APRUEBA REGLAMENTO SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE ESQUEMAS DOCUMENTALES EN EL REPOSITORIO DEL ADMINISTRADOR DE ESQUEMAS Y METADATOS PARA LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Núm. 271.- Santiago, 18 de julio de 2008.- Vistos:
1.- Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35º de la Constitución Política de la República;
2.- La ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma, publicada en el Diario Oficial el 12 de abril de 2002;
3.- El decreto supremo Nº 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de la ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y la Certificación de dicha Firma.
4.- El decreto supremo Nº 81, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba Norma Técnica para los Órganos de la Administración del Estado sobre Interoperabilidad de Documentos Electrónicos.
5.- La resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
1. Que, el artículo 47 del DS Nº 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de la ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma, crea el Comité de Normas para el Documento Electrónico.
2. Que, el Comité, en su agenda de trabajo fijada en sesión de fecha 8 de enero de 2003, estableció la elaboración de una norma técnica que regulara las materias relacionadas con la gestión del documento electrónico al interior de la Administración del Estado.
3. Que, dicha norma técnica fue generada de conformidad con la política gubernamental orientada a la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicaciones en los Órganos de la Administración del Estado, para mejorar los servicios e información ofrecidos a los ciudadanos y la eficiencia y eficacia de la gestión pública, e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos.
4. Que, el DS Nº 81, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprobó la Norma Técnica para los Órganos de la Administración del Estado sobre Interoperabilidad de Documentos Electrónicos, cuyo Artículo Cuarto dispone que el Ministerio Secretaría General de la Presidencia designará un Administrador de Esquemas y Metadatos a través del Proyecto de Reforma y Modernización del Estado.
5. Que, para la consecución de los fines que le son pertinentes a dicho Administrador de Esquemas y Metadatos, es necesario establecer el procedimiento mediante el cual los Órganos de la Administración del Estado podrán solicitar la inscripción, evaluación y publicación de los esquemas y Metadatos que sean de su interés,
Decreto:
Artículo único: Apruébase el siguiente reglamento sobre la inscripción de esquemas documentales en el repositorio del Administrador de Esquemas y Metadatos, para los Órganos de la Administración del Estado:
"REGLAMENTO SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE ESQUEMAS DOCUMENTALES EN EL REPOSITORIO DEL ADMINISTRADOR DE
ESQUEMAS Y METADATOS"