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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.176

Proyecto de ley que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Mensaje

Fecha 17 de julio, 2019. Mensaje en Sesión 34. Legislatura 367.

Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S. E. el Presidente de la República, que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata. Boletín N° 12.779-04

MENSAJE N°107-367/

Honorable Senado:

En uso de mis facultades constitucionales vengo en presentar el siguiente proyecto de ley que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata.

I.ANTECEDENTES

El decreto con fuerza de ley N°1, de 1996, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican, establece, en su artículo 25, que los profesionales de la educación se incorporan a una dotación docente en calidad de titulares o en calidad de contratados, definiendo el mismo artículo que son titulares los profesionales de la educación que se incorporan a una dotación docente previo concurso público de antecedentes y que tienen la calidad de contratados aquellos que desempeñen labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares. Agrega este cuerpo normativo, en su artículo 20, que la dotación docente de los establecimientos educacionales se expresa en horas cronológicas de trabajo semanales, las cuales pueden ser en calidad de titulares o a contrata.

En virtud de las leyes N° 19.648, N° 20.804 y del artículo 10 de la ley N° 21.152 se han establecido excepciones a lo dispuesto en el artículo 25 del Estatuto Docente, al permitir que, por el solo ministerio de la ley, los docentes dependientes de un mismo Municipio, Corporación Educacional Municipal o Servicio Local contratados a plazo fijo por a lo menos tres años continuos o cuatro discontinuos a la fecha que se indican y cumpliendo los demás requisitos legales, adquirieran la titularidad en el cargo.

Esta vía excepcional incorporada por las leyes citadas anteriormente permitió otorgar la calidad de titular a los profesionales de la educación incorporados a una dotación docente en calidad de contrata.

Cabe tener en cuenta que la concesión legal de la titularidad a los docentes en calidad de contrata, que de conformidad a lo dispuesto en el número 4 del artículo 65 de la Constitución Política es una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República por establecer un beneficio al personal de la Administración Pública, constituye una mejora en las condiciones laborales de los profesionales de la educación. Sin perjuicio de lo anterior, existe un aspecto de la titularidad docente que no fue considerado en las referidas modificaciones legales y que se refiere a la jornada de extensión horaria.

De acuerdo a la interpretación de la Contraloría General de la República, los sostenedores municipales - y los Servicios Locales de Educación como sus continuadores legales- pueden suplir sus déficits horarios designando a los docentes titulares de un establecimiento educacional para que cumplan funciones en una jornada de extensión en calidad de contrata, debiendo respetar el límite de 44 horas cronológicas semanales para un mismo empleador.

Nuestro Gobierno tiene un real propósito de mejorar la calidad de la educación de todos los niños y jóvenes del país. Para lograrlo se requiere del compromiso y trabajo conjunto de toda la comunidad educativa. Convencidos de que los profesores son fundamentales en este proceso, este proyecto recoge una inquietud planteada por los docentes de nuestro país, en orden a otorgar la titularidad respecto de las horas de extensión horaria en calidad de contrata.

II. OBJETIVO DEL PROYECTO

El proyecto de ley tiene por objeto conceder, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que, al 31 de julio de 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula,directivos o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

III. CONTENIDO DEL PROYECTO

El proyecto contempla un artículo Único que concede, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente de un mismo Municipio, Corporación Educacional Municipal o Servicio Local de Educación y que, al 31 de julio de 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único. Concédase, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que, al 31 de julio de 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.".

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

FELIPE LARRAÍN BASCUÑÁN

Ministro de Hacienda

MARCELA CUBILLOS SIGALL

Ministra de Educación

1.2. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 22 de julio, 2019. Informe de Comisión de Educación en Sesión 35. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje de Su Excelencia el señor Presidente de la República, que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata. Boletín N° 12.779-04

________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Educación y Cultura tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el señor Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

Hacemos presente que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió en general y en particular la iniciativa legal en el trámite de primer informe por tener la referida urgencia.

A la sesión en que se analizó esta iniciativa de ley asistieron:

Del Ministerio de Educación: el Subsecretario de Educación, señor Raúl Figueroa; el Coordinador Legislativo, señor Carlos Oyarzún y las Asesoras, señora Flavia Ackermann y Angélica Joannon.

Del Colegio de Profesores de Chile A.G.: el Presidente, señor Mario Aguilar, el Secretario General, señor Darío Vásquez; la Directora Nacional, señora Eliana Rojas y la Asesora, señora Marcela Campolo.

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Asesor, señor Marcelo Estrella.

Del Ministerio Secretaría General de Gobierno: la Asesora, señora Carmen Novoa.

De la oficina del Senador, señor García: los Asesores, señora Valentina Becerra y señor Rodrigo Fuentes.

De la oficina de la Senadora, señora Von Baer: el Asesor, señor Juan Carlos Gazmuri.

Del Comité PPD: la Asesora, señora María Jesús Mella.

Del Comité RN: el Asesor, señor Sebastián Amado.

De la oficina de la Senadora, señora Provoste: el Asesor, señor Rodrigo Vega y la Periodista, señora Gabriela Donoso.

De la oficina del Senador, señor Latorre: los Asesores, señores Fernando Carvallo y Mario Pino.

De la Biblioteca del Congreso Nacional: el Analista, señor Mauricio Holz.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Conceder la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Mensaje

Recuerda el Mensaje que el decreto con fuerza de ley N°1, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican, establece, en su artículo 25, que los profesionales de la educación se incorporan a una dotación docente en calidad de titulares o en calidad de contratados, definiendo, el mismo artículo, que son titulares los profesionales de la educación que se incorporan a una dotación docente previo concurso público de antecedentes y que tienen la calidad de contratados, por su parte, aquellos que desempeñen labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares. Agrega este cuerpo normativo, en su artículo 20, que la dotación docente de los establecimientos educacionales se expresa en horas cronológicas de trabajo semanales, las cuales pueden ser en calidad de titulares o a contrata.

Asimismo, y en virtud de las leyes números 19.648, 20.804 y de lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 21.152[1], se han establecido excepciones a lo dispuesto en el artículo 25 del Estatuto Docente mencionado en el párrafo precedente, al permitir, por el solo ministerio de la ley, que los docentes dependientes de un mismo Municipio, Corporación Educacional Municipal o Servicio Local contratados a plazo fijo por a lo menos por tres años continuos o cuatro discontinuos a la fecha que se indican, y cumpliendo los demás requisitos legales, adquirieran la titularidad en el cargo. Esta vía excepcional incorporada por las leyes citadas anteriormente permitió, según dice el mensaje, otorgar la calidad de titular a los profesionales de la educación incorporados a una dotación docente en la categoría de contrata.

Cabe tener en cuenta que el Mensaje precisa que la concesión legal de la titularidad a los docentes en calidad de contrata, que de conformidad a lo dispuesto en el número 4 del artículo 65 de la Constitución Política es una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República por establecer un beneficio al personal de la Administración Pública, constituye una mejora en las condiciones laborales de los profesionales de la educación. Sin embargo, puntualiza el Jefe de Estado, existe un aspecto de la titularidad docente que no fue considerado en las referidas modificaciones legales y que se refiere a la jornada de extensión horaria.

En efecto, Mensaje establece que de acuerdo a la interpretación de la Contraloría General de la República, los sostenedores municipales - y los Servicios Locales de Educación como sus continuadores legales - pueden suplir sus déficits horarios designando a los docentes titulares de un establecimiento educacional para que cumplan funciones en una jornada de extensión en calidad de contrata, debiendo respetar el límite de 44 horas cronológicas semanales para un mismo empleador.

Declara el Mensaje que el Ejecutivo tiene el propósito de mejorar la calidad de la educación de todos los niños y jóvenes del país. Para lograrlo se requiere del compromiso y trabajo conjunto de toda la comunidad educativa, convencidos de que los profesores son fundamentales en este proceso, razón por la cual esta iniciativa de ley recoge una inquietud planteada por los docentes, en orden a otorgar la titularidad respecto de las horas de extensión horaria en calidad de contrata.

En definitiva, afirma el Presidente de la República, el proyecto de ley tiene por objeto conceder, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que, al 31 de julio del año 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

En cuanto a la estructura de a iniciativa legal, ella consta de un artículo único que concede, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente de un mismo Municipio, Corporación Educacional Municipal o Servicio Local de Educación y que, al 31 de julio de 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

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DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR

El Subsecretario de Educación, señor Raúl Figueroa, puntualizó que la iniciativa de ley en informe consta de un artículo único que tiene por objeto reconocer y otorgar la titularidad a los docentes que tienen horas de contrata como complemento a las horas que, en la misma dotación, tienen asignadas como titulares, también conocidas como las “horas de extensión”, cuyo origen más preciso proviene de la implementación de la Jornada Escolar Completa (JEC), en que para cumplir con dicha extensión horaria a los profesores con horas titulares se les extendieron los contratos.

En ese sentido, destacó que el proyecto en debate recoge dos aspectos que son relevantes:

Uno) La realidad de los docentes que viven este tipo de situación y que, para el Ejecutivo, es importante abordar y remediar.

Dos) Que es un tema que ha estado en permanente discusión en los diálogos sostenidos con el Colegio de Profesores, en que se planteado una propuesta de solución que se enmarca en un debate que ya se ha hecho en esta instancia legislativa,[2] que dice relación con una moción parlamentaria que aborda el mismo punto, sobre la cual el Ejecutivo ha planteado que las materias que considera son de su iniciativa exclusiva y de las cuales se hace cargo este proyecto en informe.

El Presidente del Colegio de Profesores, señor Mario Aguilar, expresó que el proyecto de ley tiene por objeto conceder, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que, al 31 de julio del año 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnicos pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

Estimó que la iniciativa es positiva, toda vez que hace realidad el acuerdo al que llegó el Colegio de Profesores con el Gobierno en la mesa negociadora, pero destacó que lo establece como una excepcionalidad, en razón de que en el proyecto contenido en el boletín N° 11.780-04, que modifica la ley N° 19.070, que aprueba el Estatuto de los Profesionales de la Educación, en diversas materias de orden laboral, ya referido, se establece como un efecto que tenderá a ser permanente, materializado en un inciso segundo para el artículo 36 para todos aquellos docentes que cumplan con los requisitos establecidos. El hecho de fijar un fecha (“al 31 de julio del año 2018”), en su opinión, limita su aplicación y, por lo tanto a sus beneficiados.

En el contenido del mensaje se incluyen a los docentes directivos o técnicos pedagógicos, lo que, a su juicio, es positivo, lo que no obsta a que a nivel gremial se deba evaluar su pertinencia, entendiendo que la raíz siempre fue el docente de aula.

Por lo anterior, recomendó adecuar la redacción del proyecto de ley de manera similar a aquel contenido en el Boletín N° 11.780-04, al cual se hizo mención, en un sentido de generalidad normativa que no genere efectos perversos y no como una excepcionalidad, atendido el espíritu del proyecto en debate.

El Honorable Senador señor García Ruminot consultó, tanto al Ejecutivo como al Colegio de Profesores, por qué el proyecto señala como requisito “que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos”; en razón de lo anterior, preguntó si acaso existen directivos con horas de extensión.

Al mismo tiempo, hizo presente el caso de los técnico pedagógicos, puesto que, en este caso, se estaría abarcando el estamento de los asistentes de la educación.

La Honorable Senadora señora Ena Von Baer comentó que si bien el texto propuesto utiliza la frase “por una sola vez”, en relación con la extensión del reconocimiento que se otorga, con lo cual se estaría solucionando el actual estado de la situación, consultó que sucederá en el futuro con situaciones análogas a éstas.

El Subsecretario de Educación, señor Raúl Figueroa, explicó, respecto de la consulta del Honorable Senador señor García Ruminot, que el sentido del proyecto es, precisamente, evitar que por la vía de la restricción de referirse sólo a los docentes de aula se margine del beneficio a los profesionales de la educación que trabajan en los establecimientos educacionales y que puedan colocarse en esta misma situación. Añadió que si bien es un asunto de carácter casuístico, dependerá de la situación de que opere en cada caso de los directivos y de los profesionales de la educación que ejercen labores técnico pedagógicas en la escuela y que tienen estas horas de extensión, que, por cierto, no son la mayoría; puesta que esta última está constituida por los docentes de aula que están en situación de horas de extensión. Entonces, para evitar una eventual discriminación, se optó por incorporarlos.

Aclaró que el proyecto habla de profesionales de la educación que ejercen labores en el establecimiento educacional, lo que no comprende a los que trabajen a nivel del DAEM o las Corporaciones. En este sentido, para evitar que ante la casuística que pueda presentarse, y que fue planteada por el Colegio de Profesores de Chile, se optó por su incorporación.

Respecto de lo comentado planteado por la Honorable Senadora señora Von Baer, el señor Subsecretario estimó que es importante que este tipo de beneficios se entreguen por una sola vez, entendiendo que la regla general está determinada y consiste en será cada sostenedor el responsable de asegurar la titularidad de los contratos y llamar a los concursos cuando existen cargos titulares por completar. Esto es, por definición, una regla excepcional, puesto que lo que hace es corregir una situación que se arrastra desde hace largo tiempo y es de carácter anómalo en relación con la normativa general, que obliga a que al menos un 80% de los profesores tengan el carácter de titulares, cuestión que la misma norma del estatuto docente así también lo declara. Sobre el particular, comentó que así lo describió el señor Contralor General de la República en una sesión pasada, en el sentido de que la contrata es una situación excepcional y transitoria. [3]

De acuerdo con lo expuesto, estimó que es importante que un proyecto como este se enmarque dentro de la aplicación general de la norma, esto es que, habiendo identificado un problema se aborde de manera excepcional pero en que la regla general se mantiene y la responsabilidad también: que el sostenedor asegure que al menos el 80% de su dotación tenga el carácter de titular.

En relación con el debate transcrito, el Presidente del Colegio de Profesores, señor Aguilar sostuvo que, efectivamente, existen casos de directivos docentes con horas de extensión, aunque no constituyen la generalidad. Añadió que esta situación se produjo luego de la entrada en vigencia de la ley N° 20.501, sobre Calidad y Equidad de la Educación, que estableció que los cargos de Subdirectores, Inspectores Generales y Jefes de las Unidades Técnicas Pedagógicas son de confianza del Director. Fue en esa ocasión, precisó, cuando comenzó una casuística de profesores que trabajaban en el mismo colegio o en otro con 30 horas titulares, pero, para completar su nombramiento manteniendo el inicial, se recurrió al mecanismo de la extensión. Al mismo tiempo, señaló que existen profesores que son de aula y les ofrecen 14 horas para ejercer funciones como orientadores o de coordinación y, en consecuencia, entran en las tres categorías: aula, directivos y funciones técnico pedagógicas por las que consultó el Honorable Senador señor García Ruminot; por lo anterior, le pareció positivo que se mencionen estos tres tipos de situaciones y que la mayor parte del gremio esté de acuerdo.

Por las razones enunciadas, coincidió en este punto con lo enunciado por el señor Subsecretario.

Respecto a la adopción de la medida “por única vez”, dijo que, en caso de mantener esta expresión, al cabo de un tiempo se estará frente a un problema similar. Sugirió, que es mejor resolver esta situación de manera definitiva y no tener que volver a discutir sobre el tema en el futuro.

La Honorable Senadora señora Von Baer insistió en la inclusión de la expresión “por única vez” y sus efectos para que el problema que hoy se enfrenta no vuelva ocurrir. Consultó si acaso no se hace por una sola vez, puede suceder que cuando el contrato sea por tres años será caducado, puesto que al año cuatro pasaría a ser titular, aunque reconoció que, por el contrario, mantener este beneficio por “única vez” tampoco soluciona el problema, razón por la cual preguntó al Ejecutivo cuál sería la manera de regular ésto no vuelva a ocurrir.

