Decreto 66
Decreto 66 MODIFICA DECRETOS QUE INDICA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
MODIFICA DECRETOS QUE INDICA
Núm. 66.- Santiago, 15 de julio de 2008.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el artículo 56 de la ley 18.290, de Tránsito; en la ley 18.059; en los decretos supremos Nº 38 de 1992 y Nº 156 de 1990, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la demás normativa aplicable.
Considerando: Que, es necesario adecuar los términos de los decretos supremos Nº 38 de 1992 y Nº 156 de 1990, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, atendiendo a las diversas realidades existentes en el país.
Decreto:
1. Modifícase el decreto supremo Nº 38, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en los siguientes términos:
a) Reemplázase en el inciso tercero del artículo 10, la expresión "en el siguiente calendario" por la expresión "en la siguiente tabla".
b) Reemplázase el cuadro que viene a continuación del inciso tercero del artículo 10, por el siguiente:
Región Regiones I, Otras
Metropolitana XII y XV Regiones
14 años 18 años 16 años
c) Elimínase el inciso cuarto del artículo 10, pasando el actual inciso quinto y siguientes a ser inciso cuarto y siguientes.
2. Modifícase el decreto supremo Nº 156, de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en lo siguiente:
Agrégase al final del artículo 7º, lo siguiente:
"A contar del año 2009, los vehículos de transporte escolar, cuyo peso bruto total sea inferior a 3.860 kilogramos y su antigüedad sea igual o superior a 15 años, la periodicidad de la revisión técnica será de cada 4 meses.".
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 12-SEP-2008
|
12-SEP-2008 |
Comparando Decreto 66 |
Loading...