Decreto 874 EXENTO
Decreto 874 EXENTO MODIFICA LA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS EN LA BANDA DE 700 MHZ A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA LA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS EN LA BANDA DE 700 MHZ A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
Santiago, 13 de noviembre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 874 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta N° 265, de 2013, modificada por las resoluciones exentas Nos 3.916, de 2013, y 4.039, de 2014, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 700 MHz.
f) El decreto supremo N° 71, de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 3.763, de 11.01.2016.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la Ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de servicio público de transmisión de datos en la banda de 700 MHz, a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., RUT. Nº 87.845.500-2, con domicilio en Av. Providencia Nº 111, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para reemplazar una (1) estación base, denominada COMESL05, autorizada mediante decreto supremo N° 71, de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por la estación base denominada Cerro Potrillo, autorizada mediante decreto exento N° 465, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, cuyas características se indican a continuación:

2. Bajo la responsabilidad de la concesionaria, se autoriza la modificación de que da cuenta el presente acto sujeta a la condición que la misma, fiscalizada en terreno, en caso alguno afectará la zona de cobertura, así como tampoco la calidad de servicio, ni los demás elementos del proyecto técnico comprometido por Telefónica Móviles Chile S.A., en el concurso público y en virtud de los cuales finalmente se le adjudicó el respectivo bloque de frecuencias.
3. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 15-ENE-2018
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15-ENE-2018 |
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