Israel 1958

Ley Fundamental. El Knesset (1958)

1. Qué es el Knesset

El Knesset es el parlamento del Estado.

2. Lugar de sentarse

El lugar de sentado de la Knesset es Jerusalén.

3. Composición

El Knesset, tras su elección, estará compuesto por ciento veinte miembros.

4. Sistema electoral

El Knesset será elegido por elecciones generales, nacionales, directas, iguales, secretas y proporcionales, de conformidad con la Ley electoral del Knesset; esta sección no se modificará salvo por mayoría de los miembros del Knesset.

5. El derecho de voto

Todo ciudadano israelí mayor de 18 años de edad tendrá derecho a votar en las elecciones al Knesset, a menos que un tribunal le haya privado de ese derecho en virtud de alguna ley; la Ley electoral determinará el momento en que se considerará que una persona tiene 18 años a los efectos de el ejercicio del derecho de voto en las elecciones al Knesset.

5A. El derecho a presentar una lista de candidatos (enmiendas 19 y 21)

La lista de candidatos para el Knesset sólo será presentada por un partido; Los medios de asociación y registro de los partidos y las condiciones para presentar una lista de candidatos se determinarán por ley.

6. El derecho a ser elegido (Enmiendas 8, 10, 22 y 26)

a. Todo ciudadano israelí que el día de la admisión de una lista de candidatos que contenga su nombre tenga 21 años o más de edad tendrá derecho a ser elegido miembro del Knesset, a menos que un tribunal lo haya privado de ese derecho en virtud de la ley, o haya sido condenado, mediante sentencia firme, a una pena de pena de prisión superior a tres meses y el día de presentación de la lista de candidatos no han transcurrido todavía siete años desde el día en que terminó su período de reclusión, a menos que el presidente del Comité Electoral Central haya determinado que el delito por el que ha sido condenado, de acuerdo con las circunstancias, no soporta turpiedad moral.

b. [Anulado]

c. Se considerará que un candidato al Knesset que haya sido condenado como se especifica en el apartado a) y cuyo fallo haya pasado a ser definitivo después de la presentación de la lista de candidatos y antes de que haya asumido el cargo como miembro del Knesset, se considerará retirado de la lista de candidatos que incluya su nombre, o de su mandato en el Knesset, según proceda, a menos que el presidente del Comité Electoral Central haya determinado que el delito por el que ha sido condenado, de acuerdo con las circunstancias, no tiene intranquilidad moral.

d. La decisión del presidente del Comité Electoral Central con arreglo a los apartados a) y c) no es necesaria si el tribunal ha declarado por ley que el delito, de acuerdo con las circunstancias, tiene intranquilidad moral.

e. A los efectos de la presente sección —

  • Por «prisión real» se entiende la suma de todas las penas de prisión efectiva que el condenado debe cumplir en un solo período continuo, incluso si se ordenan en diferentes condenas, incluidas las condenas condicionales activadas;
  • Por «delito» se entiende cada uno de los delitos por los que se ha ordenado un período de prisión real.

6A. Restricción a la candidatura de un miembro del Knesset que se separe de su facción (enmiendas 12, 21 y 36)

a. Un miembro del Knesset que se separe de su facción y no presente su dimisión como miembro del Knesset en las proximidades de su secesión, no será incluido, en las elecciones para el próximo Knesset, en la lista de candidatos presentada por un partido representado por una facción del Knesset saliente; la disposición no se aplica a la división de una facción en las condiciones prescritas por la ley.

b. A los efectos de la presente sección —

  • «Secesión de una facción" - incluida la votación en el plenario del Knesset que no esté de acuerdo con la posición de la facción respecto de la expresión de confianza o nula confianza en el gobierno; sin embargo, esa votación no se considerará secesión si el miembro del Knesset no ha recibido ninguna consideración a cambio para su voto;
  • Por "consideración" se entiende directa o indirectamente, mediante una promesa o un compromiso futuro, incluida la garantía de un lugar en una lista de candidatos para el Knesset, o el nombramiento del propio miembro del Knesset o de otra persona para un determinado cargo.

7. ¿Quién no será candidato (Enmiendas 2, 21 y 33)

No serán candidatos a la Knesset los siguientes:

  1. 1. el Presidente del Estado;
  2. 2. los dos rabinos principales;
  3. 3. un juez (shofet);
  4. 4. un juez (dayan) de un tribunal religioso;
  5. 5. el Contralor del Estado;
  6. 6. el Jefe del Estado Mayor General del Ejército de Defensa de Israel;
  7. 7. rabinos y ministros de otras religiones, mientras desempeñaban cargos remunerados;
  8. 8. los altos funcionarios del Estado y los oficiales del ejército de las categorías o rangos y en las funciones que determine la ley.
  9. 9. policías y guardias de prisiones de las filas y cargos que determine la ley;
  10. 10. empleados de sociedades constituidas por ley de las categorías y cargos que determine la ley.

Salvo que hayan dejado de prestar servicios en el puesto u cargo antes mencionado, antes de la fecha de presentación de las listas de candidatos para el Knesset, y si la ley ha fijado una fecha anterior antes de esa fecha.

7A. Prevención de la participación de la lista de candidatos (enmiendas 9, 35 y 39)

a. Una lista de candidatos no participará en las elecciones al Knesset, y ninguna persona podrá ser candidato a la elección del Knesset, si los objetos o acciones de la lista o las acciones de la persona, expresa o implícitamente, incluyen uno de los siguientes:

  1. 1. negación de la existencia del Estado de Israel como Estado judío y democrático;
  2. 2. incitación al racismo;
  3. 3. apoyo a la lucha armada, por parte de un Estado hostil o de una organización terrorista, contra el Estado de Israel.

a1. A los efectos del presente artículo, un candidato que se encontrara ilegalmente en un Estado hostil en los siete años anteriores a la fecha de presentación de la lista de candidatos se considerará una persona cuyas acciones expresen su apoyo a la lucha armada contra el Estado de Israel, siempre que no haya demostrado lo contrario.

b. La decisión del Comité Electoral Central de que se impide a un candidato participar en las elecciones requiere la afirmación del Tribunal Supremo de Israel.

c. Un candidato hará una declaración a los efectos de esta sección.

d. Los detalles relativos a la audiencia en el Comité Electoral Central y en el Tribunal Supremo de Israel, así como sobre una declaración prevista en el apartado c), se prescribirán por ley.

8. Duración del mandato de la Knesset

El mandato del Knesset será de cuatro años a partir del día de su elección.

9. Fecha de las elecciones (Enmienda 1)

Las elecciones al Knesset tendrán lugar el tercer martes del mes de Cheshvan en el año en que finalice el mandato del Knesset saliente, Pero si el año que precedió a ese año fue un año bisiesto, las elecciones tendrán lugar el primer martes de ese mes.

9A. Prórroga del mandato del Knesset (enmienda 15)

a. El Knesset no prorrogará su mandato salvo por ley aprobada por una mayoría de ochenta miembros del Knesset y únicamente si existen circunstancias especiales que impidan la celebración de las elecciones en su momento oportuno; el plazo de prórroga no excederá del tiempo necesario debido a las circunstancias antes mencionadas; la fecha de la elección será fijada por la ley antes mencionada.

b. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 34, el Knesset podrá, mediante resolución aprobada por la mayoría de sus miembros, adelantar la fecha de las elecciones fijada en el apartado a), siempre que la nueva fecha no sea anterior a la fecha fijada para las elecciones del Knesset en virtud del artículo 9.

10. Día de las elecciones para ser un día de descanso

El día de las elecciones será un día de descanso, pero los servicios de transporte y otros servicios públicos funcionarán normalmente.

11. Publicación de los resultados electorales (Enmienda 20)

Los resultados de las elecciones se publicarán en «Reshumot» dentro de los ocho días siguientes al Día de las Elecciones.

12. Convocación del Knesset (Enmienda 37)

El Knesset se reunirá para su primera reunión, después de la publicación de los resultados de las elecciones, dentro de los catorce días siguientes al Día de las Elecciones en la fecha fijada por la ley, a menos que una fecha anterior esté prescrita por la ley debido a un día de descanso, día festivo, día de fiesta, día conmemorativo, o debido a la proximidad a uno de ellos, o debido a la días intermedios de ciertas fiestas judías.

13. Enmiendas 27 y 37

[Anulado]

14. La sesión de apertura (Enmienda 23)

Los procedimientos de la sesión de apertura estarán prescritos por ley y expresarán el carácter del Estado de Israel y su patrimonio.

15. Declaración de lealtad de los miembros del Knesset (Enmienda 23)

a. Los miembros del Knesset harán una declaración de lealtad, cuyo texto será el siguiente:

«Me comprometo a lealtad al Estado de Israel y a cumplir fielmente mi mandato en el Knesset.»

b. Los procedimientos para las declaraciones estarán establecidos por la ley.

16. Falta de hacer la declaración

Cuando el Presidente del Knesset haya pedido a un miembro del Knesset que haga su declaración de lealtad y éste no lo haya hecho, el miembro no gozará de los derechos de un miembro del Knesset mientras no haya hecho la declaración.

16A. Falta de declaración debido a la doble nacionalidad (enmienda 22)

¿Ha sido el miembro del Knesset poseedor de una ciudadanía no israelí adicional y las leyes del país cuya ciudadanía posee permiten su liberación de esa ciudadanía, no declarará lealtad hasta después de haber hecho todo lo necesario por su parte para ser liberado de esa ciudadanía, y no gozará de los derechos de un miembro del Knesset hasta que éste haga su declaración.

17. Inmunidad de los miembros del Knesset

Los miembros del Knesset gozarán de inmunidad; los detalles se prescribirán por la ley.

18. Inmunidad de los edificios del Knesset

El edificio del Knesset gozará de inmunidad; los detalles se prescribirán por la ley.

19. Procedimiento y normas

El Knesset prescribirá por sí mismo su procedimiento; en la medida en que dicho procedimiento no esté prescrito por la ley, el Knesset lo prescribirá por sus Reglas; mientras no se haya prescrito el procedimiento antes mencionado, el Knesset seguirá su práctica y rutina aceptadas

20. Presidente y Vicepresidentes (Enmiendas 24, 27, 34 y 37)

a. El Knesset elegirá de entre sus miembros un Presidente y Vicepresidentes. Hasta que el Presidente sea elegido, el miembro de más alto rango del Knesset que no sea Primer Ministro, Ministro o Viceministro, desempeñará las funciones de Presidente interino. En esta sección, se entiende por «superior» aquel cuyo mandato en el Knesset es el más largo, consecutivo o no consecutivo, y entre los que tienen igual antigüedad, el más antiguo.

b. El Knesset podrá, en su Reglamento, establecer restricciones a la elección de un miembro del Knesset para que desempeñe las funciones de Presidente o Vicepresidente.

c. El Knesset podrá, mediante resolución aprobada por la mayoría de sus miembros, suspender al Presidente o al Vicepresidente o imponer restricciones a su cargo; los detalles que deberán establecerse en la ley.

d. El Knesset podrá, mediante resolución aprobada por la mayoría de sus miembros o por una mayoría mayor según lo prescriba la ley, destituir del cargo al Presidente o al Vicepresidente; los detalles que deberán establecerse en la ley.

20A. Presidente interino y Presidente interino del Knesset (Enmiendas 4, 24 y 27)

a. Cuando el Presidente del Knesset abandone el territorio del Estado, un Vicepresidente ejercerá las funciones de Presidente interino hasta su regreso.

b. Cuando el Presidente del Knesset notifique al Comité de la Cámara, o si éste decide, que, por razones de salud, el Presidente del Knesset no puede desempeñar temporalmente sus funciones, o el Presidente anuncia que está temporalmente incapacitado para desempeñar sus funciones y el Comité de la Cámara toma nota de su anuncio, un vicepresidente actuará como Presidente interino hasta que el Presidente notifique al Comité de la Cámara o hasta que el Comité de la Cámara decida que el Presidente ya no puede desempeñar sus funciones.

c. Cuando el cargo de Presidente del Knesset haya quedado vacante -porque el Presidente ha dimitido o fallecido o porque el Comité de la Cámara ha decidido que, por razones de salud, está permanentemente incapacitado para desempeñar sus funciones - un Vicepresidente ejercerá las funciones de Presidente interino hasta que el Knesset elija un nuevo Presidente.

  1. c1.
    1. 1. Si el Presidente del Knesset queda suspendido de su cargo por decisión de conformidad con el apartado c) del artículo 20, un Vicepresidente actuará como Presidente interino hasta que se levante la suspensión o hasta la elección de un nuevo Presidente, según proceda.
    2. 2. Si el Presidente del Knesset es destituido de su cargo por decisión adoptada en virtud del apartado d) del artículo 20, un Vicepresidente desempeñará las funciones de Presidente interino hasta la elección de un nuevo Presidente.

d. El Vicepresidente que desempeñe las funciones de Presidente interino o Presidente interino del Knesset será elegido en ese nombre por el Comité de la Cámara.

e. Durante su mandato como Presidente interino o Presidente interino del Knesset, el Vicepresidente ejercerá todas las funciones que le asigne la ley al Presidente del Knesset, desempeñará todas las funciones que le imponga la ley al Presidente del Knesset y ejercerá todas las atribuciones conferidas al Presidente del Knesset. Knesset por ley.

f. Las disposiciones de la presente sección se aplicarán también, mutatis mutandis, si existen las circunstancias previstas en los apartados a), b), c) o c1) con respecto al Presidente del Knesset con respecto a un Vicepresidente que actúe como Presidente interino o Presidente interino.

