicos y municipales, excepto en los casos en que dicha actividad se realiza fuera de sus funciones oficiales;
  2. 2. la pertenencia a los miembros del ejército, los organismos encargados de hacer cumplir la ley, así como los jueces de los partidos políticos, así como sus declaraciones en apoyo de cualquier partido político;
  3. 3. la creación de partidos políticos por motivos religiosos o étnicos, así como la consecución de objetivos políticos por las asociaciones religiosas;
  4. 4. creación de formaciones militantes por asociaciones de ciudadanos;
  5. 5. las actividades de los partidos políticos, las organizaciones públicas y religiosas, sus representaciones y ramas en caso de que esas estructuras persigan objetivos políticos encaminados a modificar forzosamente la estructura constitucional, socavar la seguridad nacional, incitar a la discriminación social, racial, internacional, interétnica y religiosa odio.

Artículo 5

1. El Estado y sus autoridades servirán en beneficio de toda la sociedad y no de una parte determinada de ella.

2. Ninguna parte de la población, ninguna asociación y ninguna persona separada tendrá derecho a monopolizar el poder en el Estado. La usurpación del poder estatal será considerada como un delito más grave.

3. El Estado, sus autoridades, los órganos autónomos locales y sus funcionarios no sobrepasarán los límites de las facultades definidas en la Constitución y las leyes actuales.

4. Las autoridades estatales, los órganos autónomos locales y sus funcionarios serán responsables de toda acción ilegal de conformidad con las normas previstas en la ley.

Artículo 6

1. La Constitución tendrá fuerza jurídica suprema y aplicación directa en la República Kirguisa.

2. La Constitución servirá de base para la aprobación de leyes constitucionales, leyes y otros instrumentos jurídicos reglamentarios.

3. Los tratados internacionales en los que la República Kirguisa sea parte que hayan entrado en vigor con arreglo al procedimiento jurídico establecido y también a los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional serán parte integrante del ordenamiento jurídico de la República Kirguisa.

El procedimiento y las modalidades de aplicación de los tratados internacionales, así como los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional se definirán en el derecho.

4. La publicación oficial de leyes y otros actos jurídicos reglamentarios se considerará como condición previa obligatoria para su promulgación.

5. Una ley o cualquier otro acto jurídico reglamentario que establezca nuevas obligaciones o que agrava la responsabilidad no tendrá efecto retroactivo.

Artículo 7

1. Ninguna religión en la República Kirguisa será reconocida como Estado u obligatoria.

2. La religión y todos los cultos estarán separados del Estado.

3. Queda prohibida la participación de las asociaciones religiosas y los ministros de religión en las actividades de las autoridades estatales.

Artículo 8

1. El territorio de la República Kirguisa, dentro de los límites existentes, será indivisible e inviolable.

2. A los efectos de organizar la gobernanza estatal y la autonomía local, el territorio de la República Kirguisa se dividirá en unidades territoriales administrativas determinadas por la ley.

3. Las ciudades de Bishkek y Osh serán ciudades de importancia república y su estatuto será determinado por la ley.

Artículo 9

1. La República Kirguisa elaborará programas sociales encaminados a establecer condiciones de vida dignas y desarrollo personal gratuito, así como asistencia para el empleo.

2. La República Kirguisa garantizará el apoyo a las categorías de ciudadanos socialmente vulnerables, garantizará un nivel mínimo de remuneración laboral y la protección del trabajo y la salud.

3. La República Kirguisa establecerá un sistema de servicios sociales, servicios médicos, establecerá pensiones estatales, prestaciones y otras garantías de seguridad social.

Artículo 10

1. La lengua oficial de la República Kirguisa será la lengua kirguisa.

2. En la República Kirguisa, el idioma ruso se utilizará en calidad de idioma oficial.

3. La República Kirguisa velará por que los representantes de todas las etnias que formen la población de Kirguistán tengan derecho a preservar su idioma materno, así como a crear las condiciones necesarias para su aprendizaje y desarrollo.

Artículo 11

1. La República Kirguisa tendrá símbolos estatales: la bandera, el emblema y el himno. Su descripción y procedimiento de uso oficial se establecerán por ley.

2. La capital de la República Kirguisa será la ciudad de Bishkek.

3. La unidad monetaria de la República Kirguisa será el Som.

Artículo 12

1. En la República Kirguisa se reconocerá la diversidad de las formas de propiedad y se garantizará la igualdad de protección jurídica a los bienes privados, estatales, municipales y de otra índole.

2. La propiedad será inviolable. Nadie puede ser privado arbitrariamente de sus bienes.

La confiscación de bienes contra la voluntad del propietario sólo se permitirá por decisión de un tribunal.

La confiscación forzosa de bienes sin decisión del tribunal se autorizará en los casos previstos por la ley, con el fin de proteger la seguridad nacional, el orden público, la protección de la salud y la moral de la población, así como la protección de los derechos y libertades de otras personas. La legalidad de ese decomiso estará sujeta a revisión obligatoria ante los tribunales.

La enajenación de bienes para necesidades públicas definidas en la ley podrá efectuarse por decisión del tribunal, garantizando una indemnización previa y equitativa por el valor de esos bienes, así como por otras pérdidas sufridas como consecuencia de dicha enajenación.

3. La apropiación por el Estado de bienes pertenecientes a ciudadanos y personas jurídicas (nacionalización) se efectuará de conformidad con la ley con la indemnización del valor de dichos bienes, así como por otras pérdidas.

4. La República Kirguisa protegerá los bienes de sus ciudadanos y personas jurídicas, así como los bienes situados en el territorio de otros Estados.

5. La tierra, sus recursos, el espacio aéreo, las aguas, los bosques, la flora y la fauna, así como otros recursos naturales, serán propiedad exclusiva de la República Kirguisa; se utilizarán para preservar un sistema ambiental unificado como base de la vida y la actividad del pueblo de Kirguistán y gozan de una protección especial del Estado.

La tierra también puede ser de propiedad privada, municipal y de otra índole, excepto en los pastos que no pueden ser de propiedad privada.

6. Los límites y procedimientos para el ejercicio de los derechos por parte de los propietarios y la aplicación de las garantías de su protección serán determinados por la ley.

Artículo 13

1. El presupuesto estatal de la República Kirguisa consistirá en los presupuestos republicano y local e incluirá gastos e ingresos.

2. La ley determinará el procedimiento de formulación, adopción y ejecución de los presupuestos republicanos y locales, así como de la auditoría de su ejecución. El presupuesto republicano será aprobado por ley; los presupuestos locales se adoptan por decisión de los órganos de representación pertinentes.

3. En el territorio de la República Kirguisa estará vigente un régimen fiscal único. El derecho a establecer impuestos pertenecerá al Jogorku Kenesh. Las leyes que establezcan nuevos impuestos y afecten negativamente a la situación de los contribuyentes no tendrán efecto retroactivo.

Artículo 14

1. La República Kirguisa no tiene objetivos de expansión, agresión o reivindicaciones territoriales que se resuelvan por la fuerza militar. Rechaza la militarización de la vida del Estado y la subordinación del Estado y su actividad a los fines de librar una guerra. Las Fuerzas Armadas de Kirguistán se constituirán de conformidad con los principios de legítima defensa y suficiencia defensiva.

2. El derecho a librar la guerra sólo se reconocerá en los casos de agresión contra Kirguistán y otros Estados vinculados por obligaciones de defensa colectiva. La autorización en cada caso de desplazamiento de las unidades de las Fuerzas Armadas de la República Kirguisa fuera del territorio de Kirguistán se concederá por decisión del Jogorku Kenesh adoptada por mayoría no inferior a las dos terceras partes del número total de diputados.

3. Queda prohibida la utilización de las Fuerzas Armadas de la República Kirguisa para alcanzar objetivos políticos internos.

4. La República Kirguisa se esforzará por lograr una paz universal y justa, una cooperación mutuamente beneficiosa y la solución de los problemas mundiales y regionales por medios pacíficos.

Artículo 15

El estado de excepción o la ley marcial en la República Kirguisa sólo puede imponerse en los casos y siguiendo los procedimientos establecidos en la Constitución actual y las leyes constitucionales.

SECCIÓN II. DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES

Capítulo I. Disposiciones generales

Artículo 16

1. Los derechos humanos y libertades fundamentales son inalienables y pertenecen a cada persona desde su nacimiento.

Los derechos humanos y las libertades pertenecen a los valores superiores de la República Kirguisa. Actúan directamente; definen la esencia y el contenido de la actividad de todos los organismos estatales, los órganos de autogobierno local y sus funcionarios.

2. La República Kirguisa respetará y garantizará los derechos humanos y las libertades de todas las personas que se encuentren en su territorio y bajo su jurisdicción.

Nadie puede ser objeto de discriminación por motivos de sexo, raza, idioma, discapacidad, origen étnico, creencias, edad, convicciones políticas o de otra índole, educación, antecedentes, derechos de propiedad o de otra índole, así como otras circunstancias.

Las medidas especiales definidas por la ley y destinadas a garantizar la igualdad de oportunidades para los diversos grupos sociales de conformidad con los compromisos internacionales no se considerarán discriminatorias.

3. En la República Kirguisa todos son iguales ante la ley y los tribunales.

4. En la República Kirguisa, los hombres y las mujeres gozarán de los mismos derechos y libertades y oportunidades iguales para su realización.

5. El principio de garantizar el interés superior del niño será efectivo en la República Kirguisa.

Artículo 17

Los derechos y libertades establecidos en la presente Constitución no serán exhaustivos ni se interpretarán como denegación o suspensión de otros derechos y libertades humanos y civiles universalmente reconocidos.

Artículo 18

Toda persona tendrá derecho a realizar cualquier acción y actividad, salvo las prohibidas por la presente Constitución y las leyes.

Artículo 19

1. Los extranjeros y los apátridas en la República Kirguisa gozarán de derechos y obligaciones en pie de igualdad con los ciudadanos de la República Kirguisa, salvo en los casos definidos por la ley o los tratados internacionales en los que la República Kirguisa sea parte.

2. De conformidad con los compromisos internacionales, la República Kirguisa concederá asilo a los extranjeros y apátridas perseguidos por motivos políticos, así como por violación de los derechos humanos y las libertades humanos.

Artículo 20

1. Las leyes que niegan o derogan los derechos y libertades humanos y civiles no se aprobarán en la República Kirguisa.

2. Los derechos y libertades humanos y civiles pueden estar limitados por la Constitución y las leyes a los efectos de proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud y la moral de la población, así como los derechos y libertades de otras personas. Esas limitaciones también pueden introducirse en vista de las modalidades específicas de la administración militar u otra administración pública. Las limitaciones introducidas deben ser proporcionales a los objetivos declarados.

Queda prohibida la adopción de normas reglamentarias que limiten los derechos y libertades humanos y civiles.

3. Una ley no puede imponer la limitación de los derechos y libertades con otro objetivo y en mayor medida de lo previsto en la Constitución.

