APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)
Núm. 103 exento.- Santiago, 12 de abril de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.525; en la ley Nº 19.897; en el decreto supremo Nº 831, de 2003, del Ministerio de Hacienda, modificado por el decreto supremo Nº 1.936, de 2014, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y los antecedentes adjuntos.
Considerando:
1. Que, la política del Supremo Gobierno en materia de productos agrícolas básicos, tiene por objeto establecer un margen razonable de fluctuación de los precios internos en relación a los precios internacionales de tales productos.
2. Que, para cumplir con dicho objetivo, es indispensable aplicar una rebaja a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero por la importación de trigo y harina de trigo o de morcajo (tranquillón) desde el 16 de abril de 2022 hasta el 15 de junio de 2022.
3. Que, de conformidad a lo comunicado por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura, mediante correo electrónico de 11 de abril de 2022.
Decreto: