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Ley 19418
- Encabezado
- TITULO I Disposiciones generales
- TITULO II Constitución y funcionamiento de las juntas de vecinos y de las demás organizaciones comunitarias
- TITULO III Del patrimonio
- TITULO IV Disolución
- TITULO V Normas especiales sobre las juntas de vecinos
- TITULO VI Normas especiales sobre organizaciones comunitarias funcionales
- TITULO VII Organizaciones comunales
- Disposición final
- Artículo 1 Transitorio
- Promulgación
- Anexo
Ley 19418 ESTABLECE NORMAS SOBRE JUNTAS DE VECINOS Y DEMAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
MINISTERIO DEL INTERIOR
Promulgación: 25-SEP-1995
Publicación: 09-OCT-1995
Versión: Última Versión - 01-DIC-1996
Materias: Juntas de Vecinos, Organizaciones Comunitarias, Ley no. 19.418
Art.1°,1.- personalidad juridica y sin fines de lucro, que tenga por objeto representar y promover valores e intereses específicos de la comunidad dentro del territorio de la comuna o agrupación de comunas respectiva.
Art.1°,2.- estatutos no podrán contener normas que condicionen la incorporación a la aprobación o patrocinio de personas o instituciones.
Art.1°,3.- municipalidades llevarán un registro público, en el que se inscribirán las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias que se constituyeren en su territorio, así como las uniones comunales que ellas acordaren. En este registro deberán constar la constitución, las modificaciones estatutarias y la disolución de las mismas.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 01-DIC-1996
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01-DIC-1996 |
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Texto Original
De 09-OCT-1995
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09-OCT-1995 | 30-NOV-1996 |
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Constitucional
Historias de la ley modificatorias
Preguntas y respuestas, audios, fichas y material anexo, que aclaran en lenguaje sencillo, los principales contenidos de esta norma, o parte de ella, y tienen impacto en la ciudadanía y su quehacer cotidiano.
1.- Bingos solidarios
2.- Asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública
Acceso a trámites, servicios y beneficios ofrecidos por el Gobierno de Chile asociados a esta norma . Fuente: Chile Atiende