ANEXO "F"
Tabla I. Normas para la Descompresión
Instrucciones Generales para Buceo con Aire
Necesidad de la descompresión
Una cierta cantidad de nitrógeno es absorbida por el cuerpo durante cada inmersión. Dicha cantidad depende de la profundidad de la inmersión y del tiempo en el fondo. Si la cantidad de nitrógeno disuelto en los tejidos del cuerpo excede de un cierto valor crítico, el ascenso debe retardarse para permitir a los tejidos del cuerpo desprenderse del exceso de nitrógeno. El resultado de prescindir de este retardo será un ataque de presión. El tiempo específico a una determinada profundidad con el propósito de desaturarse se llama parada de descompresión.
Inmersiones sin descompresión
A las inmersiones que no son suficientemente largas o profundas como para requerir paradas de descompresión se las llama inmersión sin descompresión. Inmersiones a 10 metros o menos, no requieren paradas de descompresión. A medida que la profundidad aumenta, el tiempo permisible en el fondo para inmersiones sin descompresión, disminuye 5 minutos a 57 metros es la inmersión sin descompresión más profunda. Estas inmersiones están tabuladas en la tabla III y sólo se requiere cumplir con el requisito de ascender a una velocidad de 18 metros por minuto.
Inmersiones que requieren paradas de descompresión
Todas las inmersiones que sobrepasan los límites de las sin descompresión, requieren paradas de descompresión. Estas inmersiones están tabuladas en la Tabla de Descompresión Normal con Aire (Tabla II). Seguir exactamente las instrucciones de dicha tabla, excepto en caso de descompresión en superficie.
Variaciones en la velocidad de ascenso
Ascender en todas las inmersiones a una velocidad de 18 metros por minuto. En caso de ser incapaz de mantener dicha velocidad de ascenso:
1. Si el retraso fue a una profundidad mayor de 15 metros: Agregar al tiempo en el fondo la diferencia entre el tiempo empleado en el ascenso y el que hubiera sido necesario para ascender a 18 metros por minuto. Descomprimir de acuerdo con el nuevo tiempo total en el fondo.
2. Si el retraso fue una profundidad de 15 metros o menos; agregar a la primera parada la diferencia entre el tiempo empleado en el ascenso y el que hubiera sido necesario para ascender a 18 metros por minuto.
Normas para inmersiones sucesivas
Una inmersión efectuada dentro de las 12 horas siguientes a la llegada a superficie de una inmersión anterior, es una inmersión sucesiva. El período entre inmersiones es el intervalo en superficie. Se necesitan 12 horas para eliminar con efectividad el nitrógeno del cuerpo. Estas tablas están calculadas para proteger al buzo de los efectos de este nitrógeno residual. Dejar un mínimo de 10 minutos entre inmersiones. Se dan instrucciones detalladas para el uso de cada tabla en el orden siguiente:
1 Las tablas II o III facilitan el grupo de inmersión sucesiva correspondiente a cada inmersión precedente.
2 La tabla IV permite conocer la desaturación que se efectúa durante los intervalos en superficie.
3 La tabla V da el número de minutos a añadir al tiempo en el fondo de la inmersión sucesiva, con objeto de obtener la descompresión necesaria para eliminar el nitrógeno residual.
4 La tabla II facilita la descompresión necesaria para la inmersión sucesiva.
TABLA II - TABLA DE DESCOMPRESION NORMAL CON
AIRE
Instrucciones para su uso
Los tiempos de las paradas de descompresión son en minutos.
Entrar en la tabla II con la profundidad exacta o inmediata superior a la máxima profundidad alcanzada durante la inmersión. Seleccionar un tiempo en el fondo que sea igual o inmediatamente superior al tiempo real en el fondo de la inmersión. Mantener el pecho del buzo lo más próximo posible a cada profundidad de descompresión durante el número de minutos indicado en la tabla. La velocidad de ascenso entre paradas no es crítica para paradas a 15 metros o menos. Contar el tiempo desde el momento de llegar a cada parada y continuar el ascenso cuando haya pasado el tiempo marcado.
Ejemplo: Una inmersión a 25 metros durante 36 minutos. El procedimiento apropiado es el siguiente: La profundidad inmediata superior es 27 metros. El tiempo inmediato superior es 40 minutos. Para 7 minutos a 3 metros, de acuerdo con la tabulación 27/40.