4. Las siguientes garantías de prohibición establecidas por la presente Constitución no estarán sujetas a limitaciones:

  1. 1. Sobre la aplicación de la pena de muerte, la tortura y otros tratos o penas inhumanos, crueles y degradantes;
  2. 2. - La realización de experimentos médicos, biológicos o psicológicos con personas sin su consentimiento voluntario debidamente expresado y verificado;
  3. 3. Sobre la esclavitud y la trata de personas;
  4. 4. Sobre la explotación del trabajo infantil;
  5. 5. - La privación de libertad únicamente por la incapacidad de una persona para cumplir la obligación contractual;
  6. 6. - El enjuiciamiento penal por la difusión de información que atenta contra el honor y la dignidad de una persona;
  7. 7. Sobre la coacción para expresar opiniones, creencias religiosas o de otra índole o su denegación;
  8. 8. Sobre la coacción para participar en una reunión pacífica;
  9. 9. Sobre la coerción para determinar y declarar su origen étnico;
  10. 10. Sobre la privación arbitraria de vivienda.

5. Los siguientes derechos consagrados en la presente Constitución no estarán sujetos a limitación alguna:

  1. 1. El de cada persona detenida al trato humano y al respeto de la dignidad humana;
  2. 2. El de recurrir al indulto o la mitigación de la pena;
  3. 3. El examen repetido del caso por un tribunal superior;
  4. 4. La libertad de pensamiento y de opinión;
  5. 5. La libertad de elección y la posesión de creencias religiosas o de otra índole;
  6. 6. La libertad de determinar y declarar su origen étnico;
  7. 7. La indemnización por su estado de daño causado por actos ilegales de las autoridades estatales, los órganos locales de autogobierno y sus funcionarios en su calidad oficial;
  8. 8. El de la protección judicial;
  9. 9. La enseñanza general básica y secundaria gratuita en los establecimientos de enseñanza estatal;
  10. 10. El de un ciudadano a regresar sin trabas a la República Kirguisa.

Capítulo II. Derechos humanos y libertades

Artículo 21

Toda persona tendrá un derecho inalienable a la vida. Nadie puede ser privado arbitrariamente de la vida. La pena de muerte está prohibida.

Artículo 22

1. Nadie puede ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas inhumanos, crueles y degradantes.

2. Toda persona privada de libertad tendrá derecho al trato humano y al respeto de la dignidad humana.

3. Está prohibida la realización de experimentos médicos, biológicos o psicológicos con personas sin su consentimiento voluntario debidamente expresado y verificado.

Artículo 23

1. La esclavitud y la trata de personas están prohibidas en la República Kirguisa.

2. Está prohibida la explotación del trabajo infantil.

3. El trabajo forzoso está prohibido excepto en casos de guerra, liquidación de secuelas de desastres naturales y otras emergencias, así como en la ejecución del veredicto judicial.

El alistamiento para el servicio militar o alternativo (civil) no se considerará trabajo forzoso.

Artículo 24

1. Toda persona tiene derecho a la libertad ya la inmunidad personal.

2. Nadie puede ser privado de libertad únicamente por su incapacidad para cumplir una obligación contractual.

3. Nadie puede ser detenido, detenido o privado de libertad salvo por decisión judicial y únicamente sobre la base y de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley.

4. Nadie puede permanecer detenido durante más de 48 horas sin decisión judicial.

Toda persona detenida debe ser pronta o, en cualquier caso, hasta que expire el plazo de 48 horas desde el momento de la detención debe ser entregada ante el tribunal para que decida sobre la cuestión de la legalidad de su detención.

En algunos casos, el lego puede prever períodos de detención más cortos.

Toda persona detenida tiene derecho a revisar la legalidad de la detención de conformidad con las normas y periodicidad establecidas por la ley. En caso de que los motivos de detención dejen de ser válidos, esa persona debe ser puesta en libertad inmediatamente.

5. Se informará urgentemente a toda persona detenida de los motivos de su detención, se explicarán y garantizarán sus derechos, incluido el derecho a la inspección médica y la asistencia del médico.

6. Dado que en el momento de la detención real una persona debe estar segura, se le dará la oportunidad de protegerse personalmente, disfrutar de asistencia letrada calificada de un abogado, así como de contar con un abogado.

7. El derecho a la exención de responsabilidad penal por delitos cometidos para los que haya expirado la prescripción puede ser determinado por la ley.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente, a elegir libremente su destino y residencia en la República Kirguisa.

2. Toda persona tiene derecho a salir libremente de la República Kirguisa.

Artículo 26

1. Se presumirá que toda persona es inocente de cometer un delito hasta que se declare culpable de conformidad con la ley y su culpabilidad haya sido comprobada mediante sentencia judicial que haya entrado en vigor. La violación de este principio servirá de base para la indemnización por daños materiales y morales a través de un tribunal.

2. Nadie debe demostrar su inocencia. Toda duda respecto de la culpabilidad se interpretará en beneficio del acusado.

3. Nadie podrá ser condenado por un delito únicamente sobre la base de su propia confesión de haber cometido un delito.

4. La carga de la prueba de culpabilidad en la causa penal recaerá sobre el acusador. Las pruebas obtenidas en violación de la ley no se utilizarán para justificar la acusación y dictar sentencia judicial.

5. Nadie estará obligado a declarar contra sí mismo, contra su cónyuge o parientes cercanos según lo determine la ley. La ley puede prever otros casos en que se les exime de la obligación de testificar.

6. Toda persona tendrá derecho a que su caso sea examinado por un tribunal con la participación de jurados en los casos previstos por la ley.

Artículo 27

1. Todo condenado tendrá derecho a que un tribunal superior vuelva a examinar su caso de conformidad con las disposiciones de la ley.

2. Toda persona condenada tendrá derecho a solicitar el indulto o el alivio de la pena.

3. Nadie asumirá responsabilidad legal reiterada por un mismo delito.

Artículo 28

1. Las leyes que establezcan o agraven la responsabilidad de una persona no tendrán efecto retroactivo. Nadie puede ser considerado culpable de ningún acto que no constituyera delito en el momento en que se cometió. En caso de que después de cometer un delito se disponga la supresión de la responsabilidad o la imposición de una pena más leve, se aplicará la nueva ley.

2. No se permitirá la aplicación del derecho penal por analogía.

Artículo 29

1. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de su vida privada ya la protección del honor y la dignidad.

2. Toda persona tendrá derecho al secreto de la correspondencia, las conversaciones telefónicas y de otra índole, las comunicaciones postales, telegráficas, electrónicas y de otra índole. La limitación de estos derechos sólo está permitida de conformidad con la ley y únicamente sobre la base de una orden judicial.

3. No se permitirá la recopilación, el almacenamiento, el uso y la difusión de información confidencial, así como información sobre la vida privada de una persona sin su consentimiento, salvo en los casos previstos en la ley.

4. Se garantizará a toda persona protección, incluida la defensa judicial, contra la recopilación, el almacenamiento y la difusión ilícitos de información confidencial e información sobre la vida privada de una persona; se garantizará el derecho a la indemnización por los daños materiales y morales causados por actos ilícitos.

Artículo 30

1. Toda persona tendrá derecho a la inviolabilidad de la vivienda, así como de otros objetos a los que tenga derecho de propiedad u otro derecho. Nadie puede penetrar viviendas u otros objetos contra la voluntad de una persona que los utiliza.

2. Los registros, las incautaciones, las inspecciones y la realización de otras acciones, así como la penetración de agentes públicos en viviendas u otros objetos de propiedad o poseídos de otro modo, sólo se permitirán sobre la base de una orden judicial.

3. En los casos previstos por la ley, se autorizará sin orden judicial el registro, la incautación, la inspección y otras acciones, así como la penetración de agentes públicos en viviendas y otros objetos de propiedad o de otra índole que posean de otro modo. La legalidad y pertinencia de tales acciones estarán sujetas a escrutinio judicial.

4. Las garantías y limitaciones previstas en el presente artículo serán también aplicables a las personas jurídicas.

Artículo 31

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de opinión.

2. Toda persona tiene derecho a la libre expresión de opinión, a la libertad de expresión y de prensa.

3. Nadie puede ser obligado a expresar su opinión o negarla.

4. Queda prohibida la propagación del odio nacional, étnico, racial y religioso, el género y otras supremacías sociales que inciten a la discriminación, la hostilidad y la violencia.

Artículo 32

1. Se garantizará a toda persona la libertad de conciencia y de creencias.

2. Toda persona tiene derecho a confesar, individual o conjuntamente con otras personas, cualquier religión o a no confesar religión.

3. Toda persona tiene derecho a elegir libremente religiones y otras convicciones y a tener libremente.

4. Nadie puede ser obligado a expresar sus convicciones religiosas o de otra índole ni a negarlas.

Artículo 33

1. Toda persona tendrá derecho a buscar, recibir, conservar y utilizar libremente información y difundirla oralmente, por escrito o de otra manera.

2. Toda persona tendrá derecho a conocer la información sobre sí misma en las autoridades estatales, los órganos autónomos locales, las instituciones y las organizaciones.

3. Toda persona tendrá derecho a obtener información sobre la actividad de las autoridades estatales, los órganos locales autónomos, así como sus funcionarios, las personas jurídicas con la participación de las autoridades estatales y los órganos locales de autogobierno, así como de organizaciones financiadas con cargo a los presupuestos republicano y local.

4. Se garantizará a todas las personas el acceso a la información que posean las autoridades estatales, los órganos locales de gobierno autónomo y sus funcionarios. Las normas relativas a la información se contemplarán en la ley.

5. Nadie puede ser objeto de enjuiciamiento penal por la difusión de información que menoscabe o humille el honor y la dignidad de una persona.

Artículo 34

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión pacífica. Nadie puede ser obligado a participar en la asamblea.

2. A fin de garantizar la celebración de una reunión pacífica, toda persona tendrá derecho a notificar a las autoridades estatales.

No se permitirá la prohibición y limitación de la celebración de una reunión pacífica; lo mismo se aplica a la negativa a garantizar debidamente que no presente una notificación sobre la celebración de reuniones libres, el incumplimiento de la forma de notificación, su contenido y los plazos de presentación.

3. Los organizadores y participantes en reuniones pacíficas no serán responsables de la ausencia de notificación sobre la celebración de una reunión pacífica, el incumplimiento de la forma de notificación, su contenido y el plazo de presentación.

Artículo 35

Toda persona tiene derecho a la libertad de asociación.

Artículo 36

1. La familia será el fundamento de la sociedad. La familia, la paternidad, la maternidad y la infancia serán objeto de atención de toda la sociedad y protección preferencial por ley.

2. Todo niño tendrá derecho al nivel de vida necesario para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

3. La responsabilidad de garantizar las condiciones de vida necesarias para el desarrollo del niño correrá a cargo de cada uno de los padres u otras personas que crían a un hijo dentro de sus capacidades y posibilidades financieras.

4. El Estado garantizará la manutención, la crianza y la educación de los niños huérfanos y los niños privados del cuidado de sus padres.

