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DFL 1 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO CIVIL; DE LA LEY Nº4.808, SOBRE REGISTRO CIVIL, DE LA LEY Nº17.344, QUE AUTORIZA CAMBIO DE NOMBRES Y APELLIDOS, DE LA LEY Nº 16.618, LEY DE MENORES, DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS, Y DE LA LEY Nº16.271, DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA

Promulgacion: 16-MAY-2000 Publicación: 30-MAY-2000

Versión: Intermedio - de 22-AGO-2019 a 26-DIC-2019

Materias: Código Civil, Registro Civil, Cambio de Nombres, Abandono del Hogar, Derecho de Alimentos, Impuesto a la Herencia, Ley no. 4.808, Ley no. 17.344, Ley no. 16.618, Ley no. 14.908, Ley no. 16.271,

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    Art. 50 BIS.- Créase un cLey 21171
Art. 4
D.O. 22.08.2019
atastro nacional, especial y de carácter voluntario, en el cual se inscribirá a los mortinatos.
    La inscripción a que se refiere el inciso anterior deberá contener la individualización del mortinato mediante la asignación de un nombre propio, seguido del o los apellidos que el solicitante señale, y del sexo de la criatura, si éste fuere determinado o determinable. Asimismo, el catastro podrá contener la individualización de la persona gestante, y del progenitor, si éste lo autoriza.
    Para la inscripción de que trata este artículo será necesario contar con el certificado médico de defunción y estadística de mortalidad fetal.
    En estos casos, el otorgamiento de la licencia o pase de inhumación se sujetará a las formalidades prescritas por los artículos 46 y 47, en lo que fueren aplicables.
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 03 del 04 de 2025 a las 19 horas con 15 minutos.