Artículo 11.- La solicitud del postulante a la beca deberá contener los antecedentes y adjuntar los documentos que se indican seguidamente:
a) Nombre completo y cédula de identidad.
b) Cargo que ocupa en la entidad.
c) Grado o nivel de remuneraciones y planta a la que pertenece.
d) Antigüedad del funcionario en la administración pública y específicamente en el servicio en que actualmente presta sus funciones.
e) Calificaciones del funcionario correspondientes a los últimos dos períodos.
f) Certificado de título de las universidades, o de institutos profesionales, indicando la fecha de titulación.
g) Certificado de concentración de notas de la carrera en que conste el promedio general y las notas de la tesis y/o examen de grado, según corresponda. Las notas deben corresponder a la escala tradicional de 1 a 7; en caso de aplicación de escalas diferentes en alguna Universidad, debe acompañarse la certificación de equivalencia. En el promedio de notas de ramos cursados y aprobados, no deben incluirse notas de examen de grado ni de tesis.
h) Carta del postulante en la cual justifique la importancia y beneficios que reportaría a su región y/o a su institución el perfeccionamiento que recibiría mediante la beca.
i) Presentar el programa de estudios del grado académico al que se encuentra postulando, o se encuentra aceptado o bien cursando.
j) Carta de aceptación, o de postulación, según corresponda, en un programa de estudios de una universidad chilena, acompañando documentación que indique costos de matrícula, aranceles y otros gastos, así como la duración del programa. El programa de estudios deberá ser debidamente informado por Conicyt. En el caso de no estar aceptado aún en el programa al que se postula, deberán acompañarse documentos que demuestren formalmente la presentación de postulación a los estudios por los cuales se solicita la beca. El plazo máximo de presentación de la carta de aceptación definitiva será el mes precedente a aquel en que se inician los estudios. Vencido dicho plazo, caducará automáticamente el trámite de beca si el postulante no hubiese presentado dicha carta.
k) Carta de la institución pública a la cual pertenece el postulante a beca, suscrita por el Jefe del Servicio, en la cual se justifique la importancia y beneficios que reportaría a la institución el perfeccionamiento del becario en el área postulada y la vinculación con sus funciones.
l) Patrocinio oficial de la institución a la cual pertenece el postulante. Este patrocinio implica la obligación de la institución en que se desempeña el postulante en orden a mantener el cargo del becario mientras se realicen los estudios y una vez obtenido el correspondiente grado académico, asignarle una función vinculada con el área de los estudios cursados.