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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 16.582

SUPLEMENTA LOS ITEM QUE INDICA DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL VIGENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO. CONCEDE ASIGNACION DE ZONA AL PERSONAL QUE MENCIONA. DISPONE QUE EL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO DEPENDERA DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO. MODIFICA LAS LEYES N.ºS 15.840, 15.676 Y 16.426. DESTINA EL RECURSO DE LOS IMPUESTOS QUE INDICA A LOS SERVICIOS QUE SEÑALA

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 13 de julio, 1966. Mensaje en Sesión 21. Legislatura Ordinaria año 1966.

1.-MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

"Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados:

Como se indicara en el capítulo correspondiente del último Mensaje Presidencial, leído ante el Honorable Congreso Nacional el 21 de mayo del año en curso, la inversión fiscal ha mostrado en los últimos años un espectacular crecimiento, elevándose, en escudos del presente año, de Eº 1. 058, 9 millones en 1964 a Eº 361, 4 millones en 1965 y a una cura estimada de E° 1.715,7 millones en 1966. En tal forma, la inversión fiscal ha subido entre 1964 y 1966 en un 62%, porcentaje que sobrepasa nítidamente al aumento operado en el mismo período en el gasto fiscal total, que fue de 49,1%.

Una importante participación dentro de la inversión fiscal ha correspondido a Obras Públicas, a las cuales se han destinado magnitudes siempre crecientes de recursos, como puede observarse en las cifras siguientes:

1964 1965 1966

Gasto Presup. Gasto Presup. Estimación

 efectivo originalmente Efectivo originalmente actual del 

aprobado aprobado gasto

(En mill. de E° de 1966)

Gasto fiscal

Total en OO.PP. 539,1 483, 5 593,2 577,1 635,1

Es posible, en consecuencia, advertir que el gasto fiscal en Obras Públicas en 1965 sobrepasó, en términos reales, en 10, 0% al registrado el año anterior, y que el monto presupuestado originalmente para 1966 representaba un incremento real de 19, 4% sobre el originalmente consultado en el Presupuesto Fiscal de 1965.

Estas cifras expresan con claridad la intensidad del creciente esfuerzo que ha venido realizando el país en materia de Obras Públicas, esfuerzo que, por lo demás, se remonta a períodos anteriores al aquí citado. Sin embargo, los recursos anualmente asignados a ellas han resultado generalmente insuficientes, debiendo aprobar con posterioridad suplementos destinados a permitir, especialmente, la reparación de los daños causados por las frecuentes catástrofes sísmicas, temporales, inundaciones, etc., que afectan al territorio nacional. Es lo que ocurrió, precisamente, y con caracteres de particular gravedad, el año pasado. El sismo del mes de marzo y los temporales que se registraron más adelante, obligaron a aprobar traspasos de fondos y suplementos por 109,7 millones de escudos del presente año. Los compromisos derivados de las obras iniciadas en esa oportunidad y de las que debieron ser postergadas para dar paso a los trabajos de reparación y reconstrucción, han venido a gravitar sobre los recursos presupuestados para 1966, haciendo nuevamente indispensable y urgente presentar el Proyecto de Ley que en esta oportunidad se somete a la consideración del Honorable Congreso Nacional, para suple-mentar en Eº 58 millones los recursos fiscales originalmente asignados a Obras Públicas. Al ser aprobada esta iniciativa, el gasto fiscal en obras públicas en el presente año podría ser estimado en 635,1 millones de escudos, lo que entrañaría un aumento real de 7,1% sobre el ya elevado gasto efectivo registrado en 1965.

De acuerdo con lo que se indica en el Artículo 1º del Proyecto de Ley, los ítem a los que se destinan las magnitudes mayores de recursos, son los siguientes: Construcción de aeropuertos de Pudahuel y Carriel Sur; Obras de agua Potable; Obras del camino longitudinal de Santiago a Quellón; Instalación de Obras de alcantarillado; Construcción de edificios públicos y Construcción de caminos en las provincias comprendidas entre las de Linares y Magallanes.

Para los efectos del financiamiento del presente suplemento se recurre al mayor rendimiento de la tributación de la Gran MINERIA del Cobre, proponiéndose que las mayores entradas, por encima de lo que consultan los ítem que dan cumplimiento a las Leyes Nºs. 11.828 y 13.196, sea de libre disponibilidad fiscal.

En mérito de los antecedentes expuestos vengo en presentar el siguiente:

Proyecto de ley:

Artículo 1°.- Supleméntase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

ítem Monto

12|02|101.1 Eº 2.600.000

12|02|101.2 4.400.000

12|02|101 4 8.000.000

12|02|101.7 4.500.000

12|02|101.8 200.000

12/02|101.15 3.000.000

12/02|101.18 5.500.000

12|02|101.22 4.000.000

12|02|101.23 12.000.000

12|02|101.28 1.000.000

12|02|101.30 1.500.000

12102|101.33 10.000.000

12|02|103 1.300.000

Total Eº 58.000.000

Artículo 2°.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12|02 |101|19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase:

"Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería Genera] de la Republica".

Artículo 3°.- El mayor gasto que represente la Ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, por lo cual no se aplicará durante el presente año la cláusula de excedibilidad en la glosa de todos aquellos ítem que consultan el cumplimiento de las Leyes Nºs. 11.828 y 13.196, entendiéndose que su rendimiento por encima de lo que consultan dichos ítem será de libre disponibilidad fiscal.

b) El mayor rendimiento de la cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Santiago, a julio 12 de 1966.

(Fdo. ): Eduardo Frei Montalva.- Sergio Molina Silva.- Edmundo Pérez Zujovic".

1.2. Mensaje

Fecha 13 de julio, 1966. Mensaje en Sesión 21. Legislatura Ordinaria año 1966.

1.-MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

"Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados:

Como se indicara en el capítulo correspondiente del último Mensaje Presidencial, leído ante el Honorable Congreso Nacional el 21 de mayo del año en curso, la inversión fiscal ha mostrado en los últimos años un espectacular crecimiento, elevándose, en escudos del presente año, de Eº 1. 058, 9 millones en 1964 a Eº 361, 4 millones en 1965 y a una cura estimada de E° 1.715,7 millones en 1966. En tal forma, la inversión fiscal ha subido entre 1964 y 1966 en un 62%, porcentaje que sobrepasa nítidamente al aumento operado en el mismo período en el gasto fiscal total, que fue de 49,1%.

Una importante participación dentro de la inversión fiscal ha correspondido a Obras Públicas, a las cuales se han destinado magnitudes siempre crecientes de recursos, como puede observarse en las cifras siguientes:

Es posible, en consecuencia, advertir que el gasto fiscal en Obras Públicas en 1965 sobrepasó, en términos reales, en 10, 0% al registrado el año anterior, y que el monto presupuestado originalmente para 1966 representaba un incremento real de 19, 4% sobre el originalmente consultado en el Presupuesto Fiscal de 1965.

Estas cifras expresan con claridad la intensidad del creciente esfuerzo que ha venido realizando el país en materia de Obras Públicas, esfuerzo que, por lo demás, se remonta a períodos anteriores al aquí citado. Sin embargo, los recursos anualmente asignados a ellas han resultado generalmente insuficientes, debiendo aprobar con posterioridad suplementos destinados a permitir, especialmente, la reparación de los daños causados por las frecuentes catástrofes sísmicas, temporales, inundaciones, etc., que afectan al territorio nacional. Es lo que ocurrió, precisamente, y con caracteres de particular gravedad, el año pasado. El sismo del mes de marzo y los temporales que se registraron más adelante, obligaron a aprobar traspasos de fondos y suplementos por 109,7 millones de escudos del presente año. Los compromisos derivados de las obras iniciadas en esa oportunidad y de las que debieron ser postergadas para dar paso a los trabajos de reparación y reconstrucción, han venido a gravitar sobre los recursos presupuestados para 1966, haciendo nuevamente indispensable y urgente presentar el Proyecto de Ley que en esta oportunidad se somete a la consideración del Honorable Congreso Nacional, para suple-mentar en Eº 58 millones los recursos fiscales originalmente asignados a Obras Públicas. Al ser aprobada esta iniciativa, el gasto fiscal en obras públicas en el presente año podría ser estimado en 635,1 millones de escudos, lo que entrañaría un aumento real de 7,1% sobre el ya elevado gasto efectivo registrado en 1965.

De acuerdo con lo que se indica en el Artículo 1º del Proyecto de Ley, los ítem a los que se destinan las magnitudes mayores de recursos, son los siguientes: Construcción de aeropuertos de Pudahuel y Carriel Sur; Obras de agua Potable; Obras del camino longitudinal de Santiago a Quellón; Instalación de Obras de alcantarillado; Construcción de edificios públicos y Construcción de caminos en las provincias comprendidas entre las de Linares y Magallanes.

Para los efectos del financiamiento del presente suplemento se recurre al mayor rendimiento de la tributación de la Gran MINERIA del Cobre, proponiéndose que las mayores entradas, por encima de lo que consultan los ítem que dan cumplimiento a las Leyes Nºs. 11.828 y 13.196, sea de libre disponibilidad fiscal.

En mérito de los antecedentes expuestos vengo en presentar el siguiente:

Proyecto de ley:

Artículo 1°.- Supleméntase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

Artículo 2°.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12|02 |101|19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase:

"Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería Genera] de la Republica".

Artículo 3°.- El mayor gasto que represente la Ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, por lo cual no se aplicará durante el presente año la cláusula de excedibilidad en la glosa de todos aquellos ítem que consultan el cumplimiento de las Leyes Nºs. 11.828 y 13.196, entendiéndose que su rendimiento por encima de lo que consultan dichos ítem será de libre disponibilidad fiscal.

b) El mayor rendimiento de la cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Santiago, a julio 12 de 1966.

(Fdo.): Eduardo Frei Montalva.- Sergio Molina Silva.- Edmundo Pérez Zujovic".

1.3. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 10 de agosto, 1966. Oficio en Sesión 33. Legislatura Ordinaria año 1966.

?3.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

"Nº 861.- Santiago, 10 de agosto de 1966.

En uso de la facultad que me confiere la Constitución Política del Estado, vengo en formular la siguiente indicación al proyecto de ley que suplementa el Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas:

Para sustituir la letra a) del artículo 3º por la siguiente:

"a) El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la cuenta C-l del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966;".

Dios guarde a V. E.-

(Fdo.): Eduardo Frei Montalva.- Sergio Molina Silva."

1.4. Informe Comisión Legislativa

Cámara de Diputados. Fecha 16 de agosto, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 34. Legislatura Ordinaria año 1966.

38.-INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA

"Honorable Cámara

La Comisión de Hacienda pasa a informaros ¡el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "suma", que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas

La Comisión contó con la presencia de los señores Ministros de Hacienda don Sergio Molina S., de Obras Públicas don Edmundo Pérez Z. y de Minería don Eduardo Simián G.; del señor Subsecretario de Obras Públicas don Carlos Valenzuela R., del señor Director de Obras Públicas don Alfonso Díaz O. y del señor Jefe de la Oficina de Presupuestos don Edgardo Boeninger

En términos generales, la iniciativa legal en informe tiene por objeto suplementar algunos ítem del Presupuesto de 'Capital del Ministerio de Obras Públicas, destinados a la realización de diversos planes de obras de adelanto. Dichos ítem se han hecho insuficientes porque el Ejecutivo con motivo del terremoto ocurrido el año 1965 y los temporales que afectaron al país durante el mismo año, tuvo que adoptar medidas para paliar esos daños y las obras proyectadas para esos meses sufrieron interrupciones y debieron ser trasladados para los primeros meses del año en curso. Esta acumulación de obras en el primer semestre ha producido un desfinanciamiento transitorio en el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas

Con el objeto de incrementar los recursos fiscales asignados en el Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, el artículo 1º de esta iniciativa legal en informe, dispone que se suplementan los ítem que más adelante se detallan que corresponden a la partida 12/02 del Presupuesto de la Dirección de Obras Públicas dependiente del Ministerio ya mencionado

En el ítem 101.1 para continuar las construcciones de locales escolares, se consulta en el Presupuesto 13 millones de escudos, se suplementa en 2 millones 600 mil escudos; en el ítem 101.2 sobre construcciones de edificios públicos y deportivos, se destina en el Presupuesto 27 millones de escudos, se complementa en 4 millones 400 mil escudos; en el ítem 101.4 respecto de instalaciones de agua potable, se señala en el Presupuesto 18 millones 860 mil escudos, se incrementa en 8 millones de escudos; en el ítem- 101.7 relativo a instalaciones de obras de alcantarillado, se determina en el Presupuesto 14 millones de escudos, se suplementa en 4 millones 500 mil escudos; en el ítem 101.8 referente a obras de defensas de riberas, se consulta en el Presupuesto 1 millón 500 mil escudos, se complementa en 200 mil escudos; en el ítem 101.15 sobre aboveda-miento de canales y funciones encomendadas por el Código de Aguas, se destina en el Presupuesto 8 millones de escudos, se incrementa en 3 millones de escudos; en el ítem 101.18 respecto de la Ejecución del camino longitudinal de Santiago a Quellón, se señala en el Presupuesto 26 millones 840 mil escudos, se suplementa en 5 millones 500 mil escudos; en el ítem 101.22 sobre caminos transversales y caminos urbanos en las provincias de Linares a Magallanes se determina en el Presupuesto 23 millones 780 mil escudos, se complementa en 4 millones de escudos; en el ítem 101.23 acerca de la conservación y mejoramiento de caminos, se consulta en el Presupuesto 84 millones 110 mil escudos; se incrementa en 12 millones de escudos; en el ítem 101.28 relativo a construcciones de puertos, se destina en el Presupuesto 2 millones 500 mil escudos, se suplementa en 1 millón de escudos; en el ítem 101-30 referente a la mantención, operación y reparación de dragas, se señala en el Presupuesto 4 millones 460 mil escudos, se complementa en 1 millón 500 mil escudos; en el ítem 101.33 sobre construcción de aeropuertos de Pudahuel y Carriel Sur, se destina en el Presupuesto 17 millones 920 mil escudos, se incrementa en 10 millones de escudos y en el ítem 103 relativo a compras y expropiaciones de terrenos, se señala en el Presupuesto 5 millones 290 mil escudos, se suplementa en 1 millón 300 mil escudos

En total el suplemento con que se incrementan los ítem del Presupuesto correspondiente al Ministerio de Obras Públicas, alcanza a la suma de cincuenta y ocho millones de escudos (Eº 58.000.000). Por el artículo 2º se agrega al final de la glosa del ítem 12/02/101.19 un inciso que dispone que el ítem mencionado será ex-cedible siempre que el Gobierno de Chile suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo un Convenio para la construcción de un camino internacional que unirá las ciudades de Valparaíso y de Mendoza en la República Argentina. En este ítem el Ministerio se podrá sobrepasar por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos que el Banco Internacional entregue a la Tesorería General de la República

Para los efectos de costear estos suplementos, la Comisión prestó su aprobación al financiamiento propuesto por el Ejecutivo que establece que los gastos que signifique la aplicación de esta ley, ¡se financiarán con el mayor rendimiento de libre disponibilidad que se obtenga en la cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras, referente al impuesto a las utilidades del cobre que el Gobierno estimó para el año 1966, en 129 millones 600 mil escudos, como asimismo, con el mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional que dice relación con las ventas de agua que hace la Dirección de Obras Sanitarias

Por todas las consideraciones anteriores, la Comisión de Hacienda acordó recomendaros la aprobación de la iniciativa legal en informe, ¡concebida en los siguientes términos

Proyecto de ley

Artículo 1º.- Suplementase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Publicáis, en las cantidades que se expresan:

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12/02/101/19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase : "Además, este ítem excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por -una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional sie reciban en la Tesorería General de la República".

Artículo 3º.- El mayor gasto que represente la presente ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966".

Sala de la Comisión, 11 de agosto de 1966.

Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores Lavandero (Presidente), Acuña, Cerda, don Eduardo; Gajardo, Irureta, Muga, Penna, Phillips, Silva, don Ramón, Valente y Zorrilla. .

Se designó Diputado informante al Honorable señor Gajardo.

(Fdo.): Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión."

1.5. Informe Comisión Legislativa

Cámara de Diputados. Fecha 16 de agosto, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 34. Legislatura Ordinaria año 1966.

38.-INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

"Honorable Cámara:

La Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "suma", que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

La Comisión contó con la presencia de los señores Ministros de Hacienda don Sergio Molina S., de Obras Públicas don Edmundo Pérez Z. y de Minería don Eduardo Simián G.; del señor Subsecretario de Obras Públicas don Carlos Valenzuela R., del señor Director de Obras Públicas don Alfonso Díaz O. y del señor Jefe de la Oficina de Presupuestos don Edgardo Boeninger.

En términos generales, la iniciativa legal en informe tiene por objeto suplementar algunos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, destinados a la realización de diversos planes de obras de adelanto. Dichos ítem se han hecho insuficientes porque el Ejecutivo con motivo del terremoto ocurrido el año 1965 y los temporales que afectaron al país durante el mismo año, tuvo que adoptar medidas para paliar esos daños y las obras proyectadas para esos meses sufrieron interrupciones y debieron ser trasladados para los primeros meses del año en curso. Esta acumulación de obras en el primer semestre ha producido un desfinanciamiento transitorio en el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.

Con el objeto de incrementar los recursos fiscales asignados en el Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, el artículo 1º de esta iniciativa legal en informe, dispone que se suplementan los ítem que más adelante se detallan que corresponden a la partida 12/02 del Presupuesto de la Dirección de Obras Públicas dependiente del Ministerio ya mencionado.

En el ítem 101.1 para continuar las construcciones de locales escolares, se consulta en el Presupuesto 13 millones de escudos, se suplementa en 2 millones 600 mil escudos; en el ítem 101.2 sobre construcciones de edificios públicos y deportivos, se destina en el Presupuesto 27 millones de escudos, se complementa en 4 millones 400 mil escudos; en el ítem 101.4 respecto de instalaciones de agua potable, se señala en el Presupuesto 18 millones 860 mil escudos, se incrementa en 8 millones de escudos; en el ítem- 101.7 relativo a instalaciones de obras de alcantarillado, se determina en el Presupuesto 14 millones de escudos, se suplementa en 4 millones 500 mil escudos; en el ítem 101.8 referente a obras de defensas de riberas, se consulta en el Presupuesto 1 millón 500 mil escudos, se complementa en 200 mil escudos; en el ítem 101.15 sobre abovedamiento de canales y funciones encomendadas por el Código de Aguas, se destina en el Presupuesto 8 millones de escudos, se incrementa en 3 millones de escudos; en el ítem 101.18 respecto de la Ejecución del camino longitudinal de Santiago a Quellón, se señala en el Presupuesto 26 millones 840 mil escudos, se suplementa en 5 millones 500 mil escudos; en el ítem 101.22 sobre caminos transversales y caminos urbanos en las provincias de Linares a Magallanes se determina en el Presupuesto 23 millones 780 mil escudos, se complementa en 4 millones de escudos; en el ítem 101.23 acerca de la conservación y mejoramiento de caminos, se consulta en el Presupuesto 84 millones 110 mil escudos; se incrementa en 12 millones de escudos; en el ítem 101.28 relativo a construcciones de puertos, se destina en el Presupuesto 2 millones 500 mil escudos, se suplementa en 1 millón de escudos; en el ítem 101-30 referente a la mantención, operación y reparación de dragas, se señala en el Presupuesto 4 millones 460 mil escudos, se complementa en 1 millón 500 mil escudos; en el ítem 101.33 sobre construcción de aeropuertos de Pudahuel y Carriel Sur, se destina en el Presupuesto 17 millones 920 mil escudos, se incrementa en 10 millones de escudos y en el ítem 103 relativo a compras y expropiaciones de terrenos, se señala en el Presupuesto 5 millones 290 mil escudos, se suplementa en 1 millón 300 mil escudos.

En total el suplemento con que se incrementan los ítem del Presupuesto correspondiente al Ministerio de Obras Públicas, alcanza a la suma de cincuenta y ocho millones de escudos (Eº 58.000.000). Por el artículo 2º se agrega al final de la glosa del ítem 12/02/101.19 un inciso que dispone que el ítem mencionado será excedible siempre que el Gobierno de Chile suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo un Convenio para la construcción de un camino internacional que unirá las ciudades de Valparaíso y de Mendoza en la República Argentina. En este ítem el Ministerio se podrá sobrepasar por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos que el Banco Internacional entregue a la Tesorería General de la República.

Para los efectos de costear estos suplementos, la Comisión prestó su aprobación al financiamiento propuesto por el Ejecutivo que establece que los gastos que signifique la aplicación de esta ley, se financiarán con el mayor rendimiento de libre disponibilidad que se obtenga en la cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras, referente al impuesto a las utilidades del cobre que el Gobierno estimó para el año 1966, en 129 millones 600 mil escudos, como asimismo, con el mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional que dice relación con las ventas de agua que hace la Dirección de Obras Sanitarias.

Por todas las consideraciones anteriores, la Comisión de Hacienda acordó recomendaros la aprobación de la iniciativa legal en informe, ¡concebida en los siguientes términos:

Proyecto de ley

Artículo 1º.- Supleméntase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Publicáis, en las cantidades que :se expresan:

ítem Monto

12/02/101.1 Eº 2.600.000

12/02/101.2 4.400.000

12/02/101.4 8.000.000

12/02/101.7 4.500.000

12/02/101.8 200.000

12/02/101.15 3.000.000

12/02/101.18 5.500.000

12/02/101.22 4.000.000

12/02/101.23 12.000.000

12/02/101.28 1.000.000

12/02/101.30 1.500.000

12/02/101.33 10.000.000

12/02/103 1.300.000

----------

Total Eº 58.000.000

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12/02/101/19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase : "Además, este ítem excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República".

Artículo 3º.- El mayor gasto que represente la presente ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966".

Sala de la Comisión, 11 de agosto de 1966.

Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores Lavandero (Presidente), Acuña, Cerda, don Eduardo; Gajardo, Irareta, Muga, Penna, Phillips, Silva, don Ramón, Valente y Zorrilla.

Se designó Diputado informante al Honorable señor Gajardo.

(Fdo.): Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión."

1.6. Discusión en Sala

Fecha 16 de agosto, 1966. Diario de Sesión en Sesión 34. Legislatura Ordinaria año 1966. Discusión General.

SUPLEMENTO DEL PRESUPUESTO, DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley que suplementa el Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el Honorable señor Gajardo.

-El -proyecto, impreso en el boletín Nº 10.582, dice:

"Artículo 1°.- Supleméntase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12/02/101/19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República" .

Artículo 3º.- El mayor gasto que representa la presente ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

b) El mayor rendimiento de la cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966".

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

La Mesa se permite sugerir a los señores Diputados el siguiente tratamiento, para este proyecto; que puedan destinarse hasta diez minutos a cada Comité para pronunciarse...

El señor PHILLIPS.-

Un cuarto de hora, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Que puedan destinarse hasta quince minutos, por Comité, a fin de poder pronunciarse respecto de este proyecto.

Al término de estos tiempos, se cerraría el debate y se votaría en general, como corresponde. Se citaría a la Comisión de Hacienda para el día de mañana, a fin de conocer las indicaciones que eventualmente puedan presentarse, y se despacharía en particular el mismo día de mañana.

¿Habría acuerdo para proceder de esta manera?

Acordado.

El señor MOMBERG.-

¿Y cómo se determinará el orden de precedencia de los Comités, señor Presidente?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En el orden en que soliciten la palabra, señor Diputado.

El señor GAJARDO.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el señor Diputado informante.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, la Comisión de Hacienda, por mi intermedio, pasa a informar un proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con tratamiento de urgencia, calificada de suma, que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

La Comisión contó con la presencia de los señores Ministros de Hacienda, don Sergio Molina, de Obras Públicas, don Edmundo Pérez Zujovic; y de Minería, don Eduardo Simián; del señor Subsecretario de Obras Públicas, don Carlos Valenzuela; del señor Director de Obras Públicas, don Alfonso Díaz; y del señor Jefe de la Oficina de Presupuestos, don Edgardo Boeninger.

En términos generales, la iniciativa legal en informe tiene por objeto suplementar algunos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, destinados a la realización de diversos planes de obras de adelanto. Dichos ítem se han hecho insuficientes, porque el Ejecutivo, con motivo del terremoto ocurrido el año 1965 y los temporales que afectaron al país durante el mismo año, tuvo que adoptar medidas para paliar estos daños, y las obras proyectadas para esos mismos meses sufrieron, de esta manera, interrupciones y debieron ser trasladadas para los primeros meses del año en curso. Esta acumulación de obras en el primer semestre ha producido un desfinanciamiento transitorio en el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.

Con el objeto de incrementar los recursos fiscales asignados en el Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, el artículo 1º de esta iniciativa legal en informe dispone que se suplementan los ítem, que más adelante se detallan, que corresponden a la partida 12/02 del Presupuesto de la Dirección de Obras Públicas, dependiente del Ministerio ya mencionado.

El ítem 101.1, para continuar las construcciones de locales escolares, y que figura en el Presupuesto con 13 millones de escudos, se suplementa, en 2 millones 600 mil escudos; el ítem 101.2, sobre construcciones de edificios públicos y deportivos, que figura en el Presupuesto con 27 millones de escudos, se complementa en 4 millones 400 mil escudos; el ítem 101,4, respecto de instalaciones de agua potable, que señala en el Presupuesto 18 millones 860 mil escudos, se incrementa en 8 millones de escudos; en el ítem 101.7, relativo a instalaciones de obras de alcantarillado, que figura en el Presupuesto con 14 millones de escudos, se suplementa en 4 millones 500 mil escudos; el ítem 101.8 referente a obras de defensa de riberas, que consulta en el Presupuesto 1 millón 500 mil escudos, se complementa en 200 mil escudos; el ítem 101.15 sobre aboveda-miento de canales y funciones encomendadas por el Código de Aguas, que figura en el Presupuesto con 8 millones de escudos, se incrementa en 3 millones de escudos; el ítem 101,18 respecto de la ejecución del camino longitudinal de Santiago a Quellón, que señala en el Presupuesto 26 millones 840 mil escudos, se suplementa en 5 millones 500 mil escudos; el ítem 101.22, sobre caminos transversales y caminos urbanos en las provincias de Linares a Magallanes, que comprende en el Presupuesto 23 millones 780 mil escudos, se complementa en 4 millones de escudos; el ítem 101.23, acerca de la conservación y mejoramiento de caminos, que consulta en el Presupuesto 84 millones 110 mil escudos, se incrementa en 12 millones de escudos; el ítem 101.28, relativo a construcciones de puertos, que figura en el Presupuesto con 2 millones 500 mil escudos, se suplementa en 1 millón de escudos; el ítem 101,30, referente a la mantención, operación y reparación de dragas, que señala en el Presupuesto 4 millones, 460 mil escudos, se complementa en 1 millón 500 mil escudos; el ítem 101.33 sobre construcción de aeropuertos de Pudahuel y Carriel Sur, que comprende en el Presupuesto 17 millones 920 mil escudos, se incrementa en 10 millones de escudos y, por último, el ítem 103, relativo a compras y expropiaciones de terrenos, que señala en el Presupuesto 5 millones 290 mil escudos, se suplementa en 1 millón 300 mil escudos..

En total el suplemento con que se incrementan los ítem del Presupuesto correspondiente al Ministerio de Obras Públicas alcanza a la suma de 58 millones de escudos.

Por el artículo 2º, se agrega al final de la glosa del ítem 12/02/101.19 un inciso que dispone que el ítem mencionado será excedible siempre que el Gobierno de Chile suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo un Convenio para la construcción de un camino internacional que unirá las ciudades de Valparaíso y de Mendoza en la República Argentina. En este ítem el Ministerio se podrá sobrepasar por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos que el Banco entregue a la Tesorería General de la República.

Por este convenio, que está por firmarse entre el Ministerio de Obras Públicas y el Banco Interamericano de Desarrollo, el Ministerio aporta 10 millones de dólares; y el Banco, 15 millones de dólares.

En mérito de este mismo convenio, se establece que no se aporta el préstamo del Banco directamente para iniciar las obras, sino a medida que se vayan ejecutando. De esta manera el Gobierno de Chile podrá recuperar estos fondos. En consecuencia, el ítem correspondiente puede ser excedido en estas cantidades.

Para los efectos de costear estos suplementos, la Comisión prestó su aprobación al financiamiento propuesto por el Ejecutivo, que establece que los gastos que signifique la aplicación de esta ley se financiarán con el mayor rendimiento de libre disponibilidad que se obtenga en la cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras, referente al impuesto a las utilidades del cobre que el Gobierno estimó para el año 1966 en 129 millones 600 mil escudos, como, asimismo, con el mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas Corrientes en moneda nacional que dice relación con las ventas de agua que hace la Dirección de Obras Sanitarias.

Como es de conocimiento de la Honorable Cámara, estas tarifas fueron alzadas, y se estima que esta partida del Presupuesto tendrá un mayor rendimiento de aproximadamente 8 millones de escudos que, sumados a los 7 millones de escudos contemplados en el Presupuesto de este año, haría un total de 15 millones de escudos, más o menos.

Por todas las consideraciones anteriores, la Comisión de Hacienda acordó recomendar la aprobación de la iniciativa legal en informe, en cuyo artículo 1º se detallan cada uno de los suplementos.

El señor CLAVEL.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor ROBLES.-

Pido la palabra.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra, hasta por 15 minutos el Honorable señor Clavel.

El señor CLAVEL.-

Señor Presidente, este proyecto de ley, que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, tuvo gran resonancia en la provincia de Antofagasta. Los distintos organismos de la producción y del comercio, de empleados y obreros, se reunieron para protestar por el artículo 3º del Mensaje enviado por el Ejecutivo a la Cámara, que expresaba lo siguiente:

"El mayor gasto que representa la presente ley, se financiará con:

El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-6 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, por lo cual no se aplicará durante el presente año la cláusula de excedibilidad en la glosa de todos aquellos ítem que consultan el cumplimiento de las leyes Nºs 11.828 y 13.196, entendiéndose que su rendimiento por encima de lo que consultan dichos ítem será de libre disponibilidad fiscal.

El mayor rendimiento de la cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966."

a) Este proyecto, como decía, produjo un gran revuelo en la provincia de Antofagasta, ya que los parlamentarios de distintos períodos y las municipalidades, en general, se preocuparon en su oportunidad de estudiar el articulado de la ley Nº 11.828, que beneficiaba a las provincias productoras de cobre y a distintas otras por efectos del prorrateo de estos fondos.

A raíz de una denuncia que se hizo pública en la provincia de Antofagasta y en la que intervino el Senador de mi partido señor Jonás Gómez, y el Honorable colega señor Ramón Silva Ulloa, que fueron los primeros que conocieron en la Comisión de Hacienda el proyecto enviado por el Ejecutivo, trajo como consecuencia la reacción que he manifestado. Hay que dejar en claro que el primer grito de alerta lo dieron estos parlamentarios, porque el proyecto del Ejecutivo perjudicaba abiertamente a las zonas productoras de cobre.

Pero el Diputado informante, Honorable señor Gajardo, presente en la Sala, en una declaración a lo largo y ancho de la primera página de "El Mercurio" da Antofagasta, en una parte, expresaba lo siguiente: "Quiero manifestar, además, como Diputado de Gobierno, que somos nosotros los que tenemos el deber de vigilar, precisamente, estas conquistas, de los que, como en el caso de mi provincia de Antofagasta, goza legítima y merecidamente, en mérito de arduas y antiguas luchas, en las que han participado la ciudadanía de la provincia, las instituciones, sus dirigentes y sus parlamentarios de todos los sectores políticos."

Yo creo que el deber de un Gobierno es tener, por lo menos, informado a sus propios parlamentarios de partido y no enviar un proyecto de ley como éste, que trajo, como consecuencia, la convulsión de una provincia como la de Antofagasta, además de que la modificación del artículo 3º del Ejecutivo era una propaganda gratuita para los parlamentarios de Gobierno de mi provincia.

Yo le quito y le niego mérito a esta clase de propaganda, porque, si no hubiese sido por la alarma oportuna y el impacto que produjo en mi provincia, con toda seguridad que estaríamos discutiendo en este momento el artículo 3° del proyecto mediante el cual se suprimían las conquistas alcanzadas por las provincias productoras de cobre.

El señor PHILLIPS.-

¡A costillas de todo el país!

El señor CLAVEL.-

A más de eso, por el artículo 3° se cercenaban los ingresos de la ley Nº 13.196, que pertenecen a las Fuerzas Armadas, para compra de materiales.

Considero un desatino del Gobierno haber siquiera mencionado esta ley, ya que es precisamente en mi provincia donde se necesita tener a las Fuerzas Armadas en un pie de eficiencia y, más que eso, de renovación de su material, para estar alerta, ya que gran parte de ella limita con otros países.

A pesar de que el Ejecutivo ha modificado el artículo 3°, tengo mis reservas, porque temo que este proyecto pueda ser vetado, ya que el artículo modificatorio, está redactado en tal forma, que sería muy fácil para el Ejecutivo entrar a formular un veto que, sin duda alguna, haría desaparecer las entradas por el mayor precio del cobre que les pertenecen a las provincias productoras de cobre, de acuerdo con la ley Nº 11.828.

En consecuencia, vamos a votar favorablemente las modificaciones del artículo 3º, pero dejando bien en claro que tenemos nuestras reservas sobre los trámites finales de estas modificaciones introducidas por el Ejecutivo, que podrían dañar enormemente los intereses legítimos de las provincias productoras de cobre.

Nada más, y muchas gracias.

El señor FUENTES (don Samuel).-

¿Cuánto tiempo nos queda?

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Les restan siete minutos.

El señor FUENTES (don Samuel).-

Los reservamos.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿Se los reservan los señores Diputados?

El señor CLAVEL.-

Vamos a concederle una interrupción al Honorable señor Phillips.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿El Honorable señor Clavel concede una interrupción al Honorable señor Phillips?

El señor CLAVEL.-

Por tres minutos.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Puede usar de la palabra...

El señor PHILLIPS.-

Renuncio, señor Presidente.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Renuncia el Honorable señor Phillips.

El señor GAJARDO.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Diputado informante, señor Gajardo, don Santiago.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, quisiera hacer uso de la palabra en el tiempo que le corresponde al Comité de mi partido.

El señor MUGA.-

Lógico.

El señor PHILIPS.-

La pide como particular...

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Si Su Señoría quiere hacer uso de la palabra, puede hacerlo en su carácter de Diputado informante.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Estaban inscritos, antes, en el tiempo del Comité Comunista, el Honorable Diputado señor Robles, don Hugo, y en el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, el Honorable señor Monares, don José, y el Honorable señor Lavandero.

El señor GAJARDO.-

Voy a solicitar posteriormente la palabra.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable Diputado señor Robles, don Hugo.

El señor ROBLES.-

Señor Presidente, los Diputados comunistas, a través del colega Carlos Rosales, en una sesión de la Cámara de la semana pasada, hicimos las observaciones que a los parlamentarios que representamos las provincias del cobre nos merecía el proyecto primitivo presentado por el Gobierno.

Precisamente, el colega Eduardo Clavel, Diputado de la provincia de Antofagasta, ha ratificado que, en Calama, capital del departamento de El Loa, donde se encuentra el mineral de cobre más grande del mundo, el de Chuquicamata, se realizó una reunión de las Municipalidades de la zona norte del país, desde Atacama hasta Arica, reclamando, con justicia, que el Gobierno modificara el primitivo proyecto que suplementaba el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. Este clamor de las Municipalidades, en nombre del pueblo de las provincias del norte, el Gobierno lo ha escuchado. Por eso, en esta tarde se plantea la modificación a ese proyecto.

Los parlamentarios comunistas vamos a concurrir con nuestros votos, a pesar de que también mantenemos las reservas planteadas, porque lo que deseamos nosotros es que las Municipalidades de las provincias del cobre, tengan los principales recursos de la ley del cobre, de los excedentes de los precios del cobre en el mercado internacional, para que ellos se inviertan en beneficio de estas provincias, en beneficio de los trabajadores, fundamentalmente, que en este proyecto no están considerados. En el mineral de Chuquicamata, la empresa no ha hecho una mayor construcción de casas para los trabajadores. Este mismo problema está planteado en los minerales de Potrerillos y El Salvador. En Calama viven más de 1.700 trabajadores del mineral de Chuquicamata que no cuentan con las casas suficientes para habitar. Por eso, a los parlamentarios comunistas nos habría gustado que estas cosas se hubieran planteado, como una manera de mejorar la situación de los trabajadores, fundamentalmente. De esta manera, dejo planteada nuestra posición.

Concedo una interrupción al colega Carlos Rosales.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Puede hacer uso de la interrupción el Honorable Diputado señor Rosales, don Carlos.

El señor ROSALES.-

Señor Presidente, como se ha expresado por el Honorable Diputado, compañero Hugo Robles, en una sesión anterior de esta Honorable Cámara, los parlamentarios comunistas tuvimos oportunidad de formular algunas observaciones en relación con este proyecto y destacamos, especialmente, el hecho grave de que el Gobierno tratara de suplementar fondos o partidas del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas recurriendo a los fondos de la Ley del Cobre, es decir, recurriendo a fondos que ya tenían destinación por los Municipios de las diversas provincias donde están los minerales de cobre. Es decir, el Gobierno pretendió aplicar aquí la política de "desvestir a un santo para vestir a otro", porque, como he dicho, quería sacar fondos que ya estaban destinados, para financiar este proyecto de suplementación del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.

El señor PHILLIPS.-

No estaban destinados.

El señor ROSALES.-

Nosotros creemos que ésta es una política de "parches", que ésta no la política que le conviene al país, ni mucho menos a los trabajadores, porque lo que hay en Chile es una crisis muy honda, y este mismo proyecto del Ejecutivo lo está demostrando. Esta crisis se evidencia a través de una tremenda cesantía, que día por día aumenta; se evidencia en las declaraciones que acaba de formular el señor Ministro de Hacienda, en el sentido de que habrá una menor inversión del orden de los 240 millones de pesos;...

El señor PHILLIPS.-

No es eso.

El señor ROSALES.-

... se evidencia en el ritmo que ha alcanzado el alza del costo de la vida, que ha echado por tierra todos los planes y todos los cálculos del Gobierno...

El señor SOTA.-

¿Por qué está tan pesimista Su Señoría?

El señor ROSALES.-

... se evidencia en que hay miles y miles de obreros que no han recibido sus salarios; y se evidencia en que hay también muchos contratistas a quienes no les han podido ser pagados sus estados de pago. Es decir, esta crisis se evidencia en toda esta angustiosa situación económica que está viviendo el país y que están padeciendo los trabajadores.

Por eso, no nos parece que sea lo más acertado recurrir al expediente de que ha echado mano el Gobierno para financiar este proyecto de suplementación. Es cierto que se ha modificado la indicación primitiva, porque ella levantó una justificada ola de protestas...

El señor PHILLIPS.-

¿Por qué?

El señor ROSALES.-

... en todas las provincias donde están los minerales de cobre. El señor Presidente sabe muy bien que esto es efectivo, porque a Su Señoría también se le hizo presente el hecho grave de que muchos Municipios iban a ser despojados e iban a quedar sin estos recursos que ya estaban destinados para obras públicas.

El señor PHILLIPS.-

¿En qué ley estaban destinados?

El señor ROSALES.-

Pero quiero decir que la indicación del Gobierno deja colgando de un hilo la suerte de estos fondos del cobre destinados para las provincias cupríferas, porque bastaría con suprimir tres palabras de la indicación para que todo quedara tal como antes. Bastaría con que el Gobierno suprimiera las palabras "libre disponibilidad fiscal" para que el Estado arrasara con todos estos fondos, que, como ya he dicho, están destinados para las provincias cupríferas.

Por eso, es justificada la inquietud del Honorable colega señor Clavel, Diputado por Antofagasta. Podría producirse un veto, tan simple como el de suprimir tres palabras,- y con eso, como digo, quedaría tal como antes la primitiva indicación del Gobierno. Queremos hacer presente esta situación, para que, con la debida anticipación, se sepa y se conozca cuál es nuestra posición frente a la modificación que ha hecho el Ejecutivo en el artículo 3º de este proyecto.

Pero queremos decir que, como la crisis que está viviendo Chile es tan profunda y tan honda, no se la puede afrontar con medidas de este tipo. Tienen que buscarse medidas mucho más integrales y de fondo, medidas efectivas, medidas de orden nacional.

Por eso, nosotros queremos aprovechar el debate sobre este proyecto para decir que los Diputados comunistas hemos presentado un proyecto de ley para darle al Fisco chileno todos los recursos que sean necesarios,...

El señor PHILLIPS.-

¡Volador de luces!

El señor ROSALES.-

... no solamente para financiar este proyecto o estas suplementaciones, sino que para afrontar un programa definitivo de desarrollo económico e industrial del país. Y ¿cómo se lograría esto? Se lograría a través de lo que hemos propuesto, de un proyecto de ley que reserve para el Fisco chileno todas las mayores utilidades...

El señor PHILLIPS.-

¡Volador de luces!

El señor ROSALES.-

... que se obtenga por el alza del precio del cobre a partir del precio de los 29 centavos.

Creemos nosotros, los Diputados comunistas, que si el Gobierno se interesara por obtener recursos y dejar de aplicar esta política de parches y de desvestir a un santo para vestir a otro, podría hacer suya esta iniciativa, que le permitiría disponer de una suma del orden de los 500 millones de dólares -¡500 millones de dólares!-, con lo cual se podría impulsar el desarrollo económico del país, implantar una serie de industrias nuevas, desarrollar la economía nacional, darles a los trabajadores un mejor "standard" de vida y hacer que Chile efectivamente progresara; porque hasta este momento estamos en el mismo lugar, no avanzamos; por el contrario, podría decirse que, en ciertos aspectos, retrocedemos. No es posible que esto ocurra, disponiendo el país de una riqueza tan fabulosa como el cobre. No es posible que las utilidades de esta riqueza nuestra vayan a parar a manos de empresas extranjeras y que ellas aumenten sus ganancias y sus utilidades sin dejar en el país lo que corresponde, lo que Chile tiene derecho a percibir, porque aquí, en nuestra Patria y en "nuestro suelo, están estas riquezas.

Por eso, el proyecto que hemos presentado los Diputados comunistas podría ser la solución integral para las penurias económicas del Estado de Chile y para el plan de desarrollo económico e industrial que el país necesita. Porque de los 500 millones de dólares que el Fisco percibiría por el aumento del precio del cobre, se destinaría, según lo consignamos en nuestra iniciativa, el 25% para la industria petroquímica chilena; el 10% para la fábrica de cenizas de soda; el 15% para construir plantas de fundición y refinación de cobre, especialmente en las provincias donde están los minerales; un 10% para una planta nacional de celulosa, reclamada desde hace tanto tiempo por los habitantes de sectores donde hay grandes plantaciones; un 10% para la explotación y desarrollo de los recursos marinos, aspiración muy sentida también por toda la ciudadanía del país; un 10% para incrementar la Marina Mercante Nacional, necesidad que nadie podrá discutir siquiera; el 10% para aumentar los beneficios sociales de los trabajadores del cobre, porque estimamos de justicia, si hay más entradas, más utilidades, por concepto de un mayor precio del cobre, que los primeros beneficiados sean los hombres que trabajan en esas duras faenas extractivas del cobre; y un 10% para realizar un plan de construcción de viviendas para los campesinos en los predios expropiados por la Corporación de la Reforma Agraria.

Esas son, señor Presidente, las destinaciones que se hacen en el proyecto del Partido Comunista de estas mayores entradas provenientes del precio más elevado del cobre.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité del Partido Comunista.

Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero, don Jorge.

El señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, hace algunos días, a través de la discusión de otro proyecto, se inició el debate sobre esta materia y quiero señalar, en justicia, que en el orden personal fui absolutamente contrario a una indicación del Ejecutivo que significaba un beneficio excesivo al norte y, en definitiva, un gravamen excesivo para las provincias no productoras de cobre, específicamente para las provincias agrícolas.

El señor CLAVEL.-

¡No es gravamen, Honorable colega! Se dejan las cosas como están.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¡Honorable señor Clavel!

El señor LAVANDERO.-

Quiero señalar esto, porque en esta oportunidad no cuesta nada tratar de engañar con palabras. Yo quiero ser absolutamente franco e hidalgo. Fui contrario a estas diferencias tan excesivas entre el norte y el sur y expresé que, no obstante, estar esto ya "arreglado" en parte por la presión de la zona norte, quería manifestar mi protesta para defender los ingresos "per capita" en el sur.

El señor Clavel, en esa ocasión señaló que no era así, él no estaba informado de que ya se había solucionado este problema en favor del norte y que había sido precisamente considerado...

El señor CLAVEL.-

¡Yo soy radical; no soy Diputado de Gobierno!

El señor LAVANDERO.-

... en los organismos respectivos, y encabezado, por más que trate de negarlo, por el señor Santiago Gajardo.

Yo soy contrario a la posición del Diputado Santiago Gajardo en esta materia; lo admito aquí, pero no puedo permitir que se aproveche otro señor Diputado para hacerse "reclame", como lo ha hecho el Honorable señor Clavel en esta oportunidad, para su propio beneficio en desprestigio de mi colega Gajardo.

El señor CLAVEL.-

Oportunamente le voy a contestar.

El señor LAVANDERO.-

Las cosas hay que decirlas con claridad. Yo creo que no honra a ningún parlamentario, y no me honraría a mí, aún estando en desacuerdo con mi colega Santiago Gajardo, que no se señalara la verdad como lo pretende el Honorable Diputado radical señor Clavel. Pero las cosas hay que decirlas como son.

El señor PHILLIPS.-

Pero la ley es anterior. No es del Honorable Clavel.

El señor CLAVEL.-

Es de un correligionario del Honorable señor Gajardo.

El señor LAVANDERO.-

Y con relación a lo que ha señalado el Diputado comunista señor Rosales, quiero decir que él no ha estudiado el proyecto o no lo ha entendido.

El señor MONTES.-

¡Cómo que no!

El señor LAVANDERO.-

Ha señalado, por ejemplo, textualmente que el Gobierno ha usado la política de "desvestir a un santo para vestir a otro", en el sentido de que el Gobierno ha tratado de restar recursos a la zona norte, para proyectos específicos, a fin de destinarlos a los gastos generales del presupuesto de Obras Públicas o a arcas fiscales...

El señor CLAVEL.-

O para pagar "promotores".

El señor LAVANDERO.-

Es absolutamente falso lo que ha dicho el señor Rosales. En primer lugar, los fondos establecidos en el Presupuesto de la Nación para ser distribuidos en el norte fueron calculados a 29 centavos de dólar la libra de cobre y determinaron Eº 207.335.000 como rendimiento probable.

Pues bien, ¿qué significaba este proyecto? El permitía que los mayores recursos provenientes del nuevo precio, que no fue incluido en el primitivo Presupuesto, es decir, el aumento de 29 centavos a 70 centavos de dólar pudieran distribuirse al resto del país y, fundamentalmente, destinarse a suplementar ítem para obras públicas, en razón de que por el terremoto y los desastres provocados por los temporales obligadamente se han tenido que ocupar en otras obras los fondos destinados a obras públicas, sacándolos de diversas partidas, lo que, lógicamente, desfinanció algunas obras. Se esperaba que por este año las provincias cupríferas se desprendieran de este excedente, producto de una utilidad no contemplada en beneficio de aquellas obras públicas que fueron detenidas a raíz del terremoto y los desastres.

Pues bien, el rendimiento, considerando el precio del cobre a 48,36 centavos de dólar, significarían Eº 333.630.000. Por lo tanto, habría una diferencia de ciento veintitantos millones de escudos no presupuestados. Ahora bien, al nivel actual, de 60,41 centavos de dólar la libra, significa un incremento aún mayor ascendente al ciento por ciento del considerado primitivamente en el presupuesto -a 20 centavos-, es decir, de 207 a 416 millones de escudos. Esto significa que el mayor precio del cobre estaría determinando. Eº 20.000.000 más de ingresos por esta ley. Tenemos que las inversiones totales del Ministerio de Obras Públicas para todo el país en este año ascienden a 450.000 millones de escudos.

La Honorable Cámara debe saber cómo se distribuyen los fondos del cobre: 1° Se destina el 47,5% para las provincias cupríferas, para cuatro provincias; 2º Para la Comisión Coordinadora de la zona norte un 2,5% ; y 3º Para todo el resto del país, incluidas las provincias del sur, un 50%. Esto significa que de los mayores ingresos que se van a percibir por el aumento del precio del cobre de 29 a 60,41 centavos de dólar a las provincias cupríferas corresponderá un 50%, es decir, Eº 100.000.000, y a todo el resto del país Eº 100.000.000.

Esa fue la protesta que señale en esa oportunidad. Quiero advertir que no es esto lo único que se invierte en el norte, y alabo en ese sentido a los Honorables colegas Gajardo, Silva Ulloa y Muga. Los alabo, porque en todos los regímenes políticos se han sabido unir para "estrujar" económicamente a este país y llevarse los recursos de éste a la zona norte...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Ruego a los señores Diputados tener serenidad para juzgar las expresiones del orador.

El señor POBLETE.-

Pido la palabra.

El señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, he dicho que han "estrujado" los fondos de la Nación.

El señor PHILLIPS.-

Han "pulmoneado" al país.

El señor LAVANDERO.-

En primer lugar -y quiero señalarlo con cifras, si Sus Señorías lo estiman conveniente y lo escuchan- el régimen especial de franquicias tributarias para Arica significa 160 millones de escudos.

El señor PHILLIPS.-

¡No es así!

El señor LAVANDERO.-

Quiero señalar que las inversiones de las compañías del cobre, con los nuevos convenios, significan 80 millones de dólares invertidos en estas cuatro provincias.

Quiero dar algunos antecedentes. Por ejemplo, está el caso de los sueldos y salarios. Mientras cada obrero, de las compañías del cobre, en la Andes Copper gana, por ejemplo, como promedio, 904,36 escudos mensuales, un empleado gana, como promedio, 1.174 escudos. En la Chile Exploration, los empleados ganan 1.866 escudos cada uno de promedio mensual, y los obreros, 1.388. Los empleados de la Braden, 1.621 escudos; y los obreros, 904 escudos mensuales.

Los campesinos -¡escúchelo bien la Honorable Cámara!-, porque ahora estamos trabajando para los campesinos, tienen un salario de 161 escudos mensuales promedio, con una asignación familiar de 460 pesos diarios, mientras que la asignación familiar de los obreros y empleados del cobre es, prácticamente, entre 32 y 37 escudos.

Hoy día se habla de reforma agraria, pero los mismos que impulsan al Gobierno a realizarla le restan los recursos necesarios, pretendiendo llevárselos al norte, muchas veces para obras que no tienen ninguna trascendencia nacional.

El señor PHILLIPS.-

¡Para la reforma minera!

El señor LAVANDERO.-

Por eso, quisiera que los camaradas y compañeros de bancos entregaran estos fondos para hacer posible la reforma agraria. No se pueden plantear estos hechos con una cara, diciendo que el Gobierno no los lleva adelante; y con otra, restarle, en cada iniciativa, los recursos necesarios para realizarlos. Esto es lo que hacen Diputados de bancos ajenos a los nuestros y del FRAP.

El señor ROSALES.-

¿Cómo es eso?

El señor LAVANDERO.-

Por eso, voy a seguir dando cifras, para que la Cámara entienda...

-Un señor DIPUTADO.- ¡Está disparando para todos lados!

El señor LAVANDERO.-

Voy a dar a conocer algunos índices por población.

La provincia de Cautín tiene 434.635 habitantes, de los cuales son activos 119.000; la de Valdivia, 290.450, con 81.393 activos; la de Nuble, 315.000 habitantes, con 89.000 activos; la de Antofagasta, 255.337, con 72.323 activos.

El señor CLAVEL.-

¡No conoce la ley Nº 11.828, Su Señoría!

El señor LAVANDERO.-

Poblaciones "callampas": Antofagasta tiene 981 casas callampas; mientras que Cautín tiene 9.768; Valdivia,, 4.118; y Nuble tiene 3.373 casas "callampas".

Viviendas con alumbrado eléctrico: Antofagasta tiene 26.851 casas con alumbrado eléctrico; mientras que en Cautín, que tiene el doble de población, sólo hay 16.185...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor LAVANDERO.-

... y Valdivia...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¡Honorable señor Clavel, le ruego permitir al Honorable señor Lavandero hacer una esforzada defensa de su zona!

El señor LAVANDERO.-

... tiene 12.537; y Nuble, 10.178 viviendas con luz eléctrica, todos con mayor población que Antofagasta,

Mientras que en Antofagasta hay 4,4 habitantes por vivienda, en Cautín hay 5,6; en Valdivia, 5,5; y en Ñuble, 5,4, es decir, hay menos viviendas y más personas por viviendas en la zona sur.

Mientras la mortalidad infantil entre menores de un año por cada mil alcanza en Antofagasta a 148; en Cautín es de 182; en Valdivia, de 212; y en Nuble, de 202.

Mientras en Antofagasta, con la mitad de la población de Cautín, hay 81 médicos; en ésta 53 médicos solamente; en Valdivia, 51; y en Nuble, 67.

En materia de hospitales, mientras en Antofagasta, por cada mil habitantes, hay 4,5 camas; en Cautín, hay 1,7; en Valdivia, 2,2; en Ñuble, 2,4.

Mientras en Antofagasta, los alfabetos alcanzan al 93%, en Cautín sólo hay un 74%; en Valdivia, un 78% ; en Ñuble, un 71%. A raíz de los menores recursos que se otorgan para la educación en la zona sur.

Podría seguir citando cifras que demuestran el atraso de estas provincias, debido al hecho de que los recursos fiscales no han sido distribuidos como corresponde en todo el país; sino con una visión regionalista, muchas veces con fines políticos, para poder sortear algunas elecciones, incluso con propósitos electorales. Pero yo creo que nosotros -y esto sin desconocer ni desmerecer los méritos de mis colegas Diputados de la zona norte- tenemos que mirar por encima de los regionalismos. Hemos combatido duramente las oligarquías personales en este Gobierno. Hemos combatido igualmente las oligarquías sindicales. Yo estimo que hay que combatir también las oligarquías regionales, para que no existan regiones ricas y otras subdesarrolladas. Con las mismas razones, nosotros tenemos que mirar al país como un solo todo.

Yo no creo que los habitantes de Antofagasta se puedan sentir, porque se entregan mayores recursos para favorecer a las zonas más desposeídas del país, como son las zonas agrícolas que han vendido sus productos a bajo precio que, en definitiva, permiten altos ingresos en otras zonas del país...

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.

El señor CLAVEL.-

¿Cómo va a votar, Honorable señor Lavandera?

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Democrático Nacional, que ha cedido su tiempo al Comité Demócrata Cristiano.

Tiene la palabra el Honorable Diputado señor José Monares, que estaba inscrito; a continuación, el Honorable Diputado señor Pedro Muga; y, finalmente, el Honorable Diputado señor Gajardo.

El señor MONARES.-

Señor Presidente, después de este debate que se ha suscitado aquí, en la Cámara de Diputados...

El señor CLAVEL.-

Elevado y digno.

El señor MONARES.-

... no cabe la menor duda de que van a quedar aclarados algunos puntos de este proyecto.

El primero es el hecho de que, primitivamente, el Ejecutivo había enviado un proyecto que suplementaba el presupuesto de capital en el Ministerio de Obras Públicas, y cuyo artículo 3º disponía que todos los fondos provenientes del sobreprecio del cobre, irían a fondos fiscales...

El señor PHILLIPS.-

Esa es la sana política.

El señor MONARES.-

Frente a este planteamiento, se levantaron algunas voces para expresar que era necesario respetar las disposiciones de la ley Nº 11.828, que no fueron modificadas por la última Ley del Cobre, la Nº 16.425.

Pero, en honor a la verdad, no solamente se preocuparon de este problema los parlamentarios de la zona norte en especial, como lo ha hecho presente esta tarde el Honorable colega señor Clavel. También lo hicieron los parlamentarios de la provincia de O'Higgins, donde tiene su asiento el mineral El Teniente.

No obstante, a decir verdad, no fue tanto el clamor que se levantó en. esta provincia, como según se ha manifestado, las voces de alerta en la zona norte. Solamente una Municipalidad, la de Rancagua, hizo llegar notas a los parlamentarios en que indicaba su preocupación respecto de este cambio en la distribución de los fondos del cobre. El resto de las comunas no dio a conocer sus puntos de vista sobre el problema.

Nosotros tenemos que hacer presente, esta tarde, que también los parlamentarios de estos bancos...

El señor PHILLIPS.-

¡No todos!

El señor MONARES.-

Todos los parlamentarios de estos bancos de las zonas del cobre, Honorable colega...

Varios señores DIPUTADOS.-

¡Ah!

El señor MONARES.-

En diversas reuniones que hemos tenido con el Ministro de Obras Públicas y, especialmente, con el Ministro de Hacienda, les hemos hecho ver la inconveniencia de mantener este criterio, traducido en la indicación que el Ejecutivo había presentado en el artículo 3º del proyecto primitivo...

El señor PHILLIPS.-

¡Querían "quebrarle la mano" al Gobierno!

El señor MONARES.-

Fue necesario que el propio Ministro de Hacienda lo reconociera, a través de una declaración pública...

El señor PHILLIPS.-

¡No lo reconoció!

El señor MONARES.-

... en la que, a que, a pedido, justamente, de los parlamentarios democratacristianos de la zona del cobre, se anunciaba que se modificaba ese artículo 3°, y se permitía el libre juego del artículo 27 de la ley Nº 11.828.

De manera, que de todos los sectores políticos de la zona del cobre se han levantado voces para dejar bien establecido que no era conveniente modificar esta ley.

El Honorable señor Carlos Rosales ha hecho presente que habría tenido conversaciones con el señor Vicepresidente de la Cámara, Diputado por la provincia de O'Higgins, dándole a conocer su preocupación por este problema. Pero también es necesario dejar esclarecido que el señor Vicepresidente y Diputado por la provincia de O'Higgins habría manifestado al Honorable señor Rosales que este problema ya había sido superado; de tal manera que no eran ya necesarias la intervención, la reclamación o las voces de alerta y de protesta de estos parlamentarios, porque nosotros habíamos hecho las gestiones correspondientes ante el Ejecutivo. Quiero terminar declarando, señor Presidente, que, a nuestro juicio, no era conveniente modificar la distribución contenida, concretamente, en los artículos 27 y siguientes de la ley Nº 11.828; porque, como toda la Honorable Cámara y el país lo saben, el 25 de enero de este año se publicó la ley Nº 16.425, que fue ampliamente discutida y debatida en la Cámara y en el Senado.

El señor PHILLIPS.-

¡Esa es la "viga maestra"!

El señor MONARES.-

En esa ley dejamos establecido que era el propósito de los parlamentarios de estos bancos no alterar esta modificación. Y así lo hicimos presente en diferentes ocasiones, en actos públicos efectuados en las provincias productoras de cobre. De manera que, frente a esta situación irregular que se había presentado en el mercado mundial del cobre, en el que se habían elevado sus precios sobre los márgenes primitivos, era necesario, entonces, dejar libremente en juego estas disposiciones de la ley Nº 11.828, y no permitir que este sobreprecio, que estaba más allá del presupuestado, fuera exclusivamente en beneficio fiscal.

Por eso, nosotros le damos nuestra aprobación a este artículo 3º, ya que viene, justamente, a ser el resultado de las gestiones que hemos realizado sobre esta materia.

Nada más, señor Presidente.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

A continuación, puede hacer uso de la palabra el Honorable Diputado señor Gajardo.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, se deduce de las palabras dichas por el Honorable colega señor Jorge Lavandero -él lo expresó claramente- que hemos tenido discrepancias internas en nuestra colectividad política, frente a esta situación. Ellas son, naturalmente, la expresión del legítimo derecho que tiene todo parlamentario a manifestar su opinión. Pero también es necesario recalcar claramente -como él mismo lo reconoció- la posición que imperó, en forma amplia y mayoritaria, dentro de nuestra colectividad política y, por tanto, dentro del Gobierno, es decir, la de los parlamentarios de Gobierno que representamos a las provincias del cobre, solucionando definitivamente el asunto que nos trae a esta discusión.

En cuanto a las palabras dichas por el Honorable señor Clavel, quiero aprovechar algunos minutos de nuestro tiempo para manifestar que le reconozco derecho, por ejemplo, a mi colega de provincia, Diputado señor Ramón Silva Ulloa, para levantar su voz y expresar su preocupación en esta materia de la inversión de los fondos provenientes del cobre, porque durante muchos años lo hemos visto en una posición idéntica a la de nuestra colectividad política, la Democracia Cristiana, siempre en defensa de estos fondos; asimismo, al Diputado señor Hugo Robles, que recientemente levantó su voz en este mismo sentido, porque también ha estado, durante muchos años -más de 10- al lado de nosotros, en la misma posición. Pero no creo que tiene derecho el Honorable señor Clavel para venir a aparentar gran preocupación por el hecho de que el Gobierno, en determinado momento, haya pensado congelar las mayores entradas por el sobreprecio del cobre. Durante el Gobierno del señor Jorge Alessandri, que fue apoyado por el Honorable señor Clavel y por el partido al cual pertenece, el Ministro señor Vergara quiso congelar definitivamente y para siempre estos fondos.

El señor CLAVEL.-

¡Lo acusamos constitucionalmente!

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor CLAVEL.-

Yo voté a favor de la acusación.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Honorable señor Clavel.

El señor CLAVEL.-

¡Diga las cosas como son!

El señor GAJARDO.-

De tal manera que es injusto que venga a decir eso…

-Hablan varios señores Diputados a la, vez.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¡Honorable señor Clavel, ruego a Su Señoría usar términos parlamentarios para dirigirse a su colega!

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, el Honorable señor Clavel ha hecho una crítica injusta al diario "El Mercurio" de Antofagasta, con cuya línea nunca hemos concordado y que en varias oportunidades hemos atacado.

El señor CLAVEL.-

Aquí está su retrato, en primera página.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor GAJARDO.-

El Honorable colega manifestó que ese diario hizo propaganda en nuestro favor porque nos publicó una declaración. Desde que salí elegido Diputado por dicha provincia, ésta es la primera vez que ese diario me dio la oportunidad de defender al Gobierno, y publicó en primera página mis declaraciones.

Sin embargo, este periódico destaca permanentemente las intervenciones del Honorable señor Clavel. Por ello, resulta extraño que, cuando por una sola vez ha aceptado publicar nuestra defensa, se diga que nos hace propaganda...

El señor CLAVEL.-

Yo digo la verdad.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, no quiero calificar el permanente acceso que tiene mi Honorable colega a este diario, pero sí estimo infundada la imputación que le formula a su Director, de que está haciendo propaganda por el hecho de que nos haya dado la oportunidad de defendernos. A Su Señoría le ha dado generosamente toda clase de facilidades para que pueda manifestar su opinión...

El señor MUGA.-

Pido la palabra.

El señor CLAVEL.-

Pido la palabra.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Muga.

El señor MUGA.-

Señor Presidente, este debate sobre el proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas ha dejado en claro dos aspectos.

Por un lado, me alegro mucho de que los parlamentarios del norte defiendan en forma vehemente a las provincias beneficiadas por la Ley del Cobre. Sin embargo, quiero decir a mí distinguido amigo el Honorable señor Clavel, que la iniciativa para obtener que el Gobierno modificara su criterio respecto al artículo 3º del proyecto fue del Honorable Diputado señor Santiago Gajardo.

Mientras los Honorables Diputados señores Clavel y Silva Ulloa y el Senador señor Jonás Gómez recurrían a la Municipalidad y organismos representativos de la provincia, era lógico que los Diputados de Gobierno acudiéramos en forma directa a quien tenía que modificar el criterio sustentado en dicho artículo. Así lo hicimos y obtuvimos que el Ejecutivo respetara las leyes vigentes respecto a la distribución de las entradas del cobre.

Es así como hoy día estamos debatiendo un proyecto ya modificado por el Ejecutivo mediante una indicación al artículo 3º, que resguarda las mayores entradas del cobre provenientes de la ley 11.828.

Alguien decía, en esta Cámara, que tenía el temor de que el Gobierno, por medio del veto, modificara nuevamente lo expresado en el artículo 3º.

En segundo lugar, se ha pretendido crear inquietud entre los Diputados del sur, acusando a los parlamentarios del norte de querer que todos los ingresos del cobre queden en las provincias cupríferas. Es absolutamente injusta esta aseveración. Las provincias productoras de cobre se llevan sólo un porcentaje de las entradas permanentes del cobre; lo demás se invierte a través de todo el país. Lo que estamos defendiendo es que se mantenga lo que leyes anteriores han reservado a las provincias productoras de cobre y que les pertenece. No estamos pidiendo nada más que lo que nos corresponde.

Nada más.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.

A continuación, y dentro del tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa.

El señor PHILLIPS.-

Pido la palabra.

El señor SILVA ULLOA.-

Señor Presidente, para abordar todos los temas relacionados con el proyecto en debate se requiere más tiempo. Por eso, haré un tremendo esfuerzo para plantear directamente los problemas más importantes que se han expuesto en la Cámara.

Quiero señalar, en primer término, que el Honorable señor Lavandero está totalmente equivocado respecto a la forma como se distribuyen los fondos provenientes del cobre. Para probarlo, me remitiré al texto de la ley Nº 11.828.

Su artículo 26 dispone que del año 1960 adelante, el-30% del ingreso que produzcan los artículos 1º y 2º, se destinará a los siguientes fines: para la construcción y pavimentación del camino de Santiago a Arica, el 30%; para la construcción y pavimentación del camino longitudinal sur, el 30%; para obras de regadío de Aconcagua al norte, el 30%; y para obras de regadío de Aconcagua al sur, el 10%. O sea, la ley 11.828 destina el porcentaje más importante para la ejecución de obras en todo el territorio nacional.

Pero hay más, señor Presidente. Mediante la ley 16.255, del 10 de junio del presente año, se agregaron al artículo 26 de la ley Nº 11.828 los siguientes incisos: "Terminadas las obras del camino de Santiago a Arica y del camino Longitudinal Sur, los fondos correspondientes se distribuirán en la siguiente forma:

a) 35% para construir y pavimentar los caminos transversales de Santiago a Arica;

b) 45% para la construcción y pavimentación de los caminos transversales de Santiago a Puerto Montt;

c) 20% para la construcción y pavimentación de los caminos transversales de las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes;

d) El 50% de la letra c) se invertirá en Chiloé continental y Aisén, debiendo iniciarse de inmediato el estudio del camino de Puerto Montt a Puerto Aisén".

En consecuencia, la distribución que hace el artículo 26 de la ley 11.828, modificado por la ley Nº 16.255, del 30% de los ingresos, cubre todo el territorio nacional. No se trata sólo de las provincias productoras de cobre.

En seguida, el artículo 27 destina un 10% del ingreso que produzcan los artículos Iº y 2º de la ley Nº 11.828, para distribuirlo en la siguiente forma: un 75% se deposita, en moneda nacional, en una Cuenta Especial en el Banco Central de Chile. De esta suma se destina un 5% a la Universidad Técnica del Estado, cuya labor también beneficia a todo el país. El saldo será girado por la Corporación de Fomento de la Producción para destinarlo, en sus tres cuartes partes, a la ejecución de un plan de fomento y de progreso de las provincias de Tarapacá, Antofagasta, Atacama y O'Higgins y, en la cuarta parte restante, para distribuirlo entre las Municipalidades de las provincias mencionadas.

El artículo 28 destina un cuarto por ciento del total de los ingresos para un plan de obras públicas en la comuna de Calama y para el desarrollo agrícola del departamento de El Loa y la prospección agrícola de la Pampa del Tamarugal.

Y, finalmente, el 25% restante de ese 10% del ingreso del cobre se destina, en la moneda en que se percibe, a la Empresa Nacional de Minería, para financiar el desarrollo de la pequeña y mediana minerías; o sea, favorece también a una institución de carácter nacional, que no opera sólo en las provincias productoras del cobre.

Por último, el artículo 33 de la Ley del Cobre destina el 9% del ingreso al Ministerio de Obras Públicas. De esta suma, la mitad se invierte en las provincias productoras de cobre; y el otro 4,5%, en el resto del país.

El mayor ingreso ha sido y es siempre de beneficio fiscal. Naturalmente, el Gobierno puede invertirlo, de acuerdo con el presupuesto aprobado, en las obras del presupuesto de capital, en otras zonas del país. De tal manera que los datos proporcionados por el Honorable señor Lavandero, para demostrar la bondad de su criterio, son erróneos. Quiero señalar, además, que hasta el año 1930 no hubo prácticamente preocupación respecto de la producción de la llamada gran minería del cobre, ni de su tributación, porque el país, hasta antes de la crisis, estuvo viviendo fundamentalmente de lo que producía el salitre. El cobre estaba sometido a la legislación común y corriente que regía en materia de tributación.

Conocemos la triste historia del salitre. La crisis del año 1930 provocó la migración, a la zona sur y a Santiago, de miles de trabajadores de la pampa salitrera, los cuales se hospedaban en albergues. Y el norte, con esa dura experiencia, decidió luchar para que esta situación no se repitiera. Y en eso todos, sin distinción de colores políticos, estamos de acuerdo.

El Gobierno y la Oposición estamos luchando por lograr el desarrollo económico del norte. Queremos que pierda el carácter de monoproductor, que diversifique su producción y pueda afrontar las vicisitudes futuras sin ningún temor. Y creemos que para quienes han entregado tanto, lo contemplado en la legislación actual es suficiente. No aspiramos a nada más.

Quiero seguir analizando algunas contradicciones que se observan. La Ley de Presupuestos de la Nación establece la sana doctrina de que el mayor rendimiento que se produzca va a beneficiar al Fisco y al resto del país en la forma que lo he señalado y en la proporción que corresponde. Eso es lo que deseamos y por eso hemos luchado, aunque por distintos caminos; lo reconozco. Los parlamentarios de Oposición, sin excluir las conversaciones con el Presidente de la República y los Ministros de Estado, invitamos a todos los Diputados y Senadores representantes de las provincias productoras de cobre, a un almuerzo en el Senado con el objeto de intercambiar ideas para presentar un frente común. A esta reunión asistió un solo parlamentario de Gobierno, el Senador por Coquimbo y Atacama, don Ignacio Palma. Allí, todos acordamos solicitar una entrevista con los señores Ministros de Hacienda, de Obras Públicas y de Defensa Nacional. Desgraciadamente, nosotros fuimos excluidos de la entrevista que se nos había concedido para el martes de la semana pasada y que, posteriormente, se canceló. En definitiva, la entrevista se realizó sólo con parlamentarios de Gobierno. ¿Nos importa a nosotros el procedimiento? No. Lo que nos interesa son los resultados. Pero hay que explicar los hechos, tal como realmente han ocurrido.

Fuera de ésta, hay otras contradicciones extraordinariamente graves. Recuerdan los Honorables colegas, especialmente los que han sido miembros de esta Cámara en períodos anteriores, que el 6 de enero de 1960 se presentó en esta Corporación una acusación constitucional contra los Ministros señores Roberto Vergara Herrera y Pablo Pérez Zañartu, el primero titular de las carteras de Hacienda, de Economía, Fomento y Reconstrucción, y de Minería; y el segundo, de la de Obras Públicas. Esta acusación constitucional se fundaba en la inversión que se había hecho de los fondos del cobre. Ella fue suscrita, entre otros, por los Diputados de ese período, señores Juan de Dios Carmona, Alfonso David, José Isla, Juan Laeassie, Alfredo Lorca, Pedro Muga, José Oyarce, Enrique Rodríguez Ballesteros, Herminio Tamayo y el que habla. Yo no quiero repetir los conceptos, los que se pueden consultar en las versiones de las sesiones en que se trató esa acusación constitucional, sino que quiero limitarme exclusivamente a decir que en esa oportunidad, en la sesión Nº 30, del 12 de enero de 1960, intervino nuestro Honorable colega señor Lavandero, quien, de acuerdo con el texto que tengo en mi poder, sostuvo una tesis totalmente contraria a la que ha expresado esta tarde.

El señor LAVANDERO.-

¡Léalo!

El señor PHILLIPS.-

Está mejorando entonces.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor SILVA ULLOA.-

Aquí está el discurso, señor Presidente. No tengo tiempo para leerlo. Si se me prorrogara la hora, no tendría ningún inconveniente en dar satisfacción a los Honorables colegas.

La verdad es que se trataba...

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿Su Señoría solicita prórroga de su tiempo?

El señor SILVA ULLOA.-

Si hubiera acuerdo en la Sala para concederme más tiempo, leería con el mayor gusto el discurso del Honorable señor Lavandero.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Solicito el asentimiento unánime de la Sala para prorrogar el tiempo del Honorable señor Silva Ulloa, con el fin de que pueda dar lectura al discurso a que ha hecho mención.

-Varios señores DIPUTADOS.- No.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

No hay acuerdo.

El señor LAVANDERO.-

¡Qué lástima! Se habría apreciado la diferencia.

El señor SILVA ULLOA.-

En todo caso, reconozco que, en esa ocasión, se trataba de una acusación política; pero, en el efecto económico, tenía las mismas consecuencias del primitivo proyecto de suplemento del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas enviado por el supremo Gobierno. Por lo tanto, estimo que el criterio del Honorable colega señor Lavandero ha variado de manera perjudicial para la zona norte.

El señor PHILLIPS.-

Al contrario; ha mejorado. La prueba está en que ahora es Presidente de la Comisión de Hacienda.

El señor SILVA ULLOA.-

Lo quiero rebatir también algunos antecedentes proporcionados por el Honorable Diputado señor Lavandero sobre la situación del norte y de otras zonas del país. Por ejemplo, en las provincias de Antofagasta, Tarapacá y Atacama -no tengo el dato de la provincia de O'Higgins, por eso no lo doy- los depósitos en los Bancos comerciales y en el Banco del Estado de Chile exceden con mucho, más que cuadruplican, las colocaciones; de modo que en este aspecto económico importante, él norte, como siempre, está ayudando a la zona sur del país.

Respecto del problema habitacional, tenemos la misma situación. Comparada con Santiago, existe mayor deficiencia de habitaciones y, naturalmente, a pesar de la escasa población de la zona norte del país, mayor necesidad de un más elevado número de construcciones, de viviendas. Por último, hay otro antecedente también digno de considerarse, que el Honorable señor Lavandero debe conocer y que, naturalmente, no lo pudo exhibir esta tarde, porque habría sido lapidario para su pensamiento respecto de la zona norte y del resto del país.

La producción "per cápita" en la provincia de Antofagasta, comparada con la de Cautín, es superior en 15 veces. De manera que quienes más producen tienen perfecto derecho a hacer mayores exigencias; y la realidad, desgraciadamente, no es así.

Señor Presidente, tengo el orgullo de decir que fui uno de los parlamentarios que, en la época de tramitación de la ley Nº 11.828, contribuyo a redactar los artículos que destinan recursos para las provincias productoras de cobre. Busque el apoyo de todos los Diputados de las zonas productoras de cobre; por eso esas disposiciones llevan la firma de conservadores unidos, liberales, radicales, democratacristianos, comunistas, democráticos nacionales y socialistas. Nosotros creemos que en esto no podemos proceder con un criterio sectario. El norte, las provincias productoras de cobre, forman parte de la integridad territorial. No queremos dividir al país; la lucha entre el norte y el sur está buena para otros países. Queremos el progreso del país y que se respeten los legítimos derechos de las provincias que aquí representamos.

Nada más.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Ha terminado el tiempo del Comité Socialista.

En el tiempo del Comité Radical, al cual le quedan siete minutos, están inscritos los Honorables señores Samuel Fuentes, Clavel y Poblete.

Tiene la palabra el Honorable señor Fuentes.

El señor FUENTES (don Samuel).-

Señor Presidente, intervendré en forma muy breve, porque los datos estadísticos proporcionados por mi amigo señor Suva Ulloa y por el Honorable señor Lavandero dejan de manifiesto que las provincias del sur tienen perfecto derecho a recibir participación de las utilidades que produce un elemento tan importante para la economía nacional como el cobre. No es ningún regalo; no es ningún obsequio el que están recibiendo. Desde que la zona norte empezó a explotar su salitre, las provincias del sur la abastecieron con alimentos, con calzado, con maderas, con toda su producción, lo cual han seguido haciendo hasta este momento, pues gran cantidad de la producción agraria de las provincias del sur es enviada a la región nortina.

Por eso, al dictarse la ley 11.828, el Parlamento de esa época tuvo, naturalmente, que dejar reservado para inversiones en la zona sur un porcentaje importante del impuesto al cobre. De manera que, esta tarde, yo rechazo toda afirmación que pretenda estimar que el establecimiento de esta disposición es un obsequio a la zona sur del país. Con su producción y con su esfuerzo, las provincias del sur, que no han necesitado de leyes especiales y que, por el contrario, se han sentido muchas veces lesionadas por algunas normas legales, han entregado a la región norte lo necesario para su alimentación.

Nosotros, que vimos durante el Gobierno pasado la realización de obras de alta envergadura, como la construcción del camino longitudinal pavimentado, cuando dimos aprobación a la ley Nº 16.255, que modificó las disposiciones de la ley 11.828, pensamos que el actual Gobierno daría los recursos necesarios, a través del rendimiento de estos impuestos, para afrontar la construcción de caminos transversales. Y esto es lo que nosotros no hemos visto: la construcción de nuevas poblaciones o de establecimientos escolares en la zona sur. Estamos viendo paralizadas las obras, a pesar de que las disposiciones que hacen la distribución de estos fondos manifiestan que debe entregarse a la zona sur, a la zona no productora de cobre, un porcentaje de los recursos provenientes de la tributación del cobre, el que, en justicia, nos corresponde.

Y respecto del salitre, la región sureña fue consumidora de salitre. ¿Por qué podría no tener derecho a percibir del intercambio de este producto o del de la industria minera la participación correspondiente? ¿O acaso no son integrantes del territorio chileno -que todos tratamos de defender- las provincias que nosotros representamos en esta Corporación?

Yo considero que es fundamental mantener esa participación; y en esto concuerdo con mi Honorable colega señor Lavandero, quien se ha expresado como un auténtico provinciano, en señal de queja.

Bueno sería que los Honorables parlamentarios de la Democracia Cristiana que no representan a las zonas productoras de cobre adoptaran su temperamento para que, con responsabilidad, defendieran el progreso de las regiones que no pertenecen a esas afortunadas zonas donde se produce el cobre chileno.

Con profunda amargura pude comprobar cómo no podíamos discutir el veto de Su Excelencia el Presidente de la República a la distribución de los fondos de obras públicas para el presente año. Vi con profunda amargura cómo los Honorables parlamentarios de la Democracia Cristiana de mi provincia y del resto del país entregaban al libre criterio del Presidente de la República la destinación de todos los fondos consultados -con nombres y apellidos- para las distintas provincias del sur.

Ahora nos estamos quejando del abandono en que se encuentran nuestras zonas. Bien pudimos en esa oportunidad haber defendido el plan de obras.

Yo conocí ese plan a través de las informaciones que dio el Intendente de Cautín a "El Diario Austral ', de Temuco, con una serie de fotografías. El señalo, departamento por departamento, los trabajos que el Gobierno había decidido realizar a través de las Direcciones de Obras Públicas y de Arquitectura; Y enumeró todas las obras, las que, hasta ahora, no se han comenzado. Y, lo que es más grave, en la provincia de Cautín se encuentran paralizadas hasta las obras que se ejecutan con fondos provenientes de leyes especiales, como es la del puente carretero sobre el río Cautín, en la ciudad de Temuco, que debe ser financiado con los recursos recaudados por cobro de peaje en el camino longitudinal y como es la del camino de Loncoche a Pucón -que este Gobierno ha paralizado- y cuya construcción figura consultada en la ley Nº 12.954.

Por estos motivos, me alegraría de que el Honorable señor Lavandero, hombre estudioso, Presidente de la Comisión de Hacienda, la más importante de la Cámara, pudiera traernos un alivio electivo sobre este asunto después de conversar con el Jefe del Estado.

Una tarde, cambiando ideas con el Presidente de la República, en compañía del ¡Senador Duran, pretendí que, con cargo al mayor ingreso por el alza del precio del cobre, se entregaran los 30.000000 de escudos que se necesitaban, para Financiar un aumento de los beneficios consultados para los jubilados en la Ley de Revalorización de Pensiones y el Jefe del Estado me contestó que todos los fondos contemplados en el sobreprecio de 29, 36 y 42 centavos de dólar por libra de cobre estaban destinados a un plan de desarrollo habitacional, urbanístico, de obras publicas y de edificaciones escolares que él, a través de los Ministerios y organismos correspondientes, iba a impulsar, Esto no se ha hecho, lamentablemente.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿Me permite, Honorable Diputado? ha terminado el tiempo del Comité Radical.

Tiene la palabra el Honorable señor Phillips, en el tiempo del Partido Nacional.

