Decreto 430 EXENTO
Decreto 430 EXENTO MODIFICA DECRETO Nº 1.230, DE 1989
MINISTERIO DE HACIENDA
Promulgación: 04-AGO-2003
Publicación: 21-AGO-2003
Versión: Texto Original - de 21-AGO-2003 a 04-ENE-2004
MODIFICA DECRETO Nº 1.230, DE 1989
Núm. 430 exento.- Santiago, 4 de agosto de 2003.- Vistos: El oficio Ord. Nº 5.553 de 2 de junio de 2003, del Director Nacional de Aduanas y sus antecedentes; y Teniendo presente: lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 9º, 10º y 11º de la Ordenanza de Aduanas, en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República,
D e c r e t o:
Artículo único: Modifícase en la forma que se indica, en la letra D, del artículo 3º del decreto supremo Nº 1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda, el punto habilitado Nº 8, sujeto a la jurisdicción de la Aduana de Antofagasta:
"8. Puerto de Mejillones Permanente paso de
personas y todo tipo
de operaciones."
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 05-ENE-2004
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05-ENE-2004 | |||
Texto Original
De 21-AGO-2003
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21-AGO-2003 | 04-ENE-2004 |
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