Decreto 262 EXENTO
Decreto 262 EXENTO AGREGA PUNTO ADUANERO HABILITADO PERMANENTE
MINISTERIO DE HACIENDA
AGREGA PUNTO ADUANERO HABILITADO PERMANENTE
Núm. 262 exento.- Santiago 22 de julio de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 2° N° 1 y artículos 9°, 10 y 11 del DFL N°30, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N°213, de 1953, del Ministerio de Hacienda, sobre Ordenanza de Aduanas; lo dispuesto en el decreto supremo N°1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda, que establece las Aduanas, fija puntos habilitados para el paso de personas y mercancías por las fronteras, determina las destinaciones aduanera susceptibles de tramitarse ante las Aduanas y las operaciones aduaneras que podrán realizarse por los puntos habilitados; el decreto N°19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y, el oficio ordinario N° 6897, de 24 de junio de 2016, y sus antecedentes, todos del Director Nacional de Aduanas,
Considerando:
1. Que, mediante presentación de fecha 4 de abril de 2016, la empresa Interacid Traiding S.A., solicitó declarar como punto habilitado para el paso de personas, exportación e importación de graneles líquidos, rancho de naves y todo tipo de operaciones aduaneras, de conformidad con el artículo 9° de la Ordenanza de Aduanas, su terminal marítimo, ubicado en la Avenida Parque Industrial N°6500, de la comuna de Mejillones, II Región de Antofagasta.
2. Que, solicitado informe a la Dirección Regional de Aduana de Antofagasta, ésta, mediante oficio N°513/14.06.16, remitió el oficio N°33/10.06.16, del Departamento de Fiscalización de la citada regional, que informa favorablemente, luego de visita inspectiva al lugar, sobre la solicitud.
3. Que, de la misma forma informó la Subdirección de Fiscalización de la Dirección Nacional de Aduana, mediante oficio N°6539/16.06.16. A su vez, el oficio ordinario N° 6897, de 24 de junio de 2016, y sus antecedentes, todos del Director Nacional de Aduanas, en que manifiesta su conformidad con la habilitación del punto aduanero solicitado empresa Interacid Traiding S.A.
Por estas consideraciones,
Decreto:
Agrégase en la letra D, del artículo 3° del decreto supremo de Hacienda Nº1.230, de 1989, el siguiente número 22:
22. Muelle Interacid Permanente Paso de personas, exportación e importación
Trading (Chile) S.A. de graneles líquidos, rancho de naves y todo
tipo de operaciones aduaneras.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 07-OCT-2016
|
07-OCT-2016 |
Comparando Decreto 262 EXENTO |
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