El señor PHILLIPS.-

Señor Presidente, el presente proyecto de ley aumenta ciertos ítem del presupuesto del Ministerio de Obras Publicas en la cantidad de 58.000.000 de escudos para hacer posible el pago de obras que están en ejecución, faltan todavía 22.000.000 de escudos mas, para financiar los compromisos hasta Fin de año, los que deberán darse en otra oportunidad. Esta afirmación surge del informe que hizo en la Cámara Chilena de la Construcción el señor Porreta, y que el Gobierno, hasta el momento, no ha desmentido, lo que viene a demostrar su veracidad.

Frente al problema que nos preocupa mayormente esta tarde, conviene destacar los planteamientos económico-doctrinarios que se suscitan al analizar el artículo 3º. Distintos señores Diputados, en un duelo oratorio no guiado por consideraciones de política general, sino que de orden regional, han defendido la tesis favorable a las regiones que representan en esta Cámara.

Nosotros creemos que se produce esta diferencia en la apreciación del artículo 3º por una batalla que ha ganado el pueblo de Chile, en orden a fijar como precio del cobre chileno el que rija en el Mercado de Metales de Londres.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor PHILLIPS.-

Esto significa, que aquellos partidos y personas que ayudaron a formar conciencia en la psiquis ciudadana sobre la necesidad de establecer como precio de nuestro cobre el que se transara en el Mercado de Metales de Londres han obtenido plena satisfacción a sus sugerencias.

Del triunfo de esta tesis no pueden vanagloriarse sectores determinados, porque ella representa la aplicación de una idea que venía adentrándose desde hace mucho tiempo en la mente de nuestros conciudadanos.

Considero que las mayores entradas que se producen con motivo de esta diferencia de cambio, deben ser aprovechadas en beneficio del país entero. Creemos, eso sí, que hemos sufrido un retroceso a consecuencia del planteamiento hecho con motivo de la discusión del artículo 10, Nº 10, de la Constitución Política del Estado por el señor Ministro de Justicia, en virtud del cual se quiere otorgar una garantía constitucional a la propiedad minera que nunca existió antes en nuestra Carta Fundamental, con el pretexto de poder después proceder a su expropiación. Creo es una cosa baladí.

Pensamos que ésta es la primera parte de una batalla que el país debe librar. Consideramos que los recursos que proporciona la ley 11.828, denominada Ley del Cobre, deben emplearse en beneficio de todo el país y no sólo en determinadas provincias. En este caso específico, nadie se puede atribuir nada, porque en ninguna ley ni en el Presupuesto Nacional estaban consultadas estas mayores entradas. Ellas han sido fruto de la nueva legislación, del nuevo planteamiento económico del Gobierno. En consecuencia, creemos que, sin mezquindades, el país está esperando el despegue económico de todos los sectores. Igualmente consideramos que ha llegado el momento de tomar las medidas necesarias para que estos fondos se utilicen sin hacer distingos entre provincias cupreras y no cupreras; que estos Eº 400.000.000 que se van a producir, sirvan para aumentar la producción, porque dentro de todas las teorías económicas, sean marxistas o no, el primer enunciado que se hace es que la única manera de alzar el "standard" de vida de un país es aumentar su producción para tener mayores recursos que redistribuir.

En consecuencia, los Diputados nacionales consideramos que ha llegado el momento de que la Corporación de Fomento, con esas organizaciones de técnicos que tan caro le cuestan al país, elaboran un proyecto de industrialización con las mayores entradas de los fondos del cobre.

Podríamos dar un nuevo destino al Impuesto de la Renta Mínima Presunta, del cual queda un año y medio por pagar. En efecto, los recursos que proporciona este impuesto podrían ser destinados a este plan de industrialización. Aclarando este concepto, este impuesto se podría dar por pagado, mediante la adquisición de acciones de las industrias que van a crearse, no pudiendo ser enajenadas dentro de cierto plazo. En esta forma, podríamos juntar para este objeto Eº 600.000.000 al año. Se establecerían industrias ligeras y pesadas. Respecto de las primeras, cuyo plan será elaborado por la CORFO, podrían pedirse inmediatamente las maquinarias al extranjero y empezar su construcción y producción a la brevedad posible. En cuanto a las industrias pesadas, se podrían iniciar los estudios correspondientes para poner las órdenes de fabricación en el extranjero y, así, aprovechar los créditos que tiene el país.

Nosotros creemos que, si esto se lleva adelante en este Gobierno, que se dice revolucionario...

El señor ESCORZA.-

¡Lo es!

El señor PHILLIPS.-

No lo es, Honorable colega, porque el planteamiento primitivo del Gobierno, de sana doctrina económica, de entregar las mayores entradas del cobre al Ejecutiva...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor PHILLIPS.-

En realidad, le ha sido torcida la mano, para entregar los fondos, de acuerdo con los reaccionarios, con los retrógrados y mezquinos que usaban las leyes anteriores para disfrutarlos políticamente. En consecuencia, se le ha torcido la mano, pues primero se dijo otra cosa.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor MUGA.-

¡De acuerdo con las leyes!

El señor PHILLIPS.-

Señor Presidente, si esto se ¡levara a efecto, no sólo habría cien mil nuevas ocupaciones, sino que 150 mil hombres o más tendrían trabajo a lo largo de todo Chile, porque los créditos extranjeros serían usados convenientemente. No se necesitaría de la propaganda. No habría necesidad tampoco de rechazar un proyecto de la Honorable Diputada señora Dip, por política o intereses mezquinos de zona. No se necesitaría recurrir a ninguna argucia. Bastaría que el Gobierno, que los señores democratacristianos dijeran al país: aquí tenemos 200 industrias, 150 mil empleos permanentes con buenos salarios; y, entonces, se cumpliría el anhelo de los ciudadanos de Chile.

El señor Frei vuela internacionalmente, se agranda, mientras el partido de Gobierno se minimiza, preocupado del color del techo de los taxis, en circunstancias que tenemos, mediante esta ley, la posibilidad de dar satisfacción a los anhelos del programa de Gobierno y a todo lo que él ofreció.

En vez de un reparto discriminado, debe elaborarse un plan de industrialización que el país entero reclama. Creo, señor Presidente, que esta integración americana no se realizará en forma conveniente para los intereses nacionales, si no preparamos una industria que sea capaz de exportar y competir en el mercado latinoamericano.

Procediendo en esta forma, habremos hecho grande a Chile y el Congreso contribuira eficientemente en el despacho de una ley que, sin mezquindades y sin dividir al país en "cupreros" y "no cupreros", cree las industrias 'que todas las zonas necesitan y cuyas materias primas existen en Chile.

En otra forma, no podremos exportar al mercado de la ALALC el día de mañana, dentro de esta integración que el Parlamento anterior estableciera con la creación del Parlamento Latinoamericano, órgano político de dicha organización.

En América Latina sucedió lo mismo que en Europa en que se creo primero el Comité Organizador del Mercado Europeo y en seguida se produjo la integración total.

El Presidente de Chile está empeñado en esta tarea.

Yo les digo esta tarde a mis Honorables colegas --no importa que la provincia que represento sea o no cuprera- que hay un plan de industrialización de la CORFO; juntemos, entonces, los recursos, aprovechemos el crédito externo para crear las industrias que Chile necesita y tendremos las ocupaciones y satisfacciones que nuestro pueblo reclama.

-Varios señores DIPUTADOS.- Votemos.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Restan cinco minutos y medio al Comité Independiente.

-Varios señores DIPUTADOS.- ¡Votemos!

El señor DE LA FUENTE.-

Concedo una interrupción al Honorable señor Clavel, señor Presidente.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Puede usar de una interrupción el Honorable señor Clavel.

El señor CLAVEL.-

Señor Presidente, me alegro de que se haya aclarado y no haya quedado flotando en el ambiente de la Cámara que los parlamentarios del norte querían conseguir todos los beneficios y sacrificios de la Nación, en favor de sus provincias...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor CLAVEL.-

El Honorable señor Silva Ulloa lo ha manifestado en forma muy clara al explicar los artículos 26, 27 y 28 de la ley Nº 11.828. Los parlamentarios de esa época no fueron partidarios de dividir el país, sino que, muy por el contrario...

El señor PARETO.-

De subdividirlo.

El señor CLAVEL.-

Los artículos mencionados favorecen en gran parte a las provincias del sur, y no podría ser de otra manera, porque los hombres del norte jamás han tenido en su mente...

El señor PARETO.-

A los hombres del sur.

El señor CLAVEL.-

...que se vaya en contra del resto del país; ni mucho menos albergan en sus almas pasiones ni desean la separación que aquí ha pretendido hacer el Honorable señor Lavandero.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor CLAVEL.-

También se ha hablado mucho de las grandes entradas que obtienen las provincias del norte provenientes de la ley Nº 11.828, pero se ha olvidado manifestar que en los presupuestos ordinarios de la Nación...

El señor ARAVENA (don Jorge).-

¿Qué dijo el Honorable señor Fuentes respecto de eso?

El señor CLAVEL.-

...las inversiones que se hacen en las provincias productoras del cobre son casi nulas y todo el peso de las obras públicas se deja supeditado a las entradas del cobre...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor CLAVEL.-

Es por ello, señor Presidente, que no es justo decir que en las provincias del norte se está nadando en riquezas, cuando los fondos provenientes de la Ley del Cobre han venido a reemplazar los recursos que el Ejecutivo tiene obligación de proporcionar a dichas provincias, ya que también forman parte de Chile...

Señor Presidente, el Honorable colega señor Gajardo, por el cual...

El señor LAVANDERO.-

No está en la Sala, Honorable Diputado.

El señor CLAVEL.-

... tengo una gran simpatía...

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿Me permite, Honorable Diputado? El señor De la Fuente desea recuperar su derecho para formular una petición.

El señor DE LA FUENTE.-

¿Cuánto me resta? El Honorable señor Gajardo me ha pedido una interrupción.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Dos minutos.

Puede hacer uso de la palabra el Honorable señor Gajardo.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, en primer lugar quiero agradecer al Honorable colega señor De la Fuente que me haya concedido esta interrupción. En seguida, deseo manifestar que no es mi ánimo interrumpir la intervención del Honorable señor Clavel.

Sólo quiero solicitar, porque creo que es interesante para que se aclare el debate, que se inserten en la versión oficial, dos cuadros. Uno, en que se establece la distribución de fondos de todos los recursos del cobre del país y los términos medios de los nuevos precios en relación con los que actualmente están presupuestados; y otro, que señala la distribución general de esos fondos.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Solicito el asentimiento unánime de la Corporación, a fin de que se inserten en la versión oficial y en el Boletín de Sesiones los cuadros a que ha hecho mención el Honorable señor Gajardo.

¿Habría acuerdo? Acordado.

-Los cuadros estadísticos, cuya inserción se acordó, son los siguientes:

El señor LAVANDERO.-

Hay unos cuadros estadísticos que yo podría entregar.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Resta un minuto al Comité Independiente.

El señor LAVANDERO.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Puede continuar el Honorable señor Clavel.

El señor CLAVEL.-

Lo único que he tratado de demostrar, señor Presidente, en relación a lo manifestado por el Honorable señor Gajardo, es que jamás los parlamentarios de la zona norte habíamos actuado en defensa de ella en forma dividida. No hubo radicales, socialistas, comunistas, democratacristianos ni liberales: hubo parlamentarios del norte. Por eso, logramos que se dictaran en beneficio de dicha zona las leyes que tenemos; y es por esta razón también que hoy día protestamos de la actuación del Honorable señor Gajardo. Ya que su partido ha desconocido la existencia de otros parlamentarios por la zona norte que tienen tanto derecho como ellos para defender a las provincias que representan. . .

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

¿Me permite, señor Diputado?

Ha terminado el tiempo del Comité Independiente.

Cerrado el debate.

- O -

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

El señor Secretario va a dar lectura a algunas indicaciones.

El señor SILVA ULLOA.-

Que se den por leídas, señor Presidente.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

Si le parece a la Honorable Cámara, se omitiría la lectura de las indicaciones.

El señor MONARES.-

No, señor Presidente.

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

No hay acuerdo.

Se dará lectura a las indicaciones.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

Indicación de los señores Ballesteros, Gajardo, Valenzuela, don Héctor, y señorita Saavedra para consultar un artículo nuevo que diga:

"Artículo...- La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, respectivamente. Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y por la Lotería de Concepción al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo".

Indicación de los señores Silva Ulloa, Clavel, Aguilera, don Luis; Osorio y Olave para agregar el siguiente artículo nuevo:

"Artículo...- Las personas naturales o jurídicas afectas al impuesto de Primera Categoría de la Ley de Renta y que tengan veinticinco o más trabajadores a su servicio y éstos no estén organizados en sindicato, pagarán los impuestos establecidos en la ley Nº 15.564 con un recargo de 50%.

En igual forma, los trabajadores de las personas a que se refiere el inciso anterior pagarán el impuesto de Segunda Categoría de la ley Nº 15.564, también, con un recargo de 50%, siempre que sea culpa de éstos la no organización de sindicatos".

El señor ISLA ( Vicepresidente).-

En votación general el proyecto.

Si le parece a la Cámara y no so pide votación, se aprobará en general.

Aprobado.

En conformidad a un acuerdo de la Corporación, el proyecto pasará a la Comisión de Hacienda, en segundo trámite reglamentario, con las indicaciones presentadas.

Se tratará en particular en el primer lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria del día de mañana.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

1.7. Informe Comisión Legislativa

Cámara de Diputados. Fecha 17 de agosto, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 35. Legislatura Ordinaria año 1966.

28.-INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA

"Honorable Cámara:

La Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de ley, en segundo trámite reglamentario, con urgencia calificada de "suma", que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

En conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento de la Corporación, en relación con el artículo 125 del mismo, vuestra Comisión hace expresa mención de los siguientes hechos:

lº-De los artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.

Los artículos lº, 2º y 3º no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones durante la discusión del proyecto. Corresponde, en consecuencia, declararlos aprobados, sin votación, al entrar a la discusión particular de la iniciativa legal en informe.

2º-De los artículos modificados.

Durante la discusión del proyecto en el seno de la Comisión, ninguno de los artículos fue objeto de modificaciones.

3°-De los artículos nuevos introducidos.

En este trámite se consultan como artículos nuevos, el 4 y 5 de este informe.

El primero de ellos grava con un 5% los premios superiores a mil escudos obtenidos en los sorteos de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción, obligando a dichas instituciones a deducir éste en el momento de pagar los premios. El producto de este tributo será entregado por partes iguales y en forma mensual a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile.

Las instituciones beneficiadas con este gravamen deberán rendir anualmente una cuenta detallada de la inversión de él a la Contraloría General de la República.

Finalmente, la Comisión aprobó una in-

dicación que se consulta como artículo 5º, que establece que los mayores ingresos fiscales provenientes de los aumentos del precio del cobre, que sean de libre disponibilidad fiscal y que no se hayan contemplado en la ley de Presupuestos, deberán ser destinados, preferentemente, a la realización de un plan de industrialización del país el que deberá ser confeccionado por la Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días contado desde la fecha de publicación de la presente ley.

4º-De las indicaciones rechazadas por la Comisión.

La Comisión rechazó la siguiente indicación:

De los señores Silva don Ramón, Aguilera, don Luis, Osorio, Olave y Clavel, para consultar el siguiente artículo nuevo:

"Artículo . . .- Las personas naturales o jurídicas afectas al impuesto de Primera Categoría de la Ley de Renta y que tengan veinticinco o más trabajadores a su servicio y éstos no estén organizados en sindicato, pagarán los impuestos establecidos en la ley Nº 15.564 con un recargo de 50%.

En igual forma, los trabajadores de las personas a que se refiere el inciso anterior pagarán el impuesto de Segunda Categoría de la ley Nº 15.564, también, con un recargo de 50%, siempre que sea culpa de éstos la no organización de sindicatos".

La Comisión de Hacienda por las consi

deraciones antes mencionadas os propone

la aprobación de la iniciativa legal en in

forme, concebida en los siguientes térmi

nos

Proyecto de ley:

Artículo 1°-Supleméntase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en la cantidades que se expresan:

Item Monto

12|02 101.1 Eº 2.600.000

12|02¡101.2 4.400.000

12¡02|101.4 8.000.000

12|02|101.7 4.500.000

12|02|101.8 200.000

12|02|101.15 3.000.000

12|02|101.18 5.500.000

12|02|101.22 4.000.000

12|02|101.23 12.000.000

12 02 101.28 1.000.000

12|02|101.30 1.500.000

12|02|101.33 10.000.000

12 02103 1.300.000

Total .... . Eº 58.000.000

Artículo 2º-Agrégase al final de la glosa del ítem 12 02|101.19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República".

Artículo 3º-El mayor gasto que representa la presente ley. se financiará con:

El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la cuenta C-l del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4º-La Polla Chilena Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, respectivamente.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y por la Lotería de Concepción al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contrataría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5°-Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre y de libre disponibilidad fiscal, no contemplados en las leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, salvo lo necesario para cubrir el artículo 1? de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial."

Sala de la Comisión, 17 de agosto de 1966.

Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores: Lavandero (Presidente), Acuña, Cerda, don Eduardo, Gajardo, Guastavino, Irureta, Jaque, Muga, Penna, Phillips Montes y Silva, don Ramón.

Se designó Diputado informante al H. señor Gajardo.

(Fdo.): Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión."

1.8. Segundo Informe de Comisión Legislativa

Cámara de Diputados. Fecha 17 de agosto, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 35. Legislatura Ordinaria año 1966.

28.-INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA

"Honorable Cámara:

La Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de ley, en segundo trámite reglamentario, con urgencia calificada de "suma", que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

En conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento de la Corporación, en relación con el artículo 125 del mismo, vuestra Comisión hace expresa mención de los siguientes hechos:

1º.- De los artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.

Los artículos 1º, 2º y 3º no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones durante la discusión del proyecto. Corresponde, en consecuencia, declararlos aprobados, sin votación, al entrar a la discusión particular de la iniciativa legal en informe.

2º.- De los artículos modificados.

Durante la discusión del proyecto en el seno de la Comisión, ninguno de los artículos fue objeto de modificaciones.

De los artículos nuevos introducidos.

En este trámite se consultan como artículos nuevos, el 4 y 5 de este informe.

El primero de ellos grava con un 5% los premios superiores a mil escudos obtenidos en los sorteos de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción, obligando a dichas instituciones a deducir éste en el momento de pagar los premios. El producto de este tributo será entregado por partes iguales y en forma mensual a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile.

Las instituciones beneficiadas con este gravamen deberán rendir anualmente una cuenta detallada de la inversión de él a la Contraloría General de la República.

Finalmente, la Comisión aprobó una indicación que se consulta como artículo 5º, que establece que los mayores ingresos fiscales provenientes de los aumentos del precio del cobre, que sean de libre disponibilidad fiscal y que no se hayan contemplado en la ley de Presupuestos, deberán ser destinados, preferentemente, a la realización de un plan de industrialización del país el que deberá ser confeccionado por la Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días contado desde la fecha de publicación de la presente ley.

4º.- De las indicaciones rechazadas por la Comisión.

La Comisión rechazó la siguiente indicación:

De los señores Silva don Ramón, Aguilera, don Luis, Osorio, Olave y Clavel, para consultar el siguiente artículo nuevo:

"Artículo...- Las personas naturales o jurídicas afectas al impuesto de Primera Categoría de la Ley de Renta y que tengan veinticinco o más trabajadores a su servicio y éstos no estén organizados en sindicato, pagarán los impuestos establecidos en la ley Nº 15.564 con un recargo de 50%.

En igual forma, los trabajadores de las personas a que se refiere el inciso anterior pagarán el impuesto de Segunda Categoría de la ley Nº 15.564, también, con un recargo de 50%, siempre que sea culpa de éstos la no organización de sindicatos".

La Comisión de Hacienda por las consideraciones antes mencionadas os propone la aprobación de la iniciativa legal en informe, concebida en los siguientes términos

Proyecto de ley:

Artículo 1°.- Supleméntase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en la cantidades que se expresan:

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12 02|101.19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República".

Artículo 3º.- El mayor gasto que representa la presente ley se financiará con:

El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la cuenta C-l del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4º.- La Polla Chilena Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, respectivamente.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y por la Lotería de Concepción al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contrataría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5°.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre y de libre disponibilidad fiscal, no contemplados en las leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, salvo lo necesario para cubrir el artículo 1° de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial."

Sala de la Comisión, 17 de agosto de 1966.

Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores: Lavandero (Presidente), Acuña, Cerda, don Eduardo, Gajardo, Guastavino, Irureta, Jaque, Muga, Penna, Phillips Montes y Silva, don Ramón.

Se designó Diputado informante al H. señor Gajardo.

(Fdo.): Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión."

1.9. Discusión en Sala

Fecha 17 de agosto, 1966. Diario de Sesión en Sesión 35. Legislatura Ordinaria año 1966. Discusión Particular. Se aprueba en particular sin modificaciones.

SUPLEMENTO DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde considerar, en segundo trámite reglamentario el proyecto de ley que suplementa el Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el Honorable señor Gajardo.

-El proyecto, impreso en el boletín N° 10.582-A es el siguiente:

"Artículo 1º.- Supleméntase los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12/02/101/19 de la Ley de Presupuesto vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República".

Artículo 3º.- El mayor gasto que representa la presente ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la cuenta C-l del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4°.- La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1.000., con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, respectivamente.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y por las Loterías de Concepción al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5º.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre y de libre disponibilidad fiscal, no contemplados en las leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, salvo lo necesario para cubrir el artículo lº de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial."

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Están aprobados reglamentariamente los artículos lº, 2º y 3°, por no haber sido objeto de indicaciones.

En discusión particular el artículo 4°.

El señor LAVANDERO.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, quiero advertir que en el informe de la Comisión de Hacienda hay un pequeño error.

En virtud de una indicación presentada por el Honorable señor Silva Ulloa, se establece en este artículo 4º un impuesto del 5% sobre los premios superiores a 1.000 escudos de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción, cuyo producto se repartirá, por partes iguales, entre la Universidad del Norte y el Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile.

Sin embargo, en la forma como está redactado el artículo, el inciso primero aparece contradictorio con el segundo.

En consecuencia, habría que introducirle las modificaciones pertinentes a fin de solucionar este problema. Por la rapidez con que se hizo el informe, tuvo que llegar en las condiciones en que lo ha hecho. Entonces, habría que borrar las palabras "por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte, y por la Lotería de Concepción al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile". La verdad es que esta asignación de los recursos provenientes de este tributo fue aprobada por iguales partes. Por consiguiente, yo formulo la rectificación del inciso segundo en la forma que he señalado.

El señor GAJARDO.-

¿Me permite una interrupción?

El señor LAVANDERO.-

Con todo agrado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Gajardo.

El señor GAJARDO.-

Se ha presentado una indicación que rectifica esta situación, porque, además de dejar al margen de este tributo a la Lotería de Concepción, ella aclara suficientemente la situación que planteaba el Honorable colega Lavandera.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Lavandero.

El señor LAVANDERO.-

En todo caso, para los efectos de no aprobarse esa indicación y con el objeto de que quede claro el informe de la Comisión de Hacienda, el inciso segundo de este artículo 4º debería venir redactado en la siguiente forma: "Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad con el presente artículo."

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor LAVANDERO.-

Con el ánimo de intervenir en el debate de este proyecto, ahora en el orden personal, quiero recordar que en el día de ayer, en la discusión general de este proyecto, di diversos antecedentes estadísticos y demostrativos, con el objeto da probar que, en los últimos años, los recursos provenientes de la industria del cobre han crecido en forma extraordinaria. Por ende, en el día de hoy, la distribución de dichos recursos es artificial, porque propende a la creación de zonas donde el estándar de vida es no solamente el más alto, sino que, además, es sostenido a costa del abandono, de la ignorancia y de la falta de trabajo, la carencia de hospitales y de obras públicas en vastos sectores campesinos y urbanos del país.

La vida es más ingrata, con más miseria y sacrificio, en esas zonas, como lo demostraron las estadísticas que di a conocer en el día de ayer, referentes al régimen de franquicias tributarias, en virtud del cual, por ejemplo, se otorgan franquicias a la zona norte por valores aproximados a los 200 millones de escudos, a la vez que se hacen en ella inversiones, de acuerdo con los convenios del cobre, por estas compañías cupreras, por valor de 450 millones de dólares. Pues bien, en esta zona los sueldos promedios de obreros y empleados de las compañías del cobre, como lo repitió también el Honorable colega señor Silva Ulloa, son 15 veces mayores que el promedio de los sueldos de los campesinos; en tanto que la asignación familiar para los empleados de estas compañías es tres veces mayor que la asignación familiar de los campesinos. Y, en fin, señor Presidente, el ingreso "per cápita", como lo señalara también el Honorable señor Siva Ulloa, es inmensamente inferior en las provincias agrícolas y campesinas que en la de Antofagasta y en las otras provincias productoras de cobre.

Se decía ayer que, por esta razón, las provincias cupríferas tenían derecho al privilegio de emplear estos recursos en la zona norte. Sin embargo, hay que hacer algún recuerdo aquí, -a propósito de indicaciones de tal naturaleza, de cómo se han extraído del país, en múltiples oportunidades, fondos de otras regiones paupérrimas para financiar, incluso, obras públicas de zonas tan ricas como las provincias cupríferas, donde se tiene un estándar de vida con un ingreso "per cápita" quince veces superior al del resto del país...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorable Diputado...

El señor LAVANDERO.-

Me estoy refiriendo precisamente a estas indicaciones aprobadas...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Está en discusión el artículo 4°, Honorable Diputado.

El señor LAVANDERO.-

Exactamente…

El señor CLAVEL.-

¡La "Polla"!

El señor LAVANDERO.-

Vuelvo a repetir, como en otra oportunidad, a propósito de esta indicación que se hace respecto de la "Polla", que, por ejemplo, el agua potable de la ciudad de Antofagasta, de esa provincia tan rica, como que tiene 15 veces el ingreso promedio, "per cápita", de cualquier otra zona del país, se financió -escúchelo bien la Honorable Cámara- con el producto de la ley Nº 12.209, de 8 de agosto de 1953, cuyo artículo 2º estableció un recargo, respecto de los predios agrícolas, de un 20% de la tasa del impuesto territorial. De tal manera que el país entero contribuyó en favor de Antofagasta para que pudieran iniciarse sus obras de agua potable.

El señor ROSALES.-

Porque las necesitaban.

El señor LAVANDERO.-

Yo no estoy en contra de Antofagasta...

-Varios señores DIPUTADOS.- ¿No?

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor CLAVEL.-

¡No se nota!

El señor LAVANDERO.-

Pero quiero demostrar que Antofagasta se merece los ingresos normales que, hasta ahora, ha tenido en virtud de los recursos provenientes del cobre. Pero el mayor ingreso de 200 millones de escudos, debido al nuevo precio del cobre, significa, para ella, mayores recursos extraordinarios y excesivos, si se toma en cuenta que el total de las inversiones en obras públicas, en todo el país, alcanza a 450 millones de escudos.

Por eso, yo hacía notar que la vida es más ingrata, más miserable y más sacrificada en la zona sur, como lo demostré con los datos estadísticos que proporcioné en el día de ayer.

En cuanto a hospitales, electricidad, número de camas por hospitales, número de médicos, en todos los aspectos, las disponibilidades son menores, a pesar de que en las regiones sureñas hay más población activa, incluso que en la provincia de Antofagasta.

A esto se agregan las franquicias existentes en la zona norte, para mantener las cuales el país está contribuyendo con 200 millones de escudos. Podría mencionar las partidas a través de las que se está contribuyendo al progreso de Arica.

En virtud de este régimen especial, tiene asignados 4.000.082 escudos; para desarrollo regional, 1.000.049 escudos; de la fabricación...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Su Señoría puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.

El señor LAVANDERO.-

...de vehículos, percibe 174 millones de escudos; del salitre, obtiene 15 millones 590 mil escudos.

El Honorable señor Silva Ulloa, Diputado socialista por Antofagasta, sostuvo la tesis de que estos fondos pertenecen al norte, donde el ingreso "per cápita" es quince veces mayor que en el resto del país. Así se demuestra comparando el salario de los campesinos del sur con el de los trabajadores del norte, cuyo nivel de vida es inmensamente superior al de los asalariados del resto del país.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorable Diputado, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate.

El señor LAVANDERO.-

Me estoy refiriendo a ella.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En tal caso, ruego a Su Señoría mencionar, de vez en cuando, la palabra "Polla".

El señor LAVANDERO.-

Por lo tanto, respecto a la indicación que se refiere a la Polla Chilena de Beneficencia, hay que insistir en que los 240.000 habitantes de Antofagasta podrían consumir quince veces más que el resto del país y, especialmente, que las 3.600.000 personas que viven en la zona sur. O sea, puede decirse que aquéllos tienen un potencial económico con el que podrían adquirir un tercio de lo que compran todos los habitantes del país.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorables señores Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio.

El señor LAVANDERO.-

Creo que esto es excesivo. Por eso, nosotros, que hemos estado vigilantes para conseguir una efectiva redistribución del ingreso y la renta nacional, tenemos que reiterar nuestra oposición a cualquier régimen de privilegio y criticar el hecho de que un grupo de habitantes tenga ingresos quince veces mayor que el resto del país. Esto constituye una injusticia, además, pues sabemos que un inmenso sector de la población de la zona sur sufre la miseria y vive en la ignorancia por falta de recursos, de escuela, de caminos. Yo no voy a protestar ahora por el hecho de que antes se haya repartido este ingreso proveniente del cobre en el norte, pero debemos procurar que en el futuro, estos recursos se destinen a solucionar los problemas de las zonas campesinas y, concretamente, a financiar la reforma agraria, la cual puede peligrar precisamente por la falta de recursos.

Nada más.

El señor VALENTE.-

Pido la palabra.

El señor SILVA ULLOA.-

Pido la palabra.

El señor CLAVEL.-

Pido la palabra.

El señor CORVALAN.-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Valente; a continuación, los Honorables señores Silva Ulloa, Clavel y Corvalán, en ese orden.

El señor VALENTE.-

Señor Presidente, cuando este proyecto se trató esta mañana, en segundo trámite reglamentario, en la Comisión de Hacienda, dimos a conocer nuestro criterio respecto del artículo 4º. Mediante esta disposición se aplica un impuesto sobre los premios superiores a un mil escudos que otorguen la Lotería de Concepción y la Polla Chilena de Beneficencia, para financiar la Universidad del Norte y el Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile. No se establece a cuál Centro Universitario de la Universidad de Chile se refiere, si al de Arica, Iquique o Antofagasta. Nuestra opinión fue contraria a este artículo, no porque no tengamos interés en entregar fondos para el desarrollo de la actividad universitaria en la zona norte, sino porque nos parece que se están destinando recursos excesivos para financiar la Universidad del Norte.

En la Comisión señalé que el Centro Universitario de la Universidad de Chile que funciona en el departamento de Arica tiene un financiamiento más que adecuado, al que provee la Junta de Adelanto de esa ciudad, la cual, en estos momentos, le está construyendo un edificio a todo lujo, cuyo costo supera los 3 mil millones de pesos. Seguramente, se gastarán unos 2 mil millones de pesos más en el solo alhajamiento de este plantel.

Los Centros Universitarios de la Universidad de Chile, de Iquique y Antofagasta, se financian con un impuesto especial establecido en un proyecto que modificó la ley Nº 11.828, es decir, con una cuota de los fondos provenientes del cobre.

Por otra parte, en estos instantes, de acuerdo con los antecedentes que tengo, la Universidad del Norte no alcanza a invertir durante un año calendario los fondos de que dispone.

En consecuencia, estimamos inadecuado seguir insistiendo en esta forma de financiamiento.

Los Diputados comunistas votaremos en contra de este artículo, por las razones que he expuesto y, al mismo tiempo, porque no se establece de manera taxativa en el artículo 4° cuál es el Centro Universitario de la Universidad de Chile que se financiaría con estos gravámenes.

El señor LAEMMERMANN.-

¡Muy bien!

El señor JAQUE.-

¿Me permite una interrupción, Honorable Diputado?

El señor CORVALÁN.-

Solicito una interrupción, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorable señor Valente, los Honorables señores Corvalán y Jaque le solicitan interrupción.

El señor VALENTE.-

Le había concedido una interrupción al Honorable señor Jaque.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, tal como lo ha sostenido en esta Sala el Honorable colega señor Valente, también deseo expresar la más absoluta disconformidad con esta disposición que la Comisión de Hacienda aprobó en la mañana de hoy. Hicimos presente nuestra discrepancia en el seno de la Comisión y quiero ratificarla, una vez más, en esta Corporación.

El artículo 4º establece: "La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, respectivamente."

Considero que debe sostenerse como principio fundamental la defensa de todas las disposiciones vigentes que destinan algunos recursos en favor de la Universidad que, como es del dominio público y como saben los Honorables colegas, atraviesa por una situación económica demasiado aflictiva. Con los ingresos normales apenas logra subvencionar los gastos administrativos esenciales, de tal manera que carece de recursos para desarrollar sus planes de ampliación.

Por otra parte, deseo hacer presente que en el año 1949 ó 1950, el Congreso Nacional aprobó una disposición que establecía un impuesto similar al que se pretende implantar en este artículo 4º, cercenando recursos a la Universidad de Concepción. Esto provocó la disminución de la venta de boletos de Lotería, lo que, a su vez, determinó un menor rendimiento, situación que afectó gravemente a la Universidad de Concepción y a todos aquellos organismos copartícipes de los recursos que provienen de esta Lotería.

Por eso, me satisface que el Honorable señor Lavandero haya expresado en esta Corporación que la Democracia Cristiana ha modificado su criterio -porque esta indicación era de sus Diputados-, en el sentido de excluir de este artículo la frase que se refiere a la Universidad de Concepción.

Me alegro por este hecho, y en vista de que, al parecer, este artículo no será aprobado en la forma sugerida por la Comisión de Hacienda, no me extenderé en otras consideraciones relacionadas con el financiamiento de la Universidad de Concepción.

Nada más, y muchas gracias, Honorable colega.

El señor VALENTE.-

He concedido una interrupción al Honorable señor Agurto.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Perdón. Antes recabo el asentimiento de la Sala, a fin de poder considerar la indicación a que se hizo referencia.

El señor CLAVEL.-

¡No hay acuerdo!

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Hay oposición.

En consecuencia, se votará la disposición tal como está en el proyecto.

Tiene la palabra el Honorable señor Agurto.

El señor AGURTO.-

Señor Presidente, aunque el Honorable señor Luis Valente ha dado a conocer la opinión de los Diputados del Partido Comunista sobre el artículo 4º propuesto por la Comisión de Hacienda en virtud de una indicación presentada por parlamentarios de la Democracia Cristiana, como representante por la provincia de Concepción, quiero expresar también mi absoluta disconformidad con este precepto.

En la sesión de ayer, al discutirse este proyecto que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas, se produjo un amplio debate acerca de la conveniencia e inconveniencia de emplear los recursos del cobre en otras regiones del país que no fueran las del norte. A mí me parece que los argumentos que se dieron ayer son valederos también para defender en esta oportunidad los intereses de la Universidad de Concepción. Si algún gravamen se impusiera a los premios mayores de la Polla y, especialmente, de la Lotería, su rendimiento debiera justamente beneficiar a este establecimiento universitario. Ya nuestro colega, el Honorable señor Jaque, ha aludido a las necesidades económicas que tiene la Universidad de Concepción. Todos conocemos sus planes y sus proyectos para ampliar la enseñanza universitaria no sólo a la provincia de Concepción, sino a toda la región austral de nuestro país.

Por esta razón, reiteramos nuestra oposición a este artículo 4º, que, como decía en un comienzo, se introdujo en la Comisión de Hacienda a indicación de los parlamentarios del Partido Demócrata Cristiano.

He dicho.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Valente.

¿Terminó Su Señoría?

El señor VALENTE.-

Sí, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el señor Diputado informante, que goza de preferencia.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, creo que se hace necesario...

El señor CORVALAN.-

Había pedido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Su Señoría está inscrito, pero el Diputado informante goza de preferencia.

El señor GAJARDO.-

...insistir en que se presentó una indicación a la Mesa, que elimina totalmente este tributo a la Lotería de Concepción, quedando entonces exclusivamente afecta a él la Polla Chilena de Beneficencia.

El rendimiento estimado de este tributo alcanza a la cantidad de Eº 438.000. De acuerdo con una indicación del Honorable colega señor Ramón Silva Ulloa, se establece la distribución por mitades de este rendimiento, por lo cual significará aproximadamente un poco más de Eº 200.000 para cada una de las dos Universidades: la de Chile y la del Norte.

Quisiera, sí, rectificar algunas afirmaciones hechas por el Honorable señor Valente, en el sentido de que estas escuelas universitarias, particularmente las dependientes de la Universidad del Norte, no requieren de mayor financiamiento para el desarrollo normal de sus actividades.

He tenido la oportunidad, más que por mérito, por suerte, de ser profesor durante varios años de la Universidad de Chile en Antofagasta. He podido ver, por ejemplo, que para ingresar al primer año de la Escuela de Servicio Social de esa Universidad se presentan anualmente 150 a 160 postulantes, en su mayor parte señoritas; y resulta que ese plantel universitario -que es el que conozco mejor- no puede albergar a más de 42 alumnos. ¿Por qué? Por falta de medios adecuados, por carencia de un local que permita ampliar la capacidad de matrícula en esa rama de la enseñanza.

Del mismo modo las escuelas, por ejemplo, del Instituto Pedagógico, no tienen recursos.

He podido estar en permanente contacto con el Director de la Universidad de Chile en Antofagasta y con el Jefe del Departamento de Extensión Cultural, quienes permanentemente se acercan a los parlamentarios de la zona, de Antofagasta, con el objeto de pedirnos, precisamente, nuestra colaboración y ayuda para esa Universidad.

La Universidad del Norte está en idéntica situación. Se requiere mayor financiamiento para que estas dos instituciones universitarias puedan absorber la mayor cantidad posible de alumnos. Es un problema serio, el que se presenta a los pobladores del norte que tienen hijos en edad escolar universitaria. Quienes hemos tenido que estudiar en Santiago hemos podido ver el sacrificio enorme de nuestras familias para mandarnos a la capital a seguir los cursos de la enseñanza superior.

En la actualidad, se estima en no menos de trescientos escudos mensuales la suma que un modesto jefe de hogar, habitante del norte del país, necesita para poder mantener interno a un alumno aquí en Santiago. El hecho de que a ambas Universidades del norte se le den las mayores posibilidades de absorber el estudiantado que termina sus estudios secundarios, viene a satisfacer ese anhelo de todos los hogares del norte, el de ver a sus hijos siguiendo cursos universitarios en las propias instituciones con que cuenta la provincia. Por eso, hemos estimado que esto es un aporte más tendiente a facilitar esas actividades, que retribuye en parte la enorme preocupación de los directores de la Universidad de Chile y de la Universidad del Norte, cuya labor es ampliamente conocida en esa región del país.

Nada más, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa.

El señor SILVA ULLOA.-

Señor Presidente, al participar en el debate sobre el artículo 4º, lamento sinceramente que se haya ausentado de la Sala el Honorable señor Lavandero.

El señor PHILLIPS.-

Aquí está.

El señor SILVA ULLOA.-

En realidad, se incorpora en este instante a la Sala. Entonces, voy a tratar de abordar la materia que él quiso explicar en su intervención.

Yo quiero señalar, en primer término, de acuerdo con un informe de la Universidad de Chile que tengo aquí, que, mientras el porcentaje de la población con instrucción universitaria es, en Santiago, del 3,4%, en Antofagasta alcanza sólo al 1,3%, y, en la provincia de Tarapacá, llega al 1,2%.

Hay que hacer constar que el grueso de la población de la zona norte del país, formada por trabajadores de las grandes industrias, tienen como aspiración máxima de su vida el poder dar educación completa a sus hijos. A pesar de los sacrificios que hacen esos esforzados trabajadores nortinos, el porcentaje de la población que ha completado un ciclo universitario es la tercera parte del que la ha alcanzado en Santiago, lo cual demuestra irrefutablemente que hay deficiencias de carácter general en cuanto a la capacidad de las Universidades.

Ahora, en relación con la forma en que están funcionando esas Universidades, he tenido alguna responsabilidad, porque contribuí, con mi modesto aporte, a redactar la indicación que permitió y obligó a la Universidad de Chile a instalar colegios de su dependencia en la zona norte del país. Hasta este instante, a pesar de los años que está funcionando este grupo de escuelas -las cuales desarrollan su labor tanto en Antofagasta como en la provincia de Tarapacá- no existe una ciudad universitaria. Los alumnos están distribuidos en casas particulares o comerciales, las que dan pensión a los estudiantes que no son de Antofagasta, o de las diferentes ciudades donde funcionan estos cursos universitarios.

Hasta ahora, nosotros dimos la batalla conjuntamente con los profesores de las escuelas universitarias de la Universidad de Chile para ampliar el Instituto Pedagógico, creando la asignatura de Castellano, y los maestros -en un gesto muy altruista- se ofrecieron para hacer clases, en forma gratuita, durante un año. ¿Qué ocurrió, señor "Presidente? La Universidad de Chile no tuvo recursos para permitir el funcionamiento de nuevos cursos, que son indispensables para la región.

Yo creo que hay una confusión frente a los alcances del artículo 4º. No se trata de restar recursos a la Polla Chilena de Beneficencia ni a la Lotería de Concepción. Ya los autores de la indicación han anunciado que la están limitando sólo a la Polla Chilena de Beneficencia. Por otra parte, se trata de un gravamen que sólo afecta a quienes resulten beneficiados con los premios. Y el premio es sólo una expectativa. Si yo supiera que me voy a ganar cinco mil escudos con un boleto de estos sorteos y voy a tener que pagar 250 escudos de impuesto en beneficio de las Universidades, no lo sentiría en absoluto. El único argumento valedero en contra de este tipo de tributo es que puede significar un factor negativo para la adquisición de números tanto de la Polla Chilena de Beneficencia como de la Lotería de Concepción.

Yo no soy experto en esta materia. He señalado exclusivamente el alcance que, en mi entender, puede tener esta disposición. En todo caso, mi contribución en la mañana de hoy, sabiendo que la mayoría de la Comisión de Hacienda estaba dispuesta a aprobar esta indicación, tendía a dejar claramente establecido, para el caso de que este artículo se convirtiera en ley, que, por lo menos la Universidad de Chile debe recibir también el 50% de los ingresos de este gravamen a quienes resulten favorecidos con premios superiores a mil escudos.

En cuanto al otro aspecto señalado por el Honorable señor Lavandero en la tarde de hoy, yo no quiero abusar de la paciencia de la Cámara entrando a rebatirlo en forma demasiado extensa. Creo que, dentro de mis modestos alcances, fui suficientemente claro en el día de ayer al analizar los artículos pertinentes de la ley 11.828, para demostrar que los impuestos ahí establecidos no sólo benefician al norte o a la provincia de O'Higgins, ubicada en el centro del país, sino que también favorecen, en un porcentaje muy elevado, la construcción de diversas obras públicas, tales como pavimentación de los caminos transversales de Santiago a Puerto Montt; la pavimentación de rutas transversales en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, y la realización de la carretera que unirá a Puerto Montt con Puerto Aisén. No se puede argumentar, dadas las ubicaciones geográficas de los lugares que he señalado, que ellos correspondan a provincias productoras de cobre.

Por otra parte, es interesante destacar que gran parte de esos recursos está destinada a obras de regadío. Por ejemplo, al tranque La Paloma, situado en la provincia de Coquimbo, que no es una de las zonas productoras de cobre, constituye una de las inversiones de mayor envergadura que se realiza en el país y está financiada con los recursos que estableció el artículo 26 de la ley Nº 11.828. Esa disposición determina que, en un 50%, esos recursos deben invertirse en obras de regadío de Aconcagua al sur.

El señor PHILLIPS.-

No existen, Honorable colega.

El señor SILVA ULLOA.-

...por lo menos están estudiadas, programadas y financiadas sobre la base del rendimiento del artículo 26 de la ley Nº 11.828. El hecho de que no se materialice la inversión, ya sale de la órbita de la responsabilidad del legislador.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor SILVA ULLOA.-

Pero yo quiero dar otros antecedentes. El Honorable colega señor Lavandero, cuya versación en problemas económicos respeto, ha lucubrado una nueva teoría que es extraordinariamente singular; una teoría que lleva, según mi modesto criterio, al absurdo de pretender redistribuir la miseria en el país. Nosotros y los colegas que representan a las diversas provincias de Chile no estamos dispuestos a aceptar esta moderna tesis Nosotros creemos que todas las provincias tienen derecho a irse superando de acuerdo con la capacidad de lucha de sus organizaciones representativas, de acuerdo con lo que modestamente pueden hacer sus parlamentarios y de acuerdo con el espíritu permanente de inquietud de sus pobladores. Porque la situación de Antofagasta no es tan extraordinaria como ha señalado el Honorable colega señor Lavandero, y voy a citar, en apoyo de mi afirmación, algunos antecedentes irrefutables.

Por ejemplo, la tasa de mortalidad infantil que en Santiago es de 78 por mil, en Antofagasta, es del 98 por mil; la tasa de mortalidad por neumonía, por cada 100.000 habitantes, que en Santiago es de 111,2 por mil, en Antofagasta es del 129 por mil; el porcentaje de certificación médica de las defunciones que en Santiago es del 94,9 por mil, en Antofagasta es de sólo el 93,6 por mil; el número de camas de hospitales, por cada mil habitantes, en Santiago es de 5,1 por mil y en Antofagasta del 4,7 por mil; el número de médicos de hospitales, por cada 100 mil habitantes, que en Santiago es de 88,8, en Antofagasta es de sólo 37,6; el número de matronas, por cada 100.000 mujeres entre 15 y 49 años, que en Santiago es de 39%, en Antofagasta tiene un índice satisfactorio que es de 53%; el número de enfermeros y practicantes, por cada 100 mil habitantes, que en Santiago es de 180,6%, por cada 100.000 habitantes, en Antofagasta es sólo del 165,4%; el porcentaje de viviendas con agua potable de cañería, que en Santiago es del 78,47c, en Antofagasta es del 69,4%; el porcentaje de viviendas con alumbrado eléctrico, que en Santiago es del 87,5%, en Antofagasta es de 79,8%; el porcentaje de viviendas sin baño -de esto tienen que enorgullecerse los santiaguinos- es del 35,7% aquí, en la capital, y en Antofagasta es del 55,5%...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¿Me permite, señor Diputado? Ha llegado la hora de término de la discusión del proyecto.

Cerrado el debate en este artículo y en los siguientes.

Se ha pedido votación separada de algunas disposiciones de este artículo.

El señor Secretario dará lectura a la petición.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

El señor Ruiz-Esquide ha solicitado que, en el artículo 4º del proyecto que se estaba discutiendo, se vote separadamente en el inciso primero la frase "y la Lotería de Concepción" y la palabra "respectivamente" que figura al final de dicho inciso, y en el inciso segundo que se vote separadamente también la frase "por la Lotería de Concepción".

El señor WERNER.-

No hay acuerdo.

El señor CLAVEL.-

Señor Presidente, retiro mi oposición a la indicación.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Se votarán separadamente...

El señor CANTERO.-

No hay acuerdo para la votación separada, señor Presidente.

La señora MALUENDA.-

No, señor Presidente.

El señor VALENTE.-

No hay acuerdo.

El señor GODOY URRUTIA.-

Me opongo, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¿A la votación separada? No es necesario acuerdo. Esto es un derecho que pueden ejercer los señores Diputados y la petición hay que votarla.

Se aplica en este caso el artículo 149 del Reglamento, al cual ruego a Sus Señorías dar lectura.

El señor VALENTE.-

Ya me lo leí.

El señor CANTERO.-

Muy gentil, señor Presidente. Les da garantías a todos los señores Diputados.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Se va a votar el inciso primero, sin la frase que dice "y la Lotería de Concepción" y también sin la expresión "respectivamente".

En votación.

-Durante la votación:

El señor CLAVEL.-

La Polla y la Lotería le dan más recursos a la Universidad que la Polla sola; por eso voto en contra.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobado el inciso sin la frase.

Se va a votar la inclusión de la frase "y la Lotería de Concepción" y el término "respectivamente" que figuran en el inciso primero del artículo 4º del proyecto.

-Varios señores DIPUTADOS.- No, señor Presidente.

Si le parece a la Cámara, se rechazará.

Rechazada.

Se va a votar el inciso segundo sin la. frase "y por la Lotería de Concepción".

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobado el inciso sin la frase.

En votación la frase.

Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará su inclusión.

Acordado.

En votación el artículo 5º del proyecto.

Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará el artículo.

Aprobado.

Recabo el asentimiento unánime de la Sala a fin de dar lectura a una indicación llegada a la Mesa; con posterioridad los señores Diputados se pronunciarán si se vota o no.

Acordado.

El señor SILVA ULLOA.-

Despachemos el proyecto.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

Con la firma de 44 señores Diputados y 4 Comités, se formula indicación para agregar el siguiente inciso final al artículo primero.

"Con cargo al suplemento consultado en el ítem 12/02/101.2 del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas a que se refiere este artículo, se destinará como aporte la suma necesaria para financiar la construcción del gimnasio cubierto de la ciudad de Lota contemplado en la Ley 14.878".

El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-

¿Cuáles Comités?

El señor CAÑAS ( Secretario).-

Radical, Socialista, Independiente y Comunista.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Solicito el asentimiento unánime de la Sala para admitir a discusión y votación la indicación a que se acaba de dar lectura.

El señor MARTIN.-

No hay acuerdo.

El señor PENNA.-

No hay acuerdo.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Hay oposición.

-Hablan varios señores Diputados a la vez

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorable señor Penna.

Terminada la discusión del proyecto.

1.10. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 23 de agosto, 1966. Oficio en Sesión 49. Legislatura Ordinaria año 1966.

4.- PROYECTO DE LEY DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE SUPLEMENTA DIVERSOS ÍTEM DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Santiago, 17 de agosto de 1966.

Con motivo del Mensaje, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12/02/ 101/19 de la Ley de Presupuestos vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República.

Artículo 3º.- El mayor gasto que representa la presente ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4º.- La Polla Chilena de Beneficencia deberá deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contrataría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5º.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre y de libre disponibilidad fiscal, no contemplados en las leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, salvo lo necesario para cubrir el artículo 1° de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial".

Dios guarde a V. E.

(Fdo.) : Eugenio Ballesteros Reyes.- Eduardo Cañas Ibáñez.

1.11. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 23 de agosto, 1966. Oficio en Sesión 49. Legislatura Ordinaria año 1966.

4.- PROYECTO DE LEY DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE SUPLEMENTA DIVERSOS ÍTEM DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Santiago, 17 de agosto de 1966.

Con motivo del Mensaje, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

Item Monto

12/02/101.1 Eº 2.600.000

12/02/101.2 4.400.000

12/02/101.4 8.000.000

12/02/101.7 4.500.000

12/02/l01.8 200.000

12/02/l01.15 3.000.000

12/02/101.18 5.500.000

12/02/101.22 4.000.000

12/02/101.23 12.000.000

12/02/101.28 1.000.000

12/02/101.30 1.500.000

12/02/101.33 10.000.000

12/02/103 1.300.000

------------

TOTAL Eº 58.000.000

Artícido 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12/02/ 101/19 de la Ley de Presupuestos vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República.

Artículo 3º.- El mayor gasto que representa la presente ley, se financiará con:

a) El mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4º.- La Polla Chilena de Beneficencia deberá deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contrataría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5º.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre y de libre disponibilidad fiscal, no contemplados en las leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, salvo lo necesario para cubrir el artículo 1° de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial".

Dios guarde a V. E.

(Fdo.) : Eugenio Ballesteros Reyes.- Eduardo Cañas Ibáñez.

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe Comisión Legislativa

Senado. Fecha 31 de agosto, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 56. Legislatura Ordinaria año 1966.

3.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE SUPLEMENTA EL PRESUPUESTO DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Honorable Senado:

Según se expresa en el Mensaje en que se originó este proyecto de ley, dentro de la inversión fiscal ha correspondido una importante participación a obras públicas, a las cuales se han destinado magnitudes siempre crecientes de recursos. En efecto, mientras en 1964 el gasto fiscal en este rubro fue de Eº 539.000.000, en 1965, de Eº 593.000.000.- , en 1966 fue da Eº 635.000.000.- , incluido el suplemento que se propone en este proyecto de ley. (millones de escudos de 1966).

Expresa el mismo Mensaje, más adelante, que: "estas cifras expresan con claridad la intensidad del creciente esfuerzo que ha venido realizando el país en materia de obras públicas, esfuerzo que, por lo demás, se remonta a períodos anteriores al aquí citado. Sin embargo, los recursos anualmente asignados a ellas han resultado generalmente insuficientes, debiendo aprobar con posterioridad suplementos destinados a permitir, especialmente, la reproducción de los daños causados por las frecuentes catástrofes sísmicas, temporales, inundaciones, etc. que afectan al territorio nacional".

Esto es precisamente lo que ocurrió en el año 1965 con ocasión del terremoto y los temporales subsiguientes.

Los compromisos que derivaron de estos hechos han gravitado sobre los recursos consultados para 1966, lo que hace necesario este nuevo proyecto de ley de suplemento.

El señor Ministro de Hacienda en una exposición que hizo sobre problemas financieros ante las Comisiones de Hacienda y de Agricultura y Colonización unidas, que estudian el proyecto de reforma agraria, con fecha 22 del presente, explicó que el Ejecutivo se propone en el futuro encauzar la inversión pública en tres rubros principales: reforma agraria, educación e industrialización. De este modo, se altera la planificación actual en que esta inversión se realizaba principalmente en obras públicas y viviendas.

No obstante la nueva programación, el señor Ministro de Hacienda expresó que el Ejecutivo se propone mantener en términos reales los fondos que actualmente se destinan a obras públicas, pero se detendrá su ritmo de crecimiento.

Agregó en aquella oportunidad el señor Ministro de Hacienda, refiriéndose a esta materia, lo siguiente: "En materia de obras públicas, existe un problema grave y es que, aproximadamente, un 68% de las obras públicas en ejecución tienen su origen en contratos celebrados en 1964. Por otra parte, existe en la actualidad un sistema de trabajo irracional, ya que los dineros para obras públicas se canalizan en un fondo común, con el grave inconveniente de que las empresas mejor organizadas, por el hecho de trabajar más rápido, agotan los recursos asignados, en desmedro de las otras.

En la actualidad hay muchas empresas que están trabajando sin imputación presupuestaria, lo que trae como consecuencia que no sea posible cancelarles sus estados de pago, por cuanto los fondos correspondientes no han sido considerados en el presupuesto del año. Tal cosa ocurre por dos razones fundamentales: existe un sistema en Obras Públicas, que está en vías de ser corregido, que no permite hacer una programación clara. Para ilustrar lo anterior, hace presente que actualmente puede celebrarse un contrato en Obras Públicas que signifique un gasto de cien millones de escudos, contemplando una cláusula que obliga a imputar sólo diez millones al presupuesto de este año. Con este sistema se inician las obras, pero se deja comprometido al próximo o subsiguiente presupuesto por el saldo.

Por otra parte, al no asignarse recursos por contratos o empresas, el que gastaba más rápido los recursos ganaba en definitiva ya que el sistema estaba concebido sobre la base de asignaciones de estímulo a la velocidad en el cumplimiento de la tarea, lo que se traducía en que las empresas que construían antes de la fecha establecida para la entrega, obtenía además del total de los recursos asignados a su obra, un premio a la velocidad de la ejecución. De esta manera, a la empresa se le inducía a efectuar el máximo de obras, sin preocuparse de que en un momento determinado se produjere un quiebre financiero entre el recurso financiero asignado y la obra, en realización.

Este año se suplementará este ítem sólo para evitar que se produzca la situación consistente en que las empresas no puedan cobrar ante un desfinanciamiento del Presupuesto, pero, al mismo tiempo, para que tanto Obras Públicas como Viviendas y Urbanismo no entren al Presupuesto de 1967 con fondos comprendidos en el ejercicio de 1966. Esto implica que durante el primer período del presente año no se haya podido llamar a nuevas propuestas, lo que ha originado, en gran medida, el problema de cesantía que está afectando a varias áreas. Esta cesantía se ha producido, a pesar de que el gasto en Viviendas es muy alto, porque está en un proceso de determinación que ocupa menos mano de obra corriente y calificada y, en el caso de Obras Públicas, porque al no contar con la posibilidad de la imputación del mecanismo tradicional, el contrato que termina no tiene ninguna expectativa de ser renovado en este momento.

Reitera que este problema se producirá hasta el mes de septiembre inclusive. En el mes de octubre, con este conocimiento, se empieza a llamar a propuestas para viviendas y obras públicas, de tal manera que se pueda normalizar el ciclo de gastos de 1967, con el conocimiento previo de los Ministerios de Hacienda, de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo, acerca de lo que significan, en términos financieros, la contratación de obras al final de este año".

El señor Ministro de Obras Públicas que asistió a la reunión en que de debatió este proyecto de suplemento, contestando una serie de preguntas formuladas por el Presidente de la Comisión, don Salomón Corbalán, manifestó que en el proyecto de Presupuesto tentativo que se había sometido a la consideración de ese Ministerio no sólo no contemplaba una tasa de crecimiento de inversión sino que era, en valores constantes, manifiestamente inferior.

Agregué, además, que en el futuro no habrá un plan de obras públicas de carácter nacional, sino que éste será sólo sectorial, de acuerdo al desarrollo que experimenten los planes agrario, industrial y minero.

No conoce el señor Ministro cómo operará este plan sectorial ni si los dineros que antes se invertían a través del Ministerio de Obras Públicas se consultan ahora en los Ministerios encargados de llevar a la práctica esos planes.

El H. Senador señor Gumucio manifestó que la suma de las inversiones en obras públicas que se consultarán en los distintos presupuestos será equivalente o superior a la inversión actual y que se logrará la realización de obras que tengan una mayor productividad.

El señor Ministro de Obras Públicas expresó que en el próximo año se dará gran impulso a las obras de alcantarillado las que se financiarán con cargo al préstamo que se contrató en el Banco Interamericano de Desarrollo por US $ 25.000.000 lo que permitirá ocupar cualquier mano de obra sobrante.

Igualmente, se ejecutará la obra vial de Valparaíso a Mendoza para lo cual se cuenta con otro préstamo de U$ 25.000.000.

Finalmente, absolviendo otra pregunta del Senador Corbalán, manifestó que los pagos a contratistas de obras públicas se hallaban al día, existiendo un atraso de sólo 25 días, en circunstancias que cuando asumió el cargo de Ministro este atraso era de 45 días.

El proyecto en informe, que presenta un gasto de Eº 58.000.000.- en suplementos a distintos ítem del Ministerio de Obras Públicas y de Eº 12.700.000.- a dos ítem del presupuesto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, se financia, de acuerdo al artículo 3º, con cargo al mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas en monedas extranjeras reducidas a dólares, impuesto a las utilidades del cobre, y con el mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas Corrientes en moneda nacional, que consulta ingresos de la Dirección de Obras Sanitarias por ventas de agua y entradas varias.

Según expresó el señor Ministro de Obras Públicas, en esta última cuenta se producirá un mayor ingreso del orden de los Eº 8.000.000.

En cuanto al cobre, el señor Ministro de Hacienda expreso, durante la discusión del proyecto de reforma agraria, que suponiendo un precio medio de venta de la libra de cobre de 48 centavos de dólar, durante el semestre de este año, se obtendrá un mayor ingreso anual de 30 millones de dólares.

La mitad de este mayor ingreso de divisas será vendido al Banco Central para cancelar créditos que ha obtenido el Estado en ese Instituto Emisor para financiar obligaciones presupuestarias. Los 15 millones restantes, o la cifra que corresponda se liquidarán, también en el Banco Central para financiar el gasto de 70 millones de escudos que contempla este proyecto de suplemento.

Como saben los HH. Senadores cada centavo de dólar de mayor precio que se obtiene al vender una libra de cobre, representa un mayor ingreso de libre disponibilidad fiscal de, aproximadamente, 7 millones de dólares al año. En consecuencia, si el precio de este metal continuare por sobre los 48 centavos dé dólar referidos se producirá un mayor ingreso que, según expresó don Sergio Molina, se trasladará a reservas del Banco Central.

De esta forma, se adoptó en materia de balanza de pagos dos criterios: la disminución de las obligaciones de corto plazo, extraordinariamente altas en 1965 y 1966, y, en segundo lugar, en adoptar medios de liberalización de importaciones, en especial de equipos y maquinarias, con el objeto de aumentar las importaciones de bienes de capital, para lo cual se disminuirán los impuestos adicionales y los depósitos previos. También se. empleará una proporción de estas reservas en importar bienes de consumo, en reemplazo de los excedentes agrícolas, convenios que no se han podido renovar.

Las obligaciones a corto plazo a que nos hemos referido gravitan pesadamente por su alto costo y su pago no es imperioso hacerlo, porque se renuevan periódicamente desde hace años.

El artículo 1º del proyecto suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas: el ítem 12-02-101.1, consulta Eº 13 millones para construcción de locales escolares, suma que se suplementa en Eº 2.600.000.-; el ítem 12-02-101.2, construcción de edificios públicos, deportivos y del Buen Pastor, consulta Eº 27 millones, suma que se suplementa en Eº 4.400.000.-; el ítem 12-02-101.4, consulta la suma de Eº 18.860.000 para instalaciones de agua potable, la que se suplementa en Eº 8.000.000.-; el ítem 12-02-101.7, consulta la suma de Eº 14.000.000.- para la construcción de alcantarillados, suma que se suplementa en Eº 4.500.000.- ;el ítem 12-02-101.8, que, para obras de defensa de riberas, consulta la suma de Eº 1.500.000.- cifra que es suplementada en Eº 200.000.-, el ítem 12-02-101.15, que dispone para abovedamiento de canales y obras similares, la suma de Eº 8.000.000.-, la que se suplementa en Eº 3.000.000.-; el ítem 12-02-101.18, que consulta la suma de Eº 26.840.000.-, para la construcción del camino longitudinal de Santiago a Quellón y caminos de acceso, la que es suplementaria en Eº 5.500.000.-; el ítem 12-02-101.22, que, para la construcción de caminos transversales en las provincias de Linares a Magallanes, consulta la suma de Eº 23.780.000.-, la que se suplementa en Eº 4.000.000; el ítem 12-02-101.23, dispone Eº 84.110.000.- para la conservación y mejoramiento de caminos en general, cifra que es suplementada en Eº 12.000.000; e] ítem 12-02-101.28, construcción de puertos, consulta Eº 2.500.000.-, cifra que se suplementa en Eº 1.000.000.-; el ítem 12-02-101.30, sobre material a flote y maquinaria en general, consulta la cifra Eº 4.460.000.-, la que es suplementada en Eº 1.500.000; el ítem 12-02-101.33, estudios y construcción de aeropuertos, dispone de la suma de Eº 17.920.000.-, la que es suplementada en Eº 10.000.000.- , y el ítem 12-02-103, compra y expropiación de terrenos, Eº 2.200.000.- se suplementa en Eº 1.300.000.

El artículo 2° declara excedible el ítem 12-02-101.19 que destina recursos a la construcción de caminos transversales. Esta declaración es necesaria, a fin de iniciar la inversión de los US$ 25.000.000 que se obtendrán del B.I.D. para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza.

El artículo 3º que ya hemos analizado, consulta el financiamiento de este proyecto de suplementos. La Comisión le prestó su aprobación, pero modificó la redacción, a fin de estipular claramente que no se emplearán en este objeto recursos que la ley 11.828 destina a las provincias productoras de este mineral.

Esta modificación tuvo su origen en observaciones del señor Miranda respecto del término "ingresos de libre disponibilidad fiscal" que se emplea en este artículo, el que por no tener definición legal, podría, también, englobar a aquéllos que siendo también de disponibilidad fiscal deben invertirse en zonas determinadas.

El artículo 4º del proyecto grava con un 5% los premios superiores a Eº 1.000.- que distribuya la Polla Chilena de Beneficencia, exceptuándose el premio mayor.

El producto de este gravamen se repartirá por iguales partes entre el Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile y la Universidad del Norte, debiendo ambas instituciones rendir cuenta anual de la inversión de estos fondos a la Contraloría General de la República.

La justificación de este artículo radica en que la Universidad del Norte es la única Universidad excluida hasta este instante de los beneficios de la Polla Chilena de Beneficencia y ello porque sólo recibió consagración legal en virtud de la ley 15.561, que en su artículo 32 dispuso que ella gozaría de todos los derechos y prerrogativas de las Universidades Particulares.

En virtud de esta disposición se obtendrá un ingreso de Eº 438.000.-, correspondiéndole Eº 219.000.- al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile e igual suma a la Universidad del Norte, la que deberá invertirlos en las sedes que mantiene en Iquique, Antofagasta y Arica.

El artículo 4º fue aprobado con una modificación sugerida por el señor Miranda en orden a obligar a la Universidad del Norte a invertir estos dineros en las sedes referidas.

El artículo 5º del proyecto de la H. Cámara de Diputados dispone que deberán invertirse en un plan de industrialización del país todos los mayores ingresos fiscales que se obtengan durante el año por sobre lo estimado en el Cálculo de Entradas del Presupuesto de la Nación. Para este efecto la CORFO deberá elaborar un plan de desarrollo industrial.

Esta disposición fue también aprobada con dos modificaciones, una del señor Corbalán que especifica que los fondos a invertirse son exclusivamente los de libre disponibilidad fiscal, esto es excluidos los que de acuerdo a la ley deben emplearse en el desarrollo de las provincias productoras de cobre y, otra del H. Senador señor Von Mühlenbrock que permite emplear estos mayores ingresos en el Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental.

El señor Von Mühlenbrock fundó su indicación manifestando que de no mediar el empleo de fuertes sumas en el desarrollo del extremo sur del país no podrían obtenerse resultados que permitan hacerlo progresar.

A continuación, la Comisión conoció de varias indicaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República y por Senadores.

La Comisión aprobó, sin mayor debate, los artículos que se transcriben en el proyecto de ley contenido al final de este informe con los números 6º, 7º, 8º, 9º, y 10.

Respecto de estos artículos, sólo dejamos constancia de que el artículo 6º suplementa en Eº 12.700.000.- dos ítem del Presupuesto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Se suplementa en Eº 7.600.000.- el ítem 18-03-125.3 de la Corporación de Mejoramiento Urbano, que figura en el Presupuesto de Capital del referido Ministerio con Eº 100.000.- Asimismo, se suplementa en Eº 5.100.000.- el ítem 18-03-125.5. que consulta un aporte a la CORVI de Eº 89.000.000.

El H. Senador señor Gumucio, refiriéndose al artículo 9º que otorga asignación de zona al personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que presta servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, expresó que, a su juicio, era inconveniente inmiscuirse por la vía legal en las remuneraciones de una Empresa que tiene un estatuto independiente que le permite actuar con absoluta autonomía. Sin embargo, el señor Senador votó, al igual que el resto de la Comisión, favorablemente este artículo.

Después de pronunciarse la Comisión sobre estos artículos, su Presidente, don Salomón Corbalán, pidió se dejara constancia en este informe de que, nuevamente, era el Ejecutivo el que, por la vía de las indicaciones, introducía materias extrañas en los proyectos sometidos a la consideración del Senado lo que le colocaba en una situación bastante inconfortable, pues ello le impedía ejercer sus atribuciones para declarar improcedentes indicaciones parlamentarias que no estuvieran estrechamente vinculadas con la idea matriz del proyecto.

A continuación, se aprobaron dos indicaciones, como artículos 11 y 12.

Como artículo 11 se agrega una disposición, a indicación del H. Senador señor Rodríguez, que permitirá adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago. Esta obra se financia destinando la primera diferencia de sueldos, que ordinariamente debe pasar a la caja de previsión respectiva, que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas Nº 3.134, de 28 de diciembre de 1964.

Por medio de este decreto, se dio aplicación a la ley 15.840 que reestructuró el Ministerio de Obras Públicas y fijó las rentas de esos funcionarios para el mes de diciembre de 1964 en la suma de Eº 1.500 mensuales para el grado 1º de la escala única de grados.

La primera diferencia de sueldos que percibieron los funcionarios con motivo de la aplicación de dicha ley, no ha ingresado aún a las instituciones de previsión respectivas por dificultades de índole contable.

La indicación del señor Rodríguez, aprobada unánimemente por la Comisión, cambia el destino de los Eº 434.000 a que asciende esa diferencia y los emplea en financiar la obra referida.

Finalmente, se aprobó una indicación de los HH. Senadores señores Miranda, Corbalán y Teitelboim que autoriza, por una sola vez, descontar por planilla la suma de un escudo a los empleados de la administración civil del Estado afiliados a la Asociación Nacional de Empleados Fiscales, a fin de financiar el Congreso que efectuará esta Asociación en el curso del año.

En virtud de las consideraciones expuestas, os proponemos aprobar el proyecto de ley remitido por la H. Cámara de Diputados, con las siguientes modificaciones:

Artículo 3°

Reemplazar la letra a), por la siguiente:

"a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley 11.828, modificada por la ley 16.425, de 25 de enero de 1966, y"

Artículo 4º

Agregar, en el inciso primero, entre la palabra "Norte" y la conjunción "y", lo siguiente: ", para que los invierta en sus sedes de Iquique, Antofagasta y Arica".

Artículo 5º

Reemplazar el inciso primero, por el siguiente: "Articulo 5º.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las (provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley."

A continuación, agregar los siguientes artículos, nuevos:

"Artículo ...- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

18|03|125.3 7.600.000

18|03|125.5 5.100.000

----------

12.700.000"

"Artículo...- Auméntase, a contar del 1º de octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aisén, y a un 130% la de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5º de la ley 16.406, modificado por el artículo 78 de la ley 16.464."

"Artículo...- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior, de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén.

La operación de compra se hará por el Intendente de la Provincia el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7° de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aisén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aisén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF, podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles del sector público y fiscal.

Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo, quedarán afectos al artículo 237 de la ley 16.466."

"Artículo ...- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que presta sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrá derecho a asignación de zona, en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1º de julio de 1966."

"Artículo ...- Prorrógase por un año, a contar del 3 de octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 59 de la ley Nº 16.338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del D.F.L. Nº 338, de abril de 1960."

"Artículo...- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas 3.134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias ("ANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3.046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio."

"Artículo ...- Autorízase, por una sola vez, el descuento por planilla de un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley de los empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF.

Dichos recursos serán destinados a financiar el Congreso de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales del año 1966."

En mérito a las modificaciones anteriores, vuestra Comisión de Hacienda tiene a honra proponeros el siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1º.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

12|02|101.1 E° 2.600.000

12|02|101.2 4.400.000

12|02|101.4 8.000.000

12|02|101.7 4.500.000

12|02|101.8 200.000

12|02|101.15 3.000.000

12|02|101.18 5.500.000

12|02|101.22 4.000.000

12|02|101.23 12.000.000

12|02|101.28 1.000.000

12|02|101.30 1.500.000

12|02|101.33 10.000.000

12|02|103 1.300.000

-----------

Total Eº 58.000.000

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12|02|101|19 de la Ley de Presupuestos vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República.

Artículo 3º.- El mayor gasto que representa la presente ley se financiará con:

a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley 11.828, modificada por la ley 16.425, de 25 de enero de 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4º.- La Polla Chilena de Beneficencia deberá deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte, para que los invierta en sus sedes de Iquique, Antofagasta y Arica y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5°.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de. Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial.

Artículo 6°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

18|03|125.3 7.600.000

18|03|125.5 5.100.000

----------

12.700.000

Artículo 7°.- Auméntase, a contar del 1º de octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aisén, y a un 130% la de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5° de la ley 16.406, modificado por el artículo 78 de la ley 16.464.

Artículo 8º.- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior, de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén.

La operación de compra se hará por el Intendente de la Provincia el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aisén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aisén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF, podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otro destino que el que se señala en él presente artículo.

Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles del sector público y fiscal.

Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo, quedarán afectos al artículo 237 de la ley 16.466.

Artículo 9º.- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que presta sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrá derecho a asignación de zona, en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1º de julio de 1966.

Artículo 10.- Prorrógase por un año, a contar del 3 de octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 5º de la ley Nº 16.338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del D.F.L. Nº 338, de abril de 1960.

Artículo 11.- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas 3.134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias ("ANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3.046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio.

Artículo 12.- Autorízase, por una sola vez, el descuento por planilla de un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley de los empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF.

Dichos recursos serán destinados a financiar el Congreso de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales del año 1966.

Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1966.

Acordado con asistencia de los HH. Senadores señores Corbalán (Presidente), Miranda, Palma, Teitelboim y Von Mühlenbrock.

(Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario.

2.2. Informe Comisión Legislativa

Senado. Fecha 31 de agosto, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 56. Legislatura Ordinaria año 1966.

3.- INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE SUPLEMENTA EL PRESUPUESTO DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Honorable Senado:

Según se expresa en el Mensaje en que se originó este proyecto de ley, dentro de la inversión fiscal ha correspondido una importante participación a obras públicas, a las cuales se han destinado magnitudes siempre crecientes de recursos. En efecto, mientras en 1964 el gasto fiscal en este rubro fue de Eº 539.000.000, en 1965, de Eº 593.000.000.-, en 1966 fue da Eº 635.000.000.-, incluido el suplemento que se propone en este proyecto de ley (millones de escudos de 1966).

Expresa el mismo Mensaje, más adelante, que: "estas cifras expresan con claridad la intensidad del creciente esfuerzo que ha venido realizando el país en materia de obras públicas, esfuerzo que, por lo demás, se remonta a períodos anteriores al aquí citado. Sin embargo, los recursos anualmente asignados a ellas han resultado generalmente insuficientes, debiendo aprobar con posterioridad suplementos destinados a permitir, especialmente, la reproducción de los daños causados por las frecuentes catástrofes sísmicas, temporales, inundaciones, etc. que afectan al territorio nacional".

Esto es precisamente lo que ocurrió en el año 1965 con ocasión del terremoto y los temporales subsiguientes.

Los compromisos que derivaron de estos hechos han gravitado sobre los recursos consultados para 1966, lo que hace necesario este nuevo proyecto de ley de suplemento.

El señor Ministro de Hacienda en una exposición que hizo sobre problemas financieros ante las Comisiones de Hacienda y de Agricultura y Colonización unidas, que estudian el proyecto de reforma agraria, con fecha 22 del presente, explicó que el Ejecutivo se propone en el futuro encauzar la inversión pública en tres rubros principales: reforma agraria, educación e industrialización. De este modo, se altera la planificación actual en que esta inversión se realizaba principalmente en obras públicas y viviendas.

No obstante la nueva programación, el señor Ministro de Hacienda expresó que el Ejecutivo se propone mantener en términos reales los fondos que actualmente se destinan a obras públicas, pero se detendrá su ritmo de crecimiento.

Agregó en aquella oportunidad el señor Ministro de Hacienda, refiriéndose a esta materia, lo siguiente: "En materia de obras públicas, existe un problema grave y es que, aproximadamente, un 68% de las obras públicas en ejecución tienen su origen en contratos celebrados en 1964. Por otra parte, existe en la actualidad un sistema de trabajo irracional, ya que los dineros para obras públicas se canalizan en un fondo común, con el grave inconveniente de que las empresas mejor organizadas, por el hecho de trabajar más rápido, agotan los recursos asignados, en desmedro de las otras.

En la actualidad hay muchas empresas que están trabajando sin imputación presupuestaria, lo que trae como consecuencia que no sea posible cancelarles sus estados de pago, por cuanto los fondos correspondientes no han sido considerados en el presupuesto del año. Tal cosa ocurre por dos razones fundamentales: existe un sistema en Obras Públicas, que está en vías de ser corregido, que no permite hacer una programación clara. Para ilustrar lo anterior, hace presente que actualmente puede celebrarse un contrato en Obras Públicas que signifique un gasto de cien millones de escudos, contemplando una cláusula que obliga a imputar sólo diez millones al presupuesto de este año. Con este sistema se inician las obras, pero se deja comprometido al próximo o subsiguiente presupuesto por el saldo.

Por otra parte, al no asignarse recursos por contratos o empresas, el que gastaba más rápido los recursos ganaba en definitiva ya que el sistema estaba concebido sobre la base de asignaciones de estímulo a la velocidad en el cumplimiento de la tarea, lo que se traducía en que las empresas que construían antes de la fecha establecida para la entrega, obtenía además del total de los recursos asignados a su obra, un premio a la velocidad de la ejecución. De esta manera, a la empresa se le inducía a efectuar el máximo de obras, sin preocuparse de que en un momento determinado se produjere un quiebre financiero entre el recurso financiero asignado y la obra, en realización.

Este año se suplementará este ítem sólo para evitar que se produzca la situación consistente en que las empresas no puedan cobrar ante un desfinanciamiento del Presupuesto, pero, al mismo tiempo, para que tanto Obras Públicas como Viviendas y Urbanismo no entren al Presupuesto de 1967 con fondos comprendidos en el ejercicio de 1966. Esto implica que durante el primer período del presente año no se haya podido llamar a nuevas propuestas, lo que ha originado, en gran medida, el problema de cesantía que está afectando a varias áreas. Esta cesantía se ha producido, a pesar de que el gasto en Viviendas es muy alto, porque está en un proceso de determinación que ocupa menos mano de obra corriente y calificada y, en el caso de Obras Públicas, porque al no contar con la posibilidad de la imputación del mecanismo tradicional, el contrato que termina no tiene ninguna expectativa de ser renovado en este momento.

Reitera que este problema se producirá hasta el mes de septiembre inclusive. En el mes de octubre, con este conocimiento, se empieza a llamar a propuestas para viviendas y obras públicas, de tal manera que se pueda normalizar el ciclo de gastos de 1967, con el conocimiento previo de los Ministerios de Hacienda, de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo, acerca de lo que significan, en términos financieros, la contratación de obras al final de este año".

El señor Ministro de Obras Públicas que asistió a la reunión en que de debatió este proyecto de suplemento, contestando una serie de preguntas formuladas por el Presidente de la Comisión, don Salomón Corbalán, manifestó que en el proyecto de Presupuesto tentativo que se había sometido a la consideración de ese Ministerio no sólo no contemplaba una tasa de crecimiento de inversión sino que era, en valores constantes, manifiestamente inferior.

Agregué, además, que en el futuro no habrá un plan de obras públicas de carácter nacional, sino que éste será sólo sectorial, de acuerdo al desarrollo que experimenten los planes agrario, industrial y minero.

No conoce el señor Ministro cómo operará este plan sectorial ni si los dineros que antes se invertían a través del Ministerio de Obras Públicas se consultan ahora en los Ministerios encargados de llevar a la práctica esos planes.

El H. Senador señor Gumucio manifestó que la suma de las inversiones en obras públicas que se consultarán en los distintos presupuestos será equivalente o superior a la inversión actual y que se logrará la realización de obras que tengan una mayor productividad.

El señor Ministro de Obras Públicas expresó que en el próximo año se dará gran impulso a las obras de alcantarillado las que se financiarán con cargo al préstamo que se contrató en el Banco Interamericano de Desarrollo por US $ 25.000.000 lo que permitirá ocupar cualquier mano de obra sobrante.

Igualmente, se ejecutará la obra vial de Valparaíso a Mendoza para lo cual se cuenta con otro préstamo de U$ 25.000.000.

Finalmente, absolviendo otra pregunta del Senador Corbalán, manifestó que los pagos a contratistas de obras públicas se hallaban al día, existiendo un atraso de sólo 25 días, en circunstancias que cuando asumió el cargo de Ministro este atraso era de 45 días.

El proyecto en informe, que presenta un gasto de Eº 58.000.000.- en suplementos a distintos ítem del Ministerio de Obras Públicas y de Eº 12.700.000.- a dos ítem del presupuesto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, se financia, de acuerdo al artículo 3º, con cargo al mayor rendimiento de libre disponibilidad fiscal que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas en monedas extranjeras reducidas a dólares, impuesto a las utilidades del cobre, y con el mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas Corrientes en moneda nacional, que consulta ingresos de la Dirección de Obras Sanitarias por ventas de agua y entradas varias.

Según expresó el señor Ministro de Obras Públicas, en esta última cuenta se producirá un mayor ingreso del orden de los Eº 8.000.000.

En cuanto al cobre, el señor Ministro de Hacienda expreso, durante la discusión del proyecto de reforma agraria, que suponiendo un precio medio de venta de la libra de cobre de 48 centavos de dólar, durante el semestre de este año, se obtendrá un mayor ingreso anual de 30 millones de dólares.

La mitad de este mayor ingreso de divisas será vendido al Banco Central para cancelar créditos que ha obtenido el Estado en ese Instituto Emisor para financiar obligaciones presupuestarias. Los 15 millones restantes, o la cifra que corresponda se liquidarán, también en el Banco Central para financiar el gasto de 70 millones de escudos que contempla este proyecto de suplemento.

Como saben los HH. Senadores cada centavo de dólar de mayor precio que se obtiene al vender una libra de cobre, representa un mayor ingreso de libre disponibilidad fiscal de, aproximadamente, 7 millones de dólares al año. En consecuencia, si el precio de este metal continuare por sobre los 48 centavos de dólar referidos se producirá un mayor ingreso que, según expresó don Sergio Molina, se trasladará a reservas del Banco Central.