21. Comités (Enmiendas 13, 14, 16 y 28)

a. El Knesset elegirá entre sus miembros comités permanentes, y podrá elegir entre sus miembros comités para asuntos específicos; las funciones, facultades y procedimientos de los comités se prescribirán, en la medida en que no estén prescritos por la ley, por el Reglamento.

b. El Reglamento puede prescribir disposiciones relativas a la autoridad de los comités para citar a un titular de un cargo o un funcionario de la administración pública, autoridad municipal, consejo religioso, sociedad establecida por ley o corporación pública, y obligarle a proporcionar información sobre la actividad del órgano en el que a menos que dicha revelación entrañe una violación de una ley, de un deber profesional o de una obligación de confianza a la que está obligado por la ley, y se le garantizarán los derechos de un testigo ante un tribunal; la citación se emitirá bajo los auspicios del ministro competente o con su conocimiento, y para - No obstante, el Ministro designado o el jefe del órgano en el que presta servicios podrá informar al comité de que él mismo comparecerá en lugar del invitado.

c. [Anulado]

21A. Supervisión de la legislación derivada por el Knesset (Enmienda 30)

a. Las normas promulgadas por un ministro cuya violación conlleve una sanción penal no entrarán en vigor, a menos que hayan sido aprobadas antes de su publicación por un comité de los comités del Knesset encargados de esa cuestión; si el comité no aprueba o rechaza el reglamento en un plazo de 45 días a partir de la fecha en que recibiendo el reglamento, el reglamento se considerará aprobado.

b. Las disposiciones de esta subsección no menoscaban las disposiciones de ninguna Ley Fundamental u otra ley relativa a los reglamentos.

22. Comisiones de investigación

El Knesset podrá nombrar comisiones de investigación -ya sea facultando a uno de los comités permanentes en ese nombre o eligiendo una comisión entre sus miembros - para investigar las cuestiones designadas por el Knesset; las atribuciones y funciones de una comisión de investigación serán establecidas por el Knesset; la comisión de investigación incluirá también a representantes de facciones que no participen en el Gobierno, de conformidad con la fuerza relativa de las facciones en el Knesset.

23. Miembro del Gobierno que no es miembro del Knesset

Todo miembro del Gobierno que no sea miembro del Knesset tendrá, en cuanto a todo lo relacionado con el Knesset, la misma condición que un miembro del Gobierno que sea miembro del Knesset, salvo que no tendrá derecho de voto.

24. Quórum (enmienda 6)

El Knesset celebrará debates y adoptará decisiones cualquiera que sea el número de miembros presentes, salvo que la ley disponga otra cosa.

25. Mayoría

Salvo disposición en contrario de la ley, el Knesset adoptará sus decisiones por mayoría de los participantes en la votación -los que no se consideren participantes- y el procedimiento de votación estará prescrito por el Reglamento.

26. Reuniones

Las reuniones del Knesset se celebrarán en su lugar de reunión: a condición de que, en circunstancias especiales, el Presidente del Knesset, en consulta con los Vicepresidentes, convoque el Knesset en otro lugar. Las reuniones del Knesset tendrán lugar en días laborables.

27. Publicidad de las reuniones (Enmienda 17)

El Knesset se reunirá en público.

28. Publicación (Enmienda 17)

La publicación de las actuaciones y las declaraciones hechas en una sesión pública no está restringida y no entraña responsabilidad penal o civil.

29. Enmienda 17

[Anulado]

30. Enmienda 17

[Anulado]

31. Períodos de sesiones (enmiendas 5 y 29)

Las órdenes relativas a los períodos de sesiones del Knesset y a la convocación del Knesset fuera del período de sesiones se prescribirán por ley.

32. Enmienda 31

[Anulado]

33. Enmiendas 25, 27 y 29

[Anulado]

34. Disolución del Knesset (enmienda 15)

El Knesset no decidirá disolverse antes de la expiración de su mandato, salvo mediante la aprobación de una ley a tal efecto aprobada por la mayoría de los miembros del Knesset.

35. Fecha de las elecciones después de la disolución del Knesset (Enmienda 30)

La Ley relativa a la disolución del Knesset contendrá una disposición sobre la fecha de las elecciones para el próximo Knesset, que será a más tardar cinco meses a partir de la fecha en que se promulgó la ley.

36. Duración del mandato de la Knesset después de la disolución

Si el Knesset decide disolverse, el mandato del próximo Knesset durará hasta el mes siguiente de Cheshvan siguiente a la terminación de cuatro años a partir del día de su elección.

36A. Dispersión por falta de aprobación del presupuesto (enmienda 30)

a. La no aprobación de la Ley de Presupuestos dentro de los tres meses siguientes al comienzo del ejercicio económico se considerará una decisión del Knesset sobre su dispersión, antes de que termine su mandato, el día siguiente al final de ese período (en adelante: la fecha de determinación), y las elecciones anticipadas se celebrarán el último martes antes del final de los 90 días siguientes a la fecha de determinación, a menos que el Knesset decida por mayoría de sus miembros, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de determinación, que debido a la proximidad de la fecha de las elecciones a un día festivo, día de fiesta o día conmemorativo, aplazar las elecciones a un a más tardar 100 días a partir de la fecha de determinación.

b. No obstante lo dispuesto en el apartado a), si el Presidente del Estado iniciara procedimientos para formar un nuevo Gobierno con arreglo al artículo 30 de la Ley Fundamental: El Gobierno, o si se aprobara una ley para dispersar el Knesset, o si se celebraran elecciones para el Knesset, después de la fecha de presentación del Proyecto de presupuesto de conformidad con el artículo 3 de la Ley Fundamental: Economía del Estado y antes de transcurrir tres meses desde el comienzo del ejercicio económico, el día determinante previsto en el apartado a) será de tres meses a partir del comienzo del ejercicio económico o 45 días contados a partir de la constitución del Gobierno, si esta fecha es más tarde.

37. Continuidad de la Knesset

El Knesset saliente continuará desempeñando sus funciones hasta que se convoque el Knesset entrante.

38. Prórroga de la validez de las leyes

Toda promulgación que venza durante los dos últimos meses del mandato del Knesset saliente o dentro de los cuatro meses siguientes a la decisión de disolverse o durante los tres primeros meses del mandato del Knesset entrante continuará en vigor hasta la expiración de los tres primeros meses del mandato del Knesset entrante. meses.

39. Remuneración de los miembros del Knesset

Los miembros del Knesset recibirán una remuneración conforme a lo dispuesto en la ley.

40. Renuncia del miembro de la Knesset

Un miembro del Knesset podrá renunciar a su cargo; la renuncia será mediante la presentación personal de una carta de renuncia por parte del miembro dimitiente al Presidente del Knesset o, si el miembro no puede presentar personalmente la carta de renuncia, mediante la transmisión de la misma en la forma prescrita por el Reglamento; la carta de renuncia se firmará el día de la presentación o transmisión.

41. Consecuencias de la renuncia

Si un miembro del Knesset presente su dimisión, su condición de miembro del Knesset cesará cuarenta y ocho horas después de que la carta de renuncia llegue al Presidente del Knesset, a menos que el miembro retire la dimisión antes de esa fecha.

42. Terminación del cargo o de la candidatura (enmienda 33)

Si un miembro del Knesset, o un candidato al Knesset, es elegido o nombrado para uno de los cargos cuyos titulares no pueden ser candidatos al Knesset, cesará su pertenencia al Knesset o su candidatura al Knesset, según proceda, tras su elección o nombramiento para uno de los A tal efecto, por «candidato al Knesset» se entiende aquel cuyo nombre figura en la lista de candidatos para el Knesset, desde el día en que se presenta la lista hasta el día en que comienza su mandato como miembro del Knesset.

42A. Miembro del Knesset condenado (enmiendas 7, 18, 26 y 32)

a. Si un miembro del Knesset es condenado, mediante sentencia firme, por un delito penal, y el tribunal, por iniciativa propia o a petición del Fiscal General, ha declarado que el delito conlleva turpimiento moral, su pertenencia al Knesset finalizará el día en que la sentencia sea definitiva, independientemente de si el delito fue cometido cuando era miembro de ese mismo Knesset, miembro de un Knesset anterior o antes de ser miembro del Knesset.

b. El apartado a) se aplicará también a los miembros del Knesset cuya sentencia haya pasado a ser firme después de que comience a prestar servicios como miembro del Knesset; la solicitud del Fiscal General de conformidad con el apartado a) podrá presentarse siempre que la sentencia no sea definitiva; la solicitud se presentará al tribunal para que dictó la sentencia y, si se ha interpuesto un recurso, ante el tribunal de apelación.

42B. Suspensión (enmiendas 7, 26 y 38)

a. Cuando un miembro del Knesset haya sido condenado por un delito penal y el tribunal, por iniciativa propia o a petición del Fiscal General, haya declarado que el delito conlleva turpiedad moral, será suspendido de su cargo como miembro del Knesset desde el día en que se dictó la sentencia del tribunal y hasta el momento en que se dictó la sentencia del tribunal cuando el juicio llegue a ser definitivo.

b. Cuando un miembro del Knesset haya sido condenado por un delito penal y condenado a prisión, será suspendido de su cargo como miembro del Knesset durante el período durante el cual esté siendo condenado a prisión.

b1. Las órdenes de este artículo se aplicarán también a los miembros del Knesset que hayan sido condenados por un delito enunciado en los apartados a) o b) antes de convertirse en miembro del Knesset.

43. Sustitución del miembro del Knesset (Enmienda 7)

a. Si el puesto de un miembro del Knesset queda vacante, será llenado por el candidato que, en la lista de candidatos que incluía el nombre del difunto miembro, figurará inmediatamente después del último de los candidatos elegidos.

b. Cuando se haya suspendido la afiliación de una persona al Knesset en virtud del artículo 42B, su puesto quedará vacante durante el período de suspensión y el candidato mencionado en el apartado a) asumirá su lugar. Si vuelve a ocupar su puesto, el último de la lista de candidatos que pasen a ser miembro del Knesset dejará de ocupar su cargo, pero su derecho a volver a ser miembro del Knesset posteriormente, en virtud de lo dispuesto en el apartado a), no se verá afectado por ello.

44. Ley que no se verá afectada por las regulaciones de emergencia

Sin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra ley, esta Ley no puede ser modificada, suspendida o sujeta a condiciones por las regulaciones de emergencia.

45. Secciones atrincheradas

El artículo 44, o el presente artículo, no serán modificados salvo por una mayoría de ochenta miembros del Knesset.

45A. Aplicación del atrincheramiento (enmienda 15)

El artículo 45 se aplicará también en lo que respecta a la modificación de la sección 9A, letra a).

46. Mayoría especial cuando sea necesario (enmiendas 3, 11 y 15)

La mayoría requerida por esta Ley para una modificación de los artículos 4, 9A, 34, 44 ó 45 será necesaria para las decisiones del plenario del Knesset en las lecturas primera, segunda y tercera. En esta sección, «variación» significa tanto una variación expresa como una variación implícita.

Ley Fundamental. Tierras de Israel (1960)

1. Prohibición de la transferencia de la propiedad

La propiedad de las tierras de Israel, que son las tierras del Estado, la Dirección de Desarrollo o el Keren Kayemet Le-Israel en Israel, no se transferirán ni por venta ni de ninguna otra manera.

2. Permiso por Ley

El artículo 1 no se aplicará a las clases de tierras ni a las clases de transacciones determinadas a tal efecto por la ley.

3. Definición

En esta Ley, por «tierras» se entiende tierras, casas, edificios y todo lo que esté permanentemente fijado a la tierra.

Ley Fundamental. El Presidente del Estado (1964)

1. Estado

El Presidente estará al frente del Estado.

2. Lugar de residencia

El lugar de residencia del Presidente del Estado será Jerusalén.

3. Elección y período de mandato (Enmiendas 2 y 4)

a. El Presidente del Estado será elegido por el Knesset por siete años.

b. El Presidente servirá por un solo mandato.

4. Elegibilidad (enmienda 4)

Todo ciudadano israelí que resida en Israel está calificado para ser candidato al cargo de Presidente del Estado.

5. Fecha de la elección (Enmienda 8)

La elección del Presidente del Estado se celebrará a más tardar noventa días y a más tardar treinta días antes de la expiración del período de mandato del Presidente en ejercicio. Si el lugar del Presidente del Estado queda vacante antes de la expiración de su período de mandato, la elección se celebrará dentro de los cuarenta y cinco días contados a partir de la fecha en que quede vacante dicho lugar. El Presidente del Knesset, en consulta con los Vicepresidentes, fijará el día de la elección y lo notificará por escrito a todos los miembros del Knesset con al menos tres semanas de antelación. Si el día de la elección no cae en uno de los períodos de sesiones del Knesset, el Presidente del Knesset convocará al Knesset para la elección del Presidente del Estado.

