Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.707

PRORROGA LA VIGENCIA DEL SUBSIDIO A LA CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA EN ZONAS EXTREMAS.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 12 de diciembre, 2000. Mensaje en Sesión 25. Legislatura 343.

Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que prorroga la vigencia del subsidio a la contratación de la mano de obra en zonas extremas.

(Boletín Nº 2644-05)

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que propone prorrogar la vigencia de los beneficios establecidos en el artículo 2º del decreto ley Nº 3.625, de 1981, que otorga una bonificación a la ocupación de mano de obra en las Regiones I, XI y XII y en las provincias de Chiloé y Palena en la X Región, en reemplazo del beneficio de igual naturaleza establecido en los artículos 10, 21 y 27 del decreto ley Nº 889, de 1975.

I. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA.

El artículo 2º del decreto ley Nº 3.625, de 1981, estableció una bonificación a los empleadores actuales y futuros de las Regiones I, XI y XII y en las provincias de Chiloé y Palena en la X Región, en reemplazo del beneficio establecido en los artículos 10, 21 y 27 del decreto ley Nº 889, de 1975, equivalente a un diecisiete por ciento de la parte de las remuneraciones imponibles que no excedieran de un tope fijado en pesos reajustable anualmente, por sus trabajadores con domicilio y trabajo permanente en las Regiones y provincias citadas.

Ahora bien, la aplicación del citado beneficio fue limitada temporalmente, por el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, que la restringió hasta el año 1992, inclusive.

II. FUNDAMENTOS Y PROPÓSITOS DEL PROYECTO.

A través de una serie de disposiciones legales, el legislador ha prorrogado sucesivamente hasta la actualidad, la vigencia de dicha normativa.

En efecto, con posterioridad a la normativa dispuesta en el artículo 24 de la ley Nº 18.591, el artículo 21 de la ley Nº 19.182, de 9 de diciembre de 1992, sustituyó, en el artículo 24, de la citada ley Nº 18.591, la referencia al año 1992 por año 1993. Luego, el artículo 2º de la ley Nº 19.242, reemplazó la expresión “1993” por la expresión “1999”.

Finalmente, el artículo único de la ley Nº 19.652, de 1999, prorrogó el beneficio por el año 2000.

Mediante la presente iniciativa legislativa, se ha estimado pertinente prorrogar una vez más, la vigencia de la referida bonificación hasta el año 2002. Además, se ha considerado adecuado hacer explícito el valor tope reajustado de las remuneraciones sobre las cuales se aplicará el beneficio para los años 2001 y 2002, y aumentar la exigencia relativa a la condición del empleador de estar al día en el pago de las imposiciones de los trabajadores.

III. CONTENIDO DEL PROYECTO.

1. Prórroga del beneficio hasta el año 2002.

Conforme al propósito enunciado, la iniciativa que se somete a vuestra consideración, en su artículo 1º, propone sustituir el guarismo “2000” por “2002”, en el mencionado inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591. De esta forma, se cumple el objetivo señalado, de mantener por dos años más, los citados beneficios.

2. Valor tope de las remuneraciones imponibles aplicables al beneficio.

Adicionalmente, en el artículo 2º se fija en $147.000 el valor tope de la remuneración imponible aplicable al beneficio cuya vigencia se modifica por los años 2001 y 2002.

3. Beneficio no se extiende a empleadores con pagos previsionales atrasados.

En el artículo 3º, se establece que el beneficio no se pagará a los empleadores que tengan atrasados por más de un mes los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores. Además, el atraso en más de una oportunidad en estos pagos implicará la exclusión del empleador del beneficio por lo que reste de dicha anualidad.

4. Vigencia de la ley.

Por último, en un artículo transitorio se establece la vigencia de la ley cual, es el 1 de enero de 2001.

En consecuencia, en mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración, para ser tratado en la actual Legislatura Extraordinaria, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“ARTÍCULO 1º.- Reemplázase, en el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley Nº 19.182, por el artículo 2º de la ley Nº 19.242 y por el artículo único de la ley Nº 19.652, la expresión “2000” por “2002”.

ARTÍCULO 2º.- El valor tope de la remuneración imponible aplicable al beneficio cuya vigencia se modifica en el artículo anterior será, para el período comprendido entre los meses de enero de 2001 y diciembre de 2002, de $ 147.000 (ciento cuarenta y siete mil pesos).

ARTÍCULO 3º.- El beneficio prorrogado en el artículo 1º de esta ley, no se pagará a los empleadores que tengan atrasados por más de un mes los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores.

Sin embargo, el pago de la bonificación se podrá volver a otorgar al empleador, sin efecto retroactivo, una vez que éste se encuentre al día en los pagos previsionales de sus trabajadores.

Con todo, el atraso en más de una oportunidad de los pagos previsionales, implicará la exclusión del empleador del beneficio por lo que reste de su vigencia.

ARTÍCULO TRANSITORIO.- La prórroga del beneficio de que trata el artículo 1º de esta ley, regirá a contar del día 1 de enero del año 2001.”.

Dios guarde a V.E.,

(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República; NICOLÁS

EYZAGUIRRE GUZMÁN, Ministro de Hacienda; JOSÉ DE GREGORIO REBECO, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción”.

INFORME FINANCIERO

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL INCISO FINAL DEL ARTÍCULO 24 DE LA LEY Nº 18.591, DE 1987

(Mensaje Nº 173-343)

El proyecto de ley tiene por objeto prorrogar por dos años la vigencia de la bonificación a la mano de obra en zonas extremas establecidas en el artículo 2º del decreto ley Nº 3.625, que en su oportunidad reemplazó al beneficio de igual naturaleza contemplado en los artículos 10, 21 y 27 del decreto ley Nº 889, de 1975.

Utilizando un criterio de base efectiva, el costo estimado del artículo único del proyecto, para los años 2001 (10 meses), 2002 (12 meses) y 2003 (2 meses) es el siguiente:

(Fdo.): SERGIO GRANADOS AGUILAR, Director de Presupuestos Subrogante”.

1.2. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 13 de diciembre, 2000. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 27. Legislatura 343.

?Valparaíso, 13 de diciembre de 2000.

Certificado de la Comisión de Hacienda.

El Secretario de Comisiones que suscribe, certifica:

Que la Comisión de Hacienda, en sesión del día de hoy, con la asistencia de los diputados señores Ortiz, don José Miguel (Presidente); Álvarez, don Rodrigo; Dittborn, don Julio; Galilea, don Pablo; García, don José; Lorenzini, don Pablo; Recondo, don Carlos; Silva, don Exequiel y Villouta, don Edmundo, tomó conocimiento del proyecto de ley que prorroga la vigencia del subsidio a la contratación de mano de obra en zonas extremas, con calificación de "discusión inmediata" (Boletín Nº 2644-05), siendo aprobado en general y en particular por unanimidad; salvo el artículo 3º que fue aprobado por 7 votos a favor y 2 abstenciones.

Concurrió a esta sesión, en representación del Ejecutivo, el señor Claudio Juárez, asesor del Ministerio de Hacienda.

La Comisión recibió del representante del Ejecutivo una explicación respecto a los alcances de la iniciativa que prorroga el referido incentivo hasta el año 2002, introduciéndole cambios en relación al monto de la remuneración imponible aplicable al beneficio y a las exigencias que se imponen a los empleadores de no tener pagos previsionales de sus trabajadores atrasados por más de un mes para recibir el beneficio.

Se adjunta al presente certificado el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos e Información complementaria solicitada por la Comisión.

La Comisión acordó, asimismo, que el informe se emita en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó diputado informante al señor Álvarez, don Rodrigo.

Cabe señalar, en consecuencia, que el texto aprobado por la Comisión es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º.- Reemplázase, en el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley Nº 19.182, por el artículo 2º de la ley Nº 19.242 y por el artículo único de la ley Nº 19.652, la expresión "2000" por "2002".

Artículo 2º.- El valor tope de la remuneración imponible aplicable al beneficio cuya vigencia se modifica en el artículo anterior será, para el período comprendido entre los meses de enero de 2001 y diciembre de 2002, de $ 147.000 (ciento cuarenta y siete mil pesos).

Artículo 3º.- El beneficio prorrogado en el artículo 1º de esta ley, no se pagará a los empleadores que tengan atrasados por más de un mes los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores.

Sin embargo, el pago de la bonificación se podrá volver a otorgar al empleador, sin efecto retroactivo, una vez que éste se encuentre al día en los pagos previsionales de sus trabajadores.

Con todo, el atraso en más de una oportunidad de los pagos previsionales, implicará la exclusión del empleador del beneficio por lo que reste de su vigencia.

Artículo transitorio.- La prórroga del beneficio de que trata el artículo 1º de esta ley, regirá a contar del día 1 de enero del año 2001.".

(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO, Secretario de la Comisión".

INFORME FINANCIERO

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL INCISO FINAL DEL ARTÍCULO 24 DE LA LEY Nº 18.591, DE 1987

(Mensaje Nº 173-343)

El proyecto de ley tiene por objeto prorrogar por dos años la vigencia de la bonificación a la mano de obra en zonas extremas establecida en el artículo 2º del decreto ley Nº 3.625, que en su oportunidad reemplazó al beneficio de igual naturaleza contemplado en los artículos 10, 21 y 22 del decreto ley Nº 889, de 1975.

Utilizando un criterio de base efectiva, el costo estimado del artículo único del proyecto, para los años 2001 (10 meses), 2002 (12 meses) y 2003 (2 meses) es el siguiente:

(Fdo.): SERGIO GRANADOS AGUILAR, Director de Presupuestos subrogante".

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL INCISO FINAL DEL ARTÍCULO 24 DE LA LEY Nº 18.591, DE 1987

(Boletín 2.644-05)

(Bonificación a la Mano de Obra DL 889)

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

1. Monto de las bonificaciones otorgadas en el año 1999 por Provincia/Región.

Cifras en millones de pesos corrientes.

2. Número de trabajadores objeto de bonificación año 1999. Promedio mensual: 282.526

3. Número de empleadores beneficiados año 1999. Promedio mensual: 15.784

Fuente: Ministerio de Hacienda sobre la base de información de Tesorería.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 14 de diciembre, 2000. Diario de Sesión en Sesión 27. Legislatura 343. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PRÓRROGA DE SUBSIDIO A CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA EN ZONAS EXTREMAS. Primer trámite constitucional.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto que prorroga la vigencia del subsidio a la contratación de mano de obra en zonas extremas.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Rodrigo Álvarez.

Antecedentes:

Mensaje, boletín Nº 2644-05, sesión 25ª, en 12 de diciembre de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 1.

Certificado de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 3, de esta sesión.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez.

El señor ÁLVAREZ.-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, me corresponde informar sobre el proyecto de ley que prorroga la vigencia del subsidio a la contratación de mano de obra en zonas extremas, lo que se conoce como el decreto ley Nº 889, que beneficia a las Primera, Undécima y Duodécima regiones y a las provincias de Chiloé y Palena, de la Décima Región.

El decreto ley Nº 3.625 estableció y refundió varios cuerpos legales para configurar una bonificación a los empleadores de estas regiones, equivalente al 17 por ciento de las remuneraciones imponibles con un tope fijado en pesos, reajustable.