El Honorable Senador señor García Ruminot recordó la exposición realizada por el señor Contralor General de la República en una sesión anterior, ya aludida, a propósito de otro proyecto relativo al mismo tema, en que afirmó que es necesario terminar con la figura de la doble contratación.

El Presidente del Colegio de Profesores, señor Mario Aguilar, dijo, a propósito de lo expuesto por el Honorable Senador señor García Ruminot, que efectivamente las horas de contrata están señaladas en la ley tal cual lo dijo el señor Contralor General de la República en una sesión anterior, lo que demuestra que ha existido un uso abusivo sobre las horas a contrata, en razón de que la ley establece que éstas tienen un carácter transitorio tal cual se ha señalado en este debate.

Enseguida, Darío Vásquez, Secretario General del Colegio de Profesores de Chile, señaló que el gremio de los profesores no entiende la razón por la cual se presentó una iniciativa que discriminó al sector particular subvencionado desde el punto de vista de la estabilidad, puesto que en éste la ley es clara para quienes tienen contratos a plazo fijo en razón de que si al primer año el empleador no le notifica que termina su contrato, se transforma de inmediato en uno de carácter indefinido. Además, agregó que se legisló para establecer que para los sostenedores de carácter particular subvencionado no puedan contar con sus trabajadores a plazo indefinido; pero, además de eso, se legisló para establecer normas que apuntan a que los sostenedores particulares subvencionados no pueden tener a los profesores a plazo fijo y, por lo tanto, si se renueva el contrato, al segundo año, en caso de renovar, vuelve a transformarse en indefinido. Por eso, en su opinión, existe una discriminación respecto de la situación de los trabajadores del sector municipal.

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A continuación, el señor Presidente declaró cerrado el debate correspondiendo proceder a la votación del proyecto de ley. Sobre el particular, cabe hacer presente que los Honorables Senadores señoras Órdenes y Provoste y señor Latorre solicitaron votación separada de las frases “, por única vez” y “al 31 de julio de 2018”, comprendidas en la redacción del precepto. En razón de ello, primeramente, el señor Presidente puso en votación en general la iniciativa legal para luego efectuar la votación separada de las referidas frases del texto del artículo único.

- Puesto en votación en general el proyecto de ley, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señoras Órdenes, Provoste y Von Baer y señores García Ruminot y Latorre.

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En relación con la petición de votación separada precedentemente señalada, el Subsecretario de Educación, señor Raúl Figueroa, estimó que ella debía ser declarada inadmisible ya que vulnera la iniciativa exclusiva del Presidente de la República. En efecto, argumentó que la materia que regula el proyecto de ley, como se ha señalado en el Mensaje, corresponde al otorgamiento de un beneficio de aquellos que enumera el número 4° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República. En ese sentido, cualquier propuesta que se haga para afectar, corregir o cambiar la redacción del precepto en informe, ya sea de manera directa o como consecuencia de una proposición en otro sentido, debiera ser objeto de la referida declaración de inadmisibilidad, de acuerdo a lo preceptuado por el inciso tercero del artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional. Recordó que los efectos de las proposiciones o indicaciones que presenten los parlamentarios durante la tramitación de un proyecto de ley fue objeto de pronunciamiento del Tribunal Constitucional, en la sentencia que resolvió el requerimiento del proyecto de ley que regula el aumento del post natal.[4] Por lo anterior, hizo reserva de constitucionalidad.

Sobre el particular, los Honorables Senadores señora Provoste y señor Latorre expresaron su opinión en contrario, por estimar que la referida petición es un derecho que asiste a todo senador y no incide en una materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República. A mayor abundamiento, la Honorable Senadora señora Provoste recalcó que, en su concepto, el proyecto de ley no es de aquellos correspondientes a aquella facultad presidencial ya que se ha legislado sobre esta materia a partir de propuestas parlamentarias.

- Puesta en votación separada la frase “,por única vez”, fue rechazada por mayoría de votos. Por la negativa se pronunciaron los Honorables Senadores señoras Órdenes y Provoste y señor Latorre. Votaron por la afirmativa los honorables Senadores señora Von Baer y señor García Ruminot.

-Puesta en votación separada la frase “al 31 de julio de 2018”, fue rechazada por mayoría de votos. Por la negativa se pronunciaron los Honorables Senadores señoras Órdenes, Provoste y señor Latorre. Se abstuvieron los Honorables Senadores señora Von Baer y señor García Ruminot.

Se deja constancia que la Honorable Senadora señora Von Baer expresó que el efecto de la votación separada, que significó la supresión de la referida frase, contiene vicios de inconstitucionalidad, toda vez que altera la norma propuesta por el proyecto de ley el cual se refiere a materias de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el señor Presidente de la República referidas la administración financiera del Estado, cuestión que, como se señaló con antelación, también fue recalcada por el señor Subsecretario de Educación.

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TEXTO DEL PROYECTO DE LEY

De conformidad a los acuerdos anteriores, vuestra Comisión de Educación y Cultura propone aprobar en general y en particular el siguiente:

“PROYECTO DE LEY

"Artículo único. Concédase la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.".”

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Tratado y acordado en sesión celebrada el día 18 de julio de 2019, con asistencia de los Honorables Senadores señor Juan Ignacio Latorre Riveros (Presidente); señoras Ximena Órdenes Neira, Yasna Provoste Campillay y Ena Von Baer Jahn, y señor José García Ruminot.

Sala de la Comisión, a 22 de julio de 2019.

FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, INICIADO EN MENSAJE DE SU EXCELENCIA EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE OTORGA A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN TITULARES DE UNA DOTACIÓN DOCENTE LA TITULARIDAD DE LAS HORAS DE EXTENSIÓN EN CALIDAD DE CONTRATA.

Boletín N° 12.779-04

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Conceder la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

II. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: está estructurado en un artículo único.

III.- ACUERDOS: El proyecto de ley fue aprobado en general por unanimidad 5x0. Como consecuencia de la presentación de una proposición de votación separada, en particular se efectuaron dos votaciones respecto de dos frases del artículo único: la frase “por única vez” fue rechazada 3x2, y la frase “al 31 de julio de 2018” fue rechazada 3x2 abstenciones.

III. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay

IV. URGENCIA: “discusión inmediata”.

V. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje de Su Excelencia el señor Presidente de la República.

VI. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 17 de julio de 2019.

VIII. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, discusión en general y en particular a la vez.

Valparaíso, a 22 de julio de 2019.

FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART

Secretario de la Comisión

[1] Esta norma dispone lo siguiente: Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo único de la ley Nº 19.648 que otorga titularidad en el cargo a profesores contratados a plazo fijo por más de tres años: a) Reemplázase la frase "Municipio o Corporación Educacional Municipal" por "Municipio Corporación Educacional Municipal o Servicio Local de Educación". b) Sustitúyese el guarismo "2014" por "2018".”.
[2] Hace alusión al Boletín 11.780-04 en trámite en esta comisión.
[3] Se refiere a la sesión de la Comisión de Educación y Cultura del día 10 de julio pasado en la cual expuso el señor Contralor General de la República en relación con el proyecto de ley correspondiente al Boletín número 11.780-04 iniciado en Moción de diputados que aborda la materia en análisis.
[4] Sentencia de fecha 20 de julio de 2011 correspondiente al rol número 2.025-11

1.3. Discusión en Sala

Fecha 24 de julio, 2019. Diario de Sesión en Sesión 37. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

CONCESIÓN DE TITULARIDAD DE HORAS DE EXTENSIÓN HORARIA A CONTRATA A PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

El señor MONTES ( Presidente accidental ).-

Corresponde a continuación tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República y en primer trámite constitucional, que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata, con informe de la Comisión de Educación y Cultura, y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (12.779-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En primer trámite: sesión 34ª, en 17 de julio de 2019 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Educación y Cultura: sesión 35ª, en 23 de julio de 2019.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El principal objetivo del proyecto es conceder la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo municipio, corporación municipal o servicio local de educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

La Comisión de Educación y Cultura discutió el proyecto en general y en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros, Senadores señoras Órdenes, Provoste y Von Baer y señores García y Latorre.

Asimismo, lo aprobó en particular con las modificaciones y votaciones que consigna en su informe.

El texto que se propone aprobar figura en la página 9 del informe de la Comisión.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

El Presidente de la Comisión me informa que existe un acuerdo en el sentido de que solo intervendrían los miembros de ella.

¿Es así?

La señora PROVOSTE.-

Sí, señor Presidente.

La señora VON BAER.-

Efectivamente.

El señor LETELIER.-

Abra la votación, señor Presidente.

El señor BIANCHI.-

Sí. Ábrala.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Muy bien.

Lo haremos inmediatamente.

Aprovecho de saludar a la Ministra de Educación , señora Marcela Cubillos, y al Presidente del Colegio de Profesores , don Mario Aguilar, que también está acá.

Quiero recordarles que viene una indicación del Ejecutivo a este proyecto. Creo que sería razonable leerla inmediatamente, antes de iniciar el debate...

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Pero aún no ha llegado, señor Presidente .

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Conforme.

Por otra parte, se ha solicitado la autorización de la Sala para que pueda ingresar el Subsecretario de Educación , señor Raúl Figueroa.

Estando la Ministra acá, no habría mayor inconveniente y podríamos...

La señora PROVOSTE.-

No, señor Presidente.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

No hay acuerdo.

Muy bien.

El señor NAVARRO.-

¡Alvarado sí; otro no...!

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Señores Ministros, la indicación no ha llegado a la Mesa.

El señor BLUMEL (Ministro Secretario General de la Presidencia).-

La presentamos a la Mesa, señor Presidente.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

No la tenemos, señor Ministro.

El señor BLUMEL ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

La llevaremos ahora.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Muy bien.

De todas maneras, vamos a empezar el debate.

Tal como se solicitó, procederemos a abrir la votación.

En votación general y particular el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Educación , Senador señor Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente , tengo a bien informar el proyecto de ley, boletín N° 12.779-04, que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata.

Se encuentra en primer trámite reglamentario, con urgencia de "discusión inmediata"; consta de un artículo único y concede la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo municipio, corporación municipal o servicio local de educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos, durante a lo menos tres años continuos o cuatro años discontinuos.

El proyecto fue discutido en la Comisión de Educación y Cultura en general y en particular en una sola sesión, de conformidad al artículo 127 del Reglamento del Senado.

En su votación general, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes, Senadoras señoras Órdenes (quien reemplazó al Senador Quintana) , Provoste y Von Baer y Senadores señor García y el que habla.

En su votación particular, se solicitó la votación separada de la frase "por única vez", la cual fue rechazada por mayoría de votos. Por la negativa se pronunciaron las Senadoras señoras Órdenes y Provoste y el que habla. Votaron a favor de mantener la frase la Senadora Von Baer y el Senador García.

Asimismo, se solicitó votar separadamente la frase "al 31 de julio de 2018", la cual fue rechazada por mayoría de votos, con la abstención del Senador García y la Senadora Von Baer.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor MONTES ( Presidente accidental ).-

Señoras y señores Senadores, quiero aclarar que el Ejecutivo ha presentado una indicación para reponer las fechas que se eliminaron en la Comisión.

Sugiero que votemos la versión que nos propone la Comisión de Educación y, en caso de que esta no se apruebe, quedaría la propuesta del Ejecutivo.

¿Les parece a Sus Señorías?

El señor LETELIER .-

No, señor Presidente .

La señora VON BAER .-

¡Al revés!

El señor COLOMA .-

Votemos la indicación primero, señor Presidente . Es sustitutiva.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Perfecto.

Efectivamente, es una indicación sustitutiva.

Entonces, nos pronunciaremos primero sobre la indicación del Ejecutivo. En caso de que ella resulte rechazada, quedará la proposición de la Comisión.

¿Estamos de acuerdo?

El señor COLOMA .- 

Okay

La señora VON BAER.-

Así es.

La señora MUÑOZ .-

¡Que se lea la indicación, señor Presidente!

El señor MONTES ( Presidente accidental ).-

Está claro de qué se trata, Su Señoría. No es necesario darle lectura.

Le ofrezco la palabra al Senador señor García.

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , nosotros respaldamos el mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República por cuanto estamos de acuerdo en entregar titularidad a las horas de extensión de aquellos profesores que, teniendo un contrato titular, han desempeñado por muchos años estas funciones. El proyecto habla de "a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos", pero la verdad es que hay profesores que llevan diez, quince, o veinte años con estas horas de extensión que ya forman parte de sus ingresos, de su remuneración. Por lo tanto, estimamos de toda justicia entregarles la titularidad.

Nos parece bien que esta sea una acción especial. Por eso compartimos que se aplique por una única vez y con una fecha establecida: 31 de julio de 2018, de tal manera que sean esos profesores quienes, por sus horas de extensión, pasen a tener la titularidad.

Sostengo que eliminar las expresiones "por única vez" y "al 31 de julio de 2018" extiende el beneficio a todos los que estén cumpliendo horas de extensión. Y aquello no está considerado en el origen de la iniciativa del Ejecutivo.

En consecuencia, una indicación de esa naturaleza, a pesar de que se presentó como una división de la votación, en el fondo es inadmisible, pues solo podría presentarla el Presidente de la República .

Por eso, votaremos a favor de la indicación del Ejecutivo. Porque tenemos la convicción, en primer lugar, de que esta es una iniciativa justa, y, en segundo lugar, de que eliminar las frases que he señalado está ampliando el beneficio y eso, como parlamentarios, no lo podemos hacer. Una modificación de ese tipo solo puede tener su origen en el Presidente de la República .

Votamos a favor de la idea de legislar, por supuesto, y de la indicación presentada por el Ejecutivo.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , con la indicación de votación separada que se presentó en la Comisión se pretende ampliar un beneficio. Y eso, hecho por parlamentarios, es inconstitucional, inadmisible.

El efecto es que se tendrá titularidad para todos, sin que se establezca una fecha específica, y no será solo por esta vez, sino también hacia adelante. Y aquello es inadmisible en virtud del artículo 65, inciso cuarto, numeral 2°, de la Constitución, que establece que le corresponderá al Presidente de la República : "Crear nuevos servicios públicos o empleos rentados," -y lo que aquí se está haciendo es crear un empleo rentado porque se está generando titularidad- "sean fiscales, semifiscales, autónomos" -etcétera- "y determinar sus funciones o atribuciones".

Con la indicación señalada se estaría determinando una nueva forma de designación de cargos municipales, que es distinta al concurso público que establece nuestra legislación.

Consecuentemente, nos estaríamos inmiscuyendo en la iniciativa exclusiva del Presidente de la República contenida en el numeral 2° del artículo 65, toda vez que el carácter de titular o a contrata de las horas de los docentes es una atribución de esos empleos públicos, y en este caso la titularidad se estaría creando por vía legal y no por concurso.

En ese sentido, también se está vulnerando el principio general de concursabilidad pública de las horas de dotación docente del artículo 25 del Estatuto Docente (ley N° 19.070), que es parte del régimen funcionario de los profesores y docentes públicos.

Dicho artículo señala: "Los profesionales de la educación se incorporan a una dotación docente en calidad de titulares o en calidad de contratados.

"Son titulares los profesionales de la educación que se incorporan a una dotación docente previo concurso público de antecedentes.".

Señor Presidente, este es un proyecto presentado por el Ejecutivo, que busca hacerse cargo de un problema que todos compartimos, cual es el hecho de que existan profesores titulares que tienen dos contratos: el contrato titular y el contrato para las horas de extensión (en calidad de contrata).

El Ejecutivo plantea la solución a través de este proyecto de ley. Sin embargo, la ampliación propuesta por indicación de parlamentarios se inmiscuye en una atribución que evidentemente le corresponde al Presidente de la República .

Ya realicé la argumentación en este sentido, pero, como me imagino cuál va a ser el resultado de la votación, planteo reserva de constitucionalidad respecto de esta materia.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente , deseo saludar de manera muy especial al Presidente del Colegio de Profesores , el señor Mario Aguilar , quien se ha mantenido durante toda la jornada en las tribunas del Senado. Y extiendo mi saludo a los profesores Guido Reyes , Eliana Rojas y Marcela Campolo , así como a la Ministra de Educación , quien se encuentra presente en la Sala.