De esta forma, se adoptó en materia de balanza de pagos dos criterios: la disminución de las obligaciones de corto plazo, extraordinariamente altas en 1965 y 1966, y, en segundo lugar, en adoptar medios de liberalización de importaciones, en especial de equipos y maquinarias, con el objeto de aumentar las importaciones de bienes de capital, para lo cual se disminuirán los impuestos adicionales y los depósitos previos. También se empleará una proporción de estas reservas en importar bienes de consumo, en reemplazo de los excedentes agrícolas, convenios que no se han podido renovar.

Las obligaciones a corto plazo a que nos hemos referido gravitan pesadamente por su alto costo y su pago no es imperioso hacerlo, porque se renuevan periódicamente desde hace años.

El artículo 1º del proyecto suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas: el ítem 12-02-101.1, consulta Eº 13 millones para construcción de locales escolares, suma que se suplementa en Eº 2.600.000.-; el ítem 12-02-101.2, construcción de edificios públicos, deportivos y del Buen Pastor, consulta Eº 27 millones, suma que se suplementa en Eº 4.400.000.-; el ítem 12-02-101.4, consulta la suma de Eº 18.860.000 para instalaciones de agua potable, la que se suplementa en Eº 8.000.000.-; el ítem 12-02-101.7, consulta la suma de Eº 14.000.000.- para la construcción de alcantarillados, suma que se suplementa en Eº 4.500.000.- ;el ítem 12-02-101.8, que, para obras de defensa de riberas, consulta la suma de Eº 1.500.000.- cifra que es suplementada en Eº 200.000.-, el ítem 12-02-101.15, que dispone para abovedamiento de canales y obras similares, la suma de Eº 8.000.000.-, la que se suplementa en Eº 3.000.000.-; el ítem 12-02-101.18, que consulta la suma de Eº 26.840.000.-, para la construcción del camino longitudinal de Santiago a Quellón y caminos de acceso, la que es suplementaria en Eº 5.500.000.-; el ítem 12-02-101.22, que, para la construcción de caminos transversales en las provincias de Linares a Magallanes, consulta la suma de Eº 23.780.000.-, la que se suplementa en Eº 4.000.000; el ítem 12-02-101.23, dispone Eº 84.110.000.- para la conservación y mejoramiento de caminos en general, cifra que es suplementada en Eº 12.000.000; e] ítem 12-02-101.28, construcción de puertos, consulta Eº 2.500.000.-, cifra que se suplementa en Eº 1.000.000.-; el ítem 12-02-101.30, sobre material a flote y maquinaria en general, consulta la cifra Eº 4.460.000.-, la que es suplementada en Eº 1.500.000; el ítem 12-02-101.33, estudios y construcción de aeropuertos, dispone de la suma de Eº 17.920.000.-, la que es suplementada en Eº 10.000.000.- , y el ítem 12-02-103, compra y expropiación de terrenos, Eº 2.200.000.- se suplementa en Eº 1.300.000.

El artículo 2° declara excedible el ítem 12-02-101.19 que destina recursos a la construcción de caminos transversales. Esta declaración es necesaria, a fin de iniciar la inversión de los US$ 25.000.000 que se obtendrán del B.I.D. para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza.

El artículo 3º que ya hemos analizado, consulta el financiamiento de este proyecto de suplementos. La Comisión le prestó su aprobación, pero modificó la redacción, a fin de estipular claramente que no se emplearán en este objeto recursos que la ley 11.828 destina a las provincias productoras de este mineral.

Esta modificación tuvo su origen en observaciones del señor Miranda respecto del término "ingresos de libre disponibilidad fiscal" que se emplea en este artículo, el que por no tener definición legal, podría, también, englobar a aquéllos que siendo también de disponibilidad fiscal deben invertirse en zonas determinadas.

El artículo 4º del proyecto grava con un 5% los premios superiores a Eº 1.000.- que distribuya la Polla Chilena de Beneficencia, exceptuándose el premio mayor.

El producto de este gravamen se repartirá por iguales partes entre el Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile y la Universidad del Norte, debiendo ambas instituciones rendir cuenta anual de la inversión de estos fondos a la Contraloría General de la República.

La justificación de este artículo radica en que la Universidad del Norte es la única Universidad excluida hasta este instante de los beneficios de la Polla Chilena de Beneficencia y ello porque sólo recibió consagración legal en virtud de la ley 15.561, que en su artículo 32 dispuso que ella gozaría de todos los derechos y prerrogativas de las Universidades Particulares.

En virtud de esta disposición se obtendrá un ingreso de Eº 438.000.-, correspondiéndole Eº 219.000.- al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile e igual suma a la Universidad del Norte, la que deberá invertirlos en las sedes que mantiene en Iquique, Antofagasta y Arica.

El artículo 4º fue aprobado con una modificación sugerida por el señor Miranda en orden a obligar a la Universidad del Norte a invertir estos dineros en las sedes referidas.

El artículo 5º del proyecto de la H. Cámara de Diputados dispone que deberán invertirse en un plan de industrialización del país todos los mayores ingresos fiscales que se obtengan durante el año por sobre lo estimado en el Cálculo de Entradas del Presupuesto de la Nación. Para este efecto la CORFO deberá elaborar un plan de desarrollo industrial.

Esta disposición fue también aprobada con dos modificaciones, una del señor Corbalán que especifica que los fondos a invertirse son exclusivamente los de libre disponibilidad fiscal, esto es excluidos los que de acuerdo a la ley deben emplearse en el desarrollo de las provincias productoras de cobre y, otra del H. Senador señor Von Mühlenbrock que permite emplear estos mayores ingresos en el Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental.

El señor Von Mühlenbrock fundó su indicación manifestando que de no mediar el empleo de fuertes sumas en el desarrollo del extremo sur del país no podrían obtenerse resultados que permitan hacerlo progresar.

A continuación, la Comisión conoció de varias indicaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República y por Senadores.

La Comisión aprobó, sin mayor debate, los artículos que se transcriben en el proyecto de ley contenido al final de este informe con los números 6º, 7º, 8º, 9º, y 10.

Respecto de estos artículos, sólo dejamos constancia de que el artículo 6º suplementa en Eº 12.700.000.- dos ítem del Presupuesto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Se suplementa en Eº 7.600.000.- el ítem 18-03-125.3 de la Corporación de Mejoramiento Urbano, que figura en el Presupuesto de Capital del referido Ministerio con Eº 100.000.- Asimismo, se suplementa en Eº 5.100.000.- el ítem 18-03-125.5. que consulta un aporte a la CORVI de Eº 89.000.000.

El H. Senador señor Gumucio, refiriéndose al artículo 9º que otorga asignación de zona al personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que presta servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, expresó que, a su juicio, era inconveniente inmiscuirse por la vía legal en las remuneraciones de una Empresa que tiene un estatuto independiente que le permite actuar con absoluta autonomía. Sin embargo, el señor Senador votó, al igual que el resto de la Comisión, favorablemente este artículo.

Después de pronunciarse la Comisión sobre estos artículos, su Presidente, don Salomón Corbalán, pidió se dejara constancia en este informe de que, nuevamente, era el Ejecutivo el que, por la vía de las indicaciones, introducía materias extrañas en los proyectos sometidos a la consideración del Senado lo que le colocaba en una situación bastante inconfortable, pues ello le impedía ejercer sus atribuciones para declarar improcedentes indicaciones parlamentarias que no estuvieran estrechamente vinculadas con la idea matriz del proyecto.

A continuación, se aprobaron dos indicaciones, como artículos 11 y 12.

Como artículo 11 se agrega una disposición, a indicación del H. Senador señor Rodríguez, que permitirá adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago. Esta obra se financia destinando la primera diferencia de sueldos, que ordinariamente debe pasar a la caja de previsión respectiva, que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas Nº 3.134, de 28 de diciembre de 1964.

Por medio de este decreto, se dio aplicación a la ley 15.840 que reestructuró el Ministerio de Obras Públicas y fijó las rentas de esos funcionarios para el mes de diciembre de 1964 en la suma de Eº 1.500 mensuales para el grado 1º de la escala única de grados.

La primera diferencia de sueldos que percibieron los funcionarios con motivo de la aplicación de dicha ley, no ha ingresado aún a las instituciones de previsión respectivas por dificultades de índole contable.

La indicación del señor Rodríguez, aprobada unánimemente por la Comisión, cambia el destino de los Eº 434.000 a que asciende esa diferencia y los emplea en financiar la obra referida.

Finalmente, se aprobó una indicación de los HH. Senadores señores Miranda, Corbalán y Teitelboim que autoriza, por una sola vez, descontar por planilla la suma de un escudo a los empleados de la administración civil del Estado afiliados a la Asociación Nacional de Empleados Fiscales, a fin de financiar el Congreso que efectuará esta Asociación en el curso del año.

En virtud de las consideraciones expuestas, os proponemos aprobar el proyecto de ley remitido por la H. Cámara de Diputados, con las siguientes modificaciones:

Artículo 3°

Reemplazar la letra a), por la siguiente:

"a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley 11.828, modificada por la ley 16.425, de 25 de enero de 1966, y"

Artículo 4º

Agregar, en el inciso primero, entre la palabra "Norte" y la conjunción "y", lo siguiente: ", para que los invierta en sus sedes de Iquique, Antofagasta y Arica".

Artículo 5º

Reemplazar el inciso primero, por el siguiente: "Articulo 5º.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las (provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley."

A continuación, agregar los siguientes artículos, nuevos:

"Artículo...- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

"Artículo...- Auméntase, a contar del 1º de octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aisén, y a un 130% la de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5º de la ley 16.406, modificado por el artículo 78 de la ley 16.464."

"Artículo...- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior, de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén.

La operación de compra se hará por el Intendente de la Provincia el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7° de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aisén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aisén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF, podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles del sector público y fiscal.

Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo, quedarán afectos al artículo 237 de la ley 16.466."

"Artículo ...- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que presta sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrá derecho a asignación de zona, en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1º de julio de 1966."

"Artículo ...- Prorrógase por un año, a contar del 3 de octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 59 de la ley Nº 16.338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del D.F.L. Nº 338, de abril de 1960."

"Artículo...- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas 3.134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias ("ANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3.046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio."

"Artículo ...- Autorízase, por una sola vez, el descuento por planilla de un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley de los empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF.

Dichos recursos serán destinados a financiar el Congreso de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales del año 1966."

En mérito a las modificaciones anteriores, vuestra Comisión de Hacienda tiene a honra proponeros el siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1º.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

Artículo 2º.- Agrégase al final de la glosa del ítem 12|02|101|19 de la Ley de Presupuestos vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República.

Artículo 3º.- El mayor gasto que representa la presente ley se financiará con:

a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley 11.828, modificada por la ley 16.425, de 25 de enero de 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4º.- La Polla Chilena de Beneficencia deberá deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte, para que los invierta en sus sedes de Iquique, Antofagasta y Arica y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5°.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de. Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial.

Artículo 6°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

Artículo 7°.- Auméntase, a contar del 1º de octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aisén, y a un 130% la de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5° de la ley 16.406, modificado por el artículo 78 de la ley 16.464.

Artículo 8º.- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior, de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén.

La operación de compra se hará por el Intendente de la Provincia el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aisén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aisén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF, podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otro destino que el que se señala en él presente artículo.

Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles del sector público y fiscal.

Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo, quedarán afectos al artículo 237 de la ley 16.466.

Artículo 9º.- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que presta sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrá derecho a asignación de zona, en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1º de julio de 1966.

Artículo 10.- Prorrógase por un año, a contar del 3 de octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 5º de la ley Nº 16.338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del D.F.L. Nº 338, de abril de 1960.

Artículo 11.- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas 3.134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias ("ANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3.046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio.

Artículo 12.- Autorízase, por una sola vez, el descuento por planilla de un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley de los empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF.

Dichos recursos serán destinados a financiar el Congreso de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales del año 1966.

Sala de la Comisión, a 30 de agosto de 1966.

Acordado con asistencia de los HH. Senadores señores Corbalán (Presidente), Miranda, Palma, Teitelboim y Von Mühlenbrock.

(Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario.

2.3. Discusión en Sala

Fecha 06 de septiembre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 59. Legislatura Ordinaria año 1966. Discusión General. Pendiente.

SUPLEMENTO DE ITEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Informe de la Comisión de Hacienda, suscrito por los Honorables señores Corbalán (presidente), Miranda, Gumucio, Teitel-boim y Von Mühlenbrock, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que suplementa el presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas en la cantidad de Eº 58.000.000.

-El proyecto aparece en los Anexos de la sesión 49ª, en 23 de agosto de 1966, documento Nº 4, página 3100, y el informe, en los de la sesión 56ª, en 31 de agosto de 1966, documento Nº 3, página 3394.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Comisión recomienda aprobar el proyecto, con las modificaciones que indica.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

En discusión general el informe.

Ofrezco la palabra.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

El Gobierno envió a la Cámara un proyecto de ley para suplementar el presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas. La iniciativa, en un comienzo, si no me equivoco, constaba sólo de cinco artículos. Durante la discusión del primer informe en la Comisión de Hacienda, llegaron nuevas indicaciones del Ejecutivo. Entiendo que así también lo hizo durante la discusión del segundo informe. Quisiera que el señor Secretario me aclarara este punto, pues no sé si es efectivo.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En efecto, señor Senador. Tengo aquí un oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, de fecha de hoy, mediante el cual presenta diversas nuevas indicaciones a diferentes ítem.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Gracias, señor Secretario.

Vale decir, el proyecto se va a transformar -llama la atención de los señores Senadores sobre esto, y dejo constancia de ello- en una iniciativa "ómnibus", o sea, de aquellas a las cuales se introducen materias totalmente ajenas a la idea sustantiva que la inspiró. Eso significa que los Senadores quedamos en absoluta libertad de acción para presentar todas las indicaciones que estimemos procedentes, lo que hago presente para que Sus Señorías aprovechen la oportunidad concreta que aquí se presenta.

El señor GORMAZ.-

Muchas gracias.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

En seguida, quiero señalar que a la sesión de la Comisión de Hacienda en que se trató este proyecto, sólo concurrió el señor Ministro de Obras Públicas; no lo hizo, por desgracia, el de Hacienda, quien nos habría podido informar sobre algunos asuntos de índole financiera que involucra el proyecto. Este último Secretario de Estado planteó algunas cosas interesantes que bien vale la pena que el Senado tenga presentes en el momento de debatir la iniciativa, sobre todo si se abriga el propósito de comprender la política de inversiones que interesa desarrollar al Ejecutivo en este instante.

Hace algunos días, el señor Ministro de Hacienda concurrió a las Comisiones de Hacienda y Agricultura, unidas, con el objeto de contestar algunas preguntas relacionadas con el financiamiento del proyecto de reforma agraria. Allí aprovechó dicho Secretario de Estado para dar a conocer cuál es la nueva filosofía de inversiones del Ejecutivo en la actualidad y planteó lo siguiente: el Gobierno dedicará sus esfuerzos de inversión, en los próximos años, esencialmente a reforma agraria, educación y desarrollo industrial. Por lo tanto, en estos rubros habrá crecimiento en la inversión; en los restantes, puede que no lo haya, o bien puede producirse un descenso en el monto global de la inversión.

En seguida, el señor Ministro nos adelantó algunos criterios interesantes. Cuando se le preguntó cuánto se consignaría en el Presupuesto de 1967 para inversiones del Ministerio de Obras Públicas, contestó que no lo sabía, primero, porque el anteproyecto, es decir, el presupuesto estimativo que llegó a su conocimiento, era muy inferior a las peticiones, a los programas, a las ambiciones de su Secretaría de Estado ; y, en segundo lugar, porque, de acuerdo con la nueva política que el sector público está aplicando en este momento, las inversiones en obras públicas se canalizan por sectores, es decir, los fondos se adjudicarán al respectivo Ministerio y no al de Obras Públicas, como ha sido tradicional.

Por ejemplo, todas las inversiones da infraestructura que tengan relación con la reforma agraria se programarán por el Ministerio de Agricultura y la Corporación de ¡a Reforma Agraria, y vendrán consignadas a su nombre, sin perjuicio, según el señor Ministro, de que el personal de Obras Públicas las realice. Algo parecido acontecerá con lo relativo al Ministerio de la Vivienda, que no sólo atiende a la construcción habitacional, sino a muchas obras importantes de alcantarillado, agua potable, captaciones, nuevas ampliaciones de riego, caminos de acceso a poblaciones, etcétera. Todo ello se programará por ínter-medio de ese Ministerio. Y así sucesivamente. Nos encontraremos con que la mayoría de los Ministerios algo tendrán que realizar en inversiones que deba llevar a cabo el de Obras Públicas. Este será -repito- el que realice las obras, pero los fondos respectivos se asignarán al sector correspondiente. Por lo tanto, es imposible conocer exactamente ahora cuáles y cuántas serán tales obras.

Sin embargo, hay un hecho concreto: las obras públicas serán, en el próximo año, muy inferiores a las ejecutadas en el año en curso o en los anteriores. En primer lugar, no habrá aumento de tasa de inversión en el sector de obras públicas, pues los recursos que a ello se destinarán serán dedicados a los otros rubros que he señalado.

Consultado el señor Ministro sobre el peligro de cesantía que ha de significar la reducción de las obras públicas, manifestó que ese problema se resolverá a partir del mes de octubre de este año, mediante los fondos derivados de la suplementación que discutimos, que permitirán activar de nuevo ciertas obras, la aplicación del Plan de Desarrollo Industrial y los convenios del cobre, que, por lo demás, como sabe el Senado, no "caminan" todavía. Piensa el señor Ministro que todo ello absorberá en gran parte la cesantía que se ha de producir por la menor construcción de obras públicas.

En seguida, el proyecto de ley propuesto por el Ejecutivo comprende suplementos de alrededor de 58 millones de escudos.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Más 12 millones 700 mil.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

...más 12 millones 700 mil, en que se aumentó por la indicación que hizo llegar el Ejecutivo. Esos 58 millones se distribuyen en distintas actividades dependientes del Ministerio de Obras Públicas; por ejemplo, construcción de locales escolares -ítem 12|02|101.1-, construcción de edificios públicos, deportivos y del Buen Pastor; construcción de obras de alcantarillado; instalaciones para agua potable;...

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Aeródromos, puertos...

El señor CORBALAN (don Salomón).-

...construcción del camino longitudinal de Santiago a Quellón y caminos de acceso, etcétera. En la página 8 del informe, los señores Senadores podrán leer lo que corresponde a cada ítem señalado en el artículo 1° del proyecto.

Como he dicho, el Gobierno envió después una indicación para suplementar ítem del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, entre los cuales se cuenta un aporte a la Corporación de la Vivienda.

¿Cómo se financia este aumento? Con cargo a la Cuenta C-l del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966; es decir, con las mayores utilidades que produciría el cobre.

Vale la pena señalar que, en materia de mayores utilidades que produciría el cobre en el año en curso, hay mucho de ficción y mucho de ilusión. Cuando se aprobó el aumento del precio de ese metal a 60 centavos de dólar la libra, lo que, si no me equivoco, fue en el mes de mayo, no entró a regir ese aumento, sino a partir del 1º de julio, simplemente porque sólo desde esta última fecha existía la posibilidad de aplicar los nuevos contratos. Así, pues, no pudo aprovecharse en su integridad, es decir, desde la fecha en que se aprobó, el aumento del precio del cobre.

Por otra parte, sabe el Senado que durante 1966, en que se esperaba obtener un alto rendimiento del mayor precio de dicho metal, éste ha comenzado a sufrir una serie de variaciones en el mercado internacional. En las últimas horas, se han producido nuevas declinaciones. Incluso, el Gobierno chileno ha adoptado algunas medidas que modifican el acuerdo del precio de 60 centavos y nos colocan en situación desventajosa para obtener el máximo rendimiento del precio internacional que se puede lograr en este instante.

Se le preguntó al señor Ministro de Hacienda en cuánto estimaba el precio medio del cobre para el segundo semestre de este año. Contestó que ellos lo calculaban en 48 centavos de dólar. Eso significa un mayor ingreso de 30 millones de dólares, de los cuales 15 millones se destinarían a financiar el proyecto en debate. O sea, de estos 15 millones de dólares, el Gobierno piensa obtener los 70 millones de escudos que irrogará la iniciativa en estudio.

Quedarían al Ejecutivo 15 millones.

Ellos, según expresó el señor Ministro en las Comisiones unidas de Hacienda y de Agricultura, se invertirían en pagar la deuda del Estado con el Banco Central en el año en curso, y, el resto, en aliviar el presupuesto en moneda extranjera y la balanza de pagos y en otorgar mayor amplitud a las importaciones, en especial a las importaciones industriales, de equipos y artículos de consumo directo que no han podido traerse porque no se han podido aplicar los convenios de excedentes agrícolas.

Estas son las razones que se dieron a conocer en la Comisión de Hacienda y que yo cumplo con exponer al Senado.

En el transcurso del debate, se aprobaron varias indicaciones, algunas del Ejecutivo y otras de mis Honorables colegas. Así, se aprobó una formulada por el Honorable señor Rodríguez, a fin de otorgar fondos, con cargo a los propios funcionarios del Ministerio de Obras Públicas, para la construcción de la sede social de los empleados de esa Secretaría de Estado. Se despachó, asimismo, una indicación similar para la construcción de una obra en Llanquihue -no estoy muy seguro-...

El señor VON MÜHLENBROCK.-

En Puerto Aisén y Chile Chico.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

...en Puerto Aisén y Chile Chico, según apunta mi Honorable colega, destinada a sede social del personal de empleados fiscales. Finalmente, se aprobó una proposición de los Honorables señores Miranda y Teitelboim y del Senador que habla, que autoriza para descontar por planilla, por una sola vez, un escudo a los empleados de la Administración Civil del Estado, a fin de reunir fondos y atender a los gastos del Congreso que la ANEF efectuará en el curso de este año.

Así fue despachado el proyecto.

Quedo a disposición de los señores Senadores, si les interesa conocer desde luego las indicaciones que el Ejecutivo formulará en el segundo informe.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

En el artículo 6°, que aparece en la página 18 del informe, se consignan los ítem 18/03/125.3 y 18/03/125.5, por Eº 7.600.000 y Eº 5.100.000, o sea, 12.700.000 escudos en total. ¿Qué destino tienen esas cantidades?

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Son para el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Cuál es la finalidad actual de esos ítem? ¿La construcción?

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Antes de contestarle, examinaré la ley de Presupuestos, señor Senador.

El señor BOSSAY.-

Señor Presidente, deseo llamar la atención de la Sala hacia algunos párrafos del informe, pues en ellos se indican cifras que deben inquietar a la opinión pública y que, en mi concepto, podrían colocar a este proyecto de suplemento del presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas en situación de desfinanciamiento.

Tengo entendido que el señor Ministro de Hacienda, en repetidas oportunidades, al conocerse el alza continuada del precio del cobre en el mercado de Londres, estimó que ella procuraría a las arcas fiscales chilenas un mayor ingreso de más o menos 70 millones de dólares.

En la información oficial contenida en el informe antedicho, queda establecido que, al precio de 48 centavos de dólar por libra de cobre, el mayor ingreso total será de 30 millones de dólares. Es una cifra extraordinariamente peligrosa, ya que parte de la base de una venta permanente a 48 centavos en el mercado mundial.

Del precio más alto, Chile prácticamente no aprovechó nada. En las dos ocasiones llegó tarde, y las ventas efectuadas a 72 centavos son casi nulas. Entonces, no existe una diferencia compensatoria que nos mueva a actuar convencidos de que el ingreso será efectivamente de 30 millones de dólares, considerando un precio de 48 centavos. Posiblemente la libra de cobre llegará a costar menos de 48 centavos. Con ello, el suplemento para los fines señalados en él informe no tendría financiamiento serio.

Lo anterior es muy grave, porque cada declaración del señor Ministro de Hacienda habla de una disminución en la inversión pública, que, si bien ha tenido variaciones en algunos casos, ha sido señalada en 153 millones de escudos para el próximo año. Además, ha sido muy marcada en este último semestre.

Todos sabemos que los índices dados a conocer por el Honorable señor Altamirano en su último discurso no son muy favorables al desarrollo económico chileno y que, por el contrario, la comparación que nace de ellas, especialmente en algunos campos, con respecto al mantenimiento del poder de compra del peso chileno, nos coloca cerca de las naciones latinoamericanas de más bajo desarrollo. Son muchos los países que nos están superando, con una línea muy sostenida y mayor velocidad, pese a lo cual no realizan profusas campañas propagandísticas para hablar de revolución en libertad. Ellos, sin decir nada, van obteniendo resultados muy importantes para su pueblo y su progreso.

Sin embargo, para mí, que no he asistido a la Comisión, a la cual no pertenezco por ahora, tienen mucho más importancia algunos datos que comentaré en seguida y que en términos generales expuso el presidente de la Comisión, el Honorable señor Corbalán.

¿Quién de nosotros ha olvidado las optimistas declaraciones del Ministro de Hacienda señor Molina? ¿Quién dejó de escucharlo cuando planteó a la opinión pública que este maná, esta lluvia de millones de dólares, sería empleado, como lo señaló el Honorable señor Corbalán, en el incremento de las reservas del Banco Central, en el apreciable aumento de la importación de los bienes de consumo, en la liberación de las importaciones, especialmente de aquellas a corto plazo, y en un ambicioso plan de industrialización, que el Gobierno estimaba fundamental para aumentar un poquito el índice o la velocidad del índice de nuestro desarrollo económico? Con razón no vino el señor Ministro a la Comisión, porque dichas declaraciones de tipo general son totalmente contrarias a lo que se establece en este proyecto.

¿Dónde están los dólares que fe quedan al señor Ministro de Hacienda para aumentar la industrialización de Chile? ¿Dónde están los dólares que necesita para dar mayor elasticidad a las importaciones, especialmente a aquéllas a corto plazo? ¿Dónde está el aumento de la posibilidad de incrementar las reservas del Banco Central? ¿Existe alguna base para pensar que esos ambiciosos planes pueden convertirse en realidad, cuando se nos dice que sólo quedarán 30 millones de dólares y que el costo del proyecto ascenderá, probablemente., a igual suma?

Alguien está equivocado: o las primitivas declaraciones fueron hechas simplemente para sembrar optimismo en Chile o adolecían de un grave error; o bien, lo que se afirma en el proyecto está errado.

El párrafo pertinente del informe dice a la letra:

"En cuanto al cobre, el señor Ministro de Hacienda expresa, consultado por el Secretario de la Comisión, que suponiendo un precio medio de venta de la libra de cobre de 48 centavos de dólar, durante el segundo semestre de este año, se obtendrá un mayor ingreso anual de 30 millones de dólares.

"La mitad de este mayor ingreso de divisas será vendido al Banco Central de Chile para cancelar créditos que ha obtenido el Estado en ese instituto emisor para financiar obligaciones presupuestarias. Los 15 millones restantes, o la cifra que corresponda, se liquidarán también en el Banco Central para financiar el gasto de 70 millones de escudos que contempla este proyecto de suplemento".

¿Dónde está el propósito anterior de inversión para el saldo en dólares que produciría el mayor precio del cobre en el mercado mundial? En ninguna parte. Con esto, señor Ministro de Hacienda, se termina todo: desarrollo económico, planes entusiasta y gigantescos...

El señor GUMUCIO.-

Como Su Señoría sabe por experiencia, en la ley de Presupuestos aparece siempre un cálculo probable de los ingresos, entre ellos los provenientes del cobre. Por lo tanto, los rendimientos en exceso de los ingresos calculados financian la totalidad del Presupuesto, que puede tener déficit o superávit. En consecuencia, no es necesario señalar por anticipado en qué se invertirá el exceso en los ingresos.

El señor BOSSAY.-

Las palabras de mi Honorable colega de ninguna manera explican la contradicción a que me estoy refiriendo.

El señor Ministro señaló en forma precisa un plan de inversiones y 'los canales por los cuales se invertiría el exceso mencionado. Ahora, en este proyecto, como dice el informe, "consultado por el Secretario de la Comisión", da un solo propósito: pagar los 15 millones de dólares que se pidieron y vender el saldo para los 70 millones de escudos del actual suplemento del presupuesto de Obras Públicas.

Destaco en este debate la importancia de la situación, porque me parece muy necesaria la asistencia del señor Ministro a la Comisión del ramo y a la Sala cuando se discuten estas materias. Hay inquietud en el país por el estado de la caja fiscal y los problemas planteados por personas que no pueden merecer duda a la Democracia Cristiana respecto de la lealtad al señor Frei y al actual Gobierno, como es la Cámara Chilena de la Construcción.

No por simple curiosidad, sino por obligación, en cumplimiento de nuestros deberes, los Senadores de la República debemos pedir información en una serie de aspectos al señor Ministro de Hacienda, porque nuestras consultas deben contribuir a orientar a la opinión pública respecto de ciertos problemas.

Por eso, estimo inaceptable que, al tratarse materias tan importantes como ésta, sólo asista al Senado el Ministro de Obras Públicas, y no el de Hacienda. Sería conveniente, por lo tanto, que los amigos de este Secretario de Estado o los personeros de la Mesa de la Corporación hicieran ver al señor Molina la necesidad de que concurra cuando se promueven debates de esta índole, a fin de que nos proporcione algunos antecedentes, haga ciertas aclaraciones y explique la contradicción entre el planteamiento del Ejecutivo y la realidad que surge del informe de la Comisión.

El señor GUMUCIO.-

¿Me permite, señor Presidente?

Deseo aclarar las observaciones formuladas por el Honorable señor Bossay. En realidad, concuerdo con Su Señoría en cuanto a la conveniencia de que el señor Ministro de Hacienda asista, a pesar de las muchas labores que debe realizar, tanto a la Comisión de Hacienda como a la Sala del Sendo, cuando se discuten asuntos de esta naturaleza.

El Honorable señor Bossay dijo que el Ministro había calculado, para el segundo semestre, un promedio de entradas ascendente a 30 millones de dólares, 15 millones de los cuales se destinarían a cancelar una emisión realizada para atender gastos fiscales; que los otros quince millones servirían para financiar este proyecto de suplemento, y que el posible excedente sobre treinta millones carecería de destino, por no señalarse en el Presupueste el ítem respectivo de inversión. Ante esta observación, hago presente a Su Señoría que, si existen excedentes en las entradas calculadas de acuerdo con el precio medio del cobre, esos recursos irán a fondos generales de la Nación y serán destinados a financiar los presupuestos del país. No es obligación del fisco señalar qué hará con los recursos que excedan los cálculos de ingresos.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Me parece que el Honorable señor Gumucio adolece de confusión. El problema que se plantea -creo que el Honorable señor Bossay se ,refirió específicamente a él- es que el señor Ministro de Hacienda, en reunión de las Comisiones unidas de Hacienda y de Agricultura, dio a conocer la forma como se financiaría el proyecto de reforma agraria. Ahí se le pidió informar respecto de la situación de la caja fiscal en este instante, y, en verdad, la información del señor Molina fue bas- podré saber la cifra exacta- en cuánto informe a la mano y en un momento más podré saber la cifra exacta- en cuánto estimaba ese Secretario de Estado el mayor ingreso que produciría el cobre, pero en ningún caso era una cantidad inferior a 50 millones de dólares.

En aquella oportunidad, el Ministro dio destino al excedente: dijo que 15 millones se emplearían en pagar la deuda contraída este año con el Banco Central, vale decir, las emisiones hechas durante 1966, y que el saldo sería entregado a esa misma entidad con el objeto de aliviar la balanza de pagos y ver la posibilidad de liberalizar algunos tipos de importación, fundamentalmente con el propósito de fomentar la industrialización.

El señor Ministro estimaba que, mediante ese mecanismo fiscal, el Gobierno podría influir incluso sobre los factores de orden inflacionista, liquidando o no liquidando dólares en determinado momento, rescatando circulante y, en consecuencia, restringiéndolo.

Pero después, cuando se estudió el proyecto de ley de suplemento que discutimos, se desvaneció el optimismo que reinó con la información del señor Ministro, simplemente porque la cantidad de dólares de que se dispondría este año no era la que él señaló, sino mucho menor, y en definitiva, la iniciativa en debate agotaría totalmente el mayor ingreso, porque deben destinarse 15 millones de dólares a pagar la deuda del año en curso y 15 millones a financiar el proyecto. Por lo tanto, no habrá excedente.

En esta forma, todas aquellas esperanzas-de liberalización y de contar con recursos para realizar otras obras, no pasaron de ser ilusiones efímeras, pues entre una sesión y otra no transcurrieron más de dos semanas. Por desgracia, cuando en la Comisión se entró a estudiar el proyecto de suplemento y se solicitó la asistencia del señor Ministro para examinar la situación, el señor Molina no asistió.

Además, tengo entendido -por eso, sería interesante conocerlas- que las indicaciones presentadas por el Ejecutivo significan mayores gastos y, en consecuencia, es posible que el proyecto quede ahora desfinanciado, si no totalmente, en forma importante, si es que dichas iniciativas verdaderamente implican nuevas inversiones. Evidentemente, también se desfinanciaría, si, en definitiva, no se produjeran los 30 millones que el Gobierno anunció y que antes calculó en 50 millones, tanto más cuanto que, como van las cosas, es posible que esas cifras se reduzcan a 15 ó a 20 millones a fines de año.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

El informe leído por el presidente de la Comisión de Hacienda, Honorable señor Corbalán, me evita mayor análisis de la exposición hecha por el Ministro del ramo ante las Comisiones de Agricultura y de Hacienda, unidas, y que, con muy buen criterio, el secretario de ésta insertó en el informe de la de Obras Públicas, porque permite a la Sala conocer el estado financiero de la nación.

Pero a la Comisión de Obras Públicas, que tengo el honor de presidir, ha preocupado durante mes-es la situación que se está creando en cuanto a la continuación de las obras fiscales, a los recursos que se destinan a los diferentes planes y programas y a la cesantía que se está produciendo a lo largo del territorio.

El Ministro del ramo concurrió a la Comisión de Hacienda cuando tratamos este proyecto, y allí se le pudo solicitar información sobre el próximo presupuesto de su Cartera. Dicho Secretario de Estado nos hizo presente que, por la forma como está concebido el futuro presupuesto de la nación, el servicio de su dependencia vería disminuidos sus ingresos y sólo podría recibir recursos mediante inversiones sectoriales que se harían en el presupuesto ordinario de la nación, el cual, preferentemente, se destinaría a tres grandes rubros: realización de la reforma- agraria, intensificación de la reforma educacional e industrialización del país.

Me llamó la atención el hecho de que, en el presupuesto de ese Ministerio para 1967, no se destine un solo centavo a obras nuevas, pues el Ministro del ramo nos informó que este suplemento que eleva el presupuesto de su Cartera a 135 millones de escudos, estaba destinado a la terminación de obras actualmente en desarrollo o iniciadas en 1964. Por su parte, la Cámara de Diputados incluyó en el proyecto el artículo 5º, relativo al destino del mayor ingreso que el país pueda tener con motivo del aumento del precio del cobre. Es sabido que cada centavo que sube la libra de cobre representa para Chile un ingreso de 7 millones de dólares. El precio de la meta ha estado fluctuando en la Bolsa de Metales de Londres. Indudablemente, si se mantienen las distintas tensiones internacionales, la crisis que está ocurriendo en estos momentos en Asia con la guerra del Vietnam, que presiona sobre las grandes potencias, influirá en el precio del metal rojo y permitirá alcanzar valores muy superiores a la estimación hecha en el cálculo de entradas. En consecuencia, tendremos un rendimiento extraordinario, el cual debería invertirse también en un plan extraordinario que permita el desarrollo de la economía nacional.

Me he permitido modificar el artículo 5º en cuanto a la forma como lo aprobó la Cámara de Diputados. Con muy buen criterio, para cautelar el desarrollo nacional y recogiendo las propias expresiones del Ministro de Hacienda respecto del incremento de la industrialización nacional

en esta nueva definición de sectores económicos para la inversión de obras públicas, esa rama del Congreso aprobó un artículo en virtud del cual el mayor ingreso que perciba el país, por encima de lo previsto en la ley 11.828, será destinado a planes de industrialización.

Observé al señor Ministro de Obras Públicas que, si no se produce aumento en el presupuesto del ramo, si no hay dinero para ninguna obra nueva, particularmente en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, será imposible reparar los daños que originó el último aluvión en Aisén, que provocó perjuicios por 34 millones de escudos. Tampoco será posible realizar, ni en parte mínima, el plan estudiado y elaborado por el Ministerio del ramo para el desarrollo de las tres provincias mencionadas, que, en su primera etapa, consigna una inversión de 203 millones de escudos.

En los últimos días nos hemos preocupado, con inquietud y amargura, de la situación creada en la provincia de Magallanes, con motivo de la tendencia del Ejecutivo argentino de revisar la forma como se han estado realizando las operaciones de producción en las minas de carbón de Río Turbio. Se sabe que en ese minera! laboran entre dos mil y tres mil obreros chilenos residentes en Puerto Natales. Por el momento, se ha podido frenar el despido de esos trabajadores, pero no cabe la menor duda de que el desahucio de la primera partida de 411 obreros se encuentra pendiente y que una especie de espada de Damocles se cierne sobre toda la zona austral de Chile.

Si a lo anterior agregamos el ausentismo dramático de Chiloé; que Aisén no haya podido reponerse del deterioro sufrido en obras públicas y en bienes de capital, ascendente a 34 millones de escudos, y si tenemos en cuenta el problema de cesantía y falta de desarrollo del territorio de Magallanes, debemos concluir que sería trágico suspender toda inversión en esas tres provincias. No hay plan de industrialización posible en esas zonas. Las formas de inversiones sectoriales que se están calculando no incluyen esos territorios, pues la reforma agraria se detiene en la provincia de Llanquihue y queda en suspenso en aquellas donde aún no se puede ubicar una cuota de hectáreas básicas de riego que permita definirlas. En consecuencia, si la situación es de plena y total incertidumbre, estimo de extraordinaria gravedad -no puedo entender por qué- el no haberse considerado necesario, hasta el momento, financiar un plan de acción inmediato en zonas que abarcan 40,1% del territorio nacional y en las cuales se cifra el porvenir de la nación.

Por ¡o expuesto, me permití presentar una indicación, que fue aprobada gracias a la actitud comprensiva de la Comisión de Hacienda, para incluir en el plan de industrialización aprobado por la Cámara, la iniciativa completa y bien meditada, que merece todo nuestro apoyo y aplauso, sobre ejecución de obras públicas para el desarrollo de Chiloé, Aisén y Magallanes, que elaboró el Ministerio del ramo.

Este fue el objetivo de la indicación que formulé al artículo 5º, aprobado por la Comisión, y para la cual me permito solicitar del Senado su voto afirmativo, por ser la única puerta, en caso de mantenerse los mayores ingresos del cobre, por la cual los territorios australes podrían recibir un poco de progreso en los años venideros.

El señor IBAÑEZ.-

Este proyecto de suplemento para obras públicas era esperado con especial interés por quienes estimamos que ésta es la oportunidad de que el Gobierno nos dé a conocer la actual situación de la caja fiscal, los ingresos que ha obtenido en el curso del año, la forma como ha gastado los dineros y el plan de obras públicas, que en este momento se encuentra aparentemente paralizado o, al menos, muy restringido con relación a lo proyectado a principios de año.

Coincido, en consecuencia, con la observación del Honorable señor Bossay, en orden a que, para tratar un proyecto de esta naturaleza, es fundamental la presencia del señor Ministro de Hacienda, a fin de que dicho Secretario de Estado pueda informar a esta Corporación, y, por medio de ella, al país, sobre una serie de interrogantes que la opinión pública no sabe en este momento cómo contestar.

Es preciso que sepamos a ciencia cierta cuál es la actual situación de la caja fiscal; a cuánto ascienden los mayores rendimientos obtenidos por el Gobierno con motivo de las considerables alzas que ha tenido el precio del cobre; cuál es el rendimiento efectivo de los impuestos en el curso de este año; a cuánto ascienden los deudores morosos, respecto de los cuales circulan cifras verdaderamente aterradoras. ¿Es efectivo que los contribuyentes chilenos no están en situación de pagar hoy sus impuestos? A nuestro juicio, esta pregunta debe ser contestada por el señor Ministro de Hacienda.

Con relación al programa de obras públicas, deseamos informarnos en forma concreta sobre el desarrollo que ha tenido dicha iniciativa, pues la propaganda oficial divulga hacia los cuatro vientos las grandes realizaciones del régimen, pero nosotros no las podemos comprobar. En algunos análisis que hemos hecho con parlamentarios de diversas zonas, hemos llegado a la conclusión de que tales obras no existen en la realidad, sino sólo en los comunicados oficiales. Por ejemplo, se ha hablado del gran número de viviendas construidas el año pasado y de la cantidad mucho menor que se edificaría en el año en curso. Sin embargo, debo decir que en las provincias que represento, esas casas no se ven por parte alguna, y sólo se observan algunas mediaguas que, según informes oficiales, no han sido consideradas en las estadísticas de que tanto alarde hace la propaganda oficial. Es necesario que se nos explique dónde están las obras públicas y qué ha sucedido con relación a su costo. Tengo la impresión -lamento tener que hablar sobre la base de impresiones y no de antecedentes fidedignos entregados por el propio Gobierno- de que ha habido un aumento desorbitado en el costo de ellas, y de que tal vez ésa sea la explicación de por qué, apareciendo un gasto considerable en dicho rubro, la ciudadanía no vea esas obras públicas.

Por último, también es necesario que el señor Ministro de Hacienda nos haga una exposición sobre la situación crediticia, que está provocando los mayores trastornos en todas las actividades nacionales. Las hipótesis son muy plausibles, pues salta a la vista de todos los observadores que se ha producido un gran desplazamiento del crédito hacia el sector fiscal. Por lo tanto, tenemos legítimo derecho para preguntarnos por qué, a pesar de los grandes ingresos que ha tenido el Gobierno durante este año, de los aumentos del precio del cobre, de la transferencia de los recursos crediticios hacia el sector estatal, se han paralizado las obras públicas y, además, se nos viene a pedir un suplemento de cincuenta y ocho millones de escudos.

Estas son las preguntas que desearíamos ver contestadas por quien debe darnos los antecedentes respectivos en el Senado: el señor Ministro de Hacienda.

Con relación al artículo 4°, relativo a ayuda a la Universidad del Norte y a los centros universitarios del norte de la Universidad de Chile, deseo recordar que, en un proyecto anterior, aprobamos un sistema de cuenta y balance que deberán rendir esos planteles, a fin de que nosotros pudiéramos formarnos criterio sobre el buen aprovechamiento que se obtiene de los recursos que otorgamos. Si dicha disposición fue convertida en ley -cosa de la cual no estoy completamente seguro, pero tengo entendido que fue promulgada por el Presidente de la República,-, considero indispensable, junto con la petición de fondo para dos universidades, que, en mi opinión, merecen ser ayudadas, tener alguna información sobre el destino que dichos planteles dan a los recursos que reciben y sobre el costo de la educación en las zonas que atienden. Con tales antecedentes, podremos votar una disposición de esta naturaleza, en la certidumbre de estar haciendo una obra que beneficia a esas regiones, y de que los desembolsos que aquí se establecen estarán plenamente justificados.

En consecuencia, los Senadores nacionales esperamos estas informaciones, que nos parecen fundamentales para pronunciarnos sobre la iniciativa sometida a nuestra consideración.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

La costumbre es ver cierto ordenamiento en los gastos públicos; que éstos guarden relación con lo que se dispone por ley; que, en general, cada uno de ellos venga debidamente financiado, y, además de eso, que se señalen las partidas que serán atendidas con los recursos del Estado.

Denantes pedí al señor presidente de la Comisión de Hacienda que me aclarara a qué se debía el suplemento para el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, ascendente a doce millones setecientos mi: escudos, y el señor Senador me señaló los ítem a los cuales se destinan dichos recursos. Sin embargo, aquí no aparece el detalle de las obras que serán ejecutadas. Por las observaciones oídas a los Honorables señores Bossay y Corbalán, uno queda con la preocupación de que esos suplementos carecen de financiamiento y, además, de que falta un ordenamiento general en los gastos estatales. Ello alarma, porque en el propio informe aparecen notas como las siguientes:

"El señor Ministro de Obras Públicas, que asistió a la reunión en que se debatió este proyecto de suplemento, contestando una serie de preguntas formuladas por el Presidente de la Comisión, don Salomón Corbsiián, manifestó que el proyecto de Presupuesto tentativo que se había sometido a la consideración de ese Ministerio no sólo no contemplaba una tasa de crecimiento de inversión sino que era, en valores constantes, manifiestamente inferior.

"Agregó, además, que en el futuro no habrá un plan de obras públicas de carácter nacional, sino que éste será sólo sectorial, de acuerdo al desarrollo que experimentan los planes agrario, industrial y minero.

"No conoce el señor Ministro cómo operará este plan sectorial ni si los dineros que antes se invertían a través del Ministerio de Obras Públicas se consultan ahora en los Ministerios encargados de llevar a la práctica esos planes."

Por lo tanto, dentro del Gobierno no hay unidad de acción. Un Ministro -nada menos que el de Obras Públicas- no conoce lo que se está haciendo respecto del propósito de ejecutar por secciones el plan nacional de obras. Como ha dicho el Honorable señor Bossay, no asistió el señor Ministro de Hacienda. No hay informaciones claras sobre la inversión real de los caudales públicos y los recursos con que cuenta el Estado.

A mi juicio, debería postergarse la discusión del proyecto hasta que el señor Ministro de Hacienda venga al Senado y se sirva informarnos al respecto. No creo que falte la colaboración necesaria, por lo menos del Senador que habla, para aprobar esta iniciativa, pues conozco la situación aflictiva por la cual atraviesa el Gobierno.

Pero tampoco se puede jugar a la gallina ciega. Por lo tanto, me permito sugerir al señor Presidente que comunique al señor Ministro de Hacienda esta decisión, pues creo que habrá acuerdo en la Sala para suspender la discusión del proyecto en debate, por las circunstancias anotadas.

El señor ALTAMIRANO.-

El Partido Socialista ha votado favorablemente la idea de legislar en esta materia. Pero, sin duda, como ya han observado otros señores Senadores, en el segundo informe será necesario perfeccionar una serie de materias que, debido a la ausencia del Ministro de Hacienda en el despacho del proyecto, hasta el momento no son conocidas con exactitud.

El fisco chileno obtiene ingresos mediante tres mecanismos fundamentales: créditos externos, tributación y precio del cobre.

Los créditos externos, según el decir del propio Ministro de Hacienda, han llegado a los mismos volúmenes altísimos que alcanzaron al final de la Administración pasada. A mayor abundamiento, se renegociaron la deuda del año pasado y la de 1966, lo cual significa mayor disponibilidad de recursos externos.

De acuerdo con declaraciones del propio Ministro de Hacienda, el ingreso tributario proveniente de los mayores impuestos ha estado afluyendo normalmente a la caja fiscal.

Por último, como aquí se ha estado diciendo, el fisco obtendrá este año, en virtud del alza del precio del cobre, un mayor ingreso de cincuenta millones de dólares, siempre que el precio promedio sea de cuarenta y ocho centavos la libra.

En consecuencia, nunca como ahora el país ha tenido mayores ingresos por concepto de impuesto, créditos y precio del cobre. Sin embargo, no hace un mes a esta parte que el Ministro de Hacienda, en declaración pública, ha confesado que el país está en bancarrota, y ahora solicita al Parlamento un suplemento para el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.

¿A qué se debe esta realidad? ¿Cómo es posible que, teniendo ingresos extraordinarios por concepto de crédito, por impuestos y por un precio magnífico del cobre, el señor Ministro confiese ya un déficit de doscientos millones de escudos en la caja fiscal y declare que será necesario reducir los gastos en doscientos cincuenta millones de escudos? Todos los señores parlamentarios han visto las declaraciones de la Confederación de Municipalidades, a las cuales se adeudan cerca de treinta y cinco millones de escudos. También habrán visto, en la mayoría de los diarios, declaraciones de los proveedores de los Ferrocarriles del Estado, a quienes se deben inmensas sumas, y de la Asociación de Contratistas del Ministerio de Obras Públicas, quienes declaran que les adeudan estados de pago desde el mes de mayo. Por lo tanto, nos encontraríamos frente a una quiebra fiscal.

Al Gobierno anterior se le produjo la quiebra en dólares, pero al cuarto año de su gestión. A este Gobierno, que nada en dólares, se le produce la quiebra en escudos, y, prácticamente al promediar este año, se presenta a decir al país que el déficit es inmenso, que deben reducirse las obras públicas y que se adeudan ingentes cantidades a los proveedores.

Por eso, hemos considerado que, en el segundo informe, debería exigirse al señor Ministro de Hacienda aclarar la situación en que nos encontramos. También debemos insistir en lo que hizo presente el Honorable señor Bossay en cuanto a la política del cobre.

Durante años y años, los actuales dirigentes de la Corporación del Cobre sostuvieron que era inconveniente subir el precio del metal rojo. Esta fue la tesis del señor Javier Lagarrigue, jefe de ese departamento. Incluso, el Partido Socialista presentó una indicación en la Comisión de Hacienda para obligar al Gobierno a subir a 42 ó 46 centavos -no recuerdo la cifra exacta- la libra de cobre. En esa ocasión, también argumentó el Gobierno la inconveniencia de hacerlo.

Cuando el precio estuvo a 80 y 90 centavos de dólar la libra, el Gobierno la vendía a 36; cuando éste decide elevarlo a 70 centavos, el precio baja a 45 ó 48 centavos. De manera que el Ejecutivo no logra establecer una política lógica al respecto.

Por años y años, no sólo en este Gobierno, sino también en los anteriores, no se han nivelado los precios del cobre con los valores que dicho metal tenía en el Mercado de Londres. Y cuando se decreta un alza extraordinaria del precio, éste disminuye en el mercado internacional.

Por tales consideraciones, no sólo estimamos necesario que concurra al Senado el señor Ministro de Hacienda, sino también el señor Javier Lagarrigue, a fin de que se nos expliquen los cambios sufridos por la política de precios del cobre chileno y, al mismo tiempo, qué razón existe para suponer que dicho metal se cotizará a un promedio de 48 centavos de dólar la libra en el segundo semestre de este año.

En verdad, por lo menos este Gobierno debió haber vendido durante este año a más de 50 centavos de dólar la libra. ¿Por qué en el primer semestre se perdió la diferencia de precio que existía, en circunstancias de que cuando se vendió el cobre no se hizo con pago a plazo, sino cancelado en el momento de la transferencia?

Todas estas consideraciones nos impelen a insistir acerca de la necesidad de dar una completa explicación respecto de la situación económica y, especialmente, financiera del país. De lo contrario, no se puede aceptar, lisa y llanamente, un suplemento de gastos superior ya a 70 millones de escudos -se han formulado indicaciones que elevan esa suma a cifras bastante más elevadas-, sin conocer previamente un estado preciso y exacto de la situación económica y financiera del país, la cual aparece en este momento desastrosa, no obstante atravesar Chile por las mejores condiciones, en esta materia, en el curso de su historia.

El señor GUMUCIO.-

Como dije denantes, concuerdo en que es el señor Ministro de Hacienda el indicado para proporcionarnos los datos precisos y matemáticos de todo el manejo de la hacienda pública, de conformidad a lo solicitado por varios señores Senadores.

Los suplementos de ítem han sido pedidos por ley durante toda la gestión de los diferentes regímenes políticos. Nunca se hizo presente la necesidad, ni en el Senado ni en la Cámara de Diputados, de explicar hasta el detalle lo que se invertirá en una ley de suplemento, porque éstas, en realidad, pasaban por el Congreso como por un tubo. Sin embargo, compruebo que, por primera vez, existe un" espíritu fiscalizador llevado al extremo de indagar hasta el último detalle del proyecto respectivo. No existía esta estrictez, y corrientemente se aprobaban los traspasos solicitados por los distintos Gobiernos.

El señor ALTAMIRANO.-

¿Me permite una interrupción, señor Senador?

Esa información, en lo que respecta al Partido Socialista, no es efectiva.

Su Señoría recordará muy bien que cuando fuimos Diputados integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara, los representantes socialistas exigimos un estricto control de los gastos hechos por los Gobiernos y respecto del inmenso endeudamiento del erario. En consecuencia, lo dicho por Su Señoría, en cuanto a que no hemos fiscalizado a todos los Gobiernos como lo hemos hecho con relación a éste, no es exacto en lo que atañe a los socialistas.

El señor GUMUCIO.-

Efectivamente, formé parte de la Comisión de Hacienda de la Cámara, como manifestó el Honorable señor Altamirano, pero no recuerdo que ningún Ejecutivo haya detallado las inversiones que haría cuando dichos datos eran solicitados. En realidad, ellos se pedían, pero nunca llegaban a poder del Congreso.

En lo referente al problema del déficit fiscal, tanto el Ministro de Hacienda como el Primer Mandatario han hecho diversas exposiciones públicas, en las cuales se han dado algunas razones de fondo sobre la causa de ese déficit. Una de las principales es que los gastos de inversiones del Gobierno, a diferencia de Administraciones anteriores, han cubierto sectores que antes no se consideraban. La política tradicional de anteriores regímenes consistía en realizar sólo obras públicas. En ellas se gastaba la totalidad del presupuesto del Ministerio respectivo. Se solicitaban suplementos de ítem y no se efectuaba ninguna inversión en otros campos, como ahora lo ha hecho el Ejecutivo, especialmente en el orden educacional, en el cual ha sido considerable el volumen de inversiones. Asimismo, este Gobierno ha abordado, como antes no se hizo, las inversiones en el aspecto agrícola, como consecuencia de la discusión del proyecto de reforma agraria que implica diversas operaciones previas de monto muy elevado.

En otras palabras, el volumen de inversiones de carácter social del Gobierno actual ha sido extraordinariamente superior a lo realizado por otros regímenes. Naturalmente, cuando se abarca mucho, surgen problemas de déficit fiscal. A mi juicio, debe tenerse la audacia de enfrentar los problemas y no amedrentarse ante ciertos obstáculos. No es buena política detener la marcha y volver al criterio tradicional de efectuar sólo obras públicas, puentes, caminos y otras realizaciones básicas pero sin contenido social. Es decir, en el fondo el problema ha radicado en la amplitud del plan de inversiones hechas en un año, en el cual se ha calculado equis cantidad de ingresos.

Los señores Senadores con experiencia parlamentaria saben positivamente que diversas leyes salen desfinanciadas del Congreso. Me referiré al caso específico de las leyes de reajustes, que, efectivamente, pasan a ser un arca de Noé: en las Comisiones del Congreso se aprueban indicaciones cuyo costo no ha sido considerado por el Gobierno.

Respecto de ellas, sí que hay amplitud de criterio por parte de los parlamentarios para acogerlas, sin duda porque son de justicia social y cuentan con ambiente de simpatía en la opinión pública. En esos casos hay unanimidad. Sin embargo, hay fiscalización estricta para exigir el exacto financiamiento de un gasto cuando se presentan proyectos de suplemento para obras patrocinadas por el fisco. Pero hay otros gastos fiscales no consignados en las leyes despachadas por el Congreso, como son, por ejemplo, las de carácter previsional, en que a determinados grupos de obreros se da la calidad de empleados. Hemos despachado tres o cuatro leyes semejantes, como son las relativas a la Empresa de Transportes Colectivos, Ferrocarriles y otras reparticiones. Respecto de ellas, el Parlamento tiene iniciativa para despacharlas sin necesidad del patrocinio del Ejecutivo. O sea, diversas leyes despachadas por el Congreso no contaban con el debido financiamiento, y el Ejecutivo tenía la obligación constitucional de cumplirlas.

De allí proviene fundamentalmente el déficit fiscal, que durante este año -lo reconozco- ha sido grave. Sin embargo, también es cierto que las entradas provenientes de tributos o de créditos externos han sido óptimas.

No soy experto en materia de legislación del cobre. En los debates de esta Corporación han intervenido Senadores ilustrados sobre la materia, como son los Honorables señores Altamirano, Noemi y otros, quienes conocen a fondo todo el problema. Sin embargo, recuerdo perfectamente que el director de la Corporación del Cobre sostuvo que era absurdo y artificial pretender un precio muy alto y equivalente al del Mercado de Londres, pues, por diferentes factores de tipo internacional, ese precio podría bajar debido a los manejos de las grandes compañías. Entonces, su teoría parece no haber sido tan errada ni peregrina. En efecto, cuando se fijó un precio alto, como solicitaban los distintos sectores del Congreso, dicho valor bajó, como acaba de reconocer el Honorable señor Altamirano. Es decir, la teoría del señor Lagarrigue no estaba tan equivocada: el precio no es exactamente el mismo que se cotiza en el mercado de Londres ni puede mantenerse en la cotización de dicho mercado.

Concuerdo en que hubo demasiada timidez para subir el precio oportunamente; soy honesto para opinar así dentro del Senado.

El señor ALTAMIRANO.-

¿Me permite una interrupción, señor Senador?

A ese punto me iba a referir, precisamente. Utilizando el mismo vocabulario del Honorable señor Gumucio, debo decir que este Gobierno -y para qué decir de los anteriores- fue demasiado tímido para mantener una política conveniente a Chile, pues su orientación favoreció a los norteamericanos. Este régimen cometió el error de vender 90 mil toneladas de ese metal a los norteamericanos, a 36 centavos de dólar, cuando hoy día su valor es de 48 centavos y ha mantenido una cotización muy superior en el resto del año. De manera que a los "pobrecitos" norteamericanos les regalamos una inmensa diferencia en el precio del cobre.

Respecto al alza del precio a 70 centavos de dólar la libra, es un problema sobre el cual no estamos en condiciones de pronunciarnos. Pero, entre el precio de 70, fijado por el Gobierno, y el de 36 que existía, hay una gran diferencia, como la hay con el valor de 48 centavos. Ello demuestra que era justa la tesis mantenida invariablemente por el movimiento popular desde hace muchos años. Asimismo, el señor Lagarrigue, en representación del Gobierno y de la Democracia Cristiana, comprobó, una vez más, que los datos proporcionados por el movimiento popular eran efectivos. No sólo el actual jefe de la Corporación del Cobre, sino también sus predecesores, han abogado por mantener un precio bajo, el cual, en el fondo, favorece a los americanos, cuya política contraría el interés de Chile.

La actual decisión del Gobierno de subir el precio del cobre favorece a nuestro país y nos da la razón respecto de lo que dijimos tantas veces en el sentido de que el mantenido hasta la fecha no era un valor real.

El señor GUMUCIO.-

El Honorable señor Noemi me ha solicitado una interrupción.

El señor NOEMI.-

Deseo referirme a las palabras del Honorable señor Altamirano, pues muchas veces se ha insistido sobre la venta de 90 mil toneladas de cobre a los Estados Unidos equivalentes a 200 mil libras, operación que se habría hecho a precio muy bajo. Ello no es efectivo.

En primer lugar, ha quedado de manifiesto que el interés nacional estaba totalmente compensado.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¿Cómo? No entiendo.

El señor NOEMI.-

Estaba compensado totalmente, al pagar la compañía Anaconda la mitad del impuesto correspondiente a la diferencia entre 36 centavos y 42 centavos. El resto se compensaba con un crédito de 10 millones de dólares a 40 años plazo,...

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¡Qué genial...!

El señor NOEMI.-

...con interés de 1%.

Más todavía: con posterioridad dicha compañía entregó 55 mil toneladas cuando subió el precio a 62 centavos, cantidad que el Departamento del Cobre podía vender directamente al precio de 62 centavos. La diferencia de 20 centavos quedaba íntegramente para Chile. Ello compensaba plena y totalmente esa operación.

En reciente intervención, el Honorable señor Jaramillo criticaba la política gubernamental en virtud de la cual se dispuso el alza a 70 centavos, medida que el señor Senador estimó errónea y calificó de volador de luces. Sostuvo que la Corporación del Cobre aprobó la mencionada alza en circunstancias de que todo indicaba que los precios bajarían. O sea, el señor Senador sostuvo un criterio distinto del que han expuesto los representantes del FRAP en el sentido de que el precio debe alzarse.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Lo que siempre hemos dicho, por lo demás.

El señor JARAMILLO LYON.-

¿Me permite, Honorable colega?

No dije tal cosa. Ya en sesión pasada tuve ocasión de rectificar al Honorable señor Noemi, quien me atribuyó lo mismo que ahora ha sostenido. No me he opuesto en ningún momento a que el Ejecutivo fije en 70 centavos el precio de la libra de cobre. Lo que he criticado fue la fórmula arbitraria empleada en este caso por el Supremo Gobierno, sin tomar en consideración antecedentes tales como las ventas de cobre de Estados Unidos, las dificultades surgidas en Zambia y Rodesia y las restricciones impuestas por el Primer Ministro inglés. O sea, la fijación del nuevo precio se hizo en forma absolutamente arbitraria. Más aún, lo resuelto en tal sentido por el Gobierno ha resultado del todo inaplicable, porque, no obstante los buenos propósitos que lo animaron a subir el precio a 70 centavos, no se ha logrado vender una sola tonelada a ese precio. Cuando el Honorable señor Noemi, en sesión pasada, se refirió a esta materia por haberlo yo emplazado, dio una serie de antecedentes relativos al volumen de ventas realizadas al precio de 62 centavos, pero no mencionó una siquiera al precio de 72 centavos.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Porque no se ha vendido una sola tonelada a ese precio.

El señor NOEMI.-

Con mis observaciones he querido dejar de manifiesto que el Gobierno, con mucha tranquilidad, como es natural, ordenó sucesivas alzas de precios: de 60 centavos de dólar por libra de cobre, a 62 centavos y, luego, a 70 centavos. Lo hizo siempre sobre la base de ponderar las cotizaciones de los mercados marginales, como el de Londres, y las vigentes en el mercado de productores. Cuando el Ejecutivo decidió alzar el precio del cobre a 70 centavos de dólar la libra de metal, las cotizaciones del mercado de Londres fluctuaban entre 72 y 75 centavos. Con posterioridad, sobrevino la baja de precios, lo cual demuestra que factores imprevisibles influyen en la determinación de ellos. Por eso, no es fácil predecir que se mantendrán en determinado nivel las cotizaciones del mercado de Londres.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¿A qué precio estamos vendiendo ahora?

El señor NOEMI.-

Excúseme, señor Senador. Deseo referirme concretamente al proyecto en debate.

Aquí se ha expresado un temor a raíz de la indicación del Honorable señor Bossay. Se dice: ¿cómo puede pensarse en un término medio de 48 centavos para estimar los ingresos provenientes de las exportaciones del cobre, cuando no se ha vendido a 60 centavos?

Me parece que tenemos la obligación de saber a qué precio se efectuaron las ventas. No podemos hacer afirmaciones relacionadas con algo que no conocemos.

Con motivo de la pregunta que me formuló el Honorable señor Jaramillo, proporcioné algunas cifras referente:; a las ventas de cobre a 62 centavos, a raíz del sistema de ventas fijado por Chile el 14 de abril de este año. Las ventas a dicho precio comprendieron toda la producción...

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¿Cuánto?

El señor NOEMI.-

...de Braden Copper, correspondiente a los meses de mayo, junio, julio y agosto. Al mismo precio se vendieron 19.915 toneladas en julio, y 18.893 toneladas en agosto, provenientes de Anaconda, esto es, de los yacimientos de El Salvador y Chuquicamata, mediante otro sistema de ventas: a 90 días.

No puede sostenerse, a mi modo de ver, que el precio del cobre tendrá un promedio de 48 centavos únicamente porque no se han hecho ventas a 62 centavos. Ello representa un desconocimiento absoluto de cuanto está ocurriendo. De acuerdo con las cifras que he proporcionado hace un instante, es indudable que hay ingresos categóricos sobre las ventas a 62 centavos, por lo que no es aventurado suponer que habrá mayores ingresos de 40 millones de dólares. Repito que ha habido ventas a 62 centavos y que la cotización de 46 centavos ha vuelto a subir, en términos que esta tarde llegó a 50 centavos.

El señor SEPÚLVEDA ( Presidente accidental).-

Puede continuar el Honorable señor Gumucio.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Me ha concedido una interrupción el señor Senador.

Agradezco la gentileza de mi Honorable colega, porque vale la pena dejar las cosas en claro. Recuerdo, como deben recordarlo varios señores Senadores del período anterior, que en 1964, al discutirse el proyecto sobre impuesto a la renta presunta o impuesto patrimonial, el entonces Senadordon Roberto Wachholtz abrió debate, con mucha energía, sobre la necesidad de elevar el precio del cobre, por estimar que, por medio de ese aumento, se resolvería el problema que tratábamos de solucionar mediante el proyecto y no habría ni siquiera necesidad de despachar esa iniciativa legal.

Recuerdo que el señor wachholtz fue tan categórico y enérgico -como solía serlo- que se acordó citar al señor Javier Lagarrigue en su calidad de jefe del Departamento del cobre. El señor Lagarrigue informó a la comisión lo mismo que siguió sosteniendo hasta abril del año en curso: que el mercado de Londres es ficticio, que no obedece a ninguna realidad, que es marginal, y que, por consiguiente, no podíamos guiar nuestras exportaciones y el comercio de nuestro cobre por esos precios de "rifleros". Insistió en negar importancia a las cotizaciones de ese mercado y declaró que el Gobierno no cambiaría su política ni aumentaría el precio del metal, sino que Chile continuaría rigiéndose por el mercado de productores.

El ex Senador señor Wachholtz mantuvo sus puntos de vista. Inclusive, se presentó indicación para financiar aquel proyecto con el mayor precio del cobre. Más tarde, durante todo el año 1965, no una vez, sino quince o veinte, la Comisión respectiva citó al señor Lagarrigue, quien repitió lo mismo en todas aquellas oportunidades: que el mercado de Londres no tenía importancia, pese a que las cotizaciones iban en ascenso y a que, según informes fehacientes, parte de nuestra producción cuprera se transaba en dicho mercado. Pero el señor Lagarrigue no aceptó eso jamás durante todo el año 1965, hasta que la cotización del metal rojo subió en la Bolsa de Londres en forma exorbitante y nosotros formulamos indicación para aumentar el precio del cobre chileno con relación al existente en el referido mercado. Sólo entonces el señor Lagarrigue y el Gobierno decidieron elevar el precio: lo fijaron en sesenta y tantos centavos de dólar americano por libra. Luego, como lo consideraran poco, lo subieron a 70 centavos, pero ignoro las razones tenidas en cuenta para ello. Sólo sé que no se ha vendido una sola libra de cobre a 70 centavos.

El señor NOEMI.-

¿Me permite, señor Senador?

Podría explicarle...

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Y ahora el precio del cobre chileno se rige por la cotización de Londres.

Sostenemos que ha habido falta de seriedad y responsabilidad; que no se ha considerado el interés nacional, porque si el precio del cobre se hubiese alzado cuando el Parlamento chileno empezó a insistir en ello, hoy dispondríamos de recurra extraordinarios, los cuales pudieron haberse invertido durante los años 1964 1965 y 1966. Me refiero a los mayores ingresos por diferencias de precio, sin precisar que éste hubiese debido ser de 60 centavos, pues pudo haber sido inferior: 45 ó 50 centavos, cuando en Londres se cotizaba a 60 centavos. No se trataba de obtener tal precio ni de llevar el nuestro a los extremos, sino de aplicar una política libre, con relación a los intereses chilenos. Se habría obtenido -repito- una diferencia extraordinaria y mayores ingresos que habrían permitido financiar obras de gran importancia.

El señor NOEMI.-

¿Me permite, señor Senador?

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Con la venia del Honorable señor Gumucio.

El señor FONCEA.-

¿Hasta qué hora llega el Orden del Día?

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Hasta las seis cuarenta y cinco, señor Senador. Quedan seis minutos.

El señor NOEMI.-

Efectivamente, los señores Senadores del FRAP formularon indicación para fijar el precio del cobre a un valor inferior en 30% al cotizado en la Bolsa de Londres. ¿En qué situación estaríamos ahora si se hubiera aceptado esa idea? En ese tiempo la cotización de Londres era muy alta.

El Gobierno, con criterio más sensato, fue elevando el precio. El 14 de abril de este año lo fijó en 62 centavos, después de haberlo subido a 42 centavos. Esto no lo hizo caprichosamente, sino que llegó a un precio ponderado, que es muy lógico.

El día 14 de abril se registró en el mercado de productores una cotización de 42 centavos, y ese mismo día el mercado marginal de Londres cotizó a 93 centavos. Como el consumo del mercado de productores equivale a más o menos 75% y el del mercado de Londres a 25%, al ponderar las cotizaciones de ambos se obtuvo el precio de 63,33 centavos. El Gobierno, sobre esa base, lo fijó en 62 centavos, esto es, en un centavo menos que el término medio. ¿Qué ocurrió? Canadá, Zambia y todos los países productores siguieron nuestro ejemplo, después de estar mucho tiempo a la expectativa. Chile fue el primero en subir el precio a 62 centavos. Durante cuatro o cinco meses, las ventas se hicieron a ese precio.

Luego, el 15 de julio, aplicando el mismo criterio ponderado de la vez anterior, se fijó el precio en 70 centavos, pues las cotizaciones de los mercados de productores y de Londres eran de 70 a 74 centavos y 74,50 centavos, respectivamente. La ponderación de ambos precios daba 72,19 centavos, por lo que el precio del Gobierno era inferior en dos centavos a dicho término medio. Pero ahora sobrevino la baja internacional, debido a factores políticos. Nadie puede negar lo que han influido las medidas adoptadas por Inglaterra para defender el valor de la libra esterlina: influencia política, negación de créditos. Todos esos son factores ajenos a la voluntad del país. De manera que, efectivamente, la baja del precio no depende de nosotros.

El Honorable señor Jaramillo intervino para referirse a estas materias cinco días antes que yo, en momentos en que el cobre estaba a 45 centavos de dólar por libra; pero seis días más tarde, ya alcanzaba a 50 centavos, debido a las huelgas que estallaron en Zambia. O sea -repito-, hay una serie de factores que influyen en los precios.

En resumen, considero que el criterio del Gobierno ha sido claro, lógico y categórico al ponderar el precio del mercado de productores y la cotización de mercados marginales.

El señor ALTAMIRANO.-

¡Podríamos enviar al Ministro señor Thayer para que siga la huelga... !

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Queda sólo un minuto.

Tiene la palabra el Honorable señor González Madariaga.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Ya no dispongo de tiempo suficiente para analizar la teoría desarrollada por el Honorable señor Gumucio.

Antes no había la fiscalización que ahora existe. La Constitución dispone que la ley de Presupuestos debe señalar los gastos de la Administración y fijar el cálculo de entradas y de egresos. Siempre me he interesado por la labor de la Comisión Mixta de Presupuestos he formado parte de ella y he llegado a tener el honor de presidirla. Nunca llegó a conocimiento de esa Comisión un presupuesto sin financiamiento.

Preguntaba, hace pocos instantes, por qué había traspasos de ítem sin precisar a qué se destinaban. Nunca se entregaron partidas en forma global a los Ministerios.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Ha terminado el tiempo del Orden del Día.

Si le parece a la Sala, se prorrogará la hora hasta votar el proyecto.

El señor ALTAMIRANO.-

En general.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Podríamos esperar que viniera el señor Ministro.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Hay indicaciones.

El señor PABLO.-

Votemos en general.

El señor GUMUCIO.-

La votación de la indicación se hará durante la discusión del segundo informe.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Si le parece a la Sala, se cerrará el debate y se pondrá en votación el proyecto.

El señor DURAN.-

No hay acuerdo.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

No hay acuerdo.

Terminado el Orden del Día.

2.4. Discusión en Sala

Fecha 13 de septiembre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 71. Legislatura Ordinaria año 1966. Discusión General. Se aprueba en general.

SUPLEMENTO DEL ITEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En primer lugar, corresponde ocuparse en el informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que suplementa diversos ítem del presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas. Este asunto quedó pendiente en su discusión general.

-El proyecto aparece en los Anexos de la sesión 49ª, en 23 de agosto de 1966, documento Nº 4, página 3100 y el informe, en los de la sesión 56ª, en 31 de agosto de 1966, documento N° 3, página 3394.

-Se aprueba en general el proyecto.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

La iniciativa debe pasar a Comisión, porque se le han formulado varias indicaciones.

2.5. Segundo Informe de Comisión Legislativa

Senado. Fecha 07 de octubre, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 9. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

1.- SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE SUPLEMENTA DIVERSOS ÍTEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.

Honorable Senado:

Dado que no se dispone del tiempo necesario para redactar adecuadamente este informe, nos limitaremos a una muy breve reseña de un interesante debate que se renovó en esta Comisión en relación al financiamiento de esta iniciativa de ley.

En nuestro anterior informe (boletín Nº 22.261), en su página 6, indicamos que el gasto del proyecto ascendía a Eº 70.700.000, el que se financia, de acuerdo al artículo 3º del proyecto, con cargo al mayor rendimiento que se obtendrá con motivo del alza del precio del cobre y con los mayores ingresos que se lograrán en la Cuenta B-8 del Cálculo de. Entradas, que consulta ingresos de la Dirección de Obras Sanitarias por ventas de agua y entradas varias.

En ese mismo documento dimos cuenta que los mayores ingresos del cobre serían del orden de los treinta millones de dólares y los derivados por ventas de agua a Eº 8.000.000, con lo cual se daba por financiado el proyecto.

El proyecto aprobado por la Comisión en este segundo informe, aumenta el gasto por concepto de suplementos en un millón de escudos, con lo cual éstos suman Eº 71.700.000.

Los Honorables Senadores señores Corbalán, don Salomón, Presidente de la Comisión, y Altamirano señalaron la incongruencia en que incurría el Ejecutivo al proponer aumentar el gasto de este proyecto, en circunstancias que él no se encontraba financiado.

Para fundar esta aseveración, analizaron diversas intervenciones del señor Ministro de Hacienda en esta Comisión, de las que se ha dejado constancia en varios informes, como ser, el recaído en el proyecto de ley que aumentaba las remuneraciones del personal de las fuerzas armadas (Boletín Nº 22.039), el evacuado al aprobarse el proyecto de ley de reforma agraria (Boletín Nº 22.425) y en nuestro anterior informe sobre el proyecto en estudio, a que antes aludíamos.

De la comparación de las cifras que dio a conocer en estas ocasiones el señor Ministro de Hacienda, se desprende una evidente falta de coordinación de ellas.

Así, en el primero de los documentos citados, expuso que como consecuencia del alza del precio del cobre se produciría un mayor ingreso de, aproximadamente, US$ 150 millones anuales, el que, posteriormente, como consta del segundo informe indicado, fue estimado en sólo US$ 70.000.000, para bajar por último a US$ 30.000.000, como lo expresamos en nuestro primer informe sobre este proyecto de ley.

La inversión que se hará de este mayor ingreso no es algo que este absolutamente claro para vuestra Comisión de Hacienda, pues, según expresiones del señor Ministro de Hacienda, sólo se destinarían a financiar este proyecto de suplemento, US$ 15.000.000, destinándose el resto a rescatar obligaciones a corto plazo contraídas por el Fisco en el Banco Central de Chile, como anticipos de ingresos tributarios.

Sin embargo, de las intervenciones que tuvieron al discutirse este secundo informe, tanto el señor Vicepresidente de la Corporación del Cobre, don Javier Lagarrigue, como el señor Subsecretario de Hacienda, don Andrés Zaldívar, se desprende que el total de los mayores ingresos de libre disponibilidad fiscal que se obtendrán como consecuencia del mayor precio de venta del cobre, asciende sólo a US$ 12.000.000, con lo cual no sólo no habrían recursos para rescatar los anticipos que se han pedido al Banco Central, sino que, además, el proyecto de ley no se encontraría adecuadamente financiado.

En efecto, se dispondrían de US$ 12.000.000, aproximadamente Eº 50.000.000, provenientes del cobre; de Eº 8.000.000, de ventas de agua potable, y de Eº 10.000.000, que, de acuerdo a la estimación de la situación fiscal al 30 de septiembre de 1966, se producirían como excedente; todo lo cual suma Eº 68.000.000, que financian un gasto de Eº 71.700.000, y siempre en el supuesto que se destine el total del mayor ingreso del cobre a este efecto.

El señor Vicepresidente de la Corporación del Cobre explicó a la Comisión que el proyecto de ley de presupuestos contemplaba un ingreso total, por concepto del cobre, de US$ 153.605.000, y se estima que el ingreso real será de US$ 172.174.000, con lo cual se obtendrá un mayor ingreso neto de US$ 18.568.700, de los cuales sólo US$ 12.000.000 son de libre disponibilidad fiscal, encontrándose comprometida la inversión del saldo por diversas disposiciones legales.

Analizó el comercio del cobre y los precios a que se ha vendido este mineral, precisando que la venta del total del cobre de la Gran Minería se compromete anualmente en el mes de octubre mediante contratos de abastecimiento que se celebran con los consumidores, estableciéndose en esos contratos que el precio se fijará en relación a la fecha de entrega. Explicó que al respecto operan varias modalidades de tipo internacional, que permiten no fijar el precio en relación a un día determinado, a fin de evitar fluctuaciones interesadas que podrían beneficiar, tanto al comprador como al vendedor. Esto se salda tomando el promedio de períodos de hasta 90 días, que pueden contarse, de acuerdo a lo que se estipule, desde 60 días anteriores a la entrega hasta los 30 días posteriores.

A continuación, insertamos los cuadros que analizó el señor Vicepresidente de la Corporación del Cobre, así como la estimación de la situación fiscal al 30 de septiembre de 1966, efectuada por el señor Subsecretario de Hacienda.

En el punto 3 del primero de los cuadros referidos, pueden apreciarse las ventas de cobre respecto de las cuales ya ha operado la fijación de precio.

Pese a las observaciones anteriores, la Comisión de Hacienda, apreciando la importancia que tiene para vastos sectores el proyecto en informe, procedió a su despacho, pronunciándose respecto de diversas indicaciones que le fueron formuladas, las que constan del Boletín N° 22.520 y cuyo análisis debemos omitir, porque se ha citado al Honorable Senado para conocer de esta materia dentro de escasas horas.

4.- Ventas a la industria chilena

Período: enero-agosto 1966.

Cantidad: 69.130.336 Ibs.

Precio medio: 44,431 cts. por Ib.

5.- Promedio ponderado total - Ventas Gran Minería.

Cantidad un precio determinado: 784.083.778 lbs.

Precio medio: 47,719 cts. por Ib.

Santiago, 5 de octubre de 1966."

En consecuencia, en el Presupuesto vigente se compensa la pérdida de ingresos de capital por aproximadamente E° 200,0 millones, con mayor rendimiento de los impuestos y con reducción neta de gastos por un total equivalente. (Queda un pequeño excedente de 10,0.)

6.- Queda por financiar el suplemento de OO.PP. por E° 70,0 millones, lo que se cubre con el excedente antes indicado y con el mayor ingreso del cobre por encima de lo considerado en la Ley de Presupuesto, que asciende a US$ 18,4 millones (172,0 - 153,6). Queda como rendimiento de libre disponibilidad fiscal el 65% de esta cifra, o sea, aproximadamente, US$ 12,0 millones. Sumado a lo anterior el mayor rendimiento de las tarifas de agua potable en el segundo semestre de 1966, se completa el financiamiento del proyecto."

Para los efectos de lo establecido en el artículo 106 del Reglamento, dejamos constancia de lo siguiente:

Artículos del proyecto propuestos en el primer informe que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones: 2º, 3º, 5º, 6º, 7º, 8º, 10 y 11.

II.- Artículos que fueron objeto de indicaciones aprobadas: 1°, 4º, 9º y 12.

III.- Indicaciones rechazadas. Son las que figuran con los números que a continuación se indican del anexo de indicaciones (Boletín número 22.520) : 4, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 41, 42 y 50.

IV.- Indicación retirada: 47.

Indicación remitida al Ejecutivo: 14.

VI.- Artículos nuevos aprobados en este trámite: 13 a 35.

VII-Artículo que fue objeto de indicación rechazada: 4º.

Respecto de los artículos indicados en el número I cabe aplicar lo dispuesto en el artículo 106 del Reglamento y darlos por aprobados sin debate.

El mismo temperamento corresponde adoptar respecto del artículo contenido en el número VII, salvo que la indicación rechazada, recaída en dicho artículo, sea renovada reglamentariamente, caso en el cual cabría someterla a votación.

En mérito a las consideraciones anteriores, tenemos a honra proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley contenido en nuestro primer informe:

Artículo 1°

En el ítem 12/02/101.2 aumentar la suma consultada a Eº 4.600.000.

En el ítem 12/02/101.23 aumentar a Eº 12.700.000.

Intercalar el ítem "12/02/101.29 con Eº 100.000."

En consecuencia, aumentar el total de Eº 58.000.000 a Eº 59.000.000.

