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Ley 20066 ESTABLECE LEY DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

MINISTERIO DE JUSTICIA

Promulgacion: 22-SEP-2005 Publicación: 07-OCT-2005

Versión: Intermedio - de 18-NOV-2021 a 13-JUN-2024

Materias: Violencia Intrafamiliar,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=242648&f=2021-11-18&p=10285928



    Artículo 14 bis.- El Ley 21389
Art. 5 N° 3
D.O. 18.11.2021
que estando obligado al pago de pensiones de alimentos, y con el objeto de menoscabar o controlar la posición económica de la mujer incumpliere reiteradamente el pago de la pensión de alimentos, será sancionado con las penas del artículo 14 de esta ley. Se entenderá, en este caso, que existe un incumplimiento reiterado cuando el deudor permanezca por más de 120 días en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 31 del 03 de 2025 a las 3 horas con 22 minutos.