6. Propuesta de candidatos (Enmienda 8)

  1. a.
    1. 1. La propuesta de un candidato a Presidente del Estado se presentará por escrito al Presidente del Knesset, junto con el consentimiento por escrito del candidato, el catorce día anterior al día de la elección. Los miembros del Knesset no patrocinarán la propuesta de más de un candidato;
    2. 2. Una persona cualesquiera diez o más miembros del Knesset que hayan propuesto su candidatura será candidato a la Presidencia del Estado, salvo si el número de patrocinadores disminuyó por debajo de diez debido a la supresión del nombre de un miembro del Knesset, tal como se describe en el párrafo 3);
    3. 3. Cuando un miembro del Knesset patrocinara la propuesta de más de un candidato, el nombre de ese miembro del Knesset se suprimirá de la lista de patrocinadores de todos los candidatos que patrocinó; un miembro del Knesset que no haya patrocinado ninguna propuesta podrá añadir su nombre a la lista de patrocinadores de ese candidato, a más tardar ocho días antes del día de la elección.

b. El Presidente del Knesset notificará por escrito a todos los miembros del Knesset, a más tardar siete días antes del día de la elección, todos los candidatos propuestos y los nombres de los miembros del Knesset que lo hayan propuesto, y anunciará a los candidatos en la apertura de la reunión en la que la elección se lleva a cabo.

7. Votación

La elección del Presidente del Estado se efectuará por votación secreta en una reunión del Knesset asignada únicamente a tal efecto.

8. Elección por mayoría de votos (Enmiendas 7 y 9)

a. Si hay dos o más candidatos, se elige el candidato que haya obtenido los votos de la mayoría de los miembros del Knesset. Si ningún candidato recibe dicha mayoría, se procederá a una segunda votación. En la segunda votación sólo se elegirán los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la primera votación. El candidato que en la segunda votación reciba la mayoría de los votos de los miembros del Knesset que participan en la votación y voten por uno de los candidatos es elegido. Si dos candidatos reciben el mismo número de votos, se repetirá la votación.

b. Si sólo hay un candidato, la votación estará a favor o en contra de él y será elegido si el número de votos a su favor supera el número de votos en su contra. Si el número de votos a su favor es igual al número de votos en contra, se procederá a una segunda votación.

c. Si no se elige a ningún Presidente del Estado en virtud del apartado b), se efectuará una votación repetición dentro de los treinta días siguientes al día de la votación, de conformidad con las secciones 5 a 7 y la presente sección, pero la propuesta de un candidato se presentará a más tardar siete días antes del día de la elección.

9. Declaración de lealtad

El Presidente electo hará y firmará ante el Knesset la siguiente declaración de lealtad:

«Me comprometo a lealtad al Estado de Israel y a sus leyes y a desempeñar fielmente mis funciones como Presidente del Estado.»

10. Declaración y comienzo del período de tenencia (Enmienda 4)

a. El Presidente electo hará su declaración de lealtad al expirar el período de mandato del Presidente anterior del Estado o lo antes posible, y comenzará a ocupar el cargo al expirar el período de mandato del Presidente anterior del Estado.

b. Si el puesto del Presidente anterior del Estado queda vacante antes de la expiración de su período de mandato, el Presidente electo hará su declaración de lealtad tan pronto como sea posible después de su elección y comenzará a desempeñar sus funciones al hacer su declaración de lealtad.

11. Funciones y competencias (enmiendas 3 y 5)

a. El Presidente del Estado -

  1. 1. firmará toda ley que no sea una ley relativa a sus atribuciones;
  2. 2. desempeñará las funciones que le asigne la Ley Fundamental፦ El Gobierno;
  3. 3. recibirán del Gobierno un informe sobre sus reuniones;
  4. 4. acreditará a los representantes diplomáticos del Estado, recibirá las credenciales de los representantes diplomáticos enviados a Israel por Estados extranjeros, facultará a los representantes consulares del Estado y confirmará los nombramientos de representantes consulares enviados a Israel por Estados extranjeros;
  5. 5. firmará las convenciones con Estados extranjeros que hayan sido ratificadas por el Knesset;
  6. 6. desempeñará todas las funciones que le asigne la ley en relación con el nombramiento y la destitución de los jueces y otros titulares de cargos.

b. El Presidente del Estado estará facultado para indultar a los infractores y aligerar las penas mediante su reducción o conmutación.

c. El Presidente del Estado desempeñará todas las demás funciones y tendrá todas las demás facultades que le asigne la ley.

12. Contraffirma (enmiendas 2 y 5)

La firma del Presidente del Estado en un documento oficial, distinto de un documento relacionado con la formación de un gobierno o la disolución de un Knesset, exigirá la refirmación del Primer Ministro o de cualquier otro Ministro que decida el Gobierno.

13. Inmunidad en el desempeño de funciones

a. El Presidente del Estado no podrá ser objeto de ningún tribunal o tribunal, y será inmune a cualquier acto jurídico, respecto de cualquier cosa relacionada con sus funciones o facultades.

b. El Presidente del Estado no tendrá que revelar nada que tenga conocimiento en el desempeño de sus funciones como Presidente del Estado.

c. La inmunidad del Presidente del Estado en virtud del presente artículo continuará una vez que haya dejado de ser Presidente del Estado.

14. Inmunidad de procedimiento penal

El Presidente del Estado no será procesado penalmente. El período durante el cual, en virtud del presente artículo, el Presidente del Estado no pueda ser procesado por un delito no se contará para calcular el período de prescripción de ese delito.

15. Evidencia

Si el Presidente del Estado está obligado a prestar testimonio, su testimonio se hará en el lugar y el momento que se determine con su sanción.

16. Sueldos y otros pagos (Enmienda 1)

El sueldo del Presidente del Estado, así como los demás pagos que se le deban efectuar durante su mandato, se fijarán por resolución del Knesset, que podrá facultar al Comité de Finanzas en ese nombre. Las resoluciones previstas en esta sección se publicarán en «Reshumot».

17. Presidente no desempeñará ningún otro cargo

a. Salvo con la sanción del Comité de la Cámara de Representantes del Knesset, el Presidente del Estado no desempeñará ningún cargo ni ejercerá ninguna función que no sea el cargo y las funciones de Presidente del Estado.

b. El Presidente del Estado estará exento de todo servicio obligatorio.

18. Salida para el extranjero

El Presidente del Estado no abandonará el territorio del Estado salvo con la sanción del Gobierno.

19. Renuncia

El Presidente del Estado podrá renunciar a su cargo presentando una carta de dimisión al Presidente del Knesset. La carta de renuncia no exigirá una contraffirma. El lugar del Presidente del Estado quedará vacante cuarenta y ocho horas después de que la carta de renuncia llegue al Presidente del Knesset.

20. Destitución del Presidente de su cargo

a. El Knesset podrá, mediante resolución, destituir al Presidente del Estado si considera que no es digno de su cargo por haber comportado impropio su condición de Presidente del Estado.

b. El Knesset no destituirá al Presidente del Estado, salvo tras una denuncia presentada ante el Comité de la Cámara por al menos veinte miembros del Knesset y a propuesta del Comité de la Cámara aprobada por mayoría de tres cuartas partes de los miembros del Comité. La resolución del Knesset para destituir al Presidente del cargo requerirá una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del Knesset.

c. El Comité de la Cámara no propondrá la destitución del Presidente del Estado antes de que se le haya dado la oportunidad de refutar la denuncia de conformidad con el procedimiento prescrito por el Comité con la aprobación del Knesset, y el Knesset no resolverá destituir al Presidente del antes de que se le haya dado la oportunidad de ser oído de conformidad con el procedimiento prescrito por el Comité de la Cámara de Representantes con la aprobación del Knesset.

d. El Presidente del Estado podrá estar representado ante el Comité de la Cámara y ante el Knesset por un representante autorizado. Los miembros del Knesset no actuarán como representante del Presidente. El Comité de la Cámara de Representantes y el Knesset podrán convocar al Presidente del Estado para que esté presente en las actuaciones previstas en el presente artículo.

e. Las actuaciones del Knesset en virtud de esta sección se llevarán a cabo en una reunión, o reuniones sucesivas, asignadas exclusivamente a tal efecto. El procedimiento comenzará a más tardar veinte días después de la resolución del Comité de la Cámara. El Presidente del Knesset notificará la hora de su inicio a todos los miembros del Knesset, por escrito, con al menos diez días de antelación. Si el comienzo del procedimiento no cae en uno de los períodos de sesiones del Knesset, el Presidente del Knesset convocará al Knesset para las actuaciones.

21. Vacaciones del puesto por razones de salud

a. El Knesset podrá, mediante resolución aprobada por la mayoría de sus miembros, declarar que, por razones de salud, el Presidente del Estado no puede desempeñar permanentemente sus funciones.

b. El Knesset no aprobará una resolución tal como se ha indicado, salvo a propuesta del Comité de la Cámara aprobada por mayoría de dos tercios de sus miembros sobre la base de un dictamen médico emitido de conformidad con las normas prescritas por el Comité.

c. Si el Knesset resuelve lo anterior, el lugar del Presidente del Estado quedará vacante el día de la resolución.

22. Cesación temporal del ejercicio del cargo (enmienda 2)

a. El Presidente del Estado cesará temporalmente en el desempeño de sus funciones y en el ejercicio de sus atribuciones,

  1. 1. si abandona el territorio del Estado, desde el momento de su partida hasta su regreso;
  2. 2. si notifica al Comité de la Cámara de Representantes que no puede desempeñar temporalmente sus funciones y el Comité del Knesset aprueba su notificación por mayoría de votos, desde el momento de la aprobación de la notificación hasta la expiración del plazo fijado por el Comité en su resolución, o hasta la fecha de El Presidente del Estado notifica al Comité de la Cámara que ya no está en condiciones de desempeñar sus funciones, si esta fecha es anterior;
  3. 3. si el Comité de la Cámara, por mayoría de dos tercios de sus miembros, sobre la base de un dictamen médico emitido de conformidad con las normas prescritas por el Comité, resuelve que, por razones de salud, el Presidente del Estado no puede desempeñar temporalmente sus funciones, desde la aprobación de la resolución hasta que expire el plazo fijado por el Comité de la Cámara en la resolución o hasta que el Comité de la Cámara resuelva que el Presidente ya no puede desempeñar sus funciones.

b. El Comité de la Cámara no fijará, en virtud de los apartados a) 2) o 3), un período superior a tres meses. Podrá prorrogar el período, sin interrupción, hasta un máximo de tres meses adicionales. Cualquier nueva prórroga exigirá una resolución del Knesset aprobada por la mayoría de los miembros del Knesset a propuesta del Comité de la Cámara.

23. Presidente interino y Presidente interino

a. Si el puesto del Presidente del Estado ha quedado vacante y mientras el nuevo Presidente no haya comenzado a ocupar todavía su cargo, el Presidente del Knesset ejercerá el cargo de Presidente interino del Estado.

b. Durante el período en que el Presidente del Estado haya cesado temporalmente en el ejercicio de sus funciones y en el ejercicio de sus atribuciones, el Presidente del Knesset ejercerá el cargo de Presidente interino del Estado.

c. Mientras ejerza el cargo de Presidente interino del Estado o Presidente interino del Estado, el Presidente del Knesset desempeñará las funciones asignadas por ley al Presidente del Estado y ejercerá las atribuciones que le confiere la ley al Presidente del Estado.

24. Avisos en Reshumot

a. El Presidente de la Knesset publicará en «Reshumot» un aviso en el sentido de:

  1. 1. el comienzo del mandato del Presidente del Estado;
  2. 2. la vacante del puesto de Presidente del Estado;
  3. 3. el comienzo y la terminación del mandato del Presidente del Knesset como Presidente interino del Estado en virtud de los incisos 2 y 3 del apartado a) del artículo 22.

b. El Primer Ministro publicará en «Reshumot» una notificación sobre la salida del Presidente del territorio del Estado y su regreso.

25. Ley que no se verá afectada por las regulaciones de emergencia

Sin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra ley, esta Ley no puede ser modificada, suspendida o sujeta a condiciones por las regulaciones de emergencia.

26. Derogar

a. Quedan derogadas por la presente:

  1. 1. los artículos 2 c), 6 y 7 de la Ley de transición, 5709-1949;
  2. 2. la Ley del Presidente del Estado (tenencia), 5712-1951;

b. La Ley del Presidente del Estado, los miembros del Gobierno y los principales rabinos de Israel (fijación de sueldos), 5711-1950, ya no se aplicará al sueldo del Presidente del Estado ni a los pagos debidos a él o a sus supervivientes.

27. Disposición transitoria

El Presidente del Estado que fue elegido por el Knesset el 27 de Iyar de 5723 (21 de mayo de 1963) se considerará elegido y ocupa un cargo con arreglo a la presente Ley.

Ley Fundamental. La economía del Estado (1975)

1. Impuestos, préstamos obligatorios y tasas (Enmienda 1)

a. No se impondrán impuestos, préstamos obligatorios y otros pagos obligatorios, y sus importes no serán variados, salvo por ley o en virtud de la ley; lo mismo se aplicará con respecto a las tasas.

b. Cuando las cuantías de impuestos, préstamos obligatorios u otros pagos obligatorios, o tasas, pagaderos al Tesoro no estén prescritos en la propia Ley, y la Ley no dispone que las cantidades prescritas por el reglamento requieran la aprobación del Knesset o de un comité del Knesset, el por lo tanto, las cantidades prescritas por reglamentos requerirán la aprobación previa o dentro del plazo prescrito por la ley por decisión del Knesset o de un comité del Knesset facultado por él en ese nombre.

