Resolución 5114 EXENTA
Resolución 5114 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.820 EXENTA, DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.820 EXENTA, DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA
Santiago, 23 de agosto de 2010.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 5.114 exenta.- Visto: El DS Nº 114 (V. y U.), de 1994, que Reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa, en especial lo dispuesto en su artículo 9º; la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, dicto la siguiente
Resolución:
1.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.) de 2003, que fija el Procedimiento para la Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, reglamentado por el DS Nº 114 (V. y U.), de 1994, en el sentido de reemplazar las tablas "Valores Límites de Pavimentación" y "Valores Límites de Repavimentación" y sus respectivas notas explicativas, insertas en el inciso primero de la letra i) del número 3º, por las siguientes:



(1) El valor límite de los pavimentos y/o repavimentos en piedra canteada para la comuna de Camarones es de $35.000/m2. Para las comunas de Putre y Gral. Lagos, los valores límites de los pavimentos y/o repavimentos en pasajes y calles es $38.000/m2.
(2) En el caso de los pavimentos y/o repavimentos en piedra canteada, los correspondientes valores límites para la comuna de Colchane es $60.000/m2. En el caso de los pavimentos en adocretos prefabricados para las comunas de la Provincia del Tamarugal el valor límite de pavimentación y/o de repavimentación es $51.000/m2.
(3) En el caso de los pavimentos y/o de repavimentos en adocretos prefabricados, los valores límites para la comuna de San Pedro de Atacama es $66.500/m2, tanto para calles como para pasajes.
(4) En las soluciones de pasajes peatonales en madera para Caleta Tortel y localidades similares de la Región de Aysén, calificadas por la SEREMI respectiva, el correspondiente valor límite de pavimentación y de repavimentación es $82.000/m2. En el caso de las islas que forman parte de la comuna de Guaitecas, el correspondiente valor límite de pavimentación y de repavimentación es $89.000/m2. Para la comuna de O'Higgins se contempla como valor límite de pavimentación y de repavimentación $84.500/m2, tanto para calles como en pasajes.
(5) En la comuna de Cabo de Hornos, el correspondiente valor límite de pavimentación y de repavimentación es $68.000/m2 para pasajes y $75.000/m2 en calles.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 27-AGO-2010
|
27-AGO-2010 |
Comparando Resolución 5114 EXENTA |
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