1.- Otórgase concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones a la empresa VTR NET S.A., R.U.T. Nº 96.792.320-6, con domicilio en calle Galvarino Gallardo Nº 1535, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
2. Autorízase a la concesionaria para:
2.1. Instalar, operar y explotar un cable de fibra óptica en la Región Metropolitana que conectará los nodos de La Cisterna, Maipú, La Florida, Independencia, Las Condes y Huérfanos, formando un anillo.
2.2. Instalar, operar y explotar un sistema de transmisión digital y analógico sobre el anillo indicado anteriormente.
2.3. Instalar, operar y explotar una red de distribución que utiliza cables de fibras ópticas y cables coaxiales distribuidos en torno a los nodos indicados en punto 2.1. La ubicación de los nodos será la siguiente:
Nodo Dirección
La Cisterna Lo Espejo Nº 0310, La Cisterna,
Región Metropolitana.
Maipú Calle Cuatro Nº 207, Maipú, Región
Metropolitana.
La Florida Calle Más Afuera Nº 693, La
Florida, Región Metropolitana.
Independencia Bezanilla Nº 1345, Independencia,
Región Metropolitana.
Las Condes Del Inca Nº 5720, Las Condes,
Región Metropolitana.
Huérfanos Huérfanos Nº 1546, Santiago,
Región Metropolitana.
La zona de servicio será la Región Metropolitana, en el área comprendida por las siguientes comunas:
Conchalí, Independencia, Recoleta, Renca, Quilicura, Huechuraba, Pudahuel, Quinta Normal, Lo Prado, Cerro Navia, Estación Central, Santiago, Providencia, Ñuñoa, Vitacura, Las Condes, Lo Barnechea, La Reina, Peñalolén, Macul, La Florida, San Ramón, La Pintana, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, San Joaquín, San Miguel, Lo Espejo, Maipú, La Cisterna, La Granja, El Bosque, Puento Alto y San Bernardo.
3.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud (SP-96/148) presentado por la concesionaria, en lo concerniente a los sistemas y equipos de telecomunicaciones que se instalarán, operarán y explotarán, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. El plazo para iniciar la construcción de las obras será de 1 mes y para su término de 35 meses. Asimismo, el plazo para iniciar el servicio será de 36 meses. Todos estos plazos serán contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
5. El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.