Artículo 13.- La inscripción de dominio de los remolques y semirremolques contendrá:
1. Número de la inscripción, que corresponderá al código de la patente única que se otorgue;
2. Marca, modelo, tipo (remolque o semirremolque), año de fabricación, color si constare, capacidad de carga, número y disposición de ejes con indicación del número de ruedas por eje, tipo de carrocería, peso bruto vehicular, número o números identificatorios, según corresponda, y cualquiera otra característica que permita su cabal identificación.
3. Nombres, apellidos y Rol Unico Nacional del propietario si es persona natural, y razón social y Rol Unico Tributario si es persona jurídica;
4. Número del Repertorio asignado a la solicitud, fecha en que se practicó la inscripción, así como la fecha del cambio del propietario, si lo hubiere, y oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación en la que se solicitó la inscripción;
5. Mutaciones en el dominio del remolque o
semirremolque;
6. Código de la patente del remolque o semirremolque en los Registros Municipales de Carros y Remolques a que se refiere el artículo 3º, si existiere, y la Municipalidad respectiva;
7. Gravámenes, prohibiciones, embargos y medidas precautorias que les afecten, cuya anotación se hubiere requerido o que por disposición de la ley deban practicarse de oficio, y
8. El carácter de "hechizo" del remolque o semirremolque, si correspondiere, de acuerdo a lo señalado en el artículo 43 de la ley 18.290.