Artículo 4º

Reemplazarlo por el siguiente:

"Artículo 4°.- La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con exclusión del premio mayor, un 2,5% que se distribuirá de la siguiente manera: cuatro doceavos para la Universidad de Chile, la que deberá destinarlos por partes iguales al Centro Universitario de La Serena, al Centro Zona Norte de Antofagasta, a los Colegios Regionales que mantiene en Chillan y a los Colegios Regionales de Talca; cuatro doceavos para la Universidad del Norte, la que deberá invertir dos doceavos en su sede de Arica y el saldo en sus sedes de Antofagasta e Iquique, y cuatro doceavos al Centro que mantiene en Antofagasta y, el resto, por partes iguales, a sus Centros de Copiapó y La Serena.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción a las Universidades indicadas en el inciso anterior, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo."

Artículo 9º

Agregar a continuación de "Ferrocarriles del Estado" lo siguiente: "y los empleados de la Empresa Marítima del Estado imponentes de la Caja de la Marina Mercante", y reemplazar las palabras "presta" y "tendrá" por "prestan" y "tendrán", respectivamente.

Artículo 12

Sustituirlo por el siguiente:

"Artículo 12.- Descuéntase, por una sola vez, un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley de los obreros y empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

Los descuentos se harán por la Tesorería General de la República y serán puestos a disposición del Directorio Nacional de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, para financiar la VII Convención del gremio a celebrarse en la ciudad de Valparaíso.

En los meses siguientes al indicado en el inciso primero, el descuento será de E° 0,10, que se entenderá como cuota social de los asociados de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, a cuyo Directorio Nacional serán entregados por la Tesorería General de la República, en la forma señalada en el inciso segundo."

A continuación, consultar los artículos nuevos que con los números 13 a 35 figuran en el texto del proyecto de ley aprobado.

En mérito a las modificaciones anteriores, el proyecto de ley aprobado por vuestra Comisión de Hacienda queda como sigue:

Proyecto de ley

"Artículo 1°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

Artículo 2°.- Agrégase, al final de la glosa del ítem 12/02/101.19 de la Ley de Presupuestos vigentes, la siguiente: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho organismo internacional se reciban en la Tesorería General de la República.

Artículo 3°.- El mayor gasto que representa la presente ley se financiará con:

a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley 11.828, modificada por la ley 16.425, de 25 de enero de 1966, y

b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entradas Corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

Artículo 4°.- La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con exclusión del premio mayor, un 2,5%, que se distribuirá de la siguiente manera: cuatro doceavos para la Universidad de Chile, la que deberá destinarlos por partes iguales al Centro Universitario de La Serena, al Centro Zona Norte de Antofagasta, a los Colegios Regionales que mantiene en Chillan y a los Colegios Regionales de Talca; cuatro doceavos para la Universidad del Norte, la que deberá invertir dos doceavos en su sede de Arica y el saldo en sus sedes de Antofagasta e Iquique, y cuatro doceavos para la Universidad Técnica del Estado, a fin de que destine dos doceavos al Centro que mantiene en Antofagasta y, el resto, por partes iguales, a sus Centros de Copiapó y La Serena.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción a las Universidades indicadas en el inciso anterior, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5°.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11.828, no contemplados en las leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley.

La Corporación de Fomento de la Producción, en un plazo de 180 días, preparará el plan de desarrollo industrial.

Artículo 6°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

Artículo 7°.- Auméntase, a contar del 1° de octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aisén, y a un 130% la de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5º de la ley 16.406, modificado por el artículo 78 de la ley 16.464.

Artículo 8°.- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior, de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén.

La operación de compra se hará por el Intendente de la Provincia, el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7° de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aisén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aisén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales ANEF, podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles del sector público y fiscal.

Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo quedarán afectos al artículo 237 de la ley 16.466.

Artículo 9°.- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y los empleados de la Empresa Marítima del Estado imponentes de la Caja de la Marina Mercante que prestan sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrán derecho a asignación de zona, en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1° de julio de 1966.

Artículo 10.- Prorrógase por un año, a contar del 3 de octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 5° de la ley N° 16.338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del DFL. Nº 338, de abril de 1960.

Artículo 11.- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del Decreto de Obras Públicas Nº 3.134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias ("ANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia Nº 3.046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio.

Artículo 12.- Descuéntase, por una sola vez, un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley de los obreros y empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

Los descuentos se harán por la Tesorería General de la República y serán puestos a disposición del Directorio Nacional de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, para financiar la VII Convención del gremio a celebrarse en la ciudad de Valparaíso.

En los meses siguientes al indicado en el inciso primero, el descuento será de Eº 0,10, que se entenderá como cuota social de los asociados de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, a cuyo Directorio Nacional serán entregados por la Tesorería General de la República, en la forma señalada en el inciso segundo.

Artículo 13.- Con cargo al suplemento consultado para el ítem 12/02/101.2 se podrá pagar hasta Eº 20.000 para la construcción del edificio de las Naciones Unidas en Santiago.

Artículo 14.- Autorízanse los siguientes traspasos de la Cuenta de Depósitos F-48-B. "Gastos del Sorteo Nacional de Boletas de Compraventas", al Presupuesto Corriente en moneda nacional del Servicio de Impuestos Internos, según el detalle que sigue:

De la Cuenta Depósitos F-48-B Eº 652.000

a los siguientes ítem del Presupuesto

Corriente en moneda nacional del Servicio de Impuestos Internos:

Artículo 15.- El Parque Metropolitano de Santiago dependerá del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

El personal del Parque Metropolitano conservará su condición jurídica y el régimen previsional de que actualmente goza.

La programación y realización de los proyectos de desarrollo y mejoramiento urbano del parque, podrán ejecutarse por la Corporación de Mejoramiento Urbano o, por su intermedio, en la forma como lo determine el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Las facultades y atribuciones que el D.F.L. Nº 264, de 1960, en su actual texto fijado por el decreto supremo Nº 981, de 16 de junio de 1966, establece para el administrador, serán ejercidas por la Junta Directiva de la Corporación de Mejoramiento Urbano, y los acuerdos que se adopten sobre estas materias serán ejecutados por el Vicepresidente Ejecutivo de la misma institución.

La representación legal, judicial y extrajudicial del parque como persona jurídica, la tendrá el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Mejoramiento Urbano.

Tanto la Junta como el Vicepresidente Ejecutivo podrán delegar esas atribuciones y facultades en el Administrador del parque.

La Corporación de Mejoramiento Urbano aplicará a las obras de mejoramiento y desarrollo urbanos que deba ejecutar en el parque y al funcionamiento de éste, los fondos de que él dispone en el ejercicio presupuestario del año 1966 y los que, en el futuro, destine anualmente la Ley de Presupuestos para estos mismos fines.

Autorízase al Presidente de la República para traspasar a la Corporación de Mejoramiento Urbano los fondos de capital y corriente consultados para el Parque Metropolitano Nacional, en la ley de Presupuestos vigente.

Artículo 16.- Reemplázase la glosa del ítem 12/02/101.25 de la ley de Presupuestos vigente por la siguiente:

"Para realizar estudios y ejecutar obras en un segundo programa de caminos transversales y sectores del longitudinal que puedan ser financiados total o parcialmente en conformidad a los convenios que se suscriban entre el Gobierno de Chile y la International Development Association.

Este ítem será excedible y se podrá autorizar fondos con cargo a él antes que dichos convenios sean suscritos.".

Artículo 17.- Intercálase en el inciso segundo del artículo 2° de la ley Nº 15.840, a continuación de la palabra "Estado", la siguiente frase: "las sociedades mineras mixtas u otras sociedades en que el Estado o dichas instituciones o empresas, tengan interés o participación o sean accionistas.".

Artículo 18.- Agrégase a la letra a) del artículo 11 de la ley 15.840, el siguiente inciso:

"Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22, podrá el Director General, en ejercicio de su facultad fiscalizadora, ordenar la instrucción de investigaciones sumarias o sumarios administrativos por irregularidades cometidas en cualesquiera de los Servicios mencionados en el artículo 10 y designar con tal objeto al Fiscal Instructor, el cual podrá pertenecer a la Dirección General o a cualesquiera de dichos Servicios.".

Suprímese al final de la letra l) la conjunción "y"; reemplázase la letra m) por o), y agregase entre ambas letras las siguientes:

"m) El estudio, proyección, construcción y conservación de defensas de terrenos y poblaciones contra crecidas de corrientes de agua en la forma y en los casos previstos por la ley 11.402; la supervigilancia y reglamentación en.cada caso de la extracción de materiales áridos y la fijación de deslindes de los cauces naturales con los particulares ribereños ;"

"n) Conocer de las apelaciones deducidas por los funcionarios en contra de las resoluciones de la Junta Calificadora a que se refiere el artículo 91;".

"ñ) Corresponderán igualmente al Director General de Obras Públicas, en lo que respecta a la Dirección General a su cargo, todas las atribuciones que la presente ley confiere a los Directores;".

Artículo 19.- Suprímese la letra c) del artículo 14 de la ley 15.840, pasando las actuales letras d) y e) a signarse como c) y d), respectivamente.

Artículo 20.- Los funcionarios que a la fecha de la presente ley se desempeñan en la Dirección de Obras Sanitarias, Departamento de Defensas Fluviales, pasarán a servir iguales funciones en la Dirección General de Obras Públicas, conservando las mismas prerrogativas y derechos inherentes a los cargos que ahora tienen.

Artículo 21.- Agrégase al artículo 42 de la ley 15.840, a continuación del inciso segundo, el siguiente inciso:

"Los funcionarios antes indicados podrán delegar, en igual forma, las demás atribuciones que otras leyes les confieran.".

Artículo 22.- Agrégase al artículo 50 de la ley 15.840, la siguiente letra f), nueva:

"f) Cuando se trate de obras que se ejecuten con participación de la comunidad, cuyas condiciones serán fijadas por el Presidente de la República en el Reglamento respectivo.".

Artículo 23.- Agrégase a continuación del artículo 90 de la ley 15.840, el siguiente artículo:

"Artículo 91.- El personal de la Dirección General de Obras Públicas y sus Direcciones dependientes mencionadas en el artículo 10, será calificado por una sola Junta Calificadora, que estará compuesta por los Directores de dichos Servicios, con exclusión del Director General.

Actuará de Secretario de dicha Junta el Jefe del Departamento de Administración y Secretaría General de la Dirección General de Obras Públicas.".

Artículo 24.- No serán aplicables, en la ciudad de Viña del Mar, las prohibiciones legales y reglamentarias actualmente vigentes para la construcción de viviendas acogidas al decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1959.

Artículo 25.- Establécese un nuevo plazo de un año, a contar de la publicación de la presente ley, para que los interesados opten al goce de los beneficios contemplados en los artículos 29 y 35 transitorios de la ley 16.282.

Artículo 26.- Facúltase al Director de Pavimentación Urbana para que, previo acuerdo de la Municipalidad de Corral, proceda a condonar la totalidad de los dividendos adeudados y los saldos de cuenta pendientes de pavimentación a los propietarios de la comuna de Corral, cuyos predios han quedado inaprovechables con motivo de las inundaciones derivadas de los sismos del 21 y 22 de mayo de 1960.

El gasto o menor entrada derivado de la aplicación del inciso anterior se imputará a los recursos de pavimentación de la comuna de Corral.

Artículo 27.- El Ministerio de la Vivienda, la Corporación de la Vivienda, la Corporación de Mejoramiento Urbano y la Corporación de Servicios Habitacionales, se regirán por lo dispuesto en el artículo Nº 40, inciso tercero, de la ley Nº 15.840; el decreto supremo del Ministerio de Obras Públicas Nº 2.877, del 13 de noviembre de 1964, publicado en el "Diario Oficial" del 2 de diciembre de 1964, y la Resolución Nº 510 del Ministerio del Interior, de fecha 31 de marzo de 1966,, publicado en el "Diario Oficial" Nº 26.418, de 19 de abril de 1966.

Artículo 28.- No se descontarán las horas no trabajadas durante los días 26 y 27 de julio de 1966, por el personal del Servicio de Registro Civil e Identificación, Tas que serán reintegradas mediante trabajo extraordinario durante el presente año.

Artículo 29.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 15 de la ley Nº 15.676, de 28 de septiembre de 1964, que crea el. Plan Nacional de Edificios Escolares:

a) En el inciso primero, sustituyese la expresión "la provincia de Antofagasta", por la siguiente: "las provincias de Tarapacá y Antofagasta".

b) En el inciso segundo, reemplázase la frase: "la Tesorería Provincial de Antofagasta", por "las Tesorerías Provinciales de Tarapacá y Antofagasta".

Artículo 30.- Reemplázase el artículo 19 de la ley Nº 16.426, de 4 de febrero de 1966, por el siguiente:

"Artículo 19.- Establécese el Seguro Obligatorio de Accidente de los Pasajeros de la locomoción colectiva del país.

Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el D.F.L. 210, de 1953, previa autorización de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, la cual señalará las condiciones generales de la póliza abierta que se emitirá a nombre de la Subsecretaría de Transportes a favor de los pasajeros de la locomoción colectiva del país, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del decreto supremo Nº 188, de 14 de abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

El Instituto de Seguros del Estado se obliga a asegurar en favor de los pasajeros los riesgos de muerte; incapacidad permanente, total o parcial e incapacidad temporal que sobrevengan a consecuencia de accidentes del tránsito.

Este seguro se financiará con el 1% del valor de los pasajes de las empresas de transportes de locomoción colectiva del país en cumplimiento al referido artículo 13 del decreto supremo 188 señalado en el inciso segundo.

La entidad aseguradora destinará sus utilidades líquidas, después de constituidas todas sus reservas técnicas y matemáticas y previo informe de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, exclusivamente a:

1) 50% al Servicio Nacional de Salud para ser empleado en la construcción de postas y maternidades periféricas, laboratorios y policlínicas;

2) 25% a la ayuda de la niñez desvalida, a través del Consejo Nacional de Menores, creado por la ley Nº 16.520, de 22 de julio de 1966;

3) 20% al mejoramiento del sistema de seguro, a la ampliación de beneficios a los pasajeros, a la construcción de refugios en los terminales y demás medidas necesarias para la adecuada protección de los pasajeros, y

4) 5% para el Servicio de Bienestar del Personal del Instituto de Seguros del Estado.

El Banco del Estado de Chile venderá a los empresarios de la locomoción colectiva del país los boletos de pasajes que emitirá la Casa de Moneda y Especies Valoradas, en cumplimiento de las disposiciones contempladas en el artículo 14 del citado decreto supremo Nº 188.

El Presidente de la República dictará, dentro del plazo de treinta días, a contar desde la publicación de esta ley, el Reglamento que establecerá el monto de las indemnizaciones que por la ocurrencia de los riesgos reciban los pasajeros o sus herederos, en caso de muerte, y las multas por infracciones cometidas con violación de las normas sobre pasajes establecidas en el inciso anterior.

Los pasajes tendrán para los usuarios el valor de una póliza de viaje.

Artículo 31.- Agrégase la siguiente glosa al ítem 12|02|101:

"Con cargo a este ítem, destínase la suma de Eº 30.000 a la terminación de la red de agua potable del sector Barreales de la comuna de Santa Cruz."

Artículo 32.- Con cargo a los fondos acumulados en los años 1964 y 1965, de acuerdo a la ley Nº 15.689, artículo 2º, la Dirección General de Obras Públicas procederá a efectuar las siguientes obras:

La Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición de la Dirección General de Obras Públicas, en el plazo de 60 días, la suma de E° 185.000 para atender las inversiones señaladas y a la de la Municipalidad de Rancagua, la suma de Eº 50.000. La Municipalidad destinará estos fondos a la adquisición de un terreno para la instalación de Cuartel de Carabineros, Posta de Primeros Auxilios, Oficina de Correos y Campo Deportivo de las Poblaciones Unidas de Rancagua.

Artículo 33.- Los impuestos a la producción de vinos y chichas que establecía la ley Nº 11.256, devengados con anterioridad a la vigencia del artículo 122 de la ley Nº 15.575, que lo derogó, y que ingresen en arcas fiscales con posterioridad a la vigencia de la presente ley, se destinarán exclusivamente al mejoramiento, ampliación, construcción, reparación y equipamiento de los servicios asistenciales dependientes del Servicio Nacional de Salud, en las respectivas provincias en que se adeuden y perciban, sin que pueda, con cargo a estos recursos, contratarse personal ni a título de honorarios ni a ningún otro.

No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, los impuestos indicados que se adeudan y perciban en la provincia de Maule, se destinarán exclusivamente a la Dirección de Deportes del Estado para el mejoramiento, ampliación o construcción de un estadio deportivo en la ciudad de Cauquenes.

Además, con cargo a los recursos que correspondan a la provincia de Linares se destinará preferentemente la suma de trescientos mil escudos a la reparación y mejoramiento de las Escuelas Nºs 1 y 2 de la misma ciudad, por intermedio de la Dirección General de Obras Públicas.

La Tesorería General de la República abrirá una cuenta especial con dichos recursos, con indicación de la provincia a que corresponda, sobre los cuales únicamente podrá girarse para los fines señalados.

El Servicio Nacional de Salud, dentro del plazo de noventa días contado desde la promulgación de esta ley, dictará una resolución fijando la inversión de los recursos devengados por cada provincia, con la sola excepción de la provincia de Maule.

Artículo 34.- Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría de la Cámara de Diputados, un cargo de Secretario de Comisiones, con la renta asignada en el presupuesto a dichos cargos.

Sustituyese, en el Escalafón de Servicio del Senado, la denominación "Ecónomo" por "Jefe de Almacén".

Créase en "Cargos Fuera de Escalafón" del Senado, un "Jefe de Abastecimiento de Comedores", con la misma renta que percibe actualmente el cargo de "Mayordomo 1º".

El mayor gasto que represente este artículo se imputará a los ítem 02/02/02 y 02/02/03 del Presupuesto vigente de la Cámara de Diputados, y 02/01/02 y 02/01/03 del Presupuesto vigente del Senado, respectivamente."

Sala de la Comisión, a 6 de octubre de 1966.

Acordado, con asistencia de los Honorables Senadores señores Corbalán (Presidente), Gumucio, Teitelboim y Von Mühlenbrock.

Pedro Correa Opaso, Secretario.

0/T 2826 - Instituto Geográfico Militar - 1966

2.6. Discusión en Sala

Fecha 07 de octubre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 9. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967. Discusión General y Particular . Se aprueba en particular con modificaciones.

SUPLEMENTO DE ITEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.

El señor REYES ( Presidente).-

Corresponde ocuparse en el segundo informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que suplementa diversos ítem del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.

-El proyecto aparece en los Anexos de la sesión 49ª, en 23 de agosto de 1966, documento Nº 4, página 3100; el primer informe, en los de la sesión 56ª, en SI de agosto de 1966, documento Nº 3, y el segundo, en los de esta sesión.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

La Comisión deja constancia, para los efectos de lo establecido en el artículo 106 del Reglamento, de que los siguientes artículos del proyecto propuestos en el primer informe no fueron objeto de indicaciones ni de enmiendas: 2º, 3º, 5º, 6º, 7º,8º, 10 y 11.

El señor REYES ( Presidente).-

De conformidad con el Reglamento, estos artículos se dan por aprobados.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

Fueron objeto de indicaciones aprobadas los artículos 1º, 4º, 9º y 12, y sobre ellos debe recaer el pronunciamiento del Senado.

Los artículos 13 hasta el 34, ambos inclusive, son nuevos.

Las primeras modificaciones inciden en el artículo 1º. En el ítem 12/02/101.2, se aumenta la suma de 4.400.000 escudos a 4.600.000. En el ítem 12|02|101.23, se aumenta la suma de 12 millones de escudos a 12.700.000. Se intercala el ítem 12|02| 101/29, con 100.000 escudos. Como consecuencia de lo anterior, el total aumenta, de 58 millones de escudos, a 59 millones.

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

En el artículo 1º se introducen algunas enmiendas originadas en indicaciones presentadas por el Ejecutivo, que aumentan en cantidades no importantes los ítem que se habían considerado en el proyecto inicial. Sin embargo, deseo señalar, recordando al Honorable Senado los argumentos que se expresaron en la Sala cuando se discutió en general esta iniciativa, que ahora, con motivo del segundo informe y de la discusión del proyecto en la Comisión de Hacienda, las dudas que existían en el debate del primer informe respecto del financiamiento han quedado totalmente confirmadas después de haber escuchado al señor Subsecretario de Hacienda y al vicepresidente de la Corporación del Cobre.

Hay de por medio una situación bastante delicada en el orden financiero. Este proyecto de ley, tal como se señaló en la discusión general, carece de financiamiento claro, por no decir que está desfinanciado, pues tampoco puede sostenerse categóricamente que lo está, ya que los mayores ingresos producidos por el cobre en realidad existen. Pero, de acuerdo con informaciones que había entregado a la Comisión de Hacienda el Ministro del ramo, señor Sergio Molina, los fondos, en la práctica, estaban comprometidos, lo cual significa que, si se cumple ese compromiso, el proyecto estaría desfinanciado. Por el contrario, si las obligaciones que, según el señor Ministro de Hacienda, se habían contraído con el mayor ingreso producido por el cobre no se cumplen; si no se rescatan los documentos descontados por el Estado en el Banco Central durante este año, con cargo a ese eventual mayor ingreso, que suma quince millones de dólares, evidentemente habría financiamiento del proyecto.

¿Qué quiere decir esto? Que en el orden financiero la situación es muy dudosa, como que el señor Ministro de Hacienda, en tres ocasiones, ha tenido puntos de vista totalmente distintos respecto del mismo problema.

Cuando se trató una iniciativa relacionada con las Fuerzas Armadas, contenida en el boletín 22.039, se preguntó al señor Ministro cuál sería el mayor ingreso del Gobierno en virtud del aumento del precio del cobre. Eso sucedió, si no me equivoco, a fines de julio. Dicho Secretario de Estado contestó, con motivo de aquel proyecto, que la cifra era de alrededor de 150 millones de dólares; o sea, más de lo que se había considerado en el cálculo de entradas de la ley de Presupuestos. Posteriormente, cuando se discutía el proyecto de reforma agraria, se pidió al señor Molina que concurriera a las Comisiones unidas y diera a conocer el punto de vista del Ejecutivo respecto del financiamiento de la iniciativa en referencia. En esa ocasión, el señor Ministro de Hacienda hizo una extensa exposición sobre el problema del déficit fiscal de este año, que, según él, ascendía a más o menos doscientos cincuenta millones de escudos, y la forma como se financiaría: una parte, mediante disminución de las inversiones y, otra, prorrogando o difiriendo para el próximo año obligaciones que tenía para éste. También explicó cómo se había originado el déficit, y respecto del mayor ingreso producido por el cobre, dijo entonces que sería de alrededor de 70 millones de dólares. Vale decir, de 150 millones, bajamos a setenta: disminuyó el mayor ingreso en ochenta millones.

Posteriormente, al discutirse el proyecto en debate, volvió a surgir el problema del financiamiento, porque cuando se trató el asunto a propósito de la reforma agraria, el señor Ministro dio las siguientes explicaciones: que de los 70 millones de dólares de mayor ingreso que se iban a obtener, se destinarían quince millones a financiar el déficit fiscal; otros quince millones, a cumplir los compromisos que el Estado tenía con el Banco Central por emisiones que se hicieron con cargo a los futuros ingresos del cobre. O sea, ya había treinta millones de escudos comprometidos. Y el saldo, se enviaría a reservas del Banco Central, a fin de cubrir deudas, inclusive de años anteriores.

Pero el problema de fondo -ésta es una operación esencialmente contable- es que esos recursos irían a reservas del Banco Central y, en consecuencia, estarían disponibles para entonar en un momento determinado la balanza de pagos y facilitar -si pudiéramos decir, liberar un poco más- las importaciones de equipos industriales y las inversiones de capital. Vale decir, el Ministro de Hacienda se hizo todo un programa de trabajo, sobre la base de esos setenta millones de dólares que, como digo, anteriormente eran 150 millones.

Sin embargo, cuando se trató este proyecto, que también se financia con los fondos del cobre, en una suma de quince millones de dólares, si no me equivoco, empezamos a preguntarnos si acaso no estábamos haciendo muchos compadres con el mismo ahijado. Y, efectivamente, después de una investigación muy simple, descubrimos que, en realidad, estábamos haciendo demasiados padrinos para el mismo ahijado. En efecto, interrogado nuevamente el señor Ministro de Hacienda con motivo de la discusión de este proyecto de ley, contestó que, a su juicio, los mayores ingresos del cobre que se producirían durante el año en curso serían de más o menos treinta millones de dólares. En otras palabras, de ciento cincuenta millones, bajamos a setenta millones, y después, a treinta millones. Y ahora, cuando- discutimos el segundo informe y concurre el vicepresidente de la Corporación del Cobre y el Subsecretario de Hacienda; cuando empezamos a hacer cálculos de cuánto es efectivamente el mayor ingreso, llegamos a la cifra de veinte millones de dólares. ¡O sea, si demoramos un poco más, llegaremos a tener déficit! ¡ Ya no habrá mayor ingreso!

Tal ha sido el proceso que ha seguido esta leyenda del mayor ingreso producido por el mayor precio del cobre. El asunto es delicado, porque a él está vinculado todo el problema del financiamiento del déficit de este año, de la iniciativa en debate y de una infinidad de compromisos que están siendo diferidos para el año próximo. Además, tengo la impresión -desgraciadamente, no he podido comprobarlo, pues acabo de recibir el informe- de que los mayores ingresos que se producirían por el nuevo precio del cobre en el mercado internacional, no son sino una ficción, y que todas las alzas que en un momento determinado pronosticó el Gobierno para el precio del metal, no pasaron de ser sino una semificción. Vale decir, los contratos efectivamente concertados para las ventas a mayor precio han sido insignificantes, una vez decretado el alza, con relación a la esperanza que nos forjamos respecto de ese aumento y con la fe puesta por mucha gente en que la nueva cotización del metal rojo en el mercado de Londres acarrearía al país beneficios extraordinarios. Esta es la situación escueta y referente a la cual nos asaltan serias dudas.

Si nos atuviéramos a la afirmación del señor Ministro de Hacienda en cuanto a la destinación de los 70 millones dólares, llegaríamos a la conclusión de que este proyecto no tiene financiamiento, pues los señores Senadores deben recordar que dicho Secretario de Estado ya había comprometido 30 millones. Si se hubiese pagado esa cantidad y se hubieran rescatado los compromisos y pagarés que el fisco tiene con el Banco Central -esos compromisos deben rescatarse en los meses de septiembre y octubre de este año, con los mayores ingresos del cobre-, esta iniciativa legal no tendría financiamiento. Lo que efectivamente sucederá es que no se producirá ese rescate. En consecuencia, no se neutralizará la emisión hecha con cargo a los mayores ingresos del cobre ni se cubrirá el déficit fiscal. Entonces -repito-, no habrá financiamiento para el proyecto que nos preocupa.

En definitiva, el balance de la situación financiera fiscal, al considerar los antecedentes que estoy dando, no puede ser más deplorable.

Prestamos nuestra aprobación, en general, al proyecto.

Al parecer, dentro de este "carrousel" de compromisos, ilusiones y datos falsos- no puede ser de otra manera, pues no puedo concebir que un Ministro de Hacienda se equivoque en tal proporción y nos traiga datos tan errados-, no hay posibilidades de entregar nuevos recursos al Ministerio de Obras-Públicas. Con tales fondos se podrían finalizar obras ya iniciadas y, en cierta medida, disminuir el gravísimo problema de la cesantía que nuestro país vive en este instante, debido especialmente a la paralización de la construcción, ya sea en el sector privado o en las obras públicas. Por eso, prestamos nuestra aprobación en general al proyecto, a fin de que esas obras -entre ellas las hay de bien común y de beneficio para el país- se terminen y, asimismo, para que no continúe haciéndose recaer sobre los trabajadores los efectos de la situación de crisis financiera. Por tales consideraciones, también lo hemos aprobado en particular. Incluso hemos formulado indicaciones que, por supuesto, mantendremos, en la esperanza de que la Sala les preste su aprobación.

En todo caso, hemos querido dejar perfectamente esclarecido ante el Senado y el país cuál es la situación financiera de este proyecto de ley.

El señor GUMUCIO.-

En realidad, las modificaciones consignadas en el segundo informe respecto del artículo 1°, significan cifras pequeñas dentro del monto total del proyecto. Algunas de ellas responden a nuevos cálculos numéricos, y otras, a nuevas obligaciones que es necesario incluir dentro de la iniciativa en discusión. Estas últimas tienen carácter de urgentes por el hecho de que a algunos contratistas se deben cancelar con prontitud estados de pago adeudados. Ello traerá, por consecuencia, como anotaba el Honorable señor Corbalán, la posibilidad de dar trabajo a los miles de obreros que laboran en las faenas de construcción.

A propósito del artículo 1°, el Honorable señor Corbalán hizo mención al problema del financiamiento total del proyecto.

En verdad, en todo estudio de rendimientos, éstos pueden resultar exactos, excedidos o insuficientes.

Los cálculos hechos sobre la base del nuevo precio del cobre están siendo objeto de alteraciones violentas, mes tras mes., porque la cotización de dicho metal ha experimentado cambios considerables en el transcurso del año, que han elevado o reducido las cifras previstas. Tan así es que los parlamentarios de las bancas socialistas, precisamente, sostuvieron que el precio del cobre -en conformidad con las cotizaciones del mercado de Londres, en junio, julio y agosto llegó a 60 centavos de dólar por libra- se mantendría. Pero la predicción de los Honorables colegas falló, por cuanto el precio no se pudo mantener fijo en el resto del año, debido a que, como dije, ha habido fluctuaciones en el mercado de Londres.

Cuando se inició la discusión del proyecto y el señor Ministro usó de la palabra en la Comisión, la cual estudiaba en ese momento el proyecto de reforma agraria enviado con anterioridad, el precio del cobre era elevado. Por lo tanto, el cálculo hecho por el señor Molina respecto del mayor rendimiento del impuesto respectivo resultó superior a la realidad, y ahora, casi al término del año, se calcula un promedio inferior del precio del cobre de exportación.

Sin embargo, lo que interesa fundamentalmente es lo relativo a este proyecto de suplemento, con relación al presupuesto total de 1966. O sea, solucionar el déficit que arrojará dicho cálculo.

Los gastos fiscales totales probables, excluido el proyecto de ley de suplemento en debate, ascenderían a 5.530 millones de escudos; el total de gastos fiscales aprobados, según la ley de Presupuestos para 1966 y leyes de reajustes posteriores, sería de 5.630 millones.

Naturalmente, a los gastos fiscales hay que agregar los establecidos por distintas leyes despachadas con posterioridad a la de Presupuestos, entre las cuales la más importante es la relacionada con los reajustes. En realidad, el costo de iniciativas de esa índole no se conoce con precisión hasta después de un tiempo de aplicación del nuevo reajuste. En otras palabras, el cálculo primitivo de los reajustes es sólo aproximado. Nadie puede prever el monto definitivo de los aumentos de remuneraciones, máxime cuando el Congreso, especialmente el Senado, donde el partido de Gobierno es minoritario, introduce diversas modificaciones que significan nuevos desembolsos.

El señor TEITELBOIM.-

¡ No obstante ser minoritarios, Sus Señorías consiguen la Operación Unitas y todo cuanto quieren !

El señor GUMUCIO.-

He dicho minoritario, porque no somos mayoría.

El señor TEITELBOIM.-

¡Se arreglan ... !

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

¡Por el camino se arregla la carga!

El señor GUMUCIO.-

Asimismo, se aprueban algunos proyectos de iniciativa parlamentaria, como por ejemplo los relativos a materias previsionales, cuyo financiamiento también debe ser encarado por el Ejecutivo, en cierta medida.

El hecho es que los gastos fiscales aprobados en la ley de Presupuestos, para 1966 y los de las leyes de reajustes posteriores alcanzarán a 5.630 millones de escudos; es decir, habrá un déficit de 100 millones de escudos.

La reducción neta de gastos fiscales, por concepto de economías en remuneraciones provenientes de no provisión de vacantes y otros cargos que en el año no se suplen, significará una economía de 50 millones de escudos. Las economías en bienes de consumo y transferencias, calculadas hasta la fecha, son de alrededor de 100 millones de escudos; y el mayor gasto en previsión es de 50 millones de escudos, todo lo cual da un déficit total de 200 millones de escudos.

Los menores ingresos de capital producidos en el año a causa de la no utilización de excedentes agrícolas por diversos motivos de orden internacional, ascienden a 100 millones de escudos .

La Cuenta Única -dicha Cuenta permitía al Ejecutivo tener excedentes permanentes y, por lo tanto, aliviar los gastos fiscales normales en todo el año-, por diversos motivos, en especial, por el cumplimiento de leyes atinentes al Servicio de Seguro Social, en vez de contar con fondos disponibles o sobrantes, ha tenido déficit. Por tanto, el fisco no ha podido girar durante el año aproximadamente 60 millones de escudos por no disponer de fondos a los cuales antes podía recurrir.

La menor transferencia de ahorro interno al fisco se calcula en 40 millones de escudos; es decir, juntamente con los rubros anteriores, da un total de 110 millones de escudos.

Como contrapartida, hay ingresos tributarios. En consecuencia, en el Presupuesto vigente se compensa la pérdida de ingresos de capital, de aproximadamente 200 millones de escudos, con el mayor rendimiento de los impuestos y la reducción neta de gastos por un total equivalente. Ello da un excedente de 10 millones de escudos.

Entonces, quedaría por financiar el suplemento de Obras Públicas de que trata el proyecto en debate, cuyo gasto total alcanza más o menos a 70 millones de escudos. Esa cantidad se cubriría con el excedente de 10 millones a que hacía mención y el mayor ingreso del cobre por encima de lo considerado en la ley de Presupuestos, que asciende a 18,4 millones de dólares. O sea, la diferencia entre 172 millones y 153,6 millones de dólares previstos en el cálculo de la ley de Presupuestos de este año, da un excedente de 18,4 millones de dólares.

Queda como rendimiento de libre disponibilidad fiscal el 65% de esa cifra, o sea, aproximadamente, 12 millones de dólares.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¿Su Señoría llega a la conclusión de que el mayor ingreso proveniente del precio del cobre es de 18 millones de dólares?

El señor GUMUCIO.-

Sí, considerando, naturalmente, el cuadro a que se refirió el Honorable señor Altamirano, cuya insersión me permitiré solicitar. En ellos se consigna el promedio de ingresos provenientes del cobre hasta este momento. Naturalmente, se excluyen los meses que restan del año. Y, por otro parte, según explicó el jefe del Departamento del Cobre, los precios del metal vendido a 90 días son promedios, de acuerdo con un convenio concertado entre el comprador y el vendedor.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

El Honorable señor Gumucio confirma lo que expresé hace un instante. Según los cálculos de la Comisión, el excedente sería de alrededor de 20 millones de dólares. En realidad, Su Señoría ha sido más exacto al señalar que son sólo 18,4 millones.

Quiero insistir en las alegres cifras dadas por el señor Ministro de Hacienda. Primero nos habló de 150 millones de dólares; con posterioridad, de 70 millones; después, de 30 millones, y ahora resulta que se trata sólo de 18 millones.

Eso es lo que me interesa dejar esclarecido.

El señor GUMUCIO.-

No veo qué conclusiones se pueden sacar por el hecho de que un Ministro. ..

El señor CORBALÁN (don Salomón).-

Una muy triste.

El señor GUMUCIO.-

Eso sucede a todos los Ministros: hacen determinados cálculos, y después éstos resultan fallidos. No sé si Su Señoría se alegra de que las cosas hayan resultado así.

El señor MÜHLENBROCK.-

Acuérdese del cálculo de ingresos.

El señor GUMUCIO.-

No creo que sea papel de la Oposición aplaudir y alegrarse de que los ingresos fiscales no sean muy felices.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Habría aplaudido si los mayores ingresos hubieran alcanzado a 150 millones,

Pero ha habido una equivocación enorme.

El señor GUMUCIO.-

No es equivocación. Todo cálculo es lo que es; no representa una suma fija. De lo contrario, habría que certificar ante notario público que ya ha sucedido un hecho que aún no ocurre.

El señor RODRIGUEZ.-

¡De 150 millones a 18 millones hay mucha distancia!

El señor GUMUCIO.-

Recuerden Sus Señorías que ustedes mismos sostuvieron que el precio del cobre sería superior a 60 centavos y que se mantendría en ese valor. No resultó así. Entonces, si el señor Ministro fue mal profeta, Sus Señorías lo fueron peores, porque no acertaron en cuanto al monto de los precios ni en cuanto a que éstos se mantendrían.

El señor CORBALAN (don Salomón).

-Las conclusiones que sacamos son del todo distintas.

Hay un hecho concreto: desde hace mucho tiempo, desde antes que Su Señoría llegara el Senado -cuando se discutió el proyecto que establecía el impuesto patrimonial-, hemos venido sosteniendo la necesidad de aumentar el precio del cobre. Se dijo en aquella época que era erróneo permanecer atado al precio de productores. Y con esta historia del precio de productores, se mantuvo al país hasta el momento en que no fue posible seguir conteniendo el aumento del precio, que era ficticio, y se autorizó alzarlo. Al adoptarse esta medida por el Gobierno, nosotros declaramos que el precio de la Bolsa de Metales de Londres era superior, pero nunca dijimos que esa cotización fuese estable ni definitiva. Opinamos que deberíamos aproximarnos al precio de ese mercado e hicimos indicación para fijar el precio del cobre chileno en 75% del cotizado en Londres y llegamos a demostrar que el país podría obtener mayores recursos de los que se produjeron con motivo del alza autorizada por el Gobierno. Según tengo entendido, dicha alza empezó a aplicarse en mayo; pero respecto de Chile Exploration, que explota Chuquicamata, empezó a regir desde el 1° de julio. Es decir, durante cierto lapso, el aumento del precio fue sólo nominal, pues los contratos de Chile Exploration se hacían a partir del 1° de julio.

El señor Ministro, con antecedentes mejores que los nuestros, en el mes de julio, una vez vigentes los nuevos precios para los contratos de Braden Copper y de Chile Exploration, dijo que habría, por este concepto, mayores ingresos por 150 millones de dólares, siempre que el precio se mantuviera entre 50 y 60 centavos de dólar. El precio del cobre no se ha venido al suelo, sino que permanece cercano a los 50 centavos, y en este momento experimenta un repunte.

Posteriormente, en el mes de agosto, o sea, con un mes de diferencia, y sin que hubiera mediado baja en los precios, el señor Ministro rectificó aquella apreciación sobre los mayores ingresos, y dijo que éstos ya no alcanzarían a 150 millones de dólares, sino a 70 millones. No obstante, el precio, durante el mes de agosto, fue de 55 ó de 56 centavos; variaba entre 50 y 60 centavos de dólar.

Treinta días más tarde, cuando se discutía en general el proyecto que debatimos -este fenómeno se presenta cada mes-, el señor Ministro declaró que el mayor ingreso no sería de 70 millones de dólares, sino tan sólo de 30 millones, sobre la base de un precio de 48 centavos de dólar la libra. Pero hemos visto que el precio ni siquiera ha descendido a 48 centavos, sino que permanece sobre ese nivel. Con todo, ahora resulta que la mayor entrada ni siquiera será de 30 millones de dólares, sino de 18 millones.

¿Qué seriedad hay, entonces, en las referidas declaraciones? Es natural que al hacer un cálculo estimativo, debe admitirse cierto margen de error que es necesario tener presente. Ello se justifica por las fluctuaciones del mercado, ajenas a la voluntad del señor Ministro. Pero es in-concebible un factor de error de la magnitud del señalado, que oscila entre 150 millones y 18 millones de dólares, después de sucesivas rectificaciones sobre el mayor ingreso, que lo estimaron en 70 millones da dólares y luego en 30 millones. Si el señor Ministro basa esta última estimación en el precio de 48 centavos y si sabemos que el cobre se ha estado vendiendo a 52 y a 53 centavos, tenemos razón para expresar nuestra alarma por la falta de seriedad con que se ha procedido al entregar estos antecedentes al Congreso y al país.

Eso es lo que quiero destacar: la falta de seriedad, sea por haberse hecho mal los cálculos, sea por haberlos entregado a fin de dar al país la sensación de que se obtendrían ingentes ingresos con motivo del nuevo precio fijado al cobre.

El señor GUMUCIO.-

No ha habido tal falta de seriedad, señor Senador. Los cálculos no han resultado exactos debido a las fluctuaciones de precio, el que, como digo, ha variado mucho. Además, como puedo demostrar a Su Señoría, las ventas de cobre durante el lapso señalado no alcanzaron siquiera a los precios que indica el señor Senador.

Tocante a la materia que estaba exponiendo, debo manifestar que habría un mayor ingreso de 18,4 millones de dólares, de los cuales el 65%, esto es, 12 millones de dólares, es de libre disponibilidad fiscal. Sumando a lo anterior el mayor rendimiento obtenido por la Dirección de Agua Potable en el segundo semestre de 1966, se completa el financiamiento del proyecto, O sea, queda desvirtuada la objeción más concreta y precisa formulada al proyecto, la consistente en que estaría desfinanciado. Hago presente que no habrá desfinanciamiento ni siquiera tomando en consideración esas cifras, pese a ser inferiores a lo calculado por concepto de mayores ingresos provenientes de los nuevos precios del cobre.

El señor MIRANDA.-

Concuerdo con él planteamiento del Honorable señor Corbalán en el sentido de que el financiamiento no está claro. Al igual que el señor Senador, estimo que el suplemento estaría financiado siempre que el Ministro de Hacienda no diera cumplimiento a las obligaciones a que se refirió en la Comisión,, particularmente la que consiste en pagar al Banco Central 15 millones de dólares para rescatar obligaciones fiscales a corto plazo como anticipo de ingresos presupuestarios. De tal manera que si el señor Ministro procede en la forma que anunció ante la Comisión de Haden- da, vale decir, si cancela esos compromisos contraídos con el Banco Central, desde ese momento el proyecto de suplemento queda desfinanciado.

El señor GUMUCIO.-

Por desgracia, el señor Ministro de Hacienda se encuentra

en el extranjero y yo no estoy en condiciones de informar sobre los recursos que se destinarían a cumplir las mencionadas obligaciones. Pero hago presente que nuestro deber constitucional es dar financiamiento a los proyectos que discutimos.

Respecto de las emisiones del Banco Central, el Ejecutivo tiene facultad para decretarlas y cubrirlas. Aunque comparto muchos de los criterios hechos valer aquí, me permito recordar que, en lo referente a emisiones, se debe mantener una línea y que el Fondo Monetario Internacional, extremadamente ortodoxo en materias financieras, mantiene instrucciones de tipo internacional que no permiten a los gobiernos, así como así, efectuar emisiones con absoluta libertad.

Pero no quiero mezclar materias diversas, porque no estoy en condiciones de responder a Su Señoría cómo el Ejecutivo cubrirá la emisión ya hecha. No obstante, puedo asegurar que el proyecto está financiado, según he podido demostrarlo con las cifras señaladas anteriormente.

El señor MIRANDA.-

Estaría financiado siempre y cuando el Ministro de Hacienda dejara de cumplir el programa que él mismo expuso ante la Comisión, tanto al tratarse el primer informe de la iniciativa en debate como al analizarse el financiamiento del proyecto sobre reforma agraria.

Insisto, pues, en que habrá financia-miento para el proyecto en discusión siempre que la totalidad de los mayores recursos del cobre sean destinados a él.

El señor GUMUCIO.-

Estoy de acuerdo con Su Señoría.

En realidad, no conozco los antecedentes referentes al manejo interno del Gobierno. En efecto, al anunciar que, de los mayores ingresos del cobre, se destinarían 15 millones de dólares a cubrir emisiones, es posible que el señor Ministro de Hacienda haya pensado no hacer economías en el presupuesto vigente por igual cantidad. También es probable que, dentro del manejo interno de las finanzas, tales economías se hayan efectuado con ese objeto.

Reitero que, desde el punto de vista constitucional, estamos cumpliendo nuestra obligación de financiar el proyecto y lo hemos hecho con las cantidades que mencionamos denamtes.

El Honorable señor Altamirano ha pedido antecedentes sobre el volumen de las ventas y el precio promedio del cobre. Sobre el particular, se nos ha proporcionado un cuadro que, en vista de la petición oficial del Honorable señor Altamirano, pediría incluir en la versión.

El señor NOEMI.-

Ese cuadro figura en el segundo informe.

El señor GUMUCIO.-

Así es. El segundo informe deja constancia de que se vendieron a la industria chilena 69.130.336 libras de cobre al precio promedio de 44,431 centavos de dólar la libra. Además, se señala que el precio ponderado total correspondiente a las ventas de la gran minería, que, en total, suman 748.083.778 libras, fue de 47,719 centavos de dólar americano por libra.

El precio del metal rojo en este momento, no es el que indicaba el Honorable señor Salomón Corbalán, sino uno inferior, el que puede subir en los próximos meses, pero también puede bajar.

Las enmiendas al artículo 1° fueron aprobadas por la unanimidad de la Comisión sobre la base de las cifras consignadas en el informe.

El señor BOSSAY.-

El Honorable señor Gumucio se ha referido a un cuadro que aparece en el segundo informe de la Comisión de Hacienda y ha extraído algunas conclusiones con las cuales discrepo.

Para la buena marcha de la nación es importante que en el cálculo de los ingresos -aunque dicho cálculo se haga en forma estimativa, como dice el Honorable señor Gumucio- no se incurra en errores tan grandes como los que ha destacado el presidente de la Comisión de Hacienda,

Honorable señor Corbalán, al iniciarse el debate del proyecto.

Asigno trascendencia a las declaraciones del Gobierno en esta materia, porque muchos planes en cuanto a obras públicas, construcciones, agricultura o inversiones de los organismos autónomos, se realizan se postergan o sencillamente no se ejecutan, según sean los cálculos oficiales que, en lo concerniente a ingresos, haga públicamente el Ministro de Hacienda ante la opinión nacional y ante las Comisiones del Parlamento.

Funcionarios del sector público -me atrevería a asegurar que también empresarios del sector privado- llevan a la práctica planes o no los realizan en razón de la seguridad que las correspondientes declaraciones del Ministro de Hacienda lleven a los medios de producción del país en ambos aspectos: el público y el privado.

Lo sucedido es algo que no puede dejar de inquietarnos, y, de ninguna manera, puede ser para nosotros motivo de alegría. No soy de los que critican animados por ese espíritu; al contrario, me esfuerzo por hacer crítica constructiva. Así, cuando formulé reparos al proyecto de reforma ' agraria presentado durante el Gobierno del señor Alessandri, propuse la creación del bono pro reforma agraria, con el propósito de dar respaldo financiero y expresión práctica a dicha reforma.

Tampoco me limito a declarar mi desacuerdo con las medidas propuestas y decir: "Arréglense ustedes para seguir caminando, que no es problema mío". Mi actitud ha sido diferente, y, por lo demás, pienso que nadie se alegra de los fracasos que se produzcan en el financiamiento de los proyectos de ley, porque eso repercute desfavorablemente en la economía del país.

Son de evidente importancia las declaraciones del Ministro de Hacienda según anticipe mayores ingresos de 150 millones o de únicamente 70 millones de dólares, porque, en tal caso, los Ministros de la Vivienda y de Obras Públicas empiezan a ser más blandos o más duros para decir que sí. Ello dependerá de las informaciones que les dé oficialmente su colega de Gabinete a cargo de las finanzas del país.

Como consecuencia de la inseguridad creada, una serie de proyectos, desde su nacimiento, adolecen de defectos básicos. Es la inseguridad que emana de esta clase de declaraciones, según las cuales los mayores recursos, estimados en 150 millones de dólares, disminuyeron a sólo 70 millones, luego fueron reducidos a 30 millones y, ahora, a sólo 18 millones de dólares. Pero aun esta última cantidad resultará en la práctica reducida a sólo 12 millones, a causa de ciertas obligaciones relacionadas con la diferencia de cambios.

Sostengo, en consecuencia, que las cifras analizadas en el informe son bastante ajustadas a la realidad. El mismo informa advierte en forma textual: "La inversión que se hará de este mayor ingreso no es algo que esté absolutamente claro para vuestra Comisión de Hacienda". Nadie podría sostener que el asunto es claro. En efecto, primitivamente se nos informó que habría un excedente de 30 millones de dólares, de los cuales se invertirían 15 millones en financiar el proyecto en debate y otros 15 millones en rescatar compromisos a corto plazo en el Banco Central. Pese a la discusión suscitada, tal anuncio nos dejó relativamente tranquilos y nos limitamos a deplorar la mala información de un Ministro que habla primero de mayores entradas por 150 millones, después dice que éstas serán de sólo 70 millones, y, más adelante, viene a decirnos que los mayores ingresos no alcanzarán a 30 millones de dólares. Por eso, en la discusión del primer informe, a título meramente informativo, anotamos la disparidad de los antecedentes proporcionados por el señor Ministro sobre una misma materia; pero no insistimos mucho en ello. Nos pareció que, mal que mal, nos decía: las inversiones las pagaremos con la mitad de lo que va ingresar. Sin embargo, algunas semanas después, comprobamos que no ocurriría así, que los ingresos ya no serían siquiera de 30 millones de dólares. Por eso, tiene razón el Honorable señor Gumucio al aceptar las razones expuestas por el Honorable colega señor Miranda, y éste, cuando las plantea, al decir que debemos decidir si el problema constitucional es del señor Ministro o nuestro, en caso de que el proyecto quede sin financiamiento.

Evidentemente, importa más dejar a salvo el interés del país que nuestra actitud como parlamentarios. O se paga al Banco Central lo que se le pidió o se mantiene el plan de obras públicas restringido y congelado. Estas no son palabras mías; no sé si serán del señor Pérez Zujovié, pero sí las consignó el señor Ministro de Hacienda en el informe del proyecto de reforma agraria, cuando al hablar del financiamiento de esta iniciativa nos planteó claramente que cierto sector de nuestra economía no tendría incremento en su desarrollo. Dicho en la forma más amable posible, ese sector comprendería el habitacional y el de las obras públicas. Tendrían incremento el desarrollo industrial; por supuesto, la reforma agraria, y, en lo que corresponde, la educacional.

Se nos dijo con claridad que los planes del Ministerio de Obras Públicas y del de la Vivienda tendrían en lo futuro "techo bajo", que no podrían "volar muy alto". Por lo tanto, hay que ir despidiéndose de los planteamientos ilusorios anteriores que entusiasmaron a una enorme cantidad de chilenos, y a los cuales se atribuían resultados muy importantes y positivos en un plazo de seis años, dentro del cual no sólo se solucionaría el problema habitacional actual, sino que, inclusive, se atendería a las necesidades derivadas del aumento vegetativo de la población. Seguir insistiendo en estos planteamientos, no sólo es demagogia, sino lindar ya en la irresponsabilidad o en el propósito abierto del engaito, de la estafa política.

Por eso, asigno mucha importancia al hecho de que las informaciones no sean completas. Los parlamentarios de Oposición tenemos muy poco acceso a las fuentes de información, prácticamente ninguno, y debemos consultar ya sea a la Oficina de Informaciones del Senado o conseguir boletines de estadística del Banco Central para buscar antecedentes, orientarnos y formarnos concepto acerca de la realidad de un financiamiento determinado o del éxito o fracaso de una medida del Gobierno. Si los únicos antecedentes que debemos tomar como oficiales cambian con la velocidad de la luz, porque en 60 días lo que era 150 millones de dólares queda convertido en escuálidos 12 millones, entonces debemos confesar que no tenemos dónde asirnos para interpretar cualquiera información, y nuestra actitud debe ser de duda permanente, de hacer poca fe en los datos que entrega el Poder Ejecutivo sobre el financiamiento de los distintos proyectos que nos envía.

Decía que este cuadro merece algunas observaciones. En mi concepto, no podemos considerar como medida seria, sana, con cierto carácter de permanencia la reducción neta de gastos fiscales, por lo menos, la letra a) del cuadro, "Economías en remuneraciones por no provisión de vacantes y otros". Al respecto, fue mucho más clara su explicación en el informe de la reforma agraria, en el cual se dijo abiertamente "por postergación de los ascensos en la Administración Pública".

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Por no llenar vacantes, dice.

El señor BOSSAY.-

No soy especialista en derecho administrativo, pero seguramente los colegas que lo son comprenderán que tal medidA, en derecho puro, de ninguna manera constituye solución a un problema de este orden. El derecho del empleado que, conforme al Estatuto Administrativo, se consolidó en una oportunidad determinada, permanece vigente. Ya conocimos un caso famoso en el Servicio de Seguro Social, cuando los empleados ganaron un juicio al fisco por muchos cientos de millones de pesos en una situación parecida, y no sería muy aventurado suponer que ahora también se formará una asociación de empleados para defender sus derechos y que también ganará el juicio. De manera que el dinero se va a necesitar de todas maneras, ahora o más adelante.

No hay, evidentemente, seriedad, si esta medida se aplica como un pequeño recurso de contabilidad, al igual que las diabluras utilizadas por el comerciante de un barrio para salvar por unos días su situación de caja. Puede lograrse la finalidad, pero, indudablemente, el procedimiento no es serio.

En su oportunidad solicitaré informaciones al señor Ministro -comprendo que en lo referente al financiamiento, el Honorable colega no pueda proporcionar datos muy precisos-, que nos entregue el detalle sobre las economías en bienes de consumo y transferencias, consignadas en el cuadro con la cifra de cien mil millones de pesos.

El señor GUMUCIO-

Cuarenta mil millones.

El señor BOSSAY.-

Cien mil millones, señor Senador.

Pudiera ser que en el caso de las transferencias que el fisco debe hacer a determinadas personas se produjera alguna disminución. Pero en el caso de las economías en bienes de consumo es muy importante conocer el detalle. Pueden existir cosas realmente prescindibles^ pero puede haber otras, referentes, por ejemplo, al Servicio Nacional de Salud, a la

Educación, al desayuno escolar, de extraordinaria importancia, respecto de las cuales podemos tener un enfoque distinto, y preferir, por ejemplo, que esas reducciones se realicen en el rubro propaganda, de cadenas de radio nacionales y de miles de otras cosas en que se justifica más la disminución.

Guardo mi crítica en detalle para cuando pueda estar presente el señor Ministro de Hacienda, a fin de que nos explique en forma detallada el cuadro de disminución en bienes de consumo.

En cuanto al mayor gasto en previsión, la verdad es que se trata de deudas, de manera que volvemos al caso de la letra a). Si se trata de deudas que tenía el fisco con las cajas de previsión, éstas hubo que pagarlas en 1962, en 1964 o se deberán cancelar en 1966 ó 1968; pero hay que saldarlas.

El señor GUMUCIO.-

Se trata de deudas derivadas de leyes despachadas por el Congreso, por iniciativa propia y no a requerimiento del Ejecutivo.

El señor BOSSAY.-

El origen puede ser cualquiera, pero las deudas son de previsión, de manera que, ahora o después, habrá que pagarlas, sea que se acuerde su cancelación de una vez o en forma escalonada.

El caso de los excedentes agrícolas respecto del cual parece que el Ejecutivo ha logrado solución por un año, plantea, de todas maneras, un viejo problema debatido por mucho tiempo. Tengo entendido que algunos colegas, antes que fueran Gobierno -recuerdo; en especial los discursos de los Honorables señores Pablo y Tomic, naturalmente antes que este último fuera Embajador en Estados Unidos-, planteaban que no se podía hablar de desarrollo de la agricultura chilena mientras le creáramos un competidor con miras al financiamiento de la caja fiscal. Por una parte, pretendemos rebajar los costos y, por otro lado, estamos pensando con el ojo puesto en la caja fiscal y decimos: el ingreso es tanto, importemos tal cantidad de oleaginosas, de trigo, de azúcar o de cualquier otro artículo. Parece que ahora se traerá mantequilla o papas de Bélgica. Ignoro exactamente qué productos. Pero nosotros, cuando se trata de excedentes agrícolas, pagamos esos compromisos de acuerdo con las normas generales y dentro de un plazo determinado, y lo hacemos para ciertos fines, porque los excedentes agrícolas no deben usarse para otros objetivos.

El señor GUMUCIO.-

El sistema de adquisición de excedentes agrícolas, fuera naturalmente de la autorización presupuestaria que implica, es más conveniente que la compra directa de esos productos, porque juegan intereses y plazos más favorables y el país siempre necesita importar alimentos.

Al margen de ese problema, coincido con Su Señoría en que es dañino su establecimiento como norma permanente desde el punto de vista de la política agraria, pues el subdesarrollo tiene que terminar, pero, mientras tanto, debe existir una fórmula para adquirir alimentos en el extranjero, y hasta ahora, el mecanismo más conveniente es el que regula los convenios de excedentes agrícolas.

El señor BOSSAY.-

Desde ese punto de vista, no lo discuto. Naturalmente, es más favorable comprar una cosa a plazo mediante ese sistema, porque el precio en el mercado internacional, en el caso de los excedentes agrícolas, es también el mismo. En todo caso, se debe tomar en cuenta que si la adquisición se hace en moneda dura, queda una deuda a plazo en dólares. Y como nuestra moneda se va desvalorizando en forma progresiva, al cabo de cinco años el dólar puede llegar a doce, catorce o dieciséis mil pesos, y entonces se empieza a pagar en esa moneda.

El señor GUMUCIO.-

Sí; la deuda queda en dólares, pero hay una diferencia.

El señor BOSSAY.-

Por eso, prefiero las primeras palabras de aceptación de Su Señoría en el sentido de que, desde el punto de vista de nuestra producción agraria, es preferible hacer cualquier esfuerzo para que nuestros campos produzcan la cantidad necesaria de alimentos, y así reemplazar los excedentes agrícolas. Es de absoluta e imprescindible necesidad, en razón de nuestra dignidad, realizar ese esfuerzo para que no se diga lo que ya en una oportunidad se expresó en el Senado de Estados Unidos: que ese país estaba alimentando a los hambrientos chilenos.

Pero no es eso lo que discuto; estoy analizando el mismo cuadro que analizó Su Señoría, pero desde un ángulo distinto. Tengo que decir...

El señor PABLO.-

Como se ha hecho un alcance a la actitud sostenida por nosotros durante la Administración anterior con relación a la agricultura, debo hacer presente que en aquella oportunidad reclamamos fundamentalmente una política agraria. Su Señoría convendrá conmigo en que ella no existió, y en que si algo caracterizó a la Administración pasada fue que, a su término, dejó todos los precios agrícolas en el suelo y ocasionó un desbande total en la producción del agro.

Hoy en día los agricultores se quejan muclio, y hay quienes los defienden porque creen que se ha discriminado en el problema de la reforma agraria.

El señor JULIET.-

Los agricultores quieren equipos, semillas, abonos y medios de transporte.

El señor PABLO.-

Todo eso lo tienen, y lo han obtenido, de manera preferente, por intermedio del Banco del Estado.

El señor DURAN.-

Hasta ahora, el Banco del Estado está dedicado a comprar acciones de SOPESUR.

El señor PABLO.-

Su Señoría sabe que durante otras administraciones esas acciones las compraban por intermedio de terceros.

El señor GUMUCIO-

Antes también las compraban los conservadores.

El señor JULIET.-

Ahora han creado sociedades agrícolas para comprar acciones.

El señor PABLO.-

Antes, el Banco del Estado otorgaba créditos a los agricultores con esa finalidad.

Creo que este punto más vale "non meneallo". Estamos, hablando de otra cosa: del proceso agrícola.

Afrontamos, como es natural, todos los inconvenientes, desde el punto de vista de la desconfianza o la confianza, que se pueden producir durante el período de transformación de la estructura agrícola. Pero tenemos la seguridad de que esa nueva estructura agraria dará garantías de seguridad para terminar con la dependencia tan excesiva a que hemos estado sometidos respecto de la importación de alimentos. Hacia allá tiende nuestra política.

El señor CURTI.-

¡Que Dios los oiga!

El señor BOSSAY.-

Contestando las palabras del Honorable señor Pablo, debo decir que, no obstante haber mantenido una actitud de crítica a la ley de Reforma Agraria vigente, lo que me expuso a ser pasado al tribunal de disciplina de mi partido, quiero dejar las cosas en su lugar.

Hasta aquí, en los numerosos discursos que hemos oído, se ha hablado de una serie de realizaciones en el campo agrario. Pues bien, como se ha sostenido que estamos en un estado de derecho, resulta evidente que esas realizaciones deben haber sido efectuadas sobre la base de alguna disposición legal, y, en consecuencia, esa legislación que ha causado tanto entusiasmo y orgullo en su aplicación, corresponde a la llamada "reforma agraria de macetero". Porque la verdad...

El señor PABLO.-

¡Ahora no se trata de ninguna "reforma de macetero"...!

El señor BOSSAY.-

Estoy contestando la alusión de Su Señoría, así que, con la misma tranquilidad"...

El señor FONCEA.-

Parece que Sus Señorías tienen miedo a la nueva reforma.

El señor BOSSAY.-

... con que lo escuché, espero que ahora oiga mi respuesta.

El señor CURTI.-

Mediante la reforma llamada "de macetero" se han expropiado 60.000 hectáreas.

El señor PABLO.-

¡Espere lo que vendrá después!

El señor BOSSAY.-

Concedida una interrupción, hay que escuchar la respuesta, sin ponerse nervioso. En otra oportunidad analizaremos extensamente este punto. Lo haremos con motivo del debate del proyecto de reforma agraria en que deberemos tratar este mismo tema, ya no en forma tan rápida, sino con mayor profundidad.-

El señor NOEI-

Exacto. Atengámonos al proyecto en debate.

El señor BOSSAY.-

Personalmente, no temo a la reforma agraria, soy partidario de ella. La acepto y en su oportunidad expondré mis diferencias con esa iniciativa. Por lo tanto, no me asisten temores en esta materia.

Si es importante el problema de los excedentes agrícolas, lo son mucho más las proyecciones derivadas del texto de las letras b) y c), que expresan: "b) Giro de Cuenta Única, y c) Menor transferencia de ahorro interno al Fisco".

Tenemos que considerar las proyecciones que esos rubros tienen en nuestra situación presupuestaria. Si el fisco no ha podido, conforme a las disposiciones legales, sobregirarse en la cantidad que requería y ha tenido, con relación a los cálculos primitivos, un menor ingreso en la Cuenta Unica, que le ha impedido sobregirarse en 60 millones, ello significa claramente que las entidades favorecidas con las disposiciones generales de sobre-giro no han tenido las disponibilidades necesarias para operar en el porcentaje que la ley indica.

El señor GUMUCIO.-

Para afrontar mayores gastos.

El señor BOSAY.-

Ese es el caso de ENAP.

El señor GUMUCIO.-

No, el del Servicio de Seguro Social y de la previsión.

El señor BOSSAY.-

Pero fundamentalmente para las nuevas investigaciones de ENAP, que es el caso, a mi juicio, más serio.

Ahora, si analizamos lo que hay detrás de la presentación del problema, considerando la primera cifra citada, ¿puede alguien decir que enfrentamos con- seguridad y tranquilidad el reajuste de sueldos de la Administración Pública, los planes de obras públicas, los planes habitacionales, nuestra estabilidad presupuestaria en 1967? En mi opinión, debemos tener serias dudas al respecto, porque para mí, a pesar de ser la cifra más pequeña, es la más decisiva y la que proyecta más luces sobre el problema. Me refiero a la menor transferencia del ahorro interno.

Si nos acostumbráramos a discutir estos temas teniendo una carpeta -como he visto en otros Parlamentos del mundo-, en la cual consten las declaraciones hechas por los representantes del Ejecutivo frente a estos problemas, y confrontáramos en cada oportunidad esas declaraciones o confesiones finales de los responsables de la marcha financiera de Chile, nos encontraríamos con el caso sorprendente de que todas las afirmaciones sobre éxito en el ahorro eran falsas y que Chile no está ahorrando más que antes, sino todo lo contrario. Ello se expresa claramente en la transferencia del ahorro interno al sector fiscal, y ante esa clarísima disminución, debemos concluir que mucho de esto, especialmente

los bonos reajustables del Banco Central, ha sido falso, y que se ha llevado a Su Excelencia el Presidente de la República a presidir una inauguración, con gran cantidad de miembros de la Promoción Popular, con cine y exhibición de películas, en la forma como se acostumbra, de algo que no refleja la realidad, sino que constituye una presión sobre la organización de empleados del Banco Central frente a sus ahorros y jubilaciones, destinada a traspasar sus inversiones en acciones de la CAP a esos bonos de ahorro. Ello es evidente, porque de ninguna manera esa política expresa un anhelo o conducta seria y firme.

Tal vez el señor Presidente me pregunte a dónde quiero llegar con este tipo de análisis. A algo muy sencillo: a la conclusión de que no sólo este proyecto está muy discutiblemente financiado, sino que el cuadro general de nuestro país frente al reajuste, a la reforma, a los planes de obras públicas, enfrentan también una inestabilidad extraordinaria de financiamiento.

No diré que me alegro de ello, como dijo el Honorable señor Gumucio. Por lo contrario, tanto en la Comisión de Hacienda como en la Sala, siempre que se trate de cosas lógicas o cuerdas, prestaré mi concurso para ayudar a financiar leyes que representen, dentro de mi criterio y el de mi partido, necesidades justas. Pero es necesario tener la valentía de decirlo y no engañarnos sobre la base de grandes cifras infladas y proyectadas con colores sonrosados, para decir que todo anda perfectamente bien y que todo lo que se ha propuesto se está realizando, en circunstancias de que el análisis frío de las cifras dice todo lo contrario. Eso no se logrará ni con hermosos discursos, ni con magníficos planteamientos, hechos muchas veces con gran pasión -no me cabe duda-, idealismo y buenos deseos, pues en el fondo se trata sólo de una siembra de esperanzas que, a la postre, puede motivar una reacción popular ciento por ciento amarga y destructora.

Por eso, no podemos considerar este cuadro como una simple expresión de cifras. Cada uno de los párrafos da algo que decir, mucho que comentar. Habría bastante que hurgar para encontrar la verdad de lo que allí está encerrado.

No deseo cansar más al Senado y, por ello, me limitaré a fijar la posición del Partido Radical.

Mi colectividad piensa que todo aquel sector de nuestro país que vive de las obras públicas y de la construcción habitacional, está atravesando por un período de seria intestabilidad y por un grave proceso de inquietud. Comprendo que la responsabilidad del Ministro de Obras Públicas es extraordinaria en este momento. Se ha hecho toda clase de malabarismos; se han creado fórmulas para que el Banco del Estado pueda adelantar, mientras sale esta ley, lo adeudado a los contratistas. Pero todas estas fórmulas son sólo un sistema de vasos comunicantes; ello ha determinado que otros sectores de la producción se vean sin posibilidad de obtener dinero para seguir produciendo. El sistema propuesto constituye sólo una situación transitoria de desahogo. Por eso, nosotros estimamos que tenemos la responsabilidad, la obligación -así lo ha entendido también la Comisión de Hacienda, a pesar de su desacuerdo con el financiamiento-, de colaborar con el señor Ministro de Obras Públicas, para que se efectúe el traspaso y se pague a esas personas; para que no aumente la cesantía en Concepción, en donde, según se ha dicho, es alta, y en otras partes del país, en el campo de la construcción y de las obras públicas; y para que Chile pueda mantener por lo menos el actual ritmo en este campo de inversión del sector público.

Por lo tanto, aun a riesgo de parecer ingenuos, confiamos en que esos doce millones de dólares y fracción serán destinados exclusivamente a financiar los traspasos que favorecen a Obras Públicas, y que oportunamente el Gobierno vendrá, con la frente en alto, a decirnos con claridad que encontró el medio de devolver el dinero al Banco Central, y que ese medio es otro. Así evitaremos que una Comisión nos diga nuevamente una frase lapidaria como la que aparece en el informe de la de Hacienda: "La inversión que se hará de este mayor ingreso no es algo que esté absolutamente claro..."; porque seremos -muy diplomáticos y muy elegantes para usar los términos, pero ¡ caramba el palo grande que se nos da con la frasecita! Y la verdad es que la Comisión escuchó al señor Ministro.

Voto que sí, no sólo la idea de legislar, sino también lo demás, y lo hago por fe, porque estimo que deben mantenerse las obras públicas. Pero cumplo con mi obligación constitucional con una tremenda duda interior sobre la realidad de este financiamiento, y lo mismo ocurre -creo- a todos los señores Senadores.

Repito: hemos votado favorablemente la idea de legislar y lo mismo haremos en cuanto a las diversas disposiciones del proyecto. Sólo manifestamos nuestra protesta pública por el aumento de las tarifas de agua potable, porque afecta a todos los hogares del país, en especial a los de Santiago, en condiciones trágicas, deplorables. O sea, llevar el agua a precios prohibitivos merece, no sólo nuestra protesta, sino la de todos los sectores.

El señor PÉREZ (Ministro de Obras Públicas).-

Señor Presidente, quiero dar mis más expresivos agradecimientos al Honorable Senado por la deferencia de celebrar sesión especial para tratar este suplemento al presupuesto de Obras Públicas.

Los señores Senadores han comprendido en forma clara que hay urgencia en destinar estos fondos, que se invertirán directamente en la realización y continuación de obras públicas. Por ejemplo, el proyecto destina diez millones de escudos a la continuación de los aeropuertos de Pudahuel y Carriel. Saben los señores Senadores que el aeropuerto de Cerrillos se encuentra ya al final de su vida en cuanto a aterrizaje de aviones "Jet" de cuatro motores, y si no estuviéramos en condiciones de habilitar rápidamente el de Pudahuel, probablemente algunas líneas suspenderían sus vuelos a Chile.

También se consigna una mayor suma para conservación de caminos. Saben los señores Senadores, sobre todo los que representan a las provincias del sur, que en esta época, después de las lluvias, es de urgentísima necesidad contar con fondos para reparar los caminos destruidos por los temporales.

Asimismo, mediante esta iniciativa se contará con recursos que permitirán terminar antes del verano las obras de instalación de agua potable en distintas ciudades que necesitan mayor abastecimiento.

Ha habido, pues, absoluta comprensión de la urgencia en el despacho de este aumento de presupuesto, tanto por parte de la Comisión como de los demás señores Senadores, como lo confirma cuanto se ha expresado en la Sala.

He oído muy justificadas observaciones sobre el financiamiento del proyecto, de las cuales espero que se hará cargo oportunamente el señor Ministro de Hacienda.

Como he dicho, agradezco al Senado, en nombre del Gobierno, que haya celebrado esta sesión especial, y quedo a disposición de los señores Senadores para cualquiera información que pudieran necesitar. Pero les formulo una petición especial: que ojalá se vote hoy el proyecto, a fin de poner término a una situación que está afectando a miles de trabajadores, pues gran parte de estas obras están en ejecución y los contratistas, así como la misma Dirección General de Obras Públicas, están en dificultades para el pago de los jornales.

El señor DURAN.-

Pido la palabra.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

A continuación, está inscrito el Honorable señor Contreras.

Quiero advertir a la Sala que, de acuerdo con el Reglamento, sólo puede prorrogarse la sesión por una hora. Si les parece a los señores Senadores, tomaremos este acuerdo.

El señor JULIET.-

¿Hasta las dos?

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Hasta las dos, en atención a la solicitud formulada por el señor Ministro, para, si es posible, terminar la discusión del proyecto.

El señor TEITELBOIM.-

Hasta las cuatro, señor Presidente;

El señor BOSSAY.-

Es mejor suspenderla y continuarla a las tres.

El señor PABLO.-

No se puede, por ser sesión especial.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Por ser especial, puede prorrogarse por una hora, si lo acuerda la Sala, y por más tiempo, si lo acuerdan los Comités. Pero en este momento no se encuentran presentes los Comités. Lo único, pues, que podría resolverse, es prorrogarla por una hora.

El señor JULIET.-

El Senado no alcanza a despachar el proyecto en una hora más. Me parece más lógico citar a sesión especial para las cinco,...

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Si le parece a la Sala.

El señor JULIET.-

...y así se cumplirá el propósito perseguido.

El señor GUMUCIO.-

En realidad, los artículos que quedan por discutir son obvios, sencillos. Estoy seguro de que no habrá mayor debate y que será muy rápido su despacho.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Podemos terminar rápidamente.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Entonces, podemos terminar en una hora.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Sí, señor Presidente.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Propongo a la Sala prorrogar la sesión por una hora.

Acordado.

Tiene la palabra el Honorable señor Contreras.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Los comunistas aprobamos el proyecto en la discusión general, porque estimamos de justicia evitar una paralización de obras públicas que implicaría dejar sin sueldos o salarios a los trabajadores que en ellas laboran. Pero tenemos reservas en cuanto al financiamiento que se nos propone.

Por otra parte, quiero expresar la protesta de los Senadores de estas bancas por el alza desmedida del agua potable. Sabemos que en los sectores populares es difícil abastecerse de dicho elemento, y que en muchos lugares se carece de él. Los servicios son malos. Cuando se corta la electricidad, no hay agua potable en las poblaciones, porque muchas habitaciones se abastecen de pozos subterráneos y no se han tomado las medidas necesarias para evitar tales interrupciones. ¡Y por encima de todas estas dificultades, se aplica ahora un alza francamente desmedida a lo único que hasta ahora era barato, pero que desde este momento pasa a ser también artículo de lujo!

Por otra parte, los Senadores de estas bancas, entre otros la Honorable señora Campusano y el que habla, formulamos algunas indicaciones al proyecto. En primer lugar, solicitamos destinar alguna cantidad para atender a una petición del Centro de Extensión Cultural Universitaria de la Universidad de Chile en la ciudad de Antofagasta, institución que se propone crear el Centro de Documentación Social y de Archivo y Publicaciones perteneciente al Departamento de Extensión Universitaria de la Universidad de Chile para la Zona Norte, que tendría como finalidad investigar el proceso histórico y social de Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo en todas sus etapas. Esta institución se especializaría de preferencia en la antropología, toponimia, folklore, historia social e historia económica, y reuniría el material documental correspondiente (mapas, libros, documentos, publicaciones, estudios, informes, etcétera). Esta indicación no aparece en el informe y no se deja constancia del motivo de su rechazo. Estimo que iniciativas de esta naturaleza no deben considerarse sólo con espíritu o interés regionalistas, sino con criterio más amplio, pues se trata de ilustrar a las nuevas generaciones de lo que han sido esas provincias. Por desgracia, nuestra iniciativa no prosperó.

También presentamos indicación para conceder, con motivo del centenario de la ciudad de Antofagasta, que debe celebrarse en el mes de noviembre próximo, un préstamo a los personales pertenecientes a las Cajas Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, de Previsión de Empleados Particulares, de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales, de Previsión de los Obreros Municipales, de Previsión para Empleados del Salitre, de Previsión de la Defensa Nacional, de Ahorro de los Empleados Públicos, y de la Marina Mercante Nacional; Servicio de Seguro Social, Departamento de Periodistas y Fotograbado-res de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas; Cajas de Previsión de los Carabineros, de los Ferrocarriles del Estado; Caja Bancaria de Pensiones, Sección Previsión del Banco Central de Chile, y Cajas de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco del Estado de Chile y de los Empleados del Banco de Chile. Lamentablemente, tampoco se dice nada en el informe del motivo que se tuvo para rechazar esta indicación.

Sabemos que éste es el único estímulo que podemos dar a los imponentes de las cajas de previsión de esa provincia con motivo del centenario de su capital. No quiero referirme a todo lo que se dijo en la sesión de ayer ni recordar las condiciones de abandono y de paralización en que se debaten los habitantes de esa región. Sólo confío en proyecto futuros.

En cuanto a la primera indicación, espero que en la ley de Presupuestos se consignen los fondos necesarios con el propósito de atender a la petición de la Universidad de Chile, sección Antofagasta.

Por otra parte, pedimos que los artículos 8º y 11 sean motivo de votación separada. Mediante estas disposiciones se destina la primera diferencia de la asignación de zona a adquirir, construir, instalar y dotar de bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicados en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Advierto a Su Señoría que las disposiciones a que se está refiriendo fueron aprobadas en virtud del Reglamento.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Fueron automáticamente aprobadas.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

De todos modos, me referiré a ellas y daré mi opinión.

Con mayor razón, entonces, dejamos constancia de que estas disposiciones nos parecen injustas, pero no por el hecho de que se entregue un bien raíz a los empleados fiscales de esa provincia -nos complacemos de esa iniciativa-, sino porque encontramos extraño que su inciso segundo diga: "Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación

Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén".

Me llama la atención que los trabajadores, los servidores públicos, adquirirán una propiedad con su dinero, y deberán regalarla. Sólo conservarán para ellos la misión de administrar la propiedad.

Si los trabajadores adquirirán un bien raíz, justo es que éste pertenezca a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales. No me parece lógico que ese inmueble se constituya en propiedad fiscal.

En seguida, en el inciso tercero del artículo 8º propuesto en el segundo informe, se dice que "la operación de compra se hará por el Intendente de la provincia, el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. Y luego, en su inciso final, el mismo precepto establece: "Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles del sector público y fiscal.".

Los obreros no están incorporados a la ANEF. Pero quiero dejar constancia en esta sesión, aunque sólo sirva para la historia de la ley, de que, desde el momento en que esos trabajadores aportarán dinero para tal objeto, justo es que se los considere en los beneficios que reportarán esas sedes sociales. De lo contrario, ellos estarían obligados a financiar la compra de un bien raíz, sin tener acceso a él.

Otro tanto ocurre con el artículo 11. Se trata de una disposición casi idéntica a la anterior. A mi juicio, operaciones de esta índole deben llevarlas a cabo los miembros de la entidad correspondiente. Si queremos otorgar franquicias o autorizar un descuento por caja a los empleados fiscales, a fin de que adquieran un bien raíz para destinarlo a sede social, démosles la autorización correspondiente o aceptemos gustosos esta iniciativa. Pero -repito- no nos parece bien que los sacrificios que se impondrán a empleados y obreros de la

Administración Pública tengan por finalidad regalar un bien raíz al Estado.

El señor DURAN.-

Deseo decir pocas palabras con relación a este proyecto, principalmente con el objeto de hacer una aclaración respecto de un asunto que se planteó durante el debate, a propósito dé algunos alcances que me permití formular acerca del Banco del Estado.

Quiero destacar una contradicción que he notado en el Honorable señor Pablo. Al formular una crítica al Gobierno pasado, Su Señoría sostuvo -en mi concepto, con fundamento- que la política relativa a los precios agrícolas impuesta por la Administración Alessandri fue muy equivocada, lo que obligó al actual Gobierno a buscar otro camino, que, tengo el convencimiento, habrá sido comprendido por los señores agricultores. Pero la contradicción fluye del solo recuerdo de esta frase, si se tiene presente que, durante todo el proceso de la reforma agraria que ahora plantea, la Democracia Cristiana siempre imputa a los sectores agrícolas el haber sido "flojos, dejados e irresponsables", en circunstancias de que el propio señor Senador reconoce ahora que la agricultura, durante la Administración anterior -yo diría que siempre- debió sufrir directamente el impacto de la incomprensión de los organismos estatales.

En seguida, cuando me referí a la carencia de fondos del Banco del Estado, porque esta institución bancaria los ocupa en comprar acciones de SOPESUR, escuché algunas críticas a mis palabras por parta de los Senadores democratacristianos. No es ésta la oportunidad de referirse a esa materia; pero tengo el deber de afirmar, como anticipo, que todo el sistema empleado para obtener, por intermedio de organismos fiscales o fiscalizados por el Estado, el control de la sociedad anónima llamada SOPESUR, se ha hecho mediante el sistema de créditos del Banco del Estado, ejercido hasta por la vía de la extorsión, en contra de particulares dueños de acciones.

Ya tendremos ocasión de referirnos a esa materia, que es bastante engorrosa.

Con relación al proyecto en debate, quiero decir que me sorprendió mucho -en ausencia del Presidente Frei, quien hacía un viaje por Ecuador, Venezuela y Colombia- escuchar en una cadena de radio -también se televisó-, una exposición del señor Ministro dé Hacienda. Estábamos muy alarmados en el sur -seguramente, aconteció lo mismo en el centro- por la anunciada paralización de obras públicas. La construcción de caminos, hospitales, escuelas y puentes está detenida; se están paralizando los aserraderos, como consecuencia de la falta de poder comprador de maderas para el desarrollo de los planes habitacionales. ¡ Chile caminando hacia la paralización total! Esto significa un tremendo problema, no sólo en el orden económico nacional, sino también en el social, a causa de la cesantía.

Pues bien, el señor Ministro de Hacienda -me impuse de la audición respectiva en los momentos en que hacía una visita a una comuna- dijo en su exposición que todo era una maravilla; que no había paralización ; que no había solución de continuidad y que, si estaba financiado el primer semestre, con mayor razón lo estaba el segundo. Entonces, dije: aquí alguien tiene que estar mal de la cabeza. ¿Cómo se explica el fenómeno de que, de los dieciocho aserraderos existentes en Villarrica, estén paralizados ocho o diez? ¿Y qué pasa con los aserraderos de Cuneo? Pienso que la situación es sumamente grave.

