¿Qué permite la ley?
La ley contempla un procedimiento simplificado y excepcional para el saneamiento y regularización de las obras mínimas de urbanización que requieren los asentamientos poblados que no cuentan con permiso y/o recepción de loteo. Se establecen además ciertas características, plazos y requisitos que se deben cumplir en el proceso de regularización.
¿A qué se denomina asentamientos irregulares?
En esta categoría pueden encontrarse ocupaciones de terreno que no cuentan con permiso o recepción definitiva correspondiente. También otros asentamientos poblados que se acogieron a leyes excepcionales para su regularización o para la adquisición del dominio sobre sitios, pero que no cuentan con la correspondiente recepción definitiva de las obras. Se aplica además a los asentamientos que cuentan formalmente con un certificado de recepción definitiva que requiere ser modificado, debido a que no se corresponde con la situación física existente.
¿Qué casos se pueden acoger al procedimiento?
¿Qué condiciones se exigen para regularizar?
Los asentamientos irregulares deberán dar cumplimiento a todas las condiciones y los requisitos siguientes:
¿Qué antecedentes hay que presentar a la Dirección de Obras Municipales?
¿Cómo sigue el procedimiento?
La Dirección de Obras Municipales procederá, dentro del plazo de 60 días a verificar las condiciones de urbanización existentes y los requisitos exigidos en la ley, y otorgará, si corresponde la recepción provisoria o definitiva de las obras de urbanización.
Su hay observaciones, los interesados tendrán el plazo de 30 días corridos para subsanarlas.
Una vez ejecutadas las obras de urbanización que corresponda, la Dirección de Obras deberá verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de urbanización para otorgar la recepción definitiva de las obras (servicio de agua potable, alcantarillado o evacuación de aguas servidas y electricidad; alumbrado público, gas, cuando corresponda, y pavimentación).
Para los asentamientos emplazados en el área rural que puedan acogerse a este procedimiento excepcional, se entenderá como urbanización suficiente si el asentamiento cuenta con: servicio de agua potable a través del Programa de Agua Potable Rural o cualquier otro sistema aprobado por la autoridad competente; solución de alcantarillado o sistema de tratamiento de aguas servidas, aprobado por la autoridad sanitaria, y conexión eléctrica autorizada por la concesionaria correspondiente, o bien, con una solución a través de energías alternativas o renovables aprobada por la autoridad eléctrica.
¿Se pueden obtener recursos para las obras faltantes?
La recepción provisoria otorgada habilitará al interesado, sea o no el propietario, para optar a programas que cuenten con financiamiento estatal destinados a la ejecución de obras de urbanización o saneamiento del loteo.
¿Qué pasa si se usa información falsa para regularizar los asentamientos?
El que presente o utilice información falsa o maliciosamente incompleta para obtener la regularización, se entenderá que incurre en delitos de estafa.
¿Hasta cuándo regirá el procedimiento especial?
Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el ingreso a tramitación.
¿Qué pasa con los asentamientos irregulares que se encuentren en trámite de regularización a la fecha de publicación de la ley y que no hayan obtenido la recepción definitiva?
Podrán acogerse a las disposiciones de la ley, en todo aquello que les resulte favorable.
¿Cuáles son los principales beneficios de regularizar un loteo?
Permite sanear las condiciones de urbanización de un loteo existente. Este procedimiento permite que los loteos que no han sido recepcionados por no cumplir las exigencias de urbanización (agua potable, pavimentación, porcentajes de áreas verdes, ancho de las calles, tamaños prediales, etc.) puedan obtener una recepción provisoria que, fijando ciertas condiciones, los habilita para postular a programas de financiamiento urbano y de mejoramiento del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, como pavimentación o alcantarillado del sector.
Realizadas las obras de urbanización necesarias, podrá obtenerse el certificado de recepción definitiva.