Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº96.806.980-2, con domicilio en Av. Andrés Bello Nº2711, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Instalar, operar y explotar una (1) Estación Base.
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LAS ESTACIONES BASE VER DIARIO OFICIAL DEL 08.01.2005, PÁGINA 29.
UBICACION ESTACIONES BASE
Coordenadas geográficas
Estación
Base Dirección, comuna Región
Lat. Sur Long. Oeste
Av. Uruguay
II Los Olivos Nº101, 6 34°09'51" 70°42'33"
Rancagua
La Estación Base, que se autoriza, se conectará a la red existente a través de medios propios o arrendados a terceros.
2. Los plazos serán los que se indican a
continuación:
Etapa Inicio Término Inicio Observación
Obras Obras Servicio
1 1 mes 22 meses 24 meses Todos estos plazos
están referidos a la
fecha de publicación
en el Diario Oficial
del presente decreto.
3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. La autorización provisoria otorgada por resolución exenta, indicada en la letra f) de los Vistos, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
5. La concesionaria podrá prestar inmediatamente los servicios propios de su concesión, sólo si a la referida fecha de publicación, la Subsecretaría hubiere recibido conforme las instalaciones y obras.
6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.