Como ahora he escuchado al Honorable señor Gumucio imputar a los Honorables señores Corbalán y Bossay que se alegraban de las malas noticias que, en el orden de los rendimientos, tienen nuestras leyes económicas, o de los tropiezos que hemos encontrado en el cobre, creo que la Democracia Cristiana está padeciendo de un complejo bíblico. En el Génesis, cuando Jehová creó el mundo -para no decir lo

fundó-, después de siete días de arduo trabajo, instaló en el Paraíso a nuestros primeros padres, y éstos vivían allí desnudos. Quizás si por esa desnudez, los democratacristianos están convencidos de que la desnudez en que vive Chile también es el Paraíso. Ningún Senador de la Oposición ha expresado juicio optimista o alegre con relación a este proyecto, que, en el fondo, está buscando un camino para tapar uno de los primeros huecos que ya claramente se observan. Por desgracia, creo que vendrán muchos otros, y en lugar de decir con claridad al país que estamos pasando horas difíciles y llamar a la gente a tomar posiciones responsables frente al futuro, la Democracia Cristiana, en su desnudez, que a ella le parece ser el Paraíso.

El señor GUMUCIO.-

Nadie ha dicho eso, señor Senador.

El señor DURAN.-

.. . sigue empleando el lenguaje del optimismo y tratando de despertar en todos los sectores sociales más postergados un cúmulo de esperanzas. Tengo el convencimiento -lo digo sin ánimo de crítica- de que Sus Señorías están obligados a dar a conocer las condiciones reales en que estamos viviendo. Pero, por el contrario -repito-, están despertando en la gente un optimismo y alentando un cúmulo de esperanzas que, si no se cumplen en la hora oportuna, les ocasionarán serios tropiezos.

Ayer asistí a una sesión del Senado destinada a tratar la huelga de la Universidad Técnica del Estado y escuché planteamientos muy importantes. Creo que no es éste el momento de analizar esa materia; el Senado realizó una sesión especial para tal efecto. No hay duda de que el movimiento en cuestión tiene fondo claro de justicia, pero no puedo negar que también tiene ribetes políticos. Tendría que ser muy niño para no darme cuenta de que, detrás de cada causa justa, siempre existe, como es natural, la cola un poco endiablada de gente a quienes mueve otra finalidad. En todo caso, no me cabe duda de que, en el fondo, dicho movimiento tiene base de justicia.

También ayer, al tratarse otro asunto, me referí a la actitud de Sus Señorías con relación a los problemas internacionales, específicamente, cuando obtuvieron del Senado la aprobación para que nuestra Armada realice maniobras conjuntas con unidades de la flota norteamericana. Destaco ahora, nuevamente, este mismo tipo de política. ¡Si eran los señores Senadores quienes creaban en el ambiente estudiantil toda esta efervescencia! Se metieron en los colegios secundarios, en las universidades, y crearon, junto a otros partidos, esta masa que fue subiendo por la levadura colocada por los democratacristianos. Pero resulta que ahora, cuando son Gobierno, no les gustan las huelgas.

El señor NOEMI.-

Esa es otra materia, señor Senador.

El señor DURAN.-

Sí, señor Senador, pero como estaba vinculada a la interrupción concedida con anterioridad, tenía la obligación de referirme a ella.

El señor GUMUCIO.-

¿Me permite una interrupción, señor Senador?

Su Señoría dice que estamos padeciendo de complejo bíblico. No calificaré el complejo que sufre el señor Senador, que no es de categoría bíblica; pero, en realidad, algún fenómeno debe de estar afectándolo, porque, para manifestar su opinión respecto de estos problemas, está poniendo una pasión que no era normal en el Honorable colega.

Al tratarse ayer el problema internacional relacionado con la VII Operación Unitas, a Su Señoría, que se autocalificó de hombre occidental, le pareció mal la actitud de Estados Unidos y coincidió con el Honorable señor Ibáñez en el sentido de que lo malo que tiene esa actitud del país del norte consiste en sostener que en América Latina hay desnutrición, hambre y falta de habitación, y por lo tanto, estaba cooperando en ésa demagogia de hablar de soluciones ideales en el orden económico-social.

No creo mucho en las intenciones de Norteamérica en esta materia, porque a pesar de que ese país puede, en un momento dado, usar un lenguaje que se ajusta a la realidad social de América Latina, en los problemas de fondo, de orden económico o de tipo internacional, no ha alterado nunca su actitud.

Pero Su Señoría se apasionó, condenó la Operación Unitas VII y votó en contra de ella por el hecho de que Estados Unidos, en tiempos del PresidenteKennedy, sostuvo que en América Latina había necesidad de hacer reformas fundamentales en el orden económico-social. En el fondo, eso le pareció muy mal, y, para castigar a los norteamericanos, no obstante ser antiguo amigo de ellos, quiso hacerles presente este abuso y votó en contra de la operación naval mencionada.

Distinta es, por supuesto, la actitud de la Izquierda, que obedece a una posición de tipo doctrinario, tradicional en esa agrupación política, pero que no constituye tradición en Su Señoría.

Ahora, el señor Senador ha dicho que los democratacristianos somos fabricantes de esperanzas. En verdad, cada día se está demostrando que no sólo se trata de esperanzas. En efecto, en el caso de la educación, por ejemplo, cifras inobjetables comprueban los avances obtenidos. Ayer, precisamente, al debatirse el problema presupuestario de la Universidad Técnica, se demostró en detalle cómo, en un lapso de dos años, se han logrado realizaciones que nunca antes se habían alcanzado, principalmente respecto del número de personas que hoy día reciben enseñanza en Chile.

Eso es lo básico. Si hay un pueblo y un campesinado que antes eran analfabetos y ahora han dejado de serlo, debemos reconocer esa obra. Eso es lo constructivo y lo positivo.

Su Señoría tendrá otros motivos de oposición, pero debe ser positivo y reconocer la verdad. El número de escuelas y liceos nocturnos construidos son hechos que están a la vista, que no se pueden controvertir.

Si el señor Senador desea hacer oposición de otro tipo, puede hacerla. Puede formular críticas. Yo mismo las he formulado al Gobierno y dentro de mi partido. Tengo profundas diferencias con lo que se hace, pero, en lo posible, trato de ser objetivo cuando critico algo.

El señor NOEMI.-

¿Por qué no seguimos despachando el proyecto?

El señor DURAN.-

Lamento no acceder a la petición del Honorable señor Noemi, quien me invita a atenerme al proyecto en debate, en circunstancias de que su correligionario se ha referido también a otras materias.

No parece muy justa la actitud del señor Senador.

Debo decir que no tengo ninguna pasión. Su Señoría me puede ver absolutamente sereno. Lo que sucede es que tengo tono alto de voz. Pero ello no quiere decir que me nueva alguna pasión, sobre todo negativa.

En cuanto a complejos, no sé que posea alguno. Tal vez los tenga. Su Señoría podría decírmelo. Pero yo he señalado el complejo de los Senadores democratacristianos de creer, en su actitud optimista, que por estar en la desnudez se está en el Paraíso. Si poseo algún complejo que se note, estoy dispuesto a corregirlo.

El señor GUMUCIO.-

Su Señoría nos dice que tenemos un complejo tan fenomenal que es del orden bíblico, y yo he expresado que posiblemente el señor Senador estaría sufriendo de un complejo.

El señor DURAN.-

Es posible, pero a Su Señoría le está costando mucho descubrirlo. En cambio, el complejo que tienen los democratacristianos se nota de mirarlos.

Deseo recoger otra observación. El Honorable señor Gumucio es un hombre veraz; pero él, que me imputa pasión, debe estar sufriendo de ella, pues ha cambiado su actitud de hombre veraz por la de quien no dice la verdad. Aquí ha faltado a ella en forma impúdica. Jamás he declarado compartir la opinión del Honorable señor Ibáñez. Señalé que su partido, por las críticas que hizo, estaba también dentro del gran movimiento antinorteamericano. E indiqué una línea para oponerme: manifesté ser occidentalista, contrario a la tesis del neutralismo mantenida por la Democracia Cristiana, expresión vaga, como todas las de ese partido. Dije que me oponía a la Operación Unitas, por una sola razón. Nadie puede negar que el Gobierno de Estados Unidos está en antecedentes de las actitud armamentista de Bolivia y, como se expresó aquí, mediante la ayuda económica norteamericana a dicho país, en forma indirecta está permitiendo la compra de armamentos en el mercado europeo. Y ante una nación que abastece económicamente a otra que está armándose, no contra Indochina, sino contra su vecino, que es Chile, me negué a dar la autorización. Esa fue la razón, y no la indicada por el Honorable señor Gumucio. Resulta muy fácil imputar a la gente cosas que no ha dicho y argumentar sobre la base de esas falsedades. ,

Repito que no tengo una actitud negativa con relación al problema en debate. Simplemente, digo que no es bueno sembrar demasiadas esperanzas cuando no se está en condiciones de cumplir.

He destacado el hecho contradictorio de que el señor Ministro de Hacienda nos diga que nada ha pasado con las obras públicas, en circunstancias de que con el señor Ministro del ramo -acogido con mucha cordialidad en el Senado, pues ha encontrado buena voluntad de parte de todos los sectores- hemos debido buscar una fórmula para financiar el plan de obras públicas, a fin de no paralizarlo.

¿Tienen o no tienen fundamento los Senadores radicales para expresar estas inquietudes en el Senado, con relación a todo el plan de desarrollo en obras públicas?

Lo tienen. Por eso me he permitido hacer uso de la palabra, para destacar dicha contradicción y expresar que los Senadores radicales hemos concurrido a la celebración de esta sesión y votaremos favorablemente el proyecto en debate, porque significa acción, trabajo y progreso y porque no deseamos que, con motivo de la paralización de las obras públicas, se dejen caer sobre el Gobierno, que no es nuestro, pero sí de Chile -por lo tanto, no tenemos el ánimo de obstruir su acción-, problemas sociales que, como señalé, comúnmente van teniendo ribetes políticos que no son favorables.

El señor GARCÍA ( Vicepresidente).-

La Mesa solicitó, a petición del señor Ministro, prorrogar la hora, en el entendido de que sería para votar el proyecto. Por lo tanto, propongo a la Sala comenzar la votación.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Sí, señor Presidente, porque éste es el segundo informe, no el debate en general.

El señor PABLO.-

Deseo contestar al Honorable señor Duran.

El señor SEPULVEDA.-

Está cerrado el debate.

El señor PABLO.-

Es muy breve lo que deseo manifestar.

El Honorable señor Duran me ha aludido en forma directa, y debo hacer algunas observaciones muy breves.

Su Señoría dijo que los Senadores democratacristianos hemos sostenido en forma permanente el criterio de que las fuerzas que trabajan en la agricultura son incapaces y no estarían a la altura de la labor que les corresponde. En realidad, jamás hemos generalizado al respecto. Mucha gente del sector agrícola nos merece respeto por la labor que en él realizan. Pero también tenemos conciencia de que vastos sectores de empresarios agrícolas no están a la altura de los avances técnicos ni en condiciones de impulsar el desarrollo necesario del agro.

No sólo fue el problema de los precios de los productos agrícolas fijados por el Gobierno anterior lo que produjo la crisis de la agricultura. También la tenencia de la tierra y la incapacidad, ya sea por falta de conocimientos técnicos o carencia de medios de explotación necesarios, impidieron obtener el rendimiento que nuestro país necesita para alimentar al pueblo de Chile.

Se hace hincapié en el hecho de que los aserraderos están detenidos a causa de la paralización de las obras públicas. Pero el Gobierno tiene un presupuesto de inversión en dichas obras, con cifras -no las tengo a la mano en este instante- muy superiores a las consideradas en la Administración pasada. Existen períodos de coyuntura, en los cuales se termina una obra y no se puede seguir otra con el mismo . ritmo. Pero en ningún caso ello significa que hayamos disminuido el ritmo de las mismas.

En cuanto al problema de la disminución de los aserraderos, que en este instante se señala, ello depende de la zona. En algunas, si bien no se encuentran trabajando con la misma intensidad de principios de año, están empezando a funcionar en forma normal. Pero puedo decir que en períodos pasados, no sólo durante un año, sino en el curso de dos, tres y cuatro, los aserraderos estuvieron paralizados totalmente.

EL señor VON MÜHLENBROCK.-

Tenemos también el problema del pino, que está reemplazando a la madera autóctona.

El señor PABLO.-

Por lo menos, en mi zona los aserraderos están trabajando.

Estamos haciendo un gran esfuerzo para impulsar un vasto plan de industrialización.

Se habla del complejo bíblico de los democratacristianos, con relación a la desnudez. A mi juicio, ello no ha sido complejo nuestro, porque siempre estuvimos en contra de la desnudez de este país. Sin embargo, muchos que gobernaron en la Administración anterior -no digo que lo hayan hecho en forma intencionada-, a veces no lo notaron, en circunstancias de que desde estas bancas se han alzado voces para hacerlo presente. Prueba al canto: en el discurso del Honorable señor Ibáñez -también creí que el Honorable señor Duran había compartido su criterio, pero seguramente no alcanzamos a comprender con exactitud su punto de vista-, se dice que hacemos mal en señalar la desnudez del pueblo de Chile. Pero esta desnudez la heredamos; no somos responsables directos de ella. Estamos haciendo esfuerzos de bastante consideración para elevar el nivel de vida. Basta ver lo que sucede en el campo de la agricultura, donde el sector empresarial es tan defendido por ciertos sectores, mientras está tan olvidado el campesinado.

En cuanto a complejos -se lo digo con todo afecto y cariño-, a juzgar por lo dicho en su discurso de ayer, creo que Su Señoría tiene uno de oposición. Ya no es sólo la oposición contra el Gobierno de Freí ni contra la Democracia Cristiana: su oposición es contra Johnson, contra Dungan, contra la Iglesia, contra todo. ¡Mi Honorable colega está en oposición contra el mundo!

Espero que su complejo sea circunstancial y transitorio, y que una vez que pase, tengamos la posibilidad de que, en un ámbito sereno, reconozca alguna realización de este Gobierno, las que en forma permanente se desconocen.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

En votación.

La Comisión ha propuesto diversas enmiendas al artículo 1°. Si no se pide votación, se darán por aprobadas.

Aprobadas.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

Artículo 4º. La Comisión propone reemplazarlo por otro.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¿Me permite, señor Presidente, dar una explicación?

El artículo 4º primitivo establecía un impuesto de 5% para los premios de la Polla Chilena de Beneficencia superiores a mil escudos, y destinaba su producido a la Universidad del Norte y a la de Chile. Cuando se discutía el segundo informe de la Comisión, se formularon diversas indicaciones para extender dicho beneficio a todas las universidades y centros universitarios de distintas zonas del país, incluso de Talca. En vista de que había tantos interesados en extender ese beneficio, en la Comisión surgió una fórmula, que es la contenida en el artículo 4º nuevo, que prorratea los recursos, en determinada pro- porción, entre diversas universidades y centros universitarios. Además, se extendió el gravamen -en el proyecto inicial no estaba incluida- a la Lotería de Concepción, por estimarse que de otra manera quedaría en condición desventajosa la Polla Chilena de Beneficencia, que es una entidad similar. Igualmente, rebaja el impuesto, de 5%, a 2,5%.

Debo señalar que el Senador que habla había formulado indicación para suprimir el artículo 4º, pues éramos contrarios al establecimiento de este tipo de gravamen y a la distribución hecha en un comienzo. Sin embargo, para que pudiera salir pronto el proyecto, me limité a abstenerme en la Comisión, y el precepto fue aprobado en la forma contenida en el segundo informe.

El señor CURTI.-

Solicito dividir la votación en la parte relativa al impuesto de 2,5% sobre los premios mayores de mil escudos, a fin de poder volver al 5% propuesto en el primer informe.

Al formular esta petición, debo advertir que primitivamente, como expresó el Honorable señor Corbalán, la disposición beneficiaba a la Universidad del Norte, para invertir los fondos en sus sedes de Iquique, Antofagasta y Arica, y a la Universidad de Chile, para repartirlos entre sus centros universitarios de La Serena y Zona Norte Antofagasta.

El señor PABLO.-

Para ello habría que renovar la indicación.

El señor CURTI.-

No, señor Senador, porque sólo pido dividir la votación para reemplazar el 2,5% por el 5% primitivo, pues, como decía hace un instante el Honorable señor Corbalán, aumentaron enormemente los compromisos que iba a solventar dicho tributo. En efecto, la Universidad de Chile extendió los beneficios a los colegios regionales de Chillan y Talca y se agregaron la Universidad Técnica del Estado y sus centros de Antofagasta, Copiapó y La Serena. Naturalmente, como consecuencia de ella, disminuyeron notablemente los recursos con que se contaba, al no aumentar el impuesto y, por el contrario, rebajarse, de 5%, a 2,5%.

Debemos tener presente que el artículo 4º excluye del tributo al premio mayor de cada sorteo, por estar ya gravado con un impuesto de 8%. Los demás premios no están afectos a impuesto, de modo que no parece exagerado aplicarles un 5%, porcentaje inferior al que grava al premio mayor de la Polla Chilena de Beneficencia.

El señor JULIET.-

Su Señoría pide dividir la votación, en circunstancias de que nos estamos remitiendo al artículo aprobado por la Comisión en su segundo informe, que fijó 2,5% de impuesto. Al parecer, el Honorable señor Curti desea remitirse al primer informe.

El señor CURTI.-

En este instante, el Senado está en condiciones de aceptar o rechazar el artículo 4º.

El señor JULIET.-

El artículo propuesto por la Comisión. Pero la votación no puede dividirse en la forma solicitada por Su Señoría.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).

El señor Secretario explicará la situación.

El señor WALKER ( Prosecretario.).-

El artículo 4º del primer informe fue objeto de diversas indicaciones, entre otras, una del Honorable señor Gumucio para reemplazar el guarismo 5% por 2,5%. Esta indicación y las otras fueron aprobadas y refundidas en el artículo 49, que aparece consignado en el segundo informe.

La petición del Honorable señor Curti acepta todas las modificaciones de la Comisión, excepto las que consisten en. disminuir a 2,5% el porcentaje de impuesto.

El señor JULIET.-

Para dividir la votación, habría que renovar indicación. ¿Cómo podría conciliarse ello con la petición del Honorable señor Curti?

El señor WALKER ( Prosecretario).-

La Comisión aprobó una indicación tendiente a rebajar el porcentaje, de 5%, a 2,5%. Si se rechaza dicha enmienda de la Comisión, prevalece lo establecido en el primer informe, es decir, 5%.

El señor GUMUCIO.-

Como miembro de la Comisión, acepté la rebaja en referencia, como una forma de transar para que todas las indicaciones quedaran en condiciones semejantes. Mi indicación fija 2,5% para la Lotería de Concepción e igual porcentaje para la Polla. Además, con posterioridad formulé otra indicación que completa esa idea. De modo que no pretendí alterar el 5%, sino que el porcentaje fuera de 2,5% para ambos sorteos.

El señor CURTI.-

Como aumentó el número de institutos o centros regionales beneficiados con el producto del impuesto, la indicación de Su Señoría disminuye los recursos asignados a los centros universitarios favorecidos con el 5% del primer informe. Resulta injusto, entonces, rebajar el beneficio, ya que así ocurre al agregar nuevas obligaciones.

Por tales consideraciones, consulté a la Mesa sobre la posibilidad de formular indicación renovada para restituir el 5% propuesto en el primer informe. Se me dijo que se podía dividir la votación y rechazar el 2,5%, con lo cual quedaba vigente el primer porcentaje.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Así es.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Debo advertir a la Sala que no es posible aceptar la indicación propuesta por Su Señoría. Por lo tanto, habría que votar el artículo sugerido por la Comisión. Si se rechazara, prevalecería el consignado en el primer informe, que es similar en términos generales. En el segundo informe sólo se ha cambiado el porcentaje.

El señor LUENGO.-

¿Habría que votar el primer informe, también?

El señor GARCÍA ( Vicepresidente).-

En el caso de ser rechazado el segundo.

El señor LUENGO.-

He concedido una interrupción al Honorable señor Sepúlveda.

El señor LUENGO.-

Deseo hacer algunas observaciones de carácter general con relación a este artículo.

En el día de ayer hemos tenido una sesión especial con el objeto de tratar lo relacionado con el aspecto presupuestario de la Universidad Técnica del Estado. Todos los Senadores que intervinimos en el debate hicimos presente que ese problema afectaba a todas las universidades.

Hemos luchado en forma incansable -creo que de este criterio participan prácticamente todos los sectores del país- con el fin de que las universidades tengan autonomía.

Ahora resulta que, por medio de este artículo, otorgamos fondos para que sean entregados a determinados centros universitarios regionales, sin considerar a otros. Es decir, prácticamente, por medio de esta disposición, es el Congreso quien distribuye los recursos de las universidades, pues les exige invertirlos en determinados centros regionales, en circunstancias de que a lo mejor -más aún, estoy seguro- otros precisan con mayor urgencia de los recursos propuestos en este artículo. Me refiero, en particular, al Centro Universitario de Los Angeles, en Bío-Bío, creado hace muy poco tiempo, por lo cual debe de estar más escaso de fondos.

Lo mismo puedo decir de los Centros Universitarios de Temuco, Valdivia y Chiloé.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Lo mismo sucede en Osorno.

El señor PABLO.-

Y el de Chillan.

El señor LUENGO.-

El de Chillan está incluido en el proyecto.

A mi juicio, la manera lógica de legislar respecto de la entrega de fondos a las universidades, consiste en proporcionarles directamente los recursos para que los destinen a los centros regionales. Es decir, al entregarlos sólo exigiríamos que los invirtieran en aquélloa. Ya sabrán ellas a cuáles favorecer o determinar cuáles son los más necesitados.

Insisto: no podemos disponer la entrega de estos fondos para que las universidades los destinen, obligadamente, a determinado centro regional. Considero que carecemos de adecuada información para saber con exactitud a qué centros universitarios debemos proporcionar los recursos.

Por tales motivos, consulto a la Mesa acerca de la posibilidad de que el artículo en debate sea modificado. Si mis Honorables colegas estuvieran de acuerdo, ello no sería difícil. De esta manera entregaríamos los recursos a las universidades -incluso, a las consignadas en la disposición-, a fin de que éstas los distribuyan a los centros regionales. Es decir, no podrían invertirlos en otras escuelas universitarias que no formen, parte de centros regionales.

El señor SEPULVEDA.-

Quiero consultar a la Mesa acerca de si, para satisfacer la proposición del Honorable señor Luengo -que la encuentro muy atinada-, se podría dividir la votación respecto de la frase final; es decir, después de la expresión "Universidad Técnica del Estado", suprimir la frase que sigue: "a fin de que destine 2/12...", etcétera.

En esa forma, quedaría destinada a la Universidad Técnica del Estado la totalidad del porcentaje, para su libre disposición.

El señor NOEMI.-

Pero el artículo se refiere también a otras universidades.

El señor LUENGO.-

Yo me referí a todas las universidades beneficiadas.

El señor NOEMI.-

No basta con la indicación.'

El señor LUENGO.-

Por eso, mi indicación abarca sójio aquellos planteles universitarios a los cuales se otorgan fondos. No importa cuánto, porque si la universidad que recibe la totalidad de los recursos debe invertirlos en determinados centros, lo puede hacer de conformidad con el consejo respectivo. Pero no debemos resolver nosotros, pues no estamos debidamente informados.

El señor CURTI.-

Se puede hacer en otra oportunidad.

El señor NOEMI.-

Respecto de este artículo 4º, sólo existe la alternativa de aprobar lo propuesto ahora por la Comisión o lo sugerido por ella en su primer informe. Entre las dos proposiciones, hay una diferencia fundamental: en el primer informe se gravaba exclusivamente a la Polla Chilena de Beneficencia; en el segundo, el impuesto se aplica tanto a aquélla como a la Lotería de Concepción. Esto es lo justo.

El porcentaje de 2,5% de impuesto aplicado a cada una de esas instituciones equivale al 5% que afectaría a una sola. De manera que al hacer el cambio sugerido por el Honorable señor Curti, volveríamos a gravarlas unilateralmente.

El señor CURTI.-

No, señor Senador.

El señor NOEMI.-

Por eso, estimo justo el artículo en la forma como está actualmente.

Por lo demás, lo solicitado por el Honorable señor Luengo no es factible, porque ya están individualizadas cada una de las universidades favorecidas.

Fui yo quien presentó una indicación referente a la Universidad Técnica del Estado, la cual no había sido considerada. Por eso, como es natural, se dividió la participación.

La Escuela de Minas forma parte de aquella universidad. En ella se preparan los técnicos mineros que trabajarán en la industria básica de nuestro país. Establecimientos de este tipo existen en Copiapó, La Serena y Antofagasta.

Por las razones expuestas, considero de toda justicia esta indicación.

El señor CURTI.-

Las palabras del Honorable señor Noemi abonan mi solicitud de dividir la votación en cuanto al aumento del porcentaje, de 2,5%, a 5%. En verdad, al establecer mayores beneficiarios de los recursos otorgados, se disminuye la cantidad que percibirá cada uno de ellos.

En cuanto a lo propuesto por el Honorable señor Luengo, debo recordar que ya la Universidad de Chile y otras destinan recursos para satisfacer las diferentes necesidades de sus centros regionales. El impuesto especial de que trata el proyecto tonifica los ingresos de esos planteles educacionales, y dicho gravamen no reemplaza el financiamiento propio de cada universidad.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

La Mesa pone en votación la totalidad del artículo con excepción del porcentaje de impuesto.

En votación.

- (Durante la votación).

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Si no se pide votación, daré por aprobado el artículo y se votará en seguida lo relativo al porcentaje.

El señor LUENGO.-

Con mi voto en contra.

El señor LUENGO.-

En primer lugar, quiero hacer presente que con mis observaciones no he pretendido que las universidades dejen de destinar fondos de sus propios recursos para esos colegios regionales. Por lo contrario, ella tiende a aumentar esos fondos.

Comprendo que hay un impedimento reglamentario para redactar el artículo en la forma que propongo, que, por lo demás, es la única racional y justa. Por ello, me permito solicitar de la Mesa que mis observaciones sobre esta materia sean transcritas al Ejecutivo.

Será muy difícil que el Gobierno vete este proyecto, por estar interesado en su pronto despacho; sin embargo, puede ocurrir que haga uso del veto en este artículo. Ello me hace reiterar el oficio solicitado, a fin de que, si el veto se produce, también recaiga en esta disposición. Seguramente se aceptará lo que yo propuse al respecto.

-De conformidad con el Reglamento, se anuncia el enviO de oficio solicitado, en nombre del Honorable señor Luengo.

El señor CORBALÁN (don Salomón).-

Y mi abstención.

El señor DURAN.-

Adhiero al juicio emitido por el Honorable señor Luengo.

Debo hacer presente que el hecho de destinar determinados fondos para algunos centros regionales universitarios no es obstáculo para que la Universidad de Chile, al hacer la distribución correspondiente, impute esos recursos sólo a aquellos colegios a que se refiere el proyecto. En consecuencia, no se rompe la posibilidad de que sea la Universidad de Chile, de acuerdo con sus necesidades, la que haga la distribución.

Por tales consideraciones, votaré favorablemente el artículo, formulando, al mismo tiempo, indicación para que las observaciones del Honorable señor Luengo se dirijan también al Rector de la Universidad de Chile.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Aprobado el artículo con la abstención del Honorable señor Corbalán y el voto contrario del Honorable señor Luengo.

De conformidad con el Reglamento, se enviará el oficio solicitado por el Honorable señor Durán.

En votación el porcentaje de impuesto, es decir, si se reemplaza el guarismo 2% por 5%.

-Se rechaza la enmienda propuesta por la Comisión (14 votos por la negativa, 6 por la afirmativa, 1 abstención y 1 pareo).

El señor NOEMI.-

En consecuencia, queda aprobado el artículo con el guarismo 5%.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Exactamente, señor Senador.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

La Comisión propone agregar en el artículo 9º, a continuación de las palabras "Ferrocarriles del Estado", las siguientes: "y los empleados de la Empresa Marítima del Estado imponentes de la Caja de la Marina Mercante", y reemplazar, en el mismo artículo, las palabras "presta" y "tendrá", por "prestan" y "tendrán", respectivamente.

-Se aprueba el artículo con las modificaciones del segundo informe.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

En seguida, la Comisión propone sustituir el artículo 12 por el que figura en el segundo informe.

-Se aprueba el artículo en la forma propuesta en el segundo informe.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

A continuación, la Comisión propone agregar los artículos que figuran en el informe signados con los números 13 a 34, ambos inclusive.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Todos estos artículos nuevos, que son conocidos por los señores Senadores, podrían darse por aprobados.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

No me opongo a la aprobación de las disposiciones nuevas propuestas, pero me advierte el señor Pedro Correa, Secretario de la Comisión, que, debido a un error de hecho, uno de los artículos propuestos no figura en el informe en los términos en que lo aprobó la Comisión. Se trata del artículo 24, por el cual se dispone que no serán aplicables en la comuna de Viña del Mar las limitaciones y prohibiciones legales y reglamentarias del D.F.L. Nº 2, de 1959, a las construcciones que allí se ejecuten.

Lo que aprobó la Comisión es todo lo contrario. En virtud de una disposición legal de comienzos del año pasado, según me parece, se prohibió construir en Viña del Mar al amparo de los beneficios establecidos por el D.F.L. Nº 2, de 1959. Ahora se trata de alzar dicha prohibición para que en dicha comuna pueda realizarse esa clase de construcciones, conforme a las normas del mencionado decreto con fuerza de ley, sobre todo cuando se trate de viviendas financiadas por las asociaciones de ahorro y préstamos.

Repito: los términos en que aparece el artículo propuesto por la Comisión para obtener la finalidad enunciada, no corresponden a los propósitos tenidos en vista al aprobarlo. Pero ocurrió que, al acordarse liberar de estas limitaciones a las vivendas que se construyan en Viña del Mar, se encomendó al Secretario la redacción del artículo pertinente.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

Se dará lectura a la redacción proporcionada por el señor Secretario de la Comisión. Dice así:

"Suspéndese indefinidamente la prohibición de efectuar construcciones de conformidad con el D.F.L. Nº 2, de 1959, en la ciudad de Viña del Mar, siempre que estas construcciones se sujeten a la reglamentación de dicho decreto con fuerza de ley".

El señor LUENGO.-

En el fondo, es lo mismo.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Si le parece a la Sala, daré por aprobado el artículo 24 en la forma recientemente leída y los demás artículos nuevos pro-. puestos por el segundo informe con los números 13 a 34.

Aprobados.

El señor NOEMI.-

¿Por qué en el artículo 24 no agregamos "y sus modificaciones posteriores", al hacer referencia al D.F.L. Nº 2?

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Sería lógico.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Se dará cuenta de una indicación renovada.

El señor WALKER ( Prosecretario).-

Los Honorables señores Víctor Contreras, Altamirano, Miranda, Rodríguez, Juliet, Teitelboim, Campusano, Durán, Curti, Luengo y Von Mühlenbrock han renovado indicación para agregar el siguiente artículo nuevo:

"Artículo....- Los obreros del ex Cerro San Cristóbal que actualmente prestan servicios en el Parque Metropolitano serán imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y les será aplicable en consecuencia, lo dispuesto en el D.F.L. 1.340-bis, de agosto de 1930".

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

El artículo 15 dispone que el Parque Metropolitano de Santiago dependerá del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, o sea, el Cerro San Cristóbal, que en adelante se llamará Parque Metropolitano, pasará a la jurisdicción de la referida Secretaría de Estado. El inciso segundo del mismo artículo preceptúa que el personal del Parque Metropolitano conservará su condición jurídica y el régimen previsional de que actualmente goza.

Hace aproximadamente dos años, se discutió en forma lata el problema del personal adscrito al Jardín Zoológico y se resolvió incorporar a esos trabajadores al régimen previsional de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Pero ahora, en virtud del pre cepto citado hace unos instantes, dicho personal pasará a depender del Ministerio de la Vivienda y es presumible que se lo haga imponer en el Servicio de Seguro Social. La indicación renovada tiene por objeto que esos servidores, junto con pasar a depender administrativamente del referido Ministerio, queden afiliados a la previsión de la Caja Nacional de Empleados Públicos. Es decir, sería imponente de este instituto previsional el personal que actualmente labora en el Cerro San Cristóbal.

El señor GUMUCIO.-

En la Comisión se informó que el personal del Cerro San Cristóbal impone en el Servicio de Seguro Social, por tratarse de trabajadores que laboran allí en forma accidental y son contratados según las necesidades que se presenten. Tal es la información básica que nos fue proporcionada al respecto.

Ahora bien, cambiar el régimen previsional de esos trabajadores e incorporarlos a la Caja Nacional de Empleados Públicos, implica un mayor gasto fiscal, a causa de las imposiciones previsionales que deberán hacerse por la parte patronal, las cuales, en este caso, serán de mayor cuantía.

Por lo tanto, la indicación que discutimos debería contar con la iniciativa del Gobierno.

Además, los antecedentes que ahora nos da el Honorable señor Contreras nos confunden un tanto. Dice el señor Senador que, al menos el personal del Jardín Zoológico, ya estaba incorporado a la previsión de los empleados públicos.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Sólo el personal del Jardín Zoológico, y ello en virtud de una iniciativa legal patrocinada por el ex Senador señor Quinteros Tricot. Cuando discutimos el problema con motivo de dicha iniciativa, un ciudadano nos dio antecedentes pintorescos al respecto. Manifestó que era de justicia incorporar a la Caja de Empleados Públicos al personal del Jardín Zoológico. Adujo que, mientras él prestó servicios allí, no tuvo oportunidad dé aprender nada. Al ser interrogado por el ex Senador mencionado, el aludido contestó que su trabajo consistía en cuidar los leones, por lo cual, al retirarse del servicio, no encontraría una ocupación semejante la única que aprendió a desempeñar.

El señor GUMUCIO.-

Si el personal del Zoológico ya tenía la previsión que indica Su Señoría, seguirá imponiendo en la misma caja. El resto del personal del Cerro San Cristóbal, que pasará a depender del Ministerio de la Vivienda, tendrá el régimen previsional que le corresponda según las labores a que el Ministerio los destine. Así, si son obreros, pasarán a imponer en el Servicio de Seguro Social, si empleados particulares, en la caja que da previsión a este sector de empleados, y si funcionarios públicos, en la caja respectiva.

Me parece precipitado anticiparnos a dar a todo ese personal, indiscriminadamente, un sistema previsional, cuando no hemos tenido calma para estudiar si se ajusta o no se ajusta dentro del régimen general.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Creo que no ha habido informaron clara sobre el problema. Si no me equivoco, este personal dependía antes de la municipalidad, porque el cerro San Cristóbal...

El señor GUMUCIO.-

Del Ministerio del Interior.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Peor todavía, porque mucho antes debió haberse incorporado este personal a la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, sobre todo cuando, como he dicho, los trabajadores del Zoológico fueron incluidos dentro de ese régimen hace ya dos años.

¿Cuál es la razón para seguir manteniendo a esta gente en el Servicio de Seguro Social? Sabemos, por ejemplo, lo que significan para los obreros sus insignificantes asignaciones familiares.

Considero de toda justicia darles en esta ocasión los mismos derechos. Con ello, a la vez, se va uniformando la previsión de las personas que trabajan para las instituciones fiscales o semifiscales.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación la indicación renovada.

- (Durante la votación).

El señor GUMUCIO.-

No tengo inconveniente en estudiar en el futuro este problema, a fin de que los obreros del cerro San Cristóbal tengan una previsión más adecuada. Pero en este momento no me encuentro en condiciones de votar favorablemente, por estar confundido respecto de cuál es el régimen actual y cuál el que se propone.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

No hay ninguna confusión. Lo que pasa es que nosotros estudiamos tantos problemas, que finalmente terminamos por olvidarlos.

-Se aprueba la indicación renovada (9 votos contra 1 y 1 pareo).

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Terminada la discusión del proyecto.

2.7. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 11 de octubre, 1966. Oficio en Sesión 3. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

12.-OFICIO DEL SENADO

"Nº 1520.- Santiago, 7 de octubre de 1966.

El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, con las siguientes modificaciones:

Modificaciones del Senado

Artículo 1º

En el ítem 12/02/101.2 ha aumentado la suma consultada a Eº 4.600.000.

En el ítem 12/02/101.23 ha aumentado la cantidad consultada a Eº 12.700.000.

Entre los ítem 12/02/101. 28 y 12/02/ 101. 30, ha intercalado el siguiente, nuevo:

"12/02/101. 29 Eº…………100. 000".

Como consecuencia de las enmiendas señaladas, el total de Eº 58.000.000 ha aumentado a Eº 59.000.000.

Artículo 3º

Ha sustituido su letra a) por la siguiente:

"a) El mayor rendimiento que se obtenga en la cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11. 858, modificada por la ley Nº 16.425, de 25 de enero de 1966, y".

Artículo 4º

"Artículo 4°.- La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1. 000, con exclusión del premio mayor, un 5% que se distribuirá de la siguiente manera: cuatro doceavos para la Universidad de Chile, la que deberá destinarlo por partes iguales al Centro Universitario de La Serena, al Centro Zona Norte de Antofagasta, a los Colegios Regionales que mantiene en Chillán y a los Colegios Regionales de Talca; cuatro doceavos para la Universidad del Norte, la que deberá invertir dos doceavos en su sede de Arica y el saldo en sus sedes de Antofagasta e Iquique, y cuatro doceavos para la Universidad Técnica del Estado, a fin de que destine dos doceavos al Centro que mantiene en Antofagasta y, el resto, por partes iguales, a sus Centros de Copiapó y La Serena.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción a las Universidades indicadas en el inciso anterior, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5º

Ha reemplazado su inciso primero, por el siguiente:

"Artículo 5°.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11. 828, no contemplados en las leyes de presupuesto, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al plan extraordinario de obras públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las-provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé-continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley. "

A continuación, ha agregado los siguientes artículos nuevos:

"Artículo 6°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

"Artículo 7°.- Auméntase, a contar del 1º de octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aisén, y a un 130% de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5º de la ley 16.406, modificado por el artículo 78 de la ley 16.464. "

"Artículo 8°.- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior, de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico..

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén.

La operación de compra se hará por el Intendente de la Provincia, el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4. 174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aisén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aisén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF, podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otros destino que el que se señala en el presente artículo.

Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles. del sector público y fiscal.

Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo, quedarán afectos al artículo 237 de la ley 16. 466. "

"Artículo 9°.- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y los empleados de la Empresa Marítima del Estado imponentes de la Caja de la Marina Mercante que prestan sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrán derecho a asignación de zona, en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1º de julio de 1966. "

"Artículo 10.- Prorrógase por un año, a contar del 3 de octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 5º de la ley Nº 16. 338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del D.F.L. Nº 338, de abril de 1960. "

"Artículo 11.- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Pública 3. 134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias CANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3. 046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4. 174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio. "

"Artículo 12.- Descuéntese, por una sola vez, un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley de los obreros y empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

Los descuentos se harán por la Tesorería General de la República y serán puestos a disposición del Directorio Nacional de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, para financiar la VII Convención del gremio a celebrarse en la ciudad de Valparaíso.

En los meses siguientes al indicado en el inciso primero, el descuento será de Eº 0, 10, que se entenderá como cuota social de los asociados de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, a cuyo Directorio Nacional serán entregados por la Tesorería General de la República, en la forma señalada en el inciso segundo. "

"Artículo 13.- Con cargo al suplemento consultado para el ítem 12/02/101. 2 se podrá pagar hasta Eº 20. 000 para la construcción del edificio de las Naciones Unidas en Santiago. "

"Artículo 14.- Autorízanse los siguientes traspasos de la Cuenta de Depósitos F-48-B "Gastos del Sorteo Nacional de Boletas de Compraventas", al Presupuesto Corriente en moneda nacional del Servicio de Impuestos Internos, según el detalle que sigue:

De la cuenta Depósitos F-48-B Eº 652. 000 a los siguientes, ítem del Presupuesto Corriente en moneda nacional del Servicio de Impuestos Internos:

"Artículo 15.- El Parque Metropolitano de Santiago dependerá del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

El personal del Parque Metropolitana conservará su condición jurídica y el régimen previsional de que actualmente goza.

La programación y realización de los proyectos de desarrollo y mejoramiento urbanos del Parque podrán ejecutarse por la Corporación de Mejoramiento Urbano-o por su intermedio, en la forma como lo determine el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Las facultades y atribuciones que el D.F.L. N 264, de 1960, en su actual texto fijado por el decreto supremo Nº 981, de 16 de junio de 1966, establece para el administrador, serán ejercidas por la Junta Directiva de la Corporación de Mejoramiento Urbano y los acuerdos que se adopten sobre estas materias serán ejecutados por el Vicepresidente Ejecutivo de la misma institución.

La representación legal, judicial y extrajudicial del Parque como persona jurídica, la tendrá el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Mejoramiento Urbano.

Tanto la Junta como el Vicepresidente Ejecutivo podrán delegar esas atribuciones y facultades en el Administrador del Parque.

La Corporación de Mejoramiento Urbano aplicará a las obras de mejoramiento y desarrollo urbanos que deba ejecutar en el Parque y al funcionamiento de éste, los fondos de que él dispone en el ejercicio presupuestario del año 1966 y los que, en el futuro, destine anualmente la ley de Presupuestos para estos mismos fines.

Autorízase al Presidente de la República para traspasar a la Corporación de Mejoramiento Urbano los fondos de capital y corriente consultados para el Parque Metropolitano Nacional, en la ley de Presupuestos vigente. "

"Artículo 16.- Reemplázase la glosa del ítem 12/02/101.25 de la ley de Presupuestos vigente por la siguiente:

"Para realizar estudios y ejecutar obras en un segundo programa de caminos transversales y sectores del longitudinal que puedan ser financiados total o parcialmente en conformidad a los Convenios que se suscriban entre el Gobierno de Chile y la International Development Association. Este ítem será excedible y se podrá autorizar fondos con cargo a él antes que dichos Convenios sean suscritos. ".

"Artículo 17.- Intercálase en el inciso segundo del artículo 2º de la ley Nº 15.840, a continuación de la palabra "Estado", la siguiente frase "las sociedades mineras mixtas u otras sociedades en que el Estado o dichas instituciones o empresas, tengan interés o participación o sean accionistas.".

"Artículo 18.- Agrégase a la letra a) del artículo 11 de la ley 15.840, el siguiente inciso:

"Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22, podrá el Director General, en ejercicio de su facultad fiscalizadora, ordenar la instrucción de investigaciones sumarias o sumarios administrativos por irregularidades cometidas en cualesquiera de los Servicios mencionados en el artículo 10 y designar con tal objeto el Fiscal Instructor, el cual podrá pertenecer a la Dirección General o a cualesquiera de dichos Servicios.".

Suprímese al final de la letra 1) la conjunción "y"; reemplázase la letra m) por o), y agrégase entre ambas letras las siguientes:

"m) El estudio, proyección, construcción y conservación de defensas de terrenos y poblaciones contra crecidas de corrientes de agua en la forma y en los casos previstos por la ley 11. 402; la supervigilancia y reglamentación en cada caso de la extracción de materiales áridos y la fijación de deslindes de los cauces naturales con los particulares ribereños;"

"n) Conocer de las apelaciones deducidas por los funcionarios en contra de las resoluciones de la Junta Calificadora a que se refiere el artículo 91;".

"ñ) Corresponderán igualmente al Director General de Obras Públicas, en lo que respecta a la Dirección General a su cargo, todas las atribuciones que la presente ley confiere a los Directores;".

"Artículo 19.- Suprímese la letra c) del artículo 14 de la ley 15.840, pasando las actuales letras d) y e) a asignarse como c) y d), respectivamente. "

"Artículo 20.- Los funcionarios que a la fecha de la presente ley se desempeñan en la Dirección de Obras Sanitarias, Departamento de Defensas Fluviales, pasarán a servir iguales funciones en la Dirección General de Obras Públicas, conservando las mismas prerrogativas y derechos inherentes a los cargos que ahora tienen. "

"Artículo 21.- Agrégase al artículo 42 de la ley 15.840, a continuación del inciso segundo, el siguiente inciso:

"Los funcionarios antes indicados podrán delegar, en igual forma, las demás atribuciones que otras leyes les confieran.".

"Artículo 22.- Agrégase al artículo 50 de la ley Nº 15.840, la siguiente letra f), nueva:

"f) Cuando se trate de obras que se ejecuten con participación de la comunidad, cuyas condiciones serán fijadas por el Presidente de la República en el Reglamento respectivo.". "

"Artículo 23.- Agrégase a continuación del artículo 90 de la ley Nº 15.840, el siguiente artículo:

"Artículo 91.- El personal de la Dirección General de Obras Públicas y sus Direcciones dependientes mencionadas en el artículo 10, será calificado por una sola Junta Calificadora, que estará compuesta por los Directores de dichos Servicios, con exclusión del Director General.

Actuará de Secretario de dicha Junta el Jefe del Departamento de Administración y Secretaría General de la Dirección General de Obras Públicas.".

"Artículo 24.- Suspéndese indefinidamente la prohibición de efectuar construcciones en conformidad al D.F.L. Nº 2, en la ciudad de Viña del Mar, siempre que éstas se efectúen de acuerdo a la reglamentación de dicho D.F.L.".

"Artículo 25.- Establécese un nuevo plazo de un año a contar de la publicación de la presente ley, para que los interesados opten al goce de los beneficios contemplados en los artículos 29 y 35 transitorios de la ley Nº 16.282".

"Artículo 26.- Facúltase al Director de Pavimentación Urbana para que, previo acuerdo de la Municipalidad de Corral, proceda a condonar la totalidad de los dividendos adeudados y los saldos de cuenta pendientes de pavimentación a los propietarios de la comuna de Corral, cuyos predios han quedado inaprovechables con motivo de las inundaciones derivadas de los sismos del 21 y 22 de mayo de 1960.

El gasto o menor entrada derivado de la aplicación del inciso anterior se imputará a los recursos de pavimentación de la comuna de Corral".

"Artículo 27.- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la Corporación de la Vivienda, la Corporación de Mejoramiento Urbano y la Corporación de Servicios Habitacionales, se regirán por lo dispuesto en el artículo 40, inciso tercero, de la ley Nº 15.840; el Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públicas Nº 2.877, de 13 de noviembre de 1964, publicado en el Diario Oficial de 2 de diciembre de 1964, y la Resolución Nº 510 del Ministerio del Interior, de fecha 31 de marzo de 1966, publicado en el Diario Oficial Nº 26.418, de 19 de abril de 1966".

"Artículo 28.- No se descontarán las horas no trabajadas durante los días 26 y 27 de julio de 1966, por el personal del servicio de Registro Civil e Identificación, las que serán reintegradas mediante trabajo extraordinario durante el presente año".

"Artículo 29.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 15 de la ley Nº 15.676, de 28 de septiembre de 1964, que crea el Plan Nacional de Edificios Escolares:

a) En el inciso primero, sustitúyese la expresión "la provincia de Antofagasta", por la siguiente: "las provincias de Tarapacá y Antofagasta".

b) En el inciso segundo, reemplázase la frase: "la Tesorería Provincial de Antofagasta", por "las Tesorerías Provinciales de Tarapacá y Antofagasta".".

"Artículo 30.- Reemplázase el artículo 19 de la ley Nº 16.426, de 4 de febrero de 1966, por el siguiente:

"Artículo 19.- Establécese el Seguro Obligatorio de Accidentes de los Pasajeros de la locomoción colectiva del país.

Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el D.F.L. Nº 210, de 1953, previa autorización de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, la cual señalará las condiciones generales de la póliza abierta que se emitirá a nombre de la Subsecretaría de Transportes a favor de los pasajeros de la locomoción colectiva del país, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 188, de 14 de abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

El Instituto de Seguros del Estado se obliga a asegurar en favor de los pasajeros los riesgos de muerte, incapacidad permanente, total o parcial e incapacidad temporal que sobrevengan a consecuencia de accidentes del tránsito.

Este seguro se financiará con el 1% del valor de los pasajes de las empresas de transportes de locomoción colectiva del país en cumplimiento al referido artículo 13 del Decreto Supremo Nº 188 señalado en el inciso segundo.

La entidad aseguradora destinará sus utilidades líquidas, después de constituidas todas sus reservas técnicas y matemáticas, y previo -informe de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, exclusivamente a:

1.- 50% al Servicio Nacional de Salud para ser empleado en la construcción de Postas y Maternidades periféricas, laboratorios y policlínicas.

2.- 25% a la ayuda de la niñez desvalida, a través del Consejo Nacional de Menores, creado por la ley Nº 16.520, de 22 de julio de 1966.

3.- 20% al mejoramiento del sistema de seguro, a la ampliación de beneficios a los pasajeros, a la construcción de refugios en los terminales y demás medidas necesarias para la adecuada protección de los pasajeros, y

4.- 5% para el Servicio de Bienestar del personal del Instituto de Seguros del Estado.

El Banco del Estado de Chile venderá a los empresarios de la locomoción colectiva del país los boletos de pasajes que emitirá la Casa de Moneda y Especies Valoradas, en cumplimiento de las disposiciones contempladas en el artículo 14 del citado Decreto Supremo Nº 188.

El Presidente de la República dictará, dentro del plazo de treinta días a contar desde la publicación de esta ley, el Reglamento que establecerá el monto de las indemnizaciones que por la ocurrencia de los riesgos reciban los pasajeros o sus herederos, en caso de muerte, y las multas por infracciones cometidas con violación de las normas sobre pasajes establecidas en el inciso anterior.

Los pasajes tendrán para los usuarios el valor de una póliza de viaje".

"Artículo 31.- Agrégase la siguiente glosa al ítem 12|02|101.4:

"Con cargo a este ítem, destínase la suma de Eº 30.000 a la terminación de la red de agua potable del Sector Barreales de la comuna de Santa Cruz."."

"Artículo 32.- Con cargo a los fondos acumulados en los años 1964 y 1965, de acuerdo a la ley Nº 15.689, artículo 2º, la Dirección General de Obras Públicas procederá a efectuar las siguientes obras:

La Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición de la Dirección General de Obras Públicas en el plazo de 60 días, la suma de Eº 185.000 para atender las inversiones señaladas y a la de la Municipalidad de Rancagua, la suma de Eº 50.000. La Municipalidad destinará estos fondos a la adquisición de un terreno para la instalación de Cuartel de Carabineros, Posta de Primeros Auxilios, Oficinas de Correos y Campo Deportivo de las Poblaciones Unidas de Rancagua".

"Artículo 33.- Los impuestos a la producción de vinos y chichas que establecía la ley Nº 11.256, devengados con anterioridad a la vigencia del artículo 122 de la ley Nº 15.575, que la derogó, y que ingresen en arcas fiscales con posterioridad a la vigencia de la presente ley, se destinarán exclusivamente, al mejoramiento, ampliación, construcción, reparación y equipamiento de los servicios asistenciales dependientes del Servicio Nacional de Salud, en las respectivas provincias en que se adeuden y perciban, sin que pueda, con cargo a estos recursos, contratarse personal ni a título de honorarios ni a ningún otro.

No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, los impuestos indicados que se adeudan y perciban en la provincia de Maule se destinarán exclusivamente a la Dirección de Deportes del Estado para el mejoramiento, ampliación o construcción de un estadio deportivo en la ciudad de Cauquenes.

Además, con cargo a los recursos que correspondan a la provincia de Linares, se destinará preferentemente la suma de trescientos mil escudos a la reparación y mejoramiento de las Escuelas Nºs. 1 y 2 de la misma ciudad, por intermedio de la Dirección General de Obras Públicas.

La Tesorería General de la República abrirá una cuenta especial con dichos recursos, con indicación de la provincia a que corresponda, sobre los cuales únicamente podrá girarse para los fines señalados.

El Servicio Nacional de Salud, dentro del plazo de noventa días contado desde la promulgación de esta ley, dictará una resolución fijando la inversión de los recursos devengados por cada provincia, con la sola excepción de la provincia de Maule".

"Artículo 34.- Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría de la Cámara de Diputados, un cargo de Secretario de Comisiones, con la renta asignada en el Presupuesto a dichos cargos.

Sustitúyese, en el Escalafón de Servicio del Senado, la denominación "Ecónomo" por "Jefe de Almacén".

Créase en "Cargos Fuera de Escalafón" del Senado, un "Jefe de Abastecimiento de Comedores"", con la misma renta que percibe actualmente el cargo de "Mayordomo 1º".

El mayor gasto que represente este artículo se imputará a los ítem 02|02|02 y 02|02|03 del Presupuesto vigente de la

Cámara de Diputados y 02|01|02 y 02|01| 03 del Presupuesto vigente del Senado, respectivamente".

"Artículo 35.- Los obreros del ex Cerro San Cristóbal que actualmente prestan servicios en el Parque Metropolitano serán imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y les será aplicable en consecuencia lo dispuesto en el D.F.L. 1.340 bis, de agosto de 1930".

Lo que tengo a honra decir a V. E. en contestación a vuestro oficio Nº 831, de fecha 17 de agosto del año en curso.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.): Tomás Reyes Vicuña.- Federico Walker Letelier".

2.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 11 de octubre, 1966. Oficio en Sesión 3. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

?12.-OFICIO DEL SENADO

"Nº 1520.- Santiago, 7 de octubre de 1966.

El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, con las siguientes modificaciones:

Modificaciones del Senado

Artículo 1º

En el ítem 12/02/101.2 ha aumentado la suma consultada a Eº 4.600.000.

En el ítem 12/02/101.23 ha aumentado la cantidad consultada a Eº 12.700.000.

Entre los ítem 12/02/101. 28 y 12/02/ 101. 30, ha intercalado el siguiente, nuevo:

"12/02/101. 29 Eº…………100. 000".

Como consecuencia de las enmiendas señaladas, el total de Eº 58.000.000 ha aumentado a Eº 59.000.000.

Artículo 3º

Ha sustituido su letra a) por la siguiente:

"a) El mayor rendimiento que se obtenga en la cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11. 858, modificada por la ley Nº 16.425, de 25 de enero de 1966, y".

Artículo 4º

"Artículo 4°.- La Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción deberán deducir de los premios superiores a Eº 1. 000, con exclusión del premio mayor, un 5% que se distribuirá de la siguiente manera: cuatro doceavos para la Universidad de Chile, la que deberá destinarlo por partes iguales al Centro Universitario de La Serena, al Centro Zona Norte de Antofagasta, a los Colegios Regionales que mantiene en Chillán y a los Colegios Regionales de Talca; cuatro doceavos para la Universidad del Norte, la que deberá invertir dos doceavos en su sede de Arica y el saldo en sus sedes de Antofagasta e Iquique, y cuatro doceavos para la Universidad Técnica del Estado, a fin de que destine dos doceavos al Centro que mantiene en Antofagasta y, el resto, por partes iguales, a sus Centros de Copiapó y La Serena.

Las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia y la Lotería de Concepción a las Universidades indicadas en el inciso anterior, las que deberán rendir cuenta anual a la Contraloría General de la República de los fondos que perciban en conformidad al presente artículo.

Artículo 5º

Ha reemplazado su inciso primero, por el siguiente:

"Artículo 5°.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11. 828, no contemplados en las leyes de presupuesto, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al plan extraordinario de obras públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las-provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé-continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley. "

A continuación, ha agregado los siguientes artículos nuevos:

"Artículo 6°.- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

18/03/125.3…………Eº 7.600.000

18/03/125.5 ………………5.100.000

----------

…………………………………Eº 12. 700. 000. ""

"Artículo 7°.- Auméntase, a contar del 1º de octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aisén, y a un 130% de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5º de la ley 16.406, modificado por el artículo 78 de la ley 16.464. "

"Artículo 8°.- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior, de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aisén, Coihaique y Chile Chico..

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF Aisén.

La operación de compra se hará por el Intendente de la Provincia, el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4. 174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aisén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aisén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF, podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otros destino que el que se señala en el presente artículo.

Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles. del sector público y fiscal.

Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo, quedarán afectos al artículo 237 de la ley 16. 466. "

"Artículo 9°.- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y los empleados de la Empresa Marítima del Estado imponentes de la Caja de la Marina Mercante que prestan sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrán derecho a asignación de zona, en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1º de julio de 1966. "

"Artículo 10.- Prorrógase por un año, a contar del 3 de octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 5º de la ley Nº 16. 338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del D.F.L. Nº 338, de abril de 1960. "

"Artículo 11.- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Pública 3. 134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias CANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3. 046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4. 174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio. "

"Artículo 12.- Descuéntese, por una sola vez, un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley de los obreros y empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

Los descuentos se harán por la Tesorería General de la República y serán puestos a disposición del Directorio Nacional de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, para financiar la VII Convención del gremio a celebrarse en la ciudad de Valparaíso.

En los meses siguientes al indicado en el inciso primero, el descuento será de Eº 0, 10, que se entenderá como cuota social de los asociados de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, a cuyo Directorio Nacional serán entregados por la Tesorería General de la República, en la forma señalada en el inciso segundo. "

"Artículo 13.- Con cargo al suplemento consultado para el ítem 12/02/101. 2 se podrá pagar hasta Eº 20. 000 para la construcción del edificio de las Naciones Unidas en Santiago. "

"Artículo 14.- Autorízanse los siguientes traspasos de la Cuenta de Depósitos F-48-B "Gastos del Sorteo Nacional de Boletas de Compraventas", al Presupuesto Corriente en moneda nacional del Servicio de Impuestos Internos, según el detalle que sigue:

De la cuenta Depósitos F-48-B Eº 652. 000 a los siguientes, ítem del Presupuesto Corriente en moneda nacional del Servicio de Impuestos Internos:

08/03/04 Honorarios, contratos y

………………………otras remuneraciones…………………70.000

08/03/05 Jornales…………………………………………………32.000

08/03/08 Gastos del personal

………………………y fletes………………………………………………100.000

08/03/11 Adquisiciones bie

………………………nes durables -……………………………390. 000

08/03/20 Cuentas pendientes……………………60. 000. "

"Artículo 15.- El Parque Metropolitano de Santiago dependerá del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

El personal del Parque Metropolitana conservará su condición jurídica y el régimen previsional de que actualmente goza.

La programación y realización de los proyectos de desarrollo y mejoramiento urbanos del Parque podrán ejecutarse por la Corporación de Mejoramiento Urbano-o por su intermedio, en la forma como lo determine el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Las facultades y atribuciones que el D.F.L. N 264, de 1960, en su actual texto fijado por el decreto supremo Nº 981, de 16 de junio de 1966, establece para el administrador, serán ejercidas por la Junta Directiva de la Corporación de Mejoramiento Urbano y los acuerdos que se adopten sobre estas materias serán ejecutados por el Vicepresidente Ejecutivo de la misma institución.

La representación legal, judicial y extrajudicial del Parque como persona jurídica, la tendrá el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Mejoramiento Urbano.

Tanto la Junta como el Vicepresidente Ejecutivo podrán delegar esas atribuciones y facultades en el Administrador del Parque.

La Corporación de Mejoramiento Urbano aplicará a las obras de mejoramiento y desarrollo urbanos que deba ejecutar en el Parque y al funcionamiento de éste, los fondos de que él dispone en el ejercicio presupuestario del año 1966 y los que, en el futuro, destine anualmente la ley de Presupuestos para estos mismos fines.

Autorízase al Presidente de la República para traspasar a la Corporación de Mejoramiento Urbano los fondos de capital y corriente consultados para el Parque Metropolitano Nacional, en la ley de Presupuestos vigente. "

"Artículo 16.- Reemplázase la glosa del ítem 12/02/101.25 de la ley de Presupuestos vigente por la siguiente:

"Para realizar estudios y ejecutar obras en un segundo programa de caminos transversales y sectores del longitudinal que puedan ser financiados total o parcialmente en conformidad a los Convenios que se suscriban entre el Gobierno de Chile y la International Development Association. Este ítem será excedible y se podrá autorizar fondos con cargo a él antes que dichos Convenios sean suscritos. ".

"Artículo 17.- Intercálase en el inciso segundo del artículo 2º de la ley Nº 15.840, a continuación de la palabra "Estado", la siguiente frase "las sociedades mineras mixtas u otras sociedades en que el Estado o dichas instituciones o empresas, tengan interés o participación o sean accionistas.".

"Artículo 18.- Agrégase a la letra a) del artículo 11 de la ley 15.840, el siguiente inciso:

"Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22, podrá el Director General, en ejercicio de su facultad fiscalizadora, ordenar la instrucción de investigaciones sumarias o sumarios administrativos por irregularidades cometidas en cualesquiera de los Servicios mencionados en el artículo 10 y designar con tal objeto el Fiscal Instructor, el cual podrá pertenecer a la Dirección General o a cualesquiera de dichos Servicios.".

Suprímese al final de la letra 1) la conjunción "y"; reemplázase la letra m) por o), y agrégase entre ambas letras las siguientes:

"m) El estudio, proyección, construcción y conservación de defensas de terrenos y poblaciones contra crecidas de corrientes de agua en la forma y en los casos previstos por la ley 11. 402; la supervigilancia y reglamentación en cada caso de la extracción de materiales áridos y la fijación de deslindes de los cauces naturales con los particulares ribereños;"

"n) Conocer de las apelaciones deducidas por los funcionarios en contra de las resoluciones de la Junta Calificadora a que se refiere el artículo 91;".

"ñ) Corresponderán igualmente al Director General de Obras Públicas, en lo que respecta a la Dirección General a su cargo, todas las atribuciones que la presente ley confiere a los Directores;".

"Artículo 19.- Suprímese la letra c) del artículo 14 de la ley 15.840, pasando las actuales letras d) y e) a asignarse como c) y d), respectivamente. "

"Artículo 20.- Los funcionarios que a la fecha de la presente ley se desempeñan en la Dirección de Obras Sanitarias, Departamento de Defensas Fluviales, pasarán a servir iguales funciones en la Dirección General de Obras Públicas, conservando las mismas prerrogativas y derechos inherentes a los cargos que ahora tienen. "

"Artículo 21.- Agrégase al artículo 42 de la ley 15.840, a continuación del inciso segundo, el siguiente inciso:

"Los funcionarios antes indicados podrán delegar, en igual forma, las demás atribuciones que otras leyes les confieran.".

"Artículo 22.- Agrégase al artículo 50 de la ley Nº 15.840, la siguiente letra f), nueva:

"f) Cuando se trate de obras que se ejecuten con participación de la comunidad, cuyas condiciones serán fijadas por el Presidente de la República en el Reglamento respectivo.". "

"Artículo 23.- Agrégase a continuación del artículo 90 de la ley Nº 15.840, el siguiente artículo:

"Artículo 91.- El personal de la Dirección General de Obras Públicas y sus Direcciones dependientes mencionadas en el artículo 10, será calificado por una sola Junta Calificadora, que estará compuesta por los Directores de dichos Servicios, con exclusión del Director General.

Actuará de Secretario de dicha Junta el Jefe del Departamento de Administración y Secretaría General de la Dirección General de Obras Públicas.".

"Artículo 24.- Suspéndese indefinidamente la prohibición de efectuar construcciones en conformidad al D.F.L. Nº 2, en la ciudad de Viña del Mar, siempre que éstas se efectúen de acuerdo a la reglamentación de dicho D.F.L.".

"Artículo 25.- Establécese un nuevo plazo de un año a contar de la publicación de la presente ley, para que los interesados opten al goce de los beneficios contemplados en los artículos 29 y 35 transitorios de la ley Nº 16.282".

"Artículo 26.- Facúltase al Director de Pavimentación Urbana para que, previo acuerdo de la Municipalidad de Corral, proceda a condonar la totalidad de los dividendos adeudados y los saldos de cuenta pendientes de pavimentación a los propietarios de la comuna de Corral, cuyos predios han quedado inaprovechables con motivo de las inundaciones derivadas de los sismos del 21 y 22 de mayo de 1960.

El gasto o menor entrada derivado de la aplicación del inciso anterior se imputará a los recursos de pavimentación de la comuna de Corral".

"Artículo 27.- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la Corporación de la Vivienda, la Corporación de Mejoramiento Urbano y la Corporación de Servicios Habitacionales, se regirán por lo dispuesto en el artículo 40, inciso tercero, de la ley Nº 15.840; el Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públicas Nº 2.877, de 13 de noviembre de 1964, publicado en el Diario Oficial de 2 de diciembre de 1964, y la Resolución Nº 510 del Ministerio del Interior, de fecha 31 de marzo de 1966, publicado en el Diario Oficial Nº 26.418, de 19 de abril de 1966".

"Artículo 28.- No se descontarán las horas no trabajadas durante los días 26 y 27 de julio de 1966, por el personal del servicio de Registro Civil e Identificación, las que serán reintegradas mediante trabajo extraordinario durante el presente año".

"Artículo 29.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 15 de la ley Nº 15.676, de 28 de septiembre de 1964, que crea el Plan Nacional de Edificios Escolares:

a) En el inciso primero, sustitúyese la expresión "la provincia de Antofagasta", por la siguiente: "las provincias de Tarapacá y Antofagasta".

b) En el inciso segundo, reemplázase la frase: "la Tesorería Provincial de Antofagasta", por "las Tesorerías Provinciales de Tarapacá y Antofagasta".".

"Artículo 30.- Reemplázase el artículo 19 de la ley Nº 16.426, de 4 de febrero de 1966, por el siguiente:

"Artículo 19.- Establécese el Seguro Obligatorio de Accidentes de los Pasajeros de la locomoción colectiva del país.

Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el D.F.L. Nº 210, de 1953, previa autorización de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, la cual señalará las condiciones generales de la póliza abierta que se emitirá a nombre de la Subsecretaría de Transportes a favor de los pasajeros de la locomoción colectiva del país, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 188, de 14 de abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

El Instituto de Seguros del Estado se obliga a asegurar en favor de los pasajeros los riesgos de muerte, incapacidad permanente, total o parcial e incapacidad temporal que sobrevengan a consecuencia de accidentes del tránsito.

Este seguro se financiará con el 1% del valor de los pasajes de las empresas de transportes de locomoción colectiva del país en cumplimiento al referido artículo 13 del Decreto Supremo Nº 188 señalado en el inciso segundo.

La entidad aseguradora destinará sus utilidades líquidas, después de constituidas todas sus reservas técnicas y matemáticas, y previo -informe de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, exclusivamente a:

1.- 50% al Servicio Nacional de Salud para ser empleado en la construcción de Postas y Maternidades periféricas, laboratorios y policlínicas.

2.- 25% a la ayuda de la niñez desvalida, a través del Consejo Nacional de Menores, creado por la ley Nº 16.520, de 22 de julio de 1966.

3.- 20% al mejoramiento del sistema de seguro, a la ampliación de beneficios a los pasajeros, a la construcción de refugios en los terminales y demás medidas necesarias para la adecuada protección de los pasajeros, y

4.- 5% para el Servicio de Bienestar del personal del Instituto de Seguros del Estado.

El Banco del Estado de Chile venderá a los empresarios de la locomoción colectiva del país los boletos de pasajes que emitirá la Casa de Moneda y Especies Valoradas, en cumplimiento de las disposiciones contempladas en el artículo 14 del citado Decreto Supremo Nº 188.

El Presidente de la República dictará, dentro del plazo de treinta días a contar desde la publicación de esta ley, el Reglamento que establecerá el monto de las indemnizaciones que por la ocurrencia de los riesgos reciban los pasajeros o sus herederos, en caso de muerte, y las multas por infracciones cometidas con violación de las normas sobre pasajes establecidas en el inciso anterior.

Los pasajes tendrán para los usuarios el valor de una póliza de viaje".

"Artículo 31.- Agrégase la siguiente glosa al ítem 12|02|101.4:

"Con cargo a este ítem, destínase la suma de Eº 30.000 a la terminación de la red de agua potable del Sector Barreales de la comuna de Santa Cruz."."

"Artículo 32.- Con cargo a los fondos acumulados en los años 1964 y 1965, de acuerdo a la ley Nº 15.689, artículo 2º, la Dirección General de Obras Públicas procederá a efectuar las siguientes obras:

IMAGEN

La Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición de la Dirección General de Obras Públicas en el plazo de 60 días, la suma de Eº 185.000 para atender las inversiones señaladas y a la de la Municipalidad de Rancagua, la suma de Eº 50.000. La Municipalidad destinará estos fondos a la adquisición de un terreno para la instalación de Cuartel de Carabineros, Posta de Primeros Auxilios, Oficinas de Correos y Campo Deportivo de las Poblaciones Unidas de Rancagua".

"Artículo 33.- Los impuestos a la producción de vinos y chichas que establecía la ley Nº 11.256, devengados con anterioridad a la vigencia del artículo 122 de la ley Nº 15.575, que la derogó, y que ingresen en arcas fiscales con posterioridad a la vigencia de la presente ley, se destinarán exclusivamente, al mejoramiento, ampliación, construcción, reparación y equipamiento de los servicios asistenciales dependientes del Servicio Nacional de Salud, en las respectivas provincias en que se adeuden y perciban, sin que pueda, con cargo a estos recursos, contratarse personal ni a título de honorarios ni a ningún otro.

No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, los impuestos indicados que se adeudan y perciban en la provincia de Maule se destinarán exclusivamente a la Dirección de Deportes del Estado para el mejoramiento, ampliación o construcción de un estadio deportivo en la ciudad de Cauquenes.

Además, con cargo a los recursos que correspondan a la provincia de Linares, se destinará preferentemente la suma de trescientos mil escudos a la reparación y mejoramiento de las Escuelas Nºs. 1 y 2 de la misma ciudad, por intermedio de la Dirección General de Obras Públicas.

La Tesorería General de la República abrirá una cuenta especial con dichos recursos, con indicación de la provincia a que corresponda, sobre los cuales únicamente podrá girarse para los fines señalados.

El Servicio Nacional de Salud, dentro del plazo de noventa días contado desde la promulgación de esta ley, dictará una resolución fijando la inversión de los recursos devengados por cada provincia, con la sola excepción de la provincia de Maule".

"Artículo 34.- Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría de la Cámara de Diputados, un cargo de Secretario de Comisiones, con la renta asignada en el Presupuesto a dichos cargos.

Sustitúyese, en el Escalafón de Servicio del Senado, la denominación "Ecónomo" por "Jefe de Almacén".

Créase en "Cargos Fuera de Escalafón" del Senado, un "Jefe de Abastecimiento de Comedores"", con la misma renta que percibe actualmente el cargo de "Mayordomo 1º".

El mayor gasto que represente este artículo se imputará a los ítem 02|02|02 y 02|02|03 del Presupuesto vigente de la

Cámara de Diputados y 02|01|02 y 02|01| 03 del Presupuesto vigente del Senado, respectivamente".

"Artículo 35.- Los obreros del ex Cerro San Cristóbal que actualmente prestan servicios en el Parque Metropolitano serán imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y les será aplicable en consecuencia lo dispuesto en el D.F.L. 1.340 bis, de agosto de 1930".

Lo que tengo a honra decir a V. E. en contestación a vuestro oficio Nº 831, de fecha 17 de agosto del año en curso.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.): Tomás Reyes Vicuña.- Federico Walker Letelier".

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 11 de octubre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 3. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967. Discusión Particular. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

SUPLEMENTACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.- TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En conformidad con el artículo 203 del Reglamento, corresponde conocer las modificaciones que introdujo el Honorable Senado al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del presupuesto de capital vigente del Ministerio de Obras Públicas.

-El oficio del Senado aparece entre los Documentos de la Cuenta de este Boletín de Sesiones.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En discusión las modificaciones introducidas por el Senado al artículo 1° del proyecto.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación la primera enmienda, que consiste en aumentar la glosa 12/02/101.2 de Eº 4.400.000 a Eº 4.600.000.

Si le parece a la Cámara, se aprobará la enmienda. Aprobada.

Igualmente, si le parece a la Cámara, se aprobará la otra modificación a la glosa 12/02/101.23.

Aprobada.

Por último, si le parece a la Cámara, se aprobarán las enmiendas que consisten en intercalar un ítem nuevo y en modificar la cantidad total, como consecuencia de los acuerdos anteriores.

Aprobadas.

En discusión la modificación al artículo 3º.

Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.

En votación la sustitución de la letra a) del artículo 3º.

Si le parece a la Cámara, se aprobará.

Aprobada.

En discusión la enmienda al artículo 4º, que consiste en reemplazar su texto.

El señor JAQUE.-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, el artículo 4º de este proyecto, tal como lo despachó la Cámara, establecía: "La Polla Chilena de Beneficencia deberá deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile." El Senado ha modificado esta disposición agregando que de los premios de la Lotería de Concepción también deberá deducirse un 5% para las finalidades que se señalan.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, el artículo 4º de este proyecto, tal como lo despachó la Cámara, establecía: "La Polla Chilena de Beneficencia deberá deducir de los premios superiores a Eº 1.000, con excepción de los premios mayores, un cinco por ciento a beneficio, por iguales partes, de la Universidad del Norte y del Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile". El Senado ha modificado esta disposición agregando que de los premios de la Lotería de Concepción también deberá deducirse un 5% para las finalidades que se señalan.

Quiero destacar en esta oportunidad la gravedad que tiene el hecho de incorporar esta modificación al texto que había despachado la Cámara. Debo recordar que, en el año 1950, se dictó la ley Nº 9. 545, que gravó en un 10% más los premios de la Lotería de Concepción. Los efectos que se produjeron a raíz de esta disposición fueron de extraordinaria gravedad para la Universidad, como voy a señalar a través de un cuadro estadístico que tengo a la vista. En el año 1949 quedaba un término medio sobrante de números de la Lotería de 140 a 180 números. Con motivo de la dictación de la ley Nº 9.545, este número sobrante subió considerablemente por haber disminuido el interés del público en la compra de boletos. Por ejemplo, en el sorteo Nº 587, que se celebró el 28 de enero de 1950, quedaron sobrantes 6. 081 boletos, en el sorteo 592, del 6 de abril de este mismo año, hubo 11.105 boletos sobrantes. Más adelante, el sorteo Nº 594, por ejemplo, produjo un sobrante de 11.559 boletos.

Esta situación llevó al Ejecutivo a considerar una petición de la Universidad de Concepción para derogar la ley Nº 9.545 y enviar al Congreso el proyecto de ley respectivo. Dictada la ley derogativa empezó a bajar nuevamente el número de sobrantes. Si suponemos que el sobrante de boletos de la Lotería de Concepción fuera del orden de los cinco mil, solamente, esto significaría para la Universidad de Concepción una pérdida de 300 millones de pesos. De tal manera que, considerando los graves efectos que podrían derivarse de restablecer una disposición que ya fue derogada por las graves consecuencias que produjo para el financiamiento de la Universidad de Concepción, deseo solicitar de los Honorables colegas de la Corporación que rechacen esta modificación que ha introducido el Senado.

Es de dominio público el grave desfinanciamiento, por que atraviesan las Universidades, especialmente la de Concepción, institución particular que imparte enseñanza con aporte del Estado y es digna de un mejor tratamiento, en especial si se toma en consideración que este instituto de altos estudios, en la actualidad, con los recursos de que dispone, apenas puede cubrir sus gastos de administración y no alcanza por falta de financiamiento, a realizar planes de estudios y de enseñanza más amplios.

Por lo tanto, señor Presidente, reitero que rechazo esta modificación del Senado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cabello; y, a continuación, los Honorables señores Gajardo, Valdés, Phillips y Galleguillos.

El señor CABELLO.-

Señor Presidente, contrariamente a lo que ha dicho nuestro Honorable colega de bancos me parece que debemos apoyar esta enmienda del Senado, ya que, ante la carencia de dineros para dar una integración total a la educación considero que con estos fondos, por lo menos, se va a poder ayudar a varios Colegios y Centros Regionales que están funcionando en desmedradas condiciones económicas.

Se propone dar a la Universidad de Chile, cuatro doceavos del 5% que se deducirá de los premios de lotería, que deberá repartir entre Colegios Regionales; y también cuatro doceavos a la Universalidad Técnica, instituto educacional que, hace pocos días, dio a conocer a la ciudadanía sus necesidades económicas. Creo que la enmienda del Senado es justa en el momento actual; posteriormente se podrán buscar los fondos necesarios para llagar a la solución integral del problema educacional.

Por lo tanto, señor Presidente, solicito de la Honorable Cámara, en mi nombre por lo menos, la aprobación de la enmienda del Senado en la forma propuesta.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Gajardo.

El señor GAJARDO.-

Señor Presidente, solo deseo manifestar nuestra satisfacción, antes de votar este artículo, por la ratificación que ha dado el Senado a nuestro criterio de financiar con un 5% de los premios mayores de la Polla Chilena de Beneficencia y de la Lotería de Concepción los Centros Universitarios de la zona norte. Demostramos esta satisfacción, porque este artículo tuvo su iniciativa en una indicación presentada por los parlamentarios democratacristianos de las provincias de Antofagasta y Tarapacá, que también suscribieron el señor Presidente de la Cámara y la Honorable señorita Wilna Saavedra.

Creemos que la distribución hecha por el Senado es mucho más justa que la inicialmente señalada por nosotros, y este tributo también lo pagará la Lotería de Concepción. Asimismo, se establece un aporte para los Centros universitarios de La Serena y Antofagasta y para los Colegios Regionales de Talca y Chillán.

Por estas razones, la representación parlamentaria de la Democracia Cristiana aprobará la redacción actual de este artículo.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Valdés Phillips.

El señor VALDES (don Arturo).-

Señor Presidente, participo del criterio expresado por nuestro Honorable colega señor Gajardo, en el sentido de que es justa la distribución de fondos que ha dispuesto el Senado en esta modificación al artículo 4º.

La Universidad Técnica del Estado mantiene una huelga por falta de fondos para atender las necesidades de sus establecimientos de provincias; mediante este artículo se le dan recursos para el funcionamiento de las sedes de La Serena, Copiapó y Antofagasta, que están entre las más atrasadas del país en materia económica. Por otra parte, se destina un aporte a la Universidad de Chile que, a través de sus Colegios Regionales imparte educación a todo el país.

Por lo tanto, como los dineros de los sorteos que se realizan en el país provienen de todos los chilenos, estimo justo que se distribuyan también para su usufructo por los chilenos de todas las regiones de la patria.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Galleguillos, don Víctor; a continuación, el Honorable señor Fuentealba, don Clemente.

El señor GALLEGUILLOS.-

Señor Presidente, los Diputados comunistas votaremos favorablemente esta modificación del Honorable Senado, porque ella recoge una aspiración de los estudiantes, especialmente de los de la Universidad Técnica del Estado, ya que en el primitivo proyecto quedaron al margen de estos beneficios.

Quiero destacar un hecho que es necesario que se conozca. He visitado en muchas oportunidades la Universidad Técnica de Antofagasta, por invitaciones tanto del profesorado como de los alumnos. Así he podido cerciorarme de que esa Universidad satisface el deseo de superación de los hijos más modestos de los trabajadores, porque muchos de ellos son hijos de obreros e incluso becados.

Pero resulta lamentable que, mientras la ciencia y la técnica avanzan a pasos agigantados, nosotros estamos preparando a las generaciones del futuro con máquinas sumamente antiguas, con elementos técnicos sumamente viejos. En esta forma, esta enseñanza quizás no les va a ayudar en el momento en que ellos egresen, para contribuir al avance y al desarrollo industrial de la patria.

Este proyecto, siendo justo, es solamente una migaja que ha podido conseguirse, gracias a la sensibilidad del Senado, y ahora contará con el apoyo también de la Cámara. Y se ha logrado, además, por el esfuerzo de esos muchachos que fueron capaces de realizar una huelga y de viajar miles de kilómetros desde Antofagasta a Santiago por cualquier medio, venciendo las dificultades interpuestas por las fuerzas policiales, las cuales, como único recurso de este Gobierno para frenar el deseo de superación de estos jóvenes, los apalearon al hacer ellos manifestaciones en las ciudades importantes o en las capitales de provincia, como una forma de demostrar a la opinión pública que estaban reclamando algo justo: que a su Universidad le entregaran recursos superiores a los que el Gobierno en estos momentos le está dando en el Presupuesto Nacional.

Por esta razón, señor Presidente, en consideración a la justicia que tiene esta modificación del Senado, y como un homenaje a estos jóvenes estudiantes, que aún se encuentran en las calles reclamando este derecho, los comunistas, de corazón, apoyamos y votaremos favorablemente esta modificación.

He concedido una interrupción al Honorable señor Pontigo.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.

El señor PONTIGO.-

Señor Presidente, he solicitado esta interrupción, que me ha concedido el Honorable colega señor Galleguillos, con el propósito de poner de relieve el valor que tiene esta modificación propuesta por el Senado. Nosotros comprendemos perfectamente que este 5%, aplicado a los premios superiores a cinco mil escudos, con exclusión del premio mayor, que se distribuirá entre los diferentes Centros Universitarios, va a llevar, naturalmente, algunos dineros a esos Colegios Regionales.

Pero es evidente que queda en pie la lucha de los estudiantes por la solución definitiva del grave problema del presupuesto de la Universidad, que hemos examinado en una sesión especial de la semana pasada. En La Serena, por ejemplo, yo he conversado con los estudiantes de la Universidad Técnica, de la Escuela de Minas, quienes me han hecho presente la necesidad indispensable, urgentísima, de construir nuevas salas, en ese establecimiento, incluso, de ampliar y mejorar sus servicios higiénicos, sus dormitorios.. Además, es necesario dotar a ese instituto técnico con un par de vehículos, que permitan a los alumnos de sus cursos superiores y medios, salir a realizar algunas investigaciones de campo, que les son indispensables en el desarrollo de la educación y en el cumplimiento del programa que allí se imparte.