2. Propiedad del Estado

Las operaciones con bienes del Estado y la adquisición de derechos y la asunción de responsabilidades en nombre del Estado serán efectuadas por una persona facultada en ese nombre por la ley o en virtud de ella.

3. El Presupuesto del Estado (Enmiendas 1, 2 y 7)

  1. a.
    1. 1. El presupuesto del Estado estará prescrito por ley.
    2. 2. El presupuesto tendrá una duración de un año y establecerá los gastos previstos y previstos del Gobierno.
  1. b.
    1. 1. El Gobierno pondrá el proyecto de ley sobre el presupuesto sobre la mesa del Knesset en el momento prescrito por el Comité de Finanzas del Knesset, pero a más tardar sesenta días antes del comienzo del ejercicio económico
    2. 2. Se detallará el proyecto de ley presupuestario.
    3. 3. El proyecto de presupuesto detallado del Ministerio de Defensa no se presentará sobre la mesa del Knesset, sino sobre la mesa de un comité conjunto del Comité de Finanzas y el Comité de Relaciones Exteriores y Seguridad del Knesset.
    4. 4. El proyecto de ley presupuestario irá acompañado de una estimación de las fuentes de financiación del presupuesto.

c. En caso de necesidad, el Gobierno puede presentar un proyecto de ley presupuestario adicional durante el ejercicio económico.

d. Cuando el Gobierno considera que la Ley de presupuesto no se aprobará antes del comienzo del ejercicio económico, puede presentar un proyecto de ley presupuestario provisional.

e. El Ministro de Finanzas presentará al Knesset todos los años un informe sobre la ejecución del presupuesto del Estado. Los datos se prescribirán por ley.

3A. Presupuesto plurianual (enmienda 4)

a. Para cada ejercicio económico, el Gobierno preparará un plan presupuestario plurianual que incluirá el proyecto de ley presupuestario para el año siguiente, así como un plan presupuestario para los dos años consecutivos siguientes.

b. El Gobierno presentará al Knesset el plan presupuestario plurianual junto con el proyecto de ley presupuestario.

c. Todo proyecto de presupuesto presentado por el Gobierno al Knesset se basará en el plan presupuestario plurianual preparado y presentado con arreglo a esta sección el año anterior.

3B. Falta de aprobación del presupuesto (enmienda 5)

a. En caso de no aprobación de la Ley de presupuesto antes del comienzo del ejercicio económico, el Gobierno tiene derecho a gastar cada mes una suma equivalente a la duodécima parte del presupuesto anual anterior, con un aumento vinculado al índice de precios al consumidor publicado por la Oficina Central de Estadística.

b. Los fondos previstos en el apartado a) se designarán en primer lugar para cumplir las obligaciones del Estado en virtud de la ley, los contratos y los tratados. El resto será utilizado por el Gobierno únicamente para el funcionamiento de servicios y actividades vitales incluidos en la anterior Ley de Presupuestos.

c. Esta sección no podrá ser modificada, salvo por la mayoría de los miembros del Knesset.

3C. Legislación que requiere un presupuesto (Enmienda 6, Anuncios 1 y 2)

a. El Knesset no aprobará un proyecto de ley presupuestario, salvo con el voto de al menos 50 miembros del Knesset. La mayoría antes mencionada se requiere en la primera, segunda y tercera lecturas. Sin embargo, si un proyecto de ley se convierte en un proyecto de ley presupuestario después de la primera lectura, se requiere la mayoría antes mencionada en las lecturas segunda y tercera.

b. La Knesset no aprobará una reserva presupuestaria, salvo con los votos de al menos 50 miembros del Knesset. Cuando se apruebe una reserva presupuestaria a un proyecto de ley, el proyecto de ley no aprobará la tercera lectura salvo con los votos de al menos 50 miembros del Knesset.

c. La determinación del costo presupuestario, a los efectos del presente artículo, de un proyecto de ley o reserva será la del Comité del Knesset que delibere sobre ese proyecto de ley o reserva (en adelante, el Comité). El Comité determinará el costo presupuestario mediante la evaluación del Ministro de Finanzas, o de alguien autorizado por él a tal efecto, a menos que se haya demostrado a su satisfacción, mediante otra evaluación que se le haya presentado, que el costo presupuestario es diferente del evaluado por el Ministro de Finanzas. Las evaluaciones con arreglo a la presente sección se presentarán junto con datos y estimaciones.

d. En esta sección -

  • Por «proyecto de ley presupuestario» se entiende un proyecto de ley que cumple todos los requisitos siguientes:
    1. 1. No fue presentado por el Gobierno;
    2. 2. Su ejecución supone un costo presupuestario de 5.991.899 nuevos shekels israelíes o más, en cualquier ejercicio presupuestario;
    3. 3. El Gobierno no ha dado su consentimiento al costo presupuestario;
  • Por «reserva presupuestaria» se entiende una reserva a un proyecto de ley que cumpla todas las condiciones siguientes:
    1. 1. Su ejecución supone un costo presupuestario de 5.991.899 nuevos shekels israelíes o más, en cualquier ejercicio presupuestario;
    2. 2. El Gobierno no ha dado su consentimiento al costo presupuestario;
  • «Coste presupuestario»: un gasto o un compromiso de gastos con cargo al presupuesto del Estado, o una disminución de los ingresos estatales, incluso si dicho gasto o disminución vaya acompañado de una reducción del gasto o de un compromiso de gastos con cargo al presupuesto estatal, o de un aumento de los ingresos estatales;
  • «Gastos con cargo al presupuesto del Estado», «disminución de los ingresos del Estado», incluidos los gastos del presupuesto de un organismo presupuestado, o una disminución de los ingresos de un organismo presupuestado;
  • «Órgano presupuestado», tal como se define en el artículo 21 de la Ley de fundamentos del presupuesto, 5745-1985.

e. Las sumas especificadas en las definiciones de «factura presupuestaria» y «reserva presupuestaria» en la subsección d) se actualizarán el 1 de enero de cada año, de acuerdo con la tasa de cambio en el índice de precios al consumo publicado por la Oficina Central de Estadística.

f. Las disposiciones de este artículo no se aplicarán a un proyecto de ley relativo a la disolución del Knesset y la celebración de elecciones.

4. Monedas y billetes de moneda

La impresión de billetes de moneda de curso legal y la acuñación de monedas de curso legal, así como su emisión, se realizarán conforme a la Ley.

5. Inspección (Enmienda 3)

La economía del Estado estará sujeta a la inspección del Contralor del Estado.

Ley Fundamental. Las Fuerzas Armadas (1976)

1. Ejército de Defensa de Israel

El Ejército de Defensa de Israel es el ejército del Estado.

2. Subordinación a la autoridad civil

a. El Ejército está sujeto a la autoridad del Gobierno.

b. El Ministro a cargo del Ejército en nombre del Gobierno es el Ministro de Defensa.

3. Jefe del Estado Mayor General

a. El nivel de mando supremo en el Ejército es el Jefe del Estado Mayor.

b. El Jefe del Estado Mayor está sujeto a la autoridad del Gobierno y está subordinado al Ministro de Defensa.

c. El Jefe del Estado Mayor será nombrado por el Gobierno por recomendación del Ministro de Defensa.

4. Deber de servir y reclutar

El deber de servir en el ejército y de reclutar para él será el prescrito por la ley o en virtud de ella.

5. Instrucciones y órdenes en el Ejército

La facultad de dictar instrucciones y órdenes vinculantes en el ejército se prescribirá en virtud de la ley o en virtud de ella.

6. Otras fuerzas armadas

Ninguna fuerza armada que no sea el Ejército de Defensa de Israel se establecerá o mantendrá salvo en virtud de la ley.

Ley Fundamental. Jerusalén, capital de Israel (1980)

1. Jerusalén, capital de Israel

Jerusalén, completa y unida, es la capital de Israel.

2. Sede del Presidente, el Knesset, el Gobierno y el Tribunal Supremo

Jerusalén es la sede del Presidente del Estado, el Knesset, el Gobierno y la Corte Suprema.

3. Protección de los Lugares Sagrados

Los Santos Lugares estarán protegidos contra la profanación y cualquier otra violación y de todo lo que pueda violar la libertad de acceso de los miembros de las diferentes religiones a los lugares sagrados para ellos o de sus sentimientos hacia esos lugares.

4. Desarrollo de Jerusalén

a. El Gobierno velará por el desarrollo y la prosperidad de Jerusalén y el bienestar de sus habitantes asignando fondos especiales, incluida una subvención anual especial a la Municipalidad de Jerusalén (Subvención de la Ciudad Capital), con la aprobación del Comité de Finanzas del Knesset.

b. Se asignará especial prioridad a Jerusalén en las actividades de las autoridades del Estado a fin de promover su desarrollo en materia económica y de otra índole.

c. El Gobierno establecerá un órgano especial u órganos especiales para la aplicación de esta sección.

5. Zona de jurisdicción de Jerusalén (Enmienda 1)

La jurisdicción de Jerusalén incluye, como corresponde a esta ley fundamental, entre otros, toda la zona que se describe en el apéndice de la proclamación que amplía las fronteras de la Jerusalén municipal a partir del 20 de Sivan 5727 (28 de junio de 1967), como se dio de acuerdo con la Ordenanza de Ciudadeas.

6. Prohibición de la transferencia de autoridad (Enmienda 1)

Ninguna autoridad estipulada en la legislación del Estado de Israel o del Municipio de Jerusalén podrá ser transferida de forma permanente o por un período de tiempo asignado a un organismo extranjero, ya sea político, gubernamental o a cualquier otro tipo similar de cuerpo extranjero.

7. Afianzamiento (enmienda 1)

Las cláusulas 5 y 6 no se modificarán salvo en virtud de una ley fundamental aprobada por la mayoría de los miembros del Knesset.

Ley Fundamental. El Poder Judicial (1984)

Capítulo Uno. Disposiciones básicas

1. Poder judicial

a. El poder judicial corresponde a los siguientes tribunales:

  1. 1. el Tribunal Supremo;
  2. 2. un tribunal de distrito;
  3. 3. un Tribunal de Primera Instancia;
  4. 4. otro tribunal designado por la ley como tribunal.

En esta Ley, se entiende por «juez» un juez de un tribunal como se indica anteriormente.

b. El poder judicial recae también en lo siguiente:

  1. 1. un tribunal religioso (beit din);
  2. 2. cualquier otro tribunal (beit din):
  3. 3. otra autoridad según lo prescrito por la ley.

c. No se establecerá ningún tribunal o tribunal (beit din) para un caso particular.

2. Independencia

Una persona que tenga poder judicial no estará sujeta, en materia judicial, a ninguna autoridad que no sea la de la ley.

3. Publicidad de las actuaciones

Los tribunales actuarán en público a menos que la ley disponga otra cosa o a menos que el tribunal disponga otra cosa en virtud de la ley.

Capítulo Dos. Jueces

4. Nombramiento de magistrados

a. Un magistrado será nombrado por el Presidente del Estado previa elección por un Comité Electoral de Magistrados.

b. El Comité estará integrado por nueve miembros, a saber, el Presidente del Tribunal Supremo, otros dos magistrados del Tribunal Supremo elegidos por su órgano de jueces, el Ministro de Justicia y otro Ministro designado por el Gobierno, dos miembros del Knesset elegidos por el Knesset y dos representantes de la Cámara de Abogados elegidos por el Consejo Nacional de la Cámara. El Ministro de Justicia será el presidente del Comité.

c. El Comité puede actuar aunque el número de sus miembros haya disminuido, siempre que no sea inferior a siete.

5. Nacionalidad

Sólo se nombrará juez a un nacional israelí.

6. Declaración de lealtad

El juez designado hará una declaración de lealtad ante el Presidente del Estado. La declaración será la siguiente:

«Me comprometo a ser leal al Estado de Israel y a sus leyes, a impartir justicia con justicia, a no pervertir la ley y a no mostrar ningún favor.»

7. Período de permanencia (Enmienda 2)

El mandato de un magistrado comenzará tras su declaración de lealtad y terminará únicamente:

  1. 1. en el momento de su jubilación con pensión, o
  2. 2. a su dimisión; o
  3. 3. al ser elegido o nombrado para uno de los cargos cuyos titulares no puedan ser candidatos al Knesset; o
  4. 4. previa decisión del Comité Electoral de Magistrados preparada por el presidente del Comité, el Defensor del Pueblo del Poder Judicial de Israel o el Presidente del Tribunal Supremo y aprobada por una mayoría de al menos siete miembros; o
  5. 5. por decisión del Tribunal de Disciplina.

8. Juez jubilado

El juez que se haya jubilado en régimen de pensión podrá ser nombrado para ocupar el cargo de juez durante el tiempo, en la forma y en las condiciones que prescriba la ley.

9. Restricción a la republicación

a. El juez no podrá ser trasladado permanentemente de la localidad en que esté prestando servicios a un tribunal de otra localidad, salvo con el consentimiento del Presidente del Tribunal Supremo o en virtud de una decisión del Tribunal Disciplinario.

b. Un juez no podrá ser nombrado sin su consentimiento para ocupar un cargo en un tribunal inferior.

10. Salario y prestaciones

a. Los sueldos de los jueces y otros pagos que se les hagan durante o después de su período de mandato o a sus supervivientes después de su fallecimiento se prescribirán por ley o por decisión del Knesset o de un comité del Knesset facultado por el Knesset en ese nombre.

b. No se adoptará ninguna decisión sobre la reducción de los sueldos de los magistrados únicamente.

