Ley 21387 MODIFICA LA LEY ORGÁNICA DE LA POLLA CHILENA DE BENEFICENCIA, ACTUALIZANDO LA DISTRIBUCIÓN DE SU FONDO DE BENEFICIARIOS E INCORPORANDO A LA JUNTA NACIONAL DE BOTES SALVAVIDAS DE CHILE

MINISTERIO DE HACIENDA

Promulgacion: 29-OCT-2021 Publicación: 06-NOV-2021

Versión: Única - 06-NOV-2021

Materias: Polla Chilena de Beneficencia, Cuerpo de Voluntarios de Botes Salvavidas, Botes Salvavidas, Distribución de Fondos de Beneficiarios,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1167943&f=2021-11-06



LEY NÚM. 21.387
     
MODIFICA LA LEY ORGÁNICA DE LA POLLA CHILENA DE BENEFICENCIA, ACTUALIZANDO LA DISTRIBUCIÓN DE SU FONDO DE BENEFICIARIOS E INCORPORANDO A LA JUNTA NACIONAL DE BOTES SALVAVIDAS DE CHILE
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en una moción de los diputados Marcelo Díaz Díaz, Andrés Celis Montt, Cosme Mellado Pino, Víctor Torres Jeldes y Osvaldo Urrutia Soto, y de la diputada María José Hoffmann Opazo,
     
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Modifícase el inciso primero del artículo 13 del decreto con fuerza de ley Nº 120, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que contiene la Ley Orgánica de la Polla Chilena de Beneficencia S.A., cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 152, de 1980, del Ministerio de Hacienda, del modo que sigue:
     
    1. Reemplázase, en el número 2, el guarismo "6,0%" por "5,5%".
    2. Sustitúyese, en el número 3, el guarismo "12%" por "11,5%".
    3. Reemplázase, en el número 4, el guarismo "12%" por "11,5%".
    4. Sustitúyese, en el número 5, el guarismo "8%" por "7,5%".
    5. Reemplázase, en el número 7, el guarismo "15%" por "14,5%".
    6. Sustitúyese, en el número 8, el guarismo "2%" por "1,5%".
    7. Reemplázase, en el número 9, el guarismo "5%" por "4,5%".
    8. Sustitúyese, en el número 10, el guarismo "10%" por "9,5%".
    9. Reemplázase, en el número 11, el guarismo "7%" por "6,5%".
    10. Incorpórase el siguiente número 12:
     
    "12. Junta Nacional de Botes Salvavidas de Chile 4,5%".".



    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     
    Santiago, 29 de octubre de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Weber Pérez, Subsecretario de Hacienda.

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