Este no es el primer proyecto relacionado con la titularidad. Solo quiero recordar que el Parlamento ya ha aprobado tres iniciativas, todas ellas iniciadas en mociones: la de 1999, la de 2015 y, más recientemente, la del año en curso.

Este proyecto en particular, iniciado en mensaje, forma parte de las importantes conquistas que han planteado los profesores y profesoras en el pliego de peticiones que entregaron al Ministerio de Educación en 2018, en el que identificaban que claramente había situaciones que vulneraban los principios del trabajo adecuado y no guardaban relación con las condiciones laborales de que hoy gozan otros profesionales de nuestro país.

Me alegro muchísimo de que esta iniciativa del Ejecutivo, que solo se refiere a la titularidad de las horas de extensión, llegue justo en momentos en que se discute otra moción que es un poco más amplia.

Señor Presidente , hemos tenido la posibilidad de escuchar en un debate similar, a propósito de la moción, al propio Contralor General de la República . Aquí se señala que una iniciativa como la que estamos discutiendo irroga gastos. Pero quiero destacar que fue el Contralor, frente a la consulta de uno de los integrantes de la Comisión de Educación, quien despejó absolutamente esa duda. Este no es un proyecto que irrogue gastos, toda vez que el costo final que se considera para otorgar la indemnización de un profesor o de una profesora se calcula respecto del total de las remuneraciones, del total de la planilla de sueldo.

Por lo tanto, la presente iniciativa apunta al corazón de generar condiciones adecuadas, de avanzar en la estabilidad laboral y de terminar con situaciones abusivas de dobles contratos.

El proyecto presentado por el Gobierno contribuye en esa línea, pero considero que es parcial. Porque termina con una situación abusiva solo para un grupo de profesores; es decir, para aquellos que cumplían estos requisitos al 31 de julio del año 2018.

En nuestro país existe abundante discusión al respecto. En ese sentido, permítame recordar el dictamen N° 22.766 de la Contraloría, de fecha 24 de marzo de 2016, respecto al principio de la confianza legítima, fijado por el Organismo Contralor.

Pues bien, en el dictamen se indica que tras dos renovaciones se entiende la confianza legítima.

Por lo tanto, no veo ninguna razón para que en una iniciativa legislativa se intente contravenir una disposición y una jurisprudencia de la Contraloría General de la República.

El pedir la votación separada para eliminar el concepto "por única vez" surge del propósito de apegarnos al principio de la confianza legítima, que está ampliamente descrito en el dictamen de la Contraloría General de la República.

Ha sido dicho organismo el que ha señalado que, después de dos renovaciones de contrata, un funcionario público cuenta con la confianza legítima.

Por eso se requiere que las horas de extensión que los profesores del sistema público mantienen durante tres años sean declaradas como titulares, y sin fecha tope, como plantea la indicación del Ejecutivo.

En definitiva, señor Presidente , tal planteamiento legislativo motivará a los profesores, cuando finalice ese tiempo, a volver a movilizarse para alcanzar una conquista legítima respecto de la titularidad de sus horas de extensión.

A mayor abundamiento, hoy día los profesores del sector particular subvencionado, luego de la segunda renovación de su contrato a plazo fijo por el Código del Trabajo, pasan a tener la calidad de docentes con contrato indefinido. Por tanto, la modificación que incorporó la Comisión de Educación se enmarca en el principio de igualdad ante la ley.

En consecuencia, nos parece importante rechazar una vez más lo que el Ejecutivo ha intentado no una, sino dos veces en la tramitación de esta iniciativa de artículo único, tendiente a limitar el ejercicio de una tarea importante. Ello no permite avanzar en seguridad laboral ni terminar con los abusos que significan los dobles contratos.

Sé que este Parlamento sintoniza con la demanda legítima que ha planteado el magisterio, los profesores de Chile, en orden a generar condiciones laborales adecuadas y no estar sujetos a que cada cierto tiempo tengan que volver a movilizarse para alcanzar esta conquista.

Por eso votamos en contra de esta indicación, que vuelve a plantear el Ministerio de Educación.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Le ofrezco la palabra, señora Ministra.

No quiere usarla.

El señor CHAHUÁN.-

Deseo plantear un punto de reglamento, señor Presidente.

El señor QUINTANA.-

Estamos en votación.

El señor CHAHUÁN.-

Se puede igual.

La señora ALLENDE.-

Terminemos de votar.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Tiene la palabra, señor Senador, específicamente para un aspecto reglamentario.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , qué más quisiéramos nosotros que se pudiera eliminar "por única vez".

El señor LETELIER .-

¡No fundamente!

La señora ALLENDE .-

¡No!

El señor CHAHUÁN.-

Solo quiero pedir el pronunciamiento de la Mesa respecto a la constitucionalidad del texto que viene de la Comisión.

El señor MONTES ( Presidente accidental ).-

Bueno, yo planteé un método de votación: si hubiere mayoría, ahora se aprobaría la indicación del Ejecutivo, la indicación sustitutiva.

En caso de que se rechace, quedaría aprobado el texto acordado por la Comisión de Educación.

Yo tenía la convicción de que no era inadmisible la forma en que esto se planteó.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor CÁMARA ( Prosecretario subrogante).-

¿Algún señor Senador o alguna señora Senadora no ha emitido su voto?

El señor MONTES (Presidente accidental).-

Terminada la votación.

--Se rechaza la indicación sustitutiva del Ejecutivo (17 votos en contra, 13 a favor y 2 pareos).

Votaron por la negativa las señoras Allende, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Bianchi, Elizalde, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro y Quintana.

Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Ebensperger y Von Baer y los señores Allamand, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, García, García-Huidobro, Ossandón, Prohens y Sandoval.

No votaron, por estar pareados, los señores Galilea y Moreira.

El señor MONTES ( Presidente accidental ).-

Conforme a lo acordado, queda aprobado el texto que planteó la Comisión de Educación.

Se despacha el proyecto en este trámite.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

La señora RINCÓN.-

Ahora hay que votar el otro texto.

El señor MOREIRA.-

Sí. Hay que votarlo.

El señor MONTES (Presidente accidental).-

No.

Propusimos un método de votación: se votaba la indicación sustitutiva y, en caso de que se rechazara, quedaba aprobado el proyecto que propuso el órgano técnico.

Fue lo que concordamos.

Por lo tanto, está aprobada en general y en particular la iniciativa en los términos en que venía de la Comisión.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 24 de julio, 2019. Oficio en Sesión 57. Legislatura 367.

Valparaíso, 24 de julio de 2019.

Nº 174/SEC/19

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín número 12.779-04:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Concédese la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

CARLOS MONTES CISTERNAS

Presidente (A) del Senado

JULIO CÁMARA OYARZO

Secretario General (S) del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 06 de agosto, 2019. Oficio

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, TITULARES DE UNA DOTACIÓN DOCENTE, LA TITULARIDAD DE LAS HORAS DE EXTENSIÓN EN CALIDAD DE CONTRATA (BOLETÍN 12.779-04).

Santiago, 06 de agosto de 2019.

Nº 151-367/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

AL ARTÍCULO ÚNICO

1)Para intercalar, entre las palabras “Concédase” y “la”, la frase “, por única vez,“.

2)Para intercalar, entre las expresiones “Servicio Local de Educación y que” y “se hayan desempeñado”, la frase “, al 31 de julio de 2018,”.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

MARCELA CUBILLOS SIGALL

Ministra de Educación

2.2. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 19 de agosto, 2019. Oficio

?FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, TITULARES DE UNA DOTACIÓN DOCENTE, LA TITULARIDAD DE LAS HORAS DE EXTENSIÓN EN CALIDAD DE CONTRATA (BOLETÍN 12.779-04).

Santiago, 19 de agosto de 2019.

Nº 165-367/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

AL ARTÍCULO ÚNICO

1)Para reemplazar, en el inciso primero del artículo único, la frase “y que se hayan desempeñado como docentes de aula,” por la expresión “, y que a la fecha de promulgación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula,”.

2)Para incorporar un nuevo inciso segundo al artículo único, del siguiente tenor:

“En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad.”.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

MARCELA CUBILLOS SIGALL

Ministra de Educación

2.3. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 20 de agosto, 2019. Informe de Comisión de Educación en Sesión 66. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN RESPECTO DEL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN TITULARES DE UNA DOTACIÓN DOCENTE LA TITULARIDAD DE LAS HORAS DE EXTENSIÓN EN CALIDAD DE CONTRATA. BOLETIN N° 12.779-04-S

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Educación pasa a informar el proyecto de ley de la referencia, de origen en un mensaje de S.E. el Presidente de la República, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario.

En calidad de invitados, concurrieron el Subsecretario de Educación, señor Raúl Figueroa Salas, acompañado de los Asesores Legislativos señor Carlos Oyarzún y señora Bernardita Molina.

Asimismo, asistieron los siguientes invitados:

-El Presidente del Colegio de Profesores de Chile A.G., señor Mario Aguilar Arévalo, acompañado del Vicepresidente, señor Guido Reyes.

-En representación de la Comisión de Educación de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM) el Coordinador del Área de Educación, señor Raciel Medina Parra, acompañado del Asesor, señor Joaquín Ugalde.

-En representación de la Asociación de Municipalidades de Chile (AmuCh), la Asesora Jurídica señora Graciela Correa.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) Idea matriz o fundamental del proyecto.

La idea matriz de la iniciativa consiste en conceder la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula.

2) Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.

No hay normas de ese carácter.

3) Normas que requieren trámite de Hacienda.

El artículo único del proyecto de ley no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.

4) Aprobación del proyecto.

El proyecto fue aprobado en general por unanimidad. Votaron a favor los diputados Jaime Bellolio, Sergio Bobadilla, Cristina Girardi, Rodrigo González, José Miguel Castro (en reemplazo de Luis Pardo), Hugo Rey, Juan Santana, y Diego Schalper, Camila Vallejo, Mario Venegas, Gonzalo Winter y Camila Rojas (12-0-0).

5) Diputado informante.

Se designó como diputado informante al señor Jaime Bellolio Avaria.

II. ANTECEDENTES.

A) Fundamentos del proyecto.

Explica el mensaje que el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican, establece, en su artículo 25, que los profesionales de la educación se incorporan a una dotación docente en calidad de titulares o en calidad de contratados, definiendo el mismo artículo que son titulares los profesionales de la educación que se incorporan a una dotación docente previo concurso público de antecedentes y que tienen la calidad de contratados aquellos que desempeñen labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares. Agrega este cuerpo normativo, en su artículo 20, que la dotación docente de los establecimientos educacionales se expresa en horas cronológicas de trabajo semanales, las cuales pueden ser en calidad de titulares o a contrata.

Añade la iniciativa que en virtud de las leyes N° 19.648, N° 20.804 y del artículo 10 de la ley N° 21.152 se han establecido excepciones a lo dispuesto en el artículo 25 del Estatuto Docente, al permitir que, por el solo ministerio de la ley, los docentes dependientes de un mismo Municipio, Corporación Educacional Municipal o Servicio Local contratados a plazo fijo por a lo menos tres años continuos o cuatro discontinuos a la fecha que se indican y cumpliendo los demás requisitos legales, adquirieran la titularidad en el cargo. Esta vía excepcional incorporada por las leyes citadas permitió otorgar la calidad de titular a los profesionales de la educación incorporados a una dotación docente en calidad de contrata.

Sostiene el proyecto de ley que la concesión legal de la titularidad a los docentes en calidad de contrata, que de conformidad a lo dispuesto en el número 4 del artículo 65 de la Constitución Política es una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República por establecer un beneficio al personal de la Administración Pública, constituye una mejora en las condiciones laborales de los profesionales de la educación. Sin perjuicio de lo anterior, existe un aspecto de la titularidad docente que no fue considerado en las referidas modificaciones legales y que se refiere a la jornada de extensión horaria.

De acuerdo a la interpretación de la Contraloría General de la República, los sostenedores municipales -y los Servicios Locales de Educación como sus continuadores legales- pueden suplir sus déficits horarios designando a los docentes titulares de un establecimiento educacional para que cumplan funciones en una jornada de extensión en calidad de contrata, debiendo respetar el límite de 44 horas cronológicas semanales para un mismo empleador.

Finalmente, destaca la iniciativa que el Gobierno tiene un real propósito de mejorar la calidad de la educación de todos los niños y jóvenes del país. Para lograrlo se requiere del compromiso y trabajo conjunto de toda la comunidad educativa. Convencidos de que los profesores son fundamentales en este proceso, este proyecto recoge una inquietud planteada por los docentes del país, en orden a otorgar la titularidad respecto de las horas de extensión horaria en calidad de contrata.

B) Contenido del proyecto y leyes que se relacionan con la materia.

El proyecto contempla un artículo único que concede, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente de un mismo Municipio, Corporación Educacional Municipal o Servicio Local de Educación y que, al 31 de julio de 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

Si bien la iniciativa no modifica la legislación vigente, es necesario hacer presente que el numeral 1) del artículo único del proyecto que modifica la ley N° 19.070, que Aprueba Estatuto de los Profesionales de la Educación, en diversas materias de orden laboral (boletín N° 11.780-04), en segundo trámite constitucional en el Senado, trata una materia similar.

Esta norma agrega un inciso segundo en el artículo 36 de la ley N° 19.070, contenida en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación, y de las leyes que la complementan y modifican, del siguiente tenor:

“Toda extensión horaria de estos profesionales de la educación deberá incorporarse en sus contratos vigentes en calidad de titulares y siempre que dichas extensiones se hayan prolongado por tres años continuos o cuatro años discontinuos, y no correspondan a labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo.”.

III. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

En el Senado, el proyecto fue conocido por la Comisión de Educación y Cultura. En esta instancia, se discutió en general y particular a la vez. Sobre el particular cabe hacer presente que los senadores señoras Órdenes y Provoste y señor Latorre solicitaron votación separada de las frases “, por única vez” y “al 31 de julio de 2018”, comprendidas en la redacción original del mensaje.

En razón de ello, el señor Presidente puso en votación en general la iniciativa legal para luego efectuar la votación separada de las referidas frases del texto del artículo único.

Puesto en votación general el proyecto, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, senadores señoras Órdenes, Provoste y Von Baer y señores García Ruminot y Latorre.

Sometidas a votación separada las frases “, por única vez”, y “al 31 de julio de 2018”, fueron rechazadas por mayoría de votos.

En la sala del Senado, se presentó una indicación del Ejecutivo para reponer ambas frases, la que se rechazó por mayoría de votos. Por lo tanto, el proyecto se aprobó en los mismos términos que en la Comisión.

Se hizo expresa reserva de constitucionalidad por parte de la senadora Von Baer, al considerar que la eliminación de las referidas frases contravenía lo establecido por el artículo 65, N° 2, de la Constitución Política de la República.

IV. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS.

A) En general.

El señor Raúl Figueroa, Subsecretario de Educación, presentó el proyecto, señalando que busca reconocer la titularidad de las horas de extensión para aquellos docentes que posean con un mismo empleador horas de contrata y de planta. Señaló que la iniciativa fue conversada previamente con el Colegio de Profesores.

Sostuvo que el proyecto se hace cargo de corregir una anomalía que proviene, fundamentalmente, de la implementación de la jornada escolar completa. Asimismo, aclaró que se reconoce la titularidad de las horas de extensión a los profesores que se encuentran en la condición antes descrita y que cumplan con los demás requisitos establecidos en el mensaje.

Comentó que el proyecto original otorga el beneficio por una sola vez a los profesores que cumplan los requisitos estipulados y que, al 31 de julio del año 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnicos pedagógicos. Sin embargo, indicó que a consecuencia de una votación separada realizada en el Senado, se eliminaron las expresiones “, por única vez” y “al 31 de julio de 2018”.