5. La familia se crea a partir de la unión voluntaria de un hombre y una mujer que han alcanzado la edad de consentimiento y contraer matrimonio. No se podrá contraer matrimonio sin el consentimiento mutuo de las personas que deseen contraer matrimonio. El matrimonio será registrado por el Estado.

Los cónyuges tendrán los mismos derechos y obligaciones en el matrimonio y la familia.

Artículo 37

1. En la República Kirguisa, las costumbres y tradiciones populares que no atenten contra los derechos humanos y las libertades serán apoyadas por el Estado.

2. El respeto de las personas de edad y el cuidado de la familia y de los parientes cercanos son obligación de todos.

Artículo 38

Toda persona tiene derecho a determinar y declarar libremente su origen étnico. Nadie puede ser obligado a determinar y declarar su origen étnico.

Artículo 39

Toda persona tendrá derecho a indemnización por cualquier daño causado por actos ilícitos de las autoridades estatales, los órganos de gobierno autónomo local o sus funcionarios en su calidad oficial.

Artículo 40

1. Se garantizará a toda persona la protección judicial de sus derechos y libertades previstos en la presente Constitución, las leyes, los tratados internacionales en los que la República Kirguisa sea parte, así como los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional.

El Estado velará por el desarrollo de métodos, formas y medios extrajudiciales y previos al juicio para proteger los derechos y libertades humanos y civiles.

2. Toda persona tiene derecho a proteger sus derechos y libertades por cualquier medio que no esté prohibido por la ley.

3. Toda persona tendrá derecho a recibir asistencia letrada calificada. En los casos previstos en la ley, la asistencia letrada se presta a expensas del Estado.

Artículo 41

1. Toda persona tendrá derecho a apelar ante las autoridades estatales, los órganos locales de autogobierno y sus funcionarios; estos funcionarios deberán proporcionar una respuesta fundamentada dentro de los plazos previstos en la ley.

2. Toda persona tiene derecho a aplicar, de conformidad con los tratados internacionales, a los órganos internacionales de derechos humanos que soliciten la protección de los derechos y libertades violados.

Artículo 42

1. Toda persona tendrá derecho a poseer, utilizar y disponer de sus bienes y resultados de su actividad.

2. Toda persona tiene derecho a la libertad económica ya la libre utilización de sus aptitudes y bienes para cualquier actividad económica no prohibida por la ley.

3. Toda persona tiene derecho a la libertad de trabajo, al uso de sus aptitudes para el trabajo y a la elección de profesión y ocupación, a la protección laboral y a las disposiciones laborales que cumplan los requisitos de seguridad e higiene, así como derecho a una remuneración por el trabajo no inferior al nivel mínimo de subsistencia.

Artículo 43

Toda persona tiene derecho a la huelga.

Artículo 44

1. Toda persona tiene derecho al esparcimiento.

2. La ley prevé la duración máxima del tiempo de trabajo, el descanso semanal mínimo, las vacaciones anuales pagadas, así como otras modalidades básicas de aplicación del derecho al esparcimiento.

Artículo 45

1. Toda persona tiene derecho a la educación.

2. La enseñanza básica general será obligatoria.

Toda persona tiene derecho a recibir gratuitamente la enseñanza básica general y secundaria básica en los establecimientos de enseñanza estatal.

3. El Estado creará las condiciones para enseñar a todos en el estado, oficial y un idioma internacional, desde los establecimientos de enseñanza preescolar hasta la enseñanza básica general.

4. El Estado creará las condiciones necesarias para el desarrollo de los establecimientos educativos públicos, municipales y privados.

5. El Estado creará las condiciones necesarias para el desarrollo de la cultura física y el deporte.

Artículo 46

1. Toda persona tiene derecho a la vivienda.

2. Nadie puede ser privado arbitrariamente de vivienda.

3. Las autoridades estatales y los órganos locales de autogobierno promoverán la construcción y crearán las condiciones necesarias para la realización del derecho a la vivienda.

4. La vivienda a las personas de bajos ingresos, así como a otras personas necesitadas, se proporcionará gratuitamente o a un pago asequible del Estado, los fondos municipales y otros fondos de vivienda o en instituciones sociales, en las condiciones y de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley.

Artículo 47

1. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

2. El Estado creará las condiciones para la prestación de servicios médicos a todos y adoptará medidas para desarrollar los sectores público, municipal y privado de la salud.

3. El servicio médico gratuito y el servicio médico en condiciones preferenciales se garantizarán dentro del volumen de garantías estatales previstas en la ley.

4. La retención de hechos y circunstancias que pongan en peligro la vida y la salud de las personas por funcionarios estará sujeta a la responsabilidad establecida por la ley.

Artículo 48

1. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente favorable para la vida y la salud.

2. Toda persona tendrá derecho a una indemnización por los daños a la salud o a los bienes resultantes de acciones en el ámbito de la gestión de la naturaleza.

3. Todo el mundo debe cuidar el medio ambiente, la flora y la fauna.

Artículo 49

1. Se garantizará a todos la libertad de actividad en la literatura, el arte, la ciencia, la técnica y otras esferas, así como en la enseñanza.

2. Toda persona tiene derecho a participar en la vida cultural y a acceder a los valores culturales.

El Estado velará por la preservación de los monumentos históricos, así como de otros objetos del patrimonio cultural.

3. La propiedad intelectual estará protegida por la ley.

Capítulo III. Ciudadanía. Derechos y deberes de un ciudadano

Artículo 50

1. Los ciudadanos tendrán derechos y deberes derivados de su ciudadanía.

2. Nadie puede ser privado de su ciudadanía y negarse el derecho a cambiar de ciudadanía salvo en los casos y con arreglo a los procedimientos establecidos por la ley constitucional. Las personas que sean ciudadanos de la República Kirguisa gozarán del reconocimiento de su afiliación a la ciudadanía de otro Estado de conformidad con la ley y los tratados internacionales en que sea parte la República Kirguisa.

3. El pueblo kirguís que viva fuera de la República Kirguisa tendrá derecho, independientemente de su nacionalidad de otro Estado, a adquirir la ciudadanía de la República Kirguisa con arreglo a un procedimiento simplificado.

El procedimiento y las condiciones para la concesión de la ciudadanía de la República Kirguisa se definirán por ley.

4. Un ciudadano no puede ser expulsado fuera de las fronteras de la república ni extraditado a otro Estado.

5. La República Kirguisa garantizará a sus ciudadanos la defensa y protección fuera de sus fronteras.

Artículo 51

Los ciudadanos tendrán derecho a regresar sin trabas a la República Kirguisa.

Artículo 52

1. Los ciudadanos tendrán derecho a:

  1. 1. participar en el debate y la adopción de leyes y decisiones de importancia republicana y local;
  2. 2. elegir y ser elegidos para las autoridades estatales y los órganos de gobierno autónomo local de conformidad con los procedimientos establecidos por la presente Constitución y la ley;
  3. 3. a participar en referendos de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley constitucional.

2. Los ciudadanos tendrán derecho a celebrar kurultai [asambleas] populares sobre cuestiones de importancia estatal y pública.

La decisión del kurultai popular se entregará a los organismos respectivos como recomendaciones.

Las normas relativas a la conducción de los kurultai de las personas se definirán en la ley.

3. Los ciudadanos tendrán derecho a participar en la formulación de los presupuestos republicanos y locales, así como a obtener información sobre el gasto efectivo de los fondos presupuestarios.

4. Los ciudadanos tendrán iguales derechos e igualdad de oportunidades para ocupar cargos en la administración pública y municipal, así como para ascender de conformidad con las normas establecidas en la ley.

5. Los ciudadanos de la República Kirguisa que tengan otra nacionalidad no pueden asumir cargos políticos en el Estado ni en los cargos de jueces. Esta limitación también puede establecerse por ley para otros cargos públicos.

Artículo 53

1. La seguridad social en la vejez, en caso de enfermedad y en caso de discapacidad o pérdida del sostén de la familia se garantizará a los ciudadanos con arreglo a un procedimiento y en los casos establecidos por la ley.

2. Las pensiones y la asistencia social de conformidad con los recursos económicos del Estado garantizarán un nivel de vida no inferior al nivel mínimo de subsistencia establecido por la ley.

3. Se promoverá el seguro social voluntario y el establecimiento de formas adicionales de seguridad social y caridad.

4. La actividad social del Estado no dará lugar a que la tutela estatal limite la libertad económica y la actividad de un ciudadano ni las posibilidades de un ciudadano de alcanzar el bienestar económico para sí mismo y para su familia.

Artículo 54

El Estado promoverá el aumento de la cualificación profesional de los ciudadanos con arreglo a un procedimiento establecido por la ley.

Artículo 55

Los ciudadanos deben pagar impuestos y cuotas en los casos y con arreglo a los procedimientos previstos por la ley.

Artículo 56

1. La protección de la Patria es un deber sagrado y responsabilidad de los ciudadanos.

2. Las razones y procedimientos de exención de los ciudadanos del servicio militar o su sustitución por un servicio alternativo (civil) se definirán en la ley.

Artículo 57

La organización y las actividades del Colegio de Abogados como comunidad profesional autorregulada de abogados, así como los derechos, obligaciones y responsabilidades de los abogados se definirán en la ley.

Artículo 58

A los efectos de la resolución extrajudicial de controversias derivadas de relaciones de derecho civil, los ciudadanos de la República Kirguisa tendrán derecho a establecer tribunales de arbitraje. Las competencias, los procedimientos de establecimiento y la actividad de los tribunales de arbitraje estarán definidos por la ley.

Artículo 59

Los ciudadanos de la República Kirguisa tendrán derecho a establecer tribunales de aksakaly [ancianos]. Las competencias, los procedimientos de establecimiento y la actividad de los tribunales de aksakaly [ancianos] se definirán por la ley.

SECCIÓN III. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA KIRGUISA

Artículo 60

1. El Presidente será el Jefe de Estado.

2. El Presidente será el símbolo de la unidad del pueblo y del poder estatal.

Artículo 61

1. El Presidente será elegido por los ciudadanos de la República Kirguisa por un período de seis años.

2. Una y la misma persona no puede ser elegida Presidente dos veces.

Artículo 62

1. Podrá ser elegido Presidente todo ciudadano de la República Kirguisa, no menor de 35 años ni mayor de 70 años, que domina el idioma del Estado y haya residido en la República durante no menos de 15 años en total.

2. No habrá límite para el número de candidatos al cargo de Presidente. Una persona que haya reunido no menos de 30.000 firmas de votantes puede inscribirse como candidato presidencial.

El procedimiento para las elecciones presidenciales estará definido por la ley constitucional.

Artículo 63

1. Al entrar en el cargo, el Presidente prestará juramento al pueblo de Kirguistán.

2. Las atribuciones del Presidente cesarán en el momento en que asuma el cargo el Presidente recién elegido.

3. Durante el período en funciones, el Presidente suspenderá su pertenencia a los partidos políticos y pondrá fin a toda acción relacionada con la actividad de los partidos políticos.

