Resolución 2014/PA/04/180 EXENTA
Resolución 2014/PA/04/180 EXENTA Resolución 180 EXENTA EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN
La Superintendencia de Educación, por resolución exenta Nº 2013/PA/04/180 de fecha 3 de julio de 2013, ordenó instruir proceso administrativo al Establecimiento Educacional Colegio Piedra Negra, RBD Nº 40.139-0 de la comuna de Coquimbo, ubicado en Avenida El Rosario Nº 1585, La Cantera, Coquimbo, cuyo sostenedor es Sociedad Educacional Academia de Ciencias y Humanidades SPA, RUT Nº 76.197.468-8, representada legalmente por don Francisco Javier Varas Campos, RUT Nº 15.594.209-6 y por don Homero David Vives Campos, RUT Nº 8.820.829-3, por presuntas contravenciones a la normativa educacional, designando fiscal investigador, formulando cargos y otorgando un plazo para presentar descargos de acuerdo a lo siguiente: 1.- Que a través de acta de fiscalización Nº 1.041.13.0457 de fecha 6 de junio de 2013 se constataron hechos que configuran presuntas contravenciones a la normativa educacional. 2.- Que conforme los antecedentes que constan en el proceso, se ordenó instruir proceso administrativo por el siguiente cargo: Número de Hallazgo (39) Establecimiento no presenta rendiciones de cuentas. Número de sustento (39.00) Establecimiento no presenta rendiciones de cuentas. El hecho que origina el sustento: El establecimiento Educacional no efectuó rendición de cuentas de Subvención Escolar Preferencial año 2011. Norma transgredida: Artículos 54 de la ley Nº 20.529. Artículo 5 del decreto con fuerza de ley Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación. Artículos 7 letra a) y 32 de la ley Nº 20.248. Artículos 24 al 27 del decreto supremo Nº 235 de 2008 del Ministerio de Educación. Tipo infraccional: Infracción Grave. Artículo 76 letra a) de la ley Nº 20.529. 3.- Se designó fiscal instructor a doña Marisol Báez López, funcionaria de la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación, Región de Coquimbo. 4.- Se deja constancia que el sostenedor dispone, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 70 de la ley Nº 20.529, de un plazo de 10 días hábiles, contado desde la fecha de notificación, para presentar descargos y los medios de prueba que estime pertinentes ante la fiscalía de la Dirección Regional ubicada en calle Matta Nº 695, comuna de La Serena.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-DIC-2014
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01-DIC-2014 |
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