Decreto 783 EXENTO AMPLÍA LISTA DE PERITOS PARA LA II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

MINISTERIO DE HACIENDA

Promulgacion: 22-JUL-2008 Publicación: 08-AGO-2008

Versión: Única - 08-AGO-2008

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AMPLÍA LISTA DE PERITOS PARA LA II REGIÓN DE ANTOFAGASTA
    Núm. 783 exento.- Santiago, 22 de julio de 2008.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley Nº 18.932; el decreto supremo de Hacienda Nº 692, de 1978; el Nº 20 del numeral VI del artículo primero del decreto supremo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Nº 19, de 2001; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55, de 1992, de esa Contraloría General, y el oficio Ord. Nº 665, de 8 de julio de 2008, del señor Intendente (S) de la II Región de Antofagasta.

    Decreto:

    Amplíase, con los siguientes profesionales, la lista de peritos para la II Región de Antofagasta de entre los cuales la entidad expropiante designará a los miembros de la comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un procedimiento expropiatorio, aprobada por decreto supremo de Hacienda Nº 692, de 1978, publicado en Diario Oficial de fecha 7 de diciembre de 1978:

Ingenieros Agrónomos:

Loreto Isabel Hernández Ríos Claudio Andrés Concha Grossi Mirna Deyanira del Carmen Luna Moraga Carolina Claudia Verdejo Díaz Marlene Teresa Ríos Marcuello Norman Estanislao Calderón Pontiggia
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.

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