Sobre lo anterior, declaró que el Ejecutivo hizo presente en esa oportunidad que esa eliminación no solo estaría afectando la esencia del proyecto -ampliando el universo de beneficiarios-, sino que también, se estarían excediendo de las atribuciones del Congreso Nacional, toda vez que es una materia de iniciativa exclusiva de S. E. el Presidente de la República.

En el mismo sentido, manifestó que se presentará una indicación con el objeto de reponer las frases eliminadas por el Senado.

El señor Mario Aguilar, Presidente del Colegio de Profesores, señaló que el proyecto en cuestión viene a subsanar la condición abusiva que se origina a partir de la implementación de la jornada escolar completa (JEC).

Argumentó que antes de esa modificación los docentes tenían contratos por 30 horas y generalmente en más de un establecimiento educacional. Sin embargo, una vez implementada la JEC no pudieron trabajar en dos colegios. Además, en sus contratos de titularidad de 30 horas se creó la figura de las extensiones, ficción jurídica que se realizó en condiciones distintas a las originales. Asimismo, recalcó que no existe mención expresa en el estatuto docente al respecto.

En síntesis, indicó que la extensión es una ampliación del contrato en condiciones precarias y que no dice relación con un trabajo transitorio ni provisorio. Por lo tanto, declaró que un profesor tiene un contrato como titular y, a su vez, como contrata. Enfatizó que esta situación es anómala porque en el Código del Trabajo se encuentra prohibida la doble contratación con un mismo empleador.

Respecto a las dos indicaciones aprobadas en la Comisión de Educación y Cultura del Senado, en el sentido de eliminar las expresiones “, por única vez” y “al 31 de julio de 2018”, manifestó estar a favor, toda vez que mejoran el proyecto original, debido a que generan superiores condiciones para acceder al “beneficio”.

A mayor abundamiento, explicó que cuando el proyecto original dispone que será “por única vez” estaría resolviendo los problemas acumulados al respecto, pero no va a solucionar la futura ocurrencia del problema, ni tampoco la de aquellos docentes que llevan menos de 3 años laborando. En efecto, declaró que es previsible que se sigan acumulando más profesores con dicha problemática.

Por último, afirmó que cuando hay horas de extensión en un contrato es porque realmente se necesitan para un adecuado funcionamiento del sistema, puntualizando que si al profesor le renovaron por varios años sus horas de extensión, tiene más que demostrada su idoneidad para la función ejercida. En síntesis, sostuvo la idea de establecer la condición de forma permanente para todos los profesores que hayan trabajado 3 años continuos o 4 años discontinuos, a fin de evitar futuros conflictos respecto al tema.

Finalmente, respecto de la constitucionalidad del proyecto de ley, hizo hincapié que existen otros proyectos aprobados en materia de titularidad docente, que fueron de iniciativa parlamentaria, en consecuencia, resulta extraño sostener que esta clase de proyectos sólo pueden ser de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, agregando, además, que no irroga gastos al Estado, porque el pago al docente es el mismo.

La diputada Girardi consultó al Ejecutivo por qué se presentó otro proyecto de ley, existiendo uno de origen parlamentario sobre la misma materia y por qué se intenta reponer el proyecto original, en lugar de mantener lo realizado por el Senado, en el sentido de eliminar las frases “, por única vez” y “al 31 de julio de 2018”.

El diputado Venegas adelantó que rechazaría la indicación del Ejecutivo, en orden a restablecer las expresiones eliminadas.

El diputado González reconoció que el Senado mejoró el mensaje del Ejecutivo. Además, solicitó a la Presidenta de la Comisión recabar la unanimidad para votar el proyecto.

El diputado Rey señaló que está de acuerdo con la titularidad de las horas de extensión y su eventual carácter permanente. Por otro lado, manifestó que la educación es dinámica y que los Programas de Mejoramiento Educativo (PME) se van adaptando a las necesidades de cada establecimiento educacional.

La diputada Vallejo solicitó al Ejecutivo explicar la lógica de poner fecha de término a quienes pueden ser reconocidos en sus horas de extensión como titulares.

El diputado Bellolio preguntó en qué casos podría ocurrir en el futuro algún problema relacionado con las horas de extensión, en los términos expuestos por el Magisterio.

Asimismo, declaró que la ley establece que las horas de extensión son concursables y esta sería una forma de evitar esa concursabilidad, con el objeto de normalizar la situación de aquellos profesores que se encuentren trabajando 3 años continuos o 4 años discontinuos. En efecto, señaló que si se eliminan las expresiones por única vez, se abriría la posibilidad para que otros docentes puedan acceder a la titularidad de horas de extensión sin mediar concurso.

La diputada Girardi aclaró que no existe problema con la concursabilidad, porque beneficiaria aquellos profesores que ya son titulares, en virtud de que concursaron para obtener esa titularidad.

El señor Raúl Figueroa manifestó que el Ejecutivo presentó otro proyecto de ley porque es una materia de iniciativa exclusiva de S. E. el Presidente de la República, en virtud del artículo 65, N° 4, de la Constitución Política de la República, al otorgarse un beneficio a un grupo de personas que están vinculadas bajo normas de contratación pública, precisando que la titularidad es un beneficio al cual se accede a través de concurso público. En efecto, declaró que el proyecto en comento lo que hace es exceptuar la concursabilidad para poder acceder a esa horas en carácter de titular.

A mayor abundamiento, afirmó la existencia de diferencias de fondo entre el mensaje presidencial y el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados sobre la misma materia. Sostuvo que la principal diferencia dice relación con el objetivo específico de la iniciativa, donde el mensaje busca solucionar la anomalía generada por la jornada escolar completa, exceptuando por única vez a un grupo de personas para acceder sin concurso a la titularidad de sus horas de extensión. En cambio, indicó que el proyecto originado en moción y la modificación realizada por el Senado buscan alterar las reglas generales de la contratación pública.

El señor Mario Aguilar manifestó que la ley dispone un 80% de funcionarios de planta y un 20% a contrata, indicando que ese pequeño porcentaje abarcaría las horas “flexibles” dispuestas por la dirección para la materialización de los Programas de Mejoramiento Educativo.

Por otro lado, descartó la posibilidad de inventar horas con el objeto de otorgar una supuesta titularidad a personas determinas porque el sistema escolar difícilmente podría realizar tal invención. Al contrario, sostuvo que faltan recursos para gestionar más horas. Asimismo, aclaró que el uso de las horas de extensión no solo se limita a la jornada escolar completa, sino que también, a otros usos de diversa índole.

Respecto a la concursabilidad, declaró que son poco atractivos los concursos para jornadas de 6, 8 o 14 horas, señalando que si los establecimientos educacionales requieren mayores horas de trabajo, serán ofrecidas al mismo profesor que imparte la materia específica, mediante una extensión de su contrato.

La diputada Girardi discrepó con lo señalado por el Subsecretario de Educación, en el sentido de afirmar que el proyecto de ley es un beneficio que otorga el Ejecutivo por una anomalía ocasionada debido a la implementación de la jornada escolar completa, argumentando que si es una anomalía no puede ser un beneficio.

El diputado Venegas reflexionó que el proyecto debe quedar en los términos propuestos por el Senado, porque en la actualidad no se estaría cumpliendo con el mandato de la ley al existir doble contratación con un mismo empleador.

La diputada Vallejo expresó que si se deja el proyecto original del Ejecutivo, se terminaría legitimando el reemplazo del concurso público, al mantener las horas de extensión en calidad de contrata, respecto de aquellos profesores que no cumplan con los requisitos solicitados.

El diputado Santana mencionó que existe un dictamen de la Contraloría General de la República, en el sentido de señalar que hay confianza legítima en la renovación del contrato a plazo fijo, si bajo circunstancias similares ya se le hubiere renovado el mismo contrato en el pasado. Asimismo, indicó que el mismo criterio se aplica en el caso de los colegios particulares subvencionados.

El señor Raúl Figueroa declaró que las dos expresiones utilizadas anteriormente no son incompatibles, ya que se corrige una anomalía otorgando un beneficio. Asimismo, afirmó que la existencia de dicha anomalía no significa que la manera de resolver ese problema sea asignando la titularidad.

Respecto de la confianza legítima, manifestó que es una interpretación en virtud de la cual los funcionarios que se encuentran a contrata y que cumplen ciertos requisitos, no se les puede poner término a su contrato de trabajo sin expresión de causa, puntualizando que no otorga la titularidad. Por lo tanto, reiteró que la forma de adquirir la titularidad es a través del concurso público.

El señor Raciel Medina, Coordinador del Área de Educación de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM), realizó una presentación para efectuar observaciones al proyecto de ley. En primer lugar, comentó que este tipo de iniciativas van provocando la situación que viven en la actualidad las administraciones educacionales de los municipios.

Señaló que la situación en particular se expresa en la existencia de docentes titulares, que realizan “labores transitorias” en el propio establecimiento educacional o en la dotación comunal de la cual son titulares, quienes de acuerdo a la normativa vigente, se les realiza un nombramiento “a contrata” por dichas horas y por un período determinado de tiempo. Además, indicó que existen 345 realidades distintas que son el número de municipios en Chile.

Manifestó que cualquier cambio que se haga implicaría un mayor costo para el empleador, dado que son horas por acciones transitorias y al convertirlas en horas de titularidad, generarían un costo permanente, además de los derechos indemnizatorios que conlleva, precisando que el costo indemnizatorio eventual es superior a los 5.000 millones de pesos.

En el caso de los docentes que ejercen este tipo de horas vinculadas a la Subvención Escolar Preferencial, explicó que si se le da el carácter de titulares, tendrían que dejar de pagarse con recursos subvención educacional preferencial, pasando a financiarse con el presupuesto general de educación.

Por lo anterior, sugirió que de aprobarse este proyecto, se establezca que los docentes beneficiados, cuyas horas de extensión se estuvieran financiando con recursos SEP, mantengan dicha fuente de financiamiento, una vez pasados a la titularidad.

Por otro lado, mencionó algunas causas recientes del déficit en educación, indicando que el principal nudo crítico del sistema educacional municipal es el financiamiento de la educación, donde el actual mecanismo de subvenciones, genera una situación de déficit en la operación del servicio educacional, obligando a transferir recursos municipales al sector, que van teniendo un carácter creciente (190.000 millones anuales), dado que no alcanza el ingreso de las subvenciones para financiar los gastos corrientes.

Asimismo, explicó que la subvención de escolaridad no alcanza siquiera a financiar el gasto de la planilla de remuneraciones, puntualizando que cada vez se hace más amplia la diferencia entre el ingreso por subvención de escolaridad y el gasto de dicha planilla. Declaró que permanentemente se implementan iniciativas que acarrean costos para los sostenedores, sin existir el debido financiamiento.

En el mismo sentido informó sobre aquellas iniciativas legales que incorporan un costo adicional a la administración municipal, mencionando la ley de titularidad docente, con un costo anual estimado de 16.000 millones; la ley N° 20.903 que estableció la carrera docente, donde 5.900 profesores decidieron no ingresar a la carrera, circunstancia que afectó con un costo anual estimado de 6.000 millones; el aumento del feriado legal de asistentes de la educación, con un costo estimado de 15.000 millones; y la Ley de Nueva Educación Pública (NEP).

Hizo hincapié en que existe preocupación por materias comprendidas en la ley NEP, como asumir las deudas existentes solo hasta el 31 de diciembre de 2014, omitiéndose el financiamiento de compromisos posteriores que se originan producto de los problemas estructurales del financiamiento. Finalmente, se refirió al costo asociado a demandas judiciales.

El señor Joaquín Ugalde, Asesor Legislativo de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM), declaró que esperan que aquellos funcionarios de la educación cuyas horas de extensión son financiadas con recursos SEP, se mantengan con dicha fuente de financiamiento porque existen varias comunas que se encuentran en desventaja al existir escuelas que no reciben el 100% de los recursos.

La señora Graciela Correa, Asesora Jurídica de la Asociación de Municipalidades de Chile (AMuCh), realizó una presentación para efectuar observaciones al proyecto de ley.

Explicó la situación anómala generada producto de la implementación de la Jornada Escolar Completa, señalando que existe un número indeterminado de docentes que pasaron a ser contratados bajo un doble régimen, por una parte, con horas titulares, y por otra, con horas a contrata, prologándose esta situación en el tiempo.

Por lo anterior, indicó reconocer el proyecto de ley en su espíritu y alcance, sin embargo, mencionó que el problema radica en que las horas a contrata, conforme al artículo 25 del Estatuto Docente, responde a una situación fáctica específica, tal como lo señala el inciso final de dicho artículo:

“Tendrán calidad de contratados aquellos que desempeñan labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares.”.

Sostuvo que el beneficio que se entregará es adecuado y acorde a la situación fáctica en la que se encuentran dichos docentes. Sin embargo, declaró que existe una aprehensión importante y que dice relación con la extensión futura y permanente de este beneficio, circunstancia que eventualmente podría afectar a los sostenedores.

En el mismo sentido, argumentó que si el beneficio se hace permanente, se estaría limitando el ámbito de decisión en la contratación de los sostenedores, se provocaría una rigidización de la relación laboral entre los sostenedores y los docentes y se estaría restando valor al concurso público, precisando que la única forma de acceder a las horas titulares, conforme al artículo 27 del Estatuto Docente, es a través del concurso público.

La diputada Girardi consultó por qué no se respeta el 80% de titulares y el 20% a contrata, derivando en un incumplimiento sistemático de la ley, qué se entiende por trabajo transitorio y si los profesores están realizando actividades permanentes, por qué cambiaría el costo. Asimismo, preguntó por qué se pagan vía SEP contratos de carácter permanente.

Respecto de la posibilidad de extensión, sugirió que cuando se cumplan los tres años el sostenedor tendría una herramienta para evitar seguir manteniendo la naturaleza jurídica de “a contrata”, eligiendo entre pasarlo a titular o contratar a otra persona, con el objeto de no vulnerar la ley.

La diputada Vallejo hizo presente su preocupación por el listado de actividades que se consideran transitorias por la Asociación Chilena de Municipalidades, opinando que las horas lectivas y no lectivas son de carácter permanente, por lo que no comprende dicha interpretación.

Consultó cuál es el criterio para determinar que dichas actividades no son de carácter permanente, teniendo en consideración los proyectos educativos actuales y si mantener por muchos años a personas a contrata no sería una manera de eludir el concurso público.

El diputado Venegas sostuvo que casi todo el listado que se establece como horas en calidad de contrata son cuestiones de carácter permanente. Además, preguntó si creen que los municipios han realizado los esfuerzos suficientes para alcanzar la eficiencia en el uso de los recursos.

El señor Aguilar, Presidente del Colegio de Profesores, manifestó que es importante destacar que en las dos intervenciones se reconoce que esta situación es una anomalía. Asimismo, afirmó que la mayoría de los contratas son utilizados para actividades permanentes.

Reflexionó si es mejor dictar leyes cada ciertos años para resolver anomalías que se generan por vicios del sistema o solucionar de forma definitiva y permanente el problema, para que estas situaciones no se vuelvan a producir.

A mayor abundamiento, informó que existen 993 casos de profesores con horas de extensión en la comuna de Santiago, es decir, un tercio aproximadamente de la dotación total del sector. Por otro lado, afirmó que el Ministerio de Educación no cumple con la ley porque el artículo 54 bis de la ley sobre subvención establece que tiene la obligación de retener el 3% de la subvención de aquellos municipios que incumplen la proporción de 80% de titulares y 20% a contrata.

Finalmente, consultó si se reconoce estar en presencia de una anomalía, por qué se pretendería que se volviera a producir esta situación de vulneración al no resolverlo con un mecanismo de solución permanente.