Por eso, nosotros, como ha dicho el Honorable Diputado señor Galleguillos, vamos a votar favorablemente este proyecto que, en cierta medida, recoge la aspiración de la juventud chilena que estudia en dichos centros técnicos universitarios. Nos alegramos de que todos estos dineros vayan a ser distribuidos entre los Centros Universitarios de La Serena, Antofagasta, Chillán, Talca, Arica y Copiapó.

Por estas razones, aunque insistimos en que ella no resuelve el problema del presupuesto de la Universidad y en que es necesario seguir batallando para darle a ésta los recursos y elementos necesarios para el desarrollo de sus programas, nosotros votaremos favorablemente la modificación del Senado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Galleguillos.

El señor GALLEGUILLOS.-

Le concedo una interrupción al Honorable señor Carvajal, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Carvajal.

El señor CARVAJAL.-

Señor Presidente, el Honorable señor Valente y el Diputado que habla están de acuerdo con la modificación hecha por el Senado, por-que los problemas de los estudiantes no sólo existen en ciertas provincias, sino en todo el país.

Nosotros, que siempre conversamos con los estudiantes de Iquique y Arica, sabemos que ellos tienen serios problemas. Y estamos plenamente seguros de que apoyan y solidarizan con los universitarios que hoy se encuentran en huelga, con el objeto de pedir al Gobierno un mayor presupuesto para saldar, en parte, las deficiencias que tienen en sus colegios.

Por estas razones, apoyaremos la modificación propuesta por el Senado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Galleguillos.

El señor GALLEGUILLOS.-

He terminado, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Fuentealba; y a continuación, la Honorable señora Lazo y el Honorable señor Melo.

El señor JAQUE.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Y, en seguida, en el tiempo de su segundo discurso, el Honorable señor Jaque.

El señor FUENTEALBA.-

Señor Presidente, en forma muy breve, quiero hacer presente que, al votar esta modificación, no todos los Diputados de estos bancos lo haremos en la misma forma. La verdad es que esta modificación representa un beneficio para algunos centros universitarios de las provincias del norte, principalmente la de Coquimbo, que represento.

En verdad, esta medida no afecta a la Universidad de Concepción, puesto que sólo grava en un 5% los premios mayores de mil escudos, con excepción del premio mayor...

El señor LAEMMERMANN.-

¡Pero baja la venta!

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor FUENTEALBA.-

Creo que no baja la venta, Honorable colega, porque el que compre un billete de la Lotería no se fija en lo que lo descontarán, si obtiene premio.

Por lo demás, paga lo mismo...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Ruego a los señores Diputados no interrumpir.

El señor FUENTEALBA.-

Señor Presidente, estos Centros Universitarios del norte están muy abandonados en el Presupuesto de la Nación. En esta oportunidad, el Centro Universitario de La Serena será favorecido con una parte de los cuatro doceavos del porcentaje que se establece en el artículo 4º propuesto por el Senado, al igual que los Centros de la Universidad Técnica de La Serena y de Copiapó, que, como bien ha expresado el Honorable señor Pontigo, se debaten en precarias condiciones para desarrollar sus actividades.

Nosotros hemos tenido oportunidad de atender peticiones en favor del desarrollo y funcionamiento de estos Centros Universitarios del norte, principalmente de la Universidad Técnica del Estado; y hemos podido apreciar que estos establecimientos, que están formando ingenieros de minas para desempeñarse en las minas de hierro y de cobre, necesitan una mayor atención.

Por este motivo, particularmente yo votaré a favor la modificación del Senado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra la Honorable señora Lazo.

La señora LAZO.-

Señor Presidente, -nosotros votaremos favorablemente esta enmienda del Senado al artículo 4°, porque, como han expresado algunos Honorables colegas, aunque ella representa una migaja, por alguna parte se debe empezar.

El problema público, dramático, planteado por los jóvenes de la Universidad Técnica del Estado es la prueba más palpable de la urgente necesidad que existe de ayudar a la Universidad dándole un financiamiento real y verdadero.

Nosotros no creemos...

La señora ENRIQUEZ.-

No se le dio nada a la Universidad del sur; a la de Concepción, ni a la de Valdivia.

La señora LAZO.-

Estoy sólo empezando mi argumentación, Honorable colega.

Digo que consideramos esto una migaja, precisamente, porque la Universidad Técnica es una sola en todo el país, y porque en este artículo sólo se ha considerado a algunos de sus Centros. Pero, como no podemos presentar una indicación para ampliar esta disposición que viene del Senado, legalmente sólo podemos decirle sí o no.

Vamos a votar en favor de esta enmienda. Sin embargo, consideramos que lo justo sería que el Parlamento en general, con la iniciativa del Presidente de la República, buscara una solución verdadera al trágico problema que tienen, en este momento, no sólo los estudiantes técnicos, sino los estudiantes industriales y los de las escuelas profesionales.

Por eso, queremos dejar planteada la idea de que los colegas de mayoría pidan al Presidente de la República que, a la brevedad posible, envíe al Parlamento un proyecto de ley que permita definitivamente, pagar lo que se le adeuda a la Universidad Técnica del Estado, y que dé un financiamiento real y verdadero a la enseñanza industrial y técnica de nuestro país.

Nada más, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Melo.

El señor MELO.-

La verdad es que en este artículo del proyecto se demuestra la inconsecuencia del Partido de Gobierno para con la educación chilena. En efecto, aquí se han debido buscar recursos para ella no del Presupuesto Nacional, no de los "socios" norteamericanos, ni de las grandes compañías del hierro, sino gravando los premios de la Lotería de Concepción y de la Polla de Beneficencia, lo que es absurdo. Porque lo correcto es que el Presidente y sus Ministros, si estuvieran tan preocupados de la educación del pueblo de Chile, como dicen, suplementaran el presupuesto del Ministerio de Educación Pública, así como suplementan el de otros Ministerios, en lugar de gravar a la Lotería de Concepción y a la Polla de Beneficencia.

Por estas razones, los parlamentarios del FRAP nos vemos obligados a votar favorablemente esta indicación del Senado, aunque en ella sólo se den migajas a los distintos Centros Universitarios de Chile, "porque así se contribuye siquiera en algo a la educación chilena. Pero es una vergüenza pensar que para ello hay que sacarle fondos a los premios de la Lotería de Concepción y de la Polla Chilena de Beneficencia, mientras nos damos el lujo de gastar en sueldos de asesores norteamericanos más de 45 millones de pesos.

Por estas razones, nos parece que hay aquí una inconsecuencia con la educación de nuestra juventud y de nuestro pueblo...

El señor SOTA.-

¡El presupuesto de la educación de Chile es el más grande del mundo!

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Jaque, en el tiempo de su segundo discurso.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, lamento que en esta Honorable Corporación haya un criterio mayoritario en favor de la aprobación de esta modificación introducida por el Senado. Porque la verdad es que los beneficios que se van a obtener mediante la incorporación de esta disposición son mínimos, en relación con el perjuicio que se van a ocasionar con ella a la Universidad de Concepción.

Actualmente se emiten 45 mil boletos para cada sorteo de su Lotería. Aplicándoles el impuesto que está establecido, que es de un 5%, más o menos, se tiene un rendimiento de 15 mil escudos, o sea, de quince millones de pesos. Como va a haber un menor estímulo por parte del público para adquirir estos boletos, a causa de este mayor impuesto sobre los premios, se estima que el sobrante de números no vendidos aumentará considerablemente. Suponiendo que este sobrante alcance a 5 mil billetes, con esta medida se ocasionaría a la Universidad de Concepción pérdidas del orden de los 300 mil escudos.

En todo caso, quiero dar a conocer a la Honorable Corporación algunos antecedentes que me ha hecho llegar el Rector de la Universidad de Concepción, señor Ignacio González, los cuales no los hice presentes en mi primera intervención, porque sólo los he recibido en este momento.

En la parte pertinente de la nota enviada por el señor Rector se expone lo siguiente acerca de los perjuicios que se van a ocasionar a la Universidad de Concepción.

"En primer lugar, hay que dejar establecido que en la actualidad los premios de la lotería están afectos sin excepción ninguna a un 15% de impuesto. Este impuesto se hace efectivo en forma global y se deduce de la suma destinada a premios por la ley que autorizó la lotería, de manera que en el monto que para cada premio se indica en los boletos emitidos, ya va descontado este impuesto.

"En seguida, el premio mayor de cada sorteo tiene un impuesto de 10% establecido en virtud de la ley dictada en el año-1960 para financiar la reconstrucción de los planteles universitarios destruidos o dañados por el terremoto.

Recientemente, la ley que aumentó los sueldos de las Fuerzas Armadas, estableció un impuesto de 2% al premio mayor de cada sorteo.

"Finalmente, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias vigentes, de los premios mayores se descuenta un 2% en beneficio de los agentes vendedores de boletos.

"Resulta de aquí que el premio mayor de cada lotería está ya gravado en un 29% y los demás premios en un 17%.

"Ahora bien, el público que favorece a la lotería es extremadamente sensible a estos gravámenes, y la imposición de cualquier tributo hace disminuir de inmediato la venta de boletos; como antecedente fidedigno, podemos consignar que cuando en 1950 se dictó una ley que estableció un tributo de esta naturaleza, disminuyó considerablemente la venta de boletos; antes de la dictación de esta ley prácticamente no existía sobrante de boletos; durante la vigencia de la ley llegó hasta un 25%". (En mi intervención anterior, señalé el número de la ley, para ser más concreto, diré que es la ley 9.545). "Esta ley tuvo que ser derogada a los 6 meses y la venta recuperó su ritmo normal. Se incluye un cuadro sobre el particular".

Ruego al señor Presidente que recabe el asentimiento unánime de la Honorable Cámara con el objeto de que este cuadro, enviado por el señor Rector de la Universidad de Concepción, sea insertado en la versión oficial de esta sesión.

"Ahora bien, la disminución de la venta de boletos merma apreciablemente las utilidades de la lotería, que deben distribuirse entre varias Instituciones, además de la Universidad de Concepción.

"En cuanto al rendimiento del nuevo impuesto que se propone, si el premio mayor estuviera excluido de la indicación, puede calcularse en una suma aproximada a los Eº 300.000 anuales; y si estuviera incluido el premio mayor, podría llegar a Eº 1.100.000 anuales. La implantación del impuesto traería como consecuencia una disminución de la venta de boletos, y si ésta llegara solamente a 1.000 boletos por sorteo, representaría para la lotería una menor entrada anual de Eº 1.820.000. Resultaría entonces en la práctica que el tributo perjudicaría a la Universidad de Concepción y a las demás instituciones que actualmente participan de los beneficios de la lotería, y que por lo tanto serían éstas las instituciones que pasarían a pagar el financiamiento de la ley para favorecer a las Universidades que se trata de beneficiar con la indicación."

Estos son los antecedentes que me ha hecho llegar el Rector de la Universidad de Concepción. Los considero bastante convincentes y creo que merecen alguna consideración de los Honorables colegas.

Naturalmente, como han señalado los Honorables Diputados, las Universidades, en general, y los colegios universitarios están desfinanciados. Pero yo creo que no se puede, en esta ocasión "desvestir a un santo para vestir a otro". Y lo grave es que en esta disposición, originada en el Senado, se excluye totalmente a la Universidad de Concepción, que tiene un financiamiento especial para su presupuesto, que no es de gran cuantía, sino el estrictamente necesario para que esa Universidad pueda cubrir sus gastos administrativos y operacionales.

Por tales motivos, la Universidad de Concepción no tiene mayores recursos para ampliar su programa de enseñanza. Y lo lógico sería, entonces, que, si se estableciera un nuevo impuesto, su rendimiento se destinara a este instituto de estudios superiores para que pudiera ampliar su actual sistema de enseñanza, cuyos méritos no sólo son reconocidos en Chile, sino que en América Latina, por el prestigio que ha alcanzado.

En consecuencia, hago presente a los Honorables colegas mi rechazo categórico a esta nueva disposición del Senado, y les reitero mi petición en orden a que reconsideren su actitud y rechacen este artículo de esa Corporación.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para insertar en la versión oficial el documento a que ha hecho referencia el Honorable señor Jaque.

Acordado.

-El cuadro, cuya inserción se acordó, es el siguiente:

"Estado demostrativo de los efectos de la Ley Nº 9545, de enero de 1930, que gravó en un 10% más los premios y que por sus efectos fuera derogada en junio del mismo año.

" "

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Fernández; y, a continuación, los Honorables señores Corvalán, Gajardo y Barrionuevo.

El señor FERNANDEZ.-

Señor Presidente, deseo intervenir en este debate con el objeto de plantear un punto de vista que, a mi entender no ha sido suficientemente considerado. Estimo que aun cuando lo más probable es que la Cámara apruebe en esta ocasión, el texto propuesto por el Senado, pues allega más fondos a la educación superior y beneficia a un mayor número de centros universitarios, también es cierto que ni la proposición de la Cámara ni la del Senado resuelven, en definitiva, el problema. Estas medidas representan como dijo un señor Diputado, migajas para la educación superior; aquí, hay algo de eso de "desvestir a un santo para vestir a otro".

Para nosotros el problema de la educación superior chilena no es tanto el de otorgarle más recursos económicos, cuanto de usar más eficientemente los cuantiosos fondos consultados en el presupuesto nacional, de los cuales ya está usufructuando. Además, creemos que, fundamentalmente, no se solucionará la crisis de la enseñanza superior mientras no exista un organismo capacitado para planificar suficiente y adecuadamente las inversiones de los recursos que se destinan a este sector tan importante de la educación chilena.

Cuando un señor Diputado solicita, por ejemplo, que se construya una escuela primaria en algún pueblo lejano de cualquier provincia del país, una oficina técnica del Ministerio de Educación Pública, que tiene en sus manos la confección del Plan Nacional de Construcciones Escolares, señala, en una adecuada perspectiva de uso de técnicas, de recursos, etcétera, la posibilidad o la conveniencia, de realizar esta construcción.

Sin embargo, en el plano de la educación superior, los propios parlamentarios nos encontramos actuando un poco a tientas. Estoy seguro de que esta distribución de fondos propuesta por el Senado de la República ha sido hecha, si pudiéramos decirlo así, "a ojo de buen -varón". ¿Por qué? Porque no existe actualmente ningún organismo capacitado para planificar la educación superior chilena; y, entonces, tenemos motivo para temer que los recursos empleados en la educación superior, que reconocemos son insuficientes, puedan ser al mismo tiempo mal empleados debido a que muchas iniciativas aparecen duplicadas o triplicadas en diversos sectores o en diferentes Universidades.

Nos parece necesario en consecuencia, y en este sentido recogemos el desafío o la invitación que nos ha hecho la Honorable señora Lazo, que legislemos en forma definitiva para dar solución integral al problema de financiamiento de nuestra educación superior. Esta medida debe ser complementada con una adecuada planificación, la que de ninguna manera debe ser hecha por los sectores privados, como ha pretendido el Consejo de Rectores en una iniciativa que no prosperó, justamente porque tendía a entregar el control de la educación universitaria a un organismo donde tienen primacía las Universidades particulares y no a la Universidad de Chile ni al Ministerio de Educación Pública.

Queremos planificación y nos parece fundamental establecerla; pero estimamos que ella debe ser dirigida, orientada y de responsabilidad del Estado chileno.

Nada más.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Corvalán.

El señor CORVALAN.-

Señor Presidente, a esta altura del debate, me ha parecido importante revisar el origen de esta iniciativa que ahora se ha concretado en el artículo 4º del Senado.

De las expresiones vertidas por algunos parlamentarios fluye la impresión de que esta disposición hubiese tenido una razón de ser distinta de la que tuvo, cual fue la inquietud de los parlamentarios del norte por entregar algunos recursos a los colegios universitarios de la zona.

Es importante también establecer cómo esta iniciativa, que un colega nuestro ha suscrito para presentarla como indicación en la Comisión de Hacienda, ha sido ampliada por el interés de parlamentarios de otras zonas para extender estos beneficios a los Colegios Regionales de las provincias que representan pero se ha ampliado la fuente de ingresos, incluyendo un impuesto a los sorteos de la Lotería de Concepción. Sin embargo, en ninguno de los planteamientos de la iniciativa que estoy comentando, ni tampoco en el artículo 4º del Senado, se ve la obligación de, gravar el valor de los vigésimos de la lotería que representan lo que el público adquiere e indican en el total de su venta el índice de la demanda de boletos hecho en el que los colegas han insistido constantemente.

Yo quiero decir también que en esto de la responsabilidad en el proceso educacional en Chile nadie puede lavarse las manos. El hecho de que esta iniciativa la suscribieran nuestros Honorables colegas Santiago Gajardo, Wilna Saavedra y otros, y que pretende gravar los sorteos de la Lotería de Concepción para ayudar a la Universidad de Chile y a la Universidad del Norte, de la zona que nosotros representamos, está indicando a las claras que igual interés pudieron tener otros Diputados y que, paralelamente a cuanto haga este Gobierno o cualquier otro, compete al parlamentario debatir estas materias y buscarle solución al problema de la educación profesional y técnica.

Yo he escuchado con satisfacción esta tarde cómo algunos colegas, y creo que también la Honorable señora Lazo, nos señalaban la urgencia de que fuéramos nosotros los parlamentarios, quienes promoviéramos la aprobación de algún proyecto destinado a sacar a la Universidad

Técnica del Estado de la situación de crisis en que se encuentra.

Quiero recordar con mucha tranquilidad, a propósito de esta materia, que en otros períodos el Parlamento, no voy a decir que cercenara los fondos, pero sí que disminuyó paulatinamente la función e importancia de la enseñanza técnica. Porque si nosotros examinamos cómo nació el Instituto de Minas de Copiapó, el primer instituto, junto con la Escuela de Artes y Oficios, destinado a impartir enseñanza técnica en Chile; si evocamos la historia de la Escuela del Salitre y de Minas de Antofagasta, veremos que, en su tiempo, desempeñaban un rol importante en la economía chilena y tenían más capacidad para actuar en el proceso de industrialización del país.

Después, por el concepto de reivindicaciones planteado por los gremios respectivos, se han ido trasladando algunas facultades de esas escuelas a los Colegios e Institutos de Ingenieros y de Técnicos, y con posterioridad se han ido entregando los recursos y facultades relativos a la producción, organizaciones dedicadas a promover el desarrollo económico, como la Corporación de Fomento de la Producción.

Llamo la atención de los Honorables colegas, a quienes creo sinceramente inquietos por el porvenir de la enseñanza, sobre el hecho de que éste es el momento de restituir a esas escuelas, a la juventud que esta tarde ha sido alentada desde distintos bancos, la posibilidad de realizar los ensayos de metales, las mensuras de las pertenencias mineras y una serie de trabajos técnicos que representan entradas para los institutos particulares que los están haciendo actualmente, y que en ninguna parte quedarían mejor radicados que en los establecimientos de enseñanza técnica.

Termino declarando mi adhesión a todas las inquietudes manifestadas esta tarde y comprometiendo también mi esfuerzo y apoyo para restituir estos derechos y estas posibilidades económicas de la enseñanza técnica en el primer proyecto de ley que efectivamente así lo disponga.

Nada más.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Gajardo en el tiempo de su segundo discurso.

El señor GAJARDO.-

Seré muy breve, señor Presidente.

Sólo deseo referirme a las cifras que citó el colega Jaque, a fin de que no quede en el ánimo de la Honorable Cámara la idea de que esta distribución podría ser injusta con respecto a los nuevos colegios que se agregan a este beneficio.

En el año 1965, la Universidad de Concepción, en mérito de la ley Nº 11.898, recibió la cantidad de 415.910 escudos y en virtud de la ley Nº 13.964, 1.206.00 escudos. En total, sumando lo recibido por mandato de ambas leyes, le fue entregada el año pasado la cantidad de 1.621.000 escudos. Sin embargo, la Universidad de Chile, por ejemplo, recibió sólo 46 mil escudos, y la Universidad del Norte, en el mismo año, no percibió absolutamente nada, porque no participa de la distribución de fondos que establece esta ley. La Universidad Técnica del Estado sólo recibió 284 mil escudos.

Por lo tanto, es de extrema justicia que la Universidad de Chile, en sus centros regionales, la Universidad del Norte y la Universidad Técnica del Estado, vean ampliados los recursos que necesitan; pero que no se diga que los nuevos fondos que se les entregan por esta indicación son exagerados. Un doceavo de lo que se señala en la indicación del Senado sólo significa Eº 65.000; de tal manera que, en el mejor de los casos, la Universidad Técnica del Estado y la Universidad de Antofagasta recibirán Eº 130.000.

Por otra parte, quisiera hacerme cargo, porque las estimamos injustas, de algunas observaciones del Honorable colega señor Melo. El decía que advertía cierta inconsecuencia en el Gobierno al propiciar esta indicación. En realidad, ella no es del Gobierno; es de algunos parlamentarios democratacristianos de las provincias de Antofagasta y Tarapacá, como él lo señalaba, y además del señor Presidente dé esta Cámara y de la señorita Diputadadoña Wilna Saavedra. Si pudiera haber una inconsecuencia, sería la siguiente: cuando los autores de esta indicación la presentamos por primera vez en una sesión pasada de la Cámara, lamentablemente el Honorable señor Melo y demás colegas de su Partido no la apoyaron. De tal manera que eliminaron la posibilidad de que la Universidad del Norte y el Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile recibieron estos beneficios.

El señor VALENTE.-

¿Me concede una interrupción?

El señor GAJARDO.-

Por eso, digo que la modificación del Senado es justa.

El señor VALENTE.-

¿Me concede una interrupción, Honorable colega?

El señor GAJARDO.-

El Senador Noemi, según la lista de indicaciones presentadas en el Senado, que tenemos aquí, propuso la inclusión de la Universidad Técnica del Estado, lo que estimamos de la más absoluta justicia.

Nosotros no hemos tenido la suerte del 'colega Galleguillos de ser invitados por la Universidad Técnica del Estado, en Antofagasta. Nunca hemos sido invitados. Esa fue la razón por la que en nuestra indicación inicial no consideramos a este plantel de enseñanza superior, sino a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile que permanentemente nos hicieron ver la situación que las afectaba con respecto a su financiamiento. Debemos dejar constancia, entonces, de que, por medio de la indicación del Senador Alejandro Noemi, se hace extensivo este beneficio a la Universidad Técnica del Estado, lo que consideramos, repito, de la más absoluta justicia.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

El Honorable señor Valente le solicita una interrupción a Su Señoría.

El señor GAJARDO.-

Con mucho gusto se la concedo.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Valente.

El señor VALENTE.-

Señor Presidente, quiero hacerme cargo de las últimas palabras del Honorable señor Gajardo, en cuanto a su observación de que los Diputados comunistas nos habríamos opuesto en la primera oportunidad que la Cámara debatió el artículo 4º original, a esta iniciativa.

En verdad, nos opusimos y votamos en contra, porque el artículo 4º, tal como fue concebido por los Diputados democratacristianos del norte, no establecía en forma fehaciente a quién iba a beneficiar este aporte que gravaba a la Polla Chilena de Beneficencia. En el inciso segundo del artículo 4º original, se señala, justamente, que las sumas que se recauden deberán entregarse mensualmente por la Polla Chilena de Beneficencia a la Universidad del Norte y al Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile, de manera que no se establecía si era para los centros universitarios de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena etc., o en beneficio de la Universidad del Norte, para sus centros de Arica, Iquique, Antofagasta o de cualquier otra ciudad nortina.

Hemos variado de posición respecto de este artículo 4º, a raíz de que el Senado mejoró notablemente el texto aprobado por la Cámara. En efecto, incluyó en forma especial, a la Universidad Técnica del Estado que no estaba considerada, como también señala los Colegios Regionales por ciudades.

En consecuencia, los Diputados comunistas, consecuentes con nuestra posición por considerar que el Senado ha interpretado nuestra aspiración expuesta en esa oportunidad en la Honorable Cámara vamos a apoyar la modificación, porque estimamos que es justa, ya que beneficia a los centros universitarios del norte y a algunos de la zona sur y, en forma fundamental, a la Universidad Técnica del Estado.

Nada más, muchas gracias.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable Diputado señor Gajardo.

El señor GAJARDO.-

Quiero manifestar nuestra satisfacción señor Presidente, por el cambio de criterio de los Diputados comunistas, que estimamos muy conveniente. Pero no deja de llamar la atención el hecho de que en una indicación del Honorable señor Ramón Silva Ulloa, que fue aprobada por unanimidad, se establecía expresamente que estos recursos se iban a repartir, por iguales partes, entre ambos centros universitarios, lo que aclaraba definitivamente el problema en lo que a la distribución de fondos se refiere. En segundo lugar, tampoco podía existir dudas en cuanto a las instituciones que iban a recibir este beneficio porque es de público conocimiento el funcionamiento de los distintos centros de la Universidad del Norte, como de la Universidad de Chile. Sin embargo, no puedo dejar de manifestar, en nombre de los parlamentarios que propiciamos esta indicación, nuestra satisfacción por el cambio de criterio del Honorable señor Valente y de los demás Diputados comunistas.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la palabra el Honorable señor Barrionuevo.

El señor BARRIONUEVO.-

Señor Presidente, deseo agregar algunos antecedentes, porque he oído a los colegas de la provincia de Concepción defender ardientemente esa zona. Soy respetuoso de ello, porque yo hago lo mismo con la mía...

El señor JAQUE.-

Y al país, Honorable colega.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¡Honorable señor Diputado!

El señor BARRIONUEVO.-

Pero no sé si habrán olvidado que los boletos de la lotería se venden...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¡Honorable Diputado, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa y evitar los diálogos!

El señor BARRIONUEVO.-

Señor Presidente, yo me estoy dirigiendo a la Mesa.

Como decía, parece que los Honorables colegas que representan a la provincia de Concepción olvidan que los boletos de la Lotería se venden en- todo el país y que se les han dado ciertas franquicias.

Considero que las modificaciones introducidas por el Senado en el artículo 4º del proyecto aprobado por esta Corporación son muy justas, porque, por ejemplo, la Escuela de Minas de Copiapó, ubicada en el centro minero más importante del país, fue la primera que hubo en Chile, creada con el objeto de que fueran a estudiar a ella los hijos de los mineros de aquellas familias que carecen de recursos para enviarlos a estudiar a las Universidades de la capital. En 1931 se comentó a construir esta escuela, que era de materia ligero; se continuó construyéndola con barro y con caña y paja. En la provincia de Antofagasta, lo mismo que en La Serena, hay una gran Escuela de Minas.

Dada la importante riqueza minera de nuestra provincia, debiéramos tener una escuela bien construida, en relación con lo que allí se produce, ya que es la que mayor cantidad de dólares ha entregado al Estado chileno, a través de las exportaciones. Sin embargo, el edificio en que funciona, construido hace treinta y cinco años, está deteriorado y es tan incómodo, que no puede ser habitado por el alumnado, compuesto por los hijos de los hombres que trabajan en la minería de la zona.

Señor Presidente, los profesores de la Escuela de Minas de Copiapó, porque viven en una provincia netamente minera, tienen mayor experiencia que los de otras zonas que no lo son. Por esta razón, adhiero a la modificación del Senado, porque considero que viene a llenar una sentida necesidad. Durante muchos años hemos pedido a los Poderes Públicos la construcción de un edificio para esta escuela; el Centro para el Progreso ha hecho en forma reiterada petición, pero hasta ahora no ha sido acogida por la carencia de fondos por parte del Estado. Ojalá que, 'con los recursos que se destinan en virtud de esta disposición del proyecto, se haga realidad la construcción de dicha Escuela, ya que, vuelvo a repetir, no se haría otra cosa que dar lo que en justicia merece una provincia que, además de ser netamente minera, entrega al Estado una gran cantidad de divisas.

Nada más, muchas gracias.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Clavel.

El señor CLAVEL.-

Señor Presidente, en verdad, las modificaciones introducidas por el Senado vienen a satisfacer las aspiraciones de varias Universidades. Es bien sabido el caso especialísimo en que se encuentra la Universidad Técnica del Estado, a pesar de que aquí se ha dicho que los parlamentarios del norte no conocen sus problemas, porque no han sido invitados por ella. La opinión pública conoce muy bien la verdadera tragedia que sufren las distintas Universidades. Tanto es así, que hace pocos días llegaron a Santiago alumnos de la Universidad Técnica del Estado de Antofagasta, para hacer presente al Gobierno sus inquietudes, que, consideran que con su actual presupuesto no podrán financiarse los gastos que deberán hacerse en el resto del año y tampoco dar alimentación a los alumnos internos en igual período. En consecuencia, los parlamentarios de mi Partido apoyaremos estas modificaciones introducidas por el Senado en el artículo 4º, que vienen, sin duda alguna, a hacer una distribución de fondos más equitativa entre todas las Universidades que atraviesan por este grave problema de financiamiento.

Un señor DIPUTADO.-

Que se cierre el debate.

El señor CLAVEL.-

Señor Presidente, desgraciadamente pronto se cerrará el debate respecto de este proyecto. Considero que debería darse más tiempo para su discusión sobre todo, a los parlamentarios del norte, ya que en el artículo 5º, en el cual ningún Diputado ha podido intervenir, se cercenan definitivamente las entradas que pertenecen a las provincias del norte productoras de cobre. Así es como se cercenan las inversiones establecidas por el artículo 28 de la ley Nº 11.828 para la reconstrucción de Calama y para 'obras de drenaje, desecación y regadío de las vegas de Calama; e igualmente, las inversiones establecidas en el artículo 33 de la ley Nº 11.828, en que se destina un 9% para la ejecución de un plan de obras pública en las provincias de Tarapacá, Antofagasta, Atacama y O'Higgins.

En consecuencia, las modificaciones introducidas por el Senado en el proyecto, burlan abiertamente los propósitos manifestados en las latas discusiones que tuvimos en la Honorable Cámara para que estos fondos no fueran cercenados por el proyecto de ley que el Ejecutivo mandó en un comienzo.

Por todos estos antecedentes, creo que hay gran interés de parte de los parlamentarios para clarificar los detalles sobre esta nueva usurpación de fondos que se hace a las zonas productoras de cobre.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Cerrado el debate en este artículo y en los restantes del proyecto, en conformidad con el artículo 203 del Reglamento.

El señor CLAVEL.-

He solicitado que se amplíe el plazo...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Se ha manifestado a la Mesa que no hay acuerdo.

El señor CLAVEL.-

No lo ha solicitado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¡Honorable Diputado!

El señor CLAVEL.-

Pido que se cumpla el Reglamento.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Se está cumpliendo, señor Diputado.

El señor LAVANDERO.-

Yo me opuse, señor Diputado.

El señor CLAVEL.-

¿Por qué se opone?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación el artículo que en reemplazo del 4º propone el Senado. Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

El señor CLAVEL.-

Que se vote.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos; por la negativa, 3 votos. ,

El señor BALLESTEROS (Presidente).- Aprobada la modificación del artículo 4º.

El Senado ha reemplazado el inciso primero del artículo 5°.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación.

El señor CLAVEL.-

No, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 28 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazada la modificación.

En votación el artículo 6º nuevo, agregado por el Honorable Senado.

Si le parece a la Cámara, se aprobará.

Aprobado.

En votación el artículo 7º, nuevo, que propone el Senado. Corresponde votación secreta.

Si le parece a la Honorable Cámara se omitirá el trámite de votación secreta en este artículo y en los restantes del proyecto en que ella proceda.

Acordado.

Si le parece a la Honorable Cámara, sé aprobará el artículo 7º, nuevo.

Aprobado.

-Puestos en votación, sucesivamente, los artículos 8º, 9º y 10, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación el artículo 11, nuevo.

Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos; por la negativa, 25 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazado el artículo.

En votación el artículo 12, nuevo.

Si le parece a la Cámara, se aprobará.

Aprobado.

En votación el artículo 13, nuevo.

Si le parece a la Cámara se aprobará.

El señor PALESTRO.-

Que se vote.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 3 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobado el artículo.

En votación el artículo 14, nuevo.

Si le parece a la Cámara, se aprobará.

Aprobado.

En votación el artículo 15, nuevo.

Si le parece a la Cámara, se aprobará.

Aprobado.

En votación el artículo 16, nuevo.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

El señor ACEVEDO.-

Que sé vote.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 5 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobado el artículo.

En votación el artículo 17, nuevo.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 10 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobado el artículo.

-Puestos en votación sucesivamente, los artículos 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación el artículo 27, nuevo.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará. '

El señor LAVANDERO.-

Que se vote.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación.

Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará el artículo.

Rechazado.

En votación el artículo 28, nuevo.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmación, 18 votos; por la negativa, 24 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazado el artículo.

En votación el artículo 29, nuevo.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

Aprobado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En el artículo 30 se ha pedido oportunamente, antes del cierre del debate, votación separada, desde las expresiones: "La entidad aseguradora" -inciso sexto - hasta "4) 5% para el Servicio de Bienestar del personal del Instituto de Seguros del Estado", inclusive.

En votación el artículo sin estos incisos.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

Aprobado.

En votación la inclusión de los incisos indicados.

Si le parece a la Cámara, se rechazarán.

El señor ACEVEDO.-

Con nuestros votos en contra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación.

El señor ACEVEDO.-

Con nuestros votos en contra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Su Señoría puede votar ahora.

En votación la inclusión de los incisos indicados.

-Durante la votación:

El señor LAVANDERO.-

Se va a desfinanciar el propio Instituto. Por eso, va a venir el veto.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 30 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazada la inclusión de los incisos mencionados.

En votación el artículo 31, nuevo, propuesto por el Senado.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 27 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazado el artículo.

En votación el artículo 32, nuevo.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 27 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazado el artículo.

En votación el artículo 33, nuevo.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

Aprobado.

En votación el artículo 34, nuevo.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 20 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazado el artículo.

En votación el artículo 35, nuevo.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

Aprobado.

Terminada la discusión del proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Insistencia a Cámara Revisora. Fecha 18 de octubre, 1966. Oficio en Sesión 10. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

3.- PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE SUPLEMENTA DIVERSOS ÍTEM DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL VIGENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Santiago, 11 de octubre de 1966.

La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, con excepción de las siguientes, que ha rechazado:

Artículo 5º

La que consiste en sustituir el inciso primero de este artículo por el siguiente, nuevo:

"Artículo 5º.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuesto, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley."

Las que tienen por objeto consultar los siguientes artículos nuevos signados con los números 11, 27 y 28:

"Artículo 11.- Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas 3.134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias ("ANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3.046, publicado en el Diario Oficial de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio."

"Artículo 27.- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la Corporación de la Vivienda, la Corporación de Mejoramiento Urbano y la Corporación de Servicios Habitacionales, se regirán por lo dispuesto en el artículo 40, inciso tercero, de la ley Nº 15.840; el decreto supremo del Ministerio de Obras Públicas Nº 2.877, de 13 de noviembre de 1964, publicado en el Diario Oficial de 2 de diciembre de 1964, y la resolución Nº 510 del Ministerio del Interior, de fecha 31 de marzo de 1966, publicado en el Diario Oficial Nº 26.418, de 19 de abril de 1966."

"Artículo 28.- No se descontarán las horas no trabajadas durante los días 26 y 27 de julio de 1966, por el personal del servicio de Registro Civil e Identificación, las que serán reintegradas mediante trabajo extraordinario durante el presente año."

Respecto del artículo 30, nuevo, propuesto por esta Corporación, la Cámara de Diputados desechó el inciso quinto con sus números 1, 2, 3 y 4 del artículo 19 de la ley Nº 16.426, que se reemplaza en este artículo :

"Artículo 30.- Reemplázase el artículo 19 de la ley Nº 16.426, de 4 de febrero de 1966, por el siguiente:

"Artículo 19.- Establécese el Seguro Obligatorio de Accidentes de los Pasajeros de la locomoción colectiva del país.

Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el D.F.L. 210, de 1953, previa autorización de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, la cual señalará las condiciones generales de la póliza abierta que se emitirá a nombre de la Subsecretaría de Transportes a favor de los pasajeros de la locomoción colectiva del país, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del decreto supremo Nº 188, de 14 de abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

El Instituto de Seguros del Estado se obliga a asegurar en favor de los pasajeros los riesgos de muerte, incapacidad permanente, total o parcial e incapacidad temporal que sobrevengan a consecuencia de accidentes del tránsito.

Este seguro se financiará con el 1% del valor de los pasajes de las empresas de transportes de locomoción colectiva del país en cumplimiento al referido artículo 13 del decreto supremo Nº 188 señalado en el inciso segundo.

La entidad aseguradora destinará sus utilidades líquidas, después de constituidas todas sus reservas técnicas y matemáticas y previo informe de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, exclusivamente a:

1) 50% al Servicio Nacional de Salud para ser empleado en la construcción de Postas y Maternidades periféricas, laboratorios y policlínicas;

2) 25% a la ayuda de la niñez desvalida, a través del Consejo Nacional de Menores, creado por la ley Nº 16.250, de 22 de julio de 1966;

3) 20% al mejoramiento del sistema de seguro, a la ampliación de beneficios a los pasajeros, a la construcción de refugios en los terminales y demás medidas necesarias para la adecuada protección de los pasajeros, v

4) 50% para el Servicio de Bienestar del personal del Instituto de Seguros del Estado.

El Banco del Estado de Chile venderá a los empresarios de la locomoción colectiva del país los boletos de pasajes que emitirá la Casa de Moneda y Especies Valoradas, en cumplimiento de las disposiciones contempladas en el artículo 14 del citado decreto supremo Nº 188.

El Presidente de la República dictará, dentro del plazo de treinta días, a contar desde la publicación de esta ley, el Reglamento que establecerá el monto de las indemnizaciones que por la ocurrencia de los riesgos reciban los pasajeros o sus herederos, en caso de muerte, y las multas por infracciones cometidas con violación de las normas sobre pasajes establecidas en el inciso anterior.

Los pasajes tendrán para los usuarios el valor de una póliza de viaje."

Las que tienen por finalidad consultar los siguientes artículo nuevos, signados con los números 31, 32 y 34:

"Artículo 31.- Agrégase la siguiente glosa al ítem 12/02/101.4:

"Con cargo a este ítem, destínase la suma de Eº 30.000 a la terminación de la red potable del Sector Barreales de la comuna de Santa Cruz."."

"Artículo 32.- Con cargo a los fondos acumulados en los años 1964 y 1965, de acuerdo a la ley Nº 15.689, artículo 2º, la Dirección General de Obras Públicas procederá a efectuar las siguientes obras:

a) Instalación de red de agua potable de la Villa El Cobre, dé Rancagua, E° 30.000;

b) Instalación de agua potable en Población Los Césares, de Rengo, Eº 15.000;

c) Instalación de agua potable al sector El Naranjal, de Rengo, Eº 10.000;

d) Instalación de agua potable en la Población Santa Julia, de Rancagua, Eº 80.000;

e) Instalación de agua potable en la Población de la Cooperativa José Olivares, de Rancagua, Eº 50.000, y

f) Para ampliación red de agua potable del Distrito de Codegua, comuna de Graneros, Eº 60.000.

La Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición de la Dirección General de Obras Públicas en el plazo de 60 días, la suma de Eº 185.000 para atender las inversiones señaladas y a la de la Municipalidad de Rancagua, la suma de Eº 50.000. La Municipalidad destinará estos fondos a la adquisición de un terreno para la instalación de Cuartel de Carabineros, Posta de Primeros Auxilios, Oficina de Correos y Campo Deportivo de las Poblaciones Unidas de Rancagua."

"Artículo 34.- Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría de la Cámara de Diputados, un cargo de Secretario de Comisiones, con la renta asignada en el Presupuesto a dichos cargos.

Sustitúyese, en el Escalafón de Servicio del Senado, la denominación "Ecónomo" por "Jefe de Almacén".

Créase en "Cargos Fuera de Escalafón" del Senado, un "Jefe de Abastecimiento de Comedores", con la misma renta que percibe actualmente el cargo de "Mayordomo 1°".

El mayor gasto que represente este artículo se imputará a los ítem 02/02/02 y 02/02/03 del Presupuesto vigente de la Cámara de Diputados y 02/01/02 y 02/01/03 del Presupuesto vigente del Senado, respectivamente."

Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.520, de fecha 7 de octubre del año en curso. Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E. (Fdo.): Eugenio Ballesteros Reyes.- Eduardo Cañas Ibáñez.

0|T. 2946 - Instituto Geográfico Militar - 1966

4. Trámite Insistencia Rechazo Modificaciones

4.1. Discusión en Sala

Fecha 26 de octubre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 15. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967. Discusión Insistencia . Pendiente.

SUPLEMENTO DE ÍTEM DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.- CUARTO TRÁMITE.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En el primer lugar del Orden del Día, figura el proyecto de ley, en cuarto trámite constitucional, sobre suplementario de diversos ítem del presupuesto de capital vigente del Ministerio de Obras Públicas.

-El oficio con las insistencias de la Cámara de Diputados aparece en los Anexos de la sesión 10ª, en 18 de octubre de 1966, documento Nº 3.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Cámara de Diputados ha aprobado las enmiendas introducidas al proyecto por el Senado, excepto las que señala en el oficio respectivo, las cuales ha rechazado. La primera de las modificaciones rechazadas por la Cámara consiste en substituir el primer inciso del artículo 5º por el siguiente:

"Artículo 5º.- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuesto, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley".

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Sobre estas materias, me permitiré formular algunas observaciones que ruego tengan presentes mis Honorables colegas pertenecientes a las bancas democratacristianas.

Durante el segundo trámite constitucional del proyecto que nos ocupa, se le hicieron diversas enmiendas en la Comisión, respectiva del Senado. Varias de esas modificaciones -me atrevería a decir la totalidad de ellas, pues no tengo recuerdo de que no haya sido así, pero podríamos comprobarlo-, que no eran de iniciativa del Ejecutivo, fueron aprobadas con el asentimiento del señor Ministro de Obras Públicas y del Subsecretario de Hacienda, quienes participaron en las sesiones de Comisión durante las cuales se estudió el proyecto en debate. Tan así fue que el señor Ministro nos agradeció la indicación sobre destino de fondos para realizar determinadas obras. Hubo, además, otras indicaciones, las cuales se discutieron en presencia de los funcionarios del Gobierno que asistieron a la Comisión, a la que también concurrió el Honorable señor Gumucio. Se consideró la manera de que estas enmiendas fueran incorporadas definitivamente al proyecto, y cuando éste pasó a la Sala, conversé con el señor Ministro, porque había intención de insistir en algunos puntos de vista, pero él mismo pidió que ello no ocurriera, porque deseaba que no demorara la tramitación. También le pregunté si la Cámara insistiría y me respondió que no sería así, por la premura que había en tramitar el proyecto. Sin embargo, como hemos visto, la Cámara de Diputados no sólo discrepó de esta apreciación del señor Ministro, sino que rechazó la mayor parte de las enmiendas aprobadas por el Senado con el asentimiento del Ministro de Obras Públicas y del Subsecretario de Hacienda.

Si hubo entendimiento con el Ejecutivo y éste aceptó el criterio del Senado, no había razón para que la Cámara, con pertinacia, insistiera en rechazar modificaciones que tenían por finalidad mejorar la iniciativa. En el caso de la enmienda que debatimos, el criterio del Senado fue precisar la disposición aprobada por la Cámara, según la cual se destinaban a financiar el proyecto, en su totalidad, los excedentes que se produjeran a causa del mayor precio del cobre. Hubo dudas en cuanto esa norma, por su amplitud, afectara los recursos destinados a las provincias productoras de cobre. Además, se estimó que la referencia al plan general de industrialización, sin señalar objetivos concretos, era vaga e imprecisa, y que sería más cuerdo -insistieron en ello los Honorables señores Von Mühlenbrock y Rodríguez- otorgar fondos para el desarrollo de las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. La razón era obvia: Aisén ha sufrido, recientemente, perjuicios enormes a causa de inundaciones, y antes fue afectada por los terremotos del sur. Por lo tanto, se trataba de ir en ayuda de una zona que se encuentra en situación desesperada, al extremo de que sus representantes vinieron a Santiago a pedir a los parlamentarios y al Ejecutivo el otorgamiento de beneficios tributarios o la realización de un plan especial de fomento. Se estimó que ésta era la oportunidad de recurrir, a lo menos, a los mayores ingresos del cobre, con el objeto de financiar un plan específico para el desarrollo de Chiloé, Aisén y Magallanes.

Tal como venía el artículo de la Cámara, las demás provincias aparecerían renunciando al beneficio que podría corresponderles de acuerdo con la ley 11.828, en provecho de una zona que necesita estos recursos. ¿No era lógico aprobar la disposición en debate como lo hizo el Senado? Sin embargo, la Cámara procedió de otra manera. ¿Por qué lo hizo? ¿Por contrariar la voluntad del Senado? Si así fuera, no legislaremos nunca con miras al interés del país; si la Cámara acuerda todo lo contrario de lo que resuelve el Senado y si nosotros hacemos otro tanto respecto de aquélla, querría decir que estaríamos empeñados en un juego de niños y no realizando labor parlamentaria.

Por lo expuesto, hago un llamado al buen criterio de los señores Senadores de la Democracia Cristiana para proceder, en esta ocasión, en concordancia con el acuerdo que tuvimos en el segundo trámite del proyecto.

El señor GUMUCIO.-

Es efectivo que en la Comisión, ante el señor Ministro de Obras Públicas, hubo acuerdo casi unánime respecto de la mayoría de los artículos. Lo que ignoro es el detalle de la conversación sostenida entre el Honorable señor Salomón Corbalán y el señor Ministro de Obras Públicas y las opiniones adelantadas por este último acerca de la tramitación del proyecto en la Cámara de Diputados.

Los Senadores de estas bancas votaremos a favor de algunas de las enmiendas del Senado y, en otros casos, por las disposiciones que aprobó la Cámara. Por mi parte, mantendré el criterio que tuve en la Comisión, al votarse las respectivas insistencias de esa rama. Tocante al inciso primero del artículo 5º, votaremos por la enmienda del Senado, por estimar que aclara el alcance de dicho precepto al establecer que quedan al margen de esta norma las inversiones consignadas en el artículo 27 de la ley 11.828. Con todo, debo advertir que no se precisa en esta parte del proyecto que se exceptúen también los fondos del cobre reservados para la Defensa Nacional. Naturalmente, el Ejecutivo podrá salvar esa omisión mediante el veto aditivo. Además, estamos de acuerdo con lo expresado por el Honorable señor Corbalán y votaremos favorablemente el artículo a que hizo alusión; pero en otros lo haremos al igual que la Cámara de Diputados.

Fundamentalmente, siempre he tenido como criterio no aceptar la parcelación de los presupuestos mediante destinaciones parciales, pues ese sistema produce desorganización en su unidad orgánica. En este sentido, estaremos con la Cámara de Diputados; en otros, no.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Desearía hacer un alcance a lo expresado por el Honorable señor Corbalán, quien dijo que las demás provincias del país han renunciado a su plan industrial en beneficio de Chiloé, Aisén y Magallanes. Tal como está redactada la disposición, aparecen unidos el plan general de industrialización del país con el extraordinario aprobado para las provincias perjudicadas por el terremoto. Celebro que el criterio de la Cámara sea rechazado por unanimidad.

El señor RODRIGUEZ.-

A mi juicio, no vale la pena insistir en las explicaciones que, para aclarar el origen de las indicaciones aprobadas en el Senado, dio el Honorable señor Corbalán y que obviamente compartimos. Me alegro, también, por las observaciones del Honorable señor Gumucio en cuanto a ratificar lo aseverado por el Honorable señor Corbalán y porque expresó su intención de reiterar ese pensamiento en algunas votaciones, quizás las más importantes, para rechazar el criterio de la Cámara.

Además, deseo referirme en forma muy breve a la gravedad que tendría el hecho de reiterar en el Senado el criterio de la Cámara de Diputados de excluir la posibilidad de destinar parte del financiamiento del proyecto, con relación a los mayores ingresos fiscales por la variación del precio del cobre, a las provincias australes.

Deploro que la mayoría democratacristiana en la Cámara haya rechazado esta destinación, y más aún porque el Comité de ese partido es presidido por un activo parlamentario, presente en estos momentos en el Senado, don Alfredo Lorca, quien es serio aspirante al título de Senador por esas provincias, y cuya actividad y desvelo por ellas se han visto muy reactivados este último tiempo. Hubiéramos querido, indudablemente, que esa actividad la demostrase en la práctica convenciendo a sus colegas de la Cámara de Diputados de que era absurdo excluir del plan extraordinario de obras públicas a Aisén, Magallanes y Chiloé continental. Lo digo sin el afán de molestar o zaherir al Honorable Diputado, porque reconozco su capacidad de trabajo, su actividad y sus honestos propósitos de servir a la zona. Sin embargo, creo que se ha cometido una injusticia, olvido o error, pues en los últimos meses todos estamos conscientes, por diversas informaciones proporcionadas por parlamentarios de la zona, en especial por sus Senadores, y por la visita de algunos Ministros de Estado, además de la efectuada por la Comisión Especial de la Cámara destinada a observar los problemas de esas provincias, de que Chiloé, Aisén y Magallanes reclaman atención urgente para resolver muchos de sus problemas.

La provincia de Aisén sufrió un descalabro con las últimas inundaciones: su economía quedó en gran parte detenida o paralizada, y sus pocas líneas de contacto, destruidas y, en consecuencia, siguen agravándose el aislamiento y abandono de esa zona. En aquella oportunidad, los funcionarios del Gobierno se comprometieron a destinar recursos con urgencia, los que han sido otorgados en forma escasa y precaria, que no está a la altura de las exigencias de esas provincias llamadas a convertirse en un verdadero emporio para Chile, como lo hemos recordado en repetidas ocasiones.

El señor REYES ( Presidente).-

Se levanta la sesión.

4.2. Discusión en Sala

Fecha 26 de octubre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 16. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967. Discusión Insistencia . Se acuerda insistir.

SUPLEMENTO DE ÍTEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. CUARTO TRÁMITE.

El señor REYES ( Presidente).-

Continúa la discusión del proyecto, en cuarto trámite, que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas.

Tiene la palabra el Honorable señor Rodríguez.

-El oficio con las insistencias de la Cámara de Diputados figura en los Anexos de la sesión 10ª, en 18 de octubre de 1966, documento Nº 3.

El señor RODRIGUEZ.-

Como decía en la sesión anterior, Chiloé sigue siendo la zona del éxodo; la zona de emigración permanente de sus hijos a la Patagonia argentina y a las provincias vecinas, incluso al norte del país. También viajan a Magallanes en las temporadas de esquila, donde en pocos meses logran reunir recursos para sobrevivir el resto del año. Por otra parte, en Magallanes se sabe también lo que ocurre con la paralización de las minas de Río Turbio, al lado de Puerto Natales, y se ha creado un clima de inseguridad, pues más allá del petróleo y la lana, no hay otras fuentes de trabajo. Por desgracia, ha faltado visión para introducir en esa provincia nuevas fuentes de actividad. Hay grandes esperanzas en la industria petroquímica, pero ésta no camina. Seguramente, la Corporación de Fomento, por falta de recursos, no adelanta en el funcionamiento de esta nueva actividad; pero, en todo caso, falta la voluntad recia de llegar con mayores recursos y planes de inversión más o menos acelerados. De tal manera que, habiéndose elaborado un plan extraordinario de obras públicas para Chiloé, Aisén y Magallanes, a fin de absorber la cesantía y realizar obras de progreso en la infraestructura zonal, necesarias para crear el fundamento de un desarrollo económico más extenso donde existen recursos concretos y notorios, resulta contradictoria la actitud de la mayoría democratacristiana en la Cámara de Diputados, que, con su votación, excluye la posibilidad de impulsar dicho plan. A mi juicio, se comete un atentado muy grave contra esas tres provincias australes. Indudablemente, la opinión pública tendrá que medirlo en todo su valor.

Por eso, insisto en que el buen criterio del Senado se imponga esta vez, a fin de rechazar la absurda negativa de la Cámara.

El señor CURTI.-

De acuerdo.

El señor NOEMI.-

Nosotros insistiremos en el criterio del Senado respecto de este artículo, por estimar que la disposición, tal como fue despachada aquí, es mucho más clara que la propuesta por la Cámara.

No creo que con este precepto se esté prescindiendo de las obras de industrialización del país, porque el de la Cámara de Diputados también lo dice así. Hemos creído, sí, que el artículo 5º del Senado está mucho más en consonancia con el 3º del mismo proyecto, porque, de aprobarse la disposición de la Cámara, podría alterarse la distribución especial de los fondos del cobre, en 1967. En consecuencia, el artículo del Senado se redactó resguardando el interés de las provincias productoras.

En todo caso, deseo dejar en claro que tanto la Cámara de Diputados como el Senado destinan, en forma preferente, recursos para un plan de industrialización del país y, evidentemente, tampoco se prescinde de las obras que pudieran realizarse en Chiloé, Aisén y Magallanes, pues el proyecto también destina fondos para esas provincias. Pero lo importante es que en el precepto aprobado por el Senado se resguardan los legítimos intereses de las provincias productoras. Por eso, al aprobar la disposición tal como viene de la Cámara, se corre el riesgo de perder la destinación especial de los fondos de 1967.

Por las razones anotadas, votaremos por la insistencia.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Los Senadores comunistas insistiremos en esta disposición, no por creer que los problemas del resto de las provincias del país estén resueltos. Nada de eso: los problemas económicos en los extremos norte y sur permanecen prácticamente vigentes. Sin embargo, reconocemos que las provincias mencionadas en el artículo 5º han sido, primero, azotadas por un maremoto y, luego, por un crudo invierno, lo cual ha causado fuertes pérdidas a los habitantes de esa zona y daños en las comunicaciones, que están seriamente destruidas. Por lo tanto, estimamos que debe irse en ayuda de las provincias australes y, muy en especial, de Aisén y Magallanes, que tienen una vida prácticamente agónica.

Por eso, insistiremos en el criterio del Senado.

El señor PABLO.-

El Honorable señor Rodríguez expresó que en la Cámara se habría rechazado esta disposición, no obstante que el Comité de nuestro partido hace grandes esfuerzos por servir a esas provincias. Como el Diputado señor Lorca no puede responder, quiero hacerlo en su nombre, puesto que dentro de poco representará a esas provincias.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

No por mucho madrugar amanece más temprano.

El señor PABLO.-

Será Senador, porque estamos seguros de que esas provincias sabrán reconocer el esfuerzo de un hombre que siempre ha estado al servicio de sus inquietudes.

Votaremos por el criterio del Senado, porque efectivamente se incurrió en error, y con el objeto de pedir que se corrija, ha concurrido el Diputado señor Lorca a esta sesión. En consecuencia, ha habido el propósito de proceder en la forma acordada por el Senado.

El señor RODRIGUEZ.-

No aclaró absolutamente nada sobre la conducta de su correligionario.

El señor REYES ( Presidente).-

Si al Senado le parece, se insistirá.

Acordado.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Cámara de Diputados ha rechazado el artículo 11, que dice lo siguiente:

"Destínase la primera diferencia que resulte de la aplicación del decreto de Obras Públicas 3.134, de 28 de diciembre de 1964, al personal de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, para adquirir o construir, instalar y dotar un bien raíz que sirva de sede social y cultural de los empleados del Ministerio de Obras Públicas, y que deberá estar ubicado en la ciudad de Santiago.

"Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá a la Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias ("ANEDOS"), persona jurídica, según decreto de Justicia 3.045, publicado en el "Diario Oficial" de 30 de noviembre de 1965, mientras obtienen su personalidad jurídica la Federación Nacional de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales de Obras Públicas, cuyos Directorios Nacionales, en conjunto, serán en forma definitiva quienes administren este inmueble. La operación de compra se hará por el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición de este bien raíz, se harán por decreto supremo.

"La primera diferencia a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, a nombre del Subsecretario de Obras Públicas. La Asociación Nacional de Empleados de la Dirección de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

"Sólo por ley se podrá dar a este inmueble otro destino que el que se señala en el presente artículo.

"Esta disposición beneficiará a los empleados de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, aun cuando estas Direcciones pasen a depender de otro Ministerio."

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor RODRIGUEZ.-

También provoca mi extrañeza el rechazo de este artículo por la Cámara de Diputados, pues se refiere al cumplimiento de un acuerdo muy antiguo entre las asociaciones de empleados y obreros del Ministerio de Obras Públicas, que ya tienen reunidos los fondos para construir su sede social. Están de acuerdo con ello el propio Ministro del ramo y las autoridades administrativas superiores del Ministerio.

En la delegación gremial que vino o hablar conmigo para que formulara la indicación -convertida ahora en artículo-, había dirigentes gremiales democratacristianos, que en unión de personeros de otras tendencias, coincidían en la utilidad de tener una sede social que les permitiera impulsar planes culturales, de progreso técnico...

El señor CURTI.-

¡De huelga!

El señor RODRIGUEZ.-

... y de unión de propósitos. Ello no implica obstrucción al presupuesto de ese Ministerio, porque la suma necesaria está reunida y sólo se requiere una disposición legal para que dicha cantidad sea utilizada. A mi juicio, sería erróneo oponerse a la realización de un fin gremial, y no está distante el día en que tal finalidad constituyó programa en la campaña presidencial. Pero como todo tiene que cambiar y parece que estas promesas se disipan con el tiempo, ahora nos encontramos con una negativa para que un grupo importante, de más o menos 2.000 funcionarios y obreros tengan su sede social. En este caso tampoco me explico la conducta de la mayoría democratacristiana en la Cámara.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Por principio somos partidarios de que todas las instituciones de carácter gremial tengan sede social. No obstante, esta disposición es sumamente confusa.

En el inciso primero no hay problema. En efecto, establece que los funcionarios de la Dirección de Obras Públicas adquirirán el edificio con la primera diferencia de sus sueldos, y estará ubicado en la ciudad de Santiago.

El inciso segundo dispone que el inmueble será fiscal. Esto es lo que no me satisface, pues con los dineros de los empleados del Ministerio de Obras Públicas se comprará un inmueble que no será de propiedad de aquéllos, sino del fisco.

Ahora bien, ¿quién lo administrará? La Asociación de Empleados de Obras Sanitarias, mientras la Federación de Empleados de Obras Públicas y la Federación de Profesionales obtienen la personalidad jurídica correspondiente.

Luego, la operación de compra la hará el Subsecretario de Obras Públicas, mediante propuestas y sin la limitación impuesta por el artículo 7º de la ley 4.174, que dice: "En los contratos de adquisición que el Fisco o las Municipalidades celebren con los particulares, no podrá estipularse como precio una mayor suma que la tasación declarada, aumentada en un diez por ciento (10%). En los contratos de arriendo de bienes raíces que el Fisco o las Municipalidades celebren con particulares, la renta anual de arrendamiento no podrá exceder de la suma que represente el diez por ciento (10%) al año del avalúo declarado". O sea, esta adquisición estará exenta de esa limitación.

El inciso tercero dispone que la primera diferencia será depositada en una cuenta especial que se abrirá en el Banco del Estado a nombre del Subsecretario. La Asociación Nacional de Empleados de Obras Sanitarias podrá hacer uso de estos fondos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero. O sea, ese dinero de los funcionarios de Obras Públicas quedará depositado en nombre del Subsecretario de esa repartición y no podrá girar la Federación de Empleados de Obras Públicas.

Deseo puntualizar nuestra posición al respecto. Si los fondos estarán a nombre del Subsecretario, ¿cómo podrá girar la Asociación de Empleados de Obras Sanitarias? Si la operación de compra la hace el Subsecretario, ¿qué intervención cabrá a la Asociación de Obras Sanitarias que no sea la de elegir el inmueble? Incluso, se supone que la elección de aquél la hará la Federación de Obras Públicas, que no la administrará de inmediato por carecer de personalidad jurídica.

Al parecer, lo que se pretende es lo siguiente: los empleados de Obras Públicas eligen el inmueble, lo compra el Subsecretario y lo administra -ya que será fiscal- la Asociación de Obras Sanitarias mientras obtiene personería jurídica la Federación de Funcionarios de Obras Públicas. Este mecanismo no es suficientemente claro.

Por último, lo deseable es que sean las propias asociaciones o federaciones de funcionarios las que compren y, por lo tanto, sean propietarias y administradoras de sus sedes sociales. Si una asociación tiene personalidad jurídica, tengo entendido que puede poseer bienes.

A pesar de todos los inconvenientes que observamos en este precepto, por petición expresa de los funcionarios de, ese Ministerio lo votaremos favorablemente; no por convencimiento ni porque nos agrade, sino sólo porque en esa forma cumpliremos un deseo de esos empleados.

El señor FONCEA.-

¡Que vengan a legislar los funcionarios, entonces!

El señor RODRIGUEZ.-

Si me permite el Honorable señor Noemi, deseo contestar dos observaciones planteadas por Su Señoría,. . .

El señor NOEMI.-

¡Cómo no!

El señor RODRIGUEZ.-

...para absolver las dudas que lo asisten.

Desde luego, esta disposición fue propuesta tal como la concibió la organización gremial interesada. En segundo término, existe una dificultad: la Federación Nacional de Oteas Públicas carece de personalidad jurídica, pero sí la tiene uno de sus organismos afiliados, la Asociación de Empleados de Obras Sanitarias. Tal como expresa el artículo, una vez que aquélla obtenga dicho requisito, la administración del inmueble pasará a ese organismo, el cual es más amplio y representativo.

El hecho de que en la operación de compra actúe el Subsecretario de Obras Públicas significa -como sostuve hace poco- que los funcionarios han deseado revestirla de la mayor seriedad. Para eso han actuado de común acuerdo con aquél. Eso explica el texto de la disposición, sin perjuicio de que más adelante se perfeccione esta situación, pero peor sería rechazarla, ya que representa un intento concreto de los funcionarios para adquirir su sede social.

El señor NOEMI.-

Comparto las dudas que asisten al Honorable señor Víctor Contreras.

Algunos Senadores de la Democracia Cristiana votarán favorablemente la disposición del Senado, y otros, la de la Cámara. Personalmente, también comparto esas dudas. Más todavía, considero que ello constituye una excepción, pues, por lo general, estas adquisiciones de sedes sociales se efectúan con fondos de los empleados y, en este caso, se dispondrá para ello de la primera diferencia de los sueldos, que debe pasar a la caja de previsión respectiva.

En atención a esas dudas y por tratarse de una excepción, deseo dejar constancia de que, personalmente, votaré lo aprobado por la Cámara.

El señor FONCEA.-

Esta disposición, aprobada por el Senado en segundo trámite, ofrece la misma situación suscitada hace muy poco tiempo respecto de una asociación de abogados que funciona casi exclusivamente en Santiago. Digo esto porque he consultado a colegas de Curicó, Talca y Linares y he comprobado que son contados los abogados de provincias que pertenecen a ella. Algo similar ocurre en este caso, pues se destinan fondos pertenecientes a los funcionarios de Obras Públicas de todo el país con el objeto de adquirir una sede social en Santiago.

Evidentemente, dicha sede beneficiará en forma exclusiva a los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas que se desempeñan en la capital, no así a los de provincias.

Esta disposición no merecería reparos en tal aspecto, siempre que se financiara con fondos de los funcionarios que prestan sus servicios en Santiago, quienes serán los favorecidos con la adquisición de esta sede social. Pero aquí se ha implantado la norma de que todas las provincias que, como hemos dicho en reiteradas oportunidades, se encuentran tan postergadas, deban concurrir a solucionar los problemas de los funcionarios de la capital. Eso no me parece justo.

He podido observar el esfuerzo desplegado por muchos gremios de provincias, no sólo para obtener una sede social, sino también para mejorar sus condiciones y elevar su grado de progreso, pero jamás esos gremios han acudido a sus colegas de Santiago a solicitarles su colaboración para dichos fines.

Tal es el reparo que me merece la disposición en debate.

El señor RODRIGUEZ.-

Deseo desvanecer dos equívocos en que han incurrido los Honorables señores Noemi y Foncea.

El Honorable señor Noemi sostuvo que esta adquisición se financiará con cargo a diferencias de emolumentos. Eso no es tan efectivo, por cuanto ello ya se produjo a raíz del decreto Nº 3.184, de 28 de diciembre de 1964. En aquella oportunidad los funcionarios aceptaron el descuento de esa diferencia y tienen acumulados recursos por ese concepto. Por consiguiente, no se trata de nuevos descuentos. Esos fondos están congelados sin que se les haya dado el destino que se han propuesto esos funcionarios durante muchos años. En consecuencia, queda destruida la argumentación de que habría nuevos descuentos.

En segundo lugar, la observación del Honorable señor Foncea tiene fundamento sólo aparente.

Nadie se opone a que las organizaciones gremiales, en el caso del sector público, tengan iniciativas propias para contar con sedes provinciales o zonales. Pero lo normal es que en el caso de estructuras nacionales de cualquier carácter, como los colegios profesionales, por ejemplo, mantengan en Santiago su sede nacional. Que yo sepa, nunca los médicos, ingenieros, arquitectos, dentistas, etcétera, se han opuesto a que funcione en la capital la sede nacional de sus respectivos colegios, lo cual no obsta para que también existan consejos de carácter regional y, si es posible, adquieran sus propios locales.

Ahora bien, ¿qué importancia tiene, además, esta sede social nacional? La de que facilitará el desarrollo de seminarios, de cursos tecnológicos, de adiestramiento administrativo, de sistemas de becas patrocinadas por el propio Ministro para perfeccionar a sus técnicos. Esto reviste particular importancia por tratarse de una repartición de tan vasta importancia como el Ministerio de Obras Públicas.

La proyectada sede social contará inclusive con internado para los asociados que concurran a los cursos de adiestramiento y de superación técnica y profesional, como lo expresa la Federación Nacional de Empleados y Profesionales de Obras Públicas.

Por lo tanto, aun cuando la disposición no sea perfecta, quedan desvirtuadas las observaciones de nuestros Honorables colegas, por cuanto, en primer término, no habrá nuevos descuentos y, en segundo lugar, el establecimiento de una sede nacional ofrece una serie de perspectivas que resultan innegables y favorecerán, por supuesto, a los funcionarios de provincias que en sus congresos gremiales han sustentado la idea de contar con una sede central, como es usual en este tipo de actividades.

El señor NOEMI.-

Quiero hacer una pregunta, Honorable colega, con la venia del señor Presidente.

El señor REYES ( Presidente).-

Puede usar de la palabra Su Señoría.

El señor NOEMI.-

No digo que se trate de recursos nuevos. Pero los que están acumulados en este momento, ¿dónde se encuentran y para qué sirven?

El señor RODRIGUEZ.-

Están en el Ministerio de Obras Públicas.

El señor FONCEA.-

¿Y a cuánto ascienden?

El señor RODRIGUEZ.-

No podría señalar la suma en forma exacta, pues no alcancé a revisar la carpeta respectiva; pero entiendo que esos fondos están en poder del Subsecretario de Obras Públicas.

El señor NOEMI.-

¿No se encuentran en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas?

El señor RODRIGUEZ.-

No, señor Senador. Están en poder del Ministerio de Obras Públicas, no sé si en cuenta especial o adicional. Pero legalmente no puede dárseles destino, por este vacío que tratamos ahora de subsanar.

El señor NOEMI.-

Entiendo que deben ingresar a la Caja de Empleados Públicos. Son fondos que corresponden a esa institución.

El señor RODRIGUEZ.-

Ya se resolvió, por ley, en forma distinta. Eso es lo que estoy informando. Y ello no significa detrimento en el patrimonio de la Caja, pues son fondos ya descontados y congelados en el Ministerio.

Deploro la ausencia del señor Ministro del ramo, quien habría ratificado lo que estoy aseverando.

-Se acuerda no insistir (8 votos por la afirmativa, 8 por la negativa, 1 abstención y 1 pareo).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Artículo 27, nuevo, introducido por el Senado y desechado por la Cámara de Diputados. Dice así:

"Artículo 27.- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la Corporación de la Vivienda, la Corporación de Mejoramiento Urbano y la Corporación de Servicios Habitacionales, se regirán por lo dispuesto en el artículo 40, inciso tercero de la ley Nº 15.840; el Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públicas Nº 2.877, de 13 de noviembre de 1964, publicado en el Diario Oficial de 2 de diciembre de 1964, y la Resolución Nº 510 del Ministerio del Interior, de fecha 31 de marzo de 1966, publicado en el Diario Oficial Nº 26.418, de 19 de abril de 1966."

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor FONCEA.-

¿Me permite una consulta, señor Senador?

¿Se refiere el artículo a todo el personal?

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Se ha de aplicar para todos los efectos del Estatuto Administrativo, señor Senador.

El señor FONCEA.-

¿A los profesionales, exclusivamente?

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

"Para los efectos" del Estatuto Administrativo, dice. Yo no podría entrar a calificar cuáles son los beneficiados.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

A mi juicio, la Cámara no ha estudiado en forma detenida esta disposición, que favorece al personal de Obras Públicas y de la Corporación de la Vivienda. En efecto, la ley Nº 15.840, de 9 de noviembre de 1964, expresa en su artículo 40:

"Artículo 40.- El personal de la Dirección General de Obras Públicas se regirá por las disposiciones del decreto con fuerza de ley 338, de 1960, en lo que no sea contrario a la presente ley. A este personal, para los efectos de las investigaciones y sumarios administrativos no se le aplicará lo dispuesto en el artículo 194 de dicho cuerpo legal en cuanto establece que el Fiscal deberá tener igual o mayor grado que el funcionario inculpado, cuando tales investigaciones o sumarios sean instruidos por funcionarios de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas.

"Igualmente, con respecto al mismo personal y para los efectos de la aplicación de lo preceptuado en la letra c) del artículo 225 del decreto con fuerza de ley 338, de 1960, se entenderá afinado el procedimiento y confirmada la resolución si la Contraloría General de la República no se pronunciare dentro del plazo de 60 días.

"El horario y los días de trabajo del personal de la Dirección General de Obras Públicas serán determinados por el Presidente de la República y el número de horas de trabajo no podrá ser inferior a 40 horas a la semana, distribuidas en los cinco primeros días hábiles."

Se trata, pues, de una conquista alcanzada por el personal del Ministerio de Obras Públicas, que se omitió hacer extensiva al de la Vivienda cuando éste se creó. Por eso decía que, a mi entender, no ha sido suficientemente estudiada la disposición en debate, que tiene por objeto subsanar tal omisión, fue largamente discutida por aquel personal y respeta, en todas sus partes, el Estatuto Administrativo.

Por eso, insistiremos en el artículo introducido por el Senado, que significa -repito- mantener una conquista alcanzada por los trabajadores del Ministerio de Obras Públicas.

El señor PABLO.-

Votaré por el criterio de la Cámara de Diputados, porque se me ha informado que, efectivamente, los profesionales trabajan ocho horas, en circunstancias de que su jornada normal es de seis, hecho por el cual se les habría concedido con anterioridad una asignación de 25%. ¡Y ahora, aprobada la asignación, se les quiere reducir la jornada de trabajo! El señor Ministro de la Vivienda estima, por lo demás, que en este momento no conviene reducir las horas de labor, dada la necesidad de impulsar los planes de desarrollo en lo tocante a construcción de habitaciones, y porque ese mayor trabajo se compensa en forma especial.

Por eso, me pronunciaré por la supresión del artículo.

El señor GUMUCIO.-

No cabe duda de que son válidos algunos de los argumentos esgrimidos en apoyo del criterio de la Cámara, fundamentalmente el de que, por lo general, no conviene adoptar medidas que limiten el tiempo de trabajo en la Administración Pública. Por lo tanto, seguir sentando precedentes en materia de asignaciones por este concepto puede ser perjudicial.

En el caso concreto que estamos discutiendo han existido diferencias de criterio entre Senadores democratacristianos. Algunos estimamos de justicia hacer extensivos al personal a que se refiere este artículo, que en cierta medida está vinculado a las funciones y labores de los demás funcionarios de Obras Públicas, los beneficios que un régimen especial otorga, por ley, a estos últimos. Por eso, dentro de la representación democratacristiana, los Senadores adoptaremos diferentes actitudes al respecto.

Personalmente, insistiré en el artículo del Senado.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Debo hacer presente que el precepto en debate no sólo tiene relación con el horario de trabajo. El inciso primero del artículo 40 de la ley Nº 15.840 -lo leeré, de nuevo-, dice: "El personal de la Dirección General de Obras Públicas se regirá por las disposiciones del decreto con fuerza de ley 338, de 1960, en lo que no sea contrario a la presente ley. A este personal, para los efectos de las investigaciones y sumarios administrativos no se le aplicará lo dispuesto en el artículo 194 de dicho cuerpo legal en cuanto establece que el Fiscal deberá tener igual o mayor grado que el funcionario inculpado..."

Se trata, pues, de que los sumarios se instruyan por quien tenga grado ¡superior a la persona que esté en tela de juicio. Esto en cuanto al primer aspecto. El segundo se refiere a la jornada de trabajo.

El señor REYES.-

Me correspondió intervenir en algunas conversaciones que condujeron a proponer la indicación respectiva en la Comisión y, posteriormente, a su aprobación en la Sala.

Como aquí se ha señalado, el personal del Ministerio de la Vivienda está constituido por algunos funcionarios provenientes del Ministerio de Obras Públicas, y otros que desarrollan labores similares. De ahí que parecía justo dar a todos similar tratamiento. Pero si bien es efectivo que el Ministro señor Hamilton piensa que, dados los requerimientos de actividad de su repartición, ésta podría verse afectada por una disminución de labores, antes de formular la proposición se consultó al anterior Ministro señor Collados y a algunos jefes de servicios. Yo realicé esta gestión, y, como consecuencia de ella, se propuso el artículo en debate.

Por eso, insisto en la conveniencia de mantener el criterio del Senado.

Al mismo tiempo, quiero rectificar algo de lo que acaba de expresar el Honorable señor Contreras: no se trata de aplicar la totalidad del artículo 40 de la ley Nº 15.840, a que se ha referido Su Señoría, sino expresamente lo dispuesto en su inciso tercero, que dice relación a la jornada de trabajo de 40 horas, que se concentra en cinco días de la semana, y deja el sábado libre.

Por eso, votaré por el artículo tal como lo propuso originalmente el Senado.

El señor FONCEA.-

Hice una pregunta, a la cual no han dado respuesta los autores de la indicación: si el artículo se refiere a todo el personal o exclusivamente a los profesionales del Ministerio de Obras Públicas.

El señor REYES.-

Se refiere a todo el personal, señor Senador. Los profesionales perciben una bonificación de 25%, porque su horario es de treinta y seis horas y trabajan cuarenta.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Es decir -para aclarar, Honorable colega-, todos los servicios enumerados en el artículo se regirán por el inciso tercero del artículo 40: el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la Corporación de la Vivienda, la Corporación de Mejoramiento Urbano y la Corporación de Servicios Habitacionales. El objetivo que se persigue es rebajar, de cuarenta, a treinta y seis horas...

El señor REYES.-

No, señor Senador. Queda en cuarenta horas la jornada semanal de trabajo. Ahora, los profesionales perciben una bonificación por la diferencia entre esa jornada y la de treinta y seis horas semanales.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Y?

El señor REYES.-

Y trabajan las cuarenta horas.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Pero tienen una bonificación?

El señor REYES.-

Sí, señor Senador.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

O sea, se les paga por la diferencia. Eso es lo malo.

El señor FONCEA.-

No trabajan el día sábado.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Pero el horario suma treinta y seis horas, y se les paga una cantidad extraordinaria por trabajar cuarenta.

¡En un país subdesarrollado, está muy bien hacer todo eso...!

El señor NOEMI-

El artículo 27 amplía al Ministerio de la Vivienda y a la CORVI las disposiciones del decreto supremo Nº 2.877, correspondiente a la Cartera de Obras Públicas. El hecho concreto es que este último Ministerio goza del privilegio de trabajar 40 horas semanales, sistema que se pretende hacer extensivo a dichos organismos.

Conocemos el criterio del Ministro. El ha manifestado su desazón por estas restricciones en el trabajo, pues lo privan de la posibilidad de realizar la tarea a su cargo.

Por otra parte, la circunstancia de abrir más la brecha y extender el precepto al Ministerio de la Vivienda, dará lugar a que mañana pidan igual cosa todos los demás: el de Salud, el de Justicia y los otros. En mi opinión, no es justo que un país urgido de rápido desarrollo y mayor trabajo esté limitando las horas de labor, tan necesarias para cumplir esta tarea.

Por eso, votaré por el acuerdo de la Cámara.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Pido la palabra.

El señor PABLO.-

¿Por qué no votamos? Su Señoría podría fundar el voto.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Diré sólo dos palabras.

Todos sabemos que 90 por ciento del personal del Ministerio de la Vivienda formaba parte del de Obras Públicas y poseía este beneficio. ¿Qué razón existe para despojarlo de él ahora? ¿Acaso ellos decidieron desprenderse de él? No, señor. Involuntariamente respecto de los funcionarios, y por el interés nacional, se creó el Ministerio de la Vivienda, del cual pasaron a depender.

En consecuencia, es injusto negarles ese beneficio adquirido a los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas.

-El Senado no insiste (9 votos por la insistencia, 8 por la no insistencia).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Cámara ha desechado el artículo 28, que dice: "No se descontarán las horas no trabajadas durante los días 26 y 27 de julio de 1966, por el personal del Servicio de Registro Civil e Identificación, las que serán reintegradas mediante trabajo extraordinario durante el presente año".

Este artículo había sido introducido por esta Corporación.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Está de más hacer la historia del Servicio de Identificación y Registro Civil, siempre uno de los más postergados.

Ante su aflictiva situación económica, estos personales se vieron forzados a un paro de dos días. Al tratarse sus peticiones, no se les concedió aumento de sueldos, sino simplemente el pago de horas extraordinarias, por lo cual deben trabajar más tiempo para entonar sus remuneraciones. O sea, se prolongó el horario de trabajo y, con ello, aumentó la explotación de ese personal, no así sus emolumentos. ¿Y cuánto tiempo hubo de esperar esta gente que se resolviera su situación? Dos años.

Pero el único problema no es la escasez de sueldos. También tenemos las condiciones inhumanas en que trabaja la mayoría de los funcionarios del Registro Civil. Asimismo, estamos en antecedentes de las condiciones de trabajo y de la labor que debe desempeñar la Dirección de Identificación y Pasaportes: agotadoras jornadas desde las ocho de la mañana hasta las cuatro da la tarde, con atención permanente de público.

El artículo en debate dispone que el personal pague con trabajo extraordinario las 16 horas que cesó en sus actividades diarias, medida aceptada en repetidas ocasiones durante el Gobierno pasado y el actual por los antiguos parlamentarios y por los nuevos, los que llegaron a sentarse en estas bancas en brazos del pueblo, los que prometieron atender las necesidades de los trabajadores, los que ofrecieron aumentar sus salarios. Y cuando no se dieron los aumentos prometidos, dichos servidores se vieron obligados a recurrir a la unión entre todos los compañeros, al entendimiento con todos los funcionarios, para conseguir, no un aumento de sueldos, sino sólo el pago de horas extraordinarias.

No se trata, por lo tanto, de perdonarles los dos días no trabajados, sino de permitirles reintegrar esas 16 horas -que no son veinte ni treinta días, sino dos- con trabajo adicional.

La Cámara de Diputados cierra los ojos y se opone a esta disposición; pero abrigo la esperanza de que los señores Senadores tendrán presentes la apremiante situación y los sueldos miserables que perciben los funcionarios nombrados, y no cometerán con ellos la misma injusticia en que incurrió aquella Corporación.

Pido votación nominal para este artículo.

El señor PABLO.-

Me parece bien.

Los Senadores democratacristianos acogemos el criterio de la Cámara.

Hemos venido a representar al pueblo, como dijo el Honorable señor Contreras, para atender a sus necesidades. Creemos haberlo cumplido permanentemente con la política de remuneraciones que hemos aplicado, en contraste con la que había en otros tiempos. Asimismo, hemos otorgado una serie de beneficios. Pero también quisiéramos un poco de disciplina en el manejo general del país.

Estamos dispuestos a acceder a toda clase de facilidades para estos reintegros, y el partido se halla en condiciones de estudiar las posibilidades con tal propósito. Pero también declaramos que no sólo tenemos ese problema, sino muchos otros, y que éste será nuestro criterio permanente.

Aceptaremos, pues, el predicamento de la Cámara.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

El Honorable señor Pablo ha sostenido que es preciso poner orden en los conflictos sociales. O sea, los trabajadores del país no podrán recurrir al cese de sus actividades, a paros en demanda de reivindicaciones, porque con posterioridad no se les hará ninguna concesión respecto de los días no trabajados.