Ejemplo: Una inmersión a 33 metros durante 30 minutos. Asegurarse de que la inmersión no excedió los 33 metros. El procedimiento apropiado será: La profundidad exacta de 33 metros está tabulada. El tiempo exacto de 30 minutos está incluido en la tabulación de los 33 metros. Descomprimir de acuerdo con la tabulación 33/30, a menos que la inmersión fuese especialmente fría o ardua. En este caso, pasar a la tabulación inmediata mayor en tiempo y profundidad, es decir, 36/40.
TABLA II - TABLA DE DESCOMPRESION NORMAL CON
AIRE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, páginas
doce y trece.
TABLA III - LIMITES SIN DESCOMPRESION Y TABLA DE
GRUPOS DE INMERSION SUCESIVA DESDE
INMERSIONES SIN DESCOMPRESION CON AIRE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
trece.
Instrucciones para su uso
(1).- Profundidad de la inmersión en metros
(2).- Límites sin descompresión
Esta columna da a diversas profundidades mayores de 9 metros la duración de las inmersiones (en minutos) que permiten emerger directamente a 18 metros por minuto sin paradas de descompresión. Inmersiones más largas requerirán el uso de la tabla II de descompresión normal con aire.
(3).- Grupos de inmersión sucesiva
Los tiempos de exposición (o tiempos en el fondo) están tabulados en minutos. Los tiempos indicados a diversas profundidades dentro de cada columna vertical son las máximas exposiciones durante las cuales un buzo permanecerá dentro del grupo situado a la cabeza de la columna.
Para encontrar el grupo de inmersión sucesiva al emerger de inmersiones que impliquen exposiciones hasta o incluyendo los límites sin descompresión, entrar en la tabla con la profundidad exacta o inmediata superior a la de la inmersión realizada, y seleccionar el tiempo de exposición exacto o inmediato superior al tiempo real en el fondo; el grupo de inmersión sucesiva se indica con una letra a la cabeza de la columna vertical en donde se ha seleccionado el tiempo en el fondo.
Ejemplo. Se ha efectuado una inmersión a 10 metros durante 45 minutos. Entrar en la tabla a lo largo de la línea de 10,5 metros de profundidad, ya que ésta es la inmediata superior a 10 metros, la tabla nos dice que 45 minutos están comprendidos entre la letra D que corresponde a 40 minutos y la letra E que corresponde a 50 minutos; luego la selección apropiada será la del grupo E.
Para profundidades menores de 12 metros, se han tabulado solamente tiempos de exposición hasta aproximadamente las 5 horas, ya que se considera que tiempos mayores están fuera de los requerimientos de esta tabla.
TABLA IV - TABLA DE GRUPOS DE INMERSION SUCESIVA
AL FINAL DEL INTERVALO EN SUPERFICIE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
trece.
Instrucciones para su uso
El intervalo de tiempo en superficie en la tabla es en horas y minutos (7:59 significa 7 horas y 59 minutos) el intervalo de tiempo en superficie debe ser al menos de 10 minutos.
Buscar la letra del grupo de inmersión sucesiva (correspondiente a la inmersión previa) en la columna diagonal entrar en la tabla a partir de esta letra, verticalmente arriba hasta encontrar un intervalo de tiempo en superficie que comprenda exactamente al intervalo de tiempo real transcurrido en superficie entre las dos inmersiones desde este recuadro, seguir horizontalmente hacia la derecha, hasta encontrar una letra en la columna vertical situada en la derecha de la tabla. Dicha letra corresponde al grupo de inmersión sucesiva al final del intervalo en superficie.
Por ejemplo: se efectuó una inmersión previa a 33 metros durante 30 minutos. El buzo permanece en superficie 1 hora y 30 minutos y desea encontrar el grupo de inmersión sucesiva al final del intervalo en superficie mencionado de 1 hora y 30 minutos. El grupo de inmersión sucesiva de la inmersión previa al comienzo del intervalo en superficie e J, y ha sido hallado en la columna grupos de inmersión sucesiva de la tabulación 33/30 en la tabla II de descompresión normal con aire entrar en esta tabla IV en la columna diagonal con la letra J ascender verticalmente hasta encontrar un recuadro con un intervalo de tiempo que comprenda el intervalo de 1 hora y 30 minutos que es el tiempo pasado en superficie por el buzo el recuadro que contiene tabulados los tiempos 1:20 y 1:47 comprende exactamente el intervalo en superficie de 1 hora y 30 minutos. Seguir desde este recuadro horizontalmente hacia la derecha y se encontrará la letra G. Ello indica que el intervalo de tiempo en superficie de 1 hora y 30 minutos ha permitido al buzo perder suficiente gas inerte como para colocarle en el grupo G, al final del intervalo en superficie, es decir, cuando el buzo debe volver al agua para realizar la inmersión sucesiva.