Artículo 64

1. El Presidente:

  1. 1. convocará las elecciones al Jogorku Kenesh en los casos previstos en la presente Constitución; tomará la decisión de convocar elecciones anticipadas al Jogorku Kenesh en los casos y de conformidad con los procedimientos previstos en la presente Constitución;
  2. 2. convocará elecciones para los keneshes (parlamentos) locales, de conformidad con el procedimiento y, en los casos previstos en la ley, destituirá a los keneshes locales.

2. El Presidente:

1. firmará y promulgará leyes; devolverá las leyes con sus objeciones al Jogorku Kenesh;

2. tendrá derecho a convocar una sesión extraordinaria del Jogorku Kenesh y definir las cuestiones para su examen;

3. tendrá derecho a dirigirse a las sesiones del Jogorku Kenesh.

3. El Presidente:

  1. 1. a propuesta del Consejo sobre la selección de jueces, someterá a los Jogorku Kenesh candidatos para su elección como jueces del Tribunal Supremo y de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo;
  2. 2. someterá al Jogorku Kenesh los jueces que serán destituidos del Tribunal Supremo y de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo a propuesta de la comisión disciplinaria con el Consejo de Magistrados o el Consejo de Magistrados en los casos previstos en la presente Constitución y en el derecho;
  3. 3. nombrará jueces de los tribunales locales a propuesta del Consejo para la selección de los Jueces;
  4. 4. destituirá a los jueces de los tribunales locales a propuesta de la comisión disciplinaria con el Consejo de Jueces o el Consejo de Magistrados en los casos previstos en la presente Constitución y en la ley constitucional.

4. El Presidente:

  1. 1. nombrará con el consentimiento del Jogorku Kenesh al Fiscal General; en los casos previstos en la ley, destituirá al Fiscal General de su cargo con el consentimiento de no menos de la mitad del número total de adjuntos del Jogorku Kenesh o por iniciativa de un tercio del número total de los adjuntos del Jogorku Kenesh aprobados por los dos tercios de los adjuntos del Jogorku Kenesh; a propuesta del Fiscal General nombrarán y destituirán a los adjuntos del Fiscal General;
  2. 2. nombrará y destituirá a los miembros del Gobierno encargados de los organismos estatales que se ocupan de las cuestiones de defensa y seguridad nacional, así como a sus adjuntos.

5. El Presidente:

  1. 1. presentará al Jogorku Kenesh los candidatos a ser elegidos para el cargo de Presidente del Banco Nacional; a propuesta del Presidente del Banco Nacional nombrará vicepresidentes y miembros de la Junta del Banco Nacional; en los casos previstos en la ley, los destituirá de su cargo ;
  2. 2. designará al Jogorku Kenesh a los candidatos para formar un tercio de los miembros de la Comisión Central sobre elecciones y referendos para la elección y el despido;
  3. 3. designará al Jogorku Kenesh a los candidatos para formar un tercio de los miembros de la Cámara de Cuentas para su elección y destitución;
  4. 4. nombrará al Presidente de la Cámara de Cuentas entre los miembros de la Cámara de Cuentas elegidos por el Jogorku Kenesh y destituirá al Presidente en los casos previstos en la ley.

6. El Presidente:

  1. 1. representará a la República Kirguisa dentro y fuera del país;
  2. 2. celebrarán negociaciones y firmarán tratados internacionales previo consentimiento del Primer Ministro; tendrán derecho a asignar esas facultades al Primer Ministro, a los miembros del Gobierno ya otros funcionarios;
  3. 3. firmarán los instrumentos de ratificación y los instrumentos de adhesión;
  4. 4. nombrará, previo consentimiento del Primer Ministro, representantes diplomáticos de la República Kirguisa en Estados extranjeros y representantes permanentes en organizaciones internacionales y los recordará; aceptará las credenciales y cartas de revocación de los jefes de las misiones diplomáticas de Estados extranjeros.

7. El Presidente decidirá sobre las cuestiones relativas a la naturalización y la denuncia de la ciudadanía en la República Kirguisa

8. El Presidente será el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la República Kirguisa, definirá, nombrará y destituirá a los máximos comandantes de las Fuerzas Armadas de la República Kirguisa.

9. El Presidente:

  1. 1. presidirá el Consejo de Seguridad establecido de conformidad con la ley;
  2. 2. advertirá, por los motivos especificados por el derecho constitucional, de la posibilidad de introducir el estado de excepción y, en caso necesario, introducirá el estado de excepción en determinadas localidades sin declaración previa, notificando con prontitud al Jogorku Kenesh;
  3. 3. declarará la movilización general o parcial, anunciará el estado de guerra en caso de agresión a la República Kirguisa y someterá sin demora esta cuestión a la consideración del Jogorku Kenesh;
  4. 4. declarará la ley marcial en interés de la defensa del país y de la seguridad de sus ciudadanos y someterá sin demora esta cuestión a la consideración del Jogorku Kenesh.

10. El Presidente:

  1. 1. otorgará laudos estatales a la República Kirguisa;
  2. 2. otorgará títulos honorarios de la República Kirguisa;
  3. 3. otorgará los más altos rangos militares, rangos diplomáticos y otros títulos especiales;
  4. 4. concederá indultos;
  5. 5. definirá la estructura de su aparato, aprobará su reglamento y nombrará su jefe.

11. El Presidente ejercerá las demás atribuciones previstas en la presente Constitución.

Artículo 65

El Presidente ejercerá sus atribuciones mediante la emisión de decretos y órdenes que serán obligatorios para su aplicación en todo el territorio de la República Kirguisa.

Artículo 66

1. Las atribuciones del Presidente podrán rescindirse pronto como resultado de su dimisión sobre la base de su propia solicitud, tras su destitución, de conformidad con el procedimiento previsto en la presente Constitución o en caso de que no pueda ejercer sus facultades como consecuencia de una enfermedad o muerte.

2. En caso de que el Presidente no pueda desempeñar sus funciones como consecuencia de una enfermedad, el Jogorku Kenesh adoptará una decisión sobre el despido anticipado del Presidente de su cargo sobre la base de la conclusión de una comisión médica estatal creada por ella, con un voto no inferior a las dos terceras partes del número total de diputados de la Jogorku Kenesh.

Artículo 67

1. El Presidente puede incurrir en responsabilidad penal después de haber sido destituido.

2. El Presidente sólo puede ser destituido de su cargo sobre la base de una acusación presentada por el Jogorku Kenesh en relación con él por haber cometido un delito, confirmado por la conclusión de la Fiscalía General de que las acciones del Presidente tenían características de delito.

3. La decisión del Jogorku Kenesh de presentar una acusación contra el Presidente por su destitución debe tomarse por la mayoría del número total de diputados del Jogorku Kenesh por iniciativa de no menos de un tercio del número total de diputados, y estará respaldada por la conclusión de un comisión especial formada por el Jogorku Kenesh.

4. La decisión del Jogorku Kenesh sobre la destitución del Presidente se adoptará por mayoría de no menos de dos tercios de los votos del número total de diputados del Jogorku Kenesh a más tardar en los tres meses siguientes a la presentación de la acusación contra el Presidente. En caso de que el Jogorku Kenesh no tome una decisión dentro de este plazo, el cargo se considerará rechazado.

Artículo 68

1. En caso de terminación anticipada de sus atribuciones por el Presidente por los motivos previstos en la presente Constitución, sus atribuciones serán ejercidas por el Toraga [Presidente] del Jogorku Kenesh hasta que sea elegido nuevo Presidente. En caso de que el Toraga no pueda ejercer los poderes del Presidente, esos poderes serán ejercidos por el Primer Ministro o una persona que actúe como Primer Ministro.

Las elecciones presidenciales anticipadas se celebran en un plazo de tres meses a partir de la terminación de los poderes del Presidente.

2. Los funcionarios que ejerzan las atribuciones del Presidente no tendrán derecho a convocar elecciones anticipadas del Jogorku Kenesh, destituir al Gobierno ni ser candidato al cargo de Presidente en elecciones presidenciales anticipadas

Artículo 69

1. Todos los ex presidentes, salvo los imputados de conformidad con las disposiciones del artículo 67 de la presente Constitución, tendrán el título de ex Presidente de la República Kirguisa.

2. El estatuto del ex Presidente se definirá en la ley.

SECCIÓN IV. PODER LEGISLATIVO DE LA REPÚBLICA KIRGUISA

Capítulo I. El Jogorku Kenesh

Artículo 70

1. El Jogorku Kenesh, el Parlamento de la República Kirguisa, será el máximo órgano representativo que ejerza funciones legislativas y de supervisión dentro de los límites de su competencia.

2. El Jogorku Kenesh estará compuesto por 120 diputados elegidos por un período de cinco años sobre la base de la representación proporcional.

Como resultado de las elecciones, un partido político no puede recibir más de 65 mandatos de diputados en el Parlamento.

Todo ciudadano de la República Kirguisa que haya cumplido 21 años de edad en el día de las elecciones y que posea el derecho electoral puede ser elegido diputado del Jogorku Kenesh.

El procedimiento de elección de los diputados al Jogorku Kenesh, incluido el establecimiento de un umbral electoral para pasar al Parlamento, se definirá en la ley constitucional.

3. Los diputados del Jogorku Kenesh formarán facciones.

La facción o coalición de facciones, que ha anunciado oficialmente la creación de una coalición de facciones en el Jogorku Kenesh y que tiene más de la mitad de los mandatos de diputados, será considerada como mayoría parlamentaria.

La facción o facciones que no formen parte de la mayoría parlamentaria y que hayan anunciado su oposición a esta última serán consideradas como oposición parlamentaria.

La decisión de retirarse de la coalición de facciones de la mayoría parlamentaria será tomada por una facción por lo menos dos tercios de los votos del número total de miembros de las facciones. La decisión de la facción adoptará la forma de una resolución de la facción y será firmada por cada miembro de la facción que haya votado a favor del retiro.

Artículo 71

1. El Jogorku Kenesh se reunirá para su primera sesión a más tardar 15 días después de que se hayan definido los resultados de las elecciones.

2. El miembro más antiguo del Jogorku Kenesh abrirá la primera sesión del Jogorku Kenesh.

3. Los poderes del anterior Jogorku Kenesh cesarán desde el día de la primera sesión del recién convocado Jogorku Kenesh.

4. Los poderes de los diputados del Jogorku Kenesh comenzarán a partir del día en que ellos presten juramento.

Artículo 72

1. Un diputado del Jogorku Kenesh no puede ser procesado por las opiniones expresadas en el curso de sus actividades como diputado o por el resultado de la votación en el Jogorku Kenesh. La incoación de un proceso penal contra un diputado se permitirá con el consentimiento de la mayoría del número total de diputados del Jogorku Kenesh, salvo cuando se hayan cometido delitos graves.

2. Salvo en los casos previstos en la parte 3 del presente artículo, un diputado del Jogorku Kenesh no podrá combinar la actividad del diputado con otro puesto en la administración pública y municipal, no podrá participar en actividades empresariales ni ser miembro del órgano rector o del consejo de supervisión de un organización comercial.