Sin embargo, sería muy interesante que, simultáneamente con la formulación de estos anuncios, las autoridades del trabajo y, en particular, el señor Ministro no esperaran la iniciación de los movimientos reinvindicativos para actuar. Como norma de buen gobierno, ellos tienen la obligación de anticiparse, recoger los anhelos de los asalariados y buscarles solución. Pero, durante toda su gestión, el señor Thayer, generalmente, ha esperado el comienzo de las huelgas, para luego cansar a la gente, ya agobiada por la miseria, a fin de que no insista en sus reivindicaciones.

Junto con darnos esta noticia, el Honorable señor Pablo debiera recomendar a! señor Ministro del Trabajo la puesta en práctica de una política distinta, más sensible y favorable a la gente que no tiene nada y vive sólo de un sueldo o salario, porque es injusto y arbitrario esperar la realización de los conflictos para buscarles solución.

El señor AHUMADA.-

Los Senadores radicales votaremos favorablemente este artículo, en virtud de concordar plenamente con las observaciones planteadas en este recinto en lo tocante a las remuneraciones de los personales del Registro Civil e Identificación.

Conozco muy de cerca las necesidades de ese servicio. En verdad, el promedio de sus remuneraciones está muy por debajo de ciertos cánones existentes en la administración civil del Estado, por ejemplo, en la Tesorería y demás reparticiones dependientes del Ministerio de Hacienda.

En el caso en debate, no veo en qué forma se puede menoscabar el servicio, pues se establece que las horas no laboradas se reintegrarán mediante trabajo extraordinario durante este año. Además, por tratarse de sólo 16 horas, o sea, dos días, no se producirá ninguna alteración en la disciplina ni en el trabajo interno de esos Servicios.

Por eso, insistiremos en el criterio del Senado.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

-(Durante la votación).

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

En principio, la disposición es inconveniente, pero tiene razones que la justifican.

Desde luego, el personal en referencia trabajará horas extraordinarias para reponer el tiempo perdido. En seguida, la falta de asistencia, la situación de apremio económico que abarca a todos los sectores del país, porque los índices del costo de la vida no reflejan la realidad, tienen en estado de verdadera angustia a la masa consumidora y a los funcionarios del Estado.

Todo ello me induce a apoyar la fórmula aprobada por el Senado.

Voto por la insistencia.

-Se acuerda no insistir (11 votos por la no insistencia y 9 por la insistencia).

-Votaron por la no insistencia los señores Aylwin, Curti, Foncea, García, Gormaz, Gumucio, Noemi, Pablo, Prado, Reyes y Sepúlveda.

-Votaron por la insistencia los señores Ahumada, Altamirano, Barros, Contreras (don Víctor), Corbalán (don Salomón), Corvalán (don Luis), González Madariaga, Tarud y Teitelboim.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En cuanto al artículo 30, la Cámara desechó el inciso quinto con sus números 1, 2, 3 y 4 del artículo 19 de la ley Nº 16.426.

La parte desechada por la Cámara dice:

"La entidad aseguradora destinará sus utilidades líquidas, después de constituidas todas sus reservas técnicas y matemáticas y previo informe de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, exclusivamente a:

"1) 50% al Servicio Nacional de Salud para ser empleado en la construcción de Postas y Maternidades periféricas, laboratorios y policlínicas;

"2) 25% a la ayuda de la niñez desvalida, a través del Consejo Nacional de Menores, creado por la ley Nº 16.520, de 22 de julio de 1966;

"3) 20% al mejoramiento del sistema de. seguro, a la ampliación de beneficios a los pasajeros, a la construcción de refugios en los terminales y demás medidas necesarias para la adecuada protección de los pasajeros, y

"4) 5% para el Servicio de Bienestar del personal del Instituto de Seguros del Estado".

-Se acuerda no insistir (10 votos por la no insistencia y 10 por la insistencia).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En seguida, la Cámara de Diputados rechazó el artículo 31, nuevo, propuesto por el Senado, que dice:

"Artículo 31.- Agrégase la siguiente glosa al ítem 12/02/101.4:

"Con cargo a este ítem, destínase la suma de Eº 30.000 a la terminación de la red de agua potable del Sector Barreales de la comuna de Santa Cruz."."

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Acabo de conversar telefónicamente con el señor Ministro de Obras Públicas, a quien planteé el problema existente respecto del artículo 32. En consecuencia, me referiré a los artículos 31 y 32.

El primero de ellos establecía que, con cargo al ítem consignado en esta ley, se llevarán a cabo las mencionadas obras en el sector Barreales de la comuna de Santa Cruz, para lo cual se destina la suma de Eº 30.000. La realización de tales obras corresponde a un antiguo compromiso contraído por el anterior Ministro de Obras Públicas señor Collados. Incluso, se habían llevado materiales hasta ese sector, pero los trabajos no se hicieron.

Por eso, presenté indicación para incluir en el proyecto la ejecución de esas obras. Cuando ella se discutió en la Comisión, el Director General de Obras Públicas dijo -debe recordarlo el Honorable señor Gumucio- no tener inconvenientes sobre el particular, porque existía un compromiso ai respecto.

Sin embargo, en vista de que se ha planteado la inconveniencia de fraccionar el presupuesto y los fondos consignados en esta ley, no tengo inconveniente en que se acepte el criterio de la Cámara de Diputados, porque el señor Ministro de Obras Públicas me dijo que cumplirá el compromiso en cuestión.

Respecto del artículo 32, la situación es distinta. Esta disposición destina fondos no consignados en el proyecto. Se trata de las cantidades acumuladas en virtud de la ley 15.689. Tengo a la mano el oficio Nº 10.623 de la Oficina de Informaciones, en el cual se indica que los fondos de la ley 15.689, correspondientes a los años 1964 y 1965, no se usaron. Por lo tanto, están acumulados. Por eso, presenté indicación tendiente a incorporar esos recursos al proyecto de ley en estudio y darles destino concreto.

¿Qué destino se les da? Se emplearán en la realización de varias obras de agua potable en la provincia de O'Higgins, que ya están iniciadas, pero que no han podido terminarse por falta de recursos.

¿Qué cantidad se asignó? A cada una de ellas se destinó la suma exacta que falta para su conclusión. El propio Ministro da Obras Públicas me proporcionó datos acerca de los fondos que se precisan. Tengo a la mano una carta del señor Edmundo Pérez Zujovic, en la cual me señala, por ejemplo, que en el caso de la población Santa Julia, de Rancagua, la obra cuesta Eº 95.700; que la Municipalidad aportará Eº 15.000; que ya han comprado los materiales, y que, en consecuencia, faltan Eº 80.700.

Por lo tanto, el señor Ministro no sólo ha expresado su conformidad, sino que en la Comisión -invoco el testimonio del señor secretario de ella y del Honorable señor Gumucio, aquí presentes- se manifestó de acuerdo con la destinación de esos dineros para realizar obras iniciadas por el Ministerio a su cargo.

Ahora, en conversación telefónica, el señor Ministro me dijo: "Pero es lógico. Estaré muy contento si me dan fondos para realizar obras. De manera que no tengo ningún inconveniente".

Por eso, ruego a los señores Senadores dar su aprobación para mantener el artículo 32, que destina fondos nuevos para realizar obras ya iniciadas, con lo cual el señor Ministro de Obras Públicas está de acuerdo.

No me explico qué otros motivos pudieron existir para rechazar ese precepto con tal obstinación.

Inclusive, el señor Ministro me dijo que este mismo pensamiento se lo había expresado al Presidente de la Corporación, señor Tomás Reyes, a quien manifestó no tener inconvenientes en aceptar el procedimiento, porque se le entregaban fondos con qué llevar a cabo esas obras.

Por ello, pido a Sus Señorías que, junto con aprobar el criterio de la Cámara de Diputados respecto del artículo 31, insistamos en el artículo 32, por las razones más que suficientes que he dado: no existe inconveniente de parte del señor Ministro, se trata de obras iniciadas y se consignan las cantidades exactas que faltan para terminarlas.

¿Qué razón existe para rechazar el precepto? Tendría que ser, simplemente, una de tipo personal.

El señor AHUMADA.-

Las observaciones formuladas por el Honorable señor Corbalán me evitan extenderme sobre esta materia.

También iba a insistir en el artículo 31, tendiente a destinar Eº 30.000 a la conclusión de la red de agua potable en el sector Barreales de la comuna de Santa Cruz, porque la realización de estas obras se viene postergando desde la Administración del señor Alessandri. Los diversos sectores políticos que representamos a la provincia de Colchagua siempre hemos estado interesados, por diversos conductos, en la conclusión de tales trabajos.

Pero el Honorable señor Corbalán nos informó que ha conversado con el señor Ministro de Obras Públicas; que existe el compromiso de no insistir respecto del artículo 31, y que, de todas maneras, de acuerdo con la glosa agregada al ítem 12/02/101.4, se destinarán Eº 30.000 a la terminación de la red de agua potable del sector Barreales de la comuna de Santa Cruz.

En ese sentido, nada tengo que decir, pues existe un compromiso.

El artículo 32 establece que, con cargo a los fondos acumulados en los años 1964 y 1965, de acuerdo con el artículo 2º de la ley Nº 15.689, la Dirección General de Obras Públicas procederá a efectuar diversas obras. Estas son muy importantes, y por ello los Senadores de los diversos sectores hemos insistido en su realización, tanto en la hora de Incidentes de diversas sesiones como en conversaciones directas con el señor Ministro del ramo.

En consecuencia, considero muy plausible la idea de concretar mediante un artículo la ejecución de esos importantes trabajos en la provincia de O'Higgins, como es la instalación de ¡una red de agua potable.

Por eso, en nombre de mi partido, insistiré en el artículo 32.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

-(Durante la votación).

El señor GUMUCIO.-

En la Comisión voté en contra de estas asignaciones regionales de fondos, que habitualmente son administradas por el Ministro de Obras Públicas en un plan general de construcciones, de agua potable o de servicios. Pero de las palabras del Honorable señor Corbalán, se desprende -no tengo por qué dudarlo- que el señor Ministro de Obras Públicas estaría de acuerdo.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Por lo demás, lo dijo en la Comisión.

El señor GUMUCIO.-

En vista de ello, me abstendré.

-El Senado no insiste (12 votos por la insistencia, 8 por la no insistencia y 2 abstenciones).

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Cámara ha desechado el artículo 34, nuevo, propuesto por el Senado, que dice:

"Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría de la Cámara de Diputados, un cargo de Secretario de Comisiones, con la renta asignada en el Presupuesto a dichos cargos.

"Sustitúyese, en el Escalafón de Servicio del Senado, la denominación "Ecónomo" por "Jefe de Almacén".

"Créase en "Cargos fuera de Escalafón" del Senado, un "Jefe de Abastecimiento de Comedores", con la misma renta que percibe actualmente el cargo de "Mayordomo 1º".

"El mayor gasto que represente este artículo se imputará a los ítem 02/02/02 y 02/02/03 del Presupuesto vigente de la Cámara de Diputados y 02|01|02| y 02|01| 03 del Presupuesto vigente del Senado, respectivamente".

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Si le parece a la Sala, el Senado insistirá.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

¿Por qué no votamos, señor Presidente? Después de los últimos sucesos habidos con relación al Congreso Nacional, convendría hacerlo.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¿Por qué vamos a insistir?

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Sería conveniente no continuar aumentando cargos.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Esta disposición fue propuesta y pedida por el presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, quien insistió -allí están los documentos en la Comisión de Hacienda- en lo relativo a la creación de un nuevo cargo de secretario de Comisiones en aquella rama del Congreso, y por el Presidente del Senado, en lo tocante al cargo de Jefe de Abastecimiento de Comedores de esta Corporación.

A mí juicio, resulta un absurdo, algo de niños, que la Cámara proponga algo, insista en ello y envíe una nota para pedir al Presidente del Senado que obtenga el acuerdo respectivo de la Comisión, y después de que esta Corporación acepta, aquélla lo rechace. ¿De qué se trata? ¿Es un grupo de niños lo que hay allí? A mi juicio, el procedimiento es inconcebible

Por tales razones, insisto en mantener las disposiciones relativas al Senado, que fueron propuestas por su Presidente, Honorable señor Reyes. Allí está el oficio enviado por el Honorable señor Reyes sobre la creación del cargo de Jefe de Abastecimiento de Comedores del Senado.

Sin embargo, estimo que no podemos ser más papistas que el Papa respecto de la petición de la Cámara, que después ella misma rechazó. Por eso, pido insistir sólo en la parte relativa al Senado.

El señor REYES.-

Este artículo tuvo origen en un acuerdo de las Comisiones de Policía de la Cámara y del Senado, las que, a su vez, escucharon las peticiones de los funcionarios al respecto, para una mejor organización de los servicios.

El precepto no altera en nada la situación actual, y entiendo que el rechazo de ¡a Cámara se debió a la denominación del cargo propuesto por nosotros, que estimó inadecuado. Pero fue una objeción, si así pudiéramos llamarla.

En mi opinión, sería perjudicial para el buen funcionamiento del servicio no insistir en el precepto aprobado originalmente.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

¿Se puede dividir la votación, señor Presidente?

En caso afirmativo, solicito que se divida.

El señor TEITELBOIM.-

Se puede votar por incisos.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

En votación.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El señor Presidente pone en votación el inciso primero del artículo, que dice: "Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría de la Cámara de Diputados, un cargo de Secretario de Comisiones, con la renta asignada en el Presupuesto a dichos cargos".

¿Se insiste o no se insiste en mantener esta disposición?

-(Durante la votación).

El señor RODRIGUEZ.-

Respecto de este artículo, se presentan dos situaciones distintas.

La Cámara de Diputados ha rechazado la creación de un cargo de secretario de Comisiones para esa rama del Congreso, cargo que, entre paréntesis, esa misma Corporación había solicitado. Ignoro la razón de estas contradicciones, ya tan reiteradas por parte de la Cámara. Pero encuentro inconcebible que ella se entrometa de manera indebida en la decisión del Senado, que es absolutamente autónomo, de crear un cargo fuera de escalafón: el de Jefe de Abastecimiento de Comedores, para el personal de servicio de esta Corporación, financiado, según entiendo, con recursos propios.

Deseo saber si podemos aceptar el criterio de la Cámara en lo relativo al cargo que se creaba para dicha Corporación, y qué ella misma rechaza, y mantener el inciso tercero, que crea un cargo para el Senado, o si sería necesario insistir en todo el artículo 34.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Reglamentariamente, se puede dividir la votación, señor Senador.

El señor LUENGO.-

Por eso se pidió dividirla.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

La observación formulada por el Honorable señor Salomón Corbalán es muy grave, pues, según dijo, la Cámara de Diputados, después de haber tenido la iniciativa para crear un cargo de Secretario de Comisiones y de haber pedido su aprobación, ahora aparece rechazándolo.

Por otra parte, también es anormal la desinteligencia entre una rama del Congreso y la otra.

Deseo, además, hacer otro alcance.

En mi concepto, es seguir la política del halcón, de esa ave de rapiña, esto de ir a la caza de los proyectos de ley para injertar en ellos disposiciones que benefician al Congreso. Si el Parlamento necesita corregir la situación de su personal, debe hacerlo, pero en forma directa, y no incluirlo en proyectos sobre el Ministerio de Obras Públicas u otras instituciones.

Este procedimiento me parece anormal y, en consecuencia, me abstengo.

El señor GUMUCIO.-

Estimo bastante fundadas las observaciones hechas por algunos señores Senadores, en cuanto a que la Cámara se ha extralimitado al rechazar un artículo que crea un cargo para el Senado y otro para ella misma. A mi juicio, aquella rama del Congreso ha procedido con un poco de ligereza en esta materia. Sin embargo, el Honorable señor Reyes dio la razón de fondo: según parece, la Cámara objetó la denominación del cargo del Senado.

Al margen de esta consideraciones, que encuentro razonables, para quienes hemos sido Diputados durante bastantes años el cargo que se pretende crear en la Cámara es muy justificado, pues permitirá a la Comisión de Hacienda de esa Corporación tener dos secretarios.

El señor TEITELBOIM.-

Pero ella no lo acepta.

El señor GUMUCIO.-

En consecuencia, por las razones dadas, voto por la insistencia.

El señor LUENGO.-

Pero la Cámara ahora no quiere ese cargo.

El señor PRADO.-

Después de esta votación, lo va a querer.

-El Senado no insiste (12 votos por la insistencia, 9 por la no insistencia y 1 abstención) .

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Si le parece a la Sala, se insistirá en los tres incisos siguientes.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Pero en el entendido de que, al no haberse insistido en el cargo de la Cámara, también se comprende que el Senado no insiste en la parte relativa a su financiamiento, que es con cargo al presupuesto de esa rama del Congreso.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Efectivamente, señor Senador.

El señor LUENGO.-

Hay que poner en singular la última frase.

El señor GARCIA ( Vicepresidente).-

Acordado.

Terminada la discusión del proyecto.

4.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Rechazo Insistencia . Fecha 26 de octubre, 1966. Oficio en Sesión 9. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

No existe constancia del Oficio del Senado por el cual insiste en las modificaciones al Proyecto.

.

4.4. Discusión en Sala

Fecha 26 de octubre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 9. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967. Discusión Insistencia . Se acuerda no insistir.

SUPLEMENTOS AL PRESUPUESTO DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS. QUINTO TRÁMITE CONSTITUCIONAL.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Acaba de llegar a conocimiento de la Mesa el proyecto, en quinto trámite constitucional, que suplementa diversos ítem del presupuesto de capital vigente del Ministerio de Obras Públicas.

Solicito el asentimiento unánime de la Sala para despacharlo en la presente sesión.

El señor SILVA ULLOA.-

¿Cuántas modificaciones trae?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Dos.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

El Honorable Senado manifiesta que ha tenido a bien insistir en la aprobación de las siguientes modificaciones que esta Cámara rechazó durante el tercer trámite del proyecto que traspasa fondos en diversos ítem del Ministerio de Obras Públicas:

Artículo 5.- La que consiste en reemplazar el inciso primero por el siguiente: "Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27 de la ley Nº 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuesto, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las provincias de Aisén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley".

El inciso de la Cámara, sustituido por el del Senado, decía: "Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre y de libre disponibilidad fiscal, no contemplados en las leyes de Presupuesto, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, salvo lo necesario para cubrir el artículo 1º de la presente ley".

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación la insistencia del Senado.

Si le parece a la Sala no se insistirá en el criterio primitivo, de esta Corporación, lo que, en otras palabras, significa que primará la disposición del Senado.

Acordado.

Se va a dar lectura a la otra modificación.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

Además, el Honorable Senado insiste en el artículo 34 nuevo, propuesto en el segundo trámite constitucional y que la Honorable Cámara desechó en el tercero.

El artículo decía: "Créase en el Escalafón Profesional de Secretaría un cargo de Secretario de Comisiones con la renta asignada en el Presupuesto a dichos cargos".

"Sustitúyese en el Escalafón de Servicio del Senado, la denominación "Ecónomo" por "Jefe de Almacén".

"Créase en "Cargos Fuera de Escalafón" del Senado, un "Jefe de Abastecimiento de Comedores", con la misma renta que percibe actualmente el cargo de "Mayordomo 1º".

"El mayor gasto que represente este artículo se imputará a los ítem 02/02/02 y 02/02/03 del Presupuesto vigente de la Cámara de Diputados, y 02/01/02 y 02/01/03 del Presupuesto vigente del Senado, respectivamente."

El Senado insiste sólo respecto de los cargos que se crean en el escalafón del Senado y no respecto del de la Cámara de Diputados.

El señor BALLESTEROS ( Presidente), -

Si le parece a la Sala, se insistirá en el criterio, de esta Corporación, rechazándose el del Senado.

El señor SILVA ULLOA.-

Votemos, señor Presidente.

Siempre ha habido respeto de una Cámara a la otra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorable Diputado, quiero informar a Su Señoría que el Senado ha insistido exclusivamente en la parte de la disposición que le interesa y ha desechado la que interesaba a la Cámara, cual era la creación de un cargo de Secretario de Comisiones.

El señor SILVA ULLOA.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¿Habría acuerdo para conceder la palabra al Honorable señor Silva Ulloa?

Con la venia de la sala, tiene la palabra Su Señoría.

El señor SILVA ULLOA.-

Señor Presidente, ¿qué ocurrió? Lo siguiente: el Senado incorporó en el segundo trámite constitucional la disposición que permitía crear un cargo de Secretario de Comisiones en la Cámara de Diputados y los cargos en el escalafón del Senado mencionados recientemente por el señor Secretario.

La Cámara se pronunció sobre esta proposición en el tercer trámite constitucional, rechazando totalmente el artículo; y el Senado, en el cuarto trámite, en vista del rechazo total de la Honorable Cámara a esa disposición, no insistió en la parte correspondiente a la Cámara, respetando la posición y el criterio adoptado por esta Corporación. En consecuencia, durante el cuarto trámite constitucional el Senado sólo insistió en las normas relacionadas con su personal.

Por esto, señor Presidente, sostengo que no debemos insistir en nuestro criterio primitivo, sino aprobar el proyecto tal como viene, porque el Senado respetó el acuerdo adoptado por la Cámara en el tercer trámite constitucional.

Nada más, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica dio el siguiente resultado: por la afirmativa 32 votos; por la negativa, 13 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

La Cámara acuerda insistir en su criterio.

Terminada la votación de las insistencias del Senado.

4.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Insistencia . Fecha 02 de noviembre, 1966. Oficio en Sesión 18. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

OFICIO DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Con el último, comunica que ha tenido a bien no insistir, con excepción de la que indica, en el rechazo de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

-Se manda archivar el documento.

4.6. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Insistencia . Fecha 02 de noviembre, 1966. Oficio en Sesión 18. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

No existe constancia del oficio por el cual se acuerda no insistir en el rechazo de las modificaciones introducidas por el Senado al Proyecto. Se transcribe la cuenta en la que se hace referencia a éste.

OFICIO DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Con el último, comunica que ha tenido a bien no insistir, con excepción de la que indica, en el rechazo de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas.

-Se manda archivar el documento.

5. Trámite Veto Presidencial

5.1. Discusión en Sala

Fecha 10 de noviembre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 14. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967. Discusión Observaciones Presidente de la República. Se aprueban observaciones.

No fue incluído el texto con las observaciones del Presidente de la República al Proyecto de ley.

SUPLEMENTACION DE ITEM DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO.- OFICIOS

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En conformidad con el artículo 202 del Reglamento, corresponde tratar las observaciones del Ejecutivo al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas, calificado de "suma" urgencia en la presente sesión.

Las observaciones están impresas en el boletín Nº 10.582, que figura en el Nº 21 de la Tabla General de la presente sesión.

-Las observaciones son las siguientes:

Artículo 4°.- Para sustituirlo por los siguientes:

"Artículo 4º.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 6° de la ley Nº 12.120, contenida en el artículo 33 de la ley Nº 16.466, de 21 de abril de 1966:

"El impuesto de compraventa afectará también, con tasa del 15% a la venta al público de los boletos de Lotería, Polla o cualquiera otra similar".

"Artículo...- A contar del año 1967, del rendimiento del impuesto establecido en el artículo 4°, se destinará anualmente la cantidad de Eº 600.000 que se distribuirá por iguales partes entre las Universidades de Chile, Técnica del Estado y del Norte, debiendo invertir estos recursos en los Colegios Regionales, Centros Universitarios o sedes ubicados en las ciudades de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Talca y Chillan, Temuco y Osorno, según corresponda".

Artículo 11.- Para suprimirlo.

Artículo 24.- Para suprimirlo.

Artículo 27.- Se proponen las siguientes modificaciones.

a) Sustituir el inciso 2° por el que sigue:

"Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el DFL. Nº 210, de 1953, de conformidad a las normas que le señale a la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 188, de 14 de abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción".

b) Para sustituir en el inciso 3° la palabra "asegurar" por "cubrir".

Para agregar, después del punto final, que se cambia por una coma, la frase: "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso:"

c) Para sustituir el inciso 5° por el siguiente:

"El Presidente de la República queda facultado para dictar disposiciones que regulen el seguro a que se refiere este artículo, señalando el orden de los beneficiarios, los requisitos básicos para obtener indemnizaciones, y la compatibilidad o incompatibilidad de éstas, según las circunstancias, con otras indemnizaciones que pueda recibir la víctima, en razón de un mismo accidente; y para extender el seguro, si los recursos lo permiten, a las lesiones o muerte que puedan sufrir los peatones con ocasión de accidentes causados por vehículos de la locomoción colectiva y, en general, para dictar todas las demás normas que sean necesarias para el establecimiento y aplicación de este seguro. Queda facultado también el Presidente de la República para establecer las multas por infracciones a las normas sobre pasajes.

El Presidente de la República podrá modificar las disposiciones que dicte en uso de las facultades que le concede el inciso precedente."

d) Para eliminar el inciso 6°.

Artículo nuevo.- "Agrégase al inciso primero del artículo 30 de la ley 15.840, la siguiente frase, a continuación del punto:

"No obstante la Dirección General de Obras Públicas podrá emitir los documentos de crédito que sean necesarios por la suma correspondiente al saldo insoluto, aunque estos se refieran a períodos que excedan del año presupuestario".

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

En discusión las observaciones de Su Excelencia el Presidente de la República al artículo 4°.

Tiene la palabra el Honorable señor Jaque.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, sin duda, el absurdo veto que ha recaído en el artículo 4° del proyecto que había despachado el Congreso Nacional es lapidario para la provincia de Concepción. Mediante este veto absurdo, se pretende liquidar la fuente de financiamiento básica de este instituto de estudios superiores...

El señor SOTA.-

¡No es así!

El señor JAQUE.-

Yo, por lo tanto, haciéndome eco del consenso unánime que existe en la provincia de Concepción, sin distinciones de carácter político ni religioso, quiero elevar, en representación de esta provincia, mi más indignada y enérgica protesta por esta política absurda y negativa seguida por el Gobierno del señor Frei.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Ruego a los señores Diputados guardar silencio.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, con esta observación del Ejecutivo se rompe una tradición que había sido respetada por todos los Gobiernos anteriores y por el Poder Legislativo. Desde que se creó la Universidad de Concepción, siempre se ha luchado por obtener más recursos, con el objeto de que esta Universidad realizara sus planes de expansión y desarrollo.

La Universidad de Concepción -quiero destacar este hecho para señalar la importancia de este instituto de estudios superiores- se inició con sólo cuatro escuelas: Química Industrial, Dentística, Farmacia y Educación. En la actualidad, cuenta con un Instituto de Investigaciones Tecnológicas y 12 Escuelas Universitarias: Agronomía, Dentística, Derecho, Medicina, Economía y Administración, Educación, Enfermería, Periodismo, Química y Farmacia, Servicio Social y Politécnica. Posee 8 institutos centrales básicos: 4 científicos, Biología, Física, Matemáticas y Química; y 4 humanistas, que se han creado recientemente: Filosofía, Idiomas, Historia y Geografía, y Sociología. Consta, además, de un teatro propio, imprenta, Departamento de Extensión Cultural, Pinacoteca, Teatro Universitario, Orquesta de Cámara, Biblioteca Central, Hogares Universitarios, Radioemisora; y hasta podríamos agregar la Lotería de Concepción, creada por la ley N° 4.885, que constituye, como decía denantes, la fuente básica del financiamiento de esta Universidad...

El señor CASTILLA.-

¡Cómo puede ser!

El señor JAQUE.-

No se intranquilice, señor Diputado. Estoy explicando mi punto de vista. Ojalá que Su Señoría lo entienda.

Señor Presidente, el proyecto despachado por el Congreso Nacional establecía un impuesto del 5% sobre los premios de La Lotería de Concepción mayores de un mil escudos, con excepción del premio mayor, para financiar algunas obras de los centros universitarios del país.

En esa oportunidad, representamos en la Honorable Corporación la improcedencia de la indicación respectiva presentada por algunos Honorables colegas. Hicimos presente, en la misma ocasión, que los premios de la Lotería de Concepción están gravados, en general, con un impuesto del 15% en la actualidad, y el premio mayor, con uno del 29%. Expresamos, además, que el público que favorece a la Lotería de Concepción es extraordinariamente sensible; de manera que cualquier gravamen que se impone a esos premios se traduce en una disminución de la venta de boletos.

Esto no lo digo por el solo afán de defender interesadamente los puntos de vista de la Universidad de Concepción. En efecto, existía ya este precedente: en el año 1950, se dictó la ley Nº 9.545, que estableció un impuesto del 10%, aumentándose el del 15% que existía en ese entonces, sobre los premios de la Lotería de Concepción. El sobrante de boletos de dicha lotería, que hasta aquella oportunidad era de un promedio de 180 billetes, con la dictación de la mencionada ley subió automáticamente a un promedio entre 9.000 y 10.000 boletos. Ello acarreó un desfinanciamiento de la Universidad, lo que provocó una protesta general de todos los sectores políticos y religiosos de la provincia. En consecuencia, después de 6 meses de vigencia, fue necesario derogar la ley Nº 9.545. Los estudiantes de Concepción se vaciaron a las calles para defender la principal fuente de financiamiento de su Universidad. Y esta protesta fue acogida por el Gobierno de aquel entonces y por el Parlamento, que procedieron a derogar la ley a que me estoy refiriendo.

El Ejecutivo, encontrándonos razón en algunos aspectos -y ojalá lo oigan los autores de la primitiva indicación, porque a ellos nuestra argumentación anterior no les pareció atendible- dice: "No se estima conveniente -estoy leyendo los fundamentos del veto- gravar los premios de lotería con impuestos parciales que distorsionan la Administración y recaudación de los impuestos". Esto dice el Ejecutivo, refiriéndose a la indicación primitiva, que establecía un impuesto de un 5% sobre los premios de lotería, con excepción del premio mayor.

Pero, ahora, ¿qué ocurre? El Ejecutivo viene con una nueva indicación, para reemplazar el impuesto del 5% sobre los premios de lotería, por un impuesto que propone, agregando una disposición a la ley Nº 12.120, para gravar la venta al público de boletos de la Lotería, Polla o cualquier otra similar, con una tasa del 15%.

La verdad es que la indicación anterior, que constituía una especie de inyección de morfina para procurar que la muerte de la Universidad, desde el punto de vista de su financiamiento, fuera lenta, se remplaza ahora por un disparo directo a la fuente básica, al corazón mismo del financiamiento de la Universidad de Concepción.

Reviste gravedad, porque las emisiones actuales de billetes de la Lotería de Concepción y de la Polla Chilena de Beneficencia se venden con mucha dificultad, y en la mayoría de los casos queda un elevado número de boletos sobrantes. De aplicarse el nuevo impuesto, un boleto de valor promedio de 100 escudos costará 115 escudos y, en esas condiciones, no cabe la menor duda de que disminuirá la venta en una proporción que puede equivaler al triple del actual número de boletos sobrantes. Con ello, sencillamente se va a liquidar la fuente de ingresos que tiene la Universidad de Concepción.

Además, el veto es desde todo punto de vista improcedente, porque ¿qué perseguían los autores de la indicación cuando la presentaron? Pretendían dar recursos a algunos Centros Universitarios dependientes de las Universidades Técnicas del Estado, de Chile y del Norte. Esa fue la primitiva intención.

Sin embargo, ahora el Ejecutivo pretende otorgar una migaja a las universidades y financiar el presupuesto de la nación.

Un señor DIPUTADO.-

¡Eso es falso!

El señor JAQUE.-

No es falso, Honorable colega, y se lo demostraré en seguida.

¿Qué dice el Ejecutivo en los fundamentos del veto? Expresa lo siguiente: "Se ha creído más conveniente que el posible aporte que obtendrían las Universidades para los Centros Universitarios, se contemple en sus propios presupuestos, y que para ello se destine por el Estado la cantidad de Eº 600.000, que es el rendimiento estimado para 1967".

Esto constituye una falsedad, porque los ingresos por concepto de este nuevo impuesto del 15% serán superiores a 33 millones de escudos.

Tengo en mi poder un ejemplar del boletín que contiene la exposición del señor Ministro de Hacienda. Se ha tendido una especie de cortina de humo para ocultar las verdaderas intenciones del Ejecutivo. Por eso, quiero denunciar en esta Corporación el procedimiento de que se ha valido el Gobierno para procurar el financiamiento de ios gastos fiscales...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Puede continuar Su Señoría en el tiempo de su segundo discurso.

El señor JAQUE.-

Dice el señor Ministro en la página 32 de su exposición sobre el estado de la hacienda pública:

"Por su parte, los ingresos totales presentados en el Proyecto de Presupuesto, alcanzaban a Eº 6.510,9 millones. De una revisión a la fecha del Cálculo de Entradas, se ha llegado a la conclusión que, deducido el menor ingreso por concepto de los Excedentes Agrícolas y corregidas las estimaciones de los otros ingresos, los recursos totales sin variar la tributación vigente alcanzarán a Eº 6.717 millones.

"De lo anterior se desprende que se requiere obtener un financiamiento adicional para cubrir el gasto total programado por una suma de Eº 335 millones".

Luego, en su exposición se refiere a los diversos ingresos con los cuales se financiará el Presupuesto del próximo año, pero nada dice del impuesto a los boletos de Lotería.

Más adelante, en la página 55, en el cuadro Nº 5 del anexo, se alude a la Composición de los ingresos tributarios adiciónales para el año 1967, y en su Nº 5 se consigna el impuesto a los boletos de Lotería, que producirá un mayor rendimiento de Eº 19 millones. En consecuencia, no serán Eº 600.000, como dice el Ejecutivo en el veto, sino que Eº 19 millones, según los propios datos oficiales, que se destinarán a cubrir los Eº 335 millones que el Gobierno necesita para financiar el Presupuesto Nacional.

El señor Ministro de Hacienda, en la misma exposición, página 32, agrega: "Con esta misma fecha se ha presentado al Congreso Nacional el proyecto de ley que contiene las proposiciones del Ejecutivo sobre los nuevos impuestos".

El proyecto es el que reajusta las remuneraciones del sector público. En esta iniciativa se hace alusión a todos los impuestos, menos al que grava los boletos de Lotería. Este viene escondido en el veto del Ejecutivo que se relaciona con la Universidad de Concepción y a él me refiero en este debate.

Con esto se altera un criterio, un punto de vista que se había sostenido y respetado desde 1930, fecha en que se creó la Lotería de Concepción.

Quiero dar a conocer un cálculo, más o menos estimativo hecho por un organismo responsable, para establecer la verdad sobre esta materia.

Tampoco el rendimiento va a ser de 19.000.000 de escudos, sino superior. Si consideramos que para el año 1967 la Lotería de Concepción y la Polla Chilena de Beneficencia tienen programados 48 sorteos, en total, con una emisión media de 47.000 boletos por sorteo, el total será de 2.256.000 boletos, con un valor medio de 100 escudos cada uno, lo que representa un valor global de Eº 225.600.000. Si a es-ta suma se le aplica el impuesto del 15% contenido en el veto del Ejecutivo, se obtienen Eº 33.840.000 y no Eº 19.000.000, como señaló el señor Ministro de Hacienda en la exposición que hizo ayer ante la Comisión Mixta de Presupuestos.

De estos Eº 33.840.000, se piensa dar a la Universidad de Chile, a la Universidad Técnica del Estado y a la Universidad del Norte la cantidad exigua, miserable, de 600.000 escudos, quedando o disposición del Gobierno la suma de Eº 33.240.000.

Podemos decir, clarificando los hechos, que ésta es la verdadera significación que tiene el veto del Ejecutivo que recae en el artículo 49 del proyecto. Yo iría más allá, pero no quisiera prejuzgar. Hay una especie de confabulación para destruir las fuentes básicas de ingresos que tiene la Universidad de Concepción. Quisiera pensar que no hay tal cosa, pero los hechos están demostrando una situación distinta...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

Varios señores DIPUTADOS.-

¡No!

El señor JAQUE.-

¡Sí!

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¡Honorables señores Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio!

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, tengo a la vista -seguramente los Honorables colegas también lo conocen un informe confidencial que redactó un grupo de profesionales católicos entre los cuales está un sacerdote católico, que contiene instrucciones con el propósito de controlar ideológicamente la Universidad de Concepción. Este informe confidencial fue publicado en el diario "El Sur" el 16 de octubre del presente año.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor JAQUE.-

Como decía un profesor de la Universidad de Concepción, se pretende cristianizar, a la usanza romana, dicha Universidad...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor JAQUE.-

Quisiera disponer de más tiempo para analizar en detalle esta materia...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorables señores Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio.

El señor JAQUE.-

Lo que estoy diciendo no obedece a sectarismo, porque aquí tengo una declaración del sacerdote católico Pedro Azocar Chávez, quien reconoce la veracidad de este informe publicado en el diario "El Sur", de Concepción, el 16 de octubre de 1966 ...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor JAQUE.-

¡Aquí está!

No quisiera pensar que en esto hay una confabulación concertada entre la Iglesia Católica y el partido de Gobierno, para liquidar la Universidad de Concepción...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¡Ruego a los señores Diputados guardar silencio!

El señor JAQUE.-

Estoy haciendo una relación de hechos. El Intendente de Concepción...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¿Me permite, Honorable Diputado?

Ha terminado el tiempo de su segundo discurso.

El señor VALDES (don Arturo).-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor VALDES (don Arturo).-

Señor Presidente, en verdad en la exposición del Honorable señor Jaque se han mezclado tres materias totalmente diferentes. El último término, se afirma que existiría una alianza entre el Partido Demócrata Cristiano y el Gobierno, y una Iglesia determinada, mejor dicho, una orden religiosa la de los jesuitas, quienes "han salido al baile" una vez más.

En seguida, se han dado a conocer diversas cifras...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorables señores Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio.

El señor VALDES (don Arturo).-

... globales que, oportunamente, habrá que comprobar. Pero lo esencial es que se quiere privar a ciertos centros universitarios de la Universidad Técnica del Estado, de la Universidad de Chile y de la Universidad del Norte, un aporte que se sume a sus presupuestos exiguos y que permita atender a los alumnos de todo Chile. Esta maniobra ya fue desbaratada en otra oportunidad en que se trató este asunto.

El Honorable colega, con toda razón y con todo derecho, defiende a la Universidad de su ciudad, muy respetable, y que cumple su función docente en beneficio de un amplio sector estudiantil del país.

El señor LAEMMERMANN.-

De varias provincias...

El señor VALDES (don Arturo).-

Pero esta Universidad se financia, en gran parte, con un producto que se vende en todo el país, que se llama boleto de la Lotería de Concepción. Estos boletos que pagan todos los chilenos, hasta ahora, por una excepción, estaban liberados de impuestos, y el Gobierno, como es natural, resolvió gravarlos. Los mismos Honorables colegas que atacan esta medida propuesta por el Ejecutivo han pedido en esta Sala, en reiteradas ocasiones, que se eliminen todas las exenciones de orden tributario. Por lo tanto, creo que es lógico que se establezca ese impuesto. Pero, si este tributo rinde más que la suma que se va a asignar a los centros universitarios de las Universidades de Chile, Técnica del Estado y del Norte, deso que oportunamente se aumente ese aporte, para que los establecimientos de enseñanza superior dispongan de los recursos que necesitan para atender a los estudiantes de esas zonas. Sin embargo, no podemos seguir la política de darles privilegios a unos y dejar a otros en la pobreza.

Por eso, los Diputados democratacristianos votaremos en favor del veto propuesto por el Ejecutivo.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa; y, a continuación, el Honorable señor Pontigo.

El señor SILVA ULLOA.-

Señor Presidente, en representación de los Diputados socialistas, quiero participar con toda serenidad en este debate.

Nosotros, por principio, hemos sido siempre contrarios a cualquier tipo de legislación que signifique estimular el juego. No han escapado de este criterio nuestro la Polla Chilena de Beneficencia ni la Lotería de Concepción. Sin embargo, habiéndose legislado ya sobre la materia, indudablemente debemos adecuar nuestro pronunciamiento a la realidad existente.

¿Qué ocurre, señor Presidente? Estos juegos no sólo benefician a la Lotería de Concepción y a la Polla Chilena de Beneficencia, sino que, además, favorecen a numerosas instituciones como la Cruz Roja Chilena y otras más.

El señor LAEMMERMANN.-

Al Hospital Naval y al Militar.

El señor SILVA ULLOA.-

Pero, en todo caso, es cuestión de revisar la legislación para tener todos los antecedentes.

¿Qué trató el Parlamento cuando aprobó el artículo 4° del proyecto que suplementa diversos ítem del Presupuestó del Ministerio de Obras Públicas? Procuró, en primer término, establecer un impuesto que gravara los premios de la Lotería de Concepción y de la Polla Chilena de Beneficencia en beneficio de la Universidad del Norte. Este criterio no lo compartimos, porque tanta necesidad de contar con nuevos ingresos tenían la Universidad del Norte como la Universidad de Chile, la Universidad Técnica del Estado...

El señor DAIBER.-

Y la Austral.

El señor SILVA ULLOA.-

...y la Universidad Austral.

Finalmente, el Congreso Nacional aprobó este precepto estableciendo el impuesto del 5% sobre los premios superiores a Eº 1.000 que no estuvieran gravados, como los premios mayores de la Lotería de Concepción y de la Polla Chilena de Beneficencia. En el Senado se hizo un cálculo y se estimó que el rendimiento de este impuesto a los premios superiores a Eº 1.000 iba a ser del orden de los Eº 600.000 anuales. Esto es efectivo, y se determinó que cada una de esas Universidades recibiría tantos doceavos como los que están señalados en el proyecto aprobado por el Congreso.

El Ejecutivo ha observado este proyecto y ha transformado un tributo que gravaba exclusivamente a los premios superiores a Eº 1.000, en impuesto a la compraventa, en la tasa del 15% que afecta a todos los boletos de los sorteos de las dos instituciones nombradas. Naturalmente, el producto de este gravamen va a ser del orden señalado por el Honorable colega señor Jaque: superior a los Eº 30.000.000 o sea, es una modificación sustancial de lo que quiso hacer el legislador.

Creo que nosotros y hablo de todos cuando aprobamos esta disposición o la rechazamos, lo hicimos previo estudio. Estimamos que no se podía resistir un impuesto superior al que rendiría Eº 600.000 más o menos, en el año 1967 y le dimos el carácter de impuesto "calzable" o sea, que el total del ingreso se distribuía entre las Universidades. El Ejecutivo, repito, lo transforma en un impuesto a la compraventa del 15%.

¿Qué va a ocurrir, señor Presidente? Que un boleto de la Lotería de Concepción o de la Polla Chilena de Beneficencia, los boletos de Eº 100, para los que tienen suerte y salen premiados con la terminación, cobran, si mal no recuerdo, Eº 110. Es decir, va a suceder que, resultando premiados, serán castigados. Van a perder plata.

Si acaso quisiera exagerar nuestro criterio en esta materia, no importa; en lugar de 15, pongan 20 ó 30%.

El señor AYLWIN.-

¡Pongámoslo!

El señor SILVA ULLOA.-

Indudablemente, se va a desalentar al adquirente de boletos, cuando vea que sus posibilidades son frustradas.

Esta ha ocurrido. No es historia nueva, es un hecho antiguo. O sea, como apunta mi Honorable colega señor Sepúlveda, a través de esta iniciativa, se va a matar la "gallina de los huevos de oro"...

La señora ENRIQUEZ.-

¡Tal cual!

El señor JAQUE.-

Así es Honorable colega.

El señor SILVA ULLOA.-

...o, por mejor decirlo, la "polla de los huevos de oro" y a la Lotería de Concepción.

Resulta, que en economía, como con cualquiera cosa, lo que interesa son los hechos, esos porfiados hechos que nosotros no podemos desconocer.

Va a ocurrir que por un lapso muy prolongado, y tal vez en forma permanente, estas dos loterías van a producir un menor ingreso, lo cual afectará a todas las instituciones que se financian con sus ingresos; y, como son instituciones que necesariamente deben mantenerse, van a convertirse en una nueva fuente del gastos que deberá afrontar el Gobierno, a costa del erario.

Porque no puede ocurrir lo que señaló el Honorable colega señor Jaque. Yo no creo que estamos tan ofuscados como para que la pasión nos lleve a estos extremos. Nunca va a suceder que este Gobierno, o cualquier otro, pretenda que se terminen las actividades de la Universidad de Concepción...

El señor JAQUE.-

Exactamente.

El señor SILVA ULLOA.-

... que se paralicen las labores de la Universidad de Chile, que se detenga la marcha de la Universidad del Norte. Deberán mantenerse en funciones todas ellas, porque son necesarias; incluso será necesario ampliar las actividades de estos planteles de educación superior, porque es indudable que el país no está satisfaciendo las necesidades de nuestra juventud egresada de los establecimientos de enseñanza media la cual no puede llegar a las Universidades.

Señor Presidente, yo no estudié en la Universidad pero, naturalmente, me satisface el que el mayor número de mis conciudadanos puedan hacerlo.

Por lo tanto, en esto no se trata de votar cerradamente. Les pido a mis Honorables colegas democratacristianos que lo mediten seriamente, porque son ellos quienes van a definir la suerte de esta observación del Presidente de la República. Nos encontramos frente a un problema que significa crear a las Universidades y a las instituciones beneficiadas con esos sorteos, desfinanciamiento, no permanente, pero sí por un lapso muy prolongado.

El señor LORCA (don Alfredo).-

¿Me permite una interrupción?

El señor SILVA ULLOA.-

Con todo gusto.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Lorca.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Señor Presidente, creo que está equivocado el Honorable colega. El ha sostenido que este impuesto no va a rendir Eº 600.000 sino mucho más. Bien; si produce mucho más, no veo cómo va a perjudicar a las Universidades, ya que ese dinero podrá invertirlo el Gobierno en ellas.

Varios señores DIPUTADOS.-

¡No, sólo se les dan 600.000 escudos!

El señor LORCA (don Alfredo).-

Perdónenme, Honorables colegas. Según lo que establece la ley, se invertirán en las Universidades 600.000 escudos; pero no veo por qué Su Señoría se queja de que se va a matar la "gallina de oro". Indudablemente, esta disposición va a producir beneficios; pero, al mismo tiempo, dice el señor Diputado que por largo tiempo va a producir mucho más de 600.000 escudos.

Los Honorables colegas comprenderán que como la política del Gobierno es ayudar a las Universidades, si esta ley va a producir más, vendrá otro proyecto que obligará a invertir el excedente en las Universidades.

Varios señores DIPUTADOS.-

¡No!

El señor LORCA (don Alfredo).-

O sea, no veo un planteamiento lógico en la intervención del Honorable señor Silva Ulloa. Si va a producir más, quiere decir que, posteriormente, se enviará al Congreso otro Mensaje, mediante el cual se repartirán los dineros excedentes entre las Universidades. Ahora, si esta ley no produce más, quiere decir que hay una contradicción en el planteamiento del Honorable colega, quien ha sostenido que su rendimiento será superior al calculado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Silva Ulloa en el tiempo de su segundo discurso.

El señor SILVA ULLOA.-

Muchas gracias, señor Presidente.

Creo que el Honorable señor Lorca no ha estado afortunado en esta discusión de orden tributario. El problema es diferente. La verdad es que en esto no hay que poner pasión; hay que tener sólo serenidad...

El señor MORALES (don Carlos).-

¡Cerebro!

El señor SILVA ULLOA.-

...y analizar el problema objetivamente. Incluso, sin necesidad de compartir sus criterios de orden político, económico y social, podemos valemos de argumentos que entregan los propios personeros del Gobierno para enfocar este asunto.

El señor Ministro de Hacienda ha sostenido, y los hechos son así, que los mayores gastos de orden fiscal que se producirán con motivo de los reajustes de las remuneraciones serán financiados con recargos de los impuestos indirectos, modificación de la ley sobre compraventas y otras, que significan gravar los consumos.

¿Por qué ha hecho esto el Gobierno? Según el señor Ministro, porque aumentar los impuestos directos que gravan las utilidades desalienta a los industriales y comerciantes, y provoca una mayor evasión tributaria. Entre más altos son los impuestos, mayor es la evasión.

Aquí también debe aplicarse el mismo principio: mientras más alto es el impuesto que grave estas loterías, que tienen las utilidades que se conocen, mayor desaliento habrá en el juego...

El señor LORCA (don Alfredo).-

Habrá desaliento del juego.

El señor SILVA ULLOA.-

... lo cual entorpecerá el desarrollo normal de las instituciones que reciben participación de sus beneficios.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Siempre que la gente no juegue. ¿Me permite?

El señor SILVA ULLOA.-

Quisiera terminar, señor Presidente. Los colegas tienen tiempo; yo, desgraciadamente, estoy en mi segundo discurso.

En seguida, hay un principio fundamental en materia tributaria: que el contribuyente soporta la carga cuando ella está destinada a resolver determinados problemas. Por eso, en los diferentes trámites constitucionales del proyecto que estableció un gravamen del 5% sobre los premios mayores de Eº 1.000, dimos nuestros votos favorables, porque tal cantidad estaba destinada íntegramente a las Universidades.

Ahora se destina a las Universidades la suma de Eº 600.000, que no representa siquiera la treintava parte de lo que rendirá el impuesto, y el saldo pasa a Rentas Generales de la Nación.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Es más del 5%. Es el 5% y el 10% para otra cosa.

El señor SILVA ULLOA.-

No, Honorable Diputado.

¿Qué dice el veto al artículo 4º, que lo sustituye? Que se reemplaza ese artículo con una modificación al artículo 6º de la ley Nº 12.120,; Ley de Impuesto de la Compraventa, agregando un inciso que dice: " El impuesto de compraventa afectará también, con tasa del 15% a la venta al público de los boletos de Lotería, Polla o cualquier otro similar". Y agrega un artículo nuevo que dice: "A contar del año 1967, del rendimiento del impuesto establecido en el artículo 4º, se destinará anualmente la cantidad de Eº 600.000 que se distribuirá por iguales partes entre las Universidades de Chile, Técnica del Estado y del Norte".

O sea, del rendimiento del impuesto, en el supuesto de que se coloquen más de 33 millones de escudos en boletos de lotería, resulta que las Universidades sólo reciben una treintava parte.

El señor LORCA (don Alfredo).-

No, va a rendir más.

El señor SILVA ULLOA.-

Como puede apreciar la Honorable Cámara, existe un criterio -a pesar de que a mí no me gusta dialogar- para tratar al contribuyente importante, aquél que tributa en primera categoría de la Ley de la Renta, a quien se le quieren subir los impuestos, porque desalienta las actividades comerciales e industriales, por una parte, y provoca una evasión de los impuestos, por la otra; y uno diferente cuando afecta al consumidor, en cuyo caso se establece un impuesto bastante oneroso.

El señor LORCA (don Alfredo).-

¡No es al consumidor!

El señor SILVA ULLOA.-

¡Consumidor de boletos! Terminemos, entonces, con la Lotería y la Polla...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Ruego a los señores Diputados evitar los diálogos.

El señor SILVA ULLOA.-

Yo, señor Presidente, si los Honorables colegas democratacristianos presentaran un proyecto para terminar con la Lotería y la Polla, con las carreras y todos juego de azar, naturalmente que estaría dispuesto a acompañarlos, pero resulta que ellos nos están presentando constantemente proyectos para carreras extraordinarias en los hipódromos, para establecer nuevos casinos de juego en el país, y nosotros tenemos que apoyarlos. Tiene que haber una sola conducta política frente a esta materia.

Nosotros estamos hablando de acuerdo con la realidad y creemos que la actitud del Ejecutivo, al vetar y sustituir el artículo 4º por los dos que propone, va a ser negativa no sólo para la Universidad de Concepción, para la Universidad de Chile y la Universidad del Norte, sino, en general, para todas las instituciones que reciben aportes de estas loterías. Por eso, nosotros no queremos que se modifique el criterio que tuvo el Congreso y vamos a votar en contra de las observaciones formuladas por el Presidente de la República.

Nada más, señor Presidente.

El señor JAQUE.-

¿Me permite una interrupción, Honorable colega?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Pontigo.

El señor PONTIGO.-

Señor Presidente, los Diputados comunistas también vamos a votar en contra las observaciones del Ejecutivo al artículo 4º.

A nosotros, no nos parece mala la idea de que el Estado, de su presupuesto, destine los fondos necesarios para financiar los gastos de las Universidades, como se propone aquí. Debiera ser así. Esa debería ser la norma. Sin embargo, estimamos que, habiéndose aprobado por el Congreso un impuesto que grava a los premios superiores a un millón de pesos, con exclusión sólo del premio mayor de las loterías, no es conveniente ni justo, por la situación en que vive el país, cambiar esta disposición ya aprobada para establecer lo que el Ejecutivo propone: un impuesto de compraventa sobre la venta al público de boletos de Lotería, Polla o cualquiera otro similar.

Ya se ha dicho aquí que se trata de que cada boleto de lotería valga un 15% más. Pero lo más grave es que el Ejecutivo o ha ocultado a sabiendas el ingreso que va a producirse por esta nueva disposición que propone o no ha estudiado el problema en la realidad, porque, si así hubiera sido, habría dado a conocer exactamente su rendimiento.

No es posible aceptar tan tranquilamente ni en la forma como lo hacen los colegas democratacristianos cuando hay una diferencia de ingreso que va de los 600 mil escudos a una suma superior a los 30 millones de escudos. No es posible aceptar esto.

Ahora bien, nosotros no aceptamos esta observación del Ejecutivo, porque se trata de ir prolongando un impuesto indirecto, frente a los cuales el Partido Comunista siempre ha estado en contra. Nosotros somos partidarios de los impuestos directos a las utilidades y no de estos impuestos indirectos que son el factor fundamental de la inflación atroz que estamos viviendo estos días y que se ha acentuado en el país durante los últimos años.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-

¿No sabe Su Señoría que la inflación va decreciendo?

El señor PONTIGO.-

Señor Presidente, ¿quiénes compran los boletos de loterías? Evidentemente gente modestísima, en su inmensa mayoría.

Chile, como la mayoría de los países de América Latina, está viviendo un proceso de crisis extraordinariamente grave y profundo.

Hace poco, aquí en nuestro país, se reunieron los jubilados de las distintas ramas de los sectores públicos para reclamar al señor Presidente de la República el cumplimiento de la promesa que hiciera de reajustar las pensiones de jubilación, montepíos y orfandad, y hoy se ha realizado el acto inaugural de los pensionados de la ley Nº 10.383.

¿Qué plantean estos ex trabajadores, estos ex funcionarios del Estado? Sostienen que el Gobierno debe adoptar medidas para evitar de alguna manera que continúe alzándose en forma tan extraordinaria y casi cruel el costo de la vida, que en este instante pesa no sólo sobre pensiones miserables, sino sobre la vida misma y la salud de más de 300 mil ex trabajadores chilenos en el país. En este momento la crisis de Chile se está agudizando extraordinariamente, y una de las manifestaciones más claras de ella es la exposición del señor Ministro de Hacienda, que acaba de hacer ayer ante la Comisión Mixta de Presupuestos, en la que ha quedado de manifiesto la incapacidad del Gobierno para dar un reajuste de acuerdo con el 100% del alza del costo de la vida, su incapacidad para detener la inflación y su incapacidad para resolver los problemas de los campesinos, de los obreros y de los empleados del país. Esta es la expresión más clara de la crisis profunda que vive Chile.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor PONTIGO.-

Alguien podría decir: ¿qué tiene que ver esto con la venta de los boletos de lotería? Claro que tiene que ver. ¿Por qué? Sencillamente, porque en los países en crisis, la gente, en su desesperación, trata de buscar en la suerte lo que no puede encontrar ante la injusticia del patrón o la incapacidad de los Gobiernos para resolver los problemas. ¿A quién se le aumenta el precio ahora? A la humilde lavandera...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor PONTIGO.-

Sí, a la lavandera, a la que ordeña las vacas en las haciendas, al modesto obrero, al empleado, al desocupado, al jubilado, a la viuda que no tiene con que vivir; en general, a la gente cesante, sin trabajo, que recorre los caminos; a ellos sí que se les recargan de impuestos. ¿Por qué? Porque el Gobierno actual ha sido incapaz, y lo es, de afectar los bolsillos de los poderosos para resolver los problemas económicos de Chile.

Por estas razones, señor Presidente, nosotros votaremos en contra de este veto del Ejecutivo, ya que altera lo que el Parlamento aprobó en sesiones anteriores.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Daiber.

El señor DAIBER.-

Señor Presidente, los Diputados del Partido Demócrata Cristiano aprobaremos...

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¡Ruego a los señores Diputados guardar silencio!

El señor DAIBER.-

...las observaciones del Ejecutivo, por cuanto el proyecto, con las modificaciones que se introducen, deja de ser discriminatorio, por lo menos en la forma en que lo era al ser despachado por el Congreso Nacional.

Me explico, señor Presidente. En el artículo 4°, elaborado por el Parlamento, aparecen beneficiadas por la disposición solamente tres de las ocho Universidades del país. En cambio, con la observación del Ejecutivo, si bien es cierto que figuran las mismas, no lo es menos que el beneficio tiene un límite.

¿Por qué digo esto? Porque nosotros hemos estado viendo en las últimas semanas que todas las Universidades del país han hecho presentes sus necesidades urgentes; no sólo las tres que aquí se trata de beneficiar, sino todas ellas. Entonces, el Ejecutivo y los parlamentarios de Gobierno estamos absolutamente conscientes de que estos establecimientos de enseñanza superior deben recibir los recursos adecuados, de acuerdo con los planes específicos de desarrollo de cada uno de ellos.

Somos partidarios de que los financiamientos de cada Universidad se hagan en forma directa y no a través de fondos propios. Sólo en esta forma específica se podrá ver qué necesidades tiene efectivamente cada Universidad y qué recursos debe aportar el Estado para que los planes que cada una de ellas presenten puedan transformarse en realidad.

Por otra parte, es efectivo que la Dirección de Impuestos Internos tiene más de tres mil cuentas distintas que llevar, y no está en el ánimo del Ministerio de Hacienda establecer nuevas cuentas, por razones obvias.

También se ha dicho en el debate que el impuesto del 15% sobre la venta al público de boletos de Lotería y Polla, por un lado, arrojaría 30 millones de escudos y, por otro, que disminuiría el beneficio fiscal; asimismo, que dicho impuesto es indirecto y, por lo tanto, negativo, por cuanto todos los de esa clase gravan a la gente de menos recursos.

Sin embargo, como dijo el Honorable señor Alfredo Lorca, si se recaudaran los 30 millones de escudos de que se habla, aparte de los 600 mil escudos destinados a las tres Universidades mencionadas, habría recursos necesarios para subvenir los gastos del futuro desarrollo de todas las existentes en el país.

El señor PONTIGO.-

¿Y por qué el Ejecutivo no lo dice en sus observaciones? Esa es una opinión suya.

El señor DAIBER.-

Por otra parte, es evidente que el impuesto indirecto del 15% en nada afectará al consumidor. A lo sumo, afectará a quienes les sobra el dinero y pretenden especular con él a través de una ganancia extraordinaria por un golpe de suerte.

Yo no creo, porque no soy pesimista como algunos colegas, que por el solo hecho de ser indirecto, este impuesto del 15% vaya a producir una disminución en las ventas de boletos.

Por lo demás, en el año 1965, según me consta, el rendimiento de las cuentas de la Lotería de Concepción y de la Polla Chilena de Beneficencia, que actualmente favorecen a todas las Universidades de Chile, salvo a la del Norte, aumentó en forma extraordinaria. Por tal motivo, estimamos que no puede haber una disminución en la venta de boletos.

En atención a las razones anotadas, votaremos favorablemente las observaciones del Ejecutivo.

Nada más, señor Presidente.

El señor TUMA.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Ha llegado a la Mesa una petición de clausura del debate.

En votación la petición.

-Durante la votación:

El señor OSORIO.-

El impuesto lo van a pagar los que compran los boletos.

El señor TUMA.-

¿Por qué no nos dejan hablar?

El señor VALENZUELA VALDERRA-MA (don Héctor).-

¿Le parece poco todo lo que han hablado?

El señor TUMA.-

Quiero demostrarles el error en que se encuentran. Creen tener el monopolio de la razón.

El señor JAQUE.-

La falta de argumentos es su mejor defensa, al pedir la clausura del debate.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 17 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobada la petición.

Clausurado el debate.

En votación la observación del Ejecutivo que consiste en sustituir el artículo 4° del proyecto por los que figuran en la página 6 del boletín.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 17 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobada la observación.

En discusión la observación del Ejecutivo al artículo 11 del proyecto, que consiste en suprimirlo.

El señor PONTIGO.-

Pido la palabra.

El señor SILVA ULLOA.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Pontigo.

El señor SILVA ULLOA.-

Quiero plantear un asunto previo, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Perdón, Honorable señor Pontigo. ¿Concede Su Señoría una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa?

El señor PONTIGO.-

Sí, señor Presidente.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa.

El señor SILVA ULLOA.-

Señor Presidente, respecto a la observación anterior, no sé si correspondería votar en forma separada el artículo 4º sustitutivo del aprobado por el Congreso, y el siguiente, que está sin número, porque, en realidad, este último es un artículo nuevo.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

La observación del Ejecutivo consiste en sustituir el artículo 4º despachado por el Congreso, por los dos artículos que figuran en el boletín.

El señor GALLEGUILLOS.-

Se discutieron las observaciones del Ejecutivo al artículo 4°.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Se discutieron las observaciones del Ejecutivo al artículo 4º como figuran en el boletín. De tal manera que, a continuación, procede discutir la observación del Ejecutivo al artículo 11, que consiste en suprimirlo.

Tiene la palabra el Honorable señor Pontigo.

El señor PONTIGO.-

Señor Presidente, el artículo 11, aprobado por el Congreso, está destinado a dar financiamiento a la VII Convención de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales -que se celebrará en la ciudad de Valparaíso- mediante el descuento, por una sola vez, de un escudo, de los sueldos de los obreros y empleados de la Administración Civil del Estado, correspondientes al mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley.

En verdad, en los fundamentos del veto, el Ejecutivo no se opone a la idea de este descuento, pero dice: "No se estima conveniente...". En fin, no se opone; pero trata de obstaculizar el establecimiento del descuento y lo hace; y la única razón que da para ello es que se habría contemplado una subvención de Eº 5.000 en la Ley de Presupuestos del año en curso, a favor de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales con el objeto de financiar la Convención.

A nosotros nos parece que, si los empleados fiscales están dispuestos a dar este escudo de su sueldo y si esta indicación aprobada por el Congreso Nacional contó con la aprobación de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), tanto el Congreso Nacional como el Ejecutivo deben respetar total, absoluta y plenamente esta decisión de los trabajadores, especialmente cuando se trata de los afiliados a una organización nacional tan respetable como es la ANEF, que va a realizar una Convención gremial, y cuando estos trabajadores constituyen un importante sector de la colectividad chilena, que están laborando en favor de los intereses generales del país, desde distintos ángulos de trabajo.

A nosotros nos parece absolutamente inconveniente esta observación del Ejecutivo y, por lo tanto, votaremos en contra de ella.

El señor MORALES (don Carlos).-

Pido la palabra.

El señor SILVA ULLOA.-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Morales; y, a continuación, el Honorable señor Silva Ulloa.

El señor MORALES (don Carlos).-

Señor Presidente, la disposición vetada por Su Excelencia el Presidente de la República contó con la aprobación entusiasta de todos los sectores políticos, en ambas ramas del Congreso Nacional, porque se consideró que se trataba de un descuento muy bajo, del monto de un escudo, hecho por una sola vez, de los sueldos de los obreros y empleados correspondientes al mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley, con el objeto de ayudar a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales para celebrar su VII Convención gremial, que se realizará en la ciudad de Valparaíso.

Saben los Honorables colegas que la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, a través de su directiva nacional, de sus directivas provinciales, y de toda su organización, ha realizado muchos trabajos tendientes a mejorar la situación económica, social jurídica de los servidores del Estado, hasta el extremo de que el Parlamento ha reconocido tanta categoría a esta institución, que le ha entregado la posibilidad de tener una casa propia, que se adquirió mediante descuentos hechos a los sueldos de todos los empleados.

No hubo entonces ninguna protesta de parte de los trabajadores fiscales, porque ellos también alientan la esperanza de poder ayudar a esta entidad, por los muchos beneficios que han logrado a través de su acción.

En efecto, no debemos olvidar leyes, como las que se refieren a reajustes, viáticos, asignación familiar, desahucio, jubilación, etcétera, que han sido, en gran parte, patrocinadas originalmente por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales. De modo que al empleado que va a entregar un escudo, por una sola vez, para esta entidad que tantas obras de carácter general ha logrado realizar en su beneficio, mediante las leyes que he mencionado, este descuento no le significa ningún detrimento económico. Por el contrario, ellos estarían gustosos de entregar en forma voluntaria esta cantidad; pero, como no es posible hacerlo, debido a que esta institución no está aún suficientemente organizada, porque sólo en el último tiempo ha dispuesto de una serie de herramientas legales que le ha permitido, incluso, tener personalidad jurídica, se ha tenido que recurrir al mecanismo que consulta este proyecto.

Seguramente, en el futuro, cuando sus organismos provinciales estén funcionando, ahora que el fuero para los dirigentes fue reconocido hace poco tiempo, podrán actuar en forma más eficiente y tener su propio control. Entonces, no será menester recurrir a estas normas legales para descontar un escudos o dos, o una cantidad parecida, a fin de financiar sus Convenciones.

En esta ocasión yo sólo deseo recordar que esta disposición no fue impugnada por ningún sector parlamentario, ni en la Cámara, ni en el Senado. Por el contrario, todos fuimos partidarios de su aprobación y dijimos, en esa oportunidad, a los dirigentes, que contaban con nuestro respaldo.

Por eso, extraño que el Presidente de la República haya vetado una disposición tan simple, por medio de la cual se pretende descontar de los sueldos de los trabajadores sólo un escudo, y por una sola, vez, para los efectos de financiar su VII Convención gremial, en la cual se van a analizar muchas materias.

Seguramente al propio Gobierno le convendrá que estas instituciones gremiales del sector fiscal puedan celebrar estas reuniones, porque gracias a sus estudios y a los que elabore el Ejecutivo, se podrán presentar disposiciones como la que entrega ahora el Gobierno sobre la escala única de sueldos, la cual ha sido convenida por él con los dirigentes nacionales de la ANEF. En efecto, esta organización estuvo trabajando hace doce meses en este proyecto, el cual se envió al Parlamento, con el visto bueno de los dirigentes. De manera que existe una colaboración muy importante de parte de este gremio a las propias iniciativas del Gobierno, y con seguridad, del estudio de las materias que se considerarán ahora en Valparaíso, y de las que se consideraron en otras convenciones celebradas por esta institución, saldrán muchas ideas concretas y positivas para beneficiar a este sector estatal de trabajadores y para colaborar también en la gestión gubernamental.

Por estas consideraciones, los Diputados radicales vamos a votar en contra del veto e insistiremos en la idea primitiva despachada por la Cámara de Diputados.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa; y, a continuación el Honorable señor Lorca, don Alfredo.

El señor SILVA ULLOA.-

La verdad es que la observación formulada por el Ejecutivo al artículo 11 del proyecto, que consiste en suprimirlo y que, por lo tanto, eliminaría la posibilidad de que todos los empleados afiliados a la ANEF contribuyeran con un escudo, por una sola vez, para financiar los gastos que origine su VII Convención gremial, que se realizará en Valparaíso, no tiene, a nuestro juicio, ningún objetivo.

Debemos recordar que este precepto fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados; de manera que representaba, en ese instante, no un criterio mayoritario, sino un criterio absolutamente general de la Cámara, como lo representó también en el Senado. Por último, este veto significa una contradicción entre lo que expresa el Gobierno sobre su política gremial y lo que está practicando en los hechos.

En efecto, el Gobierno señala -y los Honorables colegas de la Democracia Cristiana lo han hecho en forma permanente- que está preocupado de estimular la organización de la ciudadanía; pero resulta que las instituciones que agrupan decenas de miles de nuestros conciudadanos y que tienen labores específicas que realizar, se verán impedidas, como le ocurre a la ANEF, en virtud de este veto, de recibir un aporte que les permita financiar una Convención.

Se fundamenta este veto sólo en el hecho de que dicho organismo ha recibido, a través de la Ley de Presupuestos del presente año, una subvención de 5 mil escudos. Los Honorables colegas saben, porque todos estamos actuando en nuestros respectivos partidos políticos, cuánto cuesta financiar una reunión de nivel regional realizada por estas colectividades. ¿Se puede financiar con cinco mil escudos? En este caso, se trata de una reunión de tipo nacional, en la cual, durante varios días, y con la dedicación y la responsabilidad con que lo saben hacer los dirigentes gremiales, se estudiarán los problemas que afectan a los servidores públicos.

A nosotros nos parece que hay una contradicción entre lo que se expresa verbal-mente por los personeros del Ejecutivo y los hechos que se tratan de materializar a través de este veto; por lo cual anuncio que los Diputados socialistas votaremos en contra de la observación en debate.

He concedido una interrupción al Honorable colega señor Osorio.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Osorio.

El señor OSORIO.-

Señor Presidente, en realidad, durante los últimos meses, nos hemos encontrado con que cada proyecto despachado por el Honorable Congreso Nacional, estudiado por sus Comisiones técnicas, y muchos de ellos aprobados por unanimidad, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, vuelven al Congreso Nacional, vetados, aparentemente, por Su Excelencia el Presidente de la República, porque yo creo que el fundamento de esto va más allá. En efecto, en el Gobierno del señor Frei, hay ciertos funcionarios que tienen la manía de encontrar malo todo lo que el Congreso Nacional aprueba.

Tanto es así, que esta disposición vetada por el Ejecutivo no significa ningún gasto para las arcas fiscales; sólo obliga a cada empleado a pagar un escudo.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-

O sea, significa un gasto para los empleados.

El señor OSORIO.-

Pero ¿qué es un escudo ahora en este Gobierno?

El señor SILVA ULLOA.-

El valor de un Hilton.

El señor OSORIO.-

El valor de una cajetilla de cigarrillos Hilton, como acota muy bien el Honorable colega Ramón Silva Ulloa.

Continúo. Ahora quiero referirme a cierta afirmación que nunca ha sido desmentida aquí en la Cámara.

El periodista Luis Hernández Parker escribió en la revista "Ercilla", del día 27 de octubre del año pasado, un artículo intitulado: "Aguas bravas para barco democratacristiano". No quisiera creer lo que en él se dice. Sería el colmo que así fuera el Congreso Nacional, que declara representar al pueblo de Chile.

¿Por qué quiero leer este artículo a la Sala? Porque el Honorable colega Vicente Sota, a quien estimo mucho, ha sostenido siempre que este Gobierno defiende la organización de los trabajadores y que está con ellos; pero, de repente, nos encontramos con que no lo está, como lo voy a demostrar antes de leer este artículo.

Hay un conflicto en Aconcagua; dura ya 78 días; perjudica a 42 familias; se trata de obreros que trabajan en la mina "Dos Amigos"; que ganan 4.160 pesos diarios, menos que muchos campesinos de Chile. ¡Hay que ver lo que es meterse en el socavón de una mina, trabajar en el fondo de ella y ganar sólo 4.160 pesos! Sin embargo, ya van 78 días de huelga. A los 11 días de su iniciación, en la Intendencia de San Felipe, el Subsecretario del Trabajo, señor Emiliano Caballero, en una entrevista con los dirigentes obreros y el Diputado que habla, nos dijo: "En 48 horas más el conflicto estará totalmente solucionado. El lunes o martes los espero en mi oficina". Era un día sábado. Pues bien, han pasado 67 días, no 48 horas, y el conflicto todavía no se soluciona.

¿Qué sucedió? Que se solicitaron informes a la Empresa Nacional de Minería; y que ésta demoró un mes en enviarlos al Ministerio del Trabajo, a pesar de que al Subsecretario de esa cartera, el señor Emiliano Caballero, yo lo "molestaba" todos los días por teléfono; incluso, cada tres días, lo visitaba en su despacho. Por fin se mandaron los antecedentes. ¡Dos páginas! ¿Para decir qué? Que no era conveniente seguir trabajando la mina. El Subsecretario, a su vez, se demoró una semana, ocho días, en leer las dos carillas, para luego decirles a los obreros: "Bueno, ahora, pasado mañana llamaré a los patrones para ver qué hacer."

El señor SOTOMAYOR.-

¡No puede ser!

El señor OSORIO.-

¿No puede ser? ¿No lo cree Su Señoría? Se lo puedo probar en cualquier momento. Acabo de llamar al Subsecretario del Interior, don Enrique Krauss, que antes fuera alto funcionario de esta Corporación, para que ojalá sea el Ministerio del Interior el que se haga cargo de la solución de este conflicto.

Mientras tanto, ¿qué ha ocurrido? Los obreros quisieron dejar en la mina una guardia permanente para evitar que el socavón se llenara de agua. La Empresa certificó en la Intendencia que ellos se harían cargo de esto. Durante una semana no ocurrió nada, pero después la mina apareció llena de agua y ahora hay que esperar 35 a 45 días para que los obreros comiencen a trabajar de nuevo. ¿Es o no tramitación lo que se ha hecho con estos 42 obreros y sus familias? ¿Es o no tramitación que tengan que venir dos veces por semana a golpear las puertas del despacho de las autoridades de Santiago? Pero ahora nos encontramos con este veto...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del primer discurso del Honorable señor Silva Ulloa. Su Señoría puede continuar, por la vía de la interrupción, en el tiempo del segundo discurso del Honorable Diputado.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-

Que se refiera a la materia en debate.

El señor SOTA.-

Bueno, ¿y qué decía Luis Hernández Parker?

El señor OSORIO.-

Parece que a los colegas democratacristianos no les gusta oír opiniones adversas a sus planteamientos. ¿Sí o no?

Varios señores DIPUTADOS.-

Sí. Siga no más.

El señor OSORIO.-

Este es un Parlamento democrático que nos permite exponer libremente las ideas de acuerdo con nuestras concepciones y no con lo que quieren Sus Señorías.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Puede hacerlo en la Hora de Incidentes, pero no ahora.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

La Mesa ruega a Su Señoría referirse a la materia en debate.

El señor OSORIO.-

En la Hora de Incidentes les gusta a Sus Señorías aparecer ante la opinión pública como que lo hacen todo, pero al final no hacen nada, porque piden puros oficios, que ni siquiera son contestados. Yo prefiero no perder el tiempo.

El señor VALENZUELA (don Ricardo).-

Su Señoría ha recibido respuesta a todos los oficios que ha pedido.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

¡Honorables señores Diputados, ruego evitar los diálogos!

El señor OSORIO.-

Claro que he recibido respuesta, pero después de seis meses, cuando ya no era necesaria, cuando ya el conflicto o el problema lo habíamos solucionado por otros medios y en un plazo prudente.

El señor MORALES (don Carlos).-

Hasta nueve meses se demoran a veces en contestar los oficios.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Su Señoría se olvida de los buenos amigos.

El señor OSORIO.-

No me olvido. Soy amigo de los amigos y enemigo de los enemigos...

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Honorable Diputado, le ruego dirigirse a la Mesa.

El señor OSORIO.-

Lo que a nosotros, señor Presidente, nos parece sumamente grave, es que aquí se aprueben cosas por unanimidad, y después el Ejecutivo, a través del veto, las rechace en su totalidad. Así lo manifiesta el periodista Luis Hernández Parker en la revista "Ercilla" del 27 de octubre de 1965, al decir: "Mientras tanto ocurrían hechos no menos sintomáticos. Mociones presentadas por Diputados de la Democracia Cristiana eran vetadas por el Ejecutivo sin informar a los autores. Funcionarios imprudentes llegaban con un proyecto de La Moneda a la Cámara. Ante una observación de Ballesteros -así dice el artículo,- que opinaba que la forma o el fondo del proyecto eran deficientes, el funcionario replicaba:

"-No importa. Despáchenlo ustedes tal como está. El Senado lo perfeccionará.

"-¿Y nosotros -preguntó Ballesteros con ira- para qué estamos? ¿Para mozos de los mandados?

"Estas contenidas cóleras las dio a conocer el propio Ballesteros a sus camaradas cuando éstos lo despidieron por su viaje a la U.R.S.S. en un almuerzo que se le ofreció en el Círculo Español.

"En esa ocasión, los Diputados democratacristianos se comprometieron a mantener su disciplina, pero también a exhibir su enconada molestia al Presidente de la República, a sus Ministros, demás asesores y autoridades partidarias".

Esto es lo que nosotros tenemos la obligación de discutir y analizar. Esto que dijo el periodista señor Luis Hernández Parker no lo discutió ni lo desmintió nadie. Bien, ¿entonces es efectivo? Quiere decir que este Congreso está de más, ya que un funcionario cualquiera lo coloca en interdicción. No es conveniente que esto suceda en Chile, especialmente porque aquí se levantan voces de la Democracia Cristiana y de otros partidos políticos para señalar al Parlamento como la representación democrática del pueblo.

Si hemos tenido una opinión unánime en el Congreso, ¿por qué cambiarla después ante un veto del Ejecutivo? ¿En qué queda lo dicho por el señor Presidente de la Cámara de que no está dispuesto a ser "mozo de los mandados" del Ejecutivo y que hará respetar los acuerdos del Congreso?

Es obligación nuestra defender las prerrogativas parlamentarias, porque somos bastante grandecitos para saber lo que aprobamos. No creo que de un mes a esta parte podamos cambiar y decir que lo que ayer era blanco hoy, sencillamente, es negro, porque así quiere imponerlo el Presidente de la República.

Por el prestigio del Parlamento de Chile, el veto en discusión debe ser rechazado, porque entrega a la Asociación Nacional de Empleados Fiscales dineros de los propios empleados para celebrar una convención, de la que saldrán acuerdos que habrán de beneficiar a todo el personal de la Administración Pública.

Nada más.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Lorca, don Alfredo.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Señor Presidente, sean mis primeras palabras para agradecer al Honorable señor Osorio el homenaje que ha rendido a la Democracia Cristiana, porque, realmente, nosotros, por muchas razones, vamos a rechazar el veto.

El pueblo es la expresión soberana de la nación, y como el Parlamento interpreta y representa la opinión del pueblo, nosotros, que somos el pueblo y lo interpretamos, vamos a rechazar este veto, como va a constar en las actas del Parlamento de Chile.

El señor OSORIO.-

Ojalá que en otros vetos nos puedan acompañar también.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Por ahora, Honorable Diputado, dese por satisfecho.

El señor LORCA (don Alfredo).-

Nuestro colega Santiago Pereira, que ha sido dirigente nacional de la ANEF por muchos años...

El señor MORALES (don Carlos).-

Hay otros más en la Sala, Honorable colega.

El señor LORCA (don Alfredo).-

... que tiene gran prestigio y es tan querido entre los empleados fiscales, como lo es también el Honorable señor Carlos Morales, vibra con la ANEF y ha planteado en muchas oportunidades los puntos de vista de esta Asociación. No desconozco que otros Diputados en el pasado han tenido una posición de defensa de los empleados de nuestro país, pero nuestro colega Pereira, vibra permanentemente con las inquietudes de la ANEF.

Los Diputados democratacristianos vamos a rechazar el veto, porque un Congreso de los empleados fiscales que estudie con serenidad y sin apasionamiento los problemas de Chile tendrá que convencerse de que este Gobierno realmente está al servicio del país. Por eso, estamos felices con la realización de este Congreso.

El ideal es que este tipo de descuentos a los trabajadores se establezcan por ley o se hagan por convenios, porque a pesar del sentido de clase social que tienen, muchas veces les es difícil dar voluntariamente la cuota para un sindicato o para un congreso. La tradición aconseja hacerlo por ley o a través de un convenio.

Un Gobierno como el nuestro, que ha servido tan lealmente a la clase obrera, al pueblo de Chile, a los campesinos, que ha obtenido tantas leyes beneficiosas para el país, puede equivocarse en un veto.

Por eso, nosotros, los Diputados democratacristianos repararemos este pequeño error de nuestro Gobierno y rechazaremos el veto de esta disposición.

El señor CABELLO.-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor CABELLO.-

Le concedo una interrupción al Honorable señor Galleguillos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Galleguillos.

El señor GALLEGUILLOS.-

Señor Presidente, sólo quiero recordar a la Democracia Cristiana y al Honorable señor Lorca, que ha planteado desde un aspecto tan positivo su intervención en favor de los gremios, especialmente en relación a este descuento, que, en su oportunidad, los Diputados comunistas presentamos indicaciones para que se efectuaran descuentos por caja a fin de financiar a las federaciones, precisamente, como una forma de fortalecer los organismos sindicales en Chile, y los señores Diputados democratacristianos las votaron en contra. Por eso, ahora extraña esta actitud del Honorable señor Lorca.

El señor LORCÁ (don Alfredo).-

No tiene por qué extrañarle.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Cabello.

El señor CABELLO.-

Señor Presidente, es muy agradable que, en esta oportunidad, estemos todos acordes en votar en contra de este veto supresivo, porque es la conciencia gremial la que ha predominado.

A las palabras que se han vertido en relación con este problema, quiero agregar la solicitud que que se envíe un oficio al Ministerio de Hacienda, para que se estudie también un proyecto que establezca el descuento por convenio de las cuotas sociales de los jubilados y montepiadas, como en muchas oportunidades lo han solicitado. En beneficio de la unidad de este grupo de ex servidores, hago esta solicitud, para fortalecer así al organismo gremial que lucha permanentemente por los intereses de sus miembros, afectados por problemas económicos que todos conocemos.

