Decreto 29
Decreto 29 MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 47, DE VIVIENDA Y URBANISMO, DE 1992, ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 47, DE VIVIENDA Y URBANISMO, DE 1992, ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
Santiago, 20 de mayo de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 29.
Visto:
El DFL Nº 458, (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones; el DL Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 16.391; la ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, específicamente el artículo 46; el decreto supremo Nº 39 de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, específicamente artículo 18, letra k) que aprueba el Reglamento para la dictación de planes de prevención y de descontaminación, según los cuales, para el desarrollo de nuevas actividades en dichas áreas, deben cumplirse los requisitos y condiciones establecidos en el respectivo plan; la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y las facultades que me confiere el artículo 32 número 6º de la Constitución Política de la República de Chile,
Considerando:
a) Que, de acuerdo a la ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en aquellas áreas o lugares donde se aplique un plan de prevención o descontaminación, sólo podrán desarrollarse actividades que cumplan los requisitos establecidos en el respectivo plan;
b) La necesaria congruencia normativa entre las distintas regulaciones que afectan las construcciones en el territorio nacional; y,
c) Que, atendida la urgencia de contar con una normativa que permita aplicar la regulación contenida en los planes de prevención o descontaminación conforme a lo establecido en la ley Nº19.300 sobre Bases Generales del medio Ambiente, se ha omitido la consulta pública,
Decreto:
Artículo único.- Modifícase la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto fue fijado por DS Nº 47, (V. y U.), de 1992, en el sentido de incorporar, a continuación del artículo 4.1.10, el siguiente nuevo artículo 4.1.10. Bis:
"Artículo 4.1.10 Bis. Tratándose de permisos de obra nueva, ampliación o reconstrucción de viviendas en áreas en que se esté aplicando un plan de prevención o descontaminación conforme a lo establecido en la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, deberá estarse, en materia de exigencias de acondicionamiento térmico, a lo dispuesto en dicho Plan.".
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 04-NOV-2015
|
04-NOV-2015 |
Comparando Decreto 29 |
Loading...