11. Juez de no participar en una ocupación adicional, etc

Un juez no ejercerá una ocupación adicional y no desempeñará ninguna función pública salvo en virtud de la ley o con el consentimiento del Presidente del Tribunal Supremo y del Ministro de Justicia.

12. Procedimientos penales

a. No se iniciará ninguna investigación penal contra un juez salvo con el consentimiento del Fiscal General, y no se podrá incoar acusación contra un juez salvo por el Fiscal General.

b. Las acusaciones penales contra un juez no serán juzgadas salvo ante un tribunal de distrito integrado por tres jueces, a menos que el juez haya consentido en que la acusación sea juzgada de manera ordinaria.

c. Las disposiciones del presente artículo no se aplicarán a las categorías de delitos designadas por la ley.

13. Procedimientos disciplinarios

a. Un magistrado estará sujeto a la competencia de un Tribunal de Disciplina.

b. El Tribunal Disciplinario estará integrado por jueces o jueces jubilados con pensión nombrados por el Presidente del Tribunal Supremo.

c. Las disposiciones relativas a los motivos para incoar procedimientos disciplinarios, las modalidades de presentación de denuncias, la composición de la sala, las facultades del Tribunal de Disciplina y las medidas disciplinarias que estará facultado para imponer estarán establecidas por la ley. Las normas de procedimiento se ajustarán a la ley.

14. Suspensión (enmienda 1)

Cuando se presenta una denuncia, se inicia una investigación penal o se incoe una acusación contra un juez, el Presidente del Tribunal Supremo puede suspenderlo de su cargo durante el período que le prescriba.

Capítulo Tres. Los Tribunales

15. Corte Suprema

a. La sede de la Corte Suprema es Jerusalén.

b. El Tribunal Supremo conocerá los recursos contra las sentencias y otras decisiones de los tribunales de distrito.

c. El Tribunal Supremo actuará también como Tribunal Superior de Justicia. En su sesión, entenderá los asuntos en los que considere necesario conceder medidas cautelares en aras de la justicia y que no sean de la competencia de otro tribunal (beit mishpat o beit din).

d. Sin perjuicio de la generalidad de lo dispuesto en el apartado c), el Tribunal Supremo, constituida en Tribunal Superior de Justicia, será competente,

  1. 1. dictar órdenes de liberación de las personas detenidas o encarceladas ilegalmente.
  2. 2. ordenar a las autoridades estatales y locales y a sus funcionarios y órganos, así como a otras personas que desempeñen funciones públicas con arreglo a la ley, que realicen o se abstengan de realizar cualquier acto en el ejercicio legítimo de sus funciones o, si han sido elegidas o nombradas indebidamente, que se abstengan de actuar;
  3. 3. ordenar a los tribunales (batei mishpat y batei din) y a los órganos y personas con facultades judiciales o cuasijudiciales en virtud de la ley, distintos de los tribunales regulados por la presente Ley y que no sean los tribunales religiosos (batei din), que oigan, se abstengan de escuchar o seguir escuchando un asunto determinado o anulen indebidamente un procedimiento tomada o una decisión indebidamente adoptada;
  4. 4. ordenar a los tribunales religiosos (batei din) que conozcan un asunto determinado dentro de su jurisdicción o que se abstengan de examinar o seguir escuchando un asunto concreto que no esté dentro de su jurisdicción, siempre que el tribunal no examinará una solicitud con arreglo al presente párrafo si el demandante no planteó la cuestión de su competencia lo antes posible; y si no tenía ninguna oportunidad razonable de plantear la cuestión de la competencia hasta que un tribunal religioso hubiera dictado una decisión (beit din), el tribunal puede anular un procedimiento adoptado o una decisión dictada por el tribunal religioso (beit din) sin autoridad.

e. La ley prescribirá otras facultades del Tribunal Supremo.

16. Otros Tribunales

El establecimiento, las facultades, los lugares de audiencia y las zonas de jurisdicción de los tribunales de distrito, los tribunales de primera instancia y otros tribunales se ajustarán a la ley.

17. Apelar

Las sentencias de un tribunal de primera instancia, que no sean de la Corte Suprema, serán apelables por derecho.

18. Audiencia adicional

En un asunto dictado por el Tribunal Supremo por una sala de tres personas, podrá celebrar una nueva audiencia por un tribunal de cinco o más, por los motivos y de la manera que prescriba la ley.

19. Volver a juicio

En un asunto penal dictado definitivamente, se puede celebrar un nuevo juicio por los motivos y de la manera que prescriba la ley.

20. Regla establecida

a. Una norma dictada por un tribunal deberá guiar a todo tribunal inferior.

b. Una norma dictada por el Tribunal Supremo obligará a cualquier tribunal que no sea el Tribunal Supremo.

21. Registrador

Un tribunal puede tener un secretario, que puede o no ser juez.

Capítulo cuatro. Disposiciones diversas

22. Ley que no se verá afectada por las regulaciones de emergencia

Esta Ley no puede ser modificada, suspendida o sujeta a condiciones por reglamentos de emergencia.

23. Disposiciones que ha de prescribir la ley

Las disposiciones relativas a las siguientes cuestiones estarán previstas en la Ley:

  1. 1. la forma de elegir y la duración del mandato de los miembros del Comité Electoral de los Jueces;
  2. 2. las calificaciones para los puestos de magistrados de las diversas categorías;
  3. 3. la manera de nombrar al Presidente del Tribunal Supremo, al Vicepresidente del Tribunal Supremo y al Presidente y Vicepresidente de un Tribunal de Distrito y de un Tribunal de Primera Instancia;
  4. 4. las condiciones y procedimientos para poner fin al mandato de un juez;
  5. 5. la forma de nombrar a un juez para una asignación en otro tribunal y de trasladar a un juez, temporal o permanentemente, de la localidad en que presta servicios a un tribunal de otra localidad;
  6. 6. los procedimientos para la suspensión del cargo de un juez y la revisión de la suspensión;
  7. 7. los asuntos que los tribunales de los diferentes grados deben conocer por un solo juez o por tres o más jueces;
  8. 8. la forma de designar al juez o jueces que se ocupan o van a entender de un asunto determinado.

24. Disposiciones que deben prescribirse en la ley

En virtud de la ley se prescribirán disposiciones relativas a las siguientes cuestiones:

  1. 1. las normas relativas a la administración de los tribunales, su creación y la responsabilidad de su aplicación;
  2. 2. el reglamento del Comité Electoral de los Jueces;
  3. 3. procedimiento para la dimisión de un juez;
  4. 4. procedimiento para el nombramiento y las facultades del secretario de un tribunal;
  5. 5. el número de jueces que han de prestar servicios en los tribunales de los diferentes grados y lugares de destino.

Ley Fundamental. El Contralor del Estado (1988)

1. Esencia

La Auditoría del Estado será ejecutada por el Contralor del Estado.

2. Auditoría de Estado

a. El Contralor auditará la economía, la propiedad, las finanzas, las obligaciones y la administración del Estado, de los Ministerios del Gobierno, de todas las empresas, instituciones o corporaciones del Estado, de las Autoridades Locales y de los órganos u otras instituciones definidas por ley como sujetas a auditoría por el Contralor del Estado.

b. El Contralor del Estado inspeccionará la legalidad, integridad, normas de gestión, eficiencia y economía de los órganos auditados, así como cualquier otra cuestión que considere necesaria.

3. Deber de proporcionar información

Un organismo sujeto a Auditoría del Estado, previa solicitud, proporcionará inmediatamente al Contralor del Estado información, documentos, explicaciones o cualquier otro material que el Contralor considere necesario para fines de auditoría.

4. Contralor como Comisionado para Reclamaciones

El Contralor del Estado investigará las quejas del público sobre organismos y personas, conforme a lo dispuesto en la ley: en esta calidad, el Contralor del Estado llevará el título de «Comisionado para las Quejas del Público».

5. Tareas adicionales

El Contralor del Estado asumirá las tareas adicionales previstas por la ley.

6. Rendición de cuentas ante el Knesset

En el desempeño de sus funciones, el Contralor del Estado sólo será responsable ante el Knesset y no ante el Gabinete.

7. Elección y mandato (Enmienda 1)

a. El Contralor del Estado será elegido por el Knesset en votación secreta; las disposiciones exactas se establecerán por ley.

b. El mandato del Contralor del Estado será de siete años.

c. El Contralor del Estado desempeñará sus funciones por un solo mandato.

8. Cualificaciones (enmienda 1)

Todo ciudadano israelí que resida en Israel tendrá derecho a ejercer las funciones de Contralor del Estado; toda cualificación adicional podrá ser determinada por la ley.

9. Promesa de lealtad

El Contralor del Estado elegido hará y firmará ante el Knesset la siguiente declaración:

«Prometo lealtad al Estado de Israel y a sus leyes, y cumpliré fielmente mis deberes como Contralor Estatal».

10. Presupuesto

El presupuesto de la Contraloría del Estado será determinado por la Comisión de Asignaciones del Knesset, previa recomendación del Contralor del Estado, y se publicará junto con el Presupuesto del Estado.

11. Salario y emolumentos

El sueldo del Contralor del Estado y los demás pagos que se le hagan durante su mandato o posteriormente, o a sus supervivientes tras su fallecimiento, serán determinados por ley o por una resolución del Knesset o por un comité debidamente autorizado del Knesset.

12. Contacto con la Knesset y emisión de informes

a. El Contralor del Estado mantendrá contacto con el Knesset, según determine la ley.

b. El Contralor del Estado emitirá informes y dictámenes en el ámbito de sus funciones y los publicará, con sujeción a las restricciones que determine la ley.

13. Destitución del cargo (enmienda 2)

El Contralor del Estado no podrá ser destituido salvo por una de las siguientes:

  1. 1. Por razones de salud, no puede desempeñar permanentemente sus funciones, el día en que el Knesset lo resuelve mediante una resolución aprobada por la mayoría de los miembros del Knesset, siguiendo el procedimiento que determine la ley.
  2. 2. Debido a una conducta impropia su condición de Contralor del Estado, el día en que el Knesset lo resolvió mediante una resolución aprobada por una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del Knesset, siguiendo el procedimiento que determinará la ley.

14. Contralor del Estado interino

Si el Contralor del Estado no está en condiciones de desempeñar sus funciones, se nombrará un Contralor interino, de la manera y por el período que determine la ley.

Ley Fundamental. Dignidad humana y libertad (1992)

1. Principios básicos (enmienda 1)

Los derechos humanos fundamentales en Israel se basan en el reconocimiento del valor del ser humano, la santidad de la vida humana y el principio de que todas las personas son libres; estos derechos se respetarán en el espíritu de los principios enunciados en la Declaración sobre el establecimiento del Estado de Israel.

1A. Propósito (enmienda 1)

El propósito de esta Ley fundamental es proteger la dignidad y la libertad humanas, a fin de establecer en una Ley fundamental los valores del Estado de Israel como Estado judío y democrático.

2. Preservación de la vida, el cuerpo y la dignidad

No habrá violación de la vida, el cuerpo o la dignidad de ninguna persona como tal.

3. Protección de los bienes

No habrá violación de los bienes de una persona.

4. Protección de la vida, el cuerpo y la dignidad

Todas las personas tienen derecho a la protección de su vida, cuerpo y dignidad.

5. Libertad personal

No habrá privación o restricción de la libertad de una persona mediante prisión, detención, extradición o de otra manera.

6. Salida y entrada de Israel

a. Todas las personas son libres de salir de Israel.

b. Todo ciudadano israelí tiene derecho a entrar en Israel desde el extranjero.

7. Privacidad

a. Todas las personas tienen derecho a la intimidad ya la intimidad.

b. No podrá entrar en los locales privados de una persona que no lo haya consentido.

c. No se realizará ningún registro en los locales privados de una persona, ni en el cuerpo o los efectos personales.

d. No habrá violación de la confidencialidad de las conversaciones, ni de los escritos o registros de una persona.

8. Violación de derechos (Enmienda 1)

No habrá violación de los derechos consagrados en la presente Ley Fundamental salvo en virtud de una ley acorde con los valores del Estado de Israel, promulgada con un propósito adecuado y en una medida no superior a la requerida, o por una reglamentación promulgada en virtud de una autorización expresa en dicha ley.

9. Reserva relativa a las fuerzas de seguridad

No se restringirán los derechos en virtud de la presente Ley Fundamental de las personas que prestan servicios en las Fuerzas de Defensa de Israel, la Policía de Israel, el Servicio Penitenciario y otras organizaciones de seguridad del Estado, ni estarán sujetos a condiciones, salvo en virtud de una ley o de una reglamentación promulgada en virtud de una ley, y en una medida no superior a la exigida por la naturaleza y el carácter del servicio.

10. Validez de las leyes

La presente Ley Fundamental no afectará a la validez de ninguna ley (din) vigente antes de la entrada en vigor de la Ley Fundamental.

11. Aplicación

Todas las autoridades gubernamentales están obligadas a respetar los derechos consagrados en esta Ley Fundamental.

12. Estabilidad

Esta Ley Fundamental no puede modificarse, suspenderse ni someterse a condiciones por las normas de excepción; no obstante, cuando exista un estado de excepción, en virtud de una declaración prevista en el artículo 9 de la Ordenanza sobre la ley y la administración de 5708-1948, las normas de excepción pueden promulgarse en virtud de dicho artículo denegar o restringir los derechos previstos en la presente Ley Fundamental, siempre que la denegación o restricción sea para un propósito adecuado y durante un período y una medida no superior al requerido.