El diputado Bellolio preguntó a los representantes de las asociaciones de municipalidades, cuál es el mayor costo actual que generaría la aprobación del proyecto de ley en cuestión, cuál es la naturaleza jurídica del contrato de los docentes a los cuales se les entregan las horas de extensión y cuál es la probabilidad de que esta anomalía volviera a ocurrir.

Finalmente, se refirió a la implementación de las nuevas leyes que afectarían el financiamiento de las municipalidades, preguntando de qué manera fueron compensados por las mismas leyes.

El señor Raciel Medina hizo hincapié en hacer cumplir la normativa vigente para que aquel que no cumple sea sancionado, pero no crear una nueva ley que pueda hacer pagar “justos por pecadores”. Asimismo, recalcó que existen los mecanismos legales que permiten acabar con la anomalía, precisando que debe exigirse a las autoridades mayores instancias fiscalizadoras.

Respecto al 80% de titulares y 20% a contrata, mencionó que hay dictámenes de la Contraloría General de la República que establecen cuales son las actividades optativas, complementarias, entre otras

Asimismo, reiteró que hubo muchas demandas que afectaron el patrimonio municipal, expresando que el FAEP se diluyó en la tercerización y representación judicial. En síntesis, declaró que se está en presencia de un sistema educacional desfinanciado.

La señora Graciela Correa manifestó que no tienen estadísticas que permitan afirmar que la implementación de ésta ley pueda generar mayores costos, no obstante, comentó que solo han presentado escenarios que posiblemente podrían afectar a los sostenedores en el tiempo.

Asimismo, expresó que la regla general para ser titular es aprobar un concurso público. En efecto, pretender generar una situación distinta a las contratas, desde el punto de vista jurídico, origina una nueva circunstancia ya que las personas a contrata tienen la condición de “transitorios”.

En materia de plantas municipales, sostuvo que presupuestariamente los funcionarios de planta y a contrato, tienen situaciones distintas.

Respecto al uso de recursos en materia de educación por parte de los municipios, declaró que han hecho grandes esfuerzos para ser eficaces en su administración, no obstante, que la Contraloría General de la República es el órgano que debe fiscalizar.

Puesto en votación general el proyecto de ley, resultó aprobado por unanimidad. A favor votaron los diputados Jaime Bellolio, Sergio Bobadilla, Cristina Girardi, Rodrigo González, José Miguel Castro (en reemplazo de Luis Pardo), Hugo Rey, Juan Santana, y Diego Schalper, Camila Vallejo, Mario Venegas, Gonzalo Winter y Camila Rojas (12-0-0).

B) En particular.

Artículo único

Se presentaron las siguientes indicaciones:

1) Del Ejecutivo para modificar el artículo único de la siguiente forma:

a) Para intercalar, entre las palabras “Concédase” y “la”, la frase “por única vez,”.

b) Para intercalar, entre las expresiones “Servicio Local de Educación y que” y “se hayan desempeñado”, la frase “, al 31 de julio de 2018,”.

2) Del diputado Bellolio, para reemplazar el artículo único por el siguiente:

“Artículo único.- Concédase la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, y que a la fecha de promulgación de ésta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro discontinuos.

En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad.”.

El diputado Bellolio explicó que la indicación incorporó la frase “y que a la fecha de promulgación de ésta ley” con el objeto de abarcar a todos los eventuales docentes afectados y, además, agregó un inciso segundo que se hace cargo del problema a futuro al solicitar que posean al menos 30 horas de titularidad. Recalcó que la indicación debe ser patrocinada por el Ejecutivo para poder materializarse.

El señor Raúl Figueroa, Subsecretario de Educación, distinguió entre el objetivo del proyecto que dice relación con la corrección de una anomalía y, la intención de alterar la forma en que a futuro se incorporen los docentes a la titularidad, por lo tanto, insistió en el proyecto original y afirmó que no están en condiciones de patrocinar esa indicación. No obstante, solicitó no votar el proyecto con el objeto de analizar y estudiar con detalle un posible patrocinio de la propuesta.

El diputado Venegas comentó que la indicación de Bellolio no resuelve el problema fundamental, reflexionando sobre las formas en que se podría utilizar de mala forma la ley.

La diputada Rojas manifestó estar de acuerdo con la propuesta realizada por el diputado Bellolio y, además, agregó que los sostenedores mantienen la facultad de terminar esos contratos para esas labores que supuestamente son transitorias.

La diputada Girardi compartió la opinión de la diputada Rojas, en el sentido de que el sostenedor puede terminar con el contrato si es que no desea pasar las horas a titulares.

El diputado González preguntó a los expositores qué opinión tienen de la indicación presentada por el diputado Bellolio y si consideran que este proyecto les irroga gastos adicionales ya sea en su forma original o con las enmiendas del Senado. Lo anterior, comentó para que el Ejecutivo incorpore los recursos en caso de ser necesario.

El diputado Rey compartió la indicación del diputado Bellolio, ya que restringe el acceso a la titularidad a docentes que tengan 30 horas de titularidad.

El señor Raciel Medina comentó que la titularidad de las horas de extensión implica un costo adicional, específicamente respecto de los gastos indemnizatorios. Además, sostuvo que generaría conflictos con los docentes titulares porque si hay una sobredotación, la ley faculta para generar un ajuste de la dotación a fin de año en el Plan Anual de Desarrollo de la Educación Municipal, pudiendo dañar a un docente que lleva 30 años de titularidad.

La señora Graciela Correa declaró que no está facultada para emitir una opinión al respecto, sin embargo, se comprometió a responder mediante oficio.

El señor Mario Aguilar recordó que en el Senado el Contralor General de la República manifestó con toda claridad que este proyecto no irrogaba mayor gasto. Asimismo, afirmó que a los docentes se les indemniza por el total de las horas, cuando es un docente que tiene un contrato de base como titular.

Finalmente, indicó estar de acuerdo con la indicación del diputado Bellolio, con el objeto de facilitar y evitar que el proyecto de ley sea objeto de un requerimiento y tenga que ser conocido por el Tribunal Constitucional.

Posteriormente, el Ejecutivo presentó una nueva indicación, del siguiente tenor:

3) Del Ejecutivo para modificar el artículo único de la siguiente forma:

a) Para reemplazar, en el inciso primero del artículo único, la frase “y que se hayan desempeñado como docentes de aula,” por la expresión “, y que a la fecha de promulgación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula,”.

b) Para incorporar un nuevo inciso segundo al artículo único, del siguiente tenor:

“En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad.”.

El señor Raúl Figueroa, Subsecretario de Educación, comentó que en la sesión anterior el diputado Bellolio realizó una sugerencia para buscar un camino alternativo y destrabar el proyecto de ley luego de los cambios efectuados por el Senado. Una vez analizada la propuesta, señaló que el Ejecutivo determinó apoyar dicha iniciativa presentando otra indicación con algunos cambios menores.

Sostuvo que se mantuvo la lógica del mensaje respecto del universo total de docentes que a la fecha tienen la situación de doble contratación y, además, indicó que la iniciativa se hace cargo de legislar a futuro, pero con ciertas restricciones a fin de evitar los efectos que se podrían producir con las indicaciones del Senado, debido a que se alteraban las reglas generales de la concursabilidad como el mecanismo para acceder a la titularidad.

El señor Mario Aguilar, Presidente del Colegio de Profesores, sostuvo que el magisterio espera la pronta aprobación del proyecto de ley. Consideró favorable la indicación presentada, porque otorga una norma permanente que no afecta la concursabilidad.

Solicitó al Ejecutivo hacer presente la urgencia de discusión inmediata, debido a la gran expectativa que poseen los profesores en la pronta aprobación de esta norma. Asimismo, agradeció la transversalidad que ha tenido el tratamiento del tema.

El señor Raúl Figueroa, como una cuestión de mejor técnica legislativa, solicitó a la Secretaría modificar un error formal de la indicación, modificando la expresión “a la fecha de promulgación de esta ley” por “a la fecha de publicación de esta ley”.

La diputada Girardi expresó estar a favor de la nueva indicación del Ejecutivo y, además, elogió el trabajo realizado por todos los actores involucrados para la materialización del resultado.

Asimismo, quiso dejar constancia de la petición realizada a la Subsecretaría de Educación, en el sentido de emplazar a la Superintendencia de Educación, para que supervigile el cumplimiento de la normativa legal que determina un funcionamiento de docentes con 80% de planta y 20% a contrata.

El diputado Bellolio agradeció la disposición del Ejecutivo y explicó los cambios de la indicación con respecto al Senado.

El diputado Bobadilla quiso dejar constancia en la historia fidedigna de la ley, que el eventual resultado favorable del proyecto se vincula con la acogida de algunos diputados de la Comisión a la solicitud efectuada por el Colegio de Profesores, puntualizando que la iniciativa viene a recoger todos los elementos e inquietudes consignadas por los diferentes actores sociales.

Asimismo, elogió la participación y aporte realizado por el diputado Bellolio en la confección de una indicación transversal que posteriormente se materializó en una indicación del Ejecutivo.

El diputado González quiso dejar constancia que los eventuales resultados favorables del proyecto se deben a las modificaciones y mejoras realizadas por el Senado, que permitieron un debate abierto y transversal al respecto

A su vez, destacó el trabajo realizado por el Colegio de Profesores, puntualizando que es una conquista del gremio, donde influyó de sobremanera el paro de los profesores.

También hizo referencia al proyecto de ley sobre la misma materia tramitado en la Cámara de Diputados y la unanimidad alcanzada al respecto. Por último, solicitó al Ejecutivo hacer presente la urgencia calificada de discusión inmediata, para avanzar rápidamente en el despacho del proyecto.

El diputado Winter expresó que la ley tiene fuentes formales y materiales, precisando que el eventual resultado favorable del proyecto no es producto de la espontaneidad parlamentaria, sino que se debe al paro de 52 días que llevo a cabo el Colegio de Profesores.

Por otra parte, consultó al Subsecretario de Educación a cuáles de las funciones docentes se extiende la norma.

La diputada Rojas comentó que éste proyecto se encuentra relacionado con otras iniciativas aprobadas en los años 2014 y 2018 por el Congreso Nacional, a raíz del problema de la titularidad. Además, consultó si existe la intención de hacer presente la urgencia.

El señor Raúl Figueroa declaró que el proyecto contempla un beneficio que abarca a todos aquellos profesores que se desempeñen o se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos, explicando que cualquier profesional de la educación que se encuentre en la situación específica de tener horas de extensión y que trabaje dentro del establecimiento educacional será considerado. Sin embargo, comentó que este proyecto no considera aquellos docentes que trabajan a nivel de los DAEM o Corporaciones.

Finalmente, manifestó que plantearán al Ministerio Secretaría General de la Presidencia hacer presente la urgencia solicitada.

Puesta en votación la indicación 3), resultó aprobada por unanimidad. Votaron a favor los diputados Jaime Bellolio, Sergio Bobadilla, Cristina Girardi, Rodrigo González, María José Hoffmann, Luis Pardo, Hugo Rey, Juan Santana, Diego Schalper, Camila Vallejo, Mario Venegas, Gonzalo Winter y Camila Rojas (13-0-0).

Las indicaciones 1) y 2) no se pusieron en votación por considerarse contradictorias con las ideas ya aprobadas del proyecto, en virtud de lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 296 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

No se pusieron en votación, por considerarse contradictorias con las ideas ya aprobadas del proyecto, en virtud de lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 296 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las siguientes indicaciones:

1) Del Ejecutivo para modificar el artículo único de la siguiente forma:

a) Para intercalar, entre las palabras “Concédase” y “la”, la frase “por única vez,”.

b) Para intercalar, entre las expresiones “Servicio Local de Educación y que” y “se hayan desempeñado”, la frase “, al 31 de julio de 2018,”".

2) Del diputado Bellolio para reemplazar el artículo único por el siguiente:

“Artículo único.- Concédase la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, y que a la fecha de promulgación de ésta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro discontinuos.

En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad.”.

VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No hubo indicaciones declaradas inadmisibles.

VII. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

De conformidad con lo establecido por el artículo 304, numeral 7°, del Reglamento de la Corporación, se deja constancia de que la Comisión introdujo las siguientes enmiendas al texto propuesto por el Senado:

Al artículo único

1) Ha reemplazado, en el inciso primero, la frase “y que se hayan desempeñado como docentes de aula,” por la expresión “, y que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula,”.

2) Ha incorporado el siguiente inciso segundo nuevo:

“En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad.”.

VIII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Concédese la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad.”.

Se designó diputado informante al señor JAIME BELLOLIO AVARIA.

SALA DE LA COMISIÓN, a 20 de agosto de 2019.

Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a las sesiones de los días 6, 13 y 20 de agosto de 2019, con la asistencia de las diputadas Cristina Girardi Lavín, María José Hoffmann Opazo, Camila Rojas Valderrama y Camila Vallejo Dowling, y de los diputados Jaime Bellolio Avaria, Sergio Bobadilla Muñoz, Rodrigo González Torres, Luis Pardo Sáinz, Hugo Rey Martínez, Juan Santana Castillo, Diego Schalper Sepúlveda, Mario Venegas Cárdenas y Gonzalo Winter Etcheberry.

Por la vía del reemplazo, asistió el diputado José Miguel Castro Bascuñán.

MARÍA SOLEDAD FREDES RUIZ

Abogada Secretaria de Comisiones

ÍNDICE

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.1

1) IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.1

2) NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.1

3) NORMAS QUE REQUIEREN TRÁMITE DE HACIENDA.1

4) APROBACIÓN DEL PROYECTO.1

5) DIPUTADO INFORMANTE.2

II. ANTECEDENTES.2

A) FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.2

B) CONTENIDO DEL PROYECTO Y LEYES QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA.3

III. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.3

IV. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS.4

A) EN GENERAL.4

B) EN PARTICULAR.11

V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.14

VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.15

VII. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.15

VIII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.15

2.4. Discusión en Sala

Fecha 03 de septiembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 68. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

TITULARIDAD DE HORAS DE EXTENSIÓN HORARIA A CONTRATA A PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 12779-04)

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata.

De conformidad con los acuerdos de los Comités Parlamentarios adoptados hoy, las intervenciones serán de hasta cinco minutos y el proyecto se votará en la presente sesión.

En reemplazo del diputado Jaime Bellolio , rinde el informe de la Comisión de Educación la diputada Cristina Girardi Lavín .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 57ª de la presente legislatura, en jueves 25 de julio de 2019. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Educación, sesión 66ª de la presente legislatura, en miércoles 21 de agosto de 2019. Documentos de la Cuenta N° 1.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Hago presente a la Sala que en las tribunas se encuentra la directiva del Colegio de Profesores de Chile, encabezada por su presidente, el señor Mario Aguilar , a la que doy la bienvenida.

(Aplausos)

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora GIRARDI, doña Cristina (de pie).-

Señora Presidenta, me corresponde informar sobre el proyecto de ley que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata (boletín Nº 12779-04), que se encuentra en segundo trámite constitucional y primero reglamentario.

Idea matriz o fundamental

La idea matriz o fundamental del proyecto consiste en conceder la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente en un mismo municipio, corporación municipal o servicio local de educación, y que se hayan desempeñado como docentes de aula.

Fundamentos

Explica el mensaje que el Estatuto de los Profesionales de la Educación establece, en su artículo 25, que los profesionales de la educación se incorporan a una dotación docente en calidad de titulares o en calidad de contratados, definiendo el mismo artículo que son titulares los profesionales de la educación que se incorporan a una dotación docente, previo concurso público de antecedentes, y que tienen la calidad de contratados aquellos que desempeñen labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares.

Añade la iniciativa que diversas leyes han establecido excepciones a lo dispuesto a esta norma al permitir que, por el solo ministerio de la ley, los docentes dependientes de un mismo municipio, corporación educacional municipal o servicio local contratados a plazo fijo por a lo menos tres años continuos o cuatro discontinuos a la fecha que se indica, y cumpliendo los demás requisitos legales, adquirieran la titularidad en el cargo.

