Ley 21543
CREA UN FONDO DE GARANTÍAS ESPECIALES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Promulgación: 02-FEB-2023
Publicación: 13-FEB-2023
Versión: Última Versión - 30-MAY-2024
Materias: Fondo de Garantías Especiales, Garantía Estatal, Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Impuesto de Timbres y Estampillas, Programa de Garantías Apoyo a la Construcción, Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda
Resumen: Por la presente ley se crea una persona jurídica de derecho público denominada "Fondo de Garantías Especiales ... ver más >>
Art. 1° Nº 1 a
D.O. 30.05.2024208.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional.
Art. 1° Nº 1 b
D.O. 30.05.2024reglamento emitido por el Ministerio de Hacienda, a través de uno o más decretos supremos, bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", podrá determinar los mecanismos que permitan distribuir los recursos en caso de haber más de un programa en curso.
Art. 1° Nº 1 c
D.O. 30.05.2024 Fisco podrá efectuar retiros de capital desde el Fondo y/o de uno de los programas vigentes si es que éstos o aquél no registran un monto de garantías tal que se supere lo instruido por la Comisión para el Mercado Financiero conforme al artículo 5° de esta ley, durante un período de 6 meses consecutivos. Si nada se indica, se entenderá que el retiro se realiza con cargo a todos los programas vigentes, proporcionalmente. En caso contrario, deberá indicarse con cargo a qué programa o programas se efectúa el retiro, y la proporción en caso de ser más de uno.
Art. 1° Nº 2
D.O. 30.05.2024ículo 6° bis.- Reembolsada la garantía a la institución que solicitó su cobro, el Fisco se subrogará en la calidad de acreedor hasta por el monto de la garantía, aplicando una tasa de interés equivalente a la tasa de endeudamiento del Fisco por el período de la mora.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 30-MAY-2024
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30-MAY-2024 | |||
Texto Original
De 13-FEB-2023
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13-FEB-2023 | 29-MAY-2024 |