Decreto 41
Decreto 41 MODIFICA DECRETO QUE INDICA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
MODIFICA DECRETO QUE INDICA
Núm. 41.- Santiago, 28 de enero de 2010.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 14 bis, 56 y 89, de la ley 18.290, de Tránsito; en el artículo 3 de la ley 18.696; la ley 18.059; D.S. Nº38 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº1.600 de 2008, de Contraloría General de la República y la demás normativa aplicable.
Considerando: Que, es técnicamente posible el uso de una lámina adhesiva publicitaria en el extremo inferior de la luneta trasera de los vehículos destinados al transporte remunerado de escolares,
Decreto:
Modifícase el artículo 13 del decreto supremo Nº38, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en lo siguiente:
a) Reemplázase la expresión "Facúltase a los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones para que autoricen, dentro de su jurisdicción, para que en los vehículos con que se efectúan servicios de transporte remunerado de escolares, puedan exhibir" por la expresión "Los vehículos que presten servicios de transporte remunerado de escolares, podrán exhibir".
b) Agrégase al final del artículo 13, como nuevo inciso, lo siguiente:
"Asimismo, los vehículos que presten servicios de transporte remunerado de escolares, podrán exhibir publicidad en el extremo inferior de la luneta trasera del vehículo, mediante el uso de una lámina adhesiva de un alto no superior a 30 centímetros, la que en todo caso no deberá obstaculizar la plena visibilidad de la tercera luz de freno.".
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 05-ABR-2010
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05-ABR-2010 |
Comparando Decreto 41 |
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