Ley Fundamental. Libertad de ocupación (1994)

1. Principios básicos

Los derechos humanos fundamentales en Israel se basan en el reconocimiento del valor del ser humano, la santidad de la vida humana y el principio de que todas las personas son libres; estos derechos se respetarán en el espíritu de los principios enunciados en la Declaración sobre el establecimiento del Estado de Israel.

2. Propósito

El propósito de esta Ley fundamental es proteger la libertad de ocupación, a fin de establecer en una Ley fundamental los valores del Estado de Israel como Estado judío y democrático.

3. Libertad de ocupación

Todo nacional o residente de Israel tiene derecho a ejercer cualquier ocupación, profesión o comercio.

4. Violación de la libertad de ocupación

No habrá violación de la libertad de ocupación salvo en virtud de una ley acorde con los valores del Estado de Israel, promulgada con un propósito adecuado y en una medida no superior a la requerida, o mediante una reglamentación promulgada en virtud de una autorización expresa en dicha ley.

5. Aplicación

Todas las autoridades gubernamentales están obligadas a respetar la libertad de ocupación de todos los nacionales y residentes israelíes.

6. Estabilidad

La presente Ley Fundamental no podrá ser modificada, suspendida ni sometida a condiciones por reglamentos de excepción.

7. Afianzamiento

Esta Ley Fundamental no se modificará salvo en virtud de una ley fundamental aprobada por la mayoría de los miembros del Knesset.

8. Efecto de la ley no conforme (Enmienda 2)

a. Una disposición de una ley que viole la libertad de ocupación surtirá efecto, aunque no sea conforme a lo dispuesto en el artículo 4, si ha sido incluida en una ley aprobada por la mayoría de los miembros del Knesset, que establece expresamente que surtirá efecto, no obstante lo dispuesto en la presente Ley Fundamental; la ley expirará cuatro años a partir de su inicio, a menos que se haya establecido en ella una duración más corta.

b. La disposición relativa a la expiración de la validez mencionada en el apartado a) no se aplicará a una ley aprobada en el plazo de un año a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley Fundamental.

9. Derogar

Ley Fundamental: Queda derogada la libertad de ocupación.

10. Provisional (Enmiendas 1 y 2)

Las disposiciones de toda ley que, inmediatamente antes de la presente Ley Fundamental, hubieran entrado en vigor de no ser para esta Ley Fundamental o la Ley Fundamental derogada en el artículo 9, permanecerán en vigor hasta el día del 14 de marzo de 2002, a menos que se hayan derogado antes; sin embargo, esas disposiciones se interpretarán en el espíritu del disposiciones de esta Ley Fundamental.

11. Modificación de la Ley Fundamental: Dignidad humana y libertad

En la Ley Fundamental: Dignidad y Libertad Humanas —

  1. 1. La sección 1 se designará 1 a) y irá precedida de la siguiente sección:
  2. «Principios básicos
  3. «1. Los derechos humanos fundamentales en Israel se basan en el reconocimiento del valor del ser humano, la santidad de la vida humana y el principio de que todas las personas son libres; estos derechos se defenderán en el espíritu de los principios enunciados en la Declaración sobre el establecimiento del Estado de Israel».
  4. 2. Al final del artículo 8, se añadirá lo siguiente: «o por reglamento promulgado en virtud de una autorización expresa en dicha ley».

Ley Fundamental. El Gobierno (2001)

1. Lo que es el Gobierno

El Gobierno es la autoridad ejecutiva del Estado.

2. Sede del Gobierno

La sede del Gobierno es Jerusalén.

3. Confianza de la Knesset

El Gobierno ocupa el cargo en virtud de la confianza del Knesset.

4. Responsabilidad

El Gobierno es responsable colectivamente ante el Knesset; cada Ministro es responsable ante el Primer Ministro de la esfera de responsabilidad que se le ha encomendado.

5. Composición

a. El Gobierno está integrado por un Primer Ministro y otros ministros.

b. El Primer Ministro será miembro del Knesset. Un ministro no tiene por qué ser miembro de la Knesset.

c. Un ministro estará a cargo de un ministerio; puede haber ministros sin cartera.

d. Uno de los Ministros que sea miembro del Knesset puede ser designado Primer Ministro interino.

e. Un ministro puede ser viceprimer ministro.

6. Elegibilidad de los ministros

a. Un ministro debe ser un ciudadano israelí y un residente de Israel.

b. No se nombrará ministro a una persona que desempeñe un cargo o función como se especifica en el artículo 7 de la Ley Fundamental: El Knesset, a menos que haya cesado en el cargo o función mencionados con anterioridad a su nombramiento, según lo prescrito por la ley.

  1. c.
    1. 1. Si una persona ha sido condenada por un delito y sentenciada a prisión y si aún no han transcurrido siete años desde el día en que terminó de cumplir su pena, o desde que se dictó su condena -si esta fecha fuera posterior - no será nombrado Ministro, a menos que el Presidente de la El Comité Electoral declara que las circunstancias del delito no implican turpiedad moral.
    2. 2. El Presidente del Comité Electoral Central no decidirá si el tribunal determina que el delito entrañaba turpiedad moral.

d. Si una persona posee una ciudadanía distinta de la israelí, y si la legislación del país del que es ciudadano le permite ser liberada de esa ciudadanía, sólo será nombrado Ministro después de haber adoptado todas las medidas necesarias para liberarse de esa ciudadanía.

e. Un miembro del Knesset que se separe de su facción y no presente su dimisión como miembro del Knesset no podrá ser nombrado ministro durante el período de servicio del Knesset. Esto no se aplica a la división de una facción tal como se define en la ley. La «secesión de una facción» se define en el apartado a) del artículo 6 de la Ley Fundamental: El Knesset.

7. Asignación de tareas de formación de gobierno

a. Cuando deba constituirse un nuevo Gobierno, el Presidente del Estado, previa consulta con los representantes de los grupos de partidos en el Knesset, asignará la tarea de formar un Gobierno a un miembro del Knesset que le haya notificado que está dispuesto a aceptar la tarea; el Presidente lo hará en un plazo de siete días a partir de la publicación de los resultados de las elecciones, o si surgiera la necesidad de formar un nuevo gobierno y, en caso de fallecimiento del Primer Ministro, dentro de los 14 días siguientes a su fallecimiento.

b. Si esta consulta tiene lugar antes de que se convoque el nuevo Knesset, el Presidente consultará a los representantes de las listas de candidatos que estarán representados en el nuevo Knesset.

c. El presente artículo no se aplicará a la formación de un gobierno tras una votación de censura conforme al artículo 28 o en caso de que se presente una solicitud al Presidente en virtud del apartado b) del artículo 29, y se aplicarán las disposiciones especificadas en esas secciones.

8. Períodos para la formación del gobierno

El Miembro del Knesset al que el Presidente haya asignado la tarea de formar un gobierno en virtud del artículo 7 dispondrá de un plazo de 28 días para el cumplimiento de esa tarea. El Presidente del Estado podrá prorrogar el plazo por períodos adicionales que no excedan en total 14 días.

9. Reasignación de tareas

a. Cuando hayan transcurrido los plazos a que se refiere el artículo 8 y el miembro del Knesset no haya notificado al Presidente del Estado que ha constituido un gobierno, o si antes le ha notificado que no puede formar un gobierno, o cuando presentó un gobierno y el Knesset rechazó su solicitud de de conformidad con el apartado d) del artículo 13, el Presidente podrá asignar la tarea de formar un gobierno a otro miembro del Knesset que le haya notificado que está dispuesto a aceptar la tarea, o puede informar al Presidente del Knesset de que no ve ninguna posibilidad de formar un gobierno, todo ello dentro de los tres días siguientes al final del o desde el día de la declaración del miembro del Knesset de que no puede formar un gobierno o del rechazo de la confianza en el Gobierno, según proceda.

b. Antes de asignar la tarea de formar un gobierno en virtud de esta sección, o antes de informar al Presidente del Knesset de que no ve ninguna posibilidad de formar un gobierno, el Presidente podrá consultar nuevamente con representantes de facciones del Knesset.

c. El Miembro del Knesset al que se haya asignado la tarea de formar un gobierno en virtud del presente artículo dispondrá de 28 días para hacerlo.

10. Asignación de tareas a petición de grupos de partido

a. Cuando el Presidente del Estado haya informado al Presidente del Knesset, en virtud del apartado a) del artículo 9 de que no ve ninguna posibilidad de formar un gobierno, o si ha asignado la tarea de formar un Gobierno a un miembro del Knesset con arreglo al mismo artículo y el miembro del Knesset no le ha notificado en un plazo de 28 días que ha formado un gobierno, o le ha notificado antes de entonces que no puede formar un gobierno, o ha presentado un gobierno y el Knesset rechazó su solicitud de confianza en virtud del apartado d) del artículo 13, la mayoría de los miembros del Knesset pueden solicitar por escrito que el Presidente del Estado asigne la tarea a un miembro particular del Knesset, que así lo aceptó por escrito, todos dentro de los 21 días siguientes al anuncio del Presidente, o desde el final del período designado en el apartado c) del artículo 9, o de la declaración del Miembro del Knesset de que no puede formar un gobierno, o del rechazo de la confianza en el Gobierno, según proceda .

b. Cuando se haya presentado al Presidente una solicitud como se indica anteriormente, el Presidente asignará la tarea de formar un Gobierno a dicho Miembro del Knesset en un plazo de dos días.

c. El Miembro del Knesset al que se haya asignado la tarea de formar un gobierno en virtud de esta sección tendrá un plazo de catorce días para su cumplimiento.

11. Elecciones anticipadas en caso de no formar un gobierno

a. En caso de que no se presente ninguna solicitud en virtud del apartado a) del artículo 10, o si un miembro del Knesset no formase un gobierno dentro del plazo definido en el apartado c) del artículo 10, o si antes de ese momento informara al Presidente de que no puede formar un gobierno, el Presidente informará de ello al Presidente del Knesset.

b. En caso de que el Presidente lo informe al Presidente del Knesset, o si un miembro del Knesset encargado de formar un gobierno en virtud del artículo 10 a) presente un gobierno y no ganara la confianza del Knesset en virtud del apartado d) del artículo 13, se considerará que el Knesset ha decidido dispersarse antes de que concluya su período de servicio, y las elecciones para el Knesset se celebrarán el último martes antes de que terminen los 90 días del anuncio del Presidente, o del rechazo de la solicitud de confianza en el Gobierno, según proceda.

12. Desistimiento de los procedimientos de formación de gobierno

Cuando se haya aprobado una ley para la disolución del Knesset, cesarán los procedimientos para la formación de un gobierno.

13. Formación del Gobierno

a. Cuando el Presidente del Estado haya asignado a un miembro del Knesset la tarea de formar un Gobierno, lo notificará al Presidente del Knesset a tal efecto, y el Presidente del Knesset lo notificará al Knesset.

b. Cuando el Miembro del Knesset haya constituido un Gobierno, lo notificará al Presidente del Estado y al Presidente del Knesset a tal efecto, y el Presidente del Knesset lo notificará al Knesset y fijará una fecha para la presentación del Gobierno al Knesset en un plazo de siete días a partir de dicha notificación.

c. El Miembro del Knesset que haya constituido un Gobierno lo encabezará.

d. Cuando se haya constituido un gobierno, se presentará al Knesset, anunciará las líneas básicas de su política, su composición y la distribución de funciones entre los ministros, y pedirá una expresión de confianza. El Gobierno se constituye cuando el Knesset ha expresado su confianza en él, y los Ministros asumirán sus funciones.

14. Declaración de lealtad

Tan pronto como sea posible, o tan pronto como sea posible después, el Knesset haya expresado confianza en el Gobierno, el Primer Ministro hará ante el Knesset la siguiente declaración de lealtad: «En mi calidad de Primer Ministro me comprometo a defender el Estado de Israel y sus leyes, a cumplir fielmente mi función de Primer Ministro Ministro y para cumplir con las decisiones del Knesset»; y cada uno de los demás Ministros hará la siguiente declaración de lealtad: «Yo (nombre) como miembro del Gobierno, me comprometo a defender el Estado de Israel y sus leyes, a cumplir fielmente mi papel como miembro del Gobierno y a cumplir con las decisiones del Knesset.»

15. Coopción de un ministro

El Gobierno podrá, a propuesta del Primer Ministro, cooptar a un ministro adicional para el Gobierno. Cuando el Gobierno haya decidido cooptar a un ministro, notificará ese hecho y la función del Ministro adicional al Knesset. Una vez aprobada la notificación por el Knesset, el Ministro adicional asumirá su cargo y, tan pronto como sea posible después de la aprobación, hará su declaración de lealtad.

16. Primer Ministro interino

a. Si el Primer Ministro se ausente de Israel, las reuniones del Gobierno serán convocadas y dirigidas por el Primer Ministro interino designado.

b. En caso de que el Primer Ministro no pueda desempeñar temporalmente sus funciones, su puesto será ocupado por el Primer Ministro interino. Transcurridos 100 días en los que el Primer Ministro no reanude sus funciones, se considerará que el Primer Ministro permanentemente no puede ejercer su cargo.

c. Si no se nombra a un Primer Ministro interino designado, o en caso de impedirse al Primer Ministro interino desempeñar sus funciones en virtud de los apartados a) y b) supra, el Gobierno designará a otro Ministro, que sea miembro del Knesset, para que ejerza ese cargo.