La aplicación de esa norma estaba limitada inicialmente hasta 1992, pero fue objeto de sucesivas prórrogas, la última de las cuales vence el 31 de diciembre de este año.

Mediante la iniciativa, que estimamos muy importante para estas regiones, se prorroga la vigencia de la bonificación hasta el 2002. Asimismo, se ha considerado adecuado hacer absolutamente explícito el valor tope reajustado de las remuneraciones sobre las cuales se podrá aplicar el beneficio del 17 por ciento para 2001 y 2002 y, paralelamente, aumentar la exigencia relativa a ciertos cumplimientos de obligaciones por parte del empleador, en cuanto a las imposiciones de los trabajadores.

Con respecto al contenido del proyecto, en su artículo 1º sustituye la expresión “2000” por “2002”, con lo cual prorroga la vigencia de esta bonificación a la contratación de mano de obra hasta el 31 de diciembre de 2002.

En segundo lugar, se coloca un tope fijo máximo de 147 mil pesos para obtener la bonificación.

Por último, en el artículo 3º se determina que el beneficio no se pagará a los empleadores que tengan atrasados por más de un mes los pagos previsionales que deben efectuar a sus trabajadores. Esta bonificación se podrá volver a otorgar al empleador, sin efecto retroactivo, una vez que se encuentre al día en sus obligaciones previsionales. En todo caso, el atraso en más de una oportunidad de esos pagos implicará, necesariamente, la exclusión del empleador del beneficio por lo que reste de su vigencia.

Estas son las disposiciones sustanciales del proyecto tratado en la Comisión de Hacienda, en la cual fueron aprobadas, por unanimidad, tanto la idea de legislar como sus disposiciones, con la sola excepción del artículo 3º, que fue aprobado por 7 votos a favor y 2 abstenciones.

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor MUÑOZ.-

Señor Presidente, solicito a su Señoría que pida nuevamente la unanimidad para permitir el ingreso a la Sala del subsecretario de Economía, don Álvaro Díaz.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

¿Habría acuerdo?

No hay acuerdo.

Para iniciar el debate del proyecto, tiene la palabra la diputada señorita Antonella Sciaraffia .

La señorita SCIARAFFIA (doña Antonella).-

Señor Presidente, hablar del subsidio a la contratación de mano de obra, muy conocido en nuestra zona como el decreto ley Nº 889, crea mucha inquietud, por cuanto los recursos generan una actividad multiplicadora desde el punto de vista económico. Para las zonas extremas, en especial en provincias que se ven afectadas por un alto índice de cesantía en Iquique, alcanza a 12 por ciento, este subsidio constituye una preocupación muy importante.

Hemos dialogado mucho con las autoridades, el Ministerio de Hacienda y con la subsecretaria de Hacienda, porque sabemos que este instrumento no es, tal vez, el más adecuado ni eficiente, en términos de generar nuevos puestos de trabajo; pero sí tenemos claro que si estos recursos que están circulando a los cuales acceden distintos empresarios y algunas corporaciones municipales se dejaran de percibir, causaría un impacto muy importante en el desarrollo económico de esas regiones.

Por la razón expuesta, los parlamentarios que representamos regiones extremas hemos sostenido muchas reuniones con la autoridad, a fin de insistir acerca de la necesidad de mantener este beneficio o, en el evento de que se decida no prorrogar la vigencia del decreto ley Nº 889, reemplazarlo por un instrumento más eficiente, pero en ningún caso perder estos recursos, que tienen gran significado para nuestra zona.

Recibimos con satisfacción la noticia del ingreso del proyecto, y ayer mismo se discutió en la Comisión de Hacienda la proposición de prorrogar la vigencia del beneficio hasta el año 2002. Con franqueza, debo manifestar que pensamos que debió establecerse un plazo mayor, por cuanto las inversiones siempre se hacen con una perspectiva de más largo plazo; es muy difícil que alguien se interese en invertir a corto plazo. Lamentablemente, el Ejecutivo ha dicho que debemos analizarlo, reenfocarlo y refocalizarlo. Por lo menos, el Ejecutivo tiene un compromiso con las zonas extremas en cuanto a mantener determinada cantidad de recursos en cada una de las regiones. En todo caso, anuncio que, a la hora de revisar esta iniciativa, lo haremos en conjunto, para que tanto los parlamentarios como los actores de cada una de estas ciudades tengan la oportunidad de participar.

El proyecto contiene una novedad, cual es que puede restringir la aplicación del beneficio, como también incentivarlo en términos de que el empleador se vea obligado a cumplir con los trabajadores, quienes estiman que sólo favorece al empresariado.

Si bien los empresarios son los que generan las fuentes de trabajo, consideramos que estos recursos públicos deben tener un efecto positivo en el trabajador, para que éste sienta que la decisión de la autoridad también los favorece.

Tomando los debidos resguardos, estimo positivo que el Gobierno haya incluido un artículo que supedite el beneficio del decreto ley Nº 889 al cumplimiento del pago de las cotizaciones previsionales por parte del empleador. Esto manda una señal en el sentido de que algo tan importante como el pago de las cotizaciones previsionales que tienen que ver con el futuro pasivo de muchos trabajadores esté resguardado por esta norma. No es posible que si este beneficio va aparejado con la remuneración imponible, los empleadores lo perciban y dejen de cumplir con una obligación tan fundamental como es enterar las cotizaciones previsionales.

El sentido que le ha dado el Gobierno a esta legislación es distinto y debemos sopesarlo en forma positiva, como un seguro, en términos de que el empleador no tomará con displicencia la obligación de pagar las cotizaciones previsionales de sus trabajadores.

Particularmente para la provincia de Iquique, es una satisfacción que la autoridad la haya considerado. Espero que el Gobierno continúe cumpliendo con su rol de incentivar la contratación de mano de obra, ojalá de manera más eficiente.

Si queremos debatir en la Sala el tema de las cotizaciones previsionales, hagámoslo con altura de miras y pensando que este instrumento legal debe ser eficiente y tener un mínimo de justicia social.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Rosa González.

La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).-

Señor Presidente, es indudable que este proyecto constituye una sentida aspiración de las zonas extremas.

Cuando el proyecto señala la obligación del pago de las cotizaciones previsionales para los efectos de entregar la bonificación, debe entenderse que dicha referencia es a los trabajadores de la empresa, porque podría interpretarse que bastaría el retraso en el pago de las imposiciones de cualquier trabajador, aunque no desempeñe labores de mano de obra, para quedar fuera de este beneficio respecto de otros trabajadores con los que sí cumple este requisito. Todos sabemos que las zonas extremas, igual que el resto del país, pasan por una aflictiva situación. Por lo tanto, esto, que en un principio surgió como una promesa por el Ejecutivo cuando se firmó la ley Arica, resulta de gran beneficio para las zonas extremas.

El mejoramiento de la situación de dichas zonas debe ser consecuencia del aumento del crecimiento económico que se genera en el país, lo que proporciona vías de desarrollo integral. Soluciones aisladas, como la de este proyecto muy bien recibido por las zonas extremas, no cumplen con el objetivo de lograr una solución integral a largo plazo.

Si bien daré mi aprobación a este proyecto, reitero que tengo muy claro que es una solución aislada y que debemos buscar, para las zonas extremas, soluciones integrales.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Muñoz.

El señor MUÑOZ.-

Señor Presidente, Magallanes presenta una realidad particular, diversa a la de las demás regiones del país, e incluso distinta de las otras zonas extremas. Aislada geográficamente y en la práctica obligada a vincularse con el resto del país a través del tráfico aéreo y marítimo, cuenta con un mercado económico pequeño para los intereses de las grandes empresas, pero de indudable importancia histórica y geopolítica; además, requiere de diversos instrumentos destinados al fomento de las inversiones y la consiguiente creación de fuentes de trabajo.

Por eso, más aún en períodos excepcionales como el que enfrentamos, ya que estamos saliendo de la llamada crisis asiática, en que la cesantía ha llegado a muchos hogares magallánicos, bordeando ya los dos dígitos, la prórroga de la vigencia del decreto ley Nº 889, de incentivo a la contratación de mano de obra, siempre necesario, hoy es más urgente e importante que nunca. Su prórroga viene a distender la incertidumbre que se había generado en los últimos meses, atendida su próxima expiración, y constituye el cumplimiento del compromiso asumido por el Presidente Lagos en su última visita a la zona.

Frente a quienes postulan que las economías modernas no admiten subsidios ni beneficios dirigidos a regiones o sectores productivos, no nos cansaremos de señalar que las especiales condiciones de Magallanes motivan la existencia de éste y otros instrumentos de excepción, los que se encuentran plenamente justificados. La continuidad de la fuente de empleo es, sin duda, el mejor mecanismo de fomento a la radicación y permanencia en las regiones extremas. Ello potencia su desarrollo promoviendo las actividades productivas y se complementa con otros beneficios tributarios y aduaneros destinados a disminuir los efectos del aislamiento geográfico.

La continuidad del decreto ley Nº 889 hasta el año 2002, propuesta por el Gobierno, otorga tranquilidad a empleadores e inversionistas y, por tanto, constituye una medida muy positiva.

Sin embargo, no quisiera dejar pasar esta ocasión sin expresar mi respaldo al planteamiento de diversos sectores productivos de la región, los que han señalado que medidas de este tipo requieren, para producir plenos efectos, un horizonte de estabilidad en el tiempo, siendo entonces conveniente que esta prórroga no sólo abarque los años venideros, sino un período más extenso.

Las inversiones en el mundo económico actual se planifican con detención, luego de largos procesos de estudio, y se elaboran sobre la base de criterios y herramientas legales y tributarias definidas. Por ello, el óptimo resultado de estos incentivos se obtiene cuando ellos presentan una continuidad que resulte determinante a la hora de enfrentar decisiones en la inversión.

Por lo anterior, formulo un llamado al Gobierno para que atienda este requerimiento y clamor de los magallánicos a fin de estudiar la extensión de esta prórroga por un período de, a lo menos, cinco años. Ojalá que ocurriera durante el trámite de este mismo texto legal; pero si ello no es posible, superada la premura del tiempo que obliga a la aprobación de esta norma, resultaría fundamental para Magallanes que el Gobierno se abocara a generar, en conjunto con las fuerzas productivas de la región, un consenso en torno de los criterios que sustenten la continuidad en el tiempo de este importante incentivo.

Con respecto a la sanción que establece el artículo 3º en términos de no otorgar este beneficio a los empleadores que no están al día en sus cotizaciones previsionales, me parece positivo y correcto, por cuanto guarda plena concordancia con un proyecto de ley que aprobamos hace algunos meses, que declara nulos los despidos cuando los trabajadores no tengan al día el pago de sus cotizaciones previsionales. Aquí el Gobierno da una señal de defensa y protección a los trabajadores, la cual debemos valorar. Así como se premia al buen empresario, también es justo sancionar al malo.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez.

El señor SÁNCHEZ.-

Señor Presidente, como diputado de la Undécima Región de Aisén, no puedo dejar de participar en la discusión de uno de los instrumentos de fomento más antiguos a que han tenido acceso las deprimidas zonas extremas de nuestro país, en especial Aisén.