El diputado del Jogorku Kenesh tendrá derecho a participar en actividades científicas, docentes u otras actividades creativas.

3. Un diputado del Jogorku Kenesh puede ser nombrado para el cargo de primer ministro o primer viceprimer ministro conservando el mandato y el derecho de voto en las sesiones plenarias del Jogorku Kenesh. El procedimiento de aplicación y limitación de otras facultades de un diputado nombrado para ocupar el cargo de Primer Ministro o Primer Viceprimer Ministro se definirá por leyes.

La renuncia, la exención de sus funciones o la terminación del desempeño de las funciones del Primer Ministro o del Primer Viceprimer Ministro dará lugar a la plena restitución de las atribuciones de un diputado.

Artículo 73

1. Un diputado del Jogorku Kenesh no estará obligado por el mandato imperativo. El diputado no puede ser llamado.

2. Los poderes de un diputado del Jogorku Kenesh cesarán simultáneamente con la terminación de la actividad de la convocatoria pertinente de Jogorku Kenesh.

3. Además de los motivos previstos en el párrafo 2 del presente artículo, las facultades del diputado del Jogorku Kenesh estarán sujetas a rescisión anticipada en los siguientes casos:

  1. 1. Presentación de una solicitud por escrito sobre la renuncia de los poderes como diputado o su desafiliación con la facción;
  2. 2. La retirada de la ciudadanía o la adquisición de otra ciudadanía;
  3. 3. La aceptación de un puesto de trabajo o la falta de abandono de un trabajo incompatible con el ejercicio de sus atribuciones como diputado;
  4. 4. Declarar inválidas las elecciones;
  5. 5. La salida a un lugar de residencia permanente fuera de las fronteras de la República Kirguisa, una decisión judicial por la que se declaraba incapaz legalmente al diputado;
  6. 6. La entrada en vigor de una condena judicial respecto de un diputado;
  7. 7. Ausencia de las sesiones del Jogorku Kenesh sin razón alguna durante 30 días laborables o más durante un período de sesiones;
  8. 8. Entrada en vigor de una decisión judicial por la que se declara al diputado desaparecido o fallecido;
  9. 9. Muerte de un diputado.

La terminación anticipada de los poderes de un diputado del Jogorku Kenesh por los motivos mencionados se ejecutará mediante una resolución de la Comisión Central de Elecciones y Referendos, que se aprobará a más tardar 30 días naturales desde la fecha de acumulación de causa.

4. El procedimiento para sustituir un mandato que quede vacante como resultado de la terminación anticipada de las atribuciones de un diputado se definirá en la ley constitucional.

Capítulo II. Poderes del Jogorku Kenesh

Artículo 74

1. El Jogorku Kenesh:

  1. 1. aprobará la ley sobre la designación de un referéndum;
  2. 2. exigir electrones presidenciales.

2. El Jogorku Kenesh:

  1. 1. introducirá cambios en la presente Constitución;
  2. 2. adoptarán leyes;
  3. 3. ratificará y denunciará los tratados internacionales de conformidad con los procedimientos previstos por la ley;
  4. 4. resolverá las cuestiones relativas a la alteración de las fronteras estatales de la República Kirguisa;
  5. 5. aprobará el presupuesto republicano y el informe sobre su ejecución;
  6. 6. decidirá sobre las cuestiones relativas a la estructura administrativa y territorial de la República Kirguisa;
  7. 7. emitirá leyes de amnistía.

3. El Jogorku Kenesh:

  1. 1. aprobará el programa de actividades del Gobierno, definirá la estructura y composición del Gobierno, salvo los miembros que encabezan los organismos estatales encargados de las cuestiones de defensa y seguridad nacional;
  2. 2. aprobará los programas nacionales de desarrollo presentados por el Gobierno;
  3. 3. tomará una decisión sobre la confianza en el Gobierno;
  4. 4. tomará la decisión de no expresar confianza en el Gobierno.

4. El Jogorku Kenesh:

  1. 1. previa presentación del Presidente, elegirá a los jueces de la Corte Suprema y la Sala Constitucional de la Corte Suprema; en los casos previstos por la presente Constitución y la ley constitucional, los destituirán a petición del Presidente;
  2. 2. aprobará la composición del Consejo para la selección de los jueces de conformidad con el procedimiento previsto en la ley;
  3. 3. previa presentación del Presidente, elegirá al Presidente del Banco Nacional y lo destituirá en los casos previstos en la ley;
  4. 4. elegirá a los miembros de la Comisión Central para las elecciones y los referendos; un tercio de sus miembros serán designados por el Presidente, un tercio por la mayoría parlamentaria y un tercio por la oposición parlamentaria; los destituirá en los casos previstos por la ley;
  5. 5. elegirá a los miembros de la Cámara de Cuentas; un tercio de sus miembros designados por el Presidente; un tercio por mayoría parlamentaria y un tercio por la oposición parlamentaria; los desestimará en los casos previstos por la ley;
  6. 6. elegirá y, en los casos previstos en la ley, destituirá al Defensor del Pueblo (Akiykatchy); dará su consentimiento para que se inicie un proceso penal contra él;
  7. 7. elegirá y, en los casos previstos en la ley, destituirá a los adjuntos del Defensor del Pueblo (Akiykatchy) a petición del Defensor del Pueblo (Akiykatchy); dará su consentimiento para que se inicien actuaciones penales contra ellos;
  8. 8. a propuesta del Presidente, aprobará el nombramiento del Fiscal General; aprobará las actuaciones penales contra el Fiscal General; dará su consentimiento para destituir al Fiscal General de su cargo por la mayoría de al menos la mitad del número total de adjuntos del Jogorku Kenesh ;
  9. 9. aprobará por mayoría de no menos de dos tercios de los votos del número total de diputados del Jogorku Kenesh la iniciativa de un tercio del número total de diputados del Jogorku Kenesh por destitución del Fiscal General en los casos previstos en la ley.

5. El Jogorku Kenesh:

  1. 1. establecerá el estado de excepción en los casos y de conformidad con el procedimiento previsto en la ley constitucional, aprobará o derogará los decretos presidenciales sobre esta materia;
  2. 2. decidirá sobre cuestiones relativas a la guerra y la paz, la imposición de la ley marcial, la declaración del estado de guerra y la aprobación de la derogación de los decretos presidenciales sobre esta materia;
  3. 3. decidirá sobre las cuestiones relativas a la posibilidad de utilizar las Fuerzas Armadas de la República Kirguisa fuera de sus fronteras en caso necesario para cumplir las obligaciones contraídas en virtud de tratados internacionales en apoyo de la paz y la seguridad;
  4. 4. establecerá filas militares, filas diplomáticas y otros títulos especiales de la República Kirguisa;
  5. 5. establecerá premios estatales y títulos honorarios de la República Kirguisa.

6. El Jogorku Kenesh:

  1. 1. escuchará los discursos del Presidente, de los representantes de Estados extranjeros y de organizaciones internacionales;
  2. 2. escuchará la declaración anual del Defensor del Pueblo (Akiykatchy);
  3. 3. escuchará los informes anuales del Primer Ministro, el Fiscal General, el Presidente del Banco Nacional y el Presidente de la Cámara de Cuentas.

7. El Jogorku Kenesh presentará cargos contra el Presidente y adoptará la decisión sobre su destitución de conformidad con los procedimientos previstos en la presente Constitución.

8. La audiencia de los informes anuales y declaraciones de los funcionarios especificados en el presente artículo se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones de la presente Constitución y las leyes relativas a la autonomía e independencia de las autoridades estatales y sus funcionarios.

9. El Jogorku Kenesh ejercerá otras facultades previstas en la presente Constitución.

Artículo 75

1. El Jogorku Kenesh elegirá de entre sus miembros al Toraga [Presidente] del Jogorku Kenesh y sus adjuntos.

Los diputados de la Toraga del Jogorku Kenesh serán elegidos en número y de conformidad con los procedimientos para asegurar que sean elegidos entre los diputados del Jogorku Kenesh que forman parte de la oposición parlamentaria.

2. La Toraga del Jogorku Kenesh:

  1. 1. llevará a cabo las sesiones del Jogorku Kenesh;
  2. 2. llevará a cabo la orientación general en la preparación de las cuestiones que se examinarán en las sesiones del Jogorku Kenesh;
  3. 3. firmarán los actos adoptados por el Jogorku Kenesh;
  4. 4. representará al Jogorku Kenesh en la República Kirguisa y fuera de sus fronteras, garantizará la interacción del Jogorku Kenesh con el Presidente, el Gobierno, el poder judicial y los órganos de gobierno autónomo local;
  5. 5. ejercerá la gestión y supervisión generales de la actividad de la Administración del Jogorku Kenesh;
  6. 6. ejercerá otras facultades relacionadas con la organización de las actividades del Jogorku Kenesh que se le hayan encomendado en virtud del Reglamento del Jogorku Kenesh.

3. La Toraga del Jogorku Kenesh será elegido por votación secreta por mayoría del número total de diputados del Jogorku Kenesh.

La Toraga del Jogorku Kenesh será responsable ante el Jogorku Kenesh y podrá ser destituida por decisión adoptada por una mayoría de no menos de dos tercios del número total de diputados del Jogorku Kenesh.

La pérdida del estatus de mayoría parlamentaria por la coalición de facciones requerirá la confirmación de los poderes del Presidente por la mayoría de votos del número total de diputados del Jogorku Kenesh.

Artículo 76

1. El Jogorku Kenesh formará comités entre sus adjuntos y también comisiones temporales y determinará su composición. Los presidentes de la Comisión Presupuestaria y de la Comisión de Orden público estarán entre los representantes de la oposición parlamentaria.

2. Los comités del Jogorku Kenesh prepararán y llevarán a cabo un examen preliminar de las cuestiones que sean de competencia del Jogorku Kenesh y supervisarán la aplicación de las leyes y resoluciones aprobadas por el Jogorku Kenesh.

3. Las leyes y los actos jurídicos reglamentarios del Jogorku Kenesh se aprobarán después de la revisión preliminar de sus proyectos por los comités pertinentes del Jogorku Kenesh.

4. La elección y aprobación por el Jogorku Kenesh para nombramientos y destituciones de cargos públicos se realizarán siempre que haya opiniones de los comités pertinentes del Jogorku Kenesh.

Artículo 77

1. Las sesiones del Jogorku Kenesh se celebrarán en forma de sesiones y se celebrarán desde el primer día hábil de septiembre hasta el último día hábil de junio del año siguiente.

2. Las sesiones del Jogorku Kenesh serán públicas a menos que la naturaleza de las cuestiones en examen requiera sesiones cerradas.

3. La Toraga del Jogorku Kenesh convocará sesiones extraordinarias del Jogorku Kenesh a propuesta del Presidente, el Gobierno o no menos de un tercio de los diputados del Jogorku Kenesh.

4. Una sesión del Jogorku Kenesh tendrá quórum en caso de que la mayoría del número total de diputados del Jogorku Kenesh estén presentes.

