DFL 10
DFL 10 MODIFICA PLANTA DE PERSONAL Y PLANTA PROFESIONAL DE HORAS DE LA LEY Nº 19.664, AMBAS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE
MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES
MODIFICA PLANTA DE PERSONAL Y PLANTA PROFESIONAL DE HORAS DE LA LEY Nº 19.664, AMBAS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE
DFL Núm. 10.- Santiago, 28 de noviembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Chile y las facultades que me confieren los artículos 2º y 9º, ambos de la ley Nº 20.707, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1º. Suprímense en la Planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 32, de 2008, del Ministerio de Salud, los cargos de la Planta de Directivos que se indican a continuación:
1. En la Planta de Directivos de Carrera del punto 1.3. de su artículo 1º:

2. En la Planta de Directivos de Carrera, del punto 1.4. de su artículo 1º:

Total Cargos Suprimidos en la Planta de Directivos: 45
Artículo 2º. Créase en la Planta Profesional de Horas de la ley Nº 19.664 del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 32, de 2008, del Ministerio de Salud, 1.529 horas, que representan los cargos suprimidos en virtud del artículo anterior.
Artículo 3º. Increméntase la Planta Profesional de Horas de la ley Nº 19.664 del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 23, de 2000, del Ministerio de Salud, en la cantidad de 165 horas, equivalente a la suma de horas correspondientes a cargos de Jefes de Servicio Clínico y de Jefe de Unidad de Apoyo, todos suprimidos por aplicación de los dispuesto en los artículos undécimo y duodécimo transitorios, ambos de la ley Nº 20.209.
El incremento de horas que se dispone en este artículo no podrá significar aumento de dotación ni mayor gasto fiscal.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Helia Molina Milman, Ministra de Salud.- Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda.
Transcribo para su conocimiento decreto con fuerza de ley Nº 10 de 28-11-2014. Saluda atentamente a Ud., Pedro Crocco Ábalos, Subsecretario de Salud Pública (S).
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
División de Personal de la Administración del Estado
Cursa con alcances los decretos con fuerza de ley Nos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28, todos de 2014, del Ministerio de Salud
Nº 371.- Santiago, 5 de enero de 2015.
Esta Contraloría General ha tomado razón de los documentos señalados en la suma, por cuanto se ajustan a derecho, pero cumple con hacer presente que las referencias efectuadas en sus artículos 2º y 3º, a la 'Planta Profesional de Horas de la ley Nº 19.664', deben entenderse realizadas a los decretos con fuerza de ley Nos 2 al 27, de 1995; 3, de 1996, y 7, de 2008, todos del Ministerio de Salud, según corresponda a los respectivos servicios de salud.
Asimismo, cabe prevenir que para efectos de los traspasos a que den origen los instrumentos en análisis, esta Entidad de Control considerará, al momento del pertinente examen de legalidad de los actos administrativos que los formalicen, los antecedentes de cada uno de los profesionales funcionarios que hayan optado a aquello.
Con los alcances expuestos, este Órgano de Control cursa los decretos con fuerza de ley de que se trata.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al Señor
Ministro de Salud (S)
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-ENE-2015
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17-ENE-2015 |
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