Ley 8777
Ley 8777 DISPONE QUE LA HORA OFICIAL SERA LA DEL MERIDIANO DEL OBSERVATORIO ASTRONOMICO DE LO ESPEJO Y DEROGA LA LEY Nº 8.522
MINISTERIO DEL INTERIOR
Promulgación: 17-MAY-1947
Publicación: 19-MAY-1947
Versión: Única - 19-MAY-1947
LEY Núm. 8,777
DISPONE QUE LA HORA OFICIAL SERA LA DEL MERIDIANO DEL OBSERVATORIO ASTRONOMICO DE LO ESPEJO Y DEROGA LA LEY Nº 8.522
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1.o La hora oficial será del meridiano del Observatorio Astronómico de Lo Espejo, adelantada en 42 minutos y 45 segundos, la cual corresponde al 20º huso horario, cuatro horas al Oeste de Greenwich.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 19-MAY-1947
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19-MAY-1947 |
Proyectos de Modificación (2)
Comparando Ley 8777 |
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