DFL 2 MODIFICA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL; SUBSECRETARÍA DE CARABINEROS
Promulgación: 30-ABR-1998
Publicación: 20-MAY-1998
Versión: Única - 20-MAY-1998
Materias: Estatuto del Personal de Carabineros de Chile
MODIFICA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
Santiago, 30 de abril de 1998.- Hoy se ha decretado lo siguiente:
D.F.L. Núm. 2.- Visto: La facultad que me confiere la ley Nº 19.551, de 1998,
D e c r e t o:
Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 46º, del decreto con fuerza de ley Nº 2 (I), de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, modificado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1998, del Ministerio de Defensa Nacional-Subsecretaría de Carabineros-:
a) Sustitúyese en la letra I) ''Bonificación de Mando y Administración'', la siguiente frase ''la ley Nº 18.788,'' por ''el artículo 2º del decreto ley Nº 2.546'', y
b) Agrégase como letra u), la siguiente:
''u) Horas Extraordinarias:
El Personal Médico y Paramédico del Hospital de Carabineros y que preste servicios en las guardias médicas, tendrá derecho a remuneraciones por concepto de horas extraordinarias, de acuerdo con las normas aplicables al Personal de la Administración Civil del Estado.''.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 20-MAY-1998
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20-MAY-1998 |
Comparando DFL 2 |
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