En esa región, los actores económicos más relevantes consideran necesario mantener el sistema de bonificación a la contratación de mano de obra, atendida nuestra realidad productiva regional y el fenómeno de desempleo y subempleo existente en la zona. Hoy son absolutamente criticados, cuestionados y no creíbles los índices de desempleo de la zona, que hacen aparecer a Aisén como una de las zonas de mayor empleo en el país, o, dicho de otra manera, de menor desempleo. Un pequeño leñador de los cuales hay muchos que corta unos metros de leña a la semana es considerado en las estadísticas como trabajador, en circunstancias de que está desempleado. Señalo eso como ejemplo.

Planteamos a las autoridades de Gobierno la necesidad de que la iniciativa contemplara inicialmente una prórroga de tres años en las mismas condiciones actuales, antes de elaborar, como se hará a contar desde el año 2003, un nuevo sistema de incentivos, que podría, entre otras cosas, modificar de modo sustantivo este instrumento y, eventualmente, suprimirlo de manera inmediata o parcelada en el tiempo.

Los diputados de las zonas extremas, tanto del norte como del sur, nos unimos, sin diferencias ideológicas, en una cruzada transversal, para solicitar la extensión de este instrumento en las mismas condiciones actuales; no obstante, estamos abiertos a que él se discuta y se mejore sustantivamente como instrumento de desarrollo productivo en zonas deprimidas, como la Undécima Región.

Asumimos las imperfecciones del decreto ley Nº 889, de 1975, pues se ha ido desnaturalizando al no existir la capacidad de discriminar en cuanto a orientar las actividades productivas, que son las que más se necesitan en regiones como Aisén y que, efectivamente, generan más y mayores impactos en el ámbito productivo.

Hemos propuesto reiteradamente a las autoridades de los gobiernos central y regional la necesidad de contar, al menos, con la capacidad de orientar este beneficio a las actividades más acordes con la estrategia de desarrollo regional, que ya se encuentra aprobada por el gobierno regional. También propusimos su extensión al sector público, en especial para los municipios rurales, apartados, para la contratación de personal que, por las bajas rentas, el aislamiento y la distancia, no se interesa en servir en esas localidades. Ésta es una realidad quizás diferente, propia de municipios muy aislados, con poca población, de la Undécima Región de Aisén, respecto de la cual es necesario tener la comprensión suficiente de que, dentro de todas las zonas extremas, es distinta.

Pese a estas deficiencias y considerando especialmente la situación actual de la Undécima Región, con una tasa oculta de cesantía y un empobrecimiento grave de su gente consecuencia de la baja actividad ganadera, producto de los últimos desastres climáticos; baja actividad agrícola y silvícola tradicionales, escasa afluencia de turistas que llegan a la zona, con la consecuente merma en el comercio y la hotelería y gastronomía locales, sobre todo por la alicaída situación de la producción manufacturera de las pequeñas y medianas empresas, resulta indispensable aprobar esta prórroga y permitir que el beneficio continúe vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, expreso mi preocupación por la decisión del Ejecutivo de incorporar una norma bien inspirada en la defensa de los derechos de los trabajadores, pero que puede constituirse en un arma de doble filo, que se revierta en contra del deseo de mantener y crear más puestos de trabajo.

Me refiero al artículo 3º del proyecto, que, en los términos planteados, impone severas sanciones a los empleadores beneficiarios de la bonificación si se atrasan en el pago de las cotizaciones previsionales.

En este punto quiero ser muy preciso. He respaldado los esfuerzos hechos en el Congreso para prevenir y sancionar drásticamente el abuso patronal y toda clase de tropelías contra los trabajadores. Así lo hice durante la discusión de la reforma laboral que discutimos a fines del año pasado y que lamentablemente fue rechazada por la Oposición; así lo hice también al votar la moción de dos estimados colegas que establecía la obligación de los empleadores de estar al día en el pago de las cotizaciones previsionales antes de proceder al despido de un trabajador.

Dada la situación actual, pedimos que no se sancione un posible atraso en el pago de las cotizaciones previsionales con la exclusión total y definitiva de un régimen especial de fomento productivo, esencial para la viabilidad económica de Aisén y de todas las zonas extremas.

Por lo anterior, junto con los diputados señores Pablo Galilea , también representante de la Undécima Región, y Jorge Soria, de la Primera Región, hemos propuesto una indicación sustitutiva del artículo 3º del proyecto, con la finalidad de restituir la estructura del beneficio solamente en los términos contenidos en la ley.

Creemos que con la aplicación de esta medida se salvaguardan los derechos de los trabajadores; al mismo tiempo, se atiende la realidad de financiamiento de las pymes en las zonas extremas del país. Es necesario entender que en algunas situaciones uno está en un lado de la trinchera, y en otras, en otro.

Dadas las actuales circunstancias, me parece necesario postergar este instrumento en las mismas condiciones actuales, no obstante la buena intención del Ejecutivo.

Termino llamando a mis colegas a aprobar el proyecto en general y a apoyar las indicaciones que consideramos necesarias para las alicaídas regiones extremas del país.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.

El señor PALMA (don Andrés).-

Señor Presidente, el proyecto en discusión, aunque por el tenor del debate no lo parece, atañe a todo el país y no sólo a determinadas regiones.

Esta iniciativa ha tenido un impacto muy importante en la Región de Tarapacá, en las provincias de Chiloé y Palena, en la Región de Aisén y en la de Magallanes.

He tenido la suerte de haber sido invitado en varias oportunidades por autoridades de dichas regiones a discutir estas materias. Concretamente, me han invitado los alcaldes de Castro, de Punta Arenas con quienes, además, me une una relación política y de amistad y de Palena. Me han solicitado apoyo para interceder ante el Gobierno por esta prórroga y he tenido la oportunidad de acompañar varias veces al diputado por Chiloé y Palena, señor Gabriel Ascencio, en reuniones efectuadas en el Ministerio de Hacienda.

Finalmente, el Gobierno ha acogido la demanda de estas regiones y se ha allanado a prorrogar, por un período de dos años, la vigencia del beneficio conocido como subsidio a la contratación de mano de obra en zonas extremas.

Es importante aprovechar bien este período, porque también hay compromisos del Gobierno relacionados con la asignación interna de recursos, de ir desmontando en el futuro este subsidio, compromisos que también tienen que ver con la inserción internacional del país.

En esas circunstancias, deberíamos aprovechar esta prórroga para tener un debate efectivo sobre qué pasará, en el futuro, con el subsidio a la contratación de mano de obra en zonas extremas, no sólo en el período de dos años para el cual estamos legislando. Estoy seguro de que la Cámara de Diputados y próximamente el Senado acogerán esta iniciativa del Ejecutivo.

El monto de recursos fiscales involucrados no es menor: 35.500 millones de pesos al año, lo que equivale aproximadamente a 60 millones de dólares, distribuidos en cuatro zonas geográficas; probablemente, el mayor monto se concentrará en las Regiones de Magallanes y de Tarapacá, luego en las zonas de Chiloé y Palena y, posiblemente, uno menor, pero importante, en la Región de Aisén.

Debemos pensar en el futuro de las regiones a las cuales se les destinarán 60 millones de dólares anuales por un período de dos años. Sin embargo, debemos pensar también en qué se puede hacer con esa cifra con posterioridad, para impulsar el desarrollo de las mismas; es decir, hay que estudiar en qué se pueden invertir 60 o más millones de dólares, para promover centros de desarrollo regional.

Por ahora, la prórroga que propone el Ejecutivo es razonable; o sea, hay que mantener las cosas como están, pero con una pequeña modificación. En efecto, el tope para aplicar el beneficio durante este período se fija en 147 mil pesos, aunque con reajustabilidad; pero es fácil fijar un tope para un período de dos años, sobre todo con las bajas tasas de inflación que se proyectan y con la nueva modalidad establecida en el artículo 3º.

Cuando uno analiza el monto del subsidio en relación con el tope de 147 mil pesos y con el salario mínimo, concluye que con esto se está subsidiando la previsión, o sea, los costos asociados a la contratación del trabajador, todo lo que el trabajador destina a previsión y salud. Ése sería el monto del subsidio si uno lo relaciona con las cifras de la remuneración mínima y del tope que aquí se fija.

En ese sentido, me parece del todo razonable la exigencia establecida en el artículo 3º, ya que, aun cuando aprieta un poco a los empleadores que reciben el subsidio, deben asumirlo en esa forma; porque en definitiva el Estado les está pasando la plata que deben pagar por la previsión de sus trabajadores. O sea, el empleador que contrata a una persona le tendrá que pagar solamente el sueldo, pues la plata para pagar la previsión se la entregará el Estado por un período de dos años. Esas son las cifras aproximadas; puede haber una variación, según el monto exacto de la remuneración: un poco superior en favor del empleador o un poco inferior en favor del trabajador; es decir, el empleador pagará la remuneración líquida que debe recibir el trabajador, y el Estado, los costos previsionales asociados a dicha remuneración.

En consecuencia, considero indispensable aprobar el artículo 3º. Pero el empleador no puede atrasarse uno o dos días; tiene que ser diligente, porque, a fin de cuentas, está recibiendo un subsidio de todos los chilenos para favorecer el empleo. Puede atrasarse una vez, pero no dos veces. Además, se habla de un plazo razonable, es decir, que no se atrase dos veces en el plazo de dos años, sobre todo cuando el Estado le entrega los fondos para absorber los gastos previsionales.

Por lo expuesto, es indispensable aprobar las disposiciones del Ejecutivo en su totalidad, ya que, por una parte, amplían un plazo, lo que nos obliga a pensar en qué hacer en el futuro con esos volúmenes de recursos, y, por otra, da un horizonte de estabilidad razonable, para mantener con tranquilidad su actividad, a los empresarios de esas tres regiones y dos provincias del país que serán beneficiadas con la entrega de este subsidio por dos años, quienes, por lo tanto, tendrán un plazo razonable para adecuarse a las condiciones cambiantes. Espero que el Gobierno no espere dos años para iniciar la discusión de lo que hará después, sino que envíe al Congreso Nacional un proyecto a la brevedad, ojalá en marzo o abril próximo, a fin de tener una discusión seria sobre la materia y, al mismo tiempo, de que los empresarios de las zonas que recibirán este beneficio tengan la tranquilidad de saber qué ocurrirá después.

Sin embargo, cabe anotar como un hecho negativo constatar que durante el período de vigencia, que vence el 31 de diciembre próximo, no hubo ninguna discusión real sobre el tema ni ningún trabajo de planificación a futuro, lo que obligó al Ejecutivo a enviar un proyecto a última hora, ante lo cual no queda sino la aprobación de la prórroga que hoy se está discutiendo.

Alguien podrá decir que se puede hacer lo mismo en dos años más; pero en la medida en que transcurra el tiempo esto podría ser más costoso para el país en su conjunto por sanciones que podría recibir por mantener esta política.

Por eso es indispensable revisar esta política manteniendo el beneficio para las regiones extremas sin un costo para el conjunto del país.

En ese sentido, reitero mi apoyo al proyecto, porque responde a una demanda de autoridades locales y de parlamentarios de la zona, y es respaldada con gusto por congresistas del resto del país, como el caso mío. De ahí que es fundamental aprobar el artículo 3º.

