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DFL 1 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO CIVIL; DE LA LEY Nº4.808, SOBRE REGISTRO CIVIL, DE LA LEY Nº17.344, QUE AUTORIZA CAMBIO DE NOMBRES Y APELLIDOS, DE LA LEY Nº 16.618, LEY DE MENORES, DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS, Y DE LA LEY Nº16.271, DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA

Promulgacion: 16-MAY-2000 Publicación: 30-MAY-2000

Versión: Intermedio - de 21-JUN-2013 a 09-OCT-2014

Materias: Código Civil, Registro Civil, Cambio de Nombres, Abandono del Hogar, Derecho de Alimentos, Impuesto a la Herencia, Ley no. 4.808, Ley no. 17.344, Ley no. 16.618, Ley no. 14.908, Ley no. 16.271,

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    Art. 42. Para el solo efecto del artículo 226 del Código Civil, se entenderá que uno o ambos padres se encuentran en el caso de inhabilidad física o moral:
    1L. 19.585
Art. 5º, Nº 1
.º Cuando estuvieren incapacitados mentalmente;
    2.º Cuando padecieren de alcoholismo crónico;
    3.º Cuando no velaren por la crianza, cuidado personal o educación del hijo;
    4.º Cuando consintieren en que el hijo se entregueDFL 2, JUSTICIA
Art. 2º Nº7
D.O. 25.10.2000
en la vía o en los lugares públicos a la vagancia o a la mendicidad, ya sea en forma franca o a pretexto de profesión u oficio;
    5.º Cuando hubieren sido condenados por secuestro oL. 19.567
Art. 5º
abandono de menores; 6.º Cuando maltrataren o dieren malos ejemplos al menor o cuando la permanencia de éste en el hogar constituyere un peligro para su moralidad;
    7.º Cuando cualesquiera otras causas coloquen al menor en peligro moral o material.

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