5. Las decisiones del Jogorku Kenesh se tomarán por votación durante las sesiones y se formalizarán mediante resoluciones.

Artículo 78

1. El Jogorku Kenesh puede decidir sobre su autodisolución.

2. Una decisión sobre la autodisolución puede ser adoptada por la mayoría de no menos de dos tercios del número total de diputados del Jogorku Kenesh.

3. Dentro de los cinco días siguientes a la autodisolución del Jogorku Kenesh, el Presidente convocará elecciones anticipadas para que las elecciones anticipadas se celebren a más tardar 45 días desde la fecha de su anuncio.

Capítulo III. Actividad legislativa

Artículo 79

El derecho de iniciativa legislativa recaerá en:

  1. 1. 10.000 votantes (iniciativa popular);
  2. 2. Un diputado del Jogorku Kenesh;
  3. 3. El Gobierno.

Artículo 80

1. Los proyectos de ley serán presentados al Jogorku Kenesh.

2. Los proyectos de ley que el Gobierno definió como urgentes serán examinados por el Jogorku Kenesh con carácter prioritario.

3. El Jogorku Kenesh podrá aprobar proyectos de ley que prevén un aumento de los gastos con cargo al presupuesto del Estado una vez que el Gobierno haya determinado la fuente de financiación.

4. Las leyes son aprobadas por el Jogorku Kenesh en tres lecturas.

Las leyes y decisiones serán aprobadas por el Jogorku Kenesh por la mayoría de los diputados que asistan, pero no menos de 50 votos de los diputados del Jogorku Kenesh, a menos que la presente Constitución disponga otra cosa.

5. El Jogorku Kenesh adoptará leyes constitucionales y leyes que alteren las fronteras estatales después de no menos de tres lecturas por no menos de dos tercios del número total de diputados del Jogorku Kenesh.

6. Queda prohibida la aprobación de leyes constitucionales y leyes que modifiquen las fronteras estatales durante el estado de excepción y la ley marcial.

Artículo 81

1. Una ley aprobada por el Jogorku Kenesh se enviará al Presidente para su firma en un plazo de 14 días.

2. El Presidente, a más tardar un mes después de la recepción de la ley, la firmará o la devolverá con sus objeciones al Jogorku Kenesh para que vuelva a examinarla. Las leyes sobre el presupuesto y los impuestos republicanos estarán sujetas a la firma obligatoria, excepto en el caso de las solicitudes del Primer Ministro de devolver dichas leyes sin firmarlas.

3. En caso de que una ley constitucional o una ley sea aprobada en su versión anterior por no menos de dos tercios del número total de diputados del Jogorku Kenesh, dicha ley será firmada por el Presidente en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. En caso de no firmar una ley constitucional o una ley aprobada en su versión anterior dentro del plazo estipulado, dicha ley será firmada por la Toraga del Jogorku Kenesh a más tardar 10 días y estará sujeta a publicación.

Artículo 82

Una ley entrará en vigor transcurridos diez días desde su publicación oficial en los medios de comunicación oficiales, a menos que exista una disposición contraria en la propia ley o en la ley sobre el procedimiento para su entrada en vigor.

SECCIÓN V. EL PODER EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA KIRGUISA

Artículo 83

1. El poder ejecutivo en la República Kirguisa será ejercido por el Gobierno, los ministerios que dependen de ella, los comités estatales, los departamentos administrativos y las administraciones estatales locales.

2. El Gobierno será el órgano supremo del poder ejecutivo de la República Kirguisa.

3. El Gobierno estará encabezado por el Primer Ministro. El Gobierno estará integrado por el Primer Ministro, los viceprimeros ministros, los ministros y los presidentes de los comités estatales.

La estructura del Gobierno incluirá ministerios y comités estatales.

Artículo 84

1. La facción que tenga más de la mitad de los mandatos de diputados, o una coalición de facciones con su participación dentro de los 25 días siguientes a la fecha de la primera sesión del Jogorku Kenesh de la nueva convocatoria, designará a un candidato para el cargo de Primer Ministro.

El candidato al cargo de Primer Ministro presentará al Jogorku Kenesh el programa, la estructura y la composición del Gobierno.

2. En el caso de que antes de la expiración del período de tiempo mencionado el Jogorku Kenesh no apruebe el programa, defina la estructura y composición del Gobierno o, en caso de acuerdo con los resultados de las elecciones, ninguno de los partidos obtendrá más de la mitad de los mandatos de los diputados, entonces el Presidente propondrá a una de las facciones para crear la mayoría parlamentaria en un plazo de 25 días laborables y nombrar al candidato para el cargo de Primer Ministro.

El candidato al cargo de Primer Ministro presentará al Jogorku Kenesh el programa, la estructura y la composición del Gobierno antes de que expire el período de tiempo mencionado.

3. En el caso de que antes de la expiración del período de tiempo mencionado el Jogorku Kenesh no apruebe el programa, defina la estructura y la composición del Gobierno, el Presidente propondrá a la segunda facción crear la mayoría parlamentaria dentro de los 15 días hábiles y designar al candidato a la oficina del Primer Ministro.

El candidato al cargo de Primer Ministro presentará al Jogorku Kenesh el programa, la estructura y la composición del Gobierno antes de que expire el período de tiempo mencionado.

4. En el caso de que antes de la expiración del período de tiempo mencionado el Jogorku Kenesh no apruebe el programa, defina la estructura y composición del Gobierno, entonces las facciones por iniciativa propia crearán la mayoría parlamentaria dentro de los 15 días hábiles y designarán al candidato para el cargo de el Primer Ministro.

El candidato al cargo de Primer Ministro presentará al Jogorku Kenesh el programa, la estructura y la composición del Gobierno antes de que expire el período de tiempo mencionado.

5. El Presidente, dentro de un plazo de tres días, emitirá un decreto sobre el nombramiento del Primer Ministro y otros miembros del Gobierno.

En caso de que el Presidente no dicte el decreto sobre el nombramiento del Primer Ministro y de los miembros del Gobierno dentro del plazo indicado, se considerará nombrado.

6. En caso de que no se apruebe el programa, defina la estructura y composición del Gobierno de conformidad con los procedimientos previstos en la presente Constitución, el Presidente convocará elecciones anticipadas para el Jogorku Kenesh. En tal caso, el Gobierno ejercerá sus funciones hasta que la nueva convocatoria del Jogorku Kenesh forme un nuevo Gobierno de conformidad con los procedimientos previstos en la presente Constitución.

7. En caso de que una coalición de facciones pierda la condición de mayoría parlamentaria, el Gobierno renunciará y se creará un nuevo gobierno de conformidad con los procedimientos y dentro de los plazos previstos en el presente artículo. Antes de la formación de la nueva composición del Gobierno, el Primer Ministro y los miembros del Gobierno seguirán ejerciendo sus funciones.

Artículo 85

1. El Gobierno será responsable y rendirá cuentas ante el Jogorku Kenesh dentro de los límites estipulados en la presente Constitución.

2. El Primer Ministro presentará un informe anual sobre la labor del Gobierno al Jogorku Kenesh.

3. El Jogorku Kenesh puede considerar la cuestión de la falta de confianza en el Gobierno por iniciativa de un tercio del número total de diputados del Jogorku Kenesh.

4. La resolución sobre la falta de confianza en el Gobierno será aprobada por la mayoría del número total de diputados del Jogorku Kenesh.

5. La cuestión de la falta de confianza en el Gobierno puede no ser examinada por el Jogorku Kenesh los seis meses anteriores a las próximas elecciones presidenciales.

6. Tras la falta de confianza en el Gobierno, el Presidente tendrá derecho a adoptar una decisión sobre la destitución del Gobierno o en desacuerdo con la decisión del Jogorku Kenesh.

7. En caso de que en un plazo de tres meses el Jogorku Kenesh adopte reiteradamente la decisión de no confiar en el Gobierno, el Presidente destituirá al Gobierno.

Artículo 86

1. No más de dos veces al año, el Primer Ministro puede pedir al Jogorku Kenesh voto de confianza en el Gobierno. Si el Jogorku Kenesh se niega a expresar confianza en el Gobierno, en el plazo de cinco días hábiles el Presidente adoptará la decisión de destituir al Gobierno o convocar elecciones anticipadas para Jogorku Kenesh.

2. En caso de destitución, el Gobierno continuará ejerciendo sus facultades hasta la formación de la nueva composición del Gobierno de conformidad con los procedimientos y dentro del plazo previsto en la presente Constitución.

Artículo 87

1. Se considera que el Gobierno ha dimitido de la primera sesión del Jogorku Kenesh de la nueva convocatoria.

El Primer Ministro, el Gobierno o un miembro particular del Gobierno tendrán derecho a presentar la renuncia, que será aceptada o rechazada por el Presidente.

2. La aceptación de la renuncia del Primer Ministro dará lugar a la renuncia del Gobierno.

3. Antes de la formación del Gobierno, el Primer Ministro y los miembros del Gobierno seguirán desempeñando sus funciones.

4. En caso de renuncia del Gobierno, la nueva composición del Gobierno se formará de conformidad con los procedimientos y dentro del plazo previsto en la presente Constitución. La cuenta atrás para que el Presidente presente al candidato para el cargo de Primer Ministro comenzará desde el día en que el Presidente acepte la dimisión del Primer Ministro o del Gobierno.

5. Un miembro del Gobierno, con excepción de los miembros del Gobierno que dirigen los organismos estatales encargados de las cuestiones de defensa y seguridad nacional, podrá ser destituido a petición del Primer Ministro. En caso de que en un plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de recepción de la presentación, el Presidente no dicte un decreto sobre la destitución del miembro del Gobierno, el Primer Ministro, previa consulta con los dirigentes de las facciones de la mayoría parlamentaria, tendrá derecho a destituir al miembro de la Gobierno por decisión propia.

En caso de renuncia o destitución de un miembro del Gobierno, el Primer Ministro en un plazo de cinco días hábiles presentará al Jogorku Kenesh un candidato para el puesto vacante. El candidato aprobado por el Jogorku Kenesh será nombrado por el Presidente para ocupar el cargo pertinente de miembro del Gobierno. En caso de que dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la decisión del Jogorku Kenesh de aprobar al candidato, el Presidente no emita un decreto sobre el nombramiento del miembro del Gobierno, dicho miembro se considerará nombrado.