En consecuencia, el Gobierno no debe esperar que transcurra el período de dos años para iniciar una reflexión sobre el tema, y ojalá en marzo o abril próximo el Congreso conozca un proyecto de ley que consigne las medidas para apoyar el desarrollo de esas regiones en sustitución de este beneficio, cuya prórroga sólo será por dos años.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Krauss.

El señor KRAUSS.-

Señor Presidente, tal como lo han señalado nuestros colegas Andrés Palma y Antonella Sciaraffia, la Democracia Cristiana dará su apoyo al proyecto.

Sin embargo, los términos del debate sitúan una preocupación latente, al menos en esta materia, no sólo respecto de un incentivo que ha tenido resultados satisfactorios y que hoy se propone prorrogar como una forma de estimular la contratación de personal en las zonas extremas. En efecto, también se dice, y con razón, que hoy estamos abocados fundamentalmente con algunas correcciones o modificaciones que se sugieren a la prórroga del beneficio, y se sostiene, con razón, que es importante anticipar el análisis respecto del futuro, motivo por el cual se plantea el establecimiento por un plazo superior al que se propone y se señala que es necesario estudiarlo. Pero no se trata sólo de eso, sino de un conjunto de medidas, tanto legales como administrativas, y también de propuestas, que, respecto de la necesidad del desarrollo económico, social y de las creaciones de factores adecuados para los intereses geopolíticos del país, se mantienen o se sugieren establecer en relación con las zonas extremas.

Sin embargo, la responsabilidad de plantear esta clase de medidas, a nuestro juicio sin perjuicio de la significación que desde el punto de vista de su responsabilidad como conductor de la administración del país y, además, en su rol de colegislador, tiene el Ejecutivo, debiera situarse en la Cámara de Diputados. Éste es el foro cuyos miembros tienen la titularidad de la representación democrática, como ningún otro organismo de la institucionalidad, y es posible llegar a acuerdos.

Existe una inclinación natural por creer que las comisiones especiales están destinadas a investigar, a buscar sanciones, a realizar las autopsias de todas las situaciones negativas que pudieran existir. Por cierto, no se trata de eso; las comisiones especiales deben tener por objetivo entregar propuestas, servir de foco de encuentro, un lugar en el cual se realicen las aproximaciones de todos los sectores involucrados.

En razón de este hecho, no sólo repito de las eventuales modificaciones, consolidaciones o perfeccionamientos de esta bonificación a la contratación de mano de obra para las zonas extremas, los diputados democratacristianos presentaremos un proyecto de acuerdo para integrar una comisión especial que, en un plazo que no exceda el 30 de junio del próximo año, proponga medidas de la naturaleza indicada a la Cámara, al Ejecutivo y al país. De esa manera, estaremos cumpliendo con nuestro compromiso de asumir la representatividad de todos los sectores, tal como lo hemos hecho en otros casos en que hemos formado comisiones especiales que han realizado propuestas que han permitido avanzar en las materias sometidas a su conocimiento.

Por eso, sin perjuicio de apoyar el despacho de esta iniciativa, anunciamos que, adicionalmente, presentaremos un proyecto de acuerdo para formar una comisión especial, con el objetivo y competencia que he señalado.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez.

El señor ÁLVAREZ.-

Señor Presidente, cuando hace algo más de un año y medio discutimos con gran rapidez, en su segundo trámite, el plan austral en esta Cámara, expusimos las razones por las cuales se justifica que determinadas regiones, como Magallanes y Aisén, reciban algunos beneficios especiales en atención a sus enormes potencialidades, las cuales se ven mermadas porque sus mercados son muy pequeños y por problemas estructurales.

El beneficio que se otorga a través de este proyecto ha contribuido a que Magallanes, Aisén y las demás regiones beneficiadas vayan logrando un desarrollo progresivo. Asimismo, se trata de un mecanismo que ha impedido que la tasa de cesantía de esas regiones se haya disparado a cifras siderales; por el contrario insisto, ha permitido mantener una masa crítica de empleo mínimo en la región, que ha evitado tasas del 15 ó 18 por ciento. Por eso, es un beneficio muy conveniente.

En un estudio muy completo que hizo en Magallanes el consejero regional José Barría , miembro de la Comisión de Fomento y Desarrollo, para ver los efectos que la eventual eliminación del decreto Nº 889 tenía en la mano de obra, se pudo comprobar claramente el grave problema que ella produciría, en general, a los agentes productivos de la Región de Magallanes. Por eso, consideramos muy importante la prórroga de este instrumento.

Sin embargo, hay que reconocer que tienen toda la razón los parlamentarios que manifestaron que habría sido importante una discusión más amplia. De hecho, el año pasado este beneficio debió haber terminado en diciembre de 1999, junto con algunos parlamentarios del gobierno de entonces, conseguimos que se prorrogara por un año más, a fin de discutir por qué las regiones justificaban este instrumento tienen el carácter de extremas y por qué era necesario mantener las bonificaciones. Lamentablemente, tal discusión no se llevó a cabo. Los días 9 y 10 de julio, el Presidente de la República anunció en Magallanes que ella se efectuaría, pero no se concretó; y hoy tenemos un proyecto que lo único que hace es prorrogar por dos años este instrumento, sin mayores modificaciones, tal como lo informé en nombre de la Comisión de Hacienda. Ante este hecho, nos parece importante la prórroga; pero lo es aún más la justificación del instrumento, y habría sido conveniente realizar un análisis más acabado.

Pero quiero referirme a dos aspectos que me preocupan. En primer lugar, existía el compromiso de extender por más tiempo este beneficio. Nosotros consideramos que debió ser, al menos, por cinco años. Fue lo que se propuso, por lo menos en el caso de la región de Magallanes, a las autoridades nacionales y regionales. Sin embargo, la prórroga es sólo por dos años. Tal como lo dijo el diputado Andrés Palma , espero que durante estos dos años nos dediquemos realmente a discutir un proyecto de ley que permita crear los verdaderos instrumentos que necesitan las regiones extremas del sur, como Aisén y Magallanes , que son las realidades que conozco mejor.

En segundo término, respecto del tema previsional, hay una indicación al artículo 3º, que apoyaremos. En mi opinión, la norma está mal redactada fue la causa de que nos abstuviéramos, porque no aclara como lo manifestó la diputada Rosa González lo que puede ocurrir, por una parte, si un empresario tiene muchos trabajadores y sólo se atrasa en el pago de las cotizaciones previsionales de uno de ellos, y, por otra como también lo dijo hace un momento el diputado señor Sánchez , en este momento, debido a las actuales condiciones de empleo existentes en nuestra región, es preferible mantener la actual estructura del decreto ley Nº 889.

Por eso, vamos a aprobar la prórroga de este beneficio, que consideramos muy importante para el desarrollo de la Primera Región y de las provincias de Chiloé y Palena, en la Décima Región las que, como siempre, el diputado Claudio Alvarado se ha encargado de defenderlas, y de la Undécima y Duodécima regiones.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.

El señor VILCHES.-

Señor Presidente, en mi trabajo parlamentario he tratado permanentemente de entregar juicios que, en mi opinión, sean atingentes a la materia en debate.

En esta ocasión, debo señalar que me parece correcta esta forma de legislar de la Cámara, porque en la medida en que el Ejecutivo haga presente la urgencia para el despacho de estas iniciativas, podremos tener en breve plazo leyes que vayan en beneficio directo de las personas. Es la respuesta a un requerimiento de los trabajadores. En esta oportunidad, se beneficia a los de las zonas extremas.

En otras oportunidades he sido muy crítico de la señora María Eugenia Wagner , subsecretaria de Hacienda. Sin embargo, ahora debo decirle, en su calidad de representante del Ministerio de Hacienda y del Ejecutivo, que me veo obligado a aplaudir esta medida, que beneficia a los trabajadores. Lo digo con mucha sinceridad y con especial afecto hacia la señora María Eugenia.

Respecto del tema central, la prórroga de este subsidio a la contratación de mano de obra se aplica a las remuneraciones imponibles que no excedan de 147.000 pesos, y representa un beneficio real para la contratación de un empleo productivo. Esto, que parece tan simple, es lo que hemos solicitado en reiteradas ocasiones como medida reactivadora que solucione el problema de la cesantía. Se trata de que este subsidio incentive la contratación de un porcentaje de trabajadores en otras zonas del país, como una forma de estimular el trabajo productivo.

En muchas ocasiones, aquí hemos solicitado extender los beneficios concedidos a la contratación de mano de obra a los planes de absorción de ésta por las municipalidades. Pues bien, junto con reconocer que esto es un paliativo, dicha contratación de mano de obra nunca se ha traducido en trabajo productivo. Este proyecto sí lo hace, y queda demostrado, porque en las regiones en las cuales se entrega este beneficio también existen grandes proyectos mineros, actividad que represento una vez más. Los proyectos mineros tienen parámetros, precios y costos internacionales y, por lo tanto, no se pagan sueldos de 147.000 pesos mensuales. Los trabajadores que laboran en la minería ganan entre 300 mil y 400 mil pesos mensuales. Sin embargo, hay sectores de la población que no tienen oportunidades de trabajo porque éste es escaso. Pues bien, este proyecto de ley significa una ayuda para los empresarios que quieran invertir y crecer, y que necesitan esta mano de obra para avanzar y transformarse en entes productivos que obtengan utilidades, de manera que puedan seguir creciendo sin tener que recurrir a este tipo de ayuda.

Ése es el objetivo del proyecto: otorgar un incentivo para el desarrollo de las industrias de las zonas extremas. Los parlamentarios que representan a dichas zonas han destacado que para ellas significa en su calidad de regiones geopolíticamente instaladas en Chile la posibilidad de desarrollarse y de resolver sus problemas de cesantía.

La prórroga de esta legislación rige a partir del 1 de enero de 2001, en pocos días más, y por eso se requería cumplir el trámite legislativo con urgencia.

Los diputados de Renovación Nacional apoyamos el proyecto con entusiasmo, porque es consecuente con lo que hemos pedido en reiteradas oportunidades. Incluso, el diputado señor Haroldo Fossa lo ha planteado en forma permanente en la Comisión de las Pymes, como punto relevante para beneficiar a los trabajadores del país en este período de tan difícil situación y alta cesantía. Eso quiero destacarlo.

Apoyaremos el proyecto, porque creemos que realmente servirá a los trabajadores, a los empresarios y al país.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Salvador Urrutia.

El señor URRUTIA.-

Señor Presidente, nos sumamos al apoyo brindado a un proyecto muy bueno, útil para las zonas extremas y para todo el país, porque el mayor empleo, la mayor actividad económica que se genere en ellas también beneficiará a Chile.

El tema del decreto ley Nº 889, de bonificación a la mano de obra y vigente desde hace mucho tiempo, ha significado un potente estímulo para la creación de empleo y para la sobrevivencia de algunas empresas que, gracias a él, han podido capear las crisis económicas que ha sufrido el país en los últimos años.

Felicitamos y agradecemos al Gobierno el haber accedido a lo pedido no sólo por los parlamentarios, sino también por los líderes de opinión, especialmente los empresarios y trabajadores, para que la bonificación se continúe otorgando.

