Ordenanza 3 DICTA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 03, SOBRE PATENTES DE ALCOHOLES Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
Promulgacion: 23-ABR-2008 Publicación: 14-MAY-2008
Versión: Intermedio - de 20-DIC-2011 a 23-ABR-2019
Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=271222&f=2011-12-20&p=7370003
M. DE SAN PEDRO DE ATACAMA
Art. 1
D.O. 20.12.2011 a la vista un extracto de la Ley de Alcoholes, o por tener un ejemplar no actualizado; el emitir ruidos molestos, alterar el orden público y generar molestias a los vecinos; el expender bebidas alcohólicas a los clientes que concurran sin el acompañamiento de alimentos preparados debiendo hacerlo, será sancionado con una multa de hasta 5 UTM, la que será aplicada por el Juez de Policía Local, previa denuncia formulada por Carabineros de Chile, los Inspectores Municipales u otra autoridad con competencia en la materia.