Esta vía excepcional, incorporada por las leyes citadas, permitió otorgar la calidad de titular a los profesionales de la educación incorporados a una dotación docente en calidad de contrata.

El proyecto de ley sostiene que la concesión legal de la titularidad a los docentes en calidad de contrata constituye una mejora en las condiciones laborales de los profesionales de la educación, pero que, sin perjuicio de lo anterior, existe un aspecto de la titularidad docente que no fue considerado en esas modificaciones legales y que precisamente se refiere a la materia de este proyecto de ley: la jornada de extensión horaria.

De acuerdo a la interpretación de la Contraloría General de la República, los sostenedores municipales y los servicios locales de educación, como sus continuadores legales, pueden suplir sus déficits horarios designando a los docentes titulares de un establecimiento educacional para que cumplan funciones en una jornada de extensión en calidad de contrata, debiendo respetar el límite de 44 horas cronológicas semanales para un mismo empleador.

Por lo tanto, el proyecto contemplaba un artículo único que concedía, por única vez, la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata a los profesionales de la educación que se encuentren en calidad de titulares de la dotación docente de un mismo municipio, corporación educacional municipal o servicio local de educación y que, al 31 de julio del 2018, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnicos pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

Tramitación en el Senado

En la Comisión de Educación y Cultura del Senado, el proyecto fue aprobado en general por unanimidad. En la votación particular, se votaron separadamente las frases “por única vez” y “al 31 de julio de 2018”, comprendidas en la redacción original del mensaje, y fueron rechazadas por mayoría de votos.

En la Sala del Senado se presentó una indicación del Ejecutivo para reponer ambas frases, la que también fue rechazada por mayoría de votos.

Durante la discusión en la Comisión de Educación, el Ejecutivo presentó nuevamente una indicación para reponer las frases eliminadas en el Senado. Hubo consenso en la comisión en la necesidad de buscar una alternativa que solucionara la situación actual de los profesores que se encuentran con horas de planta y una extensión de jornada a contrata, pero, al mismo tiempo, evitar que esa situación se siguiera reproduciendo en el futuro.

Para tales efectos, el diputado Bellolio presentó una indicación que permitiera lograr ese objetivo, la que el subsecretario de Educación se comprometió a analizar.

Posteriormente, el Ejecutivo presentó una nueva indicación que mantuvo la lógica del mensaje respecto del universo total de docentes que a la fecha están en la situación de doble contratación y, además, se hizo cargo de legislar en el futuro, pero con ciertas restricciones, a fin de evitar los efectos que se podrían producir con las indicaciones aprobadas por el Senado, debido a que se alteraban las reglas generales de la concursabilidad como mecanismo para acceder a la titularidad.

El presidente del Colegio de Profesores, don Mario Aguilar , quien participó durante la discusión del proyecto, manifestó su conformidad con esta nueva indicación, la que, finalmente, fue aprobada por unanimidad en la comisión. En consecuencia, la comisión introdujo las siguientes enmiendas al texto propuesto por el Senado.

Reemplazó, en el inciso primero del artículo único, la frase “y que se hayan desempeñado como docentes de aula,” por la expresión “, y que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula,”.

También incorporó el siguiente inciso segundo, nuevo:

“En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad.”.

El proyecto no contempla normas de rango orgánico constitucional ni de quorum calificado.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación, el artículo único del proyecto de ley no debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.

El proyecto fue aprobado en general y en particular por unanimidad.

Además, cabe señalar que un proyecto muy similar a este fue presentado con anterioridad por miembros de esta Corporación, a saber, los diputados González, don Rodrigo ; Bobadilla , quien habla y otros. Sin embargo, fue el texto presentado por el Ejecutivo el que se tramitó hasta el final.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Mario Venegas Cárdenas .

El señor VENEGAS.-

Señora Presidenta, como indicó la diputada Cristina Girardi , el origen de este proyecto fue una moción parlamentaria concordada entre distinguidos colegas y dirigentes del Colegio de Profesores.

El Ejecutivo, en una interpretación, a mi entender, muy extensiva, estableció que no teníamos facultades para impulsar un proyecto de esta naturaleza. En la práctica, el gobierno se apropió de la idea original de diputados y dirigentes del Colegio de Profesores para presentar un proyecto que, según ellos, requería el patrocinio del Ejecutivo.

El objetivo final que perseguíamos era hacer justicia. Por eso, apoyo abiertamente el proyecto y solicito a mis distinguidos colegas que tengan a bien respaldarlo, porque -repito- hace justicia a los profesores.

Hace algunos años aprobamos un proyecto mediante el cual se otorgó la titularidad a los profesores que llevaban muchos años en condición de contrata. Esa situación genera inseguridad e inestabilidad a un profesional de la educación porque no puede proyectarse con su familia. Eso es lo que había que corregir, y así se hizo. Sin embargo, quedaron pendientes las horas de extensión.

En ese sentido, el proyecto establece que se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata a los profesionales de la educación que se hayan desempeñado en su cargo durante a lo menos cuatro años continuos, o seis discontinuos, y posean al menos 30 horas de titularidad. Más aun, resolvimos el problema futuro con una muy inteligente indicación que finalmente patrocinó el Ejecutivo, que establece que, si en el futuro se vuelven a dar estas mismas condiciones, la posibilidad de obtener la titularidad será automática, aunque aumentamos la exigencia: cuatro años continuos o seis discontinuos. Es decir, no solo resolvemos el problema actual, sino que también lo hacemos respecto del futuro. No debemos olvidar la famosa regla del 80/20 que rige para el Estado, la que debiera constituirse en norma. Ello quiere decir que no debiera haber más de 20 por ciento de docentes a contrata, pero el Estado incumple eso frecuentemente. Mediante este proyecto estamos resolviendo esa circunstancia futura.

En consecuencia, a nuestro juicio, el proyecto fue perfeccionado. El Senado insistía en que esto fuera por única vez, pero nos parecía que ello dejaba trunca la posibilidad de resolver esta circunstancia si se volvían a dar los mismos elementos en el futuro. Eso quedó bastante mejor resuelto con la indicación a que he hecho alusión.

Por todo lo anterior, los invito con humildad a apoyar este proyecto, porque se traduce en un gran beneficio para los docentes y hace justicia a los profesores y profesoras a lo largo y ancho de nuestro país.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Bobadilla Muñoz .

El señor BOBADILLA.-

Señora Presidenta, aun cuando concuerdo con lo planteado por el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, quiero hacer dos o tres precisiones.

Tal como señaló el diputado Venegas , hace algunos meses, junto con el diputado Rodrigo González y otros patrocinamos un proyecto relacionado con los profesores a contrata. En esa oportunidad, presentamos una iniciativa que apunta al mismo objetivo que esta iniciativa. Sin embargo, quiero hacer un reconocimiento no menor al autor intelectual de esta propuesta. Me refiero al dirigente del Colegio de Profesores señor Guido Reyes , quien en el pasado y, por cierto, también en el presente, nos ha aportado importantes insumos para proponer soluciones a ese tipo de problemas. Mi reconocimiento sincero para Guido Reyes , por el tremendo trabajo que ha hecho en el pasado y en el presente.

(Aplausos)

Ahora, en relación con lo que planteó el diputado Venegas , respecto de que el gobierno se había apropiado de esa idea, la verdad me alegro de que mi gobierno haya tomado esta idea y la haya hecho propia, porque eso da cuenta de que estamos frente a un gobierno que escucha a los ciudadanos y a los gremios, que acoge sus sugerencias y las transforma en un proyecto de ley, y eso, sin duda, también hay que reconocerlo.

Pero también es importante precisar que esta demanda fue incorporada en el petitorio que hizo el Colegio de Profesores y que nuestro gobierno se comprometió a patrocinar y a buscar una solución a este tema. Por consiguiente, estamos frente a un gobierno que no solo escucha, sino que también cumple con el compromiso que contrajo con el Colegio de Profesores.

Por lo tanto, me alegro de que esta iniciativa esté tramitándose para dar respuesta a una demanda que no es menor y que los profesores han venido planteando desde hace mucho tiempo.

Dicho lo anterior, quiero agregar que es de toda justicia que terminemos con los dobles contratos de los profesores. Creo que no es correcto ni presentable que un mismo empleador tenga dos contratos con un profesor. Este proyecto viene a corregir esa situación, de tal manera que los profesores tengan un solo contrato por el total de horas que trabajan en un establecimiento para un empleador en particular.

Este problema se resuelve con dos requisitos que es importante destacar: desde la promulgación y publicación de esta futura ley, los profesionales de la educación con un desempeño de cuatro años continuos o seis discontinuos con horas de extensión para un mismo empleador, pasarán a tener un solo contrato, lo que, sin duda, es un tremendo avance, que valoramos y apoyamos.

La diputada informante mencionó un tema que quiero destacar, cual es que con esta ley en proyecto se resuelve el problema hacia atrás. ¿Y qué pasa hacia adelante? El diputado Bellolio incorporó una indicación que permite tener claridad respecto de situaciones parecidas o semejantes que se produzcan en el futuro, las cuales este proyecto resuelve de manera definitiva.

Por consiguiente, todos y cada uno de los profesores que estén sometidos a una situación similar no tendrán que esperar que se promulgue otra ley, ya que, gracias a la indicación que propuso el diputado Bellolio , que pertenece a mi partido, se dará respuesta clara y categórica, de manera que nunca más un profesor esté sometido a dos contratos, como ocurre en el presente.

Por eso, reitero mi adhesión: con mucho entusiasmo, votaré favorablemente este proyecto, que desde hace mucho tiempo es un anhelo de una gran cantidad de profesores a lo largo del país.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Tomás Hirsch Goldsmith .

El señor HIRSCH.-

Señora Presidenta, hoy estamos discutiendo un proyecto -espero que lo aprobemos, ojalá, por unanimidad- que es gran un anhelo de justicia laboral que nuestras profesoras y profesores han venido planteando por mucho tiempo, como es la titularidad de las horas docentes.

Esta injusticia se origina desde que se implantó la fallida reforma educacional del Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle , a fines de los años 90. Esa misma reforma estableció una jornada escolar completa en que nuestros estudiantes, supuestamente, iban a complementar sus saberes con expresiones artísticas y deportivas; pero lo que pasó en la práctica fue que se extendieron las jornadas con clases repetitivas y de mero entrenamiento para pruebas nefastas, como el Simce o la PSU.

Todo eso se hizo sin ningún resultado positivo, incluso, en esas mismas mediciones y rankings. Peor aún, tras la puesta en marcha de la reforma, nuestros docentes tuvieron una anomalía que no se repite en ninguna otra profesión: quedaron con horas de trabajo llamadas “de extensión”, regidas bajo otra modalidad contractual, como si tuvieran dos contratos distintos con el mismo empleador, lo cual genera precarización e incertidumbre.

Hoy, veinte años después y tras el histórico paro nacional docente, que el Colegio de Profesores y su presidente, Mario Aguilar , llevaron adelante con creatividad, masividad, no violencia, democracia interna y participación, por primera vez el magisterio planteó esa temática dentro de su petitorio, y ahora, solo unas semanas después, estamos discutiendo la titularidad de esas horas, lo que beneficiará a decenas de miles de profesores y profesoras de nuestro país.

Claramente, ese esfuerzo valió la pena; un esfuerzo que yo vi con mis propios ojos en La Reina, Lo Barnechea y Peñalolén, en donde los profesores se reunieron con el Directorio Regional Metropolitano del gremio y su presidente, Carlos Díaz Marchant , y fueron capaces de involucrar en una lucha ejemplar a apoderados y estudiantes, generando un movimiento social que llegó hasta las puertas de este Parlamento para exigir también temas fundamentales, como resolver el pago de la deuda histórica, una educación sin pruebas estandarizadas absurdas, el fin de la discriminación a profesoras diferenciales y de párvulos, el respeto por las artes, la historia y la educación física, entre otras sentidas demandas.

El proyecto en discusión otorga la titularidad de las horas de extensión a quienes tengan tres años continuos o cuatro discontinuos con esa modalidad, al tiempo que regula para prevenir el abuso hacia el futuro en favor de quienes acumulen cuatro años continuos o seis discontinuos. Por primera vez se obtiene una norma de titularidad en horas a contrata de manera permanente, sin requerir nuevas legislaciones, lo que seguirá beneficiando a las próximas generaciones de educadores y educadoras.

Ese es un logro importante que apoyo y aprobaré con convicción, ya que es fruto de la lucha, organización y movilización de miles de docentes a lo largo del país ante un gobierno que ha sido sordo, pero que, pese a todo, tuvo que dar su brazo a torcer frente a esta gran demanda y movilización que no solo fue de las profesoras y los profesores, porque se convirtió en una movilización del país completo.

Aprobaremos este proyecto de ley. ¡Que vivan nuestras profesoras y profesores!

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Camila Rojas Valderrama .

La señorita ROJAS (doña Camila) .-

Señora Presidenta, a pesar de que diputados y diputadas han presentado proyectos respecto de la titularidad, estamos discutiendo un proyecto que presentó el gobierno en respuesta a la movilización de los profesores y profesoras.

El hecho de que estemos discutiendo un proyecto de esta envergadura, que beneficiará directamente a miles de profesores y profesoras, es uno de los frutos más palpables legados por la movilización encabezada por el Colegio de Profesores. En ese sentido, aprovecho de saludar y de hacer un reconocimiento a Mario, a Guido y a Habnel, que están aquí presentes.

Podemos hablar de educación y el Congreso puede dignificarse atendiendo a problemas arraigados de modo profundo en la sociedad chilena, porque, por fuera de estos muros, profesores y profesoras golpearon las puertas para que el Congreso se abriese. Y así debemos hacerlo: debemos tomar la oportunidad y atender cada uno de los dilemas que nos ha planteado el mundo docente. Este proyecto aborda precisamente uno de esos dilemas, toda vez que busca mejorar las condiciones de trabajo de los docentes, lo cual es necesario para mejorar, a su vez, la educación en general y particularmente la educación pública.

¿Saben cómo se administran hasta ahora las horas de extensión de profesores y profesoras bajo régimen de titularidad? Se les hace un contrato en paralelo bajo la modalidad de contrata; es decir, los docentes suscriben dos contratos bajo un mismo empleador. Esto es impresentable y el propio profesorado ha puesto su fuerza para que este abuso tenga su fin. El proyecto que hoy discutimos consta de un artículo único que reconoce también la titularidad de las horas de extensión.

Quiero relevar brevemente un último punto.

En este proyecto convergen aspectos que no son reducibles solo a un gremio de trabajadores y trabajadoras, en este caso los docentes, sino que nos afectan a todas y a todos como sociedad. Hemos podido observar cómo el agobio y la salud mental, fruto de la incerteza sobre el futuro, van de la mano con la vulnerabilidad de las condiciones de trabajo, con las incertezas sobre el régimen laboral y sobre las vacaciones, con los bajos salarios y con el endeudamiento que dicha situación conlleva. Esta situación también se aborda en el proyecto de 40 horas semanales de trabajo, que fue votado favorablemente en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, y que también es un tema incipiente a nivel escolar y universitario.

El Congreso Nacional debe ponerse a disposición para atender las problemáticas del Chile actual. Es la única vía que tenemos para volver a construir legitimidad en un sistema político alicaído y para fortalecer nuestra democracia.

Esta iniciativa es un granito de arena en ese camino, y creo que no debemos detenernos, sino avanzar en esa dirección. Este proyecto servirá para que los profesores y profesoras de Chile cuenten con seguridad laboral. Precisamente por eso lo votaré a favor y llamo a cada uno de los parlamentarios y parlamentarias aquí presentes a que también lo hagan.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Pedro).-

Señora Presidenta, según la Real Academia Española, el término “desvalorizar” es definido como “Quitar valor, consideración o prestigio a alguien o algo”.