Nota.- Las inmersiones efectuadas después de un intervalo en superficie de más de 12 horas no se consideran inmersiones sucesivas; para estas inmersiones se emplearía el tiempo real en el fondo al calcular la descompresión con la tabla II de descompresión normal con aire.
TABLA V - TABLA DE TIEMPOS DE NITROGENO RESIDUAL
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
catorce.
Instrucciones para su uso
Cada tiempo incluido en esta tabla es llamado "Tiempo de Nitrógeno Residual", y es igual al que un buzo debe considerar que ya ha permanecido en el fondo cuando comienza una inmersión sucesiva a una profundidad específica; estos tiempos están expresados en minutos.
Entrar en la tabla horizontalmente con el grupo de inmersión sucesiva al final del intervalo en superficie calculado en la tabla IV. El tiempo en cada columna vertical es el número de minutos necesarios para saturar a cada grupo a la profundidad que encabeza la columna.
Por ejemplo.- El grupo de inmersión sucesiva calculado en la tabla IV es H para planear una inmersión a 33 metros determinar el Tiempo de Nitrógeno Residual para esa profundidad y requerido por el grupo de inmersión sucesiva calculado entrar en esta tabla a lo largo de la línea horizontal marcada H la tabla indica que se debe comenzar la inmersión a 33 metros como si ya hubiese estado en el fondo 27 minutos. Esta información puede aplicarse a la tabla II de Descompresión Normal con Aire en varias formas.
(1) Suponiendo que un buzo va a permanecer en el fondo hasta finalizar su trabajo, deberá añadir 27 minutos a su tiempo real en el fondo y seguir la descompresión correspondiente a 33 metros, y la suma de dichos dos números.
(2) Suponiendo que desee hacer una rápida inmersión de reconocimiento con un mínimo de descompresión, habrá que descomprimirlo de acuerdo con la tabulación 33/30 para una inmersión de 3 minutos o menos (27 + 3 = 30).
Para una inmersión mayor de 3 minutos pero menor de 13 habrá que descomprimirlo de acuerdo con la tabulación 33/40 (27 + 13 = 40).
(3) Suponiendo que no desee exceder la tabulación 33/50 deberá iniciar el ascenso antes de 23 minutos de tiempo real en el fondo (50 - 27 = 23).
(4) Suponiendo que un buceador tenga aire aproximadamente para 45 minutos de tiempo en el fondo y las correspondientes paradas de descompresión, deberá calcular la inmersión como sigue: una inmersión de 13 minutos requerirá 23 minutos de descompresión (tabulación 33/40), para un tiempo total de inmersión de 36 minutos. Una inmersión de 13 a 23 minutos requerirá 34 minutos de descompresión (tabulación 33/50).
Para un tiempo total de inmersión de 47 a 57 minutos, el buceador deberá iniciar el ascenso antes de los 13 minutos, o deberá proveerse de un suministro de aire de emergencia.
Excepción.- Cuando la inmersión sucesiva sea a la misma o mayor profundidad que la inmersión anterior y el Tiempo de Nitrógeno Residual sea mayor que el tiempo en el fondo de la inmersión anterior, sumar éste al tiempo en el fondo de la inmersión sucesiva, en vez del tiempo obtenido en esta tabla.
TABLA VI - TABLA DE DESCOMPRESION PARA
INMERSIONES EXCEPCIONALES CON AIRE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, páginas
catorce, quince y dieciséis .
INMERSIONES EXTREMAS -75 Y 90 MTS.
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
dieciséis.
TABLA VII - TABLA DE DESCOMPRESION EN SUPERFICIE
CON OXIGENO
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, páginas
dieciséis y diecisiete.
Estos son los tiempos óptimos de exposición a cada profundidad y que representan el mejor equilibrio entre longitud del período de trabajo, seguridad y cantidad de trabajo, útil para el buzo normal. Inmersiones con tiempos mayores sólo se permitirán en condiciones especiales.
Notas sobre las columnas Columna 1. Profundidad en metros de manómetro.
Columna 2. Tiempo en el fondo desde que deja la superficie hasta que deja el fondo.
Columna 3. Paradas en el agua: tiempo empleado en las paradas tabuladas, usando aire, si no se requieren paradas en el agua, emplear una velocidad de ascenso hasta la superficie de 8 metros por minuto, cuando se requieran paradas en el agua, emplear una velocidad de ascenso de 8 metros por minuto hasta la primera parada tomar un minuto adicional entre paradas emplear un minuto para el ascenso desde la parada de 9 metros hasta la superficie.
