Decreto 513 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE SpA

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Promulgacion: 29-OCT-2024 Publicación: 03-DIC-2024

Versión: Única - 03-DIC-2024

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MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE SpA
   
    Santiago, 29 de octubre de 2024.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 513 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta Nº 1.117, de 1995, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
    f) El decreto supremo Nº 278, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 112.775 de 29.08.2024.
    b) Que la solicitud presentada se refiere a la modificación de elementos de la concesión que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, no importando una alteración de la zona de servicio, de las frecuencias, del ancho de banda o de las potencias máximas ya autorizadas, se instalen sobre infraestructura existente.
   
    Decreto:


    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Claro Chile SpA, RUT Nº 96.799.250-K, con domicilio en Av. El Salto Nº 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Autorízase a la concesionaria para modificar la dirección de una (1) Estación Base, según se indica a continuación:
   
    Para la Región: Metropolitana de Santiago:
   
    Las coordenadas geográficas y demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables de conformidad al acto autorizatorio señalado precedentemente.
    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    4. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 17 del 04 de 2025 a las 21 horas con 16 minutos.