Es necesario manejar muy bien el concepto anteriormente definido para poder desglosar los efectos que se producen al término de la relación con la profesión y con el rol del docente en nuestra sociedad, la cual está dominada por un sistema neoliberal mercantilista que ha ayudado a que dicha profesión sea afectada. Este fenómeno se ha configurado a medida que pasa el tiempo en el historial nacional del profesorado, como lo definiré en esta intervención.

Puedo citar, por ejemplo, la deuda histórica, que constituye una desvalorización de cientos o miles de profesores. Muchos de ellos partieron de esta tierra mientras seguían esperando una solución.

La desvalorización docente chilena se relaciona estrechamente con distintos factores que, en mayor o menor medida, provocan un quiebre en la profesión. Uno de ellos es la pérdida de rasgos identitarios que ha sufrido la profesión. La identidad radica en el reconocimiento que se hace a los profesionales de la educación. Los docentes son reconocidos por ellos mismos y por otros dentro de una categoría social. Se puede definir como parte de un escalafón de categorías sociales la visión que se tiene de los profesores en nuestro país y el lugar que ocupan dentro de las prioridades del Estado y la comunidad. Por ello, el reconocimiento es un factor que juega un papel fundamental ante la pérdida de rasgos identitarios.

¿Cuál es la noción que tiene la comunidad en general acerca de los profesores? ¿Cuál es la cercanía que tiene el actor de la educación, como es el profesor, con otros miembros de la sociedad? ¿Cuál es la relación que ha tenido constantemente el profesor con otros grupos sociales?

La crisis que atraviesa la profesión docente radica en aspectos que dicen relación con la valoración del accionar del profesor, con el valor relativo de la posición ocupada por los profesores dentro de la jerarquía social.

El escalafón docente es cercano a la mayoría de las personas de medianos, bajos o escasos recursos. La interacción con los profesores es la más cercana que se puede tener. Cuando somos pequeños somos ingresados al sistema escolar, donde el profesor es uno de los personajes principales de nuestra vida. Cuando nos desarrollamos y formamos una familia, nuestros hijos, por derecho institucional, deben asistir a una escuela, donde volvemos a tener interacción con los profesores.

Haciendo un análisis, y dado que conocí algunas situaciones en terreno, creo, con mucho respeto, que el gran problema que hubo en nuestro país durante el gobierno de la Presidenta Bachelet , a quien respeto, admiro y valoro, fue que debió haberse empezado por la educación pública y no por la educación particular subvencionada, porque es en la educación pública, en la educación donde intervienen los alcaldes, que todavía dirigen el 90 por ciento del sistema educacional público, donde están los entes más abusadores del sistema que rige a los profesores.

Por eso, este proyecto de ley viene a hacer justicia. Agradezco esta iniciativa, que incorpora las horas de los contratos adicionales a las horas oficiales que ya tienen los docentes. Por eso, vamos a apoyar este proyecto.

Agradezco al diputado Bellolio por haber llevado a cabo gestiones y haber conversado con el Ejecutivo. Es una labor que corresponde a los parlamentarios de gobierno apoyar para que el Ejecutivo entienda que los profesores son fundamentales. Se debe erradicar la política de mirar en menos a quienes nos educan.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Rodrigo González .

El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo).-

Señora Presidenta, por su intermedio saludo muy afectuosamente a los dirigentes del Colegio de Profesores que se encuentran en las tribunas.

Este proyecto es un verdadero reconocimiento a los profesores y a su labor en nuestras escuelas y aulas. Es un acto de justicia que da estabilidad a su labor y que genera condiciones para que los docentes desarrollen su función al interior de las aulas con satisfacción, colaborativamente, con tranquilidad, con paz y sin el peligro de que cada año su mandato de horas complementarias deba ser renovado.

Ello dignifica el quehacer del profesor, elimina los dobles contratos y termina con una ilegalidad, pero también es una señal de que se puede construir la ley junto con la sociedad civil. En este caso, esta iniciativa surgió del trabajo conjunto que realizamos diputados con el Colegio de Profesores y especialmente con algunos dirigentes, tanto de la Región de Valparaíso como del nivel nacional, cuya figura emblemática ha sido el vicepresidente del Colegio, señor Guido Reyes . Ha sido un trabajo de muchas y muchos profesores. A ellos les debemos este proyecto, que surgió de la experiencia, de la vida y de la práctica de la educación en las aulas.

En consecuencia, ojalá la Sala apruebe por unanimidad este proyecto, lo que constituiría el cumplimiento de una deuda y un tributo al gran movimiento social que constituyen los profesores, que siempre han luchado por mejorar la calidad de la educación en Chile.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi Lavín .

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señora Presidenta, quiero saludar a Mario Aguilar y Guido Reyes , presidente y primer vicepresidente del Colegio de Profesores de Chile, respectivamente, y a todos los miembros de ese cuerpo colegiado que se encuentran presentes en las tribunas, quienes desde hace mucho han dado una gran pelea respecto de la materia que aborda este proyecto.

Junto a Guido Reyes y al equipo de trabajo del diputado Rodrigo González elaboramos un proyecto de ley que planteaba exactamente lo mismo que esta iniciativa. Lo hicimos porque no se entendía que respecto de las horas de extensión, que tienen el carácter de transitorias, hubiera profesores con extensión horaria en calidad de contrata durante tres, cuatro años y, en algunos casos, hasta quince años. Aquello tenía un sentido extraño, y daba cuenta de que al parecer en nuestra legislación no se entendía el concepto de transitoriedad.

Esa ilegalidad ha sido permitida por el Estado durante años, y por eso elaboramos una moción para solucionar ese problema, proyecto que con posterioridad fue asumido por el Ejecutivo.

Al respecto, quiero decir al diputado Bobadilla , quien también fue autor de esa moción, que el Ejecutivo podría haber patrocinado nuestra iniciativa en lugar de haber presentado a tramitación legislativa un proyecto similar. No obstante, reconocemos que es importante que el Ejecutivo haya asumido la idea, más allá de que no aparezcan los nombres de quienes realmente iniciamos este proceso. Lo importante es que el proyecto que estamos debatiendo propone resolver una ilegalidad, de la cual, de alguna manera, el Estado ha sido cómplice durante muchos años, debido a que no existe fiscalización.

Si bien la norma sobre la materia señala que el 80 por ciento de los profesores que se desempeñan en la educación pública debe tener el carácter de titular y que un máximo de 20 por ciento de la dotación tiene que ejercer bajo la modalidad de a contrata, en nuestro sistema educacional ese porcentaje se invierte permanentemente. De hecho, casi el 80 por ciento de los profesores desempeña sus funciones a contrata.

Hemos debido legislar en varias ocasiones para revertir esa situación, pero hay un gran porcentaje de profesores que llevan muchos años desempeñándose a contrata, lo que se explica porque el Estado no fiscaliza el cumplimiento de lo que la norma respectiva establece.

Por lo tanto, hago un llamado al Poder Ejecutivo para que fiscalice que eso se cumpla, porque claramente hay desidia del Estado en ese aspecto. Los problemas que existen en materia de fiscalización se deben que en el nivel central la mayoría de los funcionarios públicos ha ingresado bajo la modalidad a contrata, y no por concurso público, como debiera ser, lo cual genera precarización. Pareciera ser que el principio rector de esa práctica es:

“Mientras más precarizado esté el profesorado, más control tenemos sobre ellos”.

Lo importante es que este proyecto de ley viene a terminar con esa forma de proceder, y no solo respecto de lo obrado hacia atrás, sino también en relación con lo que sucederá hacia el futuro.

En ese sentido, hay que reconocer que en el Senado se presentó una indicación para que lo señalado tuviera algún nivel de regulación: 30 horas mínimas de titularidad y 4 años continuos o 6 años discontinuos para su aplicación futura.

Por último, agradezco al Colegio de Profesores y a las movilizaciones llevadas a cabo por los docentes, puesto que tuvieron como resultado la agilización de la tramitación de esta iniciativa, la cual podría haber demorado años al tratarse de un proyecto iniciado en moción. Eso fue posible gracias a su movilización y a la lucha que han dado por dignificar la labor de los profesores en el país.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Manuel Monsalve Benavides .

El señor MONSALVE.-

Señora Presidenta, dejaré constancia del apoyo de la bancada del Partido Socialista a esta iniciativa. También quiero saludar a los dirigentes nacionales del Colegio de Profesores, especialmente a su presidente, señor Mario Aguilar , y a su primer vicepresidente, señor Guido Reyes , con quien hemos trabajado en reiteradas oportunidades. Agradezco su presencia.

Claramente, este es un proyecto de ley cuya discusión y su posterior votación el día de hoy ha sido posible gracias a la capacidad del Colegio de Profesores de instalar los temas de los docentes en la agenda. Esto no se estaría discutiendo si el Colegio de Profesores no hubiese tenido la capacidad y el coraje de realizar una movilización de carácter nacional para hacer que el gobierno escuchara las demandas de los docentes y que eso se tradujera en la presentación de un proyecto de ley. Si bien antes había sido presentada una moción suscrita por varios diputados, lo que finalmente importa es que el problema se resuelva.

La educación -hay varios estudiantes en las tribunas- siempre será un tema de interés para cualquier sociedad, porque permite el desarrollo de las personas, de sus habilidades intelectuales, físicas, sociales y afectivas, así como también el desarrollo de los países.

En el debate respecto de cómo logramos educación de calidad, inclusiva y que efectivamente permita el desarrollo y la movilidad social, los profesores siempre van a ser un actor protagónico.

Por lo tanto, es imposible separar el debate sobre la educación pública de calidad, laica e inclusiva de la discusión respecto de la dignidad de las condiciones en que se desarrolla la labor docente. Por eso es muy importante lo que aprobemos hoy. Alguien podría plantear que el problema es que había dos contratos, que las dificultades se generaron a partir de la implementación de la jornada escolar completa, sistema en que un profesor tenía un contrato de 30 horas titular al que después se agregó un contrato de 14 horas a contrata, es decir, tenía doble tipo de contrato, lo cual constituía una anomalía.

En realidad ello era una señal de precariedad laboral y de arbitrariedad sobre los docentes, porque el empleador, el sostenedor, podía aplicar represalias a un profesor y quitarles las horas a contrata, aunque el docente tuviera muy buen desempeño. No se puede hacer buena docencia cuando el contrato del profesor depende de factores ajenos a la labor docente.

Por lo tanto, esto tiene que ver con la dignidad, pero también con la calidad de la educación, en la medida en que los buenos profesores requieren estabilidad laboral y respeto a su labor docente. Creo que eso es lo que busca este proyecto.

Valoro que por primera vez en la discusión de la titularidad hayamos logrado, en la Comisión de Educación, incorporar una norma que posibilitará enfrentar este problema hacia adelante. Eso permitirá que los profesores que tienen 30 horas como titulares y jornadas de extensión por más de 4 años continuos o 6 años discontinuos puedan pasar sus horas de extensión a la condición de titular automáticamente, avance que es muy relevante para los profesores de Chile.

Por ello, junto con felicitar la labor del Colegio de Profesores, quiero señalar que es un buen proyecto, el cual ha sido modificado en un sentido positivo gracias al trabajo que ha desarrollado la Comisión de Educación.

Como bancada del Partido Socialista, votaremos a favor esta iniciativa, puesto que -reitero- ha sido posible gracias a la capacidad de lucha del Colegio de Profesores.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 142 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fernández Allende , Maya Meza Moncada , Fernando Sabat Fernández , Marcela Alessandri Vergara , Jorge Flores García, Iván Mirosevic Verdugo , Vlado Saffirio Espinoza , René Alinco Bustos , René Fuenzalida Cobo , Juan Mix Jiménez , Claudia Saldívar Auger , Raúl Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Molina Magofke , Andrés Sanhueza Dueñas , Gustavo Álvarez Vera , Jenny Galleguillos Castillo , Ramón Monsalve Benavides , Manuel Santana Castillo, Juan Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo García García, René Manuel Moreira Barros , Cristhian Santana Tirachini , Alejandro Amar Mancilla , Sandra Garín González , Renato Mulet Martínez , Jaime Santibáñez Novoa , Marisela Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Muñoz González , Francesca Sauerbaum Muñoz , Frank Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Naranjo Ortiz , Jaime Schalper Sepúlveda , Diego Baltolu Rasera , Nino González Torres , Rodrigo Noman Garrido , Nicolás Schilling Rodríguez , Marcelo Barrera Moreno , Boris Gutiérrez Gálvez , Hugo Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barros Montero , Ramón Hernández Hernán-dez , Javier Núñez Arancibia , Daniel Sepúlveda Soto , Alexis Bellolio Avaria , Jaime Hernando Pérez , Marcela Núñez Urrutia , Paulina Silber Romo , Gabriel Berger Fett , Bernardo Hertz Cádiz , Carmen Nuyado Anca-pichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Olivera De La Fuente , Erika Soto Mardones , Raúl Bobadilla Muñoz , Sergio Hoffmann Opazo , María José Orsini Pascal , Maite Teillier Del Valle, Guillermo Boric Font , Gabriel Ibáñez Cotroneo , Diego Ortiz Novoa, José Miguel Tohá González , Jaime Brito Hasbún , Jorge Ilabaca Cerda , Marcos Ossandón Irarrázabal , Ximena Torrealba Alvarado , Sebastián Calisto Águila , Miguel Ángel Jackson Drago , Giorgio Pardo Sáinz , Luis Torres Jeldes , Víctor Cariola Oliva , Karol Jarpa Wevar , Carlos Abel Parra Sauterel , Andrea Trisotti Martínez , Renzo Carvajal Ambiado , Loreto Jürgensen Rundshagen , Harry Paulsen Kehr , Diego Undurraga Gazitúa , Francisco Castillo Muñoz , Natalia Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Arriagada , José Urrutia Bonilla , Ignacio Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Lahsen , Leopoldo Urrutia Soto , Osvaldo Castro González, Juan Luis Kort Garriga , Issa Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Celis Araya , Ricardo Kuschel Silva , Carlos Pérez Salinas , Catalina Vallejo Dowling , Camila Cicardini Milla , Daniella Labra Sepúlveda , Amaro Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Cid Versalovic , Sofía Leuquén Uribe , Aracely Rathgeb Schifferli , Jorge Velásquez Núñez , Esteban Coloma Álamos, Juan Antonio Longton Herrera , Andrés Rentería Moller , Rolando Velásquez Seguel , Pedro Crispi Serrano , Miguel Lorenzini Basso , Pablo Rey Martínez , Hugo Venegas Cárdenas , Mario Cruz-Coke Carvallo , Luciano Luck Urban , Karin Rocafull López , Luis Verdessi Belemmi , Daniel Del Real Mihovilovic , Catalina Macaya Danús , Javier Rojas Valderrama , Camila Vidal Rojas , Pablo Desbordes Jiménez , Mario Marzán Pinto , Carolina Romero Sáez , Leonidas Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Díaz Díaz , Marcelo Matta Aragay , Manuel Rosas Barrientos , Patricio Walker Prieto , Matías Durán Espinoza , Jorge Melero Abaroa , Patricio Saavedra Chandía , Gastón Winter Etcheberry , Gonzalo Durán Salinas , Eduardo Mellado Pino , Cosme Sabag Villalobos , Jorge Yeomans Araya , Gael Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Suazo, Miguel

-Se abstuvo el diputado señor:

