Ley 20948
OTORGA UNA BONIFICACIÓN ADICIONAL Y OTROS BENEFICIOS DE INCENTIVO AL RETIRO PARA LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS QUE SE INDICAN Y MODIFICA EL TÍTULO II DE LA LEY Nº 19.882
MINISTERIO DE HACIENDA
Promulgación: 25-AGO-2016
Publicación: 03-SEP-2016
Versión: Intermedio - de 23-DIC-2023 a 31-DIC-2024
Materias: Servicios Públicos, Bonificación Adicional, Asociaciones Funcionarios Públicos, Acuerdo Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), Incentivo al Retiro (Vigencia 31 Dic 2024)
Resumen: La presente ley otorga mejores condiciones de egreso de la carrera para los funcionarios/as que cumplen con los re ... ver más >>
Art. 38 Nº 1
D.O. 23.12.20232025, o haber cumplido dichas edades, según corresponda, al 30 de junio de 2014.
Art. 38 Nº 2
D.O. 23.12.20232025, dicha bonificación se otorgará sin tope de cupos anuales. La bonificación adicional ascenderá a los montos siguientes, según los años de servicio que el trabajador haya prestado en instituciones señaladas en los artículos 1 o 4, según corresponda, a la fecha del cese de funciones o término del contrato de trabajo y según la planta de personal de que es titular o aquella a que se encuentre asimilado:

Art. 38 Nº 3
D.O. 23.12.20232025; que cumplan 60 años de edad si son mujeres, o 65 años de edad si son hombres, dentro de los tres años siguientes al cese en su cargo por obtención de la referida pensión o por declaración de vacancia por salud irrecuperable o incompatible con el desempeño del mismo o por renuncia voluntaria en el caso de los regidos por el Código del Trabajo, y que reúnan los demás requisitos para su percepción. En ningún caso las edades señaladas podrán cumplirse más allá del 31 de diciembre de 2025.
Art. 40 N° 2
D.O. 22.11.2016bono por antigüedad será incompatible con la bonificación adicional que corresponda en calidad de técnicos, profesionales, directivos o fiscalizadores según lo dispuesto en el artículo 5.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Con Vigencia Diferida por Evento
De El artículo 92 de la ley 21724, dispone que se sustituye el artículo 11 a contar del proceso de asignación de cupos del año 2027.
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El artículo 92 de la ley 21724, dispone que se sustituye el artículo 11 a contar del proceso de asignación de cupos del año 2027. | |||
Última Versión
De 03-ENE-2025
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03-ENE-2025 | |||
Intermedio
De 01-ENE-2025
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01-ENE-2025 | 02-ENE-2025 | ||
Intermedio
De 23-DIC-2023
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23-DIC-2023 | 31-DIC-2024 | ||
Intermedio
De 22-DIC-2021
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22-DIC-2021 | 22-DIC-2023 | ||
Intermedio
De 22-NOV-2016
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22-NOV-2016 | 21-DIC-2021 | ||
Texto Original
De 03-SEP-2016
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03-SEP-2016 | 21-NOV-2016 |