17. Interrogatorio y destitución del Primer Ministro

a. No se iniciarán actuaciones penales contra el Primer Ministro salvo con el acuerdo del Fiscal General.

b. No se iniciará un procedimiento penal contra una persona que haya actuado como Primer Ministro bajo sospecha de un delito cometido durante el ejercicio del cargo o dentro de un año después de haber desempeñado el cargo, salvo con el consentimiento del Fiscal General.

c. La acusación contra el Primer Ministro se presentará y presidirá en el Tribunal de Distrito de Jerusalén, en un presidium de tres magistrados; la ley prescribirá las actuaciones relativas a una acusación presentada antes de que el Primer Ministro comience su mandato.

d. En caso de que el Tribunal condene al Primer Ministro por un delito, indicará en su decisión si el delito entrañaba turpiedad moral.

18. Destitución del cargo en virtud de un delito

a. En caso de que el Primer Ministro fuera condenado por un delito que, según el tribunal, implica turpiedad moral, el Knesset puede destituirlo de su cargo, de conformidad con una decisión de la mayoría de los miembros del Knesset. En caso de que el Knesset así lo decida, se considerará que el Gobierno ha dimitido.

b. En un plazo de 30 días a partir de que el veredicto sea definitivo, el Comité de la Cámara de Representantes del Knesset adoptará su decisión sobre su recomendación relativa a la destitución del Primer Ministro del cargo y presentará su recomendación al plenario del Knesset; si el Comité de la Cámara de Representantes no presenta su recomendación al plenario durante el período prescrito, el Presidente planteará la cuestión en el plenario del Knesset.

c. Ni el Knesset ni el Comité de la Cámara de Representantes del Knesset adoptarán ninguna decisión respecto de la destitución del Primer Ministro, antes de que el Primer Ministro tenga la oportunidad de exponer su caso ante ellos.

d. Si el Knesset decide no destituir al Primer Ministro de su cargo y si el veredicto establecido en el apartado a) supra es definitivo, el Primer Ministro dejará de desempeñar sus funciones y se considerará que el Gobierno ha dimitido el día en que el veredicto sea definitivo.

e. Las disposiciones de los apartados a) y b) del artículo 42 de la Ley Fundamental: el Knesset, no se aplicarán al Primer Ministro.

19. Dimisión del Primer Ministro

El Primer Ministro, tras notificar al Gobierno su intención de hacerlo, podrá dimitir presentando una carta de renuncia al Presidente del Estado. Se considerará que la renuncia del Primer Ministro es la renuncia del Gobierno.

20. Muerte o incapacidad permanente del Primer Ministro

a. Si el Primer Ministro fallece, se considerará que el Gobierno ha dimitido el día de su fallecimiento.

b. Si el Primer Ministro quedara permanentemente incapacitado, se considerará que el Gobierno ha dimitido el 101 º día en que el Primer Ministro interino sirvió en su lugar.

21. Primer Ministro o Primer Ministro interino que dejen de funcionar como miembros del Knesset

a. Si el Primer Ministro deja de ser miembro del Knesset, se considerará que ha dimitido el día en que cesara su pertenencia al Knesset. Se considerará que la renuncia del Primer Ministro es la renuncia del Gobierno.

b. Si un Primer Ministro interino deja de ser miembro del Knesset, dejará de servir como Primer Ministro interino.

22. Terminación del mandato del Ministro

a. Un ministro que no sea el Primer Ministro, después de informar al Gobierno de su intención de hacerlo, podrá dimitir del Gobierno presentando una carta de dimisión al Primer Ministro. Su servicio en el Gobierno se pondrá fin al transcurrir 48 horas desde el momento en que la carta de renuncia llegó al Primer Ministro, a menos que se retracte de su renuncia antes de ese momento.

b. El Primer Ministro, tras informar al Gobierno de su intención de hacerlo, podrá destituir a un ministro de su cargo; la destitución del Ministro surtirá efecto 48 horas después de que se haya entregado la carta de notificación al Ministro, a menos que el Primer Ministro se retracte antes de ese momento.

c. El mandato de un Ministro en el Gobierno cesa tras su elección o nombramiento para una de las funciones cuyos titulares no pueden ser candidatos al Knesset.

23. Terminación del cargo del Ministro en virtud de un delito

a. Las acusaciones contra un ministro, salvo los delitos que se determinen por ley, se presentarán y juzgarán ante un tribunal de distrito; los procedimientos relativos a las acusaciones presentadas ante un ministro asumido el cargo se determinarán por ley.

b. En caso de que un ministro sea condenado por el tribunal, indicará en su veredicto si el delito implica turpiedad moral; si el tribunal así lo declara, el mandato del Ministro cesará el día en que se dicte el veredicto.

c. Este artículo no se aplica al Primer Ministro.

24. Ministro interino

a. En caso de que un ministro, excepto el Primer Ministro, se ausente del país, el Gobierno puede encargar a otro Ministro que ocupara su lugar. El Ministro interino desempeñará las funciones del Ministro, en todo o en parte, según determine el Gobierno.

b. En caso de que un ministro deje de desempeñar sus funciones o sea temporalmente incapaz de desempeñar sus funciones, el Primer Ministro u otro Ministro designado por el Gobierno desempeñará sus funciones.

c. El período de mandato de un Ministro interino con arreglo al apartado b) no excederá de tres meses.

25. Viceministros

a. El Ministro encargado de un cargo podrá, con el consentimiento del Primer Ministro y la aprobación del Gobierno, nombrar a un Viceministro para el cargo entre los miembros del Knesset. El Viceministro asumirá su cargo una vez que el Gobierno haya notificado su nombramiento en el Knesset; el Viceministro nombrado por el Primer Ministro tendrá el título de «Viceministro en la oficina del Primer Ministro».

b. El Viceministro actuará tanto en el Knesset como en el ministerio, en nombre del Ministro que lo designó y dentro de los parámetros que se le asignen.

c. Un miembro del Knesset que se separe de su facción no podrá ser nombrado para el cargo de Viceministro durante el período de servicio del mismo Knesset. Esta disposición no se aplica a la división de una facción en las condiciones prescritas por la ley; a los efectos de esta subsección, la «secesión de una facción», tal como se define en el apartado a) del artículo 6 de la Ley Fundamental: el Knesset.

26. Terminación del servicio de un Viceministro

El servicio de un Viceministro cesará en cualquiera de los siguientes casos:

  1. 1. El Viceministro dimitió presentando una carta de renuncia al Ministro que lo nombró;
  2. 2. El Ministro que lo nombró dejó de ser ministro o de estar a cargo del mismo cargo.
  3. 3. El Primer Ministro, el Gobierno o el Ministro nombrador deciden poner fin al servicio del Viceministro; sin embargo, el Primer Ministro no destituirá a un Viceministro sin informar previamente al Gobierno y al Ministro designado de su intención de hacerlo.
  4. 4. Se formó un nuevo Gobierno.
  5. 5. El Viceministro dejó de ser miembro del Knesset.

27. Terminación del cargo del Viceministro en virtud de un delito

En caso de que un Viceministro sea condenado por el tribunal, indicará en su sentencia si el delito implica turpiedad moral; si el tribunal así lo declara, el mandato del Viceministro cesará el día de la sentencia.

28. Expresión de censura en el Gobierno

a. El Knesset puede adoptar una expresión de desconfianza en el Gobierno.

b. Una manifestación de desconfianza en el Gobierno será mediante una resolución aprobada por la mayoría de los miembros del Knesset en la que se pida al Presidente del Estado que asigne la tarea de formar un Gobierno a un determinado miembro del Knesset que haya dado su consentimiento por escrito al respecto.

c. Si el Knesset no ha expresado confianza en el Gobierno, se considerará que el Gobierno ha dimitido el día de la manifestación de la censura. El Presidente, en un plazo de dos días, encomendará al miembro del Knesset nombrado así la tarea de formar un gobierno.

d. El Miembro del Knesset al que el Presidente del Estado haya asignado la tarea de formar un gobierno en virtud del presente artículo dispondrá de un plazo de 28 días para su cumplimiento. El Presidente podrá prorrogar el plazo por períodos adicionales que no excedan en total de 14 días.

e. Cuando hayan transcurrido los plazos a que se refiere el apartado d) y el miembro del Knesset no haya notificado al Presidente del Estado que ha constituido un gobierno, o si antes le haya notificado que no puede formar un gobierno, el Presidente lo notificará al Presidente del Knesset.

f. Si el Presidente del Estado lo informa al Presidente del Knesset de conformidad con el apartado e), o si el Miembro del Knesset a quien se ha asignado la tarea de formar un gobierno en virtud de esta sección presentó un gobierno y el Knesset rechazó su solicitud de confianza con arreglo al apartado d) del artículo 13, se considerará que que constituya una resolución del Knesset para dispersarse antes de que termine su período de servicio, y las elecciones al Knesset se celebrarán el último martes antes de que finalicen los 90 días del anuncio del Presidente, o del rechazo de la solicitud de confianza en el Gobierno, según proceda.

29. Autoridad para dispersar el Knesset

a. Si el Primer Ministro se cerciorase de que la mayoría del Knesset se opone al Gobierno y que se impide el funcionamiento efectivo del Gobierno, podrá, con la aprobación del Presidente del Estado, dispersar el Knesset mediante una orden que se publicará en Reshumot. La orden entrará en vigor 21 días después de su publicación, a menos que se presente una solicitud en virtud del apartado c), y se considerará que el Gobierno ha dimitido el día de la publicación de la orden.

b. En el plazo de 21 días a partir de la publicación de la orden, la mayoría de los miembros del Knesset podrán solicitar por escrito al Presidente del Estado que asigne la tarea de formar un Gobierno a un miembro del Knesset que haya dado su consentimiento por escrito al respecto, y que no sea el Primer Ministro.

c. Cuando se haya presentado al Presidente del Estado una solicitud como se indica en el apartado b), el Presidente informará al Presidente del Knesset. El Presidente asignará la tarea de formar un Gobierno al Miembro del Knesset nombrado en la solicitud en un plazo de dos días.

d. El Miembro del Knesset al que se haya asignado la tarea de formar un gobierno en virtud del presente artículo dispondrá de un plazo de 28 días para su cumplimiento. El Presidente del Estado podrá prorrogar el plazo por períodos adicionales que no excedan en total 14 días.

e. Cuando no se haya presentado tal solicitud en virtud del apartado b), o cuando hayan transcurrido los plazos a que se refiere la letra d) y el miembro del Knesset no haya notificado al Presidente del Estado que ha constituido un gobierno, o si antes le haya notificado que no puede constituir un gobierno, el El Presidente lo notificará al Presidente de la Knesset.

f. Si el Presidente del Estado notificó con arreglo al apartado e) o si el miembro del Knesset presentó un gobierno y el Knesset rechazó la solicitud de que expresara confianza en él con arreglo al apartado d) del artículo 13, se considerará que el Knesset ha decidido dispersarse antes de que termine su mandato, y las elecciones para el Knesset se celebrará el último martes antes de que finalen los 90 días de la entrada en vigor de la orden, o del día en que hayan transcurrido los plazos para formar un gobierno, o del día del anuncio al Presidente, o del día del rechazo de la solicitud de confianza en el gobierno, como pertinentes.

g. El Primer Ministro no puede ejercer su autoridad de conformidad con este artículo:

  1. 1. Desde el comienzo del período de servicio del Knesset entrante y hasta el establecimiento del nuevo Gobierno;
  2. 2. Después de que el Knesset no haya expresado confianza en el Gobierno en virtud del artículo 28;
  3. 3. Después de la dimisión del Primer Ministro, o desde el día en que se dictó un veredicto en el que se declarara que había cometido un delito de turpiedad moral y hasta que el plenario del Knesset dictara su decisión al respecto de conformidad con las disposiciones del apartado a) del artículo 18.

h. El Primer Ministro interino no tendrá derecho a ejercer la autoridad del Primer Ministro en virtud del presente artículo.

30. Continuidad del Gobierno

a. Cuando se haya elegido un nuevo Knesset o el Gobierno haya dimitido en virtud de los artículos 18, 19, 20, 21, 28 ó 29, o si se presenta una solicitud en virtud del apartado b) del artículo 29, el Presidente del Estado iniciará las actuaciones para la formación de un nuevo gobierno, tal como se establece en la presente Ley Fundamental.

b. Cuando se haya elegido un nuevo Knesset o el Gobierno haya dimitido en virtud de los artículos 18, 19, 20, 21 a 28 ó 29, el Gobierno saliente seguirá desempeñando sus funciones hasta que se constituya el nuevo Gobierno.

c. El Primer Ministro que haya dimitido seguirá desempeñando sus funciones hasta que se constituya el nuevo Gobierno. Si el Primer Ministro ha fallecido, o está permanentemente incapacitado para el desempeño de sus funciones, o si su mandato se ha puesto fin a causa de un delito, el Gobierno designará a otro de los ministros que sea miembro del Knesset y de la facción del Primer Ministro para ser Primer Ministro interino en espera de la constitución del nuevo Gobierno.

d. Un gobierno que actúe en virtud del apartado b) podrá nombrar a un miembro del Knesset como ministro en lugar de un ministro que haya dejado de prestar servicios; el nombramiento de un ministro en virtud de esta subsección no requiere la aprobación del Knesset.