Artículo 88

1. El Gobierno:

  1. 1. velará por la aplicación de la Constitución y las leyes;
  2. 2. aplicará la política interna y exterior del Estado;
  3. 3. adoptarán medidas para garantizar el orden público, los derechos y libertades de los ciudadanos, la protección del orden público y la lucha contra la delincuencia;
  4. 4. velará por la aplicación de medidas destinadas a proteger la soberanía del Estado, la integridad territorial, la protección del orden constitucional, así como medidas para fortalecer la capacidad de defensa, la seguridad nacional y el orden público;
  5. 5. velará por la aplicación de la política financiera, tarifaria, arancelaria, de inversión y tributaria;
  6. 6. redactará y presentará al Jogorku Kenesh el presupuesto republicano, así como adoptará medidas para su ejecución; presentará al Jogorku Kenesh el informe sobre la ejecución del presupuesto republicano;
  7. 7. adoptarán medidas para garantizar la igualdad de condiciones para el desarrollo de todas las formas de propiedad y su protección, así como para administrar los objetos de la propiedad pública;
  8. 8. velará por la aplicación de una política estatal unificada en las esferas socioeconómica y cultural;
  9. 9. elaborará y ejecutará programas nacionales de desarrollo económico, social, científico y técnico, así como cultural;
  10. 10. velará por la realización de la actividad económica extranjera;
  11. 11. velará por la interacción con la sociedad civil;
  12. 12. ejercerán las demás facultades que se le asignen de conformidad con la Constitución y las leyes.

2. La organización y los procedimientos del Gobierno se establecerán en la ley constitucional.

Artículo 89

El Primer Ministro:

  1. 1. dirigirá la labor del Gobierno, asumirá la responsabilidad personal de su actuación con respecto al Jogorku Kenesh;
  2. 2. velará por la aplicación de la Constitución y las leyes por todos los organismos del poder ejecutivo;
  3. 3. llevará a cabo negociaciones y firmará tratados internacionales;
  4. 4. llevará a cabo las reuniones del Gobierno;
  5. 5. firmarán las resoluciones y órdenes del Gobierno, velarán por su aplicación;
  6. 6. nombrará y destituirá a los jefes de los organismos administrativos;
  7. 7. nombrará y destituirá a los jefes de las administraciones públicas locales;
  8. 8. ejercerá otras facultades previstas en la presente Constitución y en las leyes.

Artículo 90

1. Sobre la base de la Constitución y las leyes y de conformidad con la Constitución y las leyes, el Gobierno emitirá resoluciones y órdenes y velará por su aplicación.

2. Las resoluciones y órdenes del Gobierno serán obligatorias para su aplicación en todo el territorio de la República Kirguisa.

3. El Gobierno administrará la actividad de los ministerios, los comités estatales, los organismos administrativos y las administraciones estatales locales.

4. El Gobierno tendrá derecho a revocar las leyes de los ministerios, los comités estatales y los organismos administrativos.

Artículo 91

1. El poder ejecutivo en el territorio de una determinada unidad territorial administrativa será ejercido por la administración estatal local.

Los jefes de las administraciones locales de los estados son nombrados y destituidos de sus cargos de conformidad con el procedimiento establecido por la ley.

2. La organización y las actividades de la administración estatal local se definirán por ley.

Artículo 92

1. Las administraciones estatales locales actuarán sobre la base de la Constitución, las leyes y los instrumentos jurídicos reglamentarios del Gobierno.

2. Las decisiones de las administraciones estatales locales, adoptadas dentro de los límites de su competencia, serán vinculantes en el territorio correspondiente.

SECCIÓN VI. PODER JUDICIAL EN LA REPÚBLICA KIRGUISA

Artículo 93

1. La justicia en la República Kirguisa será administrada únicamente por un tribunal.

En los casos y con arreglo a los procedimientos previstos en la ley, los ciudadanos de la República Kirguisa tendrán derecho a participar en la administración de justicia.

2. El poder judicial se ejercerá mediante procedimientos constitucionales, civiles, penales, administrativos y de otra índole.

3. El sistema judicial de la República Kirguisa se define en la Constitución y en las leyes y estará integrado por el Tribunal Supremo y los tribunales locales.

La Sala Constitucional actuará como parte del Tribunal Supremo.

La ley puede establecer tribunales especializados.

No se permitirá la creación de tribunales extraordinarios.

4. La organización y los procedimientos de los tribunales se definirán por ley.

Artículo 94

1. Los jueces serán independientes y estarán subordinados únicamente a la Constitución y a las leyes.

2. El juez gozará del derecho a la inmunidad y no podrá ser detenido ni arrestado, sometido a registro o inspección personal, salvo en los casos en que se encuentre atrapado en el acto.

3. Nadie tendrá derecho a exigir un informe de un juez sobre un caso judicial determinado.

Queda prohibida toda injerencia en la administración de justicia. Las personas declaradas culpables de influir sobre un juez serán responsables de conformidad con la ley.

4. El juez gozará de garantías sociales, materiales y de otra índole de su independencia, de conformidad con su condición.

5. Todo ciudadano de la República Kirguisa que no sea menor de 40 años ni mayor de 70 años y tenga una educación jurídica superior y no menos de 10 años de experiencia en la profesión jurídica puede ser juez del Tribunal Supremo.

6. Los jueces del Tribunal Supremo serán elegidos hasta que alcancen el límite de edad.

7. Los magistrados del Tribunal Supremo elegirán de entre ellos al Presidente del Tribunal Supremo ya sus adjuntos por un período de tres años.

Una sola persona no puede ser elegida Presidenta del Tribunal Supremo ni vicepresidente por dos mandatos consecutivos.

El procedimiento de elección y destitución del Presidente del Tribunal Supremo y de sus adjuntos estará definido por ley.

8. Todo ciudadano de la República Kirguisa que no sea menor de 30 años ni mayor de 65 años tenga una educación jurídica superior y no menos de 5 años de experiencia en la profesión jurídica puede ser juez en un tribunal local.

Los jueces de los tribunales locales serán nombrados por el Presidente previa presentación del Consejo para la selección de los jueces por un período inicial de cinco años y, para mandatos subsiguientes, hasta que alcancen el límite de edad. El procedimiento de nombramiento y nombramiento de jueces se definirá en la ley constitucional.

La asamblea de magistrados de un tribunal local elegirá de entre ellos al presidente y al vicepresidente del tribunal por un período de tres años.

Una sola persona no podrá ser elegida presidente o vicepresidente de un tribunal local por dos mandatos consecutivos en un mismo tribunal.

9. El estatuto de los jueces de la República Kirguisa se definirá en el derecho constitucional, que puede imponer requisitos adicionales a los candidatos a los cargos de jueces y ciertas restricciones a los jueces del Tribunal Supremo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo y los tribunales locales.

Artículo 95

1. Los jueces de todos los tribunales de la República Kirguisa desempeñarán sus cargos y conservarán sus prerrogativas mientras su conducta sea irreprochable. La violación de los requisitos de irreprochabilidad de la conducta de los jueces servirá de base para que dicho juez rinda cuentas de conformidad con el procedimiento previsto en la ley constitucional.

2. En caso de que un juez viole el requisito de irreprochabilidad, dicho juez será destituido a propuesta de la comisión disciplinaria ante el Consejo de Magistrados de conformidad con la ley constitucional.

Por los motivos expuestos anteriormente, los jueces del Tribunal Supremo y de la Sala Constitucional pueden ser destituidos anticipadamente de sus cargos por el Jogorku Kenesh por la mayoría de al menos dos tercios de los votos del número total de diputados del Jogorku Kenesh a petición del Presidente, salvo en los casos declarados en la parte 3 del presente artículo. Los jueces de los tribunales locales son destituidos por el Presidente.

La persona destituida del cargo de juez por violación de los requisitos de irreprochabilidad, no tendrá derecho a ocupar cargos en la administración pública y será privada del derecho a las prestaciones concedidas a los jueces y ex jueces.

3. En caso de fallecimiento de un juez, alcanzar el límite de edad, jubilación o traslado a otro cargo, ser declarado muerto o desaparecido, legalmente incapaz, pérdida de la ciudadanía, retirada de la ciudadanía o adquisición de otra ciudadanía, así como en otros casos no relacionados con la violación de requisito de irreprochabilidad, las facultades del juez estarán sujetas a rescisión anticipada, a propuesta del Consejo de jueces, por el órgano que haya elegido o designado a dicho juez, desde el día en que se motiven ello de conformidad con la ley constitucional. Los jueces del Tribunal Supremo y de la Sala Constitucional serán destituidos de sus cargos por decisión del Jogorku Kenesh adoptada por la mayoría de los presentes, pero no menos de 50 votos de los diputados.

4. Se permite la suspensión del cargo, la acción administrativa y penal ante los tribunales con el consentimiento de la comisión disciplinaria con el Consejo de Magistrados, de conformidad con los procedimientos establecidos en la ley constitucional.

5. La selección de los candidatos a los cargos de jueces de los tribunales locales será efectuada por el Consejo al seleccionar a los jueces de conformidad con los procedimientos previstos en la ley constitucional.

6. El traslado (rotación) de los jueces de los tribunales locales será efectuado por el Presidente previa presentación del Consejo de Magistrados de conformidad con los procedimientos y en los casos previstos en la ley constitucional.

7. El Consejo de Selección de Jueces está integrado por jueces y representantes de la sociedad civil.

El Consejo de Jueces, la mayoría parlamentaria y la oposición parlamentaria elegirán, en consecuencia, un tercio de la composición del Consejo para la selección de los jueces.

8. La organización y el procedimiento del Consejo para la selección de los jueces, sus atribuciones y normas de formación estarán definidos por la ley.

9. La comisión disciplinaria con el Consejo de Magistrados estará formada por el Presidente, el Jogorku Kenesh y el Consejo de Magistrados, cada uno de los cuales presentará un tercio de los candidatos a ser miembros. La convocatoria de la primera sesión de la comisión disciplinaria será efectuada por el presidente del Consejo de Jueces después de haber sido nombrados al menos dos tercios de sus miembros. En caso de que la comisión disciplinaria con el Consejo de Magistrados no celebre su primera sesión en un plazo de diez días hábiles, la organización de dicha reunión será realizada por el Presidente. El número total de miembros, los requisitos para los candidatos a ser miembros de la comisión disciplinaria del Consejo de Magistrados, así como otras cuestiones de organización de la comisión se definirán en la ley.

Artículo 96

1. El Tribunal Supremo será el máximo órgano de poder judicial en materia civil, penal, administrativa y de otra índole; revisará las decisiones de los tribunales en caso de apelación de los participantes en el proceso judicial de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley.

2. El Pleno del Tribunal Supremo dará explicaciones sobre las cuestiones de la práctica judicial, que serán obligatorias para todos los tribunales y jueces de la República Kirguisa.

3. Las sentencias del Tribunal Supremo serán definitivas y no podrán ser objeto de apelación.

Artículo 97

1. La Sala Constitucional de la Corte Suprema será un órgano que ejercerá la supervisión constitucional.

2. Todo ciudadano de la República Kirguisa que no sea menor de 40 años y no mayor de 70 años tenga una educación jurídica superior y no menos de 15 años de experiencia en la profesión jurídica puede ser juez de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo.

3. Los magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo elegirán entre ellos al presidente y al vicepresidente por un período de tres años.

4. Una sola persona no podrá ser elegida presidente o vicepresidente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo por dos mandatos consecutivos.

5. Los jueces de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo pueden ser destituidos anticipadamente de sus cargos por el Jogorku Kenesh por la mayoría de no menos de dos tercios de los votos del número total de diputados del Jogorku Kenesh, previa presentación del Presidente a propuesta del Consejo de Magistrados.