El hecho de que se otorgue por dos años tranquiliza la actividad económica en las zonas extremas. Pero, como lo han dicho otros colegas, es necesario pensar qué pasará con esta bonificación más allá de 2003. Ahí es conveniente hacer lo que han planteado mis colegas, o sea, crear una mesa de trabajo participativa, en que estén representadas todas las partes involucradas gobierno, empresarios, trabajadores, para definir cómo llevar a cabo la transformación o adecuación de esta bonificación a la nueva economía que vive el país, de manera que de una bonificación relativamente estática, no focalizada, que no crea estímulos en sectores importantes para el crecimiento económico, pase a ser un incentivo mucho más potente.

Se ha hablado de transformarlo en un fondo de fomento productivo, a fin de que los 70 mil millones de pesos, casi 60 millones de dólares por año de que habló el diputado señor Andrés Palma , puedan ser reciclados en un fondo de inversión de fomento productivo, que permita fortalecer los sectores económicos con potenciales de crecimiento y de trabajo seguro y permanente.

Esta gran discusión tenemos que hacerla durante estos dos años de plazo, para evitar la preocupación del Gobierno y también de los empresarios y trabajadores de estar cada año o cada dos años estudiando una nueva prórroga. Si ustedes recuerdan bien, hace dos años aprobamos una prórroga por un año; ahora estamos abordando una nueva para los años 2001 y 2002. No es serio y no es bueno para el país ni para los empresarios, ni para los trabajadores de las zonas extremas continuar con este ping pong. Es necesario transformar el sistema de prórrogas por uno permanente, de largo plazo, que tenga por lo menos 10 ó 20 años de vigencia y permita inversiones y empleo con plena seguridad para los trabajadores de las zonas extremas.

Desde luego, todo es mejorable, y si bien en la línea gruesa el proyecto está muy bien felicitamos a quienes lo elaboraron en el Ministerio de Economía, es necesario mejorar una de sus partes.

Como se ha dicho, en el artículo 3º se establecen algunas sanciones, que no existían en la norma actual, para castigar a los empleadores que se atrasen en el pago de las imposiciones. Reconozco que es necesario incentivar el pago de imposiciones, pero también se debe tener claro cuál es el fundamento del pago de la bonificación. Y ese objetivo principal, al cual tienen que supeditarse todos los demás, es crear empleo, ayudar a los empresarios de zonas extremas a que sus empresas funcionen, no acogotarlos con sanciones ni crear mecanismos de castigo.

Es absurdo crear para los próximos dos años mecanismos sancionatorios si sabemos que el país vive un estado de recesión y de falta de empleo enorme. Debemos hacer todo lo necesario para que ese objetivo, de inversión y empleo, se cumpla.

Por eso, soy enemigo de introducir una norma sancionatoria, que no existía hasta ahora y que, además, es contraria a la idea matriz principal del proyecto. Por lo expuesto, me sumo a la indicación propuesta por los diputados señores Pablo Galilea , Muñoz , Sánchez y Krauss para que, en un proyecto tan bueno como el propuesto, no se incluya esta pequeña mancha, que significa dañar el objetivo básico que todos buscamos.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Pablo Galilea.

El señor GALILEA (don Pablo).-

Señor Presidente, aquí se han dicho muchas cosas. El diputado señor Andrés Palma señalaba que éste no es un proyecto de las regiones, sino una iniciativa legal de la República, cosa que me parece muy cierta. En ese sentido, para que se constituya en ley de la República, todos los colegas deben preocuparse de apoyar el desarrollo armónico y equitativo de nuestro país, dado el atraso de las regiones extremas, especialmente la de Aisén, un extenso territorio, con un enorme potencial productivo, pero cuyo aporte al erario, en términos de recaudación de impuestos y de contribución al producto interno bruto, es prácticamente nulo.

Lo que pretende el proyecto es, precisamente, dar la posibilidad y condiciones a los empresarios para absorber mano de obra, desarrollar empresas productivas y, en definitiva, sacar del subdesarrollo a las regiones extremas.

Lamento que el beneficio se prorrogue sólo por dos años, pues los empresarios y los trabajadores de las regiones extremas anhelaban que se diera una señal clara, en términos de estabilidad, ampliando el plazo de vigencia de la normativa, a lo menos, por cinco años, con el fin de tener un horizonte claro para realizar inversiones y saber que cuentan con un beneficio más estable.

En 1999 ya prorrogamos la norma por un año; hoy lo estamos haciendo por dos años. Se ha señalado que la Democracia Cristiana presentará un proyecto de acuerdo para proponer algo en serio en cuanto al desarrollo futuro de las regiones y, específicamente, en torno de este instrumento de incentivo.

Debo recordar que el proyecto de acuerdo que creaba una comisión especial ya fue votado hace un par de años en esta Cámara y, sin embargo, nunca funcionó. Se ha dicho que se pensará en serio cuáles serán los instrumentos de incentivos para las regiones extremas, y en eso llevamos más de diez años. Se dictaron una ley Arica, una ley Austral, que hoy tienen un efecto nulo en las regiones extremas.

Por eso, estamos prorrogando lo que a juicio de las comunidades locales de trabajadores y empresarios es el único instrumento que ayuda a paliar en parte las tremendas desventajas comparativas de las regiones extremas para incorporarse al desarrollo del país.

Me alegro de que este mal menor, de prorrogar por dos años el beneficio, cuente con la aprobación de todos los colegas diputados.

Sin embargo, quiero manifestar mi preocupación en torno del artículo 3º, respecto del cual hemos presentado algunas indicaciones, porque, a nuestro juicio, son demasiado drásticas las sanciones que se imponen al empleador que no cumple oportunamente con el pago de sus cotizaciones previsionales, pues si se atrasa en más de una oportunidad va a perder el beneficio durante todo el plazo de vigencia de la ley. Eso, sumado a la imposición que el propio empresario se crea al declarar las imposiciones y no pagarlas en forma oportuna, en términos de intereses, reajustes y multas, y a las sanciones que la Inspección del Trabajo le aplica con justicia, me parece demasiado drástico.

Por eso, hemos presentado una indicación, con el objeto de dejar las cosas tal como están: el empleador no accede al beneficio en el mes en que no paga las cotizaciones previsionales; pero, en el momento en que lo hace, nuevamente tiene acceso a él, lo cual es consecuente con lo que pretendemos: crear condiciones a los empleadores y a los trabajadores para que puedan acceder a su principal derecho, el derecho al trabajo. Prueba de ello es que este mecanismo ha funcionado bien y las regiones que lo aplican son las con menor cesantía. Por lo tanto, es un buen instrumento de incentivo, y nos parece que lo que hoy se pretende imponer con esta mayor sanción va en la línea contraria.

La indicación, además, señala que el pago fuera de plazo de las cotizaciones previsionales no dará al empleador el derecho a reclamar retroactivamente el beneficio establecido en la ley.

Invito a mis colegas parlamentarios, así como lo han hecho los diputados señores Sánchez, Urrutia, Krauss, la diputada señorita Sciaraffia y todos los representantes de zonas extremas, a perfeccionar el artículo 3º, porque, tal como está, repercutirá negativamente en el empleo, nuestra principal preocupación. El Ejecutivo podría diseñar un mecanismo que permita al empleador acceder al beneficio, pero que se le retenga para pagar las cotizaciones atrasadas, de manera que el dinero no vaya a su bolsillo, sino al pago de cotizaciones atrasadas, lo que sería otra forma de proteger el derecho de los trabajadores.

A grandes rasgos, se trata de un buen proyecto, en el sentido de mantener el beneficio, pero espero que la Comisión especial que se forme, con participación del Gobierno, piense en serio acerca de los verdaderos instrumentos que beneficien a las zonas extremas, a fin de que el país se desarrolle en forma armónica, porque hasta ahora las regiones más apartadas están muy retrasadas y necesitan apoyo del Estado.

He dicho.

El señor ROCHA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Jaramillo.

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente, el proyecto me anima a otras ideas.

Los hombres que vivimos en regiones creemos que se nos entiende, que se nos considera y que hasta se legisla para nuestras regiones.

Entiendo que uno de los principios que inspiran el desarrollo del país es el tan ansiado Estado unitario regionalizado, que consiste en el crecimiento armonioso entre sus distintas áreas geográficas. Así lo dicen esos simbólicos federales. En pos de este ideal, desde hace décadas venimos enfrentando un pequeño proceso creciente de descentralización del poder del Estado.

Me alegra que la ministra de Hacienda subrogante se encuentre presente en la Sala, porque estas frases, que parecieran de cliché, son sinceras: un pequeño proceso de creciente descentralización.

Es lamentable notar, una vez más, que cuando las regiones obtienen un pequeño beneficio, aquí se debate ampliamente el asunto, como si hubiésemos logrado la ansiada descentralización del país. Esto es un ejemplo: intervenciones de más de diez parlamentarios hasta este momento.

Lamentablemente, por motivos de lejanía de los centros de producción, de los mercados con más demandantes de bienes y servicios y cierta cultura de aislamiento, las economías de nuestras zonas extremas en el norte cálido y desértico y de la fría Patagonia del sur austral se encuentran sujetas en forma permanente a una situación de estancamiento.

Concuerdo con el representante de Aisén, diputado señor Sánchez; con el de Arica, señor Urrutia; con la indicación del diputado señor Pablo Galilea, porque es tan importante como obligatorio para el Estado impulsar políticas públicas especiales que ayuden a esas regiones, en concreto, a los compatriotas que hacen soberanía en los lindes extremos del territorio nacional.

El proyecto va en esa línea. Se trata, simplemente, de prorrogar un beneficio que viene desde hace casi dos décadas, que apoya y estimula la contratación de mano de obra.

En dichas tierras y en tal condición, resulta del todo natural para la bancada del PPD apoyarlo. Por supuesto, espera más para las regiones. Así lo entendió ayer la Comisión de Hacienda y, por eso, apoyó por unanimidad la iniciativa enviada por el Gobierno para su conocimiento y aprobación.

Como lo han dicho los diputados señores Urrutia, Sánchez y Andrés Palma, espero un nuevo y definitivo proyecto y no una simple prórroga.

Como hombre regionalista y del sur de Chile, estoy de acuerdo y me siento interpretado por el proyecto, por lo que contribuiré con mi voto favorable a su aprobación.

He dicho.

El señor ROCHA (Presidente accidental).-

Advierto que hay ocho diputados inscritos y que restan aproximadamente 30 minutos de debate. En consecuencia, les ruego, en lo posible, abreviar sus intervenciones.

Tiene la palabra el diputado señor Mulet.

El señor MULET.-

Señor Presidente, apoyaremos el proyecto, iniciado en mensaje, que prorroga la vigencia del subsidio a la contratación de mano de obra, pero me surge una duda que hemos tenido en otras oportunidades en la Cámara.

Hace un tiempo, cuando analizamos la situación del desempleo, solicitamos formalmente al Gobierno este instrumento, a través de proyectos de acuerdo presentados tanto por diputados de Oposición como de Gobierno: el subsidio a la contratación de mano de obra, como un elemento reactivador para la pequeña y mediana empresa.

