Ley 19456 POSTERGA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY N° 19.450

MINISTERIO DE JUSTICIA

Promulgacion: 10-MAY-1996 Publicación: 16-MAY-1996

Versión: Única - 16-MAY-1996

Materias: Escala de Multas, Código Penal, Código de Procedimiento Penal, Ley no. 18.287, D.L. no. 645, 1925,

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    POSTERGA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY N° 19.450 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    P r o y e c t o d e L e y:

    "Artículo único.- El plazo de entrada en vigencia de la ley N° 19.450, será de un año, a contar de la publicación de esta ley en el Diario Oficial.
    Derógase el artículo 6° de la ley N° 19.450.".
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 10 de mayo de 1996.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de Justicia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., José Antonio Gómez Urrutia, Subsecretario de Justicia.

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