El texto de esta versión no se encuentra vigente

Decreto 664 ESTABLECE NORMAS SOBRE EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL PROGRAMA BECAS BICENTENARIO DE POSTGRADO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Promulgacion: 29-DIC-2008 Publicación: 14-MAR-2009

Versión: Intermedio - de 13-MAY-2017 a 16-NOV-2022

Última modificación: 13-MAY-2017 - Decreto 261

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=288053&f=2017-05-13&p=8460423

Url Corta: https://bcn.cl/TYfSwf


    Artículo 12º.- Criterios de Evaluación.-
    La evaluación de las postulaciones a las becas que contempla BECAS CHILE se realizará por parte de los respectivos Comités Evaluadores Decreto 261, EDUCACIÓN
Art. PRIMERO N° 9 a)
D.O. 13.05.2017
de acuerdo, a lo menos, a los siguientes criterios:

a)  Los antecedentes académicos y/o trayectoria y/o experiencia laboral del postulante.
b)  Los objetivos y las razones en que el candidato funda la postulación.
c)  Las cartas de recomendación o aprobación que presente el postulante, según corresponda al tipo de estudios.
d)  El nivel, la calidad y la trayectoria de la institución educacional extranjera de destino, como de los programas específicos de estudios. Para ponderar el criterio señalado en este literal se tomarán en cuenta los rankings internacionales de las instituciones a las que se postula cuando estén disponibles, así como la opinión vertida por los evaluadores respectivos, en base a los antecedentes entregados por los postulantes.
    Los rankings internacionales a utilizar en la evaluación serán fijados por las entidades ejecutoras respectivas.
f)  El proyecto de investigación y/o tesis propuesto por el postulante, cuando corresponda, según el tipo de estudio.

    Al Decreto 261, EDUCACIÓN
Art. PRIMERO N° 9 c)
D.O. 13.05.2017
puntaje final obtenido en la evaluación, de acuerdo a las condiciones y requisitos dispuestos en las bases que regulen cada concurso, se podrán otorgar bonificaciones adicionales considerando todos o algunos de los siguientes criterios: residencia y/o escolaridad y/o haber obtenido una Licenciatura y/o Título Profesional y/o la obtención del grado académico de doctor en una región distinta a la Metropolitana; pertenencia a etnias indígenas; nivel socioeconómico; presencia de discapacidad; trabajadores del sector público; postulación para realizar estudios en un área prioritaria definida por las entidades ejecutoras; y/o haber sido beneficiario de una beca de reparación para sus estudios de educación superior, regulada en el decreto Nº 97, del 2013, del Ministerio de Educación.



documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 30 del 03 de 2025 a las 11 horas con 18 minutos.