¿Qué son las pensiones solidarias de invalidez?
Son pensiones que se otorgan a personas que por enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales tengan un menoscabo permanente en su capacidad de trabajo y que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional o que tienen una pensión insuficiente. Se clasifican en:
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez: Para personas de entre 18 y 64 años de edad. Tiene los siguientes requisitos: integrar un grupo familiar perteneciente al 80% más pobre de la población de Chile, que hayan vivido en Chile a lo menos cinco años durante los seis años anteriores a la solicitud de pensión, y que no tengan derecho a pensión en ningún régimen previsional.
El monto de este beneficio es de máximo $214.296. Este valor se reajusta todos los febreros.
- Aporte Previsional Solidario de Invalidez: Para personas de entre 18 y 64 años de edad.
Tiene como requisitos: integrar un grupo familiar perteneciente al 80% más vulnerable de la población; acreditar cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud; recibir una pensión mensual o una pensión base inferior al monto de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI); acreditar que la invalidez fue declarada por una comisión médica, o ser beneficiario o beneficiaria de una pensión de invalidez. También son requisitos: no imponer en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), ni recibir pensiones de sobrevivencia como titular o persona beneficiaria.
Es un aporte monetario mensual destinado a complementar la pensión de invalidez, hasta alcanzar una pensión final equivalente al monto de la Pensión Garantizada Universal (PGU): $214.296.
¿Cómo se solicitan estos beneficios?
Se puede realizar el trámite de manera presencial o en línea:
Trámite presencial: oficina de Chile Atiende.
Trámite online: con clave única en el sitio web del Instituto de Previsión Social.
¿Una persona puede seguir trabajando mientras recibe pensión solidaria de invalidez?
Sí, pero el monto variará de acuerdo con sus ingresos. Recibirá el 100% de la pensión si gana un monto menor o igual a un sueldo mínimo. Pero la cifra disminuye según suban sus ingresos, hasta cero en caso de que su ingreso sea dos veces el sueldo mínimo.
¿Quién declara la invalidez?
Para afiliados al Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP), las Comisiones Médicas, Preventivas e Invalidez (COMPIN) del Ministerio de Salud declaran tanto la condición de invalidez como su grado. Para afiliados a AFP y beneficiarios del Pilar solidario (pensiones solidarias y aporte previsional solidario de invalidez), las Comisiones Médicas de Invalidez son las encargadas de dicha tarea.
¿Cómo son las pensiones de invalidez para afiliados al IPS?
Los afiliados al IPS podrán acceder a una pensión que variará según el grado de invalidez:
- Entre 40% y 70%: recibirá una Pensión de Invalidez Parcial, equivalente al 35% de la renta promedio mensual.
- Si es superior a un 70%: recibirá una Pensión de Invalidez Total, equivalente al 70% de la renta promedio mensual.
- Si la incapacidad obliga al trabajador a requerir la ayuda de terceros para realizar actos básicos de la vida diaria, recibirá una Pensión por Gran Invalidez, que es igual a una Pensión de Invalidez Total incrementada en 30%.
Debe acercarse al Instituto de Previsión Social (IPS) para solicitar esta pensión.
¿Cómo son las pensiones de invalidez para afiliados a AFP?
El sistema clasifica así los grados de invalidez:
- Invalidez total: pérdida de su capacidad de trabajo de al menos dos tercios.
- Invalidez parcial: pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior a cincuenta por ciento, pero de menos de dos tercios.
La persona con invalidez podrá disponer del dinero acumulado en su cuenta individual, optando entre varias modalidades que van desde retiros programados de sus fondos hasta una renta vitalicia.
El monto de la pensión dependerá del grado de invalidez y de si el trabajador está o no cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Si está cubierto, se toma como base de cálculo la renta promedio de los últimos 10 años. Si no lo está, se calcula en base a la expectativa de vida de su grupo familiar.
¿Puede una persona con discapacidad mental contar una pensión de invalidez?
Sí, una persona con discapacidad mental puede, al cumplir 17 años de edad, solicitar una pensión básica solidaria de invalidez, la que se le comenzará a entregar cuando cumpla 18 años, siempre y cuando haya sido beneficiaria del subsidio destinado a menores de edad con discapacidad mental y cumpla también con los demás requisitos para obtener tal pensión.
¿Hasta cuándo se entregan estas pensiones solidarias de invalidez?
Hasta el último día del mes en que la persona cumple 65 años. Podrán solicitar la PBS y el APS a partir de la fecha en que cumplan 64 años y se pagará a partir del primer día del mes siguiente al que cumplan 65 años.