¿Cómo y cuándo operará la obligatoriedad de grabar las patentes en vidrios y espejos?
Los vehículos motorizados deberán contar con su placa patente única grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales. Pero esta norma no rige de inmediato.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá establecer las características de este grabado en un reglamento que debe dictar en un plazo de 6 meses desde la publicación de la ley.
La obligación de grabar la patente en vidrios y espejos laterales regirá:

  1. Para vehículos nuevos desde el cuarto mes de publicado el reglamento en el Diario Oficial.
  2. Para vehículos comercializados con anterioridad al 11 de septiembre de 2023 (fecha de publicación de la ley), la obligación será exigible luego de transcurridos 12 meses desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial.

¿Se sancionará el no tener los espejos o vidrios con la patente grabada?
Sí, conducir un vehículo que no cuente con la placa patente grabada de forma permanente en los vidrios y espejos laterales será una infracción grave. También lo será para los comercializadores que vendan vehículos motorizados sin la placa patente grabada de la misma manera.

¿Los vehículos robados desarmados seguirán en el Registro de Vehículos Motorizados?
La compañía aseguradora deberá requerir la eliminación de la inscripción del vehículo en el registro e informará de eso al asegurado. Luego, devolverá las respectivas placas patentes, si se declara la pérdida total del vehículo como resultado de su destrucción o porque haya sido desarmado total o parcialmente. En caso de que se declare la pérdida total y que los vehículos puedan ser reparados, las compañías de seguros deberán regularizar la propiedad de los vehículos. Las compañías requerirán la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a su nombre o a nombre de los compradores. Para eso, hay un plazo de 30 días contado desde la firma del finiquito por el asegurado o del pago de la indemnización.
Mientras no se efectúen estas inscripciones, anotaciones y cancelaciones, los vehículos quedarán bajo la responsabilidad de la aseguradora.

¿Qué obligación se agrega respecto de la primera inscripción de un vehículo?
Quien solicite la primera inscripción de un vehículo deberá presentar la factura electrónica, documentos aduaneros o sentencia judicial y el comprobante del pago de los impuestos correspondientes. El reglamento de la ley podrá agregar exigencias.
Si la solicitud se fundamenta en la factura de primera venta, este documento deberá haber sido emitido por empresas incluidas en la nómina de habilitados del Servicio de Registro Civil e Identificación.

¿Qué debe incluir la nómina de habilitados?
El Servicio de Registro Civil e Identificación determinará, con un reglamento, los requisitos mínimos que deberá contener la nómina, tales como el nombre, razón social (nombre oficial registrado) y número de RUT del emisor de la factura.
El Servicio de Registro Civil e Identificación negará la inscripción del vehículo y no podrá hacer entrega de las placas patentes si el vendedor o emisor de la factura no se encuentra incluido en dicha nómina.

¿Qué pasa con los vehículos que circulen con la placa patente oculta?
Ya había una norma que ordenaba el retiro de los vehículos sorprendidos sin su placa patente, sin el permiso de circulación vigente o sin el certificado vigente del seguro obligatorio de accidentes personales.
Se añadió que ahora Carabineros o inspectores municipales podrán retirar de circulación a los vehículos que transiten sin el certificado de revisión técnica al día o sin contar con el certificado de homologación individual (que exime de la revisión) o que circulen con placa patente oculta, en mal estado o con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterados o borrados.
Se entenderá que la placa patente se encuentra oculta o en mal estado cuando esté cubierta o mantenga cualquier elemento, fijo o móvil, que dificulte su identificación total o parcial o si presenta un deterioro considerable.
También se agregó la prohibición de conducir con luces o focos distintos o adicionales a los permitidos por la ley o sus reglamentos y el uso de dichos elementos.

¿Qué sanción hay por circular con patente falsa o alterada?
Tendrá una pena de presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años) el que conduzca un vehículo con placa patente falsa, alterada o que corresponda a otro vehículo si lo hace con conocimiento de esta situación. También se le aplicará la suspensión de la licencia de conductor o inhabilidad para obtenerla, hasta por 5 años, y una multa, que se paga una sola vez, de 50 a 100 UTM (unidades tributarias mensuales).
La misma pena se aplicará al que adquiera o solicite para él o para otro, personalmente o a través de otra persona, la inscripción de un vehículo motorizado, sabiendo que el número de chasis o número de identificación del vehículo (VIN) está adulterado o borrado, sea falso o no corresponda al declarado en el documento o que corresponda al de otro vehículo.
La misma sanción tendrá el que conduzca un vehículo motorizado sabiendo que el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor está adulterado o borrado; o corresponda al de otro vehículo. También se sanciona con la misma pena al que adultere o borre el número de identificación del vehículo (VIN) o de su motor.

¿Y si se circula con la patente oculta?
Será considerada una infracción gravísima conducir un vehículo con la placa patente oculta o usar objetos, accesorios, luces o agregados que obstaculicen su plena percepción. También si la placa patente se encuentra en mal estado y dificulte la identificación del vehículo.

¿Puede alguien cargar combustible en un vehículo sin placa patente?
La ley prohíbe la venta y carga al público de combustible a los vehículos motorizados que no cuenten con su placa patente delantera o trasera.
Las estaciones de servicio y de autoservicio deberán exhibir carteles visibles que indiquen expresamente la prohibición de venta y carga de combustible a los vehículos que no cuenten con su placa patente.
La carga de combustible a vehículos sin placa patente recibe la sanción de multa de 10 a 100 unidades tributarias mensuales y se aplicará al concesionario o dueño de la estación de servicio. Si se repite la conducta se le aplicará siempre el máximo de la multa.

¿Qué ocurre si se vende un vehículo nuevo sin la placa patente?
El comercializador que entregue un vehículo nuevo sin la placa patente única instalada será sancionado con multa de 10 a 50 unidades tributarias mensuales.

¿Qué sanción recibe el comprador de un vehículo si no lo inscribe?
Quien compra un vehículo debe solicitar su inscripción en un plazo máximo de 30 días desde que lo adquirió. Si no cumple con esto o da un domicilio falso o inexistente para la inscripción, se le sancionará con multa de 5 a 75 unidades tributarias mensuales.
En el caso se las sociedades y otras personas jurídicas, deben individualizar en la inscripción del vehículo a su representante legal. Si no se cumple con esta disposición, la multa va de 3 a 5 unidades tributarias mensuales.

¿Qué agravante se incorpora a los delitos de robo o hurto?
Será agravante ejecutar el delito usando un vehículo motorizado sin placa patente delantera, trasera o ambas; o con cualquiera de las placas ocultas o con vidrios oscuros o polarizados.