6. La Sala Constitucional de la Corte Suprema:

  1. 1. declarará inconstitucionales las leyes y otros instrumentos jurídicos normativos en caso de que contradigan la Constitución;
  2. 2. concertarán sobre la constitucionalidad de los tratados internacionales que no hayan entrado en vigor y en los que la República Kirguisa sea parte;
  3. 3. concluirá el proyecto de ley de modificación de la presente Constitución.

7. Toda persona tendrá derecho a impugnar la constitucionalidad de una ley u otro acto jurídico reglamentario en caso de que considere que esos actos violan los derechos y libertades reconocidos en la Constitución.

8. La decisión de la Sala Constitucional de la Corte Suprema será firme y no podrá ser apelada.

9. En caso de que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo determine la inconstitucionalidad de las leyes o disposiciones de éstas, esas leyes serán derogadas en el territorio de la República Kirguisa, lo mismo se aplica a los demás instrumentos jurídicos normativos basados en esas leyes y disposiciones declaradas inconstitucionales con excepción de los fallos judiciales.

10. Las sentencias judiciales basadas en disposiciones de leyes declaradas inconstitucionales serán revisadas por los tribunales en cada caso concreto previa apelación de los ciudadanos cuyos derechos y libertades hayan sido afectados.

11. La composición y los procedimientos de formación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo, la elección y destitución de los presidentes y vicepresidentes de la Sala Constitucional, así como el procedimiento de administración de justicia constitucional, se definirán en la ley constitucional.

Artículo 98

1. El Estado garantizará la financiación y las condiciones adecuadas para el funcionamiento de los tribunales y las actividades de los jueces.

La financiación de los tribunales se hará a expensas del presupuesto republicano y garantizará la posibilidad de una administración de justicia plena e independiente.

2. El presupuesto del sistema judicial será elaborado independientemente por el poder judicial y se incluirá en el presupuesto republicano previo acuerdo con los poderes ejecutivo y legislativo.

Artículo 99

1. Los casos en todos los tribunales se examinarán de manera abierta. La audiencia de un caso a puerta cerrada sólo se permitirá en los casos previstos en la ley. La decisión del tribunal se anunciará públicamente.

2. No se permitirá el juicio en rebeldía en causas penales o de otra índole en los tribunales, salvo en los casos previstos por la ley.

3. Los procedimientos judiciales se administrarán sobre la base del principio contradictorio y de la igualdad de las partes.

4. Un acto judicial puede ser anulado, modificado o suspendido por un tribunal con arreglo al procedimiento establecido por la ley.

5. Los derechos procesales de las partes en el proceso, incluido el derecho a apelar contra decisiones, veredictos y otros actos judiciales, así como el procedimiento para ejercer esos derechos, estarán definidos por la ley.

Artículo 100

1. Las leyes de los tribunales de la República Kirguisa que hayan entrado en vigor serán vinculantes para todas las autoridades estatales, los órganos autónomos locales, las entidades jurídicas, las asociaciones públicas, los funcionarios y los particulares, y serán ejecutables en todo el territorio de la República.

2. El incumplimiento, la aplicación indebida o la obstaculización de la aplicación de los actos judiciales, así como la injerencia en las actividades de los tribunales incurrirán en responsabilidad establecida por la ley.

Artículo 101

1. Los tribunales no tendrán derecho a aplicar un acto jurídico y reglamentario que esté en contradicción con la Constitución actual.

2. En caso de que durante el examen de un caso en una instancia judicial se plantee una cuestión relativa a la constitucionalidad de la ley u otro acto jurídico y reglamentario en que se basará el fallo del caso, el tribunal remitirá una investigación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo.

Artículo 102

1. La autorregulación judicial se utilizará para resolver cuestiones internas relativas a las actividades de los jueces.

2. Los órganos de autorregulación judicial de la República Kirguisa serán el Congreso de los Magistrados, el Consejo de Magistrados y la asamblea de jueces.

El Congreso de Magistrados será el órgano superior de autorregulación judicial.

El Consejo de Magistrados será el órgano electo de autorregulación judicial que desempeñará sus funciones entre los congresos de jueces, protegerá los derechos e intereses jurídicos de los jueces, supervisará la formulación y ejecución de los presupuestos de los tribunales, la organización de la capacitación y el reciclaje de jueces.

La asamblea de jueces será el órgano principal de autorregulación judicial.

3. La organización y los procedimientos de los órganos de autorregulación judicial se definirán en la ley.

Artículo 103

La justicia se administrará gratuitamente en los casos previstos en la ley, así como en todos los casos en que las partes en los procedimientos judiciales presenten pruebas de que no disponen de medios suficientes para llevarlos a cabo.

SECCIÓN VII. OTRAS AUTORIDADES ESTATALES

Artículo 104

La Oficina del Fiscal comprenderá un sistema unificado con las siguientes competencias:

  1. 1. Supervisión de la aplicación precisa y uniforme de las leyes por los organismos del poder ejecutivo, otras instituciones estatales determinadas por el derecho constitucional, los órganos de gobierno autónomo local y sus funcionarios;
  2. 2. Supervisión de la observancia de las leyes por los organismos encargados de la recuperación y la actividad operativa e investigación;
  3. 3. Supervisión de la observancia de las leyes en la ejecución de las sentencias judiciales en causas penales, así como de la aplicación de medidas coercitivas relacionadas con la limitación de la libertad personal de los ciudadanos;
  4. 4. Representación de los intereses de los ciudadanos o del Estado ante los tribunales en los casos previstos en la ley;
  5. 5. Mantenimiento de la causa gubernamental en los tribunales;
  6. 6. La iniciación de causas penales contra funcionarios de las autoridades estatales determinadas por el derecho constitucional, con la remisión del caso para su investigación a las instituciones pertinentes, así como el enjuiciamiento penal de las personas con estatuto militar.

Artículo 105

El Banco Nacional supervisará el sistema bancario de la República Kirguisa, determinará y llevará a cabo la política monetaria y crediticia en la República Kirguisa, determinará y aplicará una política cambiaria unificada, tendrá el derecho exclusivo de emitir dinero y aplicar diversas formas y principios de financiación bancaria.

Artículo 106

La Comisión Central de Elecciones y Referendos velará por la preparación y celebración de elecciones y referendos en la República Kirguisa.

Artículo 107

La Cámara de Cuentas llevará a cabo la auditoría de la ejecución de los presupuestos republicanos y locales, los fondos extrapresupuestarios y el uso de bienes públicos y municipales.

Artículo 108

La supervisión parlamentaria de la observancia de los derechos y libertades humanos y civiles en la República Kirguisa estará a cargo del Ombudsman (Akiykatchy).

Artículo 109

La organización y los procedimientos de las autoridades estatales indicados en esta sección, así como las garantías de su independencia, se definirán por leyes.

SECCIÓN VIII. GOBIERNO AUTÓNOMO LOCAL

Artículo 110

1. La autonomía local será el derecho garantizado por la presente Constitución y una posibilidad real de que las comunidades locales resuelvan de manera independiente las cuestiones de importancia local en beneficio de sus propios intereses y bajo su responsabilidad.

2. La autonomía local en la República Kirguisa será ejercida por las comunidades locales en los territorios de las unidades administrativas y territoriales pertinentes.

3. La autonomía local será aplicada por las comunidades locales de ciudadanos, ya sea directamente o por conducto de los órganos locales de autogobierno.

4. La financiación de la autonomía local se garantiza con cargo al presupuesto local y republicano pertinente.

5. La formulación y ejecución de los presupuestos locales se llevará a cabo de conformidad con los principios de transparencia, participación pública y rendición de cuentas de los órganos locales de autogobierno ante la comunidad local.

Artículo 111

1. El sistema de órganos de autogobierno local está integrado por:

  1. 1. Los keneshes locales - los órganos representativos de la autonomía local;
  2. 2. Ayil okmotus y alcaldes - órganos ejecutivos de gobierno autónomo local.

2. Los órganos ejecutivos de la autonomía local y sus funcionarios rinden cuentas ante los keneshes locales en sus actividades.

Artículo 112

1. Los diputados de los keneshes locales serán elegidos por los ciudadanos residentes en el territorio de la unidad administrativa y territorial correspondiente, respetando la igualdad de oportunidades de conformidad con el procedimiento establecido por la ley.

2. Los jefes de los órganos ejecutivos autónomos locales serán elegidos de conformidad con el procedimiento establecido por la ley.

3. Los keneshes locales deberán, de conformidad con la ley:

  1. 1. Aprobar los presupuestos locales y supervisar su ejecución;
  2. 2. Aprobar programas de desarrollo social y económico de una comunidad local y de protección social de la población;
  3. 3. Imponer impuestos y cuotas locales, así como decidir sobre sus preferencias;
  4. 4. Decidir sobre otras cuestiones de importancia local.

Artículo 113

1. Las autoridades estatales no tendrán derecho a injerirse en los poderes de autogobierno local previstos en la ley.

2. Se pueden asignar poderes estatales a los órganos autónomos locales, con la transferencia de los medios materiales, financieros y de otro tipo necesarios para su aplicación. Los poderes del Estado pueden delegarse en los órganos de gobierno autónomo local sobre la base de la ley o de un acuerdo. Los órganos de gobierno autónomo local deberán rendir cuentas ante las autoridades estatales con respecto a las facultades delegadas.

3. Los órganos de gobierno autónomo local serán responsables ante el Estado y sus organismos de la observancia de las leyes y ante la comunidad local de los resultados de sus actividades.

4. Los órganos locales de autogobierno tendrán derecho a apelar ante los tribunales en relación con la violación de sus derechos.

SECCIÓN IX. PROCEDIMIENTO DE INTRODUCCIÓN DE CAMBIOS A LA ACTUAL CONSTITUCIÓN

Artículo 114

1. La ley sobre la introducción de cambios en la presente Constitución puede aprobarse mediante referéndum convocado por el Jogorku Kenesh.

2. El Jogorku Kenesh podrá adoptar modificaciones en las disposiciones de los artículos tres, cuatro, cinco, seis, siete y ocho de la presente Constitución a propuesta de la mayoría del número total de diputados o por iniciativa de no menos de 300.000 votantes.

3. El Jogorku Kenesh aprobará la ley sobre la introducción de cambios en la presente Constitución a más tardar seis meses después de su presentación para su examen por el Jogorku Kenesh.

La ley sobre la introducción de cambios en la presente Constitución será aprobada por la mayoría de no menos de dos tercios del número total de diputados del Jogorku Kenesh después de haber realizado no menos de tres lecturas con un intervalo de dos meses entre ellos.

Por iniciativa de no menos de dos tercios del número total de diputados del Jogorku Kenesh, la ley sobre la introducción de cambios en la presente Constitución puede someterse al referéndum.

4. Queda prohibida la aprobación de la ley por la que se introduzcan cambios en la presente Constitución durante el estado de excepción o el estado de ley marcial.

5. La ley aprobada por la que se introduzcan cambios en la presente Constitución se someterá al Presidente para su firma.