Carter Fernández, Álvaro

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el texto propuesto por la Comisión de Educación.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 142 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fernández Allende , Maya Meza Moncada , Fernando Sabat Fernández , Marcela Alessandri Vergara , Jorge Flores García, Iván Mirosevic Verdugo , Vlado Saffirio Espinoza , René Alinco Bustos , René Fuenzalida Cobo , Juan Mix Jiménez , Claudia Saldívar Auger , Raúl Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Molina Magofke , Andrés Sanhueza Dueñas , Gustavo Álvarez Vera , Jenny Galleguillos Castillo , Ramón Monsalve Benavides , Manuel Santana Castillo, Juan Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo García García, René Manuel Moreira Barros , Cristhian Santana Tirachini , Alejandro Amar Mancilla , Sandra Garín González , Renato Mulet Martínez , Jaime Santibáñez Novoa , Marisela Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Muñoz González , Francesca Sauerbaum Muñoz , Frank Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Naranjo Ortiz , Jaime Schalper Sepúlveda , Diego Baltolu Rasera , Nino González Torres , Rodrigo Noman Garrido , Nicolás Schilling Rodríguez , Marcelo Barrera Moreno , Boris Gutiérrez Gálvez , Hugo Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barros Montero , Ramón Hernández Hernán-dez , Javier Núñez Arancibia , Daniel Sepúlveda Soto , Alexis Bellolio Avaria , Jaime Hernando Pérez , Marcela Núñez Urrutia , Paulina Silber Romo , Gabriel Berger Fett , Bernardo Hertz Cádiz , Carmen Nuyado Anca-pichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Olivera De La Fuente , Erika Soto Mardones , Raúl Bobadilla Muñoz , Sergio Hoffmann Opazo , María José Orsini Pascal , Maite Teillier Del Valle, Guillermo Boric Font , Gabriel Ibáñez Cotroneo , Diego Ortiz Novoa, José Miguel Tohá González , Jaime Brito Hasbún , Jorge Ilabaca Cerda , Marcos Ossandón Irarrázabal , Ximena Torrealba Alvarado , Sebastián Calisto Águila , Miguel Ángel Jackson Drago , Giorgio Pardo Sáinz , Luis Torres Jeldes , Víctor Cariola Oliva , Karol Jarpa Wevar , Carlos Abel Parra Sauterel , Andrea Trisotti Martínez , Renzo Carvajal Ambiado , Loreto Jürgensen Rundshagen , Harry Paulsen Kehr , Diego Undurraga Gazitúa , Francisco Castillo Muñoz , Natalia Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Arriagada , José Urrutia Bonilla , Ignacio Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Lahsen , Leopoldo Urrutia Soto , Osvaldo Castro González, Juan Luis Kort Garriga , Issa Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Celis Araya , Ricardo Kuschel Silva , Carlos Pérez Salinas , Catalina Vallejo Dowling , Camila Cicardini Milla , Daniella Labra Sepúlveda , Amaro Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Cid Versalovic , Sofía Leuquén Uribe , Aracely Rathgeb Schifferli , Jorge Velásquez Núñez , Esteban Coloma Álamos, Juan Antonio Longton Herrera , Andrés Rentería Moller , Rolando Velásquez Seguel , Pedro Crispi Serrano , Miguel Lorenzini Basso , Pablo Rey Martínez , Hugo Venegas Cárdenas , Mario Cruz-Coke Carvallo , Luciano Luck Urban , Karin Rocafull López , Luis Verdessi Belemmi , Daniel Del Real Mihovilovic , Catalina Macaya Danús , Javier Rojas Valderrama , Camila Vidal Rojas , Pablo Desbordes Jiménez , Mario Marzán Pinto , Carolina Romero Sáez , Leonidas Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Díaz Díaz , Marcelo Matta Aragay , Manuel Rosas Barrientos , Patricio Walker Prieto , Matías Durán Espinoza , Jorge Melero Abaroa , Patricio Saavedra Chandía , Gastón Winter Etcheberry , Gonzalo Durán Salinas , Eduardo Mellado Pino , Cosme Sabag Villalobos , Jorge Yeomans Araya , Gael Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Suazo, Miguel

-Se abstuvo el diputado señor:

Carter Fernández, Álvaro

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Despachado el proyecto al Senado.

2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 03 de septiembre, 2019. Oficio en Sesión 44. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 3 de septiembre de 2019

Oficio Nº 14.947

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación al proyecto de ley de ese H. Senado que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata, correspondiente al boletín 12.779-04, con las siguientes enmiendas:

Artículo único

1) Ha reemplazado, en el inciso primero, la frase “y que se hayan desempeñado como docentes de aula,” por la expresión “y, que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula,”.

2) Ha incorporado el siguiente inciso segundo, nuevo:

“En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos treinta horas de titularidad.”.

***

Lo que tengo a honra comunicar a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 174/SEC/19, de 24 de julio de 2019.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

*****

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 04 de septiembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 46. Legislatura 367. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

CONCESIÓN DE TITULARIDAD DE HORAS DE EXTENSIÓN HORARIA A CONTRATA A PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata, con informe de la Comisión de Educación y Cultura y urgencia calificada de "suma".

--Los antecedentes sobre el proyecto (12.779-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En primer trámite: sesión 34ª, en 17 de julio de 2019 (se da cuenta).

En tercer trámite: sesión 44ª, en 3 de septiembre de 2019.

Informes de Comisión:

Educación y Cultura: sesión 35ª, en 23 de julio de 2019.

Educación y Cultura: sesión 46ª, en 4 de septiembre de 2019.

Discusión:

Sesión 37ª, en 24 de julio de 2019 (se aprueba en general y en particular).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Este proyecto inició su tramitación en el Senado y a su respecto la Cámara de Diputados efectuó las dos enmiendas siguientes:

1) Reemplazó, en el inciso primero del artículo único, la frase "y que se hayan desempeñado como docentes de aula," por la expresión "y, que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula,".

2) Incorporó el siguiente inciso segundo, nuevo:

"En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos treinta horas de titularidad.".

La Sala debe pronunciarse respecto de las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al texto despachado por el Senado, las cuales se transcriben en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

En discusión las enmiendas de la Cámara de Diputados.

Tiene la palabra el Senador Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente , tengo a bien informar el proyecto de ley que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata. Se encuentra en su tercer trámite constitucional, con urgencia calificada de "suma".

La iniciativa consta de artículo único y concede la titularidad de las horas de extensión a contrata a los profesionales de la educación que se encuentran en calidad de titulares de una dotación docente en un mismo municipio, corporación municipal o servicio local de educación y que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnicos pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

Como mencioné, el proyecto se encuentra en tercer trámite constitucional, en virtud de que lo despachó el Senado y luego fue modificado por la Cámara de Diputados en el siguiente sentido:

Se reemplazó en el inciso primero del artículo único la frase "y que se hayan desempeñado como docentes de aula," por la expresión "y, que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula,".

Y, por otro lado, se incorpora un nuevo inciso, del siguiente tenor:

"En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos treinta horas de titularidad.".

La Cámara de Diputados aprobó, tanto el proyecto como las modificaciones, por 142 votos a favor y 1 abstención. Y ahora el Senado tiene que ratificar o no los cambios propuestos por la Cámara Baja.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor ELIZALDE.-

Señor Presidente, abra la votación.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Me han pedido abrir la votación, pero conservando los tiempos.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

En votación las enmiendas de la Cámara de Diputados.

--(Durante la votación).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador García.

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , seré muy breve.

Este es un proyecto muy sentido por los profesores de todo el país: tener la titularidad por aquellas horas que normalmente son de extensión, es decir, van más allá del contrato titular.

Efectivamente, cuando la iniciativa fue tramitada aquí, en el Senado, no hubo acuerdo respecto a qué pasaría con las situaciones que se generaran a futuro.

Por eso se llegó a un acuerdo en la Cámara de Diputados, que a mí me parece muy importante. Entiendo que también han formado parte de él los dirigentes del Colegio de Profesores. Este acuerdo señala que "se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos, durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos treinta horas de titularidad.".

Esto será lo que va a ocurrir de aquí en adelante en la medida que se vayan produciendo horas de extensión a contrata y que no sean horas de titularidad.

Creo que esto avanza mucho en dar estabilidad en los contratos de nuestras profesoras y nuestros profesores.

En consecuencia, señor Presidente, anuncio el voto favorable de la Senadora y los Senadores del Comité Renovación Nacional.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , este proyecto viene a dar mayor estabilidad a los docentes que se encontraban en este doble régimen de contratación por horas contratadas -en calidad de titulares y de contrata- por un mismo sostenedor.

Esta fue también una de las materias que formaron parte del petitorio de los profesores movilizados en todo el país.

En su oportunidad se pudo lograr que los profesores que estaban a contrata pasaran a las plantas, lo que también significó un esfuerzo importante que se inició por proyectos de quien habla tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. Y en esa ocasión conseguimos acreditar que eso no irrogaba gasto fiscal.

El Ministerio de Educación finalmente respaldó esta iniciativa. Felicito el esfuerzo de la Ministra Cubillos, quien en esta materia, en definitiva, se comprometió a sacar adelante el proyecto, lo que fue parte de los temas resueltos en las primeras reuniones.

Felicito también al Colegio de Profesores, porque esta es una conquista histórica que, sin lugar a dudas, va a entregar mayor estabilidad en la contratación.

Con toda seguridad, creemos que esto involucra la necesidad de entender que la estabilidad para los profesores también debiera traducirse en un mejoramiento sustantivo de la calidad de la educación. Esperamos que ello sea una segunda pata.

En este mismo contexto, simplemente quiero señalar que esto demuestra la voluntad del Presidente Piñera para sacar adelante esta materia, que sin duda era parte de las inquietudes del Colegio de Profesores.

Por tanto, votaremos favorablemente esta iniciativa.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, estimados colegas, uno podría decir que no queda otra que aprobar esto. Pero, personalmente, no me siento satisfecho con el proyecto.

El Gobierno, bajo la amenaza del Tribunal Constitucional, ha acotado los beneficios. El objetivo del proyecto en su origen, el que se aprobó en primer trámite, y con dificultad -recuerdo que en la Comisión de Hacienda, en su momento, quedé solo en la discusión sobre esto-, era rectificar un mal manejo de los sostenedores, quienes tienen la responsabilidad respecto del Padem y de saber cuántas horas docentes se necesitan. En este sentido, les asiste la responsabilidad de establecer relaciones laborales dignas para los profesores.

Lo que ha ocurrido es que hay muchos profesores y profesoras que son titulares de una cantidad de horas y tienen un segundo contrato de extensión horaria. Y lo que queríamos era que para todos aquellos y aquellas que hayan tenido que vivir con extensión horaria durante más de tres años en forma continua o cuatro años en forma discontinua eso fuera parte de su patrimonio, de su garantía, de su estabilidad, sin importar en cuántos lugares estuvieran trabajando o de cuántas horas fueran titulares en sí.

La redacción de la Cámara de Diputados reduce el universo potencialmente considerado en la iniciativa original. Hay muchas profesoras y muchos profesores que, por desgracia, tienen menos de treinta horas. He pedido el dato. No lo tengo. Pero estoy seguro de que los dirigentes del Colegio de Profesores saben que hay muchos que no disponen de treinta horas de titularidad. ¿Cuántos son? Veremos.

Se supone que la interpretación de la norma debería ser de aquí para adelante. Ahí habrá un debate.

Señor Presidente, se dice "en adelante". Pero tengo una duda respecto de cómo se va a entender ese concepto.

Solo para la historia de la ley, quiero que quede muy claro que de aquí en adelante este nuevo criterio no debe dejar lugar a dudas de que para todos aquellos que tienen extensión horaria -¡para todos!- eso será parte de su patrimonio.

¿Por qué lo planteo, señor Presidente ? Porque la Dirección del Trabajo durante este Gobierno les ha quitado los derechos a los trabajadores en forma sistemática, en particular en el área de la educación. Este Congreso aprobó una ley especial para los asistentes de la educación respecto de su derecho a vacaciones, tanto en la época de invierno como de verano. Pero la Dirección del Trabajo interpretó una cosa absolutamente distinta de lo que dice la ley y sostuvo que este beneficio era solo para aquellos asistentes de la educación que fueran asistentes en el aula, robándoles, quitándoles el derecho a muchos. Esto llevó a algunos de nosotros, con nuestros abogados, a recurrir de protección. Por ello, tengo mi inquietud.

El colega que me antecedió en el uso de la palabra aplaudió a la Ministra . Eso yo no lo voy a hacer, me van a perdonar. Esto, por desgracia, debería haber sido establecido hace mucho tiempo. Esto se presentó en el medio de la movilización del Colegio de Profesores, porque el Gobierno no estaba dispuesto a ello, que era algo tan obvio.

Como dije al principio, voy a votar a favor.

Espero que mañana la Dirección del Trabajo no saque una interpretación torcida, como lo ha hecho respecto de las últimas iniciativas que se han promovido, en particular, en el área de la educación.

En eso quiero, por sobre todo, confiar en los dirigentes, quienes han hecho un tremendo esfuerzo, los que están presentes y los que no nos han podido acompañar, para que se les reconozca a los profesionales de la educación su dignidad y para terminar con esto de los dobles contratos, con este doble estándar, que ha sido tan precarizador durante tanto tiempo.

He dicho.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

No hay más inscritos.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueban las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados (30 votos a favor), y queda despachado el proyecto en este trámite.

Votaron las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Muñoz, Órdenes, Provoste, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Insulza, Latorre, Letelier, Moreira, Navarro, Ossandón, Prohens, Pugh, Quinteros y Sandoval.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Saludamos a los miembros de la directiva del Colegio de Profesores, quienes están en las tribunas.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente , seré muy breve.

Quiero aclarar y dejar constancia de que yo voté en el proyecto que se acaba de despachar, a pesar de estar pareado con la Senadora Rincón, por autorización de la jefa de Comité de la Democracia Cristiana.

Como me gusta cumplir las cosas, quiero dejar constancia de ello.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Muy bien, señor Senador, quedará constancia de lo expresado por usted.

3.2. Discusión en Sala

Discusión única. Fecha 04 de septiembre, 2019. Oficio en Sesión 46. Legislatura 367.

En estos momentos no se encuentra disponible la Versión Oficial de la presente Sesión. Téngase en consideración que el proyecto quedo aprobado en este Trámite Constitucional con 30 votos a favor.

3.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 04 de septiembre, 2019. Oficio en Sesión 71. Legislatura 367.

Valparaíso, 4 de septiembre de 2019.

Nº 191/SEC/19

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado las enmiendas introducidas por esa Honorable Cámara al proyecto de ley que otorga a los profesionales de la educación titulares de una dotación docente la titularidad de las horas de extensión en calidad de contrata, correspondiente al Boletín N° 12.779-04.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 14.947, de 3 de septiembre de 2019.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ALFONSO DE URRESTI LONGTON

Vicepresidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 04 de septiembre, 2019. Oficio

Valparaíso, 4 de septiembre de 2019.

Nº 192/SEC/19

A Su Excelencia el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Concédese la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y, que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos treinta horas de titularidad.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ALFONSO DE URRESTI LONGTON

Vicepresidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.176

Tipo Norma
:
Ley 21176
URL
:
http://www.leychile.cl/N?i=1137320&t=0
Fecha Promulgación
:
02-10-2019
URL Corta
:
http://bcn.cl/2bqkf
Organismo
:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Título
:
OTORGA A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN TITULARES DE UNA DOTACIÓN DOCENTE LA TITULARIDAD DE LAS HORAS DE EXTENSIÓN EN CALIDAD DE CONTRATA
Fecha Publicación
:
11-10-2019

LEY NÚM. 21.176

OTORGA A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN TITULARES DE UNA DOTACIÓN DOCENTE LA TITULARIDAD DE LAS HORAS DE EXTENSIÓN EN CALIDAD DE CONTRATA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente,

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Concédese la titularidad de las horas de extensión horaria a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación y, que a la fecha de publicación de esta ley, se hayan desempeñado como docentes de aula, directivos o técnico pedagógicos durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos.

    En adelante, se otorgará la titularidad de las horas de extensión a contrata para los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente en calidad de titulares en un mismo Municipio, Corporación Municipal o Servicio Local de Educación, que se hayan desempeñado como docentes de aula, directivo o técnico pedagógicos durante, a lo menos, cuatro años continuos o seis discontinuos, y posean al menos treinta horas de titularidad.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 2 de octubre de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Raúl Figueroa Salas, Subsecretario de Educación.