El señor GODOY URRUTIA.-

¿Me concede una interrupción?

El señor CABELLO.-

Con todo gusto.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Godoy.

El señor LAVANDERO.-

¡Va a terminar el tiempo y no vamos a alcanzar a votar!

El señor GODOY URRUTIA.-

Señor Presidente, al discutir la Cámara esta parte de las observaciones del Ejecutivo, ha terminado, al final, por imponerse, me parece, la buena doctrina. Se faltó, en cierto modo, a la verdad, cuando se fundó este veto sosteniendo que éste es un descuento obligatorio para todos los funcionarios públicos, cuando se trata exclusivamente de los afiliados a la ANEF. Creo que los funcionarios que militan en dicho organismo gremial no llegan siquiera a la mitad del total.

El señor MORALES (don Carlos).-

No son mas de 8 mil.

El señor GODOY URRUTIA-

El documento que tenemos aquí es un facsímil o una fotocopia del original enviado con las firmas del Presidente de la República y del Ministro de Hacienda.

Yo quisiera que algún colega me explicara lo que han querido decir cuando, en un lenguaje verdaderamente incomprensible, refiriéndose al fundamento de la supresión del artículo II, expresan: "No se estima conveniente imponer un descuento obligatorio a todos los funcionarios públicos, aun cuando se persiga una buena finalidad gremial, como la que se señala en el artículo que se veta. No habría inconveniente en que estudiará a futuro una norma en virtud de la cual se pueda hacer estos descuentos siempre que el funcionario manifieste su voluntad favorable de hacer el aporte."

Verdaderamente, creo que si se le encarga redactar a un funcionario o a un asesor, es para que redacte en un lenguaje ligeramente comprensible. Me parece una vergüenza que se escapen faltas ortográficas, como ha sucedido con la exposición hecha por el Ministro de Hacienda en la Comisión Mixta de Presupuestos al mediodía de ayer y publicada en El Mercurio de hoy. Hay faltas cometidas o por quienes sacan a máquina los originales, o, sencillamente, por funcionarios que no tienen ni un mínimo dominio de la lengua que acostumbramos a hablar y escribir. Esto es una vergüenza, y se repite constantemente. ¡Y abajo ponen sus firmas el Presidente de la República y un Ministro de Estado! Aquí hay faltas de sintaxis. Nadie entiende lo que han querido decir.

El señor GARAY.-

¡Puede ser un ex alumno suyo!

El señor GODOY URRUTIA.-

Yo no soy profesor de letras. Apenas soy un modesto maestro de escuela, nada más que un maestro de escuela.

El señor GARAY.-

¡De todas maneras, puede ser un ex alumno suyo!

El señor GODOY URRUTIA.-

Señor Presidente, estoy en mi derecho. Creo que si la Cámara le manda un proyecto mal redactado o que no se entienda, el Ejecutivo lo devolverá, porque no estará dispuesto a promulgar leyes incomprensibles. Lo menos que podemos hacer aquí es decir las cosas con claridad. También tiene derecho el Congreso a que los documentos que se le envían sean redactados conforme a las reglas, a las normas que conocen hasta los niños de las escuelas primarias.

Nada más.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Cabello.

El señor CABELLO.-

Señor Presidente, sólo deseo reiterar la solicitud de que se envíe un oficio al Ministro de Hacienda, a fin de que estudie el descuento de Gas cuotas sociales a los jubilados y montepiadas.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-

Que lo pida en la Hora de Incidentes.

El señor CABELLO.-

Concedo una interrupción al Honorable señor Osorio.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Osorio.

El señor OSORIO.-

Señor Presidente, es sólo un minuto, para aprovechar la buena disposición del Honorable colega señor Alfredo Lorca.

El ha dicho que yo le he rendido homenaje a la Democracia Cristiana. Como se están acostumbrando a los puros homenajes, estos caballeros creen que, cada vez que uno se refiere a ellos, es pura rendirles homenaje.

Después de haber dado a conocer la tramitación del conflicto que existe en la provincia de Aconcagua, quiero aprovechar esta buena disposición para pedir que la Honorable Cámara de Diputados acuerde enviar un oficio al señor Ministro del Interior, a fin de que tome en sus manos la solución de este conflicto.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-

Que lo pida en la Hora de incidentes.

El señor OSORIO.-

Agradecería a los colegas que dieran su asentimiento.

Nada más, y muchas gracias.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Cabello.

El señor CABELLO.-

He terminado.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Recabo el asentimiento unánime de la Sala a fin de dirigir un oficio al Ministro de Hacienda para solicitarle el estudio de un proyecto de ley que establezca un descuento al personal jubilado en favor de sus organizaciones gremiales.

El señor VALENZUELA VALDERRA-MA (don Héctor).-

Que lo solicite en la llera de incidentes.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

No hay acuerdo.

Recabo el asentimiento unánime de la Sala a fin de dirigir un oficio al Ministro del Interior con la petición del Honorable señor Osorio.

El señor VALENZUELA VALDERRA-MA (don Héctor).-

En la Hora de Incidentes, no habría problema.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

No hay acuerdo.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

Si le parece a la Cámara, se acordará rechazar la observación del Ejecutivo al artículo 11 e insistir en el criterio del Congreso.

Acordado.

En discusión la observación del Ejecutivo al artículo 24.

El señor PONTIGO.-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor PONTIGO.-

Señor Presidente, nosotros también vamos a votar en contra de la observación del Ejecutivo al artículo 24, que consiste en suprimirlo, porque perjudica a las provincias de Valparaíso, Aconcagua, Santiago, en sus comunas de Tiltil y Colina, y a la provincia de Coquimbo, en sus departamentos de Illapel y Combarbalá.

En primer lugar, el artículo 29 transitorio de la ley Nº 16.282 establece:

"Los proyectos de construcción, reconstrucción o reparación en la zona indicada en el artículo 1º transitorio de la presente ley" -se refiere a la zona afectada por el terremoto de marzo de 1965-, durante el plazo de un año a contar de su publicación, no requerirán la intervención de arquitectos, siempre que:

a) Se trate de viviendas individuales que se realicen en terreno propio;

b) El presupuesto de la obra completa sea inferior a cuatro sueldos vitales...",etcétera

Es decir, se trata de beneficiar a gente modesta que quiera construir su casa.

El artículo 35 transitorio de la ley Nº 16.282 favorece a los campesinos pequeños, a los más modestos, a los más pobres, estableciendo que el Instituto de Desarrollo Agropecuario podrá utilizar sus recursos para hacerles préstamos hasta por 3 mil escudos, sin garantía hipotecaria, cuando se trate de agricultores individuales, y hasta por 100 mil escudos, cuando se trate de cooperativas o de comités.

La situación en la zona no ha cambiado. Sigue siendo difícil, porque los problemas que surgieron del terremoto no han sido resueltos en las provincias de Valparaíso y Aconcagua, y en los departamentos de Illapel y Combarbalá de la provincia de Coquimbo. Por lo contrario, hay muchos problemas no resueltos. De manera que esta atribución legal nos parece que debe mantenerse.

Tampoco están resueltos los problemas creados a los pequeños agricultores y campesinos, especialmente en los departamentos de Illapel y de Combarbalá, donde este año las cosechas serán extraordinariamente malas. Los campesinos sólo cosecharán las semillas, si es que logran cosecharlas, porque el trigo no alcanzó a granar. Esto está en conocimiento del Gobierno.

De tal manera que la eliminación de esta disposición legal perjudica a centenares y miles de comuneros pobres de la provincia de Coquimbo, a los comuneros que esperan que de la aplicación de esta ley surja algún alivio para ellos

Por estas razones, nosotros votaremos en contra de este veto e invitamos a la Cámara a hacer lo mismo.

Nada más, señor Presidente.

El señor SOTA.-

Pido la palabra.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor SOTA.-

Señor Presidente, quiero consultar al Honorable colega señor Pontigo acerca de cuál es exactamente el texto de los artículos a que se refiere el veto del Ejecutivo, porque en el fundamento de éste se hacen argumentaciones que en nada coinciden con lo que él nos acaba de explicar.

El señor PONTIGO.-

El Ejecutivo dice, concretamente: "Mediante este artículo" -se refiere al artículo 24- "se pretende que INDAP aplique disposiciones excepcionales de créditos por un nuevo año, sin que exista justificación alguna para operar en forma diversa en esa parte del país".

Yo he dicho que la justificación existe, porque los problemas derivados del terremoto no están resueltos. No lo está el problema habitacional, ni tampoco los que afectan a la agricultura, que son los que se quiso resolver a través del artículo 35 transitorio de la ley Nº 16.282.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Puede continuar el Honorable señor Sota.

El señor DAIBER.-

¿Me permite una breve interrupción?

El señor SOTA.-

Concedo una interrupción al Honorable señor Daiber.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Daiber.

El señor DAIBER.-

Señor Presidente sólo quiero pedir que la Mesa solicite el asentimiento de la Sala para prorrogar el Orden del Día, con el objeto de alcanzar a votar las observaciones a este proyecto.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Después de consultar a los señores jefes de Comités, la Mesa propone el siguiente procedimiento: continuar el debate hasta las 6 de la tarde y cerrarlo a esa hora, para proceder a votar el resto de las observaciones, porque, en conformidad con el artículo 201 del Reglamento, la Cámara está citada, por ministerio del mismo, a sesiones continuadas mañana y pasado para tratar la materia en debate.

Si le parece a la Honorable Cámara, así se acordará.

Acordado.

El señor MORALES (don Carlos).-

¿Y los oficios pendientes?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Retirada la oposición que hubo denantes, solicito nuevamente el asentimiento de la Sala a fin de enviar los oficios solicitados por los Honorables señores Cabello y Osorio a los señores Ministros de Hacienda y del Interior, respectivamente, con las peticiones correspondientes.

Acordado.

Puede continuar el Honorable señor Sota.

El señor SOTA.-

Señor Presidente, pido a la Mesa que tenga la bondad de leer los artículos 29 y 35 transitorios de la ley N° 16.282, porque no he quedado satisfecho con la explicación del Honorable señor Pontigo.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Ha terminado el tiempo destinado a tratar este proyecto.

Cerrado el debate.

En votación la observación al artículo 24.

-Efectuada la, votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 15 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobada la observación.

Corresponde votar las observaciones del Ejecutivo al artículo 27. Respecto de él, hay un oficio complementario al veto, impreso en el boletín Nº 10.582-O-bis.

En votación la observación formulada por el Ejecutivo, que consiste en sustituir el inciso segundo del artículo 27.

El señor SILVA ULLOA.-

¿Por qué no votamos separadamente, señor Presidente?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Se ha pedido votar separadamente.

En el oficio complementario, las observaciones formuladas al inciso segundo y al inciso tercero, letra b), son idénticas a las que figuran en el primer veto.

Si le parece a la Cámara, se aprobarán estas dos observaciones.

Acordado.

En votación la observación formulada por el Ejecutivo en el oficio complementario, que consiste en agregar en el inciso tercero, después del punto final, que se cambia por una coma, la frase: "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso."

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 20 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Rechazada la observación.

Como consistía en una adición, queda igual el inciso.

En el oficio complementario se propone sustituir el inciso sexto por el siguiente:

"El Presidente de la República queda facultado para dictar disposiciones que regulen el seguro a que se refiere este artículo, señalando el orden de los beneficiarios. los requisitos básicos para obtener indemnizaciones, y la compatibilidad o incompatibilidad de éstas, según las circunstancias, con otras indemnizaciones que pueda recibir la víctima, en razón de un mismo accidente; y para extender el seguro, si los recursos lo permiten, a las lesiones o muerte que puedan sufrir los peatones con ocasión de accidentes causados por vehículos de la locomoción colectiva y, en general, para dictar todas las demás normas que sean necesarias para el estable cimiento y aplicación de este seguro. Queda facultado también el Presidente de la República para establecer las multas por infracciones a las normas sobre pasajes.

El Presidente de la República podrá modificar las disposiciones que dicte en uso de las facultades que le concede el inciso precedente."

En votación la observación.

Si le parece a la Cámara, se aprobará.

Aprobada.

En votación la observación del Ejecutivo que consiste en eliminar el inciso séptimo.

Si le parece a la Cámara, se aprobará la observación.

Aprobada.

Recabo el asentimiento de la Cámara, a fin de omitir el trámite de votación secreta que procede en la observación al artículo 29 y en las que eventualmente pudiera proceder.

Acordado.

En votación la observación que consiste en eliminar el artículo 29.

-Durante la votación:

El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-

¿Y los alcances del oficio complementario?

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Se votaron todos; sólo se referían al artículo 27.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos.

El señor BALLESTEROS ( Presidente).-

Aprobada la observación.

En votación la observación del Ejecutivo que consisten en agregar un articulo nuevo.

Si le parece a la Cámara, se aprobará.

Aprobada.

Terminada la discusión de las observaciones al proyecto.

5.2. Oficio del Ejecutivo a Cámara de Origen

Oficio Observaciones Del Ejecutivo. Fecha 15 de noviembre, 1966. Oficio en Sesión 21. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

?1.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE SUPLEMENTA DIVERSOS ITEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Santiago, 10 de noviembre de 1966.

La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, acerca de las cuales ha adoptado los acuerdos que a continuación se indican:

Artículo II

Ha rechazado la que consiste en suprimir este artículo, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.

Artículo 27

Ha desechado la que tiene por objeto agregar, al final del inciso tercero del artículo 19 de la ley N° 16.426, que se reemplaza por este artículo, la siguiente frase: "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso."

Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E.

Acompaño los antecedentes respectivos, incluso el oficio complementario de las observaciones Nº 502, de fecha 9 de noviembre del año en curso.

Dios guarde a V. E.

(Fdo.): Eugenio Ballesteros Reyes, Eduardo Cañas Ibáñez.

Texto de las Observaciones del Ejecutivo.

Nº 1182.- Santiago, 8 de noviembre de 1966.

En uso de la facultad que me confiere la Constitución Política del Estado vengo en formular las siguientes observaciones al proyecto de ley que suplementa el presupuesto de Capital del Ministerio de Obras Públicas:

Articulo 4°.- Para sustituirlo por los siguientes:

"Artículo 4°.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 6º de la ley Nº 12.120, contenida en el artículo 33 de la ley Nº 16.466, de 21 de abril de 1966:

"El impuesto de compraventa afectará también, con tasa del 15% a la venta al público de los boletos de Lotería, Polla o cualquiera otro similar".

"Artículo. ...- A contar del año 1967, del rendimiento del impuesto establecido en el artículo 4º, se destinará anualmente la cantidad de Eº 600.000 que se distribuirá por iguales partes entre las Universidades de Chile, Técnica del Estado y del Norte, debiendo invertir estos recursos en los Colegios Regionales, Centros Universitarios o sedes ubicadas en las ciudades de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Talca y Chillán, Temuco y Osorno, según corresponda."

No se estima conveniente gravar los premios de Lotería con impuestos particulares que distorsionan la Administración y recaudación de los impuestos. Se ha creído más conveniente que el posible aporte que obtendrían las Universidades para los Centros Universitarios, se contemplen en sus propios presupuestos, y que para ello se destine por el Estado la cantidad de Eº 600.000, que es el rendimiento estimado para 1967.

Este aporte se hará con cargo al rendimiento del artículo que se propone en sustitución, y que hace aplicable a la venta de boletos para Lotería y Polla el impuesto establecido por la ley 12.120, esto es, el que se paga por la adquisición de bienes muebles, y por la prestación de servicios, y que hasta a la fecha no le era aplicable sin justificación alguna.

Artículo 11.- Para suprimirlo.

No se estima conveniente imponer un descuento obligatorio a todos los funcionarios públicos, aun cuando se persiga una buena finalidad gremial, como la que se señala en el artículo que se veta. No habría inconveniente en que estudiara a futuro una norma en virtud de la cual se pueda hacer estos descuentos siempre que el funcionario manifieste su voluntad favorable de hacer el aporte.

Es conveniente, además, tener presente, que en la ley de Presupuestos del año en curso se contempló una subvención de Eº 5.000 a favor de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) con el objeto de financiar la convención que se realizaría en el mes de noviembre, y que esos fondos han sido entregados por Tesorería.

Artículo 24.- Para suprimirlo.

Es totalmente extemporáneo seguir operando con las disposiciones transitorias de la ley de reconstrucción.

Mediante este artículo se pretende que ENDAP aplique disposiciones excepcionales de créditos por un nuevo año, sin que exista justificación alguna para operar en forma diversa en esa parte del país.

Artículo 27.- Se proponen las siguientes modificaciones.

a) Sustituir el inciso segundo por el que sigue:

"Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el D.F.L. Nº 210, de 1953, de conformidad a las normas que le señale a la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 188, de 14 de abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción."

b) Para sustituir en el inciso tercero la palabra "asegurar" por "cubrir" y agregar después del punto final, que se cambia por una coma (,), la frase: "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso."

c) Para sustituir el inciso quinto por el siguiente:

"El Presidente de la República queda facultado para dictar disposiciones que regulen el seguro a que se refiere este artículo, señalando el orden de los beneficiarios, los requisitos básicos para obtener indemnizaciones, y la compatibilidad o incompatibilidad de éstas, según las circunstancias, con otras indemnizaciones que pueda recibir la víctima, en razón de un mismo accidente; y para extender el seguro, si los recursos lo permiten, a las lesiones o muerte que puedan sufrir los peatones con ocasión de accidentes causados por vehículos de la locomoción colectiva y, en general, para dictar todas las demás normas que sean necesarias para el establecimiento y aplicación de este seguro. Queda facultado también el Presidente de la República para establecer las multas por infracciones a las normas sobre pasajes.

El Presidente de la República podrá modificar las disposiciones que dicte en uso de las facultades que le concede el inciso precedente."

d) Para eliminar el inciso sexto.

La nueva redacción de este artículo tiene por objeto precisar su alcance y eliminar algunas frases o incisos por ser innecesarios y que podría entrabar la operación de seguro de pasajeros.

Artículo 29.- Para eliminarlo.

No puede aceptarse que este proyecto legisle sobre material previsional, dando calidad de empleados públicos al personal que actualmente está regido por las normas del Servicio de Seguro Social. Esta norma tiende a discriminar con los otros obreros de la Administración Pública y producirá al Servicio en que trabajan rigidez en el movimiento de obreros de acuerdo con las necesidades de trabajo que existan ya que son obreros esencialmente transitorios y pasarían a ser permanentes.

Artículo nuevo.- Agrégase al inciso primero del artículo 30 de la ley 15.840 la siguiente frase, a continuación del punto:

"No obstante la Dirección General de Obras Públicas podrá emitir los documentos de crédito que sean necesarios por la suma correspondiente al saldo insoluto, aunque éstos se refieran a períodos que excedan del año presupuestario".

El artículo 30 de la ley 15.840 autoriza contratar estudios, proyectos, etc., con la modalidad de pago diferido.

Corrientemente los contratistas exigen que se les otorgue documentos de crédito por el saldo insoluto sin que ello se pueda hacer, por cuanto no hay facultad legal, no obstante que en el fondo el Fisco, con dicha modalidad se está comprometiendo a consultar recursos para dicho pago.

Tal omisión perjudica los intereses por cuanto muchas veces no pueden contratarse estudios pues las firmas extranjeras, especialmente las Europeas, interpretan las disposiciones del artículo 30 en el sentido de que el Fisco bien puede no pagar suma alguna.

Que es necesario solucionar esta situación lo que podría hacerse agregando una frase al citado artículo.

Dios guarde a V. S.

(Fdo.): Eduardo Frei M., Sergio Molina S.

Oficio complementario de las observaciones del Ejecutivo.

Nº 00502.- Santiago, 9 de noviembre de 1966.

En el Boletín Nº 10.582-0 de esa H. Cámara constan las observaciones que el Ejecutivo formuló al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Ministerio de Obras Públicas.

Entre esas observaciones figuran las que se refieren al artículo 27 del proyecto que reemplaza por otro el texto del artículo 19 de la ley Nº 16.426, de 4 de febrero de 1966.

El veto a dicho artículo propone en su letra c), sustituir el inciso quinto por otro; y en la letra d) la eliminación del inciso sexto.

La realidad es que la referencia a esos incisos, debe entenderse hecha a los incisos sexto y séptimo respectivamente, porque de otro modo la redacción del artículo resultaría contradictoria.

En mérito de lo expuesto y en uso de las facultades que me otorga la Constitución Política del Estado, vengo en modificar el veto formulado al aludido proyecto de ley en el sentido antes indicado, esto es, que las modificaciones que se proponen al artículo 27 del proyecto en las letras c) y d) se refieren a los incisos 6° y 7º, respectivamente.

Dios guarde a V. S.

(Fdo.): Eduardo Frei M., Sergio Molina S.

Observaciones del Ejecutivo: Artículo 4º

Para sustituirlo por los siguientes:

"Artículo 4°.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 6º de la ley Nº 12.120, contenida en el artículo 33 de la ley Nº 16.466, de 21 de abril de 1966:

"El impuesto de compraventa afectará también, con tasa del 15% a la venta al público de los boletos de Lotería, Polla o cualquiera otro similar".

"Artículo -A contar del año 1967, del rendimiento del impuesto establecido en el artículo 4º, se destinará anualmente la cantidad de Eº 600.000 que se distribuirá por iguales partes entre las Universidades de Chile, Técnica del Estado y del Norte, debiendo invertir estos recursos en los Colegios Regionales, Centros Universitarios o sedes ubicados en las ciudades de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Talca y Chillán, Temuco y Osorno, según corresponda."

La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación.

Artículo 11

Para suprimirlo.

La H. Cámara de Diputados ha rechazado esta observación y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.

Artículo 24

Para suprimirlo.

La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación.

Artículo 27

Sustituir el inciso segundo del artículo 19 de la ley Nº 16.426, que se propone reemplazar, por el siguiente:

"Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el DFL. Nº 210, de 1953, de conformidad a las normas que le señale a la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 188, de 14 de abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción".

La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación.

Para sustituir el inciso tercero la palabra "asegurar" por "cubrir".

La H. Cámara de Diputados ha, aprobado esta observación.

Agregar después del punto final, que se cambia por una coma (,) la frase: "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso."

La H. Cámara de Diputados ha rechazado esta observación.

Para sustituir el inciso sexto por los siguientes:

"El Presidente de la República queda facultado para dictar disposiciones que regulen el seguro a que se refiere este artículo, señalando el orden de los beneficiarios, los requisitos básicos para obtener indemnizaciones, y la compatibilidad o incompatibilidad de éstas, según las circunstancias, con otras indemnizaciones que pueda recibir la víctima, en razón de un mismo accidente; y para extender el seguro, si los recursos lo permiten, a las lesiones o muerte que puedan sufrir los peatones con ocasión de accidentes causados por vehículos de la locomoción colectiva y, en general, para dictar todas las demás normas que sean necesarias para el establecimiento y aplicación de este seguro. Queda facultado también el Presidente de la República para establecer las multas por infracciones a las normas sobre pasajes.

El Presidente de la República podrá modificar las disposiciones que dicte en uso de las facultades que le concede el inciso precedente."

La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación.

Para eliminar el inciso séptimo.

La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación.

Artículo 29

Para eliminar este artículo.

La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación.

Artículo Nuevo

Para agregar el siguiente:

"Artículo...- Agrégase al inciso primero del artículo 30 de la ley 15.840 la siguiente frase, a continuación del punto: "No obstante la Dirección General de Obras Públicas podrá emitir los documentos de crédito que sean necesarios por la suma correspondiente al saldo insoluto, aunque éstos se refieran a períodos que excedan del año presupuestario."

La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación.

5.3. Discusión en Sala

Fecha 15 de noviembre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 21. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967. Discusión Observaciones Presidente de la República. Se aprueban observaciones.

SUPLEMENTO DE ITEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. VETO.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En conformidad con el acuerdo unánime de Comités, corresponde discutir las observaciones formuladas por el Presidente de la República al proyecto que suplementa diversos ítem del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas.

-Los acuerdos de la Cámara de Diputados respecto de las observaciones del Ejecutivo figuran en los Anexos de esta sesión, documento Nº 1.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Cámara de Diputados aprobó los vetos del Ejecutivo, con excepción de los referentes a los artículos 11 y 27. En el artículo 11, rechazó la observación que consiste en suprimirlo e insistió en la aprobación del texto primitivo. En el artículo 27, desechó la que tiene por objeto agrega, al final del inciso tercero del artículo 19 de la ley Nº 16.426, que se reemplaza por este artículo, la siguiente frase: "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso".

La primera observación incide en el artículo 4º, que el Gobierno propone reemplazar por los siguientes:

"Artículo 4°.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 6º de la ley Nº 12.120, contenida en el artículo 33 de la ley 16.466, de 21 de abril de 1966:

"El impuesto de compraventa afectará también, con tasa del 15%, a la venta al público de los boletos de Lotería, Polla o cualquier otro similar".

"Artículo...- A contar del año 1967, del rendimiento del impuesto establecido en el artículo 4º, se destinará anualmente la cantidad de Eº 600.000 que se distribuirá por iguales partes entre las Universidades de Chile, Técnica del Estado y del Norte, debiendo invertir estos recursos en los Colegios Regionales, Centros Universitarios o sedes ubicados en las ciudades de Arica, Antofagasta, Copiapó, La Serena, Talca y Chillán, Temuco y Osorno, según corresponda".

La Cámara aprobó esta observación.

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor ENRIQUEZ.-

Señor Presidente, dadas las informaciones que han circulado, parece innecesario referirse en detalle a este veto, pues el propio Gobierno estaría de acuerdo en su rechazo, en atención a su estado de tramitación, por haberse convencido de que sólo acarrearía perjuicios y ningún beneficio, al extremo de cegar la fuente principal de recursos de la Universidad de Concepción: la Lotería.

Se ha pretendido buscar en la Lotería de Concepción fondos para financiar un déficit fiscal, de acuerdo con la exposición hecha hace unos días por el señor Ministro de Hacienda en la Comisión Mixta de Presupuestos. Sin embargo, comprendiendo los propósitos del Ejecutivo, los recursos que él necesita deben ser efectivos, y no simplemente nominales. Un impuesto que grave en 15% los boletos de la Polla de Beneficencia y de la Lotería de Concepción, no sólo no producirá los 34 millones de escudos nominales que resultarían de aplicar ese porcentaje sobre la emisión total de boletos de todos los sorteos, sino que tampoco rendirá los 18 millones de escudos que el señor Ministro de Hacienda calculó en su exposición sobre las finanzas públicas.

La única consecuencia será que la Polla y la Lotería dejarán de ser fuentes de ingresos y que, en el caso de esta última, principal rubro de entradas de la Universidad de Concepción, se desfinanciará gravemente esa casa de estudios superiores; y sin percibir el fisco recursos por este camino, habría que proveer a ese plantel penquista de las sumas necesarias con cargo a todos los contribuyentes, para no forzarla a cerrar sus puertas.

El problema no sólo afecta a la Universidad de Concepción, sino que es mucho más amplio. Recae también sobre la Universidad de Chile, la Técnica del Estado y las demás y, en general, sobre toda la educación chilena. Es necesario asignarles mayores recursos, y este aspecto es especialmente grave respecto de las universidades.

Es de conocimiento de la opinión nacional que se suprimió el bachillerato y que el próximo año aumentará al doble o quizás más el número de postulantes a ingresar a los centros universitarios. Más aún: obra de varios Gobiernos y comisiones especializadas son los estudios referentes a la reestructuración integral de nuestra enseñanza, de tal modo de regularizarla, de dar igualdad de oportunidades en materia educacional y de permitir que el escaso porcentaje de alumnos que hoy llega a la universidad se transforme en una cantidad muy superior. Y ce acuerdo con cierto lema, "universidad para todos", ojalá cuantos cumplan ios requisitos de la enseñanza media tengan acceso a los establecimientos universitarios.

Hablando de la Universidad de Concepción, que resultaría tan seriamente afectada con el veto, puedo decir que ella necesita que le dupliquen su presupuesto. Y aun contando con el doble de ingresos, atendidos sus planes de expansión y la enorme demanda de matrículas originada por las justas aspiraciones de los jóvenes y de todas las familias -ello tiene validez no sólo respecto de la Universidad de Concepción-, tal vez no podría ver cumplidos sus anhelos.

Aparece entonces sin justificación que, en lugar de complementarla, se quiera cercenar una fuente de recursos destinada a financiar una universidad, esto es, a cumplir una necesidad colectiva primordial para el desarrollo, como la educación y la cultura en sus tramos superiores. Ello revela enorme falta de imaginación.

Es posible que existan otras fuentes de financiamiento y que sea justo recurrir a ellas, dentro de la saturación tributaria en que vive el país; pero si la Lotería de Concepción puede rendir mayores recursos, ellos deben destinarse integralmente a los fines señalados en la ley que le dio vida, vale decir, a la Universidad de Concepción y a sus copartícipes, entre ellos la Universidad Católica, el Hospital Naval, el Hospital Militar, la Cruz Roja y otras entidades. Lo mismo ocurre con la Polla Chilena de Beneficencia. Que el Ejecutivo ponga en peligro la existencia de tales instituciones al echar mano de esos dineros para invertirlos en gastos que no quiero calificar, carece de sentido y lo muestra como un Gobierno que contradice los fines que debe perseguir como tal.

La Universidad de Concepción pidió originalmente que el Ejecutivo vetara la implantación de un impuesto de 5% sobre los premios superiores a mil escudos. Resulta incomprensible, por lo tanto, que, en lugar de un veto supresivo, liso y simple, el Primer Mandatario haya enviado al Congreso uno sustitutivo para elevar ese impuesto a 15% respecto de toda la emisión de boletos. Y un rendimiento calculado en 600 mil escudos por los autores de la indicación, lo convierte el señor Ministro de Hacienda en uno de 34 millones de escudos. En realidad, no obtendrá absolutamente nada, pues los efectos serán los indicados.

De ahí que la Universidad, los estudiantes y la ciudadanía de la provincia de Concepción se hayan movilizado. Hay inmensa alarma, y ella es compartida por los sectores más responsables del país. Afortunadamente, el propio Gobierno ha enmendado rumbos y expresado, por medio de sus voceros más autorizados, que no insistirá en este financiamiento.

Ello evita mayores comentarios y análisis, y espero que el Senado rechace el veto en forma unánime, tal como el propio Ejecutivo reconoce que debe ser.

El señor CORVALAN (don Luis).-

Señor Presidente, según informaciones de los diarios penquistas, a las cuatro o cinco de la tarde de hoy han paralizado sus labores el comercio, la industria y el transporte de la provincia de Concepción, como manera de protestar contra este veto sustitutivo, contra la pretensión del Gobierno de gravar con 15% los boletos de la Lotería de Concepción y de la Polla Chilena de Beneficencia. Los comunistas consideramos plenamente justificado tal movimiento.

Además, en el día de hoy ha llegado a Santiago una nutrida y representativa delegación de todas las actividades de la provincia, encabezada por el Alcalde de Concepción, señor Marcos Ramírez. Asimismo, los señores Senadores han recibido una presentación firmada por 26 instituciones de carácter social, deportivo, cultural y político de la ciudad penquista. Todos los sectores de la ciudadanía de la zona incluso el obispo y la Iglesia Metodista de esa ciudad, se han pronunciado en contra de dicho impuesto.

Insisto en que los Senadores comunistas estimamos absolutamente justo el movimiento.

Como recordaba el Honorable señor Enríquez, se trató, primero, de gravar con un impuesto de 5% a todos los premios superiores a mil escudos. A raíz de ello, se produjo resistencia en Concepción. Pero ahora se reemplaza ese tributo, ya repudiado y que iba a producir 600 mil escudos, de acuerdo con los cálculos de! señor Ministro de Hacienda, por un impuesto que, según las estimaciones del Gobierno, daría 19 millones de escudos y, según otras, más de 30 millones, sumas de las cuales, en todo caso, se dejarían sólo 600 mil escudos para la Universidad de Concepción y otras.

El sistema de las loterías, de por sí, a nuestro juicio, es de carácter impositivo, porque mediante ellas se contribuye al financiamiento de una serie de actividades que el Estado tiene la obligación de financiar. Entonces, resulta absurdo aplicar un impuesto a quienes contribuyen al financiamiento de actividades que, repito, el Estado está obligado a costear. Es tan absurdo como imponer tributos a quienes pagan contribuciones, aun cuando, naturalmente, para los que adquieren boletos de la Lotería o de la Polla rige, por cierto, la voluntariedad.

Por otro lado, está probado con hechos que todo intento de gravar con impuestos a la Lotería de Concepción o a la Polla no se traduce sino en una merma de las entradas que ellas producen. Ya en 1950 se aprobó un impuesto de 10% sobre los premies y, según informes emanados del Comité de Defensa de la Universidad de Concepción, en pocos meses los números sobrantes subieron a 18%, a 23% y a 30%, sucesivamente, es decir, se produjo una sería merma en las entradas, lo cual obligó a derogar dicho tributo. Ahora, la preposición del Ejecutivo nos parece francamente una barbaridad.

Además, votaremos en contra de este impuesto, no sólo en defensa de la Universidad de Concepción y de todas las otras actividades educacionales y de salubridad favorecidas por la Lotería y por la Polla, sino también como expresión de protesta por el criterio general que sigue el Gobierno en materia tributaria.

En efecto, para financiar el presupuesto del próximo año propone nuevos tributos por 335 millones de escudos. Con tal fin de eleva el impuesto a los timbres y estampillas, a los tabacos, a los dólares de turismo, al crédito bancario, a la compraventa -175 millones de escudos- y el impuesto a las loterías, y se aumenta en 15 millones el que afecta a la renta. Todos esos tributos, con excepción del último, son indirectos, lo cual demuestra la orientación del Gobierno en el sentido de obtener, por la vía de los impuestos indirectos que son los que gravan al pueblo, más de 300 millones de escudos.

El Presidente de la República habló hace algunos meses de fatiga tributaria. Compartimos ese criterio, pero sólo en el sentido de que no se pueden sacar más recursos de los bolsillos del pueblo. Sin embargo, ahora se pretende precisamente eso, sin hacer esfuerzo alguno por obtenerlos en otras fuentes.

Nuestro colega el Honorable señor Volodia Teitelboim, en la hora de Incidentes de esta tarde, se referirá al hecho de que todavía las compañías del cobre no pagan 44 millones de dólares que adeudan al fisco en virtud de la devaluación monetaria acordada a comienzos del Gobierno del señor Alessandri. Sobre el particular, la ley 14.171, de octubre de 1960, obligó a dichas empresas a devolver al erario las utilidades extraordinarias obtenidas con motivo del alza del dólar decretada por el Gobierno del señor Alessandri a fines de diciembre de 1958. El Honorable señor Teitelboim, en febrero del año pasado, dirigió una carta al Presidente de la República haciéndole presente dicha situación. La Contraloría General de la República dictaminó que la ley era muy clara. Concretamente, dijo que las compañías del cobre deberían reintegrar al fisco esos beneficios extraordinarios. Luego intervino también el Consejo de Defensa del Estado, el cual decidió entablar querella por el cobro de esos cuantiosos recursos. No obstante, el ex Departamento del Cobre.- Corporación del Cobre, según su nueva nominación- aún no adopta las medidas del caso ni da los pasos pertinentes para convertir en realidad esa devolución.

Cito el caso anterior sólo para significar que existen otras fuentes de las cuales pueden obtenerse recursos para financiar necesidades tan urgentes e importantes como las que dicen relación a la Universidad de Concepción y a otras universidades.

Por cierto que sobre esta materia podríamos hablar mucho más. Por vía de ejemplo, sólo quiero recordar que el valor de las exportaciones de hierro, en los últimos tres años, alcanzó a 205 millones de dólares, de los cuales el Estado recibe sólo 10 millones, es decir, menos de 5%.

Por lo tanto, nos pronunciamos francamente en contra de este intento de gravar con 15% los boletos de lotería. Procedemos así, no sólo porque ese impuesto afecta a la Universidad de Concepción -aunque en primer término lo hacemos por ese motivo-, sino también porque la tentativa para implantarlo demuestra el afán de persistir en una política con la cual estamos en absoluto desacuerdo.

El señor CURTI.-

El veto del Ejecutivo al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, ha causado la mayor sorpresa. Se propone sustituir el artículo ya aprobado por el Congreso, que grava en 5% los premios mayores de mil escudos para suplementar con ellos las inversiones que hoy día reclaman nueve colegios regionales, por otro que aplica un impuesto de 15% sobre el total del precio de venta de los boletos, lo cual disminuiría en gran escala su demanda.

La Lotería de Concepción fue creada en 1930 con el propósito de financiar el funcionamiento de la universidad penquista. Al correr de los años, esa lotería sirvió para los gastos generales de la Universidad, su expansión y desarrollo, y permitió abrir numerosos cursos que gradualmente fueron satisfaciendo las necesidades de la región y la preparación de su juventud estudiosa, permitiéndole desempeñarse en las diferentes actividades industriales y en las cátedras universitarias del país.

El impuesto de 15% sobre el precio de venta de los boletos de lotería vulnera gravemente la situación de la Universidad. Hoy día los boletos se venden con gran dificultad. El último año pudo establecerse que sobraron 127.000, lo cual representa Eº 5.600.000. Ello demuestra que no es nada fácil la colocación de esos boletos, y el hecho de que haya sobrantes, merma en gran medida el financiamiento de la Universidad.

Por otra parte, el cercenamiento de los ingresos que produce la Lotería rompe una tradición mantenida por todos los Gobiernos, en orden a dar el máximo de facilidades y de recursos, básicos para la expansión y desarrollo de la Universidad de Concepción. Al disminuirse esos ingresos en la forma como propone el veto, se está atentando contra el propio presupuesto fiscal. No es posible, a mi juicio, entorpecer el ritmo de expansión y desarrollo de la Universidad ni el de los colegios regionales. Los sueldos y salarios, los gastos de laboratorio, es decir, todos los gastos que debe afrontar una universidad, no pueden ser disminuidos. Si ello se hace, mayor será la provisión que el Estado deberá hacer en el presupuesto de la Nación para no entorpecer las altas funciones desarrolladas hasta ahora por ese plantel universitario.

El veto propone sustituir un impuesto que representa una pequeña cantidad de dinero -Eº 600.000 al año- para financiar nueve cursos universitarios a lo largo del país, por otro tendiente a obtener 33 millones de escudos, lo cual resulta del todo desproporcionado con la legislación que el Congreso aceptó, y de ninguna manera tiene relación con el rendimiento de un tributo que en total significa Eº 600.000 anuales.

El Senado debe rechazar por unanimidad el veto sustitutivo propuesto por el Presidente de la República. Por eso, conscientes de que al aprobarlo inferiríamos grave daño a la educación de la importante región cuyo centro universitario es Concepción, esperamos que el Senado lo rechace en la misma forma en que lo hacemos los Senadores del Partido Nacional.

El señor PABLO.-

Señor Presidente, el artículo materia del veto que conoce el Senado en este instante, fue de iniciativa parlamentaria. Establecía un impuesto de carácter extraordinario de 5% sobre los premios de las loterías, en beneficio de la Universidad Técnica del Estado y de algunos colegios regionales.

Debo advertir que aquel precepto fue aprobado por unanimidad por los distintos sectores del Parlamento. Proponía aumentar, de 2,5%, a 5% el impuesto sobre los premios. Posteriormente, el Ejecutivo vetó ese artículo en los términos que conoce el Senado. Al enterarme de sus alcances la semana pasada, hice presente que iba a producir no sólo reacción contraria en los círculos universitarios de Concepción y en los distintos sectores de la zona que represento, sino también una reducción en la venta de boletos de lotería y, por lo tanto, no rendiría la recaudación que se pretendía. El Gobierno, después de un nuevo estudio, ha participado de este punto de vista. Por ese motivo, los Senadores democratacristianos votaremos en contra del veto.

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Sólo deseo expresar, en nombre de los Senadores socialistas, que estamos en contra del veto, y esperamos que el Senado lo rechace por unanimidad. Eso significa que no habrá ley en esta parte, porque la Cámara lo aprobó.

También quiero dejar establecido que cuando se consideró esta materia por primera vez en la Comisión, se trataba de un impuesto a los premios de lotería. Hubo extenso debate al respecto y se formularon indicaciones para hacer variar su monto entre 2% y 10%. En todas aquellas ocasiones, me manifesté contrario a ese tributo, por reconocer lo sensible que sería para la Lotería de Concepción y para la Polla Chilena de Beneficencia imponerles cualquier gravamen, sea directamente a la transferencia, es decir, a la venta de boletos, o a los premios otorgados por ellas.

Por otra parte, me parece totalmente absurdo -siempre lo he considerado así, y es la opinión de mi partido- buscar por esta vía financiamientos que, en definitiva, constituyen obligación del Estado. Porque en la misma medida en que éste logra determinado financiamiento mediante ese tipo de tributos, se obliga a otorgar, a su vez, financiamiento a las organizaciones que lo perdieron por la aplicación de dicho gravamen.

En otras palabras, gran parte de los ingresos de la Universidad de Concepción proviene de aportes estatales. Incluso, tengo la satisfacción de haber participado, como dirigente estudiantil de esa universidad y como Diputado por la provincia de Concepción, en el despacho de varias leyes tendientes a conceder financiamiento definitivo al mencionado plantel universitario, con cargo al Presupuesto nacional y a fondos del Estado. Y es natural que si, por la vía de la tributación a la Lotería, se disminuye el ingreso que ese establecimiento requiere para financiar su presupuesto, el Estado tenga la obligación concreta y moral de otorgar recursos para que la Universidad de Concepción siga funcionando, aunque sea cojeando, como lo hace actualmente, por falta de dinero.

Por lo tanto, no tiene sentido establecer gravámenes por una vía, para reponer los fondos por otra.

En el caso que nos ocupa, el proyecto venía de esta manera. Por desgracia, el Gobierno se entusiasmó demasiado: aumentó la tasa del impuesto, de 5%, a 15%, y lo trasladó a la compraventa de boletos. Con ello obtiene un financiamiento muy importante, pero que afectará a la universidad y no resolverá ninguna situación sustantiva al Gobierno.

Por tales razones, votaremos en contra del veto.

Problema similar al anterior se planteó en 1950. Algunos señores Senadores deben recordar que en esa oportunidad hubo un gran movimiento estudiantil nacional para defender a la Lotería de Concepción. Por fortuna, aquella batalla, que tenía relación con la Fundación de Viviendas de Emergencia, se ganó en definitiva, la situación se retrotrajo a la existente antes de despacharse esa ley, y la Lotería se salvó.

Espero que esta nueva experiencia enseñe a los gobernantes, de una vez por todas, que la Lotería de Concepción y la Polla Chilena de Beneficencia no deben ser usadas como fuentes de financiamiento.

Debe tenerse la satisfacción de que ambos sorteos están contribuyendo, tanto por intermedio de las universidades como de los copartícipes, al progreso y beneficio del país. Y basta con eso. Tratar de obtener más, gravándolos o haciendo traslados de los ingresos que ellos producen, carece de sentido.

En consecuencia, de este enojoso incidente, quedará por lo menos una enseñanza, una vez más reiterada, en beneficio del país.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

Como han expresado diversos señores Senadores, quiero manifestar, con toda lealtad, que el veto ha sido inoportuno.

En el hecho, las indicaciones tendían a buscar recursos, seguramente con el fin de ayudar a las respectivas universidades. Por desgracia, los Honorables colegas autores de tales indicaciones no previeron el hecho de que podría perjudicarse una función tan importante como la cumplida por la Universidad de Concepción: impartir educación.

De más está decir que comparto lo expresado esta tarde por Sus Señorías, y desde ya anuncio mi voto contrario al veto del Ejecutivo.

El señor NOEMI.-

No obstante estar pareado, deseo dejar constancia de que el artículo 4º del proyecto en estudio tuvo origen en la Cámara de Diputados, es decir, fue de iniciativa parlamentaria. En él se establecía un impuesto a la Lotería de Concepción y a la Polla Chilena de Beneficencia, tendiente a beneficiar a los centros universitarios del norte dependientes de la Universidad de Chile, y a la Universidad del Norte.

Hago presente a los señores Senadores que fue iniciativa mía incorporar también a la Universidad Técnica del Estado, a fin de que recibieran algunos beneficios los centros universitarios técnicos del Estado, es decir, las Escuelas de Minas de Antofagasta, Copiapó y La Serena.

Por desgracia, como el veto es sustitutivo y fue aprobado en la Cámara, al rechazarlo el Senado no habrá ley sobre el particular.

En consecuencia, la ilusión que se habían hecho los universitarios técnicos de las mencionadas ciudades, quienes con mucha justificación necesitan tales ingresos, desaparecerá.

En vista de la existencia de un acuerdo entre el Ministro de Hacienda y el rector de la Universidad de Concepción, en el sentido de dejar sin efecto el veto y. de votarlo negativamente, pido a los Honorables colegas prestar su apoyo para despachar una iniciativa que presentaremos con posterioridad, tendiente a proporcionar los recursos que tanto necesitan dichos centros universitarios del norte, pues lo estimo de toda justicia.

La señora CAMPUSANO-

Quiero agregar a lo expresado por el Honorable señor Noemi que los Senadores comunistas estamos dispuestos a entregar esos medios a los universitarios técnicos del norte. Para tal fin, les proponemos presentar un proyecto que establezca un impuesto a las compañías explotadoras de los minerales de hierro.

-Se rechaza el veto y se acuerda insistir.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En seguida, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 11. La Cámara de Diputados rechazó la supresión y ha insistido en mantener el texto de la disposición aprobada por el Congreso.

El señor ALTAMIRANO.-

¿Cuál es ese artículo?

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Dice el artículo 11:

"Descuéntese, por una sola vez, un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley de los obreros y empleados de la Administración civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

"Los descuentos se harán por la Tesorería General de la República y serán puestos a disposición del Directorio Nacional de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, para financiar la VII Convención del gremio por celebrarse en la ciudad de Valparaíso.

"En los meses siguientes al indicado en el inciso primero el descuento será de Eº 0,10 que se entenderá como cuota social de los Asociados de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, a cuyo Directorio Nacional serán entregados por la Tesorería General de la República, en la forma señalada en el inciso segundo".

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Nosotros adoptaremos igual criterio que la Cámara de Diputados.

La disposición en debate, en su inciso primero, tiende a otorgar recursos a las agrupaciones de empleados de la administración civil del Estado, a fin de que puedan realizar un congreso nacional.

En el inciso tercero se establece un descuento mensual insignificante, como forma de financiar las organizaciones de los empleados de la administración civil del Estado.

Repito: se trata de una cuota extremadamente modesta. El Código del Trabajo establece que "podrán hacerse descuentos por caja a los socios de los sindicatos".

¿Por qué no puede darse igual autorización y legislarse en la misma forma, a fin de que los funcionarios de las instituciones civiles del Estado tengan derecho a efectuar los descuentos correspondientes para financiar sus organizaciones?

Insistiremos con el objeto de que los organismos directivos de empleados de la administración civil del Estado puedan no sólo disponer de Eº 1 de cada socio para los gastos de la convención nacional de la ANEF, sino también de una entrada mensual de Eº 0,10 destinada a atender los gastos de secretaría de la institución.

-Se rechaza el veto y se acuerda insistir.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

A continuación, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 24. Cualquiera que sea la decisión que adopte el Senado, el artículo queda suprimido.

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Efectivamente, cualquiera determinación del Senado respecto del artículo 24 no surtirá efecto. En todo caso, me parece que los señores Senadores deben tener presente la importancia de esta disposición, a fin de que los representantes de Gobierno convenzan a quienes tienen la misión de redactar los vetos de la necesidad de considerar este artículo en un nuevo proyecto de ley. Es cierto que hay vetos muy justos, que no pueden rechazarse; pero el que nos ocupa no lo es.

La ley 16.282, de 28 de julio de 1965, contiene disposiciones atinentes a los casos de sismos o catástrofes y establece normas para la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto de marzo de 1965. Se trata de favorecer a todas las personas que sufrieron perjuicios como consecuencia del sismo de este año.

La mencionada ley, en su artículo 29, dice lo siguiente:

"Los proyectos de construcción, reconstrucción o reparación en la zona indicada en el artículo 1º transitorio de la presente ley, durante el plazo de un año a contar de su publicación, no requerirán la intervención de arquitectos, siempre que:

"a) Se trate de viviendas individuales que se realicen en terreno propio;

"b) El presupuesto de la obra completa sea inferior a cuatro sueldos vitales anuales, escala A del departamento de Santiago, y

"c) La dirección de la obra sea supervigilada, en todo caso, por un profesional idóneo.

"Los interesados podrán recurrir también al Servicio de Asistencia Técnica del Colegio de Arquitectos de Chile, utilizar planos tipos proporcionados por alguna institución pública o ajustarse, en caso de que se trate de viviendas prefabricadas, a un plano original de las mismas, firmado por un arquitecto".

En consecuencia, se trata de prorrogar por un año más la vigencia de esta disposición, a fin de que personas modestas que todavía no logran terminar sus construcciones lo puedan hacer.

Por otra parte, el artículo 35 de la citada ley, que se refiere al desarrollo agropecuario, también da facilidades con el propósito de que la gente modesta pueda construir sus habitaciones.

Aun cuando la decisión que adopte el Senado respecto del artículo en estudio no surtirá efecto, quiero dejar constancia de que el veto ha sido precipitado y lesiona los intereses de muchas personas modestas del extremo sur del país.

Los Senadores comunistas votaremos en contrario.

-Se rechaza la observación (15 votos por la negativa, 11 por la afirmativa, 1 abstención y 1 pareo), y con la misma votación se acuerda no insistir.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El Ejecutivo ha formulado diversas observaciones al artículo 27.

La primera consiste en sustituir por otro el inciso segundo del artículo 19 de la ley N° 16.426, que el artículo 27 reemplaza. La Cámara aprobó esta observación.

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En el inciso tercero del mismo artículo, el Ejecutivo ha sustituido la palabra "asegurar" por "cubrir".

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

La Cámara rechazó la observación del Ejecutivo consistente en agregar, después del punto final del inciso tercero, que se cambia por una coma, la frase "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso".

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor LUENGO.-

¿Podría darnos alguna explicación el señor Secretario sobre esta parte del veto?

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

En realidad, cualquiera que sea la decisión del Senado, no existirá la frase propuesta por el Ejecutivo, pues la Cámara rechazó esta observación.

El señor LUENGO.-

¿Es aditivo este veto?

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Sí, señor Senador.

-Se rechaza la observación.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El Ejecutivo ha sustituido por otros el inciso sexto del artículo 19 de la ley Nº 16.426 contenido en el artículo 27 del proyecto del Congreso.

La Cámara aprobó esta observación.

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Por último, el Ejecutivo propone eliminar el inciso séptimo del mismo artículo, que dice:

"Los pasajes tendrán para los usuarios el valor de una póliza de viaje".

La Cámara aprobó esta observación, de modo que cualquiera que sea la decisión del Senado, queda suprimido dicho inciso.

-Se aprueba.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

El Ejecutivo propone eliminar el artículo 29.

La Cámara aprobó esta observación; de manera que cualquiera que sea la resolución que adopte el Senado, queda suprimido dicho artículo.

El señor REYES ( Presidente).-

En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor CONTRERAS (don Víctor).-

Nosotros solicitaremos que se vote esta observación, aun cuando el resultado no surta efecto alguno.

¿Qué dice el Ejecutivo? ¿Qué argumentos da para eliminar el artículo 29? Dice: "No puede aceptarse que este proyecto legisle sobre materia previsional, dando calidad de empleados públicos al personal que actualmente está regido por las normas del Servicio de Seguro Social. Esta norma tiende a discriminar con los otros obreros de la Administración Pública y produciría al Servicio en que trabajan rigidez en el movimiento de obreros de acuerdo con las necesidades de trabajo que existan ya que son obreros esencialmente transitorios y pasarían a ser permanentes".

Entre otras cosas, dice el Ejecutivo que el proyecto "tiende a discriminar con los otros obreros". A mi juicio, es el veto, precisamente, el discriminatorio, pues los obreros de la Dirección de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas son imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, como lo son, también, los de la Empresa de Agua Potable. Además, los obreros que actualmente trabajan en el Zoológico del cerro San Cristóbal también son imponentes de aquel instituto de previsión, de modo que el veto no puede ser más discriminatorio.

Por otra parte, los personales encargados de parques y jardines no son obreros transitorios, pues con el andar del tiempo adquieren cierta especialidad. Insisto en que esta observación es injusta, porque privará a los obreros que laboran en el parque del cerro San Cristóbal o Parque Metropolitano, como se lo llama últimamente, de los beneficios que tiene el resto de los obreros de las instituciones fiscales y semifiscales actualmente incorporados a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.

Como he dicho, aunque la decisión del Senado no surta ningún efecto, votaremos contra la observación, pues en nuestra opinión los trabajadores mencionados han sido consciente o inconscientemente postergados.

-Se rechaza la observación (16 votos por la negativa,, 13 por la afirmativa y 1 abstención), y con la misma votación se acuerda no insistir.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Finalmente, el Ejecutivo propone agregar el siguiente artículo nuevo:

"Artículo...- Agrégase al inciso primero del artículo 30 de la ley 15.840 la siguiente frase, a continuación del punto: "No obstante la Dirección General de Obras Públicas podrá emitir los documentos de crédito que sean necesarios por la suma correspondiente al saldo insoluto, aunque estos se refieran a períodos que excedan del año presupuestario".

El señor REYES ( Presidente).-

-En discusión.

Ofrezco la palabra.

El señor ALLENDE.-

¿Podría proporcionársenos alguna información, señor Presidente?

El señor CORBALAN (don Salomón).-

A primera vista, sin conocer exactamente el texto del artículo 30 de la ley 15.840, me parece bastante delicado el problema. En efecto, dicho precepto establece:

"Los contratos de estudios, de proyectos, de ejecución de obras, de aprovisionamiento de maquinarias u otros, podrán celebrarse para que sean cumplidos o pagados en mayor tiempo que el del año presupuestario o con posterioridad al término del respectivo ejercicio. En estos casos podrán efectuarse en el año presupuestario vigente, imputaciones parciales de fondos. El Fisco o la Dirección General de Obras Públicas, en su caso, sólo responderán de las inversiones hasta la concurrencia de los fondos que se consulten para estos efectos en cada año, en la Ley de Presupuestos o en leyes especiales.

"Las disposiciones..." etcétera.

Pues bien, al inciso primero se agregaría la frase: "No obstante la Dirección General de Obras Públicas podrá emitir los documentos de crédito que sean necesarios por la suma correspondiente al saldo insoluto, aunque éstos se refieran a períodos que excedan del año presupuestario."

No tengo información al respecto. Todos estuvimos de acuerdo en que el veto del Ejecutivo no tuviera trámite de Comisión de Hacienda, por las razones que acaba de conocer el Senado. Sin embargo, no cabe la menor duda de que este artículo necesitaba mayor discusión.

No conozco otros casos en que el Ejecutivo esté autorizado para firmar obligaciones, salvo que expresamente una ley lo haya autorizado para contratar créditos y, en consecuencia, para cubrirlos con documentos.

A mi juicio, es bastante delicado él asunto, perque tal como está redactada la disposición, deja la puerta abierta para que se programe comprometiendo los fondos de los años siguientes, y ya no sólo del año presupuestario, sino que entregando documentos para cubrir los compromisos.

Así, a primera vista, me parece bastante dudosa la conveniencia de aprobar esta observación. En mi opinión, lo correcto habría sido que el Ejecutivo hubiera propuesto esta idea en el proyecto mismo. Pudo hacerlo cuando estuvo en la Cámara, o en el segundo trámite en el Senado. Tuvo mucho tiempo para hacerlo, de modo que no debió introducirla en el veto.

El señor REYES ( Presidente).-

Falta un minuto para el término del Orden del Día.

Si le parece a la Sala se prorrogará la hora hasta el despacho de esta última observación.

Acordado.

Se dará lectura al texto del fundamento del veto, para que haya mayores antecedentes sobre el particular.

El señor ALLENDE.-

Que se lea, porque es un asunto de bastante trascendencia.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

A propósito de este agregado al inciso primero del artículo 30 de la ley 15.840, dice el fundamento del veto:

"Corrientemente los contratistas exigen que se les otorgue documentos de crédito por el saldo insoluto sin que ello se pueda hacer, por cuanto no hay facultad legal, no obstante que en el fondo el Fisco, con dicha modalidad se está comprometiendo a consultar recursos para dicho pago.

"Tal omisión perjudica los intereses fiscales por cuanto muchas veces no pueden contratarse estudios pues las firmas extranjeras, especialmente las Europeas, interpretan la disposición del artículo 30 en el sentido de que el Fisco bien puede no pagar suma alguna.

"Que es necesario solucionar esta situación lo que podría hacerse agregando una frase al citado artículo".

El señor CORBALAN (don Salomón).-

Después de escuchar la fundamentación del veto, que agrega la frase a que se ha dado lectura, no me cabe duda acerca de la inconveniencia de aprobar tal modificación. Aparte ello, el asunto es más grave desde el punto de vista moral, ya que se busca una justificación para contratar estudios en el extranjero.

Sé que ahora no disponemos del tiempo necesario para discutir este asunto, pero llegará el momento adecuado para debatirlo en el Senado, como asimismo para comprobar lo que han originado estos sistemas de contratar estudios en el exterior, contratos que han surgido fundamentalmente de los compromisos de créditos obtenidos en el extranjero.

En la Dirección de Obras Públicas, hay cantidad suficiente de profesionales idóneos y capaces. No por afán de jactancia, podemos decir que los profesionales chilenos son muy superiores a los que vienen de otros países a asesorar o a estudiar determinados proyectos. Pero sucede que los créditos contratados con organismos internacionales y los préstamos directos otorgados por el Gobierno norteamericano exigen, como condición draconiana e indigna para los intereses de nuestro país, que tales estudios se hagan por técnicos extranjeros. Y no una vez, sino en muchas oportunidades, ha acontecido que esos técnicos foráneos, con los cuales se contratan los estudios por imposición de quienes otorgan los créditos, los suscriben a su vez con expertos chilenos para que estos últimos realicen en Chile los estudios firmados por ellos en el extranjero y que después se encargan de cobrar. O sea, ya no es sólo una operación de orden comercial, sino un acto vejatorio en el aspecto moral. Tal circunstancia es habitual en el Ministerio de Obras Públicas, debido a que los créditos obtenidos en el extranjero se otorgan en forma condicionada.

Podríamos, por ejemplo, discutir lo sucedido respecto de los estudios hechos en el extranjero sobre la construcción del aeropuerto de Pudahuel. Dichos estudios debieron ser rehechos en Chile por nuestros profesionales, pues adolecían de errores incalificables, cometidos por gente ignorante e inexperta; sin embargo, el crédito en dólares otorgado para construir dicho aeropuerto, contenía la cláusula obligatoria de contratar los estudios con empresas extranjeras, pagados, por supuesto, en moneda dura.

Por lo tanto, este agregado me parece del todo inconveniente. Todavía más: nuevamente comprobamos, como se aprecia a cada instante, una actitud extranjerizante.

Ya no sólo se trata de cuentas pendientes con los contratistas de Obras Públicas. ¿Por qué no examinan por un minuto los señores Senadores lo que significan "las cuentas pendientes en el Ministerio de Educación o en cualquiera otra Cartera? En aquél, los profesores que han ejecutado labores accesorias con el objeto de contar con más recursos, haciendo reemplazos, por ejemplo, han permanecido impagos dos o tres años con las remuneraciones en cuentas pendientes.

¿Qué sucede con los desahucios en las Fuerzas Armadas? Están sin cancelar desde hace dos o tres años. ¿Por qué, entonces, si se trata de emitir documentos de crédito, no se cubren los saldos insolutos y los fondos que el fisco adeuda? No se trata de entregar documentos sólo para los contratistas. También deben ser otorgados a gentes sin recursos, como son los profesores, los jubilados y todos aquellos a quienes el Estado debe concederlos, a fin de que puedan operar con esos documentos y obtener los recursos en el momento oportuno, sin la pérdida provocada por la desvalorización monetaria y por el hecho de que esos fondos les son pagados con un valor depreciado.

Por tales consideraciones nos parece discriminatoria esta disposición e inconveniente al interés del país, corno también inoportuno el hecho de hacer este agregado en el trámite final de un proyecto de ley, vale decir, en el momento del veto, cuando no hay ya posibilidad de modificarlo o alterarlo, sino, simplemente, decir sí o no.

Como la Cámara vota afirmativamente los vetos, y en este caso ha dicho que sí, ha creado semejante situación. Sin embargo tenemos la posibilidad de pronunciarnos por la negativa, con lo cual no habrá ley en este aspecto.

El señor GUMUCIO.-

En realidad, no ha existido tiempo para estudiar detenidamente el problema relacionado con este veto, como lo demuestra la circunstancia de que sólo ahora el Honorable señor Corbalán ha podido examinar la disposición legal a que se refiere la observación. Tampoco ha habido oportunidad de obtener mayores explicaciones al respecto. Sin embargo, se debe considerar que los fondos de Obras Públicas pasan de un año a otro en los cálculos presupuestarios.

Al margen de la calificación de si es conveniente o no lo es contratar estudios fuera de Chile o en el mismo país, hay un hecho evidente: con las actuales facultades pueden hacerse estos contratos y establecerse los honorarios, pero no se pueden emitir documentos que cubran las sumas contratadas como honorarios. Como digo, las sumas pueden ser giradas en el presupuesto siguiente, ya que los fondos correspondientes pueden pasar de un año a otro.

Coincido con el Honorable señor Corbalán en cuanto a que es precipitado emitir juicio definitivo sobre esta materia; pero la verdad es que no concedo la importancia y gravedad que el señor Senador atribuye a esta disposición, por existir preceptos vigentes que permiten la contratación de honorarios, los cuales -reitero- pasan de un año a otro en el Ministerio de Obras Públicas.

El señor REYES ( Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

- (Durante la votación).

El señor SEPULVEDA.-

Sí, a fin de que se realice el plan de Obras Públicas.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Resultado de la votación: 15 votos por la negativa, 12 por la afirmativa y un pareo.

El señor REYES ( Presidente).-

Rechazada la observación.

Terminada la discusión del proyecto.

5.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación Observaciones . Fecha 16 de noviembre, 1966. Oficio en Sesión 16. Legislatura Extraordinaria periodo 1966 -1967.

?5.-OFICIO DEL SENADO

"Nº 1653.- Santiago, 15 de noviembre de 1966.

El Senado ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que suplementa diversos ítem del Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas con excepción de las siguientes, acerca de las cuales ha adoptado los acuerdos que se indican:

Artículo 4º

Ha rechazado la que consiste en sustituir este artículo por otros, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.

Artículo 11

Ha rechazado la que suprime este artículo y ha insistido en su aprobación.

Artículo 24

Ha rechazado la que suprime este artículo, pero no ha insistido en el texto primitivo.

Artículo 27

Ha rechazado la que consiste en agregar la siguiente frase final al inciso tercero del artículo 19 de la ley Nº 16.426, que se sustituye: "hasta concurrencia de los recursos que perciba conforme al siguiente inciso".

Artículo 29

Ha rechazado la que suprime este artículo, pero no ha insistido en el texto primitivo.

Ha rechazado la que agrega un artículo nuevo.

Lo que tengo a honra decir a V. E. en contestación a vuestro oficio Nº 1.074, de fecha 10 del actual.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E.-

(Fdo.): Tomás Reyes Vicuña.- Pelagio Figueroa Toro".

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 16.582

Tipo Norma
:
Ley 16582
URL
:
http://www.leychile.cl/N?i=28549&t=0
Fecha Promulgación
:
18-11-1966
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cyah
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
SUPLEMENTA LOS ITEM QUE INDICA DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL VIGENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO. CONCEDE ASIGNACION DE ZONA AL PERSONAL QUE MENCIONA. DISPONE QUE EL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO DEPENDERA DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO. MODIFICA LAS LEYES N.ºS 15.840, 15.676 Y 16.426. DESTINA EL RECURSO DE LOS IMPUESTOS QUE INDICA A LOS SERVICIOS QUE SEÑALA
Fecha Publicación
:
24-11-1966

   SUPLEMENTA LOS ITEM QUE INDICA DEL PRESUPUESTO DE CAPITAL VIGENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO.

   CONCEDE ASIGNACION DE ZONA AL PERSONAL QUE MENCIONA.

   DISPONE QUE EL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO DEPENDERA DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO.

   MODIFICA LAS LEYES N.os 15.840, 15.676 Y 16.426.

   DESTINA EL RECURSO DE LOS IMPUESTOS QUE INDICA A LOS SERVICIOS QUE SEÑALA.

   Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

   Proyecto de ley:

   "Artículo 1°- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital vigente del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades que se expresan:

       Item                            Monto

-------------------------------------------------------

12/02/101.1                       E°   2.600.000

12/02/101.2                            4.600.000

12/02/101.4                            8.000.000

12/02/101.7                            4.500.000

12/02/101.8                              200.000

12/02/101.15                           3.000.000

12/02/101.18                           5.500.000

12/02/101.22                           4.000.000

12/02/101.23                          12.700.000

12/02/101.28                           1.000.000

12/02/101.29                             100.000

12/02/101.30                           1.500.000

12/02/101.33                          10.000.000

12/02/103                              1.300.000

                                    --------------

              TOTAL___________ E°     59.000.000

-------------------------------------------------------

   Artículo 2°- Agrégase al final de la glosa del ítem 12/02/101.19 de la Ley de Presupuestos vigente, la siguiente frase: "Además, este ítem será excedible una vez que se suscriba el Convenio de Crédito con el Banco Interamericano de Desarrollo para la construcción del camino de Valparaíso a Mendoza hasta por una suma igual al fondo rotatorio más los reembolsos, que de dicho Organismo Internacional se reciban en la Tesorería General de la República.

   Artículo 3°- El mayor gasto que representa la presente ley, se financiará con:

   a) El mayor rendimiento que se obtenga en la Cuenta C-1 del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966, exceptuándose los ingresos que deban invertirse de acuerdo al artículo 27.o de la ley N.o 11.828, modificada por la ley N.o 16.425, de 25 de Enero de 1966, y

   b) El mayor rendimiento de la Cuenta B-8 del Cálculo de Entrada corrientes en moneda nacional, aprobado para 1966.

   Artículo 4°- Todos los mayores ingresos fiscales producto de los aumentos en el precio del cobre, a excepción de los que deben invertirse de acuerdo al artículo 27.o de la ley N.o 11.828, no contemplados en las Leyes de Presupuestos, serán destinados, preferentemente, a un plan de industrialización del país, y al Plan Extraordinario de Obras Públicas elaborado por el Ministerio de Obras Públicas para las provincias de Aysén, Magallanes y Chiloé continental, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3.o de la presente ley.

   La Corporación de Fomento de la Producción en un plazo de 180 días preparará el plan de desarrollo industrial.

   Artículo 5°- Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto de Capital del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:

-------------------------------------------------------

      18/03/125.3               E°     7.600.000

      18/03/125.5                      5.100.000

                                    --------------

                                E°    12.700.000

-------------------------------------------------------

   Artículo 6°- Auméntase, a contar del 1.o de Octubre de 1966, a un 90% la gratificación de zona de la provincia de Aysén, y a un 130% la de las localidades de dicha provincia, establecida en el artículo 5.o de la ley N.o 16.406, modificado por el artículo 78.o de la ley N.o 16.464.

   Artículo 7°- Destínase la primera diferencia de la asignación de zona a que se refiere el artículo anterior de la presente ley, para adquirir o construir, instalar y dotar bienes raíces que sirvan de sede social y cultural al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF, Aysén, y que deberán estar ubicadas en las ciudades de Puerto Aysén, Coyhaique y Chile Chico.

   Este inmueble será de propiedad fiscal y su administración corresponderá al Comité Provincial de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF, Aysén.

   La operación de compra se hará por el Intendente de la provincia, el que será asesorado por la Dirección General de Obras Públicas, sin sujeción a la limitación impuesta por el artículo 7.o de la ley N.o 4.174. La fijación de los demás requisitos y condiciones para la adquisición o construcción de estos bienes raíces, como, asimismo, la aprobación de éstas, se harán por decreto supremo.

   La diferencia de la asignación de zona a que se refiere el inciso primero de este artículo, será depositada en una cuenta especial que, para este efecto, se abrirá en el Banco del Estado de Chile, Sucursal de Puerto Aysén, a nombre del Intendente de la provincia, de cuyos fondos el Comité Provincial de Aysén de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), podrá hacer uso para los efectos señalados. Sólo por ley se podrá dar a estos inmuebles otro destino que el que se señala en el presente artículo.

   Quedan afectos a la disposición a que se refiere el inciso primero de este artículo, todos los empleados y obreros civiles del sector público y fiscal.

   Los bienes raíces que se adquieran en cumplimiento del presente artículo, quedarán afectos al artículo 237 de la ley N.o 16.466.

   Artículo 8°- El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y los empleados de la Empresa Marítima del Estado imponentes de la Caja de la Marina Mercante que prestan sus servicios en las provincias de Osorno y Llanquihue, tendrán derecho a asignación de zona en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella, a contar desde el 1.o de Julio de 1966.

   Artículo 9°- Prorrógase por un año, a contar del 3 de Octubre de 1966, la autorización concedida al Instituto de Seguros del Estado en el artículo 5° de la ley N.o 16.338 para pagar horas extraordinarias a su personal, previo decreto del Presidente de la República.

   La autorización que se concede por este artículo no queda afecta a ninguna de las disposiciones del DFL. N.o 338, de Abril de 1960.

   Artículo 10°- Descuéntese, por una sola vez, un escudo de los sueldos correspondientes al mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley de los obreros y empleados de la Administración Civil del Estado, afiliados a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

   Los descuentos se harán por la Tesorería General de la República y serán puestos a disposición del Directorio Nacional de la Agrupación Nacional de los Empleados Fiscales, para financiar la VII Convención del gremio por celebrarse en la ciudad de Valparaíso.

   En los meses siguientes al indicado en el inciso primero, el descuento será de E° 0,10, que se entenderá como cuota social de los Asociados de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, a cuyo Directorio Nacional serán entregados por la Tesorería General de la República, en la forma señalada en el inciso segundo.

   Artículo 11°- Con cargo al suplemento consultado para el ítem 12-02-101.2 se podrá pagar hasta E° 20.000 para la construcción del edificio de las Naciones Unidas en Santiago.

   Artículo 12°- Autorízanse los siguientes traspasos de la Cuenta de Depósitos F-48-B "Gastos del Sorteo Nacional de Boletas de Compraventas", al Presupuesto Corriente en Moneda Nacional del Servicio de Impuestos Internos, según el detalle que sigue:

De la Cuenta de Depósitos F-48-B         E°    652.000

  a los siguientes ítem del

  Presupuesto Corriente en Moneda

  Nacional del servicio de Impuestos

  Internos:

08-03-04  Honorarios, contratos y otras

         remuneraciones                 E°     70.000

08-03-05  Jornales                       E°     32.000

08-03-08  Gastos del personal y fletes   E°    100.000

08-03-11  Adquisiciones de bienes

durables                                 E°    390.000

08-03-20   Cuentas Pendientes            E°     60.000

-------------------------------------------------------

   Artículo 13°- El Parque Metropolitano de Santiago dependerá del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

   El personal del Parque Metropolitano conservará su condición jurídica y el régimen previsional de que actualmente goza.

   La programación y realización de los proyectos de desarrollo y mejoramiento urbanos del Parque, podrán ejecutarse por la Corporación de Mejoramiento Urbano o por su intermedio, en la forma como lo determine el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

   Las facultades y atribuciones que el DFL. 264, de 1960, en su actual texto fijado por el decreto supremo N° 981, de 16 de Junio de 1966, establece para el administrador, serán ejercidas por la Junta Directiva de la Corporación de Mejoramiento Urbano y los acuerdos que se adopten sobre estas materias serán ejecutados por el Vicepresidente Ejecutivo de la misma Institución.

   La representación legal, judicial y extrajudicial del Parque, como persona jurídica, la tendrá el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Mejoramiento Urbano.

   Tanto la Junta como el Vicepresidente Ejecutivo podrán delegar esas atribuciones y facultades en el Administrador del Parque.

   La Corporación de Mejoramiento Urbano aplicará a las obras de mejoramiento y desarrollo urbanos que deba ejecutar en el Parque y al funcionamiento de éste, los fondos de que él dispone en el ejercicio presupuestario del año 1966 y los que, en el futuro, destine anualmente la Ley de Presupuestos para estos mismos fines.

   Autorízase al Presidente de la República para traspasar a la Corporación de Mejoramiento Urbano los fondos de capital y corriente consultados para el Parque Metropolitano Nacional en la Ley de Presupuestos vigente.

   Artículo 14°- Reemplázase la glosa del ítem 12/02/101/25 de la Ley de Presupuestos vigente, por la siguiente:

   "Para realizar estudios y ejecutar obras en un segundo programa de caminos transversales y sectores del longitudinal que puedan ser financiados total o parcialmente en conformidad a los Convenios que se suscriban entre el Gobierno de Chile y la International Development Association.

   Este ítem será excedible y se podrá autorizar fondos con cargo a él antes que dichos Convenios sean suscritos."

   Artículo 15°- Intercálase en el inciso segundo del artículo 2° de la ley N° 15.840, a continuación de la palabra "Estado", la siguiente frase: "las sociedades mineras mixtas u otras sociedades en que el Estado o dichas instituciones o empresas, tengan interés o participación o sean accionistas".

   Artículo 16°- Agrégase a la letra a) del artículo 11° de la ley N° 15.840, el siguiente inciso:

   "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22°, podrá el Director General, en ejercicio de su facultad fiscalizadora, ordenar la instrucción de investigaciones sumarias o sumarios administrativos por irregularidades cometidas en cualesquiera de los Servicios mencionados en el artículo 10.o y designar con tal objeto el Fiscal Instructor, el cual podrá pertenecer a la Dirección General o a cualesquiera de dichos Servicios." Suprímese al final de la letra l) la conjunción "y"; reemplázase la letra m) por o), y agréganse entre ambas letras, las siguientes:

   "m) El estudio, proyección, construcción y conservación de defensas de terrenos y poblaciones contra crecidas de corrientes de agua en la forma y en los casos previstos por la ley N.o 11.402; la supervigilancia y reglamentación en cada caso de la extracción de materiales áridos y la fijación de deslindes de los cauces naturales con los particulares ribereños;"

   "n) Conocer de las apelaciones deducidas por los funcionarios en contra de las resoluciones de la Junta Calificadora a que se refiere el artículo 91.o;" "ñ) Corresponderán igualmente al Director General de Obras Públicas, en lo que respecta a la Dirección General a su cargo, todas las atribuciones que la presente ley confiere a los Directores;"

   Artículo 17°- Suprímese la letra c) del artículo 14° de la ley N° 15.840, pasando las actuales letras d) y e) a singnarse como c) y d), respectivamente.

   Artículo 18°- Los funcionarios que a la fecha de la presente ley se desempeñan en la Dirección de Obras Sanitarias, Departamento de Defensas Fluviales, pasarán a servir iguales funciones en la Dirección General de Obras Públicas, conservando las mismas prerrogativas y derechos inherentes a los cargos que ahora tienen.

   Artículo 19°- Agrégase al artículo 42° de la ley N° 15.840, a continuación del inciso segundo, el siguiente inciso:

   "Los funcionarios antes indicados podrán delegar, en igual forma, las demás atribuciones que otras leyes les confieran."

   Artículo 20°- Agrégase al artículo 50° de la ley N° 15.840 la siguiente letra f), nueva:

   "f) Cuando se trate de obras que se ejecuten con participación de la comunidad, cuyas condiciones serán fijadas por el Presidente de la República en el Reglamento respectivo."

   Artículo 21°- Agrégase a continuación del artículo 90° de la ley N° 15.840, el siguiente artículo:

   "Artículo 91°- El personal de la Dirección General de Obras Públicas y sus Direcciones dependientes mencionadas en el artículo 10°, será calificado por una sola Junta Calificadora que estará compuesta por los Directores de dichos Servicios, con exclusión del Director General.

   Actuará de Secretario de dicha Junta el Jefe del Departamento de Administración y Secretaría General de la Dirección General de Obras Públicas."

   Artículo 22°- Suspéndese indefinidamente la prohibición de efectuar construcciones en conformidad al DFL. N° 2, de 1959, en la ciudad de Viña del Mar, siempre que éstas se efectúen de acuerdo a la reglamentación de dicho DFL.

   Artículo 23°- Facúltase al Director de Pavimentación Urbana para que, previo acuerdo de la Municipalidad de Corral, proceda a condonar la totalidad de los dividendos adeudados y los saldos de cuenta pendientes de pavimentación a los propietarios de la comuna de Corral, cuyos predios han quedado inaprovechables con motivo de las inundaciones derivadas de los sismos del 21 y 22 de Mayo de 1960.

   El gasto o menor entrada derivado de la aplicación del inciso anterior se imputará a los recursos de pavimentación de la comuna de Corral.

   Artículo 24°- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 15° de la ley N° 15.676, de 28 de Septiembre de 1964, que crea el Plan Nacional de Edificios Escolares:

   a) En el inciso primero, sustitúyese la expresión "la provincia de Antofagasta", por la siguiente: "las provincias de Tarapacá y Antofagasta".

   b) En el inciso segundo, reemplázase la frase: "la Tesorería Provincial de Antofagasta", por "las Tesorerías Provinciales de Tarapacá y Antofagasta".

   Artículo 25°- Reemplázase el artículo 19° de la ley N° 16.426, de 4 de Febrero de 1966, por el siguiente:

   "Artículo 19°.- Establécese el Seguro Obligatorio de Accidentes de los Pasajeros de la locomoción colectiva del país.

   Este seguro estará a cargo del Instituto de Seguros del Estado, no obstante las limitaciones contempladas en el DFL. N° 210°, de 1953, de conformidad a las normas que le señale a la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Supremo N° 188° de 14 de Abril de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

   El Instituto de Seguros del Estado se obliga a cubrir en favor de los pasajeros los riesgos de muerte, incapacidad permanente, total o parcial e incapacidad temporal que sobrevengan a consecuencia de accidentes del tránsito.

   Este seguro se financiará con el 1% del valor de los pasajes de las empresas de transportes de locomoción colectiva del país en cumplimiento al referido artículo 13° del Decreto Supremo N° 188 señalado en el inciso segundo.

   El Banco del Estado de Chile venderá a los empresarios de la locomoción colectiva del país los boletos de pasajes que emitirá la Casa de Moneda y Especies Valoradas, en cumplimiento de las disposiciones contempladas en el artículo 14° del citado Decreto Supremo N° 188.

   El Presidente de la República queda facultado para dictar disposiciones que regulen el seguro a que se refiere este artículo, señalando el orden de los beneficiarios, los requisitos básicos para obtener indemnizaciones y la compatibilidad o incompatibilidad de éstas, según las circunstancias, con otras indemnizaciones que pueda recibir la víctima, en razón de un mismo accidente; y para extender el seguro, si los recursos lo permiten, a las lesiones o muerte que puedan sufrir los peatones con ocasión de accidentes causados por vehículos de la locomoción colectiva y, en general, para dictar todas las demás normas que sean necesarias para el establecimiento y aplicación de este seguro. Queda facultado también el Presidente de la República para establecer las multas por infracciones a las normas sobre pasajes.

   El Presidente de la República podrá modificar las disposiciones que dicte en uso de las facultades que le concede el inciso precedente.

   Artículo 26°- Los impuestos a la producción de vinos y chichas que establecía la ley N° 11.256, devengados con anterioridad a la vigencia del artículo 122 de la ley N° 15.575, que lo derogó, y que ingresen en arcas fiscales con posterioridad a la vigencia de la presente ley, se destinarán exclusivamente al mejoramiento, ampliación, construcción, reparación y equipamiento de los servicios asistenciales dependientes del Servicio Nacional de Salud, en las respectivas provincias en que se adeuden y perciban, sin que pueda, con cargo a estos recursos, contratarse personal ni a título de honorarios ni a ningún otro.

   No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, los impuestos indicados que se adeudan y perciban en la provincia de Maule se destinarán exclusivamente a la Dirección de Deportes del Estado para el mejoramiento, ampliación o construcción de un estadio deportivo en la ciudad de Cauquenes.

   Además, con cargo a los recursos que correspondan a la provincia de Linares, se destinará preferentemente la suma de trescientos mil escudos a la reparación y mejoramiento de las Escuelas N.os 1 y 2 de la misma ciudad, por intermedio de la Dirección General de Obras Públicas.

   La Tesorería General de la República abrirá una cuenta especial con dichos recursos, con indicación de la provincia a que corresponda, sobre los cuales únicamente podrá girarse para los fines señalados.

   El Servicio Nacional de Salud, dentro del plazo de noventa días, contado desde la promulgación de esta ley, dictará una resolución fijando la inversión de los recursos devengados por cada provincia, con la sola excepción de la provincia de Maule.

   Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como Ley de la República.

   Santiago, a 18 de Noviembre de 1966.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.- Edmundo Pérez Z.- Juan Hamilton D.

   Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.