Columna 4. Intervalo en superficie; el intervalo en superficie no debe exceder de 5 minutos y estará compuesto de las siguientes fases:
1a. Tiempo de ascenso desde la última parada en el agua (a 9 metros) hasta la superficie (un minuto).
2a. Tiempo en superficies para embarcar al buzo y desvestirlo (no exceder de 3 1/2 minutos) 3a. Tiempo de descenso en la cámara de descompresión, desde la superficie a 12 metros (1/2 minuto respirando oxígeno) Columna 5. Durante este período en el que se respira oxígeno, la cámara deberá ser ventilada.
Columna 6. Ascenso en cámara; la respiración de oxígeno durante este período de 2 minutos seguirá al período anterior sin interrupción.
Columna 7. Tiempo total de descompresión. Este tiempo comprende:
(A) Tiempo de ascenso desde el fondo a la primera parada a 8 metros por minuto.
(B) Suma de las paradas en el agua (Columna 3)
(C) Un minuto entre paradas en el agua
(D) Intervalo en superficie (Columna 4)
(E) Tiempo a 12 metros en la cámara (Columna 5)
(F) Tiempo de ascenso, 2 minutos más, desde los
12 metros en la cámara hasta la superficie (Columna 6).
El tiempo total de descompresión únicamente puede ser acortado en el tiempo requerido para desvestir al buzo en la superficie.
En caso de presentarse síntomas de intoxicación por oxígeno (contracciones de cara y labios, náuseas, vértigo, vómitos, convulsiones, etc.) 1) Retirar mascarilla; 2) Mantener la profundidad hasta que desaparezcan los síntomas; 3) Ventilar (excepto en caso de convulsiones; 4) Pasar a la tabla VIII en 2 minutos, sin tener en cuenta el tiempo que respiró oxígeno. En caso de fallo en el suministro de oxígeno proceder según lo indicado en puntos 1 y 4 (Ver información complementaria para el uso de oxígeno, al dorso de las tablas de tratamiento).
TABLA VIII - TABLA DE DESCOMPRESION EN
SUPERFICIE CON AIRE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, páginas
diecisiete y dieciocho.
TABLA VIII TABLA DE DESCOMPRESION EN SUPERFICIE CON AIRE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, páginas
diecisiete y dieciocho.
TABLA XXI- TABLA DE PROFUNDIDAD TEORICA PARA
INMERSIONES EN ALTITUD
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
dieciocho.
Instrucciones para su uso.- Entrar en la Tabla con la profundidad real de la inmersión o la inmediata mayor tabulada y con la altitud en el lugar de la inmersión o la inmediata mayor tabulada en la intersección de ambas columnas se encuentra la profundidad teórica de la inmersión, por lo que deberá efectuarse la descompresión con la Tabla II.
Ejemplo: Una inmersión a 27 metros de profundidad en una altitud de 1.300 Mts. la profundidad teórica de la inmersión para el cálculo de la descompresión en la Tabla II será 33 Mts.
TABLA XXII- TABLA DE PROFUNDIDAD REAL DE LAS
PARADAS DE DESCOMPRESION PARA
INMERSIONES EN ALTITUD
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
diecinueve.
Instrucciones para su uso.- Entrar en la Tabla con las profundidades teóricas de las paradas halladas en la Tabla II y con la altitud en el lugar de la inmersión en las intersecciones de ambas columnas se encuentra la profundidad real a la que deben efectuarse dichas paradas.
Ejemplo: Inmersión a 27 Mts. y 62 minutos en 1.300 Mts. de altitud la profundidad teórica según la Tabla XXI es 33 Mts. la Tabla II indica paradas a 9,6 y 3 Mts. para una inmersión de 62 minutos la Tabla XXII determinada que las paradas deben realizarse a 7'5, 5 y 2'5 Mts. respectivamente.
TABLAS DE TRATAMIENTO
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
diecinueve.
HOJA DE BUCEO - DESCOMPRESION NORMAL CON AIRE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
veinte.
HOJA PARA BUCEO REPETITIVO
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
veinte.
HOJA DE BUCEO - DESCOMPRESION EN SUPERFICIE
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
veinte.
HOJA DE BUCEO EN ALTITUD
NOTA: Ver Diario Oficial Nº 31.413 del día
Miércoles 10 de Noviembre de 1982, página
veinte.