Se nos dijo, y se ha reiterado, que es muy complejo, muy complicado; que por esta vía no se logra el objetivo deseado, pues se formalizan empleos que ya están ocupados y que no se produce el efecto reactivador de generar nuevas fuentes de trabajo.

Ese es el principal argumento que se esgrime para no establecer un instrumento de esta naturaleza para las pequeñas y medianas empresas. Sin embargo, es contradictorio, porque donde existe la misma razón debiera existir la misma disposición.

Esa explicación que nos daba el Gobierno hace algún tiempo no figura en este mensaje, lo que nos da la razón de que se trata de un instrumento capaz de generar empleo y producir reactivación, en este caso, en las zonas aisladas.

¿Qué diferencia de fondo existe entre una zona aislada, en que hay evidentes razones geográficas y de distancias, y otra, donde existe un 20 por ciento de cesantía, para no aplicar este instrumento? Si lo que se quiere por medio del proyecto es solucionar el problema de desempleo que genera el aislamiento en las zonas aisladas, ¿por qué no se corrige por esta vía el mismo problema que se presenta en otros lugares de nuestro país o que se produce en todo Chile en algunos meses del año? ¿Por qué no se subsana por esta vía, y lo demando formalmente, el problema de desempleo que tenemos en mi región, que asciende al 18,4 por ciento en comunas como Vallenar, de la provincia del Huasco? ¿Por qué se establece esta diferencia?

Es efectivo que estamos discutiendo respecto de un decreto ley que se ha venido prorrogando desde hace bastantes años; pero es indudable que hay una contradicción entre lo que nos ha dicho el Ejecutivo y lo que hace hoy. En consecuencia, insisto en que el subsidio a la contratación de mano de obra es un buen instrumento para generar empleo, no sólo en las zonas aisladas, sino también donde hay graves problemas de desempleo, como, reitero, los que se están generando en mi región, en particular en la provincia de Huasco.

Aprobaré el proyecto, pero demando consecuencia y consistencia de parte de las autoridades en esta materia. Si se puede establecer este instrumento para las zonas extremas, también se puede aplicar en otras regiones. Ello refleja muy bien la necesidad de que el Estado intervenga y concurra con este tipo de ayudas en lugares no solamente aislados, sino en todas partes donde se produzcan problemas mayores de desempleo, ya que el sector privado ha demostrado que, desgraciadamente, no los puede solucionar por sí solo.

Reitero que apoyaré el proyecto, en la esperanza de que se pueda implementar un subsidio parecido en otros lugares en que existan problemas de desempleo, como ocurre en mi querida Región de Atacama.

He dicho.

El señor ROCHA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Haroldo Fossa.

El señor FOSSA.-

Señor Presidente, es bueno que esté presente en la Sala la ministra de Hacienda subrogante, señora María Eugenia Wagner, para hacer presente, en la línea del colega señor Mulet, que de un tiempo a esta parte y dada la situación de desempleo tan delicada que existe en nuestro país, hemos tratado de encontrar soluciones efectivas, por diferentes medios, para paliar este flagelo que nos está golpeando tan fuerte.

Considero excelente la idea de mantener los subsidios a la mano de obra en las regiones extremas, los que, acompañados por el Plan Austral y el Plan Arica, dan una señal cierta de cómo progresar y desarrollarse en ambas regiones.

Concuerdo en que hay otras zonas a las que se debe dar este incentivo u otros. Por ejemplo, en el caso del distrito 46, que represento, que comprende la provincia de Arauco y la comuna de Lota, felizmente se mantienen los subsidios a la mano de obra.

Estoy de acuerdo con la indicación que presentó, entre otros, mi colega Pablo Galilea, porque al otorgar un subsidio para luchar en contra de un problema que nos preocupa, la desocupación, no podemos a su vez establecer castigos, porque la ley podría no aplicarse en la forma como se estima conveniente.

Aprovechando la presencia de la señora María Eugenia Wagner, quiero hacer de nuevo un llamado al Gobierno, porque se vienen repitiendo algunas señales que, a mi juicio, son absolutamente erráticas y equivocadas.

Acabamos de saber que se cancela la encuesta sobre desempleo que tradicionalmente realizaba la Universidad de Chile, porque el Banco Central habría dicho que no tiene fondos para financiar ese trabajo. Me parece que ese argumento está muy lejos de la verdad. No es posible que el Banco Central señale que no tiene dinero para financiar un estudio de carácter científico. A mi juicio, esto obedece a una medida política. Quienes estudiamos los problemas de desempleo y de lo que está sucediendo con la movilización de la mano de obra, estamos acostumbrados a tener a mano los índices del INE y de la Universidad de Chile respecto lo que está pasando en materia ocupacional.

El denominado comité público y privado está funcionando mes a mes para tratar de encontrar, en conjunto con la Conapyme, Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa, soluciones al problema del desempleo.

Además, en la Cámara de Diputados hemos creado una Comisión especial sobre la pequeña y mediana empresa, donde pretendemos legislar y buscar soluciones a este tema.

La presidencia de la Cámara ha elaborado un proyecto para encontrar un acuerdo consensuado de aquí al 31 de enero de 2001, con el objeto de entregar pautas al Gobierno para solucionar el problema de la cesantía.

Ya se ha discutido en el Senado y está a punto de ser despachado un proyecto sobre seguro de desempleo. Sin embargo, se anuncian indicaciones al proyecto de reforma laboral absolutamente erráticas y discutibles, cuyo contenido definitivo ni siquiera conocemos.

Me pregunto y hago extensiva esta preocupación a los colegas y a toda la gente que nos está escuchando, en particular a los desempleados, ¿por qué no podemos encontrar una solución definitiva para dar algunas pautas destinadas a bajar los índices catastróficos de cesantía que tenemos en este momento?

Pareciera que estamos dedicados a diagnosticar y a hablar sobre el tema, pero no a solucionar los problemas que encontramos y que hemos pauteado repetidas veces al Gobierno.

Hay puntos clave para ir solucionando el problema del desempleo. En la medida en que le demos a la pequeña y mediana empresa las herramientas para evitar que colapsen y que les permitan multiplicarse, desarrollarse y seguir funcionando, vamos a poder contratar mano de obra. Si subsidiamos la mano de obra, como se está haciendo con las zonas extremas, en los lugares en que se necesita, también vamos a encontrar una metodología, y si logramos definitivamente la solución para paliar la deuda previsional de la pequeña y mediana empresa, que alcanza a millones de dólares, vamos a generar y a dar señales ciertas sobre qué hacer para bajar el desempleo.

Pido, particularmente a la señora María Eugenia Wagner, como representante del Ministerio de Hacienda, considerar y tener en cuenta este tipo de cosas; si no, caemos en un bla bla permanente, que no tiene ningún sentido.

He dicho.

El señor ROCHA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la señora ministra de Hacienda subrogante.

La señora WAGNER, doña María Eugenia (Ministra de Hacienda subrogante).-

Señor Presidente, me referiré brevemente a tres puntos.

En primer lugar, hemos presentado este proyecto de ley para prorrogar por dos años la vigencia del decreto ley Nº 889, que bonifica la contratación de mano de obra en zonas extremas, con el fin de dar cierta estabilidad a los empleadores y trabajadores de esas regiones durante dicho lapso. Consideramos muy importante que ese mecanismo siga vigente por el tiempo indicado, en particular, porque estos últimos años y, probablemente, el próximo han sido difíciles.

En todo caso, el Gobierno tiene plena conciencia de que este mecanismo debe ser revisado. Por lo tanto, en el transcurso de los próximos dos años iniciaremos un trabajo, en conjunto con los representantes de las regiones y los parlamentarios, con el objeto de modificarlo para producir un cambio gradual que nos permita lograr el objetivo de mediano plazo: un incentivo real y permanente en la generación de empleo.

Al mismo tiempo, quiero señalar que el proyecto aumenta levemente la exigencia al empleador en cuanto al pago de las imposiciones de los trabajadores. La ley vigente dispone que la bonificación no se pagará a los empleadores que estén atrasados en más de dos meses en el entero de las cotizaciones previsionales. El proyecto propone que ese plazo se reduzca a un mes. Además, establece que el atraso en más de una oportunidad implicará la exclusión del empleador del beneficio por el resto de su vigencia.

Hemos incluido esta condición porque nos parece importante, como Gobierno, dar la señal de que para el pago de este tipo de bonificaciones o de beneficios, las imposiciones deben estar al día, lo que beneficia a los trabajadores.

He dicho.

El Presidente informa a la Sala de la presencia, en las tribunas, de una delegación de integrantes de centros de madres de Recoleta, invitadas por el diputado señor Leay.

El señor ORTIZ.-

Reglamento, señor Presidente.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra su Señoría.

El señor ORTIZ.-

Señor Presidente, el Comité de la Democracia Cristiana solicita la clausura del debate, a fin de que se vote y despache el proyecto en discusión. Lo ideal sería que se alcanzaran a rendir los informes del proyecto referido al Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, en el cual estamos interesados varios parlamentarios.

Por ello, solicito que la Mesa pida el asentimiento unánime de la Sala para cerrar el debate y autorizar la inserción de los discursos de los diputados inscritos.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

En su oportunidad, lo voy a solicitar, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado señor Orpis.

El señor ORPIS.-

Señor Presidente, hace aproximadamente dos semanas el Instituto Nacional de Estadísticas entregó los índices de desempleo del último trimestre móvil. En relación con el trimestre móvil anterior, en dos regiones, la Primera y la Duodécima, aumentó la cesantía en vez de disminuir. Por lo tanto, el proyecto es importante desde ese punto de vista.

Sin embargo, la generación de empleos en las regiones extremas requiere nuevas fuentes de trabajo, y me pregunto si un instrumento como el decreto ley Nº 889 que permanentemente está cuestionado por sus prórrogas es eficaz para ese efecto. Desde mi punto de vista, no lo es, porque una condición fundamental para generar empleo es la estabilidad en los instrumentos, en las reglas del juego, pues las inversiones, como se ha señalado en la Sala, en general se hacen a largo plazo. Además, este instrumento ha sido y está siendo cuestionado por el Ejecutivo por las sucesivas prórrogas.

Por lo menos, tengo la convicción de que el decreto ley Nº 889 ha servido para mantener el empleo, pero tengo serias dudas de que sirva para crear las nuevas fuentes de empleo que necesitan las regiones extremas.

Ese es mi comentario general sobre la normativa.

En particular, presenté una indicación al inciso segundo del artículo 3º. La filosofía que respalda la disposición actual respecto de la cual se propone su modificación consiste en que, para recibir el beneficio, las imposiciones deben estar al día. Desde mi punto de vista, no hay ninguna incompatibilidad con la retroactividad en el pago si las imposiciones están al día. En el fondo, el pago se suspende si las cotizaciones previsionales no han sido enteradas.

Por lo tanto, mi indicación es para eliminar, en el inciso segundo del artículo 3º, la frase: “sin efecto retroactivo”, con el objeto de que se suspenda el beneficio mientras las imposiciones previsionales estén impagas, pero una vez enteradas, el empleador podrá cobrarlo retroactivamente.

Concedo una interrupción al diputado señor Rojas.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Puede hacer uso de la interrupción el diputado señor Rojas.

El señor ROJAS.-

Señor Presidente, quiero sumarme a las palabras del diputado señor Orpis. Sin duda, estos instrumentos cumplen un objetivo, pero no son la solución viable para determinada situación.