31. Funcionamiento del Gobierno

a. Con la aprobación del Knesset, el Gobierno podrá modificar la división de funciones entre los Ministros, con excepción de la función del Primer Ministro.

b. El Gobierno podrá, con la aprobación del Knesset, transferir a otro Ministro las autoridades y deberes legalmente pertenecientes a un Ministro, en todo o en parte.

c. El Gobierno podrá, con la aprobación del Knesset, unir o dividir ministerios gubernamentales, abolir o establecer nuevos ministerios.

d. El Gobierno puede transferir esferas de acción de un ministerio a otro.

e. El Gobierno puede establecer comités ministeriales permanentes o temporales, o para asuntos particulares; después del nombramiento de un comité, el Gobierno podrá llevar a cabo sus operaciones por conducto de él.

f. El Gobierno establecerá procedimientos de trabajo, reuniones y debates, así como procesos de adopción de decisiones en el Gobierno, ya sean permanentes o para una cuestión concreta.

32. Poderes residuales del Gobierno

El Gobierno está autorizado a realizar en nombre del Estado, y con sujeción a cualquier ley, todas las acciones que no correspondan legalmente a otra autoridad.

33. Delegación de poderes

a. Las facultades otorgadas por la ley al Gobierno pueden delegarse en uno de los Ministros; esto no se aplica a las atribuciones otorgadas de conformidad con la presente Ley Fundamental, salvo en el caso de las facultades previstas en el artículo 32.

b. El Ministro puede delegar, total o parcialmente o con sujeción a condiciones, a un funcionario público las atribuciones otorgadas a un ministro por ley o transferidas en virtud de lo dispuesto en el apartado b) del artículo 31, con exclusión de la facultad de dictar reglamentos.

c. Los poderes delegados por el Gobierno en un ministro, con excepción de la facultad de dictar reglamentos, pueden ser delegados por el Ministro, total o parcialmente o sujeto a condiciones, a un funcionario público, siempre que el Gobierno lo faculte para hacerlo.

d. A los efectos del presente artículo, la facultad otorgada al Gobierno o a un Ministro también se refiere a las obligaciones que les incumben.

e. Las disposiciones de esta sección se aplicarán siempre que la ley que confiera la facultad o imponga la obligación no demuestra ninguna otra intención.

34. Asunción de poderes

Un ministro encargado de la aplicación de una ley puede asumir cualquier poder, con excepción de los poderes de carácter judicial, otorgados por la misma ley a un funcionario público, siempre que la ley no defienda otra intención; el Ministro puede hacer lo que antecede para un asunto determinado o durante un período determinado.

35. Secreto

a. Los debates y decisiones del Gobierno y de los comités ministeriales sobre los siguientes asuntos son secretos y se prohíbe su divulgación y publicación:

  1. 1. Seguridad del Estado;
  2. 2. Relaciones exteriores del Estado;
  3. 3. Las cuestiones respecto de las cuales el Gobierno considere que el secreto es esencial para el Estado, y la notificación de la misma ha sido declarada en una orden, a los efectos del presente artículo;
  4. 4. Una cuestión que el Gobierno ha decidido mantener en secreto; la divulgación y publicación de esos asuntos sólo está prohibida a las personas que tuvieran conocimiento de la decisión.

b. Las disposiciones del apartado a) no se aplicarán a los asuntos respecto de los cuales el Gobierno o el Primer Ministro, o las personas que el Gobierno o el Primer Ministro hayan autorizado expresamente, hayan permitido su publicación, ni a asuntos cuya publicación sea jurídicamente obligatoria.

36. Sueldos y pensiones

Los sueldos de los Ministros y los Viceministros y otros pagos pagados a ellos durante su período de servicio o posteriormente, o a sus parientes más próximos después de su muerte, se especificarán por ley o en virtud de una decisión del Knesset o de un comité del Knesset designado por el Knesset a tal efecto.

37. Reglamentos

a. El Ministro encargado de la aplicación de una ley está facultado para dictar reglamentos para su aplicación.

b. Una ley puede facultar al Primer Ministro o a un Ministro para dictar reglamentos en una cuestión decidida por el empoderamiento.

38. Declaración del estado de excepción

a. Si el Knesset se cerciorara de que el Estado se encuentra en estado de excepción, podrá, por iniciativa propia o a propuesta del Gobierno, declarar que existe un estado de excepción.

b. La declaración permanecerá en vigor durante el período prescrito en ella, pero no podrá exceder de un año; el Knesset podrá renovar la declaración del estado de excepción, tal como se indica.

c. Si el Gobierno se cerciorase de que existe un estado de excepción en el Estado y que su urgencia exige la declaración del estado de excepción incluso antes de que sea posible convocar al Knesset, podrá declarar el estado de excepción. La validez de la declaración expirará a los siete días siguientes a su proclamación, si no es aprobada o revocada previamente por el Knesset en virtud de una decisión de la mayoría de sus miembros; si el Knesset no se reúne, el Gobierno podrá renovar la declaración del estado de excepción, tal como se establece en el presente subsección.

d. Las declaraciones del Knesset y del Gobierno sobre el estado de excepción se publicarán en Reshumot; si no fuera posible su publicación en Reshumot, se adoptará otra forma apropiada de publicación, siempre que la notificación se publique en Reshumot lo antes posible.

e. El Knesset podrá revocar en todo momento la declaración del estado de excepción; la notificación de su revocación se publicará en Reshumot.

39. Estado de excepción

a. Durante el estado de excepción, el Gobierno puede dictar reglamentos de emergencia para la defensa del Estado, la seguridad pública y el mantenimiento de los servicios y suministros esenciales; las normas de emergencia se presentarán al Comité de Relaciones Exteriores y Seguridad lo antes posible después de su promulgación.

b. En caso de que el Primer Ministro considere imposible convocar al Gobierno y que existe una necesidad inmediata y crítica de promulgar reglamentos de emergencia, puede dictar tales reglamentos o facultar a un Ministro para que las haga.

c. Las regulaciones de emergencia pueden alterar cualquier ley, suspender temporalmente su efecto o introducir condiciones, y también puede imponer o aumentar impuestos u otros pagos obligatorios, a menos que exista otra disposición legal.

d. Las normas de excepción no pueden impedir el recurso a acciones legales, ni prescribir castigos retroactivos, ni permitir la violación de la dignidad humana.

e. No se promulgará un reglamento de excepción ni se aplicarán disposiciones, medidas y facultades a su paso, salvo en la medida en que lo justifique el estado de excepción.

f. La fuerza de las normas de excepción expirará tres meses después del día de su promulgación, a menos que su fuerza sea ampliada por ley, o sean revocadas por el Knesset por ley o por decisión de la mayoría de los miembros del Knesset.

g. Las normas de emergencia entrarán en vigor el día de su publicación en Reshumot; si no fuera posible su publicación en Reshumot, se adoptarán otros medios apropiados de publicación, siempre que se publiquen en Reshumot lo antes posible.

h. Si el estado de excepción deja de existir, las normas promulgadas permanecerán en vigor durante el período prescrito, pero no más de 60 días después de la terminación del estado de excepción; las normas sobre el estado de excepción cuya fuerza se haya prolongado por la ley permanecerán en vigor.

40. Declaración de guerra

a. El Estado sólo puede iniciar una guerra en virtud de una decisión del Gobierno.

b. Nada de lo dispuesto en esta sección impedirá la adopción de acciones militares necesarias para la defensa del Estado y la seguridad pública.

c. La notificación de la decisión del Gobierno de iniciar una guerra con arreglo a lo dispuesto en el apartado a) se presentará lo antes posible al Comité de Relaciones Exteriores y Seguridad del Knesset; el Primer Ministro también notificará lo antes posible al plenario del Knesset; la notificación relativa a las acciones militares enunciado en el apartado b) se entregará a la Comisión de Relaciones Exteriores y Seguridad del Knesset lo antes posible.

41. Inaplicabilidad de las leyes de excepción

Sin perjuicio de las disposiciones de ninguna ley, las regulaciones de emergencia no pueden modificar esta Ley Fundamental, suspenderla temporalmente ni someterla a condiciones.

42. El Gobierno y los comités del Knesset

a. El Gobierno facilitará al Knesset y a sus comités la información que lo soliciten y les ayudará en el desempeño de sus funciones; la ley establecerá disposiciones especiales para la clasificación de la información cuando se requiera lo mismo para la protección de la seguridad del Estado y las relaciones exteriores o las conexiones comerciales internacionales o la protección de un privilegio legalmente establecido.

b. El Knesset podrá, a petición de al menos cuarenta de sus miembros, celebrar una sesión con la participación del Primer Ministro, relativa a un tema sobre el que se haya decidido; las solicitudes indicadas no podrán presentarse más de una vez al mes.

c. El Knesset puede obligar a un Ministro a comparecer ante él, y se concede autoridad similar a cualquiera de los comités del Knesset en el marco de sus funciones.

d. Cualquiera de los comités del Knesset, en el marco del desempeño de sus funciones y bajo los auspicios del Ministro competente o con su conocimiento, puede exigir que un funcionario público o cualquier otra persona prescrita en la ley comparezca ante ellos.

e. Cualquier ministro puede hacer uso de la palabra ante el Knesset y sus comités.

f. Los detalles relativos a la aplicación de esta sección pueden ser establecidos por la ley o en las Reglas del Knesset.

43. Cambio en la fecha de elección

Cuando se haya fijado la fecha para las elecciones al Knesset en virtud de los artículos 11, 28 y 29, el Knesset, mediante una resolución aprobada por la mayoría de sus miembros, aprobada dentro de los cinco días siguientes a la fecha de celebración de las elecciones, puede decidir que, debido a la proximidad de la fecha de las elecciones a un feriado, día del festival o día conmemorativo, las elecciones se aplazarán hasta una fecha a más tardar 100 días después del día en que surgieron esos motivos.

44. La permanencia de la ley

a. Esta Ley Fundamental sólo puede ser modificada por la mayoría de los miembros del Knesset; la mayoría prevista en esta subsección será necesaria para las decisiones del plenario del Knesset en las lecturas primera, segunda y tercera; a los efectos de esta subsección, el «cambio» es explícito o implícito.

b. Las disposiciones de esta subsección no se aplicarán a los artículos 45 y 46.

45. Enmienda de la Ley Fundamental: Knesset - No. 30

En la Ley Fundamental: El Knesset -

  1. 1. Después de la sección 21 se añadirá lo siguiente:
  2. «21A. Supervisión de la legislación derivada por el Knesset
  3. c) Los reglamentos promulgados por un ministro cuya violación entrañe una sanción penal no entrarán en vigor, a menos que hayan sido aprobados antes de su publicación por un comité de los comités del Knesset encargados de esa cuestión; si el comité no aprueba o rechaza el reglamento dentro de los 45 días siguientes a la fecha de recibiendo el reglamento, el reglamento se considerará aprobado.
  4. d) Las disposiciones de esta subsección no menoscaban las disposiciones de ninguna Ley Fundamental u otra ley relativa a los reglamentos.»
  1. 2. El artículo 35 concluirá «a más tardar cinco meses a partir de la aprobación de la ley».
  2. 3. Después de la sección 36 se añadirá lo siguiente:
  3. «36A. Dispersión debido a la falta de aprobación del presupuesto
  4. c) La no aprobación de la Ley de presupuesto dentro de los tres meses siguientes al comienzo del ejercicio económico se considerará una decisión del Knesset sobre su dispersión, antes de que termine su mandato, el día siguiente al final de ese período (en adelante, la fecha de determinación), y las elecciones anticipadas se celebrará el último martes antes del final de los 90 días de la fecha de determinación, a menos que el Knesset decida por mayoría de sus miembros, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de determinación, que debido a la proximidad de la fecha de las elecciones a un día festivo, día de fiesta o día conmemorativo, aplazar las elecciones a una fecha que no más tarde de 100 días contados a partir de la fecha de determinación.
  5. d) No obstante lo dispuesto en el apartado a), si el Presidente del Estado iniciara procedimientos para formar un nuevo gobierno en virtud del artículo 30 de la Ley Fundamental: El Gobierno, o si se adoptara una ley para dispersar el Knesset, o si se celebraran elecciones para el Knesset, después de la fecha de presentación del Proyecto de presupuesto de conformidad con la sección 3 de la Ley Fundamental: Economía del Estado y antes de que transcurra tres meses desde el comienzo del ejercicio económico, el día determinante previsto en el apartado a) será «tres meses a partir del comienzo del ejercicio económico o 45 días a partir de la constitución del Gobierno, lo que sea más tarde.»

46. Derogación de la Ley Fundamental: El Gobierno

La Ley Fundamental: El Gobierno (1992) queda derogado.

47. Efecto y aplicabilidad

a. Las disposiciones de esta Ley fundamental se aplicarán a las elecciones ya la formación del Gobierno, comenzando por las elecciones al 16º Knesset.

b. Con sujeción a lo dispuesto en el apartado a), la presente Ley entrará en vigor el día en que se constituya el Gobierno como se indica en el apartado a).

c. No obstante lo dispuesto en el apartado b), el artículo 44 entrará en vigor el día en que se publique la presente Ley.