¿Qué son los Cuasidelitos?
Son las acciones u omisiones que se cometen por culpa de un individuo, sin la intención de cometerlas y que si se ejecutaran con dolo o malicia serían consideradas y castigadas como delito.
El dolo es la intención de cometer la acción sancionada por la ley. En cambio la culpa, es un actuar negligente en que el autor no emplea el debido cuidado en una acción específica, como por ejemplo conducir un automóvil.

¿Cuál es la diferencia entre cuasidelito y delito?
La diferencia más relevante radica en la intención del sujeto que comete el ilícito penal. Los cuasidelitos sancionan actos que no tienen la intención de ejecutar el hecho delictual, pero que de todas formas se produce el hecho por una actuación imprudente en que no se observa la prudencia o cuidado debido y, como consecuencia de eso, se produce un daño.

¿Todos los cuasidelitos reciben sanción?
No todos. Hay castigo para los cuasidelitos solamente si están expresamente penados por la ley y en la medida en que produzcan un resultado específico que la ley establece. Esto significa que en todos los otros casos en los que la ley no disponga de una pena para quién cometa el cuasidelito no habrá responsabilidad criminal, según lo dispuesto en el Código Penal.

¿Cuáles son los hechos que se denominan como cuasidelito?
Son Cuasidelitos todos los hechos que, de ser ejecutados con malicia o intención, constituirían un crimen o simple delito. En los cuasidelitos, la acción se atribuye a la imprudencia temeraria del sujeto, que es una forma específica de actuar negligente o culposo.

¿Qué sucede con quienes cometen un cuasidelito?
La ley dispone explícitamente que si el hecho que se ejecutó con imprudencia temeraria fuera un crimen (delito castigado con pena de 5 años y un día o más) de haber intención, se penará con reclusión o relegación menores en sus grados mínimos a medio (61 días a 3 años). Eso ocurre, por ejemplo, en los casos de cuasidelito de homicidio, en que la muerte de una o más personas se produce por negligencia o imprudencia, como ocurre en algunos accidentes de tránsito.
Y si el hecho cometido imprudentemente fuera sancionado como simple delito, de haber intención, (pena de 61 días a 5 años), el cuasidelito se castigará con reclusión o relegación menores en sus grados mínimos (61 días a 540 días) o con multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.
Como puede verse, la sanción de los cuasidelitos depende de la gravedad que la ley le atribuye al hecho en circunstancias de que este hubiera sido cometido con dolo o intención.

¿Entonces existen otros casos especiales dónde se pena un cuasidelito?
Sí. Esto sucede cuando una persona comete un crimen o simple delito y además, con ocasión de esos hechos, comete un cuasidelito. En estos casos el cuasidelito está asociado al delito, y se castiga al autor con mayor gravedad. Estos casos son bien concretos:

¿Hay cuasidelitos en el ejercicio de la medicina?
Efectivamente, el Código Penal contempla el cuasidelito por negligencia culpable en el ejercicio de la medicina. Concretamente se sanciona al médico, cirujano, farmacéutico, flebotomiano (que interviene en la extracción de sangre de una persona) o matrona que causa mal a las personas por negligencia culpable en el desempeño de su profesión. Las penas son las mismas que para los cuasidelitos generales, según el resultado de la acción.

¿Se considera cuasidelito el daño provocado por animales feroces?
Sí. El dueño de animales feroces que causen daño a las personas por descuido culpable del mismo dueño también será castigado por cuasidelito.

¿Los responsables de cuasidelito por accidentes de tránsito tendrán otra sanción además de la establecida en general para estas infracciones penales?
Sí. El responsable de cuasidelito de homicidio o lesiones generadas por medio de vehículos mecánicos o de tracción animal se le sancionará con las penas de crimen o simple delito contempladas para los cuasidelitos. Pero se les aplicará además la suspensión de la licencia de conductor.
Si el resultado producido por culpa ocurriera en casos en que si hubiera habido intención de producir el daño la pena hubiera sido de crimen (5 años y un día o más) la pena accesoria será de suspensión de 1 a 2 años. Si el hecho tuviera en su versión dolosa (con intención) una pena de simple delito (de 61 días a 5 años) la accesoria será de 6 meses a 1 año.