En la Segunda Región estamos preocupados por la discriminación que se produce cuando se toman medidas de este tipo. Se asume que algunas regiones, como la Segunda, supuestamente, tienen soluciones inmediatas. Se piensa, equivocadamente, que la gente de Antofagasta vive en forma exclusiva de la minería. Eso es falso.

Por lo tanto, así como los diputados señores Mulet y Orpis han planteado sus inquietudes, quiero hacer presente la discriminación que se produce con las comunas hermanas o vecinas de aquellas para las cuales se han tomado algunas medidas beneficiosas.

En consecuencia, en ese sentido, comparto plenamente las palabras de los diputados mencionados. Además, espero que esto sirva como precedente para que se busquen reales soluciones, no sólo para un sector, sino para todo el país.

Es todo.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Recupera el uso de la palabra el diputado señor Orpis.

El señor ORPIS.-

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Elgueta.

El señor ELGUETA.-

Señor Presidente, previamente quiero comentar la formalidad del proyecto.

En realidad, el artículo 1º representa un verdadero jeroglífico, una disposición criptográfica, puesto que para decir que la ley se prorroga hasta el año tal, se emplearon tres líneas y media. Con seguridad, si alguien quiere entender su significado, tendrá que ir a una biblioteca y desentrañar el verdadero sentido de ese artículo. A mi juicio, desde el punto de vista formal, esta materia fue redactada por los ingenieros o por los economistas, con el objeto de que, al igual que los sacerdotes egipcios, sólo ellos sepan de qué se trata.

Ahora, iré al fondo del asunto. En cierta medida, con la regionalización se pensó en establecer el principio de la igualdad. Pero, curiosamente, como un contrasentido, para que éste exista hay que otorgar privilegios o beneficios a fin de restablecerlo, y es lo que se ha hecho.

Al respecto, recuerdo que el objeto del decreto ley Nº 889, dictado en febrero de 1975, cuando era ministro de Hacienda el señor Jorge Cauas , no era propiamente la generación de empleos, sino incentivar la inversión en las zonas extremas del país. Por eso se bonificaban las inversiones y se recuperaba el impuesto al valor agregado contra el crédito fiscal. Ello permitió que en las provincias aledañas a la mía se cometieran muchos fraudes. Por eso después se dictó un decreto ley para que una comisión determinara quiénes tenían derecho a este beneficio.

Se dieron casos, por ejemplo, respecto de construcciones antiguas, en que se pedía permiso y se recibía el mismo día; en seguida, se iba a buscar el cheque a la Tesorería. Es decir, se bonificaba esa inversión. Algunos vehículos se bonificaban con los intereses; en consecuencia, salía gratis, porque después de obtenido el cheque, se iba adonde el vendedor y se le decía que quería prepagar, y pagaba con el dinero que le entregaba la Tesorería.

Ese sistema, en el que también venía incluida la bonificación a la mano de obra, tuvo que ser cambiado. Pero, según lo que recuerdo, lo que se incentivaba era la creación de empleos; o sea, esta bonificación era recibida por el empleador que contrataba a más gente de la que ya le trabajaba y no por conservar la que tenía.

Eso es lo racional, como indicaba el diputado señor Orpis ; eso es lo que incentiva a los empleadores a crear más puestos de trabajo. En caso contrario, seguirán recibiendo los beneficios con la misma dotación que tienen.

Me parece muy bien este proyecto de ley, pero quiero expresar algo respecto de Cochamó, comuna fronteriza y aislada de mi distrito para llegar a ella desde Puerto Montt hay que atravesar la comuna de Puerto Varas. Allá también existen salmoneras, industrias forestales, procesadoras de recursos naturales y actividad turística. Sin embargo, siendo limítrofe con la provincia de Palena, por el sur, y fronteriza con Argentina, carece de todo incentivo. Planteo esta situación a la señora ministra de Hacienda subrogante para que, en los próximos años, también se extienda este beneficio a esa localidad.

Ya que hablamos del bicentenario de nuestra independencia, quiero señalar que para que haya una efectiva igualdad entre todos los chilenos, independientemente de donde residan, me habría gustado que la vigencia de este beneficio se hubiera prorrogado hasta esa fecha, a fin de que las zonas en que se otorga la bonificación que, económicamente, aquí se llaman “deprimidas” la tengan en forma permanente, para que los empresarios, empleadores e inversionistas cuenten con políticas coherentes y estables en el tiempo.

Por último, he presentado una indicación para suprimir el inciso tercero del artículo 3º, porque considero que la sanción que se le aplica al empleador que se atrasa en un pago de imposiciones es muy dura. Con ella se provoca una especie de muerte civil. Sin duda, para una persona que se está exponiendo a toda clase de riesgos al invertir en zonas aisladas y alejadas de los centros poblados, para una persona que, como se dice habitualmente, está haciendo patria, es muy grave la sanción, repito, y prácticamente le provoca una especie de muerte civil, laboral, y la deja en una situación desmejorada respecto del resto de la gente. Todos sabemos que el incumplimiento en el pago de las cotizaciones previsionales, de un solo mes, puede acarrear, fatalmente, el incumplimiento del segundo y del tercero. Todo el país celebra si esa persona se recupera, aunque sea al sexto mes. Entonces, no debemos decretar su muerte anticipadamente.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Orpis para plantear un asunto reglamentario.

El señor ORPIS.-

Señor Presidente, pido votar en forma separada el inciso tercero del artículo 3º.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Así se procederá durante la votación, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado señor Ibáñez.

El señor IBÁÑEZ.-

Señor Presidente, soy representante de un distrito que no está entre los favorecidos por esta iniciativa, que dentro de la consideración geográfica del país, sería catalogado de centro. Sin embargo, al analizar proyectos como el que está en discusión, dan ganas de que el país se dé cuenta de que no sólo posee extremo norte y extremo sur, sino también este y oeste, en el último de los cuales está ubicado mi distrito. Si bien es cierto que Viña del Mar y Concón pertenecen a un distrito central, presentan una de las más altas tasas de cesantía del país.

Por eso, permítanme expresar una sana envidia cuando tratamos proyectos como éste y mi anhelo de que el otorgamiento de estos beneficios, sea en razón, precisamente, de la tasa de cesantía que afecta a las distintas regiones, ciudades y comunas.

En todo caso, aprovecho la presencia de la señora subsecretaria de Hacienda para plantearle una pregunta: ¿por qué los planes de generación de empleos de las municipalidades no se encauzan a través de este sistema? Ello es mucho más lógico y razonable, porque apunta a la creación de empleos productivos y no como en el caso de las municipalidades, que no son productivos y que muchas veces son utilizados para fines partidistas y electorales.

Hago presente mi inquietud y el deseo de que esta legislación se extienda, de manera que reemplace los programas de “generación de empleos”, llevados a cabo por las municipalidades.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señorita Antonella Sciaraffia .

La señorita SCIARAFFIA (doña Antonella).-

Señor Presidente, después de conversar con el diputado señor Pablo Galilea, sólo quiero agregar a mi intervención anterior que a varios colegas nos preocupa la sanción al empleador que implica su exclusión del beneficio, sobre todo porque la situación económica actual es difícil, aunque entiendo que el espíritu del Gobierno es proteger al trabajador.

Por otro lado, la diputada señorita María Rozas me ha hecho la sugerencia de establecer la retención del beneficio mientras el empleador esté atrasado en el pago de las cotizaciones previsionales. Así, se lograrían los dos objetivos: se cumpliría con éstas y aquél no perdería el beneficio. Sin embargo, esta idea amerita mayor discusión y no es fácil de implementar.

Por eso, he adherido y firmado la indicación que ha presentado el diputado señor Elgueta , en términos de suprimir el inciso tercero del artículo 3º, que establece: “Con todo, el atraso en más de una oportunidad de los pagos previsionales, implicará la exclusión del empleador del beneficio por lo que reste de su vigencia”.

A mi juicio, con su eliminación se cumpliría el objetivo que se desea. Pero me parece bueno mantener el inciso primero del artículo 3º, cuyos términos son: “El beneficio prorrogado en el artículo 1º de esta ley, no se pagará a los empleadores que tengan atrasados por más de un mes los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores”.

En consecuencia, llamo a mis colegas a votar favorablemente la indicación para suprimir el inciso tercero del artículo 3º.

He dicho.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Cerrado el debate.

Se suspende la sesión por cinco minutos.

Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Continúa la sesión. En votación general el proyecto.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Aprobado.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Acuña, Alessandri, Álvarez, Ávila, Bertolino, Rozas (doña María), Caraball (doña Eliana), Correa, Delmastro, Dittborn, Elgueta, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, González (doña Rosa), Ibáñez, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Krauss, Kuschel, Leay, Longton, Masferrer, Melero, Montes, Mulet, Muñoz (don Pedro), Naranjo, Navarro, Núñez, Ojeda, Olivares, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Palma (don Joaquín), Pérez (doña Lily), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Rincón, Rocha, Salas, Sánchez, Sciaraffia (doña Antonella), Soria, Ulloa, Urrutia, Venegas, Vilches y Villouta .

Se abstuvieron los diputados señores:

Monge y Rojas.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, quedan reglamentariamente aprobados los artículos 1º y 2º y el artículo transitorio.

El señor Secretario va a dar lectura a la primera indicación al artículo 3º.

El señor LOYOLA (Secretario).-

Es de los honorables diputados señores Pablo Galilea, Urrutia, Álvarez, Krauss, Ortiz, Sánchez y Soria, para sustituir el artículo 3º por el siguiente: “El beneficio prorrogado en el artículo 1º de esta ley no se cancelará a los empleadores que incurran en falta de cumplimiento oportuno de los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores. En tal caso, perderán sólo el beneficio correspondiente al mes en que estas cotizaciones debieron pagarse.

“El pago fuera de plazo de las cotizaciones previsionales no dará al empleador derecho a reclamar retroactivamente el beneficio establecido en esta ley”.

El señor ELGUETA.-

Cuestión de Reglamento, señor Presidente.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Tiene la palabra su Señoría.

El señor ELGUETA.-

Señor Presidente, reglamentariamente, procedería que se diera cuenta de la otra indicación, puesto que suprime un inciso. Ésta, en cambio, sustituye todo el artículo.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Si se aprobara la primera indicación, no tendría sentido aquella que suprime el inciso.

El señor ELGUETA.-

Si se aprueba la indicación que presenté, la otra tampoco tiene objeto.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Esta indicación es más completa porque sustituye todo el artículo. La otra sólo elimina el inciso tercero del artículo 3º. La indicación más general, que se acaba de leer, plantea una alternativa distinta a la supresión del inciso tercero. De ser aprobada la más general de todos modos, se pueden leer las dos, no tiene sentido la que suprime el inciso.

El señor ELGUETA.-

Al revés, sería lo mismo, señor Presidente.

El señor VILLOUTA.-

Creo que tendrían que votarse las dos indicaciones.

El señor MONTES.-

Que se lean todas, señor Presidente.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Conforme.

El señor Secretario va a dar lectura a la segunda indicación.

El señor LOYOLA (Secretario).-

La segunda indicación, de los diputados señorita Antonella Sciaraffia y señores Sergio Elgueta, José Miguel Ortiz y señora María Rozas, tiene por finalidad suprimir el inciso final del artículo 3º.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

En votación la primera indicación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa, 12 votos. Hubo 1 abstención.

El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-

Aprobada la indicación.

Despachado el proyecto.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri, Álvarez, Ávila, Correa, Delmastro, Dittborn, Fossa, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, González (doña Rosa), Jaramillo, Jeame Barrueto, Krauss, Kuschel, Longton, Masferrer, Melero, Monge, Muñoz (don Pedro), Naranjo, Navarro, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Pérez (doña Lily), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Rojas, Salas, Sánchez, Soria, Ulloa, Urrutia y Vilches.

Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Acuña, Rozas (doña María), Caraball (doña Eliana), Elgueta, Montes, Núñez, Ojeda, Olivares, Palma (don Andrés), Rincón, Sciaraffia (doña Antonella) y Villouta.

Se abstuvo el diputado señor Palma (don Joaquín).

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 14 de diciembre, 2000. Oficio en Sesión 19. Legislatura 343.

VALPARAISO, 14 de diciembre de 2000

Oficio Nº 3174

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del Mensaje y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1°.- Reemplázase, en el inciso final del artículo 24 de la ley N° 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley N° 19.182, por el artículo 2° de la ley N° 19.242 y por el artículo único de la ley N° 19.652, la expresión "2000" por "2002".

Artículo 2°.- El valor tope de la remuneración imponible aplicable al beneficio cuya vigencia se modifica en el artículo anterior será, para el período comprendido entre los meses de enero de 2001 y diciembre de 2002, de $147.000 (ciento cuarenta y siete mil pesos).

Artículo 3°.- El beneficio prorrogado en el artículo 1° de esta ley, no se cancelará a los empleadores que incurran en falta de cumplimiento oportuno de los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores. En tal caso, perderán sólo el beneficio correspondiente al mes en que estas cotizaciones debieron pagarse.

El pago fuera de plazo de las cotizaciones previsionales, no dará al empleador derecho a reclamar retroactivamente el beneficio establecido en esta ley.

Artículo transitorio.- La prórroga del beneficio de que trata el artículo 1° de esta ley, regirá a contar del día 1 de enero del año 2001.".

Dios guarde a V.E.

VICTOR JEAME BARRUETO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Discusión en Sala

Fecha 19 de diciembre, 2000. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 343. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

Se deja constancia de que el Informe de Comision Oral tuvo lugar en fecha 19 de diciembre de 2000.

PRÓRROGA DE VIGENCIA DE SUBSIDIO A CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA EN ZONAS EXTREMAS

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prorroga la vigencia del subsidio a la contratación de la mano de obra en zonas extremas, con urgencia calificada de "discusión inmediata".

2644-05

--Los antecedentes sobre el proyecto (2644-05) figuran los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 19ª, en 19 de diciembre de 2000.

Informe de Comisión:

Hacienda (verbal), sesión 19ª, en 19 de diciembre de 2000.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

El Honorable señor Ominami hará una relación de la iniciativa.

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor OMINAMI.-

Señor Presidente , la Comisión de Hacienda, por la unanimidad de los cinco señores Senadores que la integraron, votó favorablemente este proyecto que beneficia a las zonas extremas. Se entiende por tales a las Regiones Primera, Undécima y Duodécima, además de las provincias de Chiloé y Palena, de la Décima Región.

La iniciativa está conformada por tres artículos permanentes y uno transitorio. En el 1º se establece la prórroga por dos años de la vigencia de la bonificación a la mano de obra; en el artículo 2º se señala que el valor tope de la remuneración imponible aplicable al beneficio, para el período comprendido entre los meses de enero de 2001 y diciembre de 2002, es de 147 mil pesos; en el artículo 3º se dispone que él no se pagará a los empleadores que incurran en falta de cumplimiento oportuno de los pagos previsionales que deban efectuar por sus trabajadores, y que el pago fuera de plazo no dará al empleador derecho a reclamar retroactivamente el beneficio establecido en la ley en proyecto.

El artículo transitorio establece que la prórroga del beneficio de que trata el artículo 1º regirá a contar del 1 de enero de 2001. De allí la premura en el despacho de la iniciativa y su calificación de "discusión inmediata".

Deseo agregar que se halla pendiente una discusión quizás de mayor envergadura respecto de este tipo de instrumentos. La idea del Ejecutivo es establecer la prórroga, y en el curso del año debatir con mayor profundidad acerca de los nuevos instrumentos que corresponda establecer para los efectos de promover el desarrollo de las zonas extremas del país.

Sobre la base de lo expresado, recomiendo a la Sala acoger la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Comisión de Hacienda, por la unanimidad de sus miembros presentes.

El señor HORVATH.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor HORVATH.-

Se trata de prorrogar por dos años la ley vigente, que ha dado buen resultado en las zonas extremas de nuestro país. Y para cualquier enmienda que se introduzca a fin de hacerla aún mejor se dispone del plazo de dos años, lo que nos parece positivo para esas Regiones.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.

El señor LAVANDERO .-

Señor Presidente , estuve presente cuando se discutió el proyecto original, oportunidad en que se señaló la necesidad de introducir correcciones fundamentales en el futuro próximo. El tiempo se ha cumplido y no se han realizado tales enmiendas. Eso, en primer término.

En segundo lugar, solicito que se oficie a Su Excelencia el Presidente de la República haciéndole presente que hay otras Regiones con mayor necesidad que las extremas, tanto en los aspectos de pobreza cuanto de falta de ingresos, como sucede en la Novena Región.

En ese sentido, no me opondré a la iniciativa, pero sí estimo necesario modificar esta situación, por cuanto hay zonas que tienen mayor necesidad que las regiones extremas y deberían tener un trato similar al de éstas. Por eso, deseo que ojalá estas observaciones sean compartidas por otros señores Senadores, porque los grados de pobreza alcanzan niveles dramáticos en la Novena Región, en la que existen familias -especialmente donde la mujer es la jefa de hogar- que durante dos o tres días no tienen qué darles de comer a sus tres, cuatro o cinco hijos.

Por tal razón, solicito transcribir estas observaciones al Presidente de la República , sobre todo cuando se estudian proyectos que otorgan subsidios a Regiones cuyos ingresos per cápita duplican los de la Región de La Araucanía.

Voto favorablemente el proyecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo para enviar, en nombre del Senado, el oficio solicitado por el Honorable señor Lavandero?

Acordado.

--Se aprueba en general y particular el proyecto.

El señor BITAR.-

Pido la palabra, Señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-

Puede hacer uso de ella Su Señoría.

El señor BITAR.-

Señor Presidente , a propósito de la iniciativa recién aprobada, deseo que se oficie al señor Presidente de la República pidiendo el cumplimiento del compromiso discutido reiteradamente con Hacienda de suprimir el impuesto de 4,5 por ciento, aproximadamente, que grava a las zonas francas, resabio de períodos anteriores y que ante la rebaja arancelaria constituye hoy día un absoluto anacronismo.

Considero un deber que se envíe un proyecto para suprimir dicho impuesto, que tenía validez cuando el arancel general del país era de 15 ó 20 por ciento, pero que en la actualidad carece de justificación. Recuerdo al respecto que en la primera Ley Arica logramos que ese tributo fuera decreciendo al ritmo en que lo hacía el arancel promedio nacional. Pero -repito- ya no tiene fundamento.

En consecuencia, solicito al Ejecutivo materializar dicho compromiso, y espero que los demás señores Senadores me acompañen en esta petición, reiterada en diversas ocasiones por quienes representamos a las Regiones extremas.

--Se acuerda, de conformidad con el Reglamento, el envío del oficio, en nombre del Senado.

2.2. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 19 de diciembre, 2000. Oficio en Sesión 29. Legislatura 343.

Valparaíso, 19 de Diciembre de 2.000.

N° 17.294

A S.E. El Presidente de la H. Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa H. Cámara, al proyecto de ley que prorroga la vigencia del subsidio a la contratación de la mano de obra en zonas extremas (Boletín N° 2.644-05).

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio N° 3174, de 14 de Diciembre de 2.000.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 20 de diciembre, 2000. Oficio

VALPARAISO, 20 de diciembre de 2000

Oficio Nº 3178

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1°.- Reemplázase, en el inciso final del artículo 24 de la ley N° 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley N° 19.182, por el artículo 2° de la ley N° 19.242 y por el artículo único de la ley N° 19.652, la expresión "2000" por "2002".

Artículo 2°.- El valor tope de la remuneración imponible aplicable al beneficio cuya vigencia se modifica en el artículo anterior será, para el período comprendido entre los meses de enero de 2001 y diciembre de 2002, de $147.000 (ciento cuarenta y siete mil pesos).

Artículo 3°.- El beneficio prorrogado en el artículo 1° de esta ley, no se cancelará a los empleadores que incurran en falta de cumplimiento oportuno de los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores. En tal caso, perderán sólo el beneficio correspondiente al mes en que estas cotizaciones debieron pagarse.

El pago fuera de plazo de las cotizaciones previsionales, no dará al empleador derecho a reclamar retroactivamente el beneficio establecido en esta ley.

Artículo transitorio.- La prórroga del beneficio de que trata el artículo 1° de esta ley, regirá a contar del día 1 de enero del año 2001.".

Dios guarde a V.E.

VICTOR JEAME BARRUETO

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 19.707

Tipo Norma
:
Ley 19707
URL
:
http://www.leychile.cl/N?i=180603&t=0
Fecha Promulgación
:
10-01-2001
URL Corta
:
http://bcn.cl/2d28p
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
PRORROGA VIGENCIA DEL SUBSIDIO A LA CONTRATACION DE LA MANODE OBRA EN ZONAS EXTREMAS
Fecha Publicación
:
23-01-2001

PRORROGA VIGENCIA DEL SUBSIDIO A LA CONTRATACION DE LA MANO DE OBRA EN ZONAS EXTREMAS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    "Artículo 1º.- Reemplázase, en el inciso final del

artículo 24 de la ley Nº 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley Nº 19.182, por el artículo 2º de la ley Nº 19.242 y por el artículo único de la ley Nº 19.652, la expresión "2000" por "2002".

    Artículo 2º.- El valor tope de la remuneración imponible aplicable al beneficio cuya vigencia se modifica en el artículo anterior será, para el período comprendido entre los meses de enero de 2001 y diciembre de 2002, de $147.000 (ciento cuarenta y siete mil pesos).

    Artículo 3º.- El beneficio prorrogado en el artículo 1º de esta ley, no se cancelará a los empleadores que incurran en falta de cumplimiento oportuno de los pagos previsionales que deban efectuar a sus trabajadores. En tal caso, perderán sólo el beneficio correspondiente al mes en que estas cotizaciones debieron pagarse.

    El pago fuera de plazo de las cotizaciones previsionales, no dará al empleador derecho a reclamar retroactivamente el beneficio establecido en esta ley.

    Artículo transitorio.- La prórroga del beneficio de que trata el artículo 1º de esta ley, regirá a contar del día 1 de enero del año 2001.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 10 de enero de 2